Comunicado FENTRAG / Rel UITA sobre el proceso de consulta a pueblos indígenas de Costa Rica

La Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria (FENTRAG) y la Regional Latinoamericano de la Unión Internacional de Trabajadores de la Agricultura, Alimentación, Hotelería, Restaurantes, Tabaco y Afines (Rel UITA), en su condición de constituyentes de la OIT, y representante de los trabajadores del sector agroindustrial costarricense, saluda a los 22 pueblos indígenas y al Gobierno de Costa Rica, por el acuerdo para adoptar un mecanismo de consulta a pueblos originarios, alcanzado el día 10 de febrero de 2018 y por la firma del decreto anunciado para el próximo martes 6 de marzo del año en curso.

La consulta, es la piedra angular tanto del Convenio 169 de OIT, como de la Declaración de Naciones Unidas para los pueblos indígenas, así como de otros instrumentos jurídicos internacionales, y es el reconocimiento efectivo que les permite decidir de forma legítima sobre su futuro, sobre su desarrollo, pero, sobre todo, obliga al Estado a respetar y mantener sus tradiciones, costumbres y formas de vida, dentro del marco de derecho. Con la consulta, la sociedad costarricense, el Estado y otros actores sociales, reconocemos la necesidad de respetar los derechos de los pueblos ancestrales, y garantizar su debida implementación.

Como organización de los trabajadores del sector agroindustrial costarricense, y desde la experiencia vinculada en el campo y zonas rurales del país, FENTRAG y Rel UITA, tenemos claridad del contexto al que se enfrentan los trabajadores indígenas: el banano, palma y sus desafíos para las poblaciones cabecar, bribri, teribe y brunca, y en el sector café para los hermanos ngäbe-buglé, entre otros. De igual manera, sabemos la importancia que tienen la tierra y la agricultura para los propios pueblos, como medio de cultivo, subsistencia y vida. De ahí la importancia para preservar los territorios ancestrales.

A su vez, en el marco del trabajo que hacen los indígenas, el Artículo 20 del Convenio núm. 169 expresa la obligación del Estado a adoptar “medidas especiales para garantizar a los trabajadores pertenecientes a los pueblos una protección eficaz en materia de contratación y condiciones de empleo, en la medida que no estén protegidos eficazmente por la legislación aplicable a los trabajadores en general”. Los derechos reconocidos por el convenio son el derecho a contar con un empleo, a una remuneración igual por trabajo, a asistencia médica, seguridad e higiene, seguridad social, y también al derecho de asociarse y a promover libremente organizaciones de trabajadores sindicalizados, sean nacionales o migrantes.

Por tanto, junto con saludar el derecho a la consulta, se exhorta respetuosamente a los trabajadores indígenas a hacer valer sus derechos humanos y laborales, a hacer uso de estos instrumentos internacionales y a exigir su debido cumplimiento a nivel nacional. Para ello pueden contar con el apoyo de FENTRAG y Rel UITA, para contar con información, conocimiento y promoción de sus derechos, a la vez, dispongan de asistencia técnica que, les permita asociarse en organizaciones sindicales independientes y representativas. FENTRAG, reitera el apoyo para alcanzar condiciones de trabajo decente y el cumplimiento integral de los derechos humanos fundamentales, siempre dentro de un marco de solidaridad y respeto para con los pueblos ancestrales de Costa Rica.

Maikol Hernández Arias FENTRAG / Regional Latinoamericana de la UITA

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de la nota de SURCOS TEC: Foro luchas ambientales e indígenas

Enviado por Maikol Hernández Arias, Secretario General, SINTRACOBAL – FENTRAG.

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