SEC, ANDE y SITRACOME celebran gran logro de la Convención Colectiva en favor de las Niñeras (Artículo 13)

Artículo 13. Comisión para el análisis de puesto de niñera para la atención del servicio de materno infantil y educación especial. Por medio de una Comisión Temporal se realizará un estudio en cuanto a las funciones y categoría de las personas que ejercen labores de asistente de aula en los distintos niveles, atendiendo a la población estudiantil en los centros educativos, conocidas como niñeras, con el objeto de definir y gestionar ante la Dirección General de Servicio Civil una categoría especializada para estas personas trabajadoras.

SEC, ANDE y SITRACOME con sumo placer comunican a todo el Magisterio Nacional, la feliz culminación de la lucha del artículo trece de la Convención Colectiva, por los derechos de las trabajadoras de los centros de educación especial, que vienen laborando en los puesto de niñeras en la atención del servicio materno infantil y educación especial, a las cuales se les tenía clasificadas como Trabajadoras de Servicio Civil Dos, Especialidad Atención de Menores, para ubicarlas en adelante en la clase de Asistente de Servicios de Educación Especial. Nueva clase de puesto que se crea mediante resolución DG-080-2017 de las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, cuya resolución fue publicada en Gaceta del día trece de julio de dos mil diecisiete.

Con la creación de esta nueva clase de puesto se vienen a establecer funciones específicas para esta clase de trabajadoras, resolviendo en definitiva una gran incertidumbre y abuso que se venía cometiendo contra las mismas al ponerlas a realizar funciones de conserjería que nos les correspondían. Así mismo, se logra un aumento en el salario base de estas funcionarias los que les generará una mejor calidad de vida.

 

*Imagen de portada con fines ilustrativos.

Enviado por Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/