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Trabajadores municipales de Abangares en paro de labores

Un importante grupo de trabajadores municipales de Abangares iniciaron este miércoles un paro de labores, debido al incumplimiento por parte del gobierno local de una serie de acuerdos. Además, protestan por el deterioro que presenta la maquinaria municipal, lo que va en detrimento del servicio a la comunidad.

Las frutas primero, la gente después

Chiquita Brands y su idea del respeto a los derechos

Un accidente laboral absolutamente previsible ha ocurrido en la Finca Álamo de Chiquita Brands (Safra Group y Cutrale), en Sarapiquí: un trabajador recientemente operado de la rodilla y que difícilmente camina con ayuda de un bastón, fue obligado por los administradores de la finca a ir a embolsar banano.

Frank Ulloa

El hombre debe subir con la carga a una escalera apoyada en un suelo húmedo y esponjoso que no le da mayor estabilidad.

El trabajador se cae, queda inmóvil, lo llevan a la administración y pasa mucho tiempo tirado en el piso de cemento de la oficina, quejándose de dolor, hasta que llega una ambulancia y se traslada a una clínica de la seguridad social.

Fueron los dirigentes sindicales quienes se movilizaron para lograr que fuera atendido.

Los trabajadores y su sindicato han propuesto un diálogo sobre la salud laboral en las fincas de banano de Chiquita Brands, pero no ha habido respuesta alguna. Se les ignora, se les combate, no se les deja participar en las soluciones.

Ante la miopía empresarial, los trabajadores optan por la denuncia. Quizás algún día la transnacional se decida a respetarlos, y a respetar la libertad sindical.

Una imagen vale más que mil palabras.

Unión Belemita se pronuncia en relación con el aumento salarial del personal municipal

SURCOS comparte el siguiente pronunciamiento que se nos envió a nuestra redacción:

Comunicado Oficial

Pronunciamiento de Unión Belemita con respecto al voto de nuestra regidora María Antonia Castro relacionado al aumento salarial de funcionarios municipales

La Unión Belemita, toma nota de las declaraciones realizadas por algunos funcionarios municipales y en torno a ellas desea manifestar a toda la comunidad belemita:

1) Nos solidarizamos, y acuerpamos totalmente el posicionamiento ético y responsable que ha mantenido sobre este tema la compañera regidora María Antonia Castro y la fracción de Unión Belemita.

2) Nuevamente aclaramos que es falso que la regidora María Antonia Castro y la fracción de Unión Belemita se opongan al aumento del salario de los funcionarios de la Municipalidad de Belén. Públicamente se ha reiterado estar de acuerdo con el aumento del 5.5%, pero la fracción de Unión Belemita ha precisado junto a otros miembros del Concejo Municipal que esto será siempre y cuando se mantenga el acuerdo tomado el anterior 3 de agosto en la sesión Ordinaria 46-2023, articulo 1, donde el Concejo Municipal tras recibir el dictamen MB-026-2023 del asesor legal. acordó en la parte quinta:

QUINTO. En resumen, si se cumplen rigurosamente con los requisitos de validez y eficacia previamente mencionados, la propuesta de aumento salarial podrá ser aprobada internamente por el Concejo Municipal. No obstante, se deberá contar con la autorización de la Contraloría General de la República para asegurar su plena vigencia y legalidad.

3) En cuanto al aumento de las dietas del Concejo Municipal en el año 2019 se debe precisar que la misma devino de un estudio realizado por la Administración municipal de actualización del valor de las dietas de Belén, la mismas no se actualizaban desde la década de los noventa. Valga aclarar que la misma no se financió mediante la figura de la modificación presupuestaria. Recordemos que el artículo 109 del Código Municipal, indica que el presupuesto no se puede modificar para realizar aumentos de salarios, salvo algunas excepciones.

4) El aumento de las dietas del 2019, sí se consultó a la Contraloría General de La República, y concretamente fue la regidora María Antonia Castro quien impulsó inicialmente esta idea de consulta, la cual quedó reflejada en el dictamen de la comisión de Hacienda y Presupuesto CHAP-01- 2019, avalado por unanimidad en la sesión 06-2019, artículo 18 del 29 de enero del 2019 y que literalmente indicó:

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: PRIMERO: Avalar el dictamen de la Comisión. SEGUNDO: Remitir al Asesor Legal para que elabore un acuerdo que sustente y fundamente el aumento de las dietas ante la Contraloría previo acuerdo del Concejo Municipal.

5) El aumento de las dietas para los dos últimos ejercicios presupuestarios de la Municipalidad contó con el voto negativo de la regidora María Antonia Castro. Concretamente, el del año 2024 quedó congelado ante iniciativa de Antonia, tal cual y como puede apreciarse en el artículo 11 de la sesión 48-2023 del 15 de agosto del 2023. Además, el ultimo aumento que se había aprobado en el 2022 tampoco contó con el voto de Antonia, tal cual y como puede corroborarse en el artículo 18 de la sesión 30-2022 del 17 de mayo del 2022.

Así lo expuesto, debe quedar claro que nos encontramos ante una campaña de desprestigio, que pretende mediante ataques al cuerpo, variar el posicionamiento responsable y ético que ha tomado nuestra fracción municipal.

https://acortar.link/mDB4hd

ASES hace precisiones ante boletín de prensa del MAG

Comunicado de la Asociación de Empleados del Senara (ASES)

La Asociación de Empleados del Senara (ASES) quiere aclarar a toda la comunidad nacional que ante el comunicado de prensa del MAG con fecha del 20 de septiembre 2023, existe previo al mismo, el documento denominado ADVERTENCIA RELACIONADA CON POSIBLE TRASLADO A INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG). (SENARA-AI-200-2023) el cual menciona lo siguiente:

La responsabilidad de la Auditoría Interna respecto a esta advertencia consiste en brindar observaciones para prevenir lo que legal, administrativa y técnicamente corresponde sobre el asunto advertido, a fin de evitar posibles consecuencias negativas en la gestión asociada y realizar labor de seguimiento respecto a lo actuado; sin perjuicio de que, según corresponda, como resultado del seguimiento este órgano emita informes de control interno, de responsabilidades (Relaciones de Hechos), u otros pertinentes.

El 10/02/2023 en Sesión Ordinaria 03-2023, el actual Gerente comenta a la Junta Directiva que a través del Consejo Técnico se había tomado la decisión de sacar al SENARA del edificio actual, que es un edificio que está en desuso, quizás más del 50% y que, con el teletrabajo totalmente implementado, se podría disminuir el concepto de alquiler de edificio con todos los servicios asociados: limpieza, seguridad, agua potable, electricidad, etcétera y estar en un edificio más pequeño. Comenta que está en proceso la creación del informe técnico que eventualmente va a llegar a la Junta Directiva, sobre todas las alternativas para el desplazamiento y buscar la mejor opción para desplazar al Senara a un edificio que no cueste tanto y destinar los recursos a otras cosas.

En Sesión Ordinaria 04-2023 del 24/02/2023 : El gerente en ejercicio comenta que se están haciendo evaluaciones y valoraciones porque si bien es cierto puede haber en el MAG instalaciones, no necesariamente conlleva que se tengan todas las condiciones para hacer la movilización que podría ser temporal y que posiblemente la solución sea una construcción porque hay edificios que ya tienen una capacidad instalada y hay organizaciones que están ahí, y si sucede alguna situación ellos van a ocupar los espacios porque son espacios muy limitados y que por tanto se está evaluando edificaciones que tiene el MAG y otras instituciones del Estado. De nuevo se observa que el tema se maneja desde la óptica de varias alternativas. Nótese que a esta fecha se refiere a otro lugar y no necesariamente al MAG y se manifiesta por parte de uno de los directivos la necesidad de establecer una posición colegiada al respecto.

En la Sesión ordinaria 07-2023 el Sr. Ministro del MAG y presidente de la Junta Directiva ha estado viendo la posibilidad de irse al MAG ya que con las reestructuraciones y el teletrabajo hay demasiado espacio disponible en el MAG. La idea de llevarse ahora a SENARA es ahorrarse en el tema de alquileres y en otros tales como internet, seguridad, limpieza, médico de empresa, estos últimos porque serían costos que asume el MAG. Indica que la idea es conseguir cotizaciones de diferentes opciones para movilizarse en alquiler y obtener un comparativo. Reconoce que tal vez no fue lo suficientemente transparente con lo que se iba a hacer. Nótese que aún a esta altura se mantiene el posible análisis de alternativas de alquiler versus traslado al MAG.

Con SENARA-DAF-0100-2023 del 12/05/2023, se consulta a Gerencia de quién provino la instrucción para cancelar la reunión que se tenía programada para el 12/05/2023 para el Proyecto Ciudad Gobierno, ya que salió un correo de la asistente de gerencia solicitando la cancelación de dicha reunión debido a reunión celebrada con la Directora del Despacho y Director Administrativo del MAG y representante del proyecto Ciudad Gobierno, donde se aclaró la movilización del Senara a las instalaciones del MAG a partir de junio 2023, lo que evidencia que se tomó una decisión respecto al traslado del Senara y que hubo una interferencia del MAG en la decisión de excluir al Senara del Proyecto Ciudad Gobierno, lo cual estaba fuera de sus competencias.

Se observa que existe para el 2023 una decisión gerencial de gestión orientada al traslado al MAG sin considerar las otras opciones, aún y cuando a nivel de Junta Directiva indica que es una opción más en análisis e ignorando incluso la valoración del Consejo Técnico que observa como mejor alternativa el contar con un edificio propio, instruyendo no participar en reunión del Proyecto Ciudad Gobierno que era otra de las alternativas e ignorando el criterio experto que señala una serie de inconvenientes del traslado al MAG.

En ese sentido se advierte que no se ha localizado un documento formal que respalde el acto administrativo gerencial debidamente justificado, motivado, con un fin claro y comunicado (Ley General de la Administración Pública, capítulo III), de seleccionar la opción de traslado al MAG como la mejor opción para disminuir el pago de alquileres, dejando de lado las demás alternativas y especificando los costos asociados a traslado, remodelaciones, rediseños de redes, sistemas eléctricos, telefonía, y otros que no se pueden ni se deben ignorar, por cuanto hay un tema presupuestario y de liquidez de fondo. Además, hay derechos de terceros que se verán afectados, lo cual también podría generar pagos de resarcimiento. Ignorar estas situaciones podrían estar atentando contra el principio de gestión financiera dispuesto en el inciso b) del artículo 5 de la Ley 8131 y que señala que los recursos financieros del sector público deben orientarse a los intereses generales de la sociedad, atendiendo principios de economía, eficacia y eficiencia, con sometimiento pleno a la ley.

De la información recabada por la Auditoría Interna, se desprende que esta decisión se ha manejado entre la Gerencia del Senara y representantes del MAG, sin que existiera una posición colegiada del máximo jerarca institucional: Junta Directiva, posición que un directivo manifestó como necesaria en Sesión Ordinaria 06-2023 y sobre lo cual previamente el gerente en ejercicio indicó que respecto a las opciones de traslado se iban a tomar decisiones de alto nivel (Sesión Ordinaria 11-2022 del 04/11/2022). Del contenido del Acta ordinaria # 11-2023 se desprende, según lo manifestado por el Sr. Ministro de Agricultura, que esta es una opción que se maneja entre él y el Gerente del Senara, bajo el criterio de que el MAG “concede presupuesto al Senara para que ejecute” e incluso manifestando que ellos van a llevar a Junta Directiva un presupuesto extraordinario para tomar dinero de alquiler para el pago de remodelaciones, acciones ambas que escapan a la competencia del Ministro en su rol de ministro, ya que aunque presida por ley la Junta Directiva, las decisiones deben ser tomadas por el órgano colegiado donde sus miembros se encuentran en una relación de igualdad recíproca u horizontal con derecho de voz y voto y ser reflejadas en el acuerdo respectivo.

No se debe perder de vista que, según lo dispuesto en el artículo primero de la Ley de Creación del SENARA, No.6877 de 18 de julio de 1983 y sus reformas, y numeral segundo de su Reglamento General, Decreto Ejecutivo No.16277 del 24 de abril de 1985, es una institución autónoma del Estado, que cuenta con personalidad jurídica propia e independencia administrativa. Esto significa que el Poder Ejecutivo (del cual el MAG forma parte), ejerce una tutela administrativa de dirigir o controlar mediante directrices de carácter general, sin que sea válido dictar órdenes o instrucciones relativas a la forma en que el Senara debe ejercer sus funciones o administrar su patrimonio. En ese sentido el MAG no está frente a un órgano desconcentrado que actúa como órgano del ministerio, sino frente a un ente con autonomía propia dirigido por una Junta Directiva. Resulta inconstitucional una posible actuación del Ministro de agricultura como director de la gestión del Senara, ente autónomo por ley.

Por tanto, aún y cuando existe criterio de la Dirección Jurídica institucional de que desde la perspectiva meramente jurídica no constituye un requisito legal que el traslado deba ser autorizado por la Junta Directiva ni que se requiera un acuerdo previo para que la administración actúe y que además la Junta Directiva ha sido informada por lo que ha tenido oportunidad de debatir y tomar acuerdos y que el traslado no plantea una afectación legal ni administrativa que altere la independencia administrativa del Senara (SENARA-DJ-060-2023), la presunta actuación unipersonal del Ministro en conjunto con la Gerencia para disponer el traslado al MAG, que se ha presentado a Junta Directiva con una opción en análisis pero que a lo interno se ha manejado como una decisión, incluso para la formulación del presupuesto 2024, denota una posible afectación en la gobernanza institucional y por tanto una posible alteración en la práctica, a la independencia administrativa institucional, actuación que de comprobarse implica un debilitamiento del sistema de control interno en cuanto al desempeño eficaz y eficiente de las actividades relacionadas con el gobierno corporativo, por cuanto se está privando a la Junta Directiva de ejercer una supervisión activa, independiente e informada, relegándolos a asumir una actitud pasiva y sin toma de decisiones sobre el tema. En ese sentido hay una exposición a riesgo de incurrir en causal de responsabilidad administrativa por debilitamiento al sistema de control interno (Ley 8422. Artículo 38.d).

Ahora bien, la Comisión conformada emitió informes de avance (elemento de control) a la Gerencia con los siguientes oficios:➢ SENARA-DAF-0102-2023 del 16/05/2023: se analizó cada requerimiento solicitado por Senara versus lo que ofrece el MAG, plasmando en una matriz los requerimientos de las unidades según necesidades de SENARA de forma detallada, se realiza nuevo levantamiento de espacios físicos según oficio SENARA-GG-0208-2023. Se adjunta información de la Minuta del 11/05/2023 donde destacan como puntos de atención:

  • Requerimientos técnicos de dimensiones de espacios y bodegas asignadas.
    • Condiciones sobre el traslado del archivo institucional, Unidad de Gestión Informática y Bodega de Proveeduría ubicados junto con las áreas relacionadas en el edificio del MAG, debe coordinarse la verificación correspondiente de las áreas involucradas ya que debe cumplirse con temas de control y técnicos.
    • Ubicación personal de transportes y parqueo asignado para los vehículos institucionales no se encuentra techado.
    • No se incluye espacios para sala de Junta Directiva, reuniones y capacitaciones.
    • Respecto al archivo institucional se recibe MAG-DAF-025-2023 que refiere a espacio suficiente para contar con un Archivo Institucional del MAG y SENARA en el PIMA (Barrial de Heredia).

Observación de Archivo Institucional: El depósito de documentos en un lugar externo no es lo más conveniente, sobre todo por cuestiones de préstamo, documentos, o de inmediatez. Hay que tener claro que se debe tener un área administrativa para el archivo donde para recibir la atención de público, siempre y cuando sea parte de la institución. Otra opción es incluso alquilar bodegas, cerca del MAG para resguardar el archivo, pero esto implicaría muchos riesgos que se deben valorar previamente. Hay consulta a Unidad Servicios Técnicos Archivísticos Dirección General Archivo Nacional, como ente rector en materia archivística a nivel nacional, legal o normativa asociada que establezca la obligatoriedad de contar con el depósito del Archivo Central Institucional en el mismo lugar donde se ubicará la institución, así como, las consideraciones necesarias para garantizar una adecuada custodia del acervo documental institucional tanto en sus instalaciones finales como al momento del traslado.
• Parqueo para funcionarios: MAG indica que una vez apartado el espacio necesario para los vehículos oficiales del MAG y SENARA se harán los estudios correspondientes para determinar la capacidad disponible de espacio para empleados. Senara señala los riesgos asociados al traslado con equipo institucional alquilado y posible costo ante robo.

Se concluye entonces que:

No es recomendable un traslado en este momento considerando que podría exponer a la institución a los siguientes riesgos:

  • Debilitamiento del sistema de control interno entre otros en temas de seguridad de activos, seguridad informática, seguridad documental, control de operaciones, salud ocupacional y ambiental. Riesgo de cumplimiento asociado al posible incumplimiento de normativa interna y externa en temas de Ministerio de Salud, Ambiental, Bomberos, control interno, seguridad documental, calidad de gestión en temas informáticos y protección del patrimonio público. Riesgos de operación relacionado con debilitamiento de gestiones operativas que se encuentran normadas internamente para garantizar seguridad del actuar institucional con la definición de controles y procedimientos que se verían afectados ante un eventual traslado. Riesgos de eficiencia asociados a la limitante de no poder aplicar una gestión adecuada y oportuna de procedimientos y controles actuales que se aplican, siendo que se verían afectados. Riesgos de dirección asociado a una toma de decisiones incorrecta por parte de los superiores jerárquicos que expondrán el actuar institucional en temas de rendición de cuentas y transparencia si deciden realizar un traslado sin cumplirse con requerimientos mínimos. Riesgos de autonomía institucional. Riesgos de pérdidas de información

La figura jurídica que se ha establecido por parte de la Administración Activa para respaldar el uso de instalaciones del MAG es un convenio interinstitucional para el préstamo a título precario de instalaciones, amparado en decreto ejecutivo No. 42473-MAG, denominado: “Reglamento para el préstamo de uso en precario de los bienes inmuebles del Ministerio de Agricultura y Ganadería y sus Órganos Adscritos” publicado en La Gaceta 215 del 27/08/2020.

Como puede observarse del reglamento de cita, efectivamente la figura jurídica utilizada parece responder al criterio de inmediatez que ha manifestado la Gerencia para desocupar las actuales instalaciones, pero es también una solución que podría ser temporal, debido a que en cualquier momento el MAG puede disponer de las instalaciones dadas en préstamo precario, lo que hace más relevante que la opción de Ciudad Gobierno no se cierre para el Senara (Artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública: los permisos de uso del dominio público, y los demás actos que reconozcan a un administrado un derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad para la administración). De otra forma, existe un riesgo a futuro de que el Senara se quede sin instalaciones para ejecutar sus funciones.

RESPECTO A OTROS ELEMENTOS A CONSIDERARNo se ha encontrado en la documentación analizada:

  • Medidas para la salvaguarda y protección de activos durante el proceso de traslado y en la ubicación propuesta, particularmente de activos que deberán ser mantenidos en bodega y de los vehículos institucionales. Según SENARA-DAF-SA-121-2023 y SENARA-DAF-SA-123-2023 no se cuenta con espacios físicos para bodegas para almacenar activos en tránsito o activos en mal estado o para desecho ni para el almacenamiento de bienes y suministros. En ese sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 110 de la Ley 8131, un hecho generador de responsabilidad administrativa es la omisión, el retardo, la negligencia o la imprudencia en la preservación y salvaguarda de los bienes o derechos del patrimonio público o la adopción de acciones dolosas contra su protección, independientemente de que se haya consumado un daño o lesión.
  • Medidas para atender los requerimientos de tecnologías de información: asignación de área para Unidad de Gestión Informática, espacio para los 7 servidores de la red LAN del Senara, red de cableado estructurado UTP Categoría 6 con un ancho de banda a 10 gigabits con hasta 250 MHz en voz y datos, certificada. Hilos de fibra óptica con velocidad de 200 MHz y dos redes WiFi para para funcionarios y otra para invitados, bajo los requerimientos de seguridad promovidos por el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), la Normativa COBIT 5, ITIL3 e ISO 2230. Acceso de seguridad biométrica al Centro de datos y Comunicaciones. Sistema de ventilación y enfriamiento en el Centro de Datos y Comunicaciones. Ubicación de RACK para dispositivos tecnológicos: switches, routers, cableado estructurado, fibra óptica, dispositivos de almacenaje externo y conectores de fluido eléctrico planificación de la distribución de espacio físico para centro de copiado, cableado de datos entubado interno (dentro de pared) y cableado eléctrico entubado, físicamente separado y cableado en tiros (línea de cable sin cortes) que interconectan las estaciones de trabajo con los equipos switch, router y equipos de respaldo externos (NAS) en forma directa.. Así mismo, tomas de datos, telefonía IP y fluido eléctrico etiquetadas (toma-rack) y debidamente polarizadas. Sistema centralizado de soporte eléctrico. Wifi institucional con una topología de red tipo “maya” que interconecta los Access Point Cisco-Meraki y los canales configurados en estos equipos, posibilitando que la señal WiFi sea recibida en toda la planta física con la misma intensidad sin importar su localización.
  • Según SENARA-GG-UGI-044-2023 las condiciones actuales en el MAG respecto a instalaciones estructurales y configuración en logística de sistemas y aplicaciones no son adecuadas para sustentar el eficiente y eficaz funcionamiento de la plataforma informática y de telecomunicaciones ya operativa en SENARA. Este criterio experto evidencia que de no tomarse previsiones en este campo existe un riesgo de funcionamiento óptimo de la institución y un retroceso en todos los avances que se han tenido en este campo y que el costo del ajuste puede ser significativo. Al respecto debe tomarse en cuenta que un deber básico del titular es velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente (Ley de control interno, artículo 12.a) lo que implica que se debe realizar una valoración de riesgos en este campo y decidir las acciones para administrarlos (Ley de control interno, artículo 14)

De lo expuesto en páginas precedentes, se observa que el posible traslado al MAG expone al nivel gerencial a los siguientes riesgos de conformidad con la estructura de riesgos del Senara:➢ Riesgo interno/Financiero/Presupuestario.
➢ Riesgo interno/Financiero/Control de activos.
➢ Riesgo interno/Información y comunicación/Administrativa-gestión.
➢ Riesgo interno/ Información y comunicación/Comunicación.
➢ Riesgo interno/Dirección/Liderazgo.
➢ Riesgo interno/ Dirección/Cumplimiento normativo.
➢ Riesgo interno/Estratégico/Alineación o vinculación con la planificación institucional.
➢ Riesgo interno/ Estratégico/Planificación insuficiente.
➢ Riesgo interno/ Estratégico/Imagen.
➢ Riesgo interno/ Estratégico/Niveles de coordinación entre unidades.
➢ Riesgo interno/Recurso humano/Motivación.
➢ Riesgo interno/ Recurso humano/Clima organizacional.
➢ Riesgo interno/Recurso humano/Integridad, ética y valores.
➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Diseño.
➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Eficiencia.
➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Eficacia.
➢ Riesgo interno/ Procesos-operaciones/Ejecución y nivel de cumplimiento en el desarrollo de procesos y actividades.
➢ Riesgo interno/Infraestructura, equipos y materiales/Pérdida total o parcial de activos institucionales.
➢ Riesgo interno/Sistemas y tecnologías de información/Acceso de información.
➢ Riesgo interno/Sistemas y tecnologías de información/Disponibilidad de información.
➢ Riesgo interno/ Sistemas y tecnologías de información/Infraestructura tecnológica.
➢ Riesgo interno/ Sistemas y tecnologías de información/Seguridad de la información y de la infraestructura tecnológica.

A estos se suman los riesgos de gobernanza y el riesgo de incurrir en causal de responsabilidad administrativa, civil y/o penal.

  • Texto anterior tomado de oficio SENARA-AI-200-2023

Asociación de Empleados del SENARA (ASES)

Feria de Economía Social Solidaria

Tendremos feria con más de 50 organizaciones artesanas, agropecuarias, de alimentos y de pesca de diferentes regiones del país.

Este es un esfuerzo colectivo para facilitar que puedan exponer y vender sus productos, intercambiar experiencias de mercadeo y vincularse con diversas organizaciones, instituciones y personas visitantes que estarán de la feria o participando con charlas.

¡Por favor comparta la invitación para que sea un evento muy provechoso y rico de intercambios y aprendizajes!

29 y 30 de setiembre de 9 am a 6 pm

Casa del Cuño, Antigua Aduana. San José

Entrada gratuita

Hacia una jornada laboral de 13 horas en Grecia – Esclavitud capitalista

Rápido y furioso, el gobierno griego no tiene límites en su gestión proempresarial: la última de su larga lista de medidas en esa dirección es pasar la jornada laboral a 13 horas. Las ocho horas legales ya eran cosa del pasado: desde 2021 la jornada era de 10 horas.

Daniel Gatti

Hacia mediados de la primera década de este siglo, hubo quien llamó a Grecia “el Chile europeo” por su condición de laboratorio de experimentación ultraneoliberal.

Los habitantes del pequeño país fueron sometidos entonces por las instituciones financieras y por los sucesivos gobiernos nacionales (los hubo de distinto signo: conservadores y socialdemócratas) a las terapias habitualmente aplicadas a los latinoamericanos. Y lo hicieron sin anestesia alguna.

En sólo cinco años se multiplicó por tres el desempleo, por cuatro la miseria, 30 por ciento de la población griega quedó sin asistencia sanitaria, otro tanto sin vivienda, se desmanteló el ya débil aparato industrial, la deuda externa se disparó hasta casi dos veces el PIB, se privatizaron las joyas y hasta los bibelots de la abuela. Y la riqueza se concentró como nunca.

Exageraron tal vez con el exprimidor, y la reacción social estuvo a la altura de la acción de los gobiernos y las “instituciones”.

Allá por 2015 Grecia fue también escenario de una batalla por momentos épica entre, por un lado, un gobierno emanado del movimiento social que pretendió romper con ese estado de cosas y, por el otro, las fuerzas conjugadas del poder económico, político, social, financiero.

La batalla se perdió, el gobierno capituló en toda la línea y en los últimos años volvieron por sus fueros a Atenas, envalentonadas, las “fuerzas de la regresión social y del más puro oscurantismo capitalista”, como las definió, sobre el final de su casi centenaria vida, el legendario dirigente militante social y político Manolis Glezos.

Innovando

En 2021, cuando en la Europa pospandemia se discutía acerca de la posibilidad de reducir la jornada laboral, el gobierno conservador griego se dirigió en el sentido diametralmente opuesto: la aumentó de ocho a 10 horas, en medio de una reforma laboral que limitaba al extremo el derecho de huelga, preveía penas de prisión para las ocupaciones de lugares de trabajo y prácticamente liquidaba la negociación colectiva.

Ahora dio nuevos pasos, y se podrá trabajar hasta 13 horas diarias y 78 semanales sin que sean pagadas como extras.

Nueva Democracia, el partido en el gobierno, tiene mayoría absoluta en el parlamento, y poco le importan a sus dirigentes las protestas callejeras que están impulsando los sindicatos.

“Vamos en el sentido que va el mundo, sólo que más rápido que otros”, dijo el primer ministro Kyriakos Mitsotakis. “Sí, hacia la esclavitud capitalista”, le respondió un dirigente sindical.

Fuente: https://www.rel-uita.org/sindicatos/esclavitud-capitalista/

Compartido con SURCOS por Rel UITA

Tema relacionado: http://www.rel-uita.org/costa-rica/tirando-hacia-abajo-los-derechos-laborales/

UNDECA: ¡Viva el 15 de septiembre!

Que bonito sería celebrar un 15 de septiembre en verdadera democracia

Donde se respetaran los derechos laborales, sociales, culturales y ambientales.

Donde el rico pagara impuestos como rico y el pobre como pobre

Donde todos tuvieran un trabajito digno.

Y el gobierno en vez de debilitar la salud privatizando la caja 

Le pagara todo lo que le debe para que no hubieran listas de espera.

Donde la ley fuera pronta y cumplida

Que bonito sería que todos tuviéramos una casita propia

Que los suelditos alcanzaran para comer todos los días

Para estudiar y para pasear, aunque fuera cerquita de vez en cuando.

Que bonito sería que un dia nuestro pueblo se una todo

Y se levante a defender nuestros derechos con valor

Y que al final sepamos ser libres y no siervos menguados

¡Viva el 15 de septiembre!

Frente Amplio propone reducción progresiva de la jornada laboral a 40 horas semanales

En un esfuerzo por promover la conciliación entre el trabajo y la vida personal, así como aumentar la productividad en el ámbito laboral, la fracción del Frente Amplio en la Asamblea Legislativa está planteando una propuesta para reducir progresivamente la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. La iniciativa, que busca ser un equilibrio entre las necesidades de los trabajadores y las empresas, se enfoca en permitir una transición gradual para que las compañías puedan adaptarse sin que esto implique una reducción en los salarios de los empleados.

La idea detrás de esta propuesta es expresada por las diputadas y diputados en el video presentado, busca fomentar un mejor equilibrio entre el tiempo dedicado al trabajo y el tiempo para el descanso, el cuidado personal y la convivencia familiar. Además de esto, se espera que una jornada laboral más corta, bien distribuida y eficiente, conduzca a un aumento en la productividad y el rendimiento de los trabajadores durante el tiempo que estén en sus puestos.

Para lograr una transición suave y sin fricciones, la reducción de la jornada laboral se propone de manera progresiva a lo largo de un periodo determinado, permitiendo que las empresas puedan reorganizar sus procesos y operaciones de manera gradual. Esto ayudaría a minimizar el impacto económico que una reducción abrupta podría ocasionar en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas empresas que podrían enfrentar mayores desafíos financieros.

Es importante destacar que esta propuesta busca mantener los salarios actuales de los trabajadores. La reducción en la jornada laboral no implicaría una reducción proporcional en los ingresos de los empleados. En lugar de ello, se espera que las empresas adapten sus estructuras de trabajo y procesos para garantizar que la productividad se mantenga constante, incluso con menos horas en el lugar de trabajo.

Voces a favor y distintos estudios argumentan que una jornada laboral más corta podría tener un impacto positivo en la salud mental y física de los trabajadores, lo que a su vez podría resultar en una mayor satisfacción laboral y un ambiente laboral más armonioso. Además, se espera que esta medida pueda atraer y retener talento, contribuyendo a la competitividad y sostenibilidad a largo plazo de las empresas.

Compartimos el enlace al video: https://fb.watch/mLBn8y3fmJ/