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Acuerdo de junta directiva de la CCSS para la declaratoria de exclusivos/excluyentes y concurrentes es ilegal, inmoral y antihumano

Apuntes acerca del ilegal, inmoral y antihumano acuerdo de Junta Directiva de la CCSS para la declaratoria de exclusivos/excluyentes y concurrentes en la CCSS y su conexidad con la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) y su pernicioso y regresivo salario global.

Juan Carlos Durán Castro

Agosto 2023

El informe de la » comisión» de Junta Directiva de la Caja que sirve de base para el acuerdo que permite partir la familia laboral de la Caja en dos, resulta ser un acto que retrata el estilo en que el Poder Ejecutivo interpreta y pone en práctica su conceptualización autoritaria y antijurídica sobre la estructura del ordenamiento normativo del país.

Debe el lector más humilde entender como punto de partida, que el legado de la Constitución Política de 1949, distribuyó el poder del Estado para evitar estilos y formas peligrosas contra la costumbre democrática del país. Es esa lógica democrática la que se encuentra representada en la forma en que el Constituyente organizó el mundo del trabajo dentro del aparato estatal para evitar prácticas autoritarias de corte dictatorial, debiendo ser esta distribución de cuotas de poder el otro elemento básico a ubicar por parte del lector, puesto que la ley marco de empleo público (LMEP), va en el sentido contrario y tiene como uno de sus objetivos estrella concentrar peligrosamente el poder del manejo del mundo laboral del sector público en MIDEPLAN.

Es ese legado democrático con sus virtudes y defectos, el que está en un predicado altamente riesgoso, pues sus componentes democráticos han venido siendo dinamitados a la luz de la consolidación político-jurídica de corte regresivo y anti-laboral de lo que denominamos la triada perniciosa de leyes *9635, 9808 y 10.159, auspiciadas y promovidas por los viejos y nuevos partidos políticos a cargo del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, cuyo mundo feliz se terminará de concretar si logran aprobar la traída y llevada ley 4/3.

Vale entonces apuntar, que el futuro inmediato de esta ley 4/3, será determinado por la Sala Constitucional, espacio del cual no esperamos mucho, pero de repente podría volver a darnos una sorpresa inesperada, si es que se anima a salirse de posibles pactos políticos oscuros que suelen ocurrir en temas tan controversiales. Ante este panorama de incertidumbre política y jurídica debe quedar claro que el debate legal no acaba en esta instancia judicial de alcance nacional, pues si la Sala termina apuntalando aún más la contrarreforma laboral, se abre sin duda el escenario de la denuncia en el plano internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Ahora bien, descrito ese contexto general, vale la pena hacer una relación de como esa práctica de la Junta Directiva de la Caja, resulta ser una réplica del estilo funcional del Presidente Chaves Robles, que algunos ya califican de autoritario y dictatorial, ya que tomar acuerdos violentando tres criterios técnicos internos de esa institución, debe permitirle a propios y a extraños visualizar formas inmorales y posiblemente ilegales, que desnudan cómo una Junta Directiva de la Caja, presuntamente espuria, tramitó y acordó separar de forma antijurídica la familia laboral de la Caja en dos mundos laborales a contrapelo de la mismísima Constitución Política.

Repasemos brevemente:

En el caso específico de los acuerdos de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro social, que definen lo relativo del tema de exclusivos/ excluyentes y concurrentes, podemos resumir los siguientes elementos ilegales, inmorales y anti técnicos, para describir las características de un órgano colegiado políticamente controlado por el Poder Ejecutivo y que funciona posiblemente de forma ilegal desde la separación ilegítima de los representantes laborales que la Sala Constitucional ordeno reintegra.

Este colegio superior de la Caja, que ha osado tomar acuerdos en principio ilegales y que hemos ya denunciado ante la Contraloría General de la República y la Fiscalía, pero que más allá de eso construye narrativas maliciosas con rasgos de complot pernicioso que dañan la imagen de una de las instituciones estandarte de la institucionalidad patria, merecen nuestra atención.

Esto es así, porque dicho órgano supremo, ha llegado a tal punto de maldad, que por sus actos anti-laborales en contra de los derechos humanos de su propia familia laboral, ha provocado que desde sus propias entrañas trabajadores y trabajadoras hayan optado por presentar la primera demanda en sede del Tribunal Contencioso Administrativo en su contra el pasado viernes 18 de agosto 2023.

Escrito que describe con meridiana lucidez el camino oscuro de un acuerdo antijurídico, anti-laboral y antihumano, que en su petitoria central, solicita a la autoridad competente declarar la nulidad absoluta de los acuerdos accesorios y el acuerdo principal que dinamita en dos la familia laboral de la Caja, pues ha de tenerse claridad que los mismos presentan las características básicas de un perjuicio inminente.

Perjuicio que no dudamos está ya en desarrollo dentro de la Caja por casos que hemos conocido, pero que se terminará de consolidar, cuando en una acción de personal o documento similar se establezca con puntos y comas el criminal impacto en el salario, mismo que no tendrá distinción alguna, pues tornará en precarios todos los salarios de la Caja sin discriminación alguna y peor aún los condenará a un congelamiento por un lapso promedio de unos 19 años, según los estudios de expertos de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Así las cosas, vale hacer un repaso simple de los argumentos centrales de la demanda que anotamos supra, veamos:

1- La Junta Directiva de la Caja omite presuntamente de forma ilegal los tres criterios técnicos emitidos internamente por la Dirección de Administración y Gestión de Personal (DAGP), la Dirección de Servicios Administrativos y la Dirección Jurídica, lo cual sin duda alguna podría ser un acto antijurídico, pero sobre todo cargado de la soberbia autoritaria que deriva del Presidente y es replicada en la Caja por Doña Marta Eugenia Esquivel Rodríguez y su clan de súbditos sumisos, hoy día demandados por la ANEP y otros grupos socio-sindicales.

2- Esa misma Junta Directiva acuerda conformar una «comisión» de su propio seno (Ver artículo 25º de la sesión N° 9348 del 22 de junio de 2023), a todas luces archi-parcializada y con baja o nula experticia conformada por: Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Presidenta Ejecutiva, Roberto Quirós Coronado, representante de la Unión Nacional de Cámaras Empresariales (UCCAEP) y el señor Marco Tulio Escobedo Aguilar, representante por parte del Poder Ejecutivo, «Comisión» que curiosamente en un plazo de 10 días emite » un informe», a todas luces ultra débil en lo técnico y posiblemente con pocas o ningunas deliberaciones de Junta, pero que termina siendo el acuerdo principal que adquiere firmeza en un tiempo récord y caracteriza posiblemente la antítesis de lo jurídico.

3- Ese presunto pseudo informe de la » comisión» de Junta Directiva, aparte de que parece no tener ninguna rigurosidad técnica fue elaborado, presentado y votado en Junta Directiva por dos miembros que en principio entendemos no tenían capacidad jurídica para ejecutar tal acto administrativo injusto e ilegal, puesto que la Sala Constitucional, ya había ordenado previamente el reintegro de pleno derecho de dos de los miembros separados ilegalmente por el Poder Ejecutivo, actuación que denota la presunta nulidad absoluta del acuerdo ahora ya impugnado en sede judicial.

4- Siguiendo esa misma ruta de la posible ilegalidad, parece ser que al momento de dar FIRMEZA al “informe” de la » comisión» de Junta Directiva de la Caja sobre el tema de exclusivos/excluyentes – concurrentes, se tuvo según parece la osadía de presentar ante el órgano superior de la Caja, solo una hoja o una parte del acta de la sesión precedente en la que se «discutió» el tema de agenda en análisis. Este acto de ser así, aparte de romper con la tradición histórica de presentar el acta completa para su aprobación, deviene en una posible, pero enorme ilegalidad que profundiza la nulidad absoluta del acuerdo de Junta Directiva de la CCSS en el tema en análisis.

5- Debe quedar claro para toda la familia laboral de la Caja, que el acuerdo posiblemente ilegal que comentamos sobre exclusivos/excluyentes- recurrentes, NO EXIME, a nadie ( entiéndase bien, a nadie), del conocido y pernicioso SALARIO GLOBAL y su ruta ilegal e inconstitucional de congelamiento salarial indefinido, que guarda relación directa con la camisa de fuerza llamada regla fiscal y cuyo enfoque de precarización salarial, dichosamente ya ha sido cuestionado por la Procuraduría General de la República que se ha referido a la inconstitucionalidad de este congelamiento indefinido, indicando en criterio ofrecido en el marco de la acción de inconstitucionalidad que se tramita bajo expediente 23- 004885-0007-CO y que ha provocado que de forma oportuna la fracción del Frente Amplio presentará el proyecto de ley denominado “Ley para eliminar el congelamiento por plazo indefinido de los salarios de las personas del sector público”, bajo el expediente 23877.

Decimos con total claridad, que nadie se llame a engaño, la Caja podría aplicar en coordinación con MIDEPLAN o por cuenta propia la visión malévola y perniciosa de la regresividad salarial tanto para exclusivos/excluyentes- concurrentes, como para interinos o en propiedad, es decir, desde nuestra modesta lectura no debemos caer en la trampa de que nos dividan como clase trabajadora bajo la utilización de esas dos mentiras descritas u otras distintas construidas con narrativas engañosas, somos una sola familia laboral y como tal debemos interiorizar y planificar de forma inteligente la lucha en distintos espacios, lo cual incorpora la salida obligatoria a la calle en un plazo muy corto.

6- Como una última reflexión, debemos poner meridiana atención a las características del segmento laboral que la Junta Directiva de la Caja acordó posiblemente de forma ilegal calificar de concurrentes. Esto porque se trata de perfiles laborales estratégicos para la conducción estructural de la Caja y a partir de ahí debemos sacar diferentes conclusiones más allá del debate legal y técnico.

¿Será que el Gobierno desea manejar a su antojo puestos para insertar cuadros afines ideológicamente para tomar control de la Caja y de paso desplazar a fichas de otras banderas políticas históricas? ¿Será está una parte incorporada en la estrategia malévola de privatización de servicios? ¿Será que la precarización laboral y salarial en la Caja aspira a generar un grado tal de desmotivación interno y externo que genere mayor deterioro en los servicios y una migración hacia el sector privado, como un mecanismo de golpear más la imagen institucional y promover igualmente la privatización?

Dicho lo anterior, vale la pena reafirmar que no debemos de perder la brújula en el sentido de que la defensa de nuestra estabilidad laboral y salarial pasa necesariamente por entender que debemos salir a la calle muy pronto a luchar por la autonomía constitucional de la Caja, ( aunque esto suene muy abstracto); su modelo de financiamiento actual o futuro, su misión, su visión y sus principios, garantizando además que esta jornada patriótica de lucha aspire a la mejora de los servicios de salud públicos, humanizados y modernizados, pero sobre todo accesibles a un pueblo que cada día ( aunque digan lo contrario), lo empobrecen más.

SITRAHSAN: la persona trabajadora no es mercancía

En SITRAHSAN estimamos que el trabajador no debe verse como una mercancía, ciertamente los legisladores también, deben legislar, algunas leyes se ha demostrado sólo favorecen un pequeño sector, esta última reforma, consideramos violenta para el trabajador del sector privado, la posibilidad de crecer como persona y en fin, si por la víspera se saca el día, pronto podríamos encontrarnos un escenario, donde el sector público en general, ante la desacreditación como colaborador del bien común, y visto por muchos como “burócratas” pues debamos también cumplir con una reforma en ese sentido.

Y lo más lamentable, visto desde los ojos de los trabajadores del sector privado, como enemigos y sujetos de gollerías que no nos merecemos, por el simple hecho de estar mejor organizados que ellos y contar con los Sindicatos que nos defiendan.

ACOJUPEMA exige que se rechacen y archiven proyectos sobre pensiones

ACOJUPEMA (Asamblea de Cotizantes de los Regímenes de Pensiones de Jupema) informa sobre el contenido de los proyectos de ley sobre pensiones que están en discusión en la Asamblea Legislativa. Y exige sean rechazados y archivados inmediatamente por el grave perjuicio que causarán a los dineros ahorrados por todos los trabajadores del país.

Como cotizantes y ciudadanos nos corresponde defender el derecho constitucional y humano a una pensión digna.

In memoriam del Código de Trabajo

Manuel Hernández

El Código de Trabajo no nos vino del cielo.

Fue una gloriosa conquista de nuestros abuelos y abuelas, que se organizaron en sindicatos para luchar y lograr que se promulgara esta legislación.

La oligarquía criolla hizo todos los intentos que estuvieron a su alcance para impedir su aprobación.

El país pasaba por un momento de mucha tensión social y política, con la lucha de clases en carne viva.

No creo q nos podamos imaginar, 80 años después, ese espíritu de combate y la vocación de lucha de aquellos humildes labriegos y sencillos obreros que se jugaron todo por el todo.

El 20 agosto de 1943, imagínense ustedes, en aquella época, desfilaron en las calles de San José, unos 10.000 obreros, para defender la reforma constitucional, las Garantías Sociales, que se había aprobado unos cuantos días antes, y para presionar al Congreso Constitucional, como se denominaba, para que aprobaran el Código de Trabajo.

En definitiva, pocos días después, el 27 de agosto de 1943, el Congreso aprobó el Código de Trabajo, que entró a regir el 15 de setiembre del mismo año.

El Código regulo los derechos de los trabajadores, el salario, la jornada ordinaria de trabajo de 8 horas, los descansos, las vacaciones remuneradas.

Además, reconoció la libertad sindical, el derecho de negociación y la huelga, la más poderosa herramienta de la clase trabajadora.

Este 27 de agosto, estaremos celebrando o conmemorando el 80 aniversario del Código.

Lamentablemente, en tan solo 5 años destruyeron este Código, porque la nueva plutocracia política y económica, se trajo al suelo el derecho de negociación colectiva, el derecho de huelga y están a punto de sepultar la jornada humanitaria de trabajo, como la llamó el Doctor Calderón Guardia.

Despedazaron, tan solo en un quinquenio, el Código y no supimos defender esa conquista, que con sangre, sudor y lágrimas nos legaron nuestros queridos antepasados.

Quedamos en deuda con aquellos obreros bananeros, obreros urbanos, zapateros, panaderos, a quienes les corría sangre por las venas.

Saludos insumisos.

UNDECA y BUSSCO se solidarizan con estudiantes del CTP de Pavas, por presuntas irregularidades en Junta de Educación

Desde hace una semana el Colegio Técnico Profesional de Pavas, CTP, se encuentra cerrado por problemas en la Junta de Educación de la institución.

Los estudiantes pusieron candados y cadenas para impedir el ingreso al colegio en protesta y exigen soluciones inmediatas.

Entre los problemas denunciados está el manejo irresponsable de los fondos y que no está cumpliendo con las necesidades básicas de la institución.

Representantes de la Junta llegaron esta semana a hablar con los estudiantes, sin embargo, no presentaron soluciones concretas, por tal razón todavía sigue el movimiento de protesta estudiantil.

Autoridades del Ministerio de Educación Pública, en lugar de intervenir para investigar las anomalías en el manejo de dineros de la Junta, trata de que no trascienda la noticia del movimiento de los estudiantes.

En todo esto, la Junta de Educación se ha confabulado con los intereses de ciertas personas en el sector de pavas.

UNDECA y BUSSCO respaldan a los estudiantes que exigen la intervención inmediata de la Junta. Y se proceda de inmediato a investigar por el medio más idóneo y con la mayor trasparencia las denuncias de presuntos malos manejos de fondos públicos.

Comunicado de UNDECA y BUSSCO.

ANEP y Grupo Ecologista Kañík presentan acción de inconstitucionalidad contra reglamento que elimina controles ambientales

  • Destrucción de ecosistemas, levantamiento de urbanizaciones sin control, explotación maderera en áreas protegidas, abusos laborales, reducción de penas para desarrolladores y pérdida de autoridad de la SETENA pretende este nuevo reglamento.

La nueva normativa de la Secretaría Técnica Ambiental (SETENA), la 43898, sustituye a la que rige actualmente, la 31489, y entre sus peligrosos enunciados se encuentra el consentimiento para pavimentar áreas ambientalmente frágiles, entre ellas las que albergan afloramientos o cursos de agua, suelos susceptibles de inundación y hundimiento, o de gran importancia ecológica para su conservación y que, por su belleza escénica, son los favoritos para asentar en ellos proyectos urbanísticos.

Además, autoriza la extracción forestal en las áreas silvestres protegidas, libera de permisos el cambio de uso del suelo en materia agrícola, excluye la obligatoriedad de los empresarios de informar a la población sobre sus proyectos en un medio impreso, elimina la obligación de la industria urbanística de presentar estudios de vialidad avalados por el Ministerio de Transportes, traslada gran parte de las responsabilidades de SETENA a las municipalidades sin que estas hayan sido consultadas, reduce las penas para los empresarios que incumplan las disposiciones, pero amenaza a los funcionarios que la pudieran quebrantar.   

El reglamento, que empezaría a regir este agosto, retrocede 25 años en materia legal y deja indefensos los cuerpos de agua, el aire, el suelo, a los ciudadanos y demás habitantes de este nuestro territorio común, con el propósito de reducir al mínimo los trámites y obligaciones legales de la industria constructora, el sector que presenta ante la SETENA el 70% de lo que esa institución tramita.

No es casual que el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles  y el ministro del ambiente, Franz Tattenbach Capra, se hicieran acompañar de representantes de la Cámara de la Construcción el día en que anunciaron a la prensa, este pasado febrero, la derogación del Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y su Manual de Instrumentos Técnicos. Tampoco es fortuito que días después, en febrero también, escogieran al Colegio de Ingenieros como escenario para anunciar la entrada del Reglamento de Setena número 43898, cargado de vicios, portillos, contradicciones, desregulaciones, regresiones e inconstitucionalidades.

El nuevo articulado carece de los elementos preventivos que sí estuvieron presenten en las normativas anteriores, incluida la que aún está vigente. Ante la ausencia de normas preventivas, se prevén daños ambientales irreversibles y en consecuencia desmejora de la calidad de vida, justo en el momento en que el mundo ha alertado sobre la escasez de agua.

Este reglamento, a punto de empezar a regir, amplía el umbral de los proyectos calificados como “menores” a mil metros cuadrados (en el reglamento aún vigente el umbral es de 500 metros cuadrados) que constituyen el 65% de los proyectos ingresados al SETENA para ser evaluados y controlados.

Ese 65% de proyectos, según el reglamento 43898, pasarían a estar bajo inspección de los gobiernos locales que en un 50% carecen de su principal herramienta para regular asuntos ambientales, los planes reguladores. Y de ese 50% que sí los posee, solo el 6% ha definido, mediante estudio técnico, las áreas de fragilidad ambiental de sus cantones.

Además de lo expuesto en el punto anterior, la nueva normativa permite que en una misma finca se construyan sin permisos, uno tras otro, esos proyectos de hasta mil metros cuadrados considerados de “bajo impacto ambiental” y que al sumarse y acumularse terminan constituyéndose en megaproyectos que no requirieron de permisos, ni controles.

Por otra parte, el tamaño de los desarrollos no determina los impactos en el ambiente y por tanto la calificación de “bajo impacto” no posee sustento técnico.

Otra de las enormes deficiencias del reglamento 43898 es que elimina la obligación de los urbanizadores de presentar ante la SETENA un estudio vial avalado por el Ministerio de Transportes, con lo cual el aumento en el tránsito vehicular que traerán los desarrollos urbanísticos a las zonas rurales y urbanas agravará el congestionamiento que gobierna nuestras calles.

Esta normativa a punto de estrenarse se mete también en lo laboral, acosando psicológicamente al personal de la SETENA, al imponer plazos más cortos en los procesos de las Evaluaciones de Impacto Ambiental, EIA, desconociéndose si esto puede ser posible y amenazando al personal con procesos disciplinarios.

En sentido contrario caminan las cosas para los desarrolladores, a quienes este reglamento favorece notoriamente, no solo porque disminuye en gran medida el papeleo para los permisos y los controles sobre ellos de parte de la SETENA, sino que les baja las penas, les suaviza las sanciones en caso de incumplimiento.

En lo referente a los descuidos, la publicación de este documento en La Gaceta adolece de algunos anexos citados en sus artículos. Según estos, en determinados anexos deben figurar determinados formularios para ser llenados antes del inicio de algún proyecto.

Por si fuera poco, el derecho de los ciudadanos a ser debidamente informados se violenta en el reglamento, al eliminar de sus regulaciones el acceso a un medio impreso donde poder enterarse sobre el desarrollo de proyectos.

El nuevo reglamento de la Setena es un mamotreto eliminador y facilitador de trámites a favor de una minoría, que no contempla, sino más bien excluye, los intereses y derechos de las mayorías, así como deja indefensos los recursos naturales, pasando por encima de leyes, convenios internacionales y principios de la Constitución Política de Costa Rica.

Ante sus enormes deficiencias y parcialidades y ante las graves repercusiones socioambientales a que conllevaría esta normativa, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) ha decidido estrenarse hoy como figura ambientalista y solidaria, apoyando la iniciativa del también nuevo grupo ecológico Káñik.

Seremos sus cómplices en esta acción ante el Poder Judicial, una acción de inconstitucionalidad contra el reglamento 43898 sobre la cual les hablará a continuación su abogado, Msc. Juan Diego Quirós.

Le invitamos a ver el video con la exposición.

FENTRAGH rechaza y condena aprobación en primer debate del proyecto de Ley 21182 conocido como jornadas 4X3

La Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines (FENTRAGH), mantiene su rechazo al proyecto de Ley 21182, aprobado en primer debate en la Asamblea Legislativa, el 12 de julio anterior y que busca ampliar la jornada de trabajo de 8 a 12 horas.

Este proyecto de ley, ya enfrenta dos sendas consultas de constitucionalidad, debido a sus posibles violaciones a la Constitución Política y por errores en el procedimiento de discusión y aprobación legislativa.

Desde FENTRAGH, hemos señalado en reiteradas ocasiones que el proceso de discusión legislativa ignoró los planteamientos de la clase trabajadora y organizaciones sindicales, entre los que destacan las condiciones laborales cotidianas en los distintos sectores de la economía, como son las que imperan en el sector de la agroindustria. Asimismo, ignora la realidad de las mujeres trabajadoras e indígenas. Hemos destacado también, que la discusión legislativa debió privilegiar el fortalecimiento de la inspección de trabajo como herramienta para asegurar el respeto a los derechos laborales, en especial en las ramas económicas que representamos.

El proyecto de ley aprobado, propone que se realice un ajuste de un 16,67 en el salario mínimo en la jornada diurna (un 25% de ajuste si la jornada es nocturna) para las personas trabajadoras a quienes se les aplique el cambio de jornada. Esa decisión es un reconocimiento obligado que (tal como lo señaló FENTRAGH y muchos sectores opositores al proyecto), originalmente pretendía favorecer al sector empleador con un ahorro en el pago de horas extras, en detrimento de los salarios de los trabajadores.

Otro de los cambios que propone, es la aplicación de la jornada 4×3 solo en ciertos sectores de la economía y que la persona trabajadora puede rechazar la nueva jornada laboral propuesta por su patrono. De nuevo, ambas modificaciones dejan en evidencia que la intención original de sus proponentes era barrer con una de las conquistas más importantes de la clase trabajadora organizada en su historia, que es la jornada de 8 horas. El carácter “voluntario” es también una pretensión irresponsable de quienes aprobaron la iniciativa cuando ya sabemos que existe una clara diferencia de poder a favor del patrono, que, además, cuenta con una masa de personas desempleadas y desesperadas dispuestas a aceptar un puesto de trabajo bajo condiciones de precarización laboral.

En FENTRAGH, reconocemos que la realidad de los mercados laborales es cambiante y exigente y que, como actores fundamentales en esos mercados, debemos responder con diligencia y en forma propositiva sin renunciar al resguardo de los derechos humanos y laborales de las personas trabajadoras.

El proyecto de ley lo justifican asegurando que fomentará la creación de empleos mediante la promoción de la inversión, especialmente en los sectores de zonas francas. Un sector que es prácticamente un enclave en la economía costarricense que emplea si acaso a un 5% de la población económicamente activa y muy poco vinculado con el resto de la estructura económica del país.

Esa afirmación, además, carece de fundamento técnico, como igualmente sucede respecto al impacto en la calidad de vida familiar, en las posibilidades de estudio y desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras, del impacto en las mujeres, trabajadores agrícolas, entre otros.

Para FENTRAGH, más bien resulta de la mayor importancia en estos momentos, impulsar leyes y políticas económicas que vengan a fortalecer los mercados internos y la capacidad productiva nacional, lo cual, realmente contribuiría a crear puestos de trabajo. La flexibilización laboral, que es lo que en el fondo representa el proyecto de ley de jornadas 4×3, es un paso más en la carrera “hacia abajo” en las condiciones laborales a favor de las ganancias de unos pocos y la imposición de nuevas formas de esclavitud.

Para FENTRAGH, también es imprescindible fortalecer la inspección laboral y garantizar el complimiento de los derechos de los trabajadores y los deberes de los patronos, si realmente queremos promover el respeto a los derechos laborales, como dice el proyecto de ley en su pomposo nombre.

Desde nuestra federación sindical, en conclusión, consideramos que este proyecto de ley es un retroceso en los derechos laborales y que vendría a ensanchar y agudizar sobre manera el acceso a los derechos de las personas trabajadoras, favoreciendo únicamente a un sector empresarial que poco le importa la salud y las implicaciones sociales que provocará hacer que los trabajadores laboren jornadas ordinarias de 12 horas.

Costa Rica, 21 de agosto del 2023.

Junta directiva FENTRAGH.

Tomar la iniciativa

Freddy Vargas Aguilar
Teléfono 8620 0780

¿Conversamos?

El estar aprobándose la Ley 4-3 sería el último éxito del Capital contra el trabajador y sus organizaciones.

Logran condiciones para continuar fortaleciendo la incrementación de ingresos-riqueza, al tiempo que muestran que tienen el poder. Debilitan a la contraparte.

Ya antes, otro triunfo, La ley de empleo público. Y, antes, otro, una ley contra las huelgas. Y, antes otro, una reforma tributaria.

Un principio básico de sentido común estratégico dicta que, si lo que se está haciendo no está logrando sus objetivos hay que decidir, radicalmente, abandonarlo. Ni se está impidiendo el deterioro económico-político de los trabajadores, ni se está construyendo un poder popular.

Hay que tomar la iniciativa. Centrarse en un camino que integre sectores. Un aspecto fundamental es la Educación. Comenzar, no por creer que hay que cambiarla, sino por reconocer que es tal.

No hay Derecho, la Educación no es un derecho porque, no existe todavía.

Hay que tomar la iniciativa para construir el Derecho a la educación creándola desde las aulas, uniendo sectores, padres, educandos, educadores, personal de apoyo.

He aquí el problema, superar el temor, enfrentar las barreras, pasar del solo hablar a crear, organizando, integrando recursos, distribuyendo responsabilidades.

¿Quién se atreve?