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Etiqueta: autonomía universitaria

CHIVOS EXPIATORIOS

José Manuel Arroyo Gutiérrez

¿Quién es el culpable de los problemas que el sistema no logra resolver? En el nacional-socialismo alemán, principalmente la minoría judía; el odio en su contra atizó y movilizó a un pueblo por otra parte culto, cumbre de la filosofía, la literatura, la música, la teoría jurídica y política… hasta convertirlo en una horda delirante y genocida. En la Costa Rica actual, se señala como culpable a la minoría que integra el sector público, sus asalariados y jubilados, y por arrastre, instituciones claves para la democracia: la independencia judicial y la autonomía universitaria, entre otras. La estrategia es la misma: repetir hasta el cansancio verdades a medias o abiertas mentiras y fomentar el odio contra el chivo expiatorio. Será culpable todo lo que huela a Estado Social de Derecho; a regulación de la ley de la selva y el sálvese quien pueda; todo lo que tenga que ver con aportes solidarios para asistir a los trabajadores que enferman o darles condiciones de vida dignas en la vejez; todo el que no pueda costearse una educación de calidad; en fin, culpable será ese otro, quien no tiene idea de los que significa la palabra offshore y no puede refugiarse en un paraíso fiscal.

Y no me vengan a decir que los casos no admiten comparación. Pregúntenle a un joven chileno que para estudiar tiene que hipotecar a una vulgar financiera todo su futuro. Pregúntenle a un viejo, también chileno, que tiene que escoger entre comer o comprar las medicinas. Demuéstrenme que estas no son sólo formas más sofisticadas de exterminio.

Alcances del dictamen: empleo público y Estado Social de Derecho

El pasado jueves 05 de agosto la Universidad de Costa Rica dio inicio a las Jornadas de Análisis del dictamen de la Sala Constitucional y su relación con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público. La primera sesión se titula: “Alcances del dictamen: empleo público y Estado Social de Derecho”.

Se contó con la participación de:

  • Gustavo Gutiérrez Espeleta
  • Rosaura Chinchilla Calderón
  • Alfredo Chirino Sánchez
  • Constantino Urcuyo Fournier

El objetivo de esta actividad es abrir un proceso de reflexión en las distintas temáticas que abarca el fallo, con expertos de la UCR y de otros ámbitos, que contribuya a la formulación de argumentos sobre lo que implica este dictamen para la sociedad costarricense.

A continuación compartimos el vídeo completo:

 

Imagen: La Sala Constitucional emitió el dictamen en relación con el proyecto de Ley Marco de Empleo Público el pasado 31 de julio. Foto: Karla Richmond, UCR. Andrea Marín Castro, periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR.

La UCR organiza jornadas para analizar el dictamen de la Sala Constitucional en relación con el proyecto de Ley de Empleo Público y sus implicaciones

Se realizarán del 5 al 13 de agosto

El pasado 31 de julio, la Sala Constitucional emitió su fallo en relación a las consultas de constitucionalidad que se le hicieron al proyecto de Ley de Empleo Público. Dado este contexto, el Área de Ciencias Sociales, junto con la Rectoría de la UCR, están organizando las jornadas de análisis del dictamen de la Sala Constitucional del proyecto de Ley Marco del Empleo Público.

El objetivo de esta actividad es abrir un proceso de reflexión en las distintas temáticas que abarca el fallo, con expertos de la UCR y de otros ámbitos, que contribuya a la formulación de argumentos sobre lo que implica este dictamen para la sociedad costarricense.

La primera sesión se llevará a cabo el jueves 5 de agosto a las 5 de la tarde. Este espacio se dedicará a conocer los alcances del dictamen en relación al empleo público y al estado social de derecho. Se contará con la participación de la Dra. Rosaura Chinchilla Calderón, docente de la Facultad de Derecho y del Dr. Alfredo Chirino Sánchez, decano de la Facultad de Derecho.

Durante las jornadas se analizarán otros temas como el diseño constitucional del Estado, las implicaciones de los derechos laborales y sindicales, la independencia judicial y electoral, la objeción de conciencia y la autonomía universitaria.

Se contará con la participación de personas expertas como José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado; Fernando Cruz Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia; Ariane Grau Crespo,coordinadora de la Escuela Sindical de APSE; y la diputada Paola Vega Rodríguez , entre otras.

La institución siempre ha manifestado la necesidad de contar con una ley que tenga principios rectores sobre las políticas de empleo público, pero que respete el diseño institucional del Estado costarricense.

De esta manera, la UCR se ha convertido en un espacio de discusión y análisis sobre el tema y con este tipo de actividades busca seguir proponiendo y reiterando la necesidad, a las y los diputados, de que se construya un proyecto de Ley de Empleo Público que incluya a diversos actores de la sociedad, por medio del diálogo abierto y que supere una actitud de polarización, que ha sido la tónica en la discusión actual.

Para Isabel Avendaño Flores, decana de la Facultad de Ciencias Sociales, como institución es vital contar con un proceso de reflexión en torno a este tema, ya que tiene una enorme repercusión en el porvenir de Costa Rica. La discusión va más allá de los salarios, como se ha querido establecer, por lo que estas jornadas sirven para comprender que está pasando con el futuro del Estado Social de Derecho.

Las distintas sesiones se podrán seguir en vivo por el canal de Youtube de la UCR y de la Facultad de Ciencias Sociales; así como por las páginas de Facebook de la Rectoría, la Facultad de Derecho y la de Educación.

Cronograma

Jueves 5 de agosto
5:00 p. m.
Alcances del dictamen de la Sala Constitucional en empleo público y Estado Social de Derecho


Participan:
Rosaura Chinchilla Calderón
Docente, Facultad de Derecho

Alfredo Chirino Sánchez
Decano, Facultad de Derecho

Modera:
Constantino Urcuyo Fournier
Profesor Jubilado, Escuela de Ciencias Políticas

Lunes 9 de agosto
5:00 p. m.
Diseño constitucional del Estado: entre frenos, balances y contrapesos

Participan:
Carlos Manuel Arguedas Ramírez
Ex magistrado Constitucional titular, Corte Suprema de Justicia
Ex diputado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Paola Vega Rodríguez
Diputada

Olga Marta Sánchez Oviedo
Ex Ministra de Planificación Nacional y Política Económica

Modera:
Patricia Quesada Villalobos
Directora, Consejo Universitario

Martes 10 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Implicaciones para los derechos laborales y sindicales

Participan:
Mauricio Castro Méndez
Docente, Facultad de Derecho

Ariane Grau Crespo
Coordinadora de la Escuela Sindical de APSE

Comenta:
David Díaz Arias
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Leonardo Castellón Rodríguez
Decano, Facultad de Ciencias Económicas

Miércoles 11 agosto
5:30 p. m.
Independencia judicial y electoral

Participan:
Adriana Orocú Chavarría
Presidenta, Asociación Costarricense de la Judicatura
Docente, Facultad de Derecho

Fernando Cruz Castro
Presidente, Corte Suprema de Justicia
Docente, Facultad de Derecho

Comenta:
José Manuel Arroyo Gutiérrez
Ex magistrado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Modera:
Isabel Avendaño Flores
Decana, Facultad de Ciencias Sociales

Jueves 12 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Objeción de conciencia

Participan:
Mauren Solís Madrigal
Magistrada Suplente
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Sara Barrios Rodríguez
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Comenta:
Marinela Córdoba Zamora
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Margarita Salas Guzmán
Ex comisionada Presidencial para Asuntos LGBTIQ+
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Viernes 13 agosto
5:00 p. m.
Autonomía universitaria

 

Imagen: La Sala Constitucional emitió el dictamen en relación al proyecto de Ley Marco de Empleo Público el pasado 31 de julio. Foto: Karla Richmond, UCR.

Andrea Marín Castro
Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Abogada Rosaura Chinchilla: Resoluciones le dificultarían a la Sala IV contradecirse ante consulta sobre Empleo Público

Por Fabiola Pomareda García / Semanario Universidad

Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para resolver consultas de constitucionalidad a ley de Empleo Público.

La jueza, investigadora y docente de la UCR, Rosaura Chinchilla Calderón explicó que existen numerosas resoluciones de la Sala Constitucional relacionadas con lo que se cuestiona el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, como la autonomía universitaria y la independencia del Poder Judicial, y que por eso sería difícil que la Sala emita una resolución que contradiga sus propios pronunciamientos jurídicos.

UNIVERSIDAD entrevistó a Chinchilla sobre la futura resolución de la Sala Constitucional de calas consultas de constitucionalidad presentadas por diputados y por la Corte Suprema de Justicia al proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

En su más reciente artículo “Una reforma estatal encubierta”, la jurista señaló que “el citado proyecto de ley representa el riesgo más profundo que ha tenido nuestra maltrecha institucionalidad democrática en lo que va de su longeva existencia”.

En el cierre de dicho texto, Chinchilla escribió que “un estricto análisis técnico, siguiendo la jerarquía de fuentes del ordenamiento jurídico e, inclusive, partiendo de los mismos antecedentes jurisprudenciales del órgano encargado de ello, implicará, a no dudarlo, una declaratoria de inconstitucionalidad.

En entrevista con UNIVERSIDAD, la jurista analizó este tema.

-¿Está en riesgo la legitimidad de la Sala Constitucional ante la decisión que tiene que emitir con respecto a las consultas de constitucionalidad de la Ley Marco de Empleo Público?

“Sí, en realidad el tema es muy obvio, en la medida en que existen normas constitucionales expresas y han habido pronunciamientos de diferentes integraciones de la Sala Constitucional sobre temas, como por ejemplo, la autonomía universitaria y la independencia judicial, que son dos de los cuales se ven afectados y que han tenido pronunciamientos de diferentes integraciones de la Sala Constitucional en tiempos anteriores. Entonces la decisión es muy obvia, me parece a mí, por las implicaciones que tiene el proyecto en estas instituciones”.

-Las consultas de constitucionalidad que se presentaron argumentan que le corresponde a la Sala garantizar la continuidad del Estado social y democrático y la supremacía de los derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política y en convenios internacionales. ¿Qué otro camino le quedaría a quienes presentaron estas consultas si la Sala no se pronuncia en contra de esos vicios del proyecto?

“Bueno, a nivel interno se agotaría prácticamente, por lo menos a nivel constitucional, cualquier litigio. Específicamente las personas que resulten perjudicadas, de instituciones afectadas, podrían recurrir a la vía contencioso administrativa. Pero a nivel externo se abre un abanico de posibilidades, pero es un camino largo. Tampoco vamos a decir que es un camino ni fácil, ni corto, ni rápido; es un camino largo, difícil y bastante empinado, de acudir a organismos internacionales, sobre todo en el caso de la independencia del Poder Judicial, en que sí hay pronunciamientos de instituciones extranjeras, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos de la ONU y que se han referido en el caso del Poder Judicial, por los alcances de la independencia judicial. En el caso de las otras autonomías, como la municipal, la de las instituciones autónomas y la universitaria, es muchísimo más difícil la situación, a falta de ese tipo de convenios internacionales”.

-Entonces en el caso de la Corte Suprema de Justicia, que alertó que el proyecto es una regresión en la independencia de poderes, ¿podría tener más posibilidades?

“Podría tener más posibilidades de hacer litigios estratégicos a nivel internacional, establecer qué actos en particular de la Asamblea Legislativa violentan tratados internacionales; en este caso la Convención Americana de Derechos Humanos y todas las disposiciones que tienen referencia a la independencia judicial sí es posible hacerlo en tribunales internacionales. No es un recurso adicional a lo que resuelva la Sala; es un medio totalmente diferente, pero puede dejar sin efecto lo que indique la Sala Constitucional, como ocurriera por ejemplo en la fecundación in vitro, que la Sala dijo una cosa y la Corte Interamericana le enmienda la página. Pero uno esperaría que realmente ese no sea el escenario. Primero, los vicios son muy obvios; segundo, los antecedentes jurisprudenciales de diferentes integraciones del tribunal Constitucional también han sido reiterados, lo cual le va a dificultar más a la integración actual apartarse de sus propios precedentes; y en tercer lugar, existen estos argumentos efectistas como el tema de la crisis fiscal, de la protección de ciertos principios económicos abstractos. En algún momento la Sala Constitucional hizo eco de ellos al votar el tema del plan fiscal; pero vio que los límites que ella misma impuso a lo interno de su resolución, el poder estatal no los quiso acatar y se vieron las pugnas; por ejemplo, entre Contraloría y Poder Judicial, entre Contraloría y universidades y está eso todavía en discusión en sede constitucional. Entonces creo, o quisiera pensar así, que ese antecedente va a implicar que la Sala va a ser más cauta en no comprarse argumentos efectistas y darse cuenta de las implicaciones que tiene el no hacer un estricto análisis jurídico en ese caso”.

La profesora y abogada Rosaura Chinchilla Calderón es licenciada en derecho y notaria pública, Máster en Ciencias Penales y egresada del doctorado en Estudios Latinoamericanos con énfasis en pensamiento latinoamericano, Universidad Nacional. Es jueza en materia penal desde 1992, consultora internacional, y ha recibido los Premios Alberto Brenes Córdoba del Colegio de Abogados y Abogadas 2002; Ulises Odio Santos del Poder Judicial 2008; y Emilia Solera 2016 de la Asociación Costarricense de la Judicatura por su trayectoria académica.

El proyecto de Ley Marco de Empleo Público fue aprobado en primer debate el 17 de junio, con 32 votos.

La Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para definir si las consultas de constitucionalidad presentadas cumplen o no con los requisitos para ser evacuadas, lo que se resolverá junto con la sentencia sobre las consultas -opinión consultiva-.

En total se presentaron cuatro consultas de constitucionalidad sobre el proyecto de ley. El Tribunal acumuló las consultas tramitadas bajos los expedientes 21-011915-0007-CO (Diputado Pablo Heriberto Abarca y otros), 21-012118-0007-CO (Diputado Roberto Thompson y otros) y 21-012714-0007-CO (Corte Suprema de Justicia), a la consulta 21-011713-0007-CO (Diputado José María Villalta y otros), en vista de que esta fue la primera en ser presentada, se informó.

 

Foto: La abogada Rosaura Chinchilla. (Foto: Archivo/Semanario Universidad).

Fuente: https://semanariouniversidad.com/pais/abogada-explico-que-jurisprudencia-le-dificultaria-a-la-sala-iv-contradecirse-en-su-resolucion-sobre-empleo-publico/

Conversatorio: Autonomía Universitaria en diálogo

La Rectoría y la Rectoría Adjunta de la Universidad Nacional de Costa Rica, bajo el programa Diálogos Prospectivos extienden la invitación a la charla: Autonomía Universitaria en diálogo.

La actividad será este lunes 10 de mayo de 2021 a las 10.00 am y se transmitirá vía Facebook Live en la página de la Rectoría Universidad Nacional.

En el espacio participan:

  • Máster Paola Vega Rodríguez, diputada
  • Renate Marsiske, académica-investigadora UNAM-México
  • Máster Gerardo Solís Esquivel, director Asesoría Legal UNA

Dirige:

  • Máster Francisco González Alvarado, rector Universidad Nacional

Autonomía universitaria en la investigación

El viernes 30 de abril se desarrolló la mesa redonda: Rol de la autonomía universitaria en el ejercicio de la investigación como áreas de acción sustantiva. Se abarcaron temas generales relacionados a la autonomía.

La mesa contó con la participación del doctor José María Gutiérrez quien abordó los orígenes de la autonomía desde el Manifiesto de Córdoba. También destacó la importancia de la autonomía para promover el pensamiento crítico e independiente para la democracia.

Esta mesa redonda es parte de un ciclo de foros gestionados por la Rectoría, Rectoría Adjunta y Vicerrectorías de la Universidad Nacional de Costa Rica sobre Autonomía Universitaria.

Para escuchar la exposición de José María Gutiérrez le invitamos a ver el siguiente video:

https://youtu.be/X5klXi5KqT4

Ciclo de foros sobre Autonomía Universitaria

La Rectoría, Rectoría Adjunta y Vicerrectorías de la Universidad Nacional de Costa Rica organizan un ciclo de foros sobre Autonomía Universitaria.

Este ciclo tiene cuatro fechas y abarcarán distintos temas que se comparten a continuación:

  • Autonomía como concepto vivo apuntes para la reflexión estudiantil. Miércoles 28 de abril 2021 a las 5:30 p.m. Puede acceder en el siguiente enlace: https://una-cr.zoom.us/j/84556360526
  • Rol de la autonomía universitaria en el ejercicio de la investigación como áreas de acción sustantiva. El próximo viernes 30 de abril a las 10am. https://una-cr.zoom.us/j/82986747544
  • Libertad de cátedra y Autonomía Universitaria. Esta charla será el 6 de mayo a las 3pm. Para participar puede unirse al siguiente enlace https://una-cr.zoom.us/j/81326721242
  • Autonomía universitaria desde la perspectiva de la extensión interdisciplinaria. La actividad será el martes 11 de mayo a las 10am https://una-cr.zoom.us/j/81149553694

Réquiem por la Costa Rica democrática, culta y solidaria

Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense

El espectáculo legislativo de este infausto mes de abril de 2021 tiene que continuar cueste lo que cueste, no importa si sus protagonistas estén destrozando, o desmontando paso a paso, mecanismo a mecanismo, pieza a pieza, los componentes esenciales de la institucionalidad del país y los fundamentos jurídicos e incluso filosóficos que le dieron fundamento a lo largo de las siete décadas transcurridas desde el fin de la la guerra civil de 1948 y la aprobación de la Constitución Política de 1949. Para eso es que el diario La Nación y sus propietarios necesitan tener a los diputados encerrados en el horroroso búnker de Cuesta de Moras, además de que cuentan con el beneficio adicional de la gran cantidad de tontos que piensan que la Asamblea Legislativa es una fábrica de leyes, sin darse cuenta de que afilan el cuchillo que pondrán en sus pescuezos.

La constitución de aquel año, que ahora nos parece tan lejano, y su espíritu han muerto después de agonizar durante al menos las dos primeras décadas del nuevo siglo, aunque todavía nosotros todavía no terminamos de tomar nota de las consecuencias de tan infausto suceso: la separación de los poderes del estado, la autonomía universitaria y la municipal han quedado reducidas a cenizas, pero también las instancias administrativas y judiciales en materia de gobierno y empleo público, las que pasarán a estar controladas por un cada vez más poderoso y jacobino gobierno central.

El estado social de derecho que se empeñaron en plasmar en los artículos 50 y 74 del nuevo texto los constituyentes reformistas del Partido Social Demócrata, tales como Rodrigo Facio y Luis Alberto Monge, entre otros y los del Partido Constitucional Demócrata como Celso Gamboa y un numeroso grupo de ilustres constitucionalistas de entonces, que contaron con el decisivo apoyo de la mayoría más bien “conservadora” de los diputados ulatistas de entonces, es algo que ha terminado por desvanecerse en medio de la oleada cortesana, mediocre y neoliberal-neoconservadora-neopentecostal que domina a la mal llamada clase política costarricense, la que ha venido a dar al traste con la brillante defensa de la autonomía universitaria, dotándola de recursos financieros que la garanticen, plasmada plenamente en aquella constitución por Rodrigo Facio, Fernando Baudrit y otros destacados constitucionalistas de grata memoria, durante largos debates que merecen recordados, sobre todo por su perenne vigencia (Ver Óscar Castro Vega RODRIGO FACIO en la constituyente de 1949 EUNED San José CR 2003). Han quedado en olvido y reducidos casi a nada los aportes de Luis Alberto Monge, como diputado constituyente encargado por su pequeña fracción socialdemócrata, de redactar y defender el capítulo de las garantías sociales, como un capítulo de la constitución que estaban por aprobar. La obra demoledora de las yorlenis león y otros personajes de poca monta terminó por ser más corrosiva y persistente, tanto como para dar al traste con los valiosos aportes de aquellas generaciones.

Estamos en manos de las gentes de una clase política, donde predominan la ignorancia y la mediocridad, dentro de la que se mezclan las expresiones integristas de una vieja religión revelada (como en el caso neopentecostalismo con su elaborada teología conservadora del éxito y la “salvación personal”, unidos al oportunismo e ignorancia supina de sus voceros políticos) con aquellas otras, de orden secular, propias de la religión del mercado, convertido en el gran desiderátum en todos los órdenes de la vida económica, política y social al que obedecen el PLN PAC PUSC RN NR y otras franquicias electorales, también listas para cazar incautos en la próxima “campaña electoral”, hoy convertidas en el “partido único neoliberal” que desgobierna a Costa Rica.

El delirante odio populista de cierta derecha hacia los intelectuales y el pensamiento libre ha marcado el tono de la ofensiva totalitaria contra la universidad pública costarricense, a la que ven como subversiva por ser un espacio libre para una profesión de fe democrática de amplio espectro y otorgadora de “privilegios” hacia sus académicos, investigadores y funcionarios a los que desearían ver reducidos a la condición de precariedad salarial y laboral de sus pares de las universidades privadas.

Son el pensamiento auténtico y el trabajo académico libre de las manipulaciones de los poderes fácticos, como también la investigación científica seria, con sus innumerables aportes de gran calidad en beneficio del conjunto de los costarricenses, junto con una sostenida acción social dirigida hacia muchas comunidades de todo el país los componentes de lo que en su conjunto irritan a los dueños de este país: a lo sumo, para estas gentes de corta mirada y gruesos bolsillos, las universidades deben ser fábricas de graduados, donde como en el caso de la gran mayoría de las privadas (en todo hay excepciones) brillan por su ausencia las bibliotecas, los laboratorios y los institutos de investigación. Por desgracia los poderosos dueños de los grandes medios de (in)comunicación social han tenido éxito en convencer a muchas gentes incautas ocultando, detrás de supuestas preocupaciones de orden fiscal, mientras se dedican a saquear de verdad los recursos públicos, sus verdaderas intenciones totalitarias y su insaciable rapiña, como en el caso de las trochas, la ruta 27 y otros inconfesables negociados, además de la colosal evasión tributaria.

Es por eso que no nos queda, por ahora, sino exteriorizar este réquiem por la la ruina de la institucionalidad democrática de un país como este en el que hemos nacido, al que consideramos digno de mejor suerte. Las nuevas generaciones tendrán que emprender de nuevo, casi de cero, una lucha que los reformadores sociales de los años cuarenta supieron materializar en hechos y resultados positivos, al construir de esa manera un país más solidario, culto y justo que los del resto de la región, ¿vamos entonces hacia una “centroamericanización” de Costa Rica, entendida en el peor sentido del término?

Las falacias de una supuesta leyenda urbana

José Manuel Arroyo Gutiérrez. Ex magistrado y profesor catedrático UCR

Pese a las semanas transcurridas, y dada la autoridad que le reconozco al Dr. Rubén Hernández Valle en el foro nacional, me referiré a su reflexión sobre la autonomía universitaria como “leyenda urbana” (La Nación, 22 de febrero 2021), pues estimo pertinente hacer un ejercicio de crítica razonada de las múltiples falacias -explícitas e implícitas- que su texto contiene.

  1. De entrada, el título del artículo referido, es en sí mimo cuestionable. Se afirma que la autonomía es una especie de falsedad instalada en el pensamiento colectivo, con unos alcances que no tiene y con aviesas intenciones que sólo buscan defender privilegios. He aquí una manera habilidosa, pero falaz, de procurar descalificar determinada posición sobre el tema de la autonomía, simplemente sosteniendo que el alcance de este instituto jurídico es el que don Rubén dice, y punto. Esto le permite eludir el tema de fondo acerca de las justificaciones de su afirmación y profundizar en el contenido de la autonomía administrativa, política y organizativa que la Constitución vigente proclama y, de paso, aprovechar para soltar una falacia ad hominen (“cualquiera que no esté de acuerdo con mi interpretación está motivado en intereses egoístas y privilegios inaceptables”)
  2. Es llamativo ya en el cuerpo de su artículo, que el autor empiece por hacernos aclaraciones y justificaciones que no vienen directamente al caso. Sin embargo, una atenta lectura nos permite seguir descubriendo falacias de diferente tipo y calado. ¿Quién puede afirmar que, por haber estudiado y recibido una excelente educación en la Universidad de Costa Rica, está libre de prejuicios ideológicos, o lo autoriza a opinar con mayor propiedad?
  3. Es más, la aclaración que se nos brinda en el sentido de que ejerció como profesor y se jubiló “sin pensión de lujo”, reproduce el prejuicio –falacia de no atinencia-, de que cualquiera que tenga un determinado monto de pensión también está descalificado para opinar sobre el tema de las autonomías. Espero dejar claro que, de lo primero, no puede deducirse razonablemente lo segundo. Desconocemos, por otra parte, si el monto de la pensión del Profesor Hernández está por debajo de los parámetros arbitrarios que algunos medios de comunicación han ido fijando, y que consideran “de lujo” incluso dos millones de colones. Tampoco sabemos si esa pensión corresponde a una jornada de tiempo completo, o sólo a una fracción, lo que explicaría su modesto monto. Es público y notorio que don Rubén se ha dedicado, aparte de las actividades académicas, al litigio y la asesoría jurídica de alto nivel, y no con exclusividad a la docencia, la investigación y la acción social.
  4. La cuestión central está, no obstante, en el tema de la interpretación jurídica como técnica de razonamiento compleja. La Constitución Política es un organismo vivo y dinámico, ciertamente un producto histórico-cultural, pero a la vez, evolutivo y adaptable en sus justos alcances al devenir de los tiempos. Su correcta interpretación es un arte difícil de alcanzar. NUNCA puede pretenderse una interpretación única e inequívoca en el campo del derecho. En la argumentación jurídica y su aplicación no hay premisas absolutas (verdaderas o falsas), no se impone una lógica simplemente formal; prevalece, por el contrario, la lógica de lo razonable, donde debemos atenernos a las mejores razones expuestas y no a la mera letra de las normas y mucho menos conformarnos con criterios de autoridad (falacia ad baculum).
  5. Incluso, para una sola norma caben diversas interpretaciones. Esto se confirma cotidianamente en todos los tribunales de la República y particularmente en la Sala Constitucional, plagados de votos salvados y anotaciones aclaratorias de los integrantes que se apartan del criterio de mayoría en determinado asunto. Pretender que “yo, el especialista”, puedo mandar a un curso introductorio de derecho constitucional al cuerpo de rectores del país, o a cualquiera que se atreva a tener una interpretación distinta “a la mía”, es no sólo un acto de soberbia intelectual, un gesto profundamente autoritario, sino también constituye una falacia rotunda que ignora la naturaleza dinámica y relativa de toda constructo jurídico, y de la interpretación constitucional en particular, dado el carácter general y abstracto de sus enunciados normativos, constantemente confrontados con los casos concretos que la realidad obliga a resolver. Por supuesto que la interpretación constitucional puede bien servir para ampliar y consolidar derechos, o bien para restringirlos y debilitarlos, según sea la ideología y visión de mundo que tenga el intérprete. De ahí la importancia de que los tribunales constitucionales estén integrados por la gente más preparada, que tenga diferentes formaciones y puntos de vista, ideológicamente diversos y ojalá portadores de una vasta cultura general, única vía de contar con representatividad legítima y democrática en las decisiones que afectan a toda la sociedad. Este es sólo un ideal, más o menos realizado.
  6. La Constitución no sólo nos rige, sino que nos pertenece, a todas y todos, al menos como otro ideal democrático. No es propiedad de nadie en particular, aunque algunos ejemplos de nuestra jurisprudencia constitucional, como el de la reelección presidencial, les haya hecho creer a algunos que, construyendo las mayorías indicadas, se pueden lograr las interpretaciones “convenientes”, aunque de paso se sacrifiquen principios fundamentales. Pero dejemos al juicio de la historia el caso de esta “intervención-interpretación” con consecuencias negativas, en mi opinión, no sólo para Costa Rica, sino para toda América Latina donde cualquier mandatario que ha querido perpetuarse en el poder, al margen de su tendencia ideológica, ha echado mano al precedente costarricense.
  7. Se equivoca el Dr. Hernández cuando interpreta literalmente el mandato contenido en el artículo 191 C.P. Si bien es cierta la decisión del constituyente del 49 al crear una Dirección de Servicio Civil para regir las relaciones entre los empleados públicos y el Estado, el propósito esencial era evitar que el Poder Ejecutivo, directamente, pudiera festinar y manipular, como había venido ocurriendo por décadas, la elección y estabilidad de los empleados públicos. La evolución histórica de esta cuestión hizo que en lugar de un único estatuto se implementaran varios, legalmente previstos y confirmados por jurisprudencia de la Sala Constitucional, cosa que no contradice la intención del constituyente, sino que la ha venido desarrollando y fortaleciendo. Por tanto, volver a una entidad única, controlada de manera exclusiva por el ejecutivo en ejercicio, es una regresión inadmisible a esta altura del desarrollo de la institucionalidad nacional. Esto no tiene nada que ver con la necesidad de realizar los correctivos en abusos y asimetrías que ha habido en regímenes salariales o de jubilaciones. Ese movimiento de enmendar errores ha venido ocurriendo ya, y hay expresa manifestación, por ejemplo, de las autoridades universitarias y judiciales, para avanzar en esa dirección.
  8. Por último, la mención que el Dr. Hernández hace al Convenio sobre el Derecho de Sindicalización y de Negociación Colectiva de la O.I.T. (No. 98, artículo 6), afirmando que “prohíbe” las convenciones colectivas para el sector público, sobrepasa todo problema de argumentación para incursionar en lo que simplemente no es cierto. Pongo en manos del lector la literalidad de esa norma: “Artículo 6. El Presente convenio no trata de la situación de los funcionarios públicos en la administración del Estado y no deberá interpretarse, en modo alguno, en menoscabo de sus derechos o de su estatuto. Ya el numeral 5 anterior había mandado respetar los estatutos militar y de policía pre-existentes al momento de entrar en vigencia este Convenio y, con el artículo 6, es claro que no hay prohibición alguna, Todo lo contrario, señala que la relación entre empleo público y el Estado no es materia que se desarrolle en este tratado, pero quedan eso sí a salvo, los derechos y los estatutos previamente reconocidos para los empleados públicos frente al Estado. Es el caso constitucionalmente reconocido en Costa Rica. Es además de sentido común entender que la Organización Internacional del Trabajo no existe para restringir, sino para ampliar, consolidar y respetar todo tipo de derechos adquiridos entre trabajadores y patronos, independientemente de quién sea el empleador.

El gato al que hay que poner el cascabel es otro, y para lograr esto no es necesario pasar por encima de la complejidad, diversidad y especialidad de las instituciones autónomas del país.

Publicado en el Semanario Universidad, compartido con SURCOS por el autor.

Salarios como excusa

Luis Felipe Arauz

Antes que quien lea esto me descalifique porque soy profesor de la Universidad de Costa Rica, debo decir que no estoy defendiendo ningún privilegio. Ya en varias facultades hemos solicitado cambios en el sistema salarial de la UCR, dándole mucho más peso al régimen de méritos que a la antigüedad. Las autoridades han dado pasos concretos en esa línea, disminuyendo sustancialmente las anualidades y trabajando aceleradamente en el diseño de un nuevo sistema salarial.

La Ley de Empleo Público va mucho más allá del tema salarial, y toca temas como política de contratación, mecanismos de evaluación y políticas de sanciones dentro de las universidades públicas, las cuales afectan el quehacer universitario en el ámbito académico. Pero, malintencionadamente, se ha querido reducir la discusión del impacto de la Ley de Empleo Público en la educación superior pública al tema salarial. So pretexto del salario, tema que se ha manipulado con mentiras o verdades a medias para influir en la opinión pública y atizar el odio hacia las universidades estatales, lo que en realidad quieren algunos es limitar la libertad de cátedra garantizada en la Constitución, por la vía del debilitamiento de la autonomía universitaria tal como la define el Artículo 84 de la Constitución Política, la misma que quienes ejercen el Poder Ejecutivo y el Legislativo juraron defender.

¿Por qué la autonomía universitaria les estorba a ciertos representantes del poder económico, dentro y fuera del gobierno, y a sus voceros? El papel de la UCR está dado en el Artículo 5 de su Estatuto Orgánico: Estimular la formación de una conciencia creativa y crítica, en las personas que integran la comunidad costarricense; buscar, de manera permanente y libre, la verdad, la justicia, la belleza, el respeto a las diferencias, la solidaridad, la eficacia y la eficiencia;  formar profesionales en todos los campos del saber, que integren una cultura humanística con su formación especial o profesional; contribuir al progreso de las ciencias, las artes, las humanidades y las tecnologías; elevar el nivel cultural de la sociedad costarricense mediante la acción universitaria; estudiar los problemas de la comunidad y participar en proyectos tendientes al pleno desarrollo de los recursos humanos, en función de un plan integral, destinado a formar un régimen social justo, que elimine las causas que producen la ignorancia y la miseria, así como a evitar la indebida explotación de los recursos del país.

Todo lo anterior requiere que la acción universitaria esté libre de la influencia de las tendencias ideológicas predominantes y de los gobiernos de turno. Por ejemplo, algunos quisieran que la educación superior se circunscriba a materias tecnológicas o administrativas y minimice o elimine lo demás. Esa visión estrecha quedó plasmada en el informe sobre el Fondo Especial de la Educación Superior recientemente aprobado por la Asamblea Legislativa. Con la Ley de Empleo Público, el gobierno va a influir sobre los mecanismos de contratación y evaluación del personal universitario, lo cual claramente resta la necesaria libertad de la acción académica, garantizada por la autonomía universitaria. Podríamos llegar a una situación lamentable en que los rectores y otras autoridades universitarias se nombren por color político, o, como sucede en el gobierno, que a quienes ocupan jefaturas haya que indemnizarlos para que dejen el puesto.

Por otra parte, los mecanismos de evaluación profesional del Servicio Civil no promueven la excelencia (no hay evaluación por los usuarios) ni la productividad, como sí lo hace el régimen académico de las universidades públicas, en el cual la enseñanza es evaluada por los estudiantes y la productividad y calidad de la investigación por “pares académicos” anónimos, con frecuencia internacionales, que revisan y dictaminan sobre el mérito de los trabajos científicos. Cambiar este riguroso sistema de méritos de las universidades por la “amistosa” evaluación del Servicio Civil va en detrimento de la calidad universitaria.

La moción aprobada en la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, para que el sistema de empleo público de las universidades públicas esté compuesto de la normativa interna aprobada por sus propios órganos de autogobierno, es salomónica: reivindica la autonomía universitaria dada por la Constitución, pero no excluye el tema salarial universitario de la Ley de Empleo Público. La reacción visceral y mendaz de algunos sectores de la prensa y grupos de interés contra esta moción demuestra claramente que el interés de estos sectores y grupos no es el salario sino la autonomía, y reafirma que el salario es el pretexto. Lo que priva en esos sectores es la visión mercantilista del quehacer universitario, para la cual la autonomía es un estorbo.

Imagen ilustrativa.