“Pasemos de las críticas a la acción”, dice el exmagistrado.
El exmagistrado de la Sala Primera Ricardo Zeledón Zeledón, especialista en derecho agrario, hizo un llamado a la ciudadanía para que se presente ante la Sala Constitucional a oponerse a la apertura del Centro de Alta Contención de la Criminalidad Organizada (CECCO). Según informa, la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, lo inaugurará el miércoles 14 de octubre al mediodía.
Zeledón sostiene que el CECCO es una copia del modelo carcelario de El Salvador, el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT) impulsado por el presidente Nayib Bukele, al que califica como propio de un régimen autoritario y violatorio de los derechos humanos. Advierte que, tras la inauguración, el Ministerio de Justicia y Paz trasladaría a unas 5.100 personas privadas de libertad al nuevo centro bajo la clasificación de máxima seguridad, sin estudios previos y sin consulta a los jueces de ejecución de la pena.
Según el exmagistrado, el centro se construyó con planos y arquitectos salvadoreños y con financiamiento costarricense y extranjero, sin pasar por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la Municipalidad de Alajuela ni la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA). Afirma además que se han opuesto al CECCO la Defensoría de los Habitantes, un organismo contra la tortura y diversas instituciones internacionales.
Un recurso de amparo pendiente
Zeledón informa que el 30 de septiembre presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, expediente 26-036376-0007-CO, contra la presidenta Laura Fernández Delgado; el ministro de la Presidencia y de Hacienda, Rodrigo Chaves Robles; y el ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas. Señala que el recurso aún no ha sido cursado y que, a su juicio, la Sala ya debió dictar medidas cautelares para impedir la inauguración y el traslado de las personas privadas de libertad.
“Debemos pasar de las críticas a la acción”, plantea Zeledón, y recuerda que “todos estamos legitimados para oponernos a la apertura y a que se nos oiga”. Pide a la ciudadanía redactar cualquier escrito de oposición y presentarlo o enviarlo a la Sala Constitucional dentro de ese expediente. Señala que la Sala está abierta las 24 horas, los 7 días de la semana.
Cómo presentar el escrito
Según indica el exmagistrado, el escrito solo debe llevar este encabezado:
El suscrito (o la suscrita), NOMBRE, ESTADO CIVIL, PROFESIÓN U OFICIO, VECINO(A) DE …, CÉDULA …
SALA CONSTITUCIONAL AMPARO 26-036376-0007-CO RICARDO ZELEDÓN ZELEDÓN contra LAURA FERNÁNDEZ DELGADO, presidenta de la República; RODRIGO CHAVES ROBLES, ministro de la Presidencia y de Hacienda; y GABRIEL AGUILAR VARGAS, ministro de Justicia y Paz.
A continuación, se redacta la oposición a la apertura del CECCO y al traslado de las personas privadas de libertad.
Hoy resuena La Marsellesa en las calles de París, no como ritual oficial, sino como grito revolucionario que de nuevo reclama la República. La melodía, que es himno oficial, hoy se convierte en canto de insurrección. Y junto a ella, la bandera francesa ondea en las marchas: no como adorno protocolario, sino como río de telas rojas, blancas y azules que se mezclan con pancartas estudiantiles y estandartes sindicales. La República, arrebatada por las políticas antisociales de austeridad y la represión, vuelve a ser reclamada por su propio pueblo.
Desde mediados de septiembre de 2026, Francia vive una nueva insurrección de la dignidad. Lo que empezó como bloqueos en los liceos de Créteil y Bretaña —por aulas saturadas, techos que se caen y profesores ausentes— se ha convertido en un movimiento nacional que sacude universidades, sindicatos y plazas públicas. Entre el 15 y el 17 de septiembre, los estudiantes encendieron la chispa: exigieron más docentes, menos hacinamiento y edificios dignos. Los sindicatos de educación respondieron con huelgas el 21 de septiembre, y pronto se sumaron los del sector público. La protesta dejó de ser solo educativa: se convirtió en una denuncia contra la austeridad y el abandono social. Como una represa que intenta contener el cauce de un río desbordado, el poder levantó muros de silencio y represión; pero cada obstáculo anuncia la inundación.
Entre el 28 y el 30 de septiembre, la tensión escaló. Hubo enfrentamientos, incendios y más de 600 detenidos. El 1 de octubre, las universidades —Sorbonne, Lyon, Rennes— se unieron al paro, y la policía respondió con más de 1.900 arrestos en un solo día. Para el 10 de octubre, el balance era brutal: más de 5.000 detenidos, cientos de heridos, y un gobierno que promete “medidas rápidas” mientras la represión se intensifica. El Estado, que debería tender la mano como un puente de justicia, prefirió el garrote: disparó perdigones contra estudiantes, arrastró jóvenes por el suelo y golpeó profesores en las marchas. Pero cada golpe, cada arresto, cada perdigón, lejos de apagar la protesta, la convierte en río desbordado que anuncia nuevas inundaciones de dignidad.
El martes 13 de octubre, la Bastilla vuelve a ser símbolo. Estudiantes y sindicatos marchan hacia esa plaza histórica, no como gesto nostálgico, sino como reedición de la memoria revolucionaria. La Bastilla de hoy no son muros de piedra, sino las estructuras de un sistema que pretende domesticar la dignidad. Y como en 1789, la multitud se levanta para recordar que la libertad no se concede: se conquista en la calle, al ritmo de un himno que ya no pertenece al Estado, sino al pueblo que lo canta bajo una bandera que ha dejado de ser oficial para convertirse en estandarte de insurrección.
En los comicios en Brasil cerca de 160 millones de ciudadanos están convocados a elegir presidencia.
Brasil es el gigante de nuestra América por la extensión territorial y economía y su sistema electoral es muy parecido al venezolano, mediante máquinas de votación que ya están siendo distribuidas en todo el país.
Ya se empiezan a sentir movimientos para enturbiar esas elecciones donde se enfrentan en segunda ronda el candidato izquierdista a la reelección Ignacio Lula y el hijo del exgobernante encarcelado por golpista Jair Bolsonaro, movimientos muy parecidos a los dados en los fraudes electorales en Perú, Bolivia, Chile, Honduras, Colombia, Perú; maquinados mediante diversos métodos por el movimiento trumpista internacional para montar presidentes de ultraderecha.
Precisamente fue en Venezuela donde la oposición derechista montó un sistema de actas falsificadas para anteponerlas al sistema automatizado venezolano y cuestionar la elección de Nicolás Maduro.
Tengo mis aprensiones sobre Lula da Silva por sus debilidades políticas e ideológicas, sin embargo, para la salud de la izquierda continental, es preferible sin duda al candidato ultraderechista Bolsonaro. Por cierto, no he visto reclamar porque sea el hijo de un expresidente el candidato por la ultraderecha en Brasil, pero si en Nicaragua pusieran a Laureano, el hijo de Daniel Ortega, como candidato presidencial, como es muy posible, los veríamos pegando el grito al cielo, dirán que es dinastía.
Para EEUU es muy importante traer esta potencia a su redil, país fundador de los BRICS y hará, sin ningún tipo de escrúpulos, todos los esfuerzos necesarios para ello… el fin justifica los medios.
Por su parte de los organismos multilaterales, para garantizar la pureza electoral, podemos esperar muy poco, sobre todo de la OEA, que es su subordinado.
No queda más que confiar en la entereza del pueblo brasileño y de cómo se plante para defender sus instituciones electorales y su democracia. También algo de acompañamiento, denuncia y solidaridad internacional en caso necesario.
SURCOS publica la novena entrega de la serie de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) sobre las finanzas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el uso de los fondos del seguro social obligatorio.
Antecedentes de la serie
En la parte 5, la ACSS pidió cuentas a la CCSS por los aportes que el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) hace al Seguro de Salud para cubrir la atención médica de las personas pensionadas. Según la organización, esos aportes se hacen sin sustento legal, porque la Ley 5905 establece que el déficit de ese seguro debe cubrirlo el Estado.
En la parte 6, la ACSS solicitó al auditor interno de la CCSS un criterio independiente sobre la legalidad de esos aportes y sobre el cobro al Estado del déficit del seguro de salud de las personas pensionadas.
En la parte 7, la ACSS exigió a la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS respetar el principio de legalidad y presentar los ingresos, gastos y resultados del Seguro de Salud separados según cada régimen o modalidad de aseguramiento.
En la parte 8, la organización pidió a la Dirección Jurídica de la CCSS garantías de que sus criterios se apegan al bloque de legalidad. Le recordó un dictamen de 2008 según el cual los fondos del seguro social obligatorio (Ley 17) no pueden financiar gastos de otras leyes especiales.
Lo nuevo en esta entrega
La ACSS señala que el 1.° de octubre recibió el oficio PE-DAE-0965-2026 de la Dirección Actuarial y Económica. En él, la Dirección sostiene que la valuación actuarial analiza el Seguro de Salud “de manera integral”, con base en el artículo 32 de la Ley Constitutiva de la CCSS y en criterios de la Dirección Jurídica, y que el desglose por modalidad de aseguramiento se hace solo “con fines de análisis y presentación”.
La ACSS considera que esa respuesta niega de forma implícita la información solicitada y que mezcla en el seguro social obligatorio los ingresos y gastos de leyes especiales que, a su juicio, son obligaciones del Estado. Se refiere a la Ley 5349 (asegurados por el Estado), la Ley 5905 (pensionados) y la Ley 7374 (primer nivel de atención). Por eso, el 5 de octubre interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En él:
solicita los balances de ingresos y gastos del Seguro de Salud por modalidad de aseguramiento para 2023 y 2024, con una línea separada para lo que corresponde al Estado según la Ley 7374;
pide que esa información se incluya en futuras valuaciones actuariales;
consulta si la Dirección Actuarial informó a la Junta Directiva de la CCSS los resultados de las valuaciones de 2021 y 2023 que, según la ACSS, muestran el uso de fondos del seguro social obligatorio para financiar gastos de esas leyes especiales.
La ACSS invoca los artículos 11, 27, 30 y 73 de la Constitución Política y el artículo 7 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que declara de interés público la información sobre el uso de los fondos públicos. Lamenta además que la Dirección Actuarial no participara en la reunión celebrada el 2 de octubre en la Presidencia Ejecutiva de la CCSS.
A continuación, SURCOS comparte el comunicado completo de la ACSS.
ACSS interpone recursos de revocatoria y de apelación contra negativa de la Dirección Actuarial de la CCSS de entregar información de interés público
(Parte 9)
Esta publicación constituye la novena entrega de la serie que ha venido publicando SURCOS Digital. Recordamos que en la Parte 7 se informó que la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) solicitó a la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS apegarse al principio de legalidad y entregar información de las finanzas del Seguro de Salud por modalidad de aseguramiento, la cual es de interés público conforme al artículo 30 de la Constitución Política.
No obstante, el 1.° de octubre de 2026, se recibió el oficio PE-DAE-0965-2026 firmado por M.Sc. Carolina González Gaitán, directora de la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS, que en esencia ignora la petición de la ACSS de honrar los principios de legalidad y rendición de cuentas que rige a la Administración Pública y violenta el derecho al acceso a información de interés público, pues en esencia dice lo siguiente (El oficio está disponible aquí: PE-DAE-0965-2026):
“Se considera pertinente destacar que la Valuación Actuarial del Seguro de Salud analiza la situación financiera y actuarial de dicho seguro de manera integral, considerando las diferentes modalidades de aseguramiento que concurren en este, en lugar de tratar cada modalidad de aseguramiento como regímenes individuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el marco normativo aplicable y los criterios legales emitidos por la Dirección Jurídica de la Institución.
En consecuencia, la identificación o desagregación de determinados ingresos y gastos por modalidad de aseguramiento que se elabora en el estudio, se realiza con fines de análisis y presentación y no implica la existencia de regímenes financieros, reservas o mecanismos de financiamiento independientes para cada una de las modalidades de aseguramiento, sino que tiene el propósito de mostrar el nivel de consumo y aporte de cada una de las modalidades, permitiendo inferir el nivel de solidaridad dentro del Régimen o Seguro de Salud y proveer de información a las autoridades superiores para la toma de decisiones.”
Como puede verse en el texto anterior, la CCSS, en palabras de la directora actuarial, está metiendo los ingresos y gastos que corresponden a leyes especiales (Ley N° 5349, Ley N° 5905 y Ley N° 7374, entre otras), como si fueran del seguro social obligatorio regulado por la Ley Constitutiva de la CCSS, con lo cual, a juicio de la ACSS, se ocultaría el uso de fondos del seguro social obligatorio para cubrir gastos de esas leyes especiales, que esencialmente son obligaciones del Estado, violentando el tercer párrafo del artículo 73 de la Constitución Política, el artículo 1 de la Ley Constitutiva de la CCSS y dejando a la vuelta de la esquina la quiebra del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Indica, además la directora actuarial, que se apoya en “criterios legales emitidos por la Dirección Jurídica de la Institución”. Recordemos que la ACSS le solicitó a la Dirección Jurídica de la CCSS que sus criterios se fundamenten en el bloque de legalidad y le solicitó suministrar algunos de sus dictámenes jurídicos, sin haberse recibido aún una respuesta (Ver publicación en Parte 8).
También la directora actuarial de la Caja omitió el suministro de la información de interés público que se le solicitó, que consiste en los gastos, los ingresos y los excedentes o faltantes del seguro de salud según cada ley que regula a los diferentes seguros y programas de salud que administra la CCSS.
Dado lo anterior, la ACSS interpuso un recurso de revocatoria contra esas pretensiones y omisiones de la directora de la Dirección Actuarial de la CCSS y le solicitó información adicional. Además, dejó interpuesto un recurso de apelación ante el superior jerárquico en el caso de que rechace el recurso de revocatoria. A continuación, se publica el texto completo del recurso de revocatoria con apelación en subsidio:
“5 de octubre de 2026 ACSS-022-2026
Señora Carolina González Gaitán, directora
DIRECCIÓN ACTUARIAL Y ECONÓMICA-1112
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Asunto: Recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra negativa a entregar información de interés público y decisión de incluir los ingresos y gastos de leyes especiales como si fueran del seguro social obligatorio de Ley N° 17 comunicados en el oficio PE-DAE-0965-2026 del 30 de setiembre de 2026 y solicitud de información
Estimada señora,
La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) tiene el gusto de dirigirse a usted para saludarla cordialmente y a la vez interponer recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante el superior jerárquico contra lo resuelto y comunicado para los puntos SEGUNDO Y TERCERO en su oficio PE-DAE-0965-2026 del 30 de setiembre de 2026, por las razones que se indican a continuación.
Primero. En el punto segundo de nuestro oficio ACSS-013-2026 solicitamos información de interés público sobre cómo se gastan los fondos públicos que la CCSS recauda conforme a las leyes N° 17 “Ley Constitutiva de la Caja”, N° 5349 “Universalización del Seguro de Enfermedad y Maternidad”, N° 5905 “Pensionados Protegidos por el Seguro de Enfermedad y Maternidad”, N° 7374 “Aprobación de los contratos de préstamo suscritos con el Banco Interamericano de Desarrollo para el Programa de mejoramiento de los servicios de Salud y Construcción Hospital Alajuela” y N° 7983 “Ley de Protección al Trabajador”. El cuadro de información que solicitamos usted lo transcribe en su oficio DAE-0965-2026; pero se ha negado implícitamente a la entrega de la información alegando razones que no son de recibo, negándonos el derecho que tenemos como ciudadanos y como organización, a conocer información de interés público y con toda transparencia como se están gastando los aportes que realizamos toda una vida para la CCSS, lo cual violenta los artículos 27 y 30 de la Constitución Política. El artículo 27 indica “ARTÍCULO 27.- Se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución” y el artículo 30 establece (suplimos el destacado): “ARTÍCULO 30.- Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Quedan a salvo los secretos de Estado.” No hemos tenido conocimiento que se haya declarado secreto de Estado la forma como se gastan los fondos que la CCSS recibe de conformidad con el artículo 22 de la Ley Constitutiva de la CCSS para los fines indicados en los artículos 1, 2, 3, 32 al 35 de esa misma ley y los fines ordenados en el primer párrafo del artículo 73 de la Constitución Política. Tampoco hemos tenido conocimiento que los fondos que la CCSS recibe de conformidad con los artículos 2 y 7 de la Ley N° 5349 y el artículo 6 de la Ley N° 7374 para los fines que se indican en el artículo 2 de la Ley 5349 hayan sido declarados como secreto de Estado. Mucho menos hemos escuchado que los dineros que la CCSS recibe de conformidad con el artículo 1 de la ley 5905 y el artículo 9 de la ley 7374, para los fines indicados en esas mismas leyes, hayan sido declarados como secreto de Estado. Esto no es ninguna sorpresa, pues la CCSS, como institución pública está obligada a rendir cuentas a los ciudadanos, principalmente en asuntos de interés público como este. El artículo 11 de la Constitución dice (el destacado es nuestro):
“ARTÍCULO 11.-Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública.La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.”
El artículo 7 de la ley N° 8422 “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública” dice textualmente lo siguiente, sobre lo que aquí interesa (el destacado es nuestro):
“Artículo 7º—Libre acceso a la información. Es de interés público la información relacionada con el ingreso, la presupuestación, la custodia, la fiscalización, la administración, la inversión y el gasto de los fondos públicos, así como la información necesaria para asegurar la efectividad de la presente Ley, en relación con hechos y conductas de los funcionarios públicos.”
Lo que usted indica en su oficio que textualmente dice: “Al respecto, se pone a disposición el informe de la valuación actuarial del Seguro de Salud con corte a diciembre 2023, en donde se puede apreciar, como se indicó en el párrafo anterior, la identificación o desagregación de determinados ingresos y gastos por modalidad de aseguramiento”, no es lo que estamos solicitando. En efecto, en la sección “9.5 Resultados por modalidad de aseguramiento” de ese estudio actuarial solo vienen los siguientes dos cuadros, en las páginas 221 y 222:
Ninguno de esos dos cuadros tiene montos de ingresos y gastos y mucho menos indican cuanto se gastó por la aplicación de los artículos 7 y 8 de la Ley 7374, ni cuanto se recaudó o se esperaba recaudar de conformidad con el artículo 9 de la Ley 7374.
No estamos solicitando nada que la CCSS no tenga disponible. En la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2021 EST-0076-2022” Versión 1 de julio de 2022 –la cual cuenta con su firma digital- aparece el siguiente cuadro, en la página 91:
El problema que tiene el Cuadro 41 anterior, es que no incluye de manera separada el gasto incurrido por la CCSS en el primer nivel de atención de la salud de conformidad con los artículos 7 y 8 de la Ley 7374, ni tampoco incluye en una línea separada los ingresos del artículo 9 de la Ley N° 7374. Estos rubros -ingresos y gastos de Ley N° 7374- no se pueden incluir en ninguna de las modalidades “Asalariados”, “Independientes”, “Voluntarios”, ni “Pensionados”; pues de conformidad con el artículo 9 de esa misma Ley, dicho costo es por cuenta del Estado. Si se sigue haciendo como ya se hizo en el Cuadro N° 41 anterior, se estaría incurriendo en un acto inconstitucional, por ser contrario al principio de legalidad
Ignoramos los motivos por los cuales en la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2023 EST- 0020-2026, Versión 01, febrero de 2026” se omitió incluir dicho cuadro 41, motivo por el cual lo estamos solicitando; pero pedimos que se incluya en una línea separada lo que corresponde a la Ley 7374, pues como dijimos, de conformidad con el principio de legalidad, no es legal que se cargue como un costo que tengan que pagar los asalariados, ni los independientes, ni los voluntarios, ni los pensionados; sino que lo correcto es que se incluya en una línea separada que es por cuenta del Estado.
Insistimos, pedimos la siguiente información de interés público, a la cual le estamos agregando la línea “Asegurados por el Estado”, ya que, por error involuntario, no lo incluimos en nuestro oficio ACSS-013-2026:
Balances actuariales del Seguro de Salud según modalidad de aseguramiento– Millones de colones
Modalidad de aseguramiento
Año 2023: ingresos y gastos efectivos
Año 2024: ingresos y gastos proyectados
Ingresos
(1)
Gastos
(2)
Balance
(1) – (2)
Ingresos
(3)
Gastos
(4)
Balance
(3) – (4)
Asalariados
Trabajadores independientes
Asegurados voluntarios
Pensionados
Asegurados por el Estado
Artículos 7, 8 y 9 de la Ley N° 7374
Total
Segundo. En el punto Tercero de su oficio usted dice “lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el marco normativo aplicable y los criterios legales emitidos por la Dirección Jurídica de la Institución.” Recuerde que ese artículo 32 aplica solo para la Ley Constitutiva de la Caja N° 17, pues dice así (suplimos el destacado):
“Artículo 32.- La Junta Directiva formará con los capitales y rentas que se obtengan de acuerdo con esta ley, dos fondos: uno para beneficios y gastos del régimen de reparto y otro para beneficios y gastos del régimen de capitalización colectivo.”
Como puede leerse, dice “de acuerdo con esta ley”, esa Ley es la ley 17, que en su artículo 1 dice (suplimos el destacado):
“Artículo 1.- La institución creada para aplicar los seguros sociales obligatorios se llamará Caja Costarricense de Seguro Social y, para los efectos de esta ley y sus reglamentos, CAJA.
La Caja es una institución autónoma a la cual le corresponde el gobierno y la administración de los seguros sociales. Los fondos y las reservas de estos seguros no podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas de las que motivaron su creación. Esto último se prohíbe expresamente.
Excepto la materia relativa a empleo público y salarios, la Caja no está sometida ni podrá estarlo a órdenes, instrucciones, circulares ni directrices emanadas del Poder Ejecutivo o la Autoridad Presupuestaria, en materia de gobierno y administración de dichos seguros, sus fondos ni reservas.”
Siendo condescendientes, podríamos incluir dentro de la Ley N° 17 a los asegurados del seguro por cuenta propia (trabajadores independientes, asegurados voluntarios y por convenios) aunque estos no sean del seguro social, pues no son asalariados; es decir, carecen de patrono; no obstante, son mencionados en los artículos 3 y 22 de dicha ley y al igual que los trabajadores asalariados, cuentan con las dos coberturas de salud y de pensiones, por lo cual, según el artículo 32 de esa misma ley, esos ingresos deben dividirse en dos partes, una para salud (reparto) y la otra para pensiones (capitalización colectiva). Esta separación también es requerida de conformidad con el artículo 43 de la misma ley.
Es decir, la Ley Constitutiva de la CCSS N° 17, es la ley del seguro social obligatorio; no es la Ley de Universalización del Seguro de Enfermedad y Maternidad (Ley N° 5349), no es la Ley del Seguro de Salud de los Pensionados (Ley N° 5905) y tampoco es la Ley que trasladó a la CCSS el primer nivel de atención de la salud (Ley 7374) y que usted pretende ignorar en su oficio y meterlas en el mismo canasto del seguro social obligatorio para, presuntamente ocultar lo que prohíbe el artículo 1 de la ley constitutiva de la CCSS, que dice: “Los fondos y las reservas de estos seguros no podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas de las que motivaron su creación. Esto último se prohíbe expresamente”. Estos seguros son “los seguros sociales”, no son los programas o seguros creados por otras leyes especiales de la seguridad social ya citadas en abundancia. Los seguros sociales son una parte de la seguridad social, no son lo mismo como es de todos conocido. Queremos comprobar que esos fondos de los seguros sociales obligatorios no se están transfiriendo ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación; es decir, los fines indicados en los artículos 2 y 3 de esa misma ley (N° 17) y los fines indicados en el artículo 73 de la Constitución Política. Por eso es que le estamos solicitando el cuadro de los gastos y los ingresos según modalidad de aseguramiento y del primer nivel de atención de la salud por cuenta del Estado y porque la Administración Pública -de la cual la CAJA es parte- está obligada a la rendición de cuentas y los ciudadanos tienen el derecho a exigir rendición de cuentas conforme con los artículos 9 y 11 de la Constitución Política.
Los regímenes creados por las leyes N° 5349 y N° 5905 tienen la cobertura única de salud, no tienen la cobertura de pensiones, por lo tanto, los fondos que se obtienen de conformidad con esas dos leyes no requieren separarse en dos como en caso del seguro social, pues como dijimos, esos ingresos son únicamente para financiar los gastos de las dos coberturas de salud creadas por esas dos leyes (N° 5349 y N° 5905). Lo mismo sucede con los programas del primer nivel de atención de la salud trasladados a la CCSS por la Ley N° 7374, no tienen cobertura de pensiones, por lo que los fondos que se obtengan de conformidad con el artículo 9 de la Ley N° 7374 no requieren la separación en dos, ya que íntegramente son para financiar los nuevos costos asumidos por la CCSS en el primer nivel de atención de la salud.
En resumen, la pretensión de incluir los ingresos y los gastos de los programas de salud creados por las leyes N° 5349, N° 5905 y N° 7374 dentro del alcance de la Ley Constitutiva de la CCSS -seguro social obligatorio-, es inconstitucional, pues viola el principio de legalidad.
Por lo tanto, insistimos en que en futuras evaluaciones actuariales del seguro de salud se presenten, por transparencia y rendición de cuentas, los balances según modalidad de aseguramiento.
Además, pedimos rectificar la pretensión de esa Dirección de incluir los ingresos y los gastos de los programas de salud creados por las leyes N° 5349, N° 5905 y N° 7374, como si fueran gastos e ingresos de la Ley N° 17.
Tercero. Lamentamos que en la reunión celebrada en la Presidencia Ejecutiva de la CAJA el 2 de octubre de 2026, según fue comunicado mediante el oficio PE-4965-2026 del 29 de setiembre de 2026, no se contara con su participación ni con la de un representante designado por esa Dirección. Lo anterior llama nuestra atención, particularmente porque dicho oficio fue conocido por usted y, de hecho, es expresamente mencionado en su comunicación.
Sin perjuicio de lo anterior, estimamos que la participación de esa Dirección en espacios de análisis y coordinación resulta especialmente valiosa para avanzar en la atención de los asuntos planteados y fortalecer el entendimiento entre las diferentes unidades de la Caja y las organizaciones sociales y de asegurados. En ese sentido, consideramos que la ausencia de representación en esa oportunidad no parece consistente con la disposición de colaboración que se indica en su oficio, cuando se señala que “se externó la disposición de esta Dirección para participar y colaborar con la atención de lo solicitado en el oficio ACSS-007-2026”.
Confiamos, no obstante, en que existirán oportunidades futuras para retomar este intercambio de manera directa y constructiva, de forma que esa disposición de colaboración pueda materializarse en acciones concretas que contribuyan al adecuado conocimiento y atención de los temas planteados; en particular, para realizar el estudio actuarial indicado en el punto 7 de nuestro oficio ACSS-007-2026.
Petitoria
Primero. Interponemos recurso de revocatoria contra su negativa a entregarnos los balances del seguro de salud según modalidad de aseguramiento de los años 2023 y 2024, según lo comunicado en su oficio PE-DAE-0965-2026 del 30 de setiembre de 2026. Así mismo, pedimos dejar sin efecto la decisión de esa Dirección comunicada en el oficio PE-DAE-0965-2026 de incluir bajo el alcance del artículo 32 de la Ley Constitutiva de la CCSS los fondos que se recaudan bajo las leyes N° 5349, N° 5905 y N° 7374. Solicitamos de conformidad con los artículos 27 y 30 de la Constitución Política, el artículo 10 de la Ley de Regulación del Derecho de Petición y el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, la siguiente información de interés público (aclaramos la ley que rige a cada modalidad o seguro):
Balances actuariales del Seguro de Salud según modalidad de aseguramiento– Millones de colones
Modalidad de aseguramiento
Año 2023: ingresos y gastos efectivos
Año 2024: ingresos y gastos proyectados
Ingresos
(1)
Gastos
(2)
Balance
(1) – (2)
Ingresos
(3)
Gastos
(4)
Balance
(3) – (4)
Asalariados Ley N° 17
Trabajadores independientes leyes N° 17 y N° 7983
Asegurados voluntarios leyes N° 17 y N° 7983
Pensionados ley N° 5905
Asegurados por el Estado leyes N° 5349 y otras
Artículos 7, 8 y 9 de la Ley N° 7374
Total
En adición, pedimos que, en futuras evaluaciones actuariales del seguro de salud, se muestren los balances según modalidad de aseguramiento incluyendo las líneas que se indican en el cuadro anterior.
Segundo. En el caso de rechazar nuestro recurso de revocatoria, dejamos interpuesto recurso de apelación ante el superior jerárquico, a quien le hacemos las mismas peticiones del punto Primero anterior.
Tercero. También pedimos que nos informe si usted como Subdirectora de la Dirección Actuarial, o el Sr. Luis Guillermo López Vargas como Director de esa misma Dirección, cuando presentaron ante la Junta Directiva de la CCSS los resultados de la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2021, EST-0076-2022” le informaron a la Junta Directiva de la CCSS los resultados del Cuadro 21 de la página 91 del informe de esa valuación, que muestran que en el año 2021 se usaron fondos del seguro social obligatorio para financiar gastos de otras leyes especiales, específicamente gastos de las leyes N° 5349, N° 5905 y N° 7374. En el caso de que lo hayan informado, pedimos que nos indique el número de artículo y de sesión de Junta Directiva de la Caja en que lo expusieron y en el caso de que no lo hayan informado, pedimos que nos informe las razones por las cuales lo omitieron.
Cuarto. En adición solicitamos que nos informe si usted como Directora de la Dirección Actuarial, cuando presentó ante la Junta Directiva de la CCSS los resultados de la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2023, EST-0020-2026, Versión 01, febrero de 2026” le informó a la Junta Directiva de la CCSS los resultados de los Cuadros 48 y 49 de esa valuación, que muestran algo similar a lo mostrado en el Cuadro 41 del estudio actuarial del año 2021, solo que en el estudio más reciente se omitieron los montos de gastos, ingresos y excedentes o faltantes por modalidad de aseguramiento; sin embargo, esos dos cuadros muestran que en 2024-2028 se continúan usando fondos del seguro social obligatorio para financiar gastos de otras leyes especiales, específicamente gastos de las leyes N° 5349, N° 5905 y N° 7374. En el caso de que lo haya informado, pedimos que nos indique el número de artículo y de sesión de Junta Directiva de la Caja en que lo expuso y en el caso de que no lo haya informado, pedimos que nos informe las razones por las cuales lo omitió.
Dr. Fernando Morales Martínez Médico especialista en geriatría y gerontología Doctor académico en ciencias y humanidades Decano de la Facultad de Medicina de la UCR Miembro Honorario ACANAMED
Las caídas son de los accidentes más frecuentes y se presentan por condiciones médicas y también por la existencia de múltiples barreras arquitectónicas en el domicilio y en nuestras comunidades, donde abundan por la falta de previsión al planificarlas.
Las caídas muchas veces producen fracturas óseas, las cuales deben ser corregidas con intervenciones quirúrgicas.
Por lo general, estos accidentes dejan secuelas como las pérdidas de confianza y de independencia. Por tanto, deben tomarse las medidas necesarias para evitar sufrir una caída.
En ese sentido, se debe mencionar que la actividad física es vital para mantener una adecuada capacidad para caminar, aspecto fundamental para mantener la independencia y una buena calidad de vida. Esas capacidades contribuyen a nuestra autonomía y estimulan nuestra capacidad de juicio y toma de decisiones para elegir lo que deseamos.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la caída como «la consecuencia de cualquier acontecimiento que precipite a un paciente al suelo en contra de su voluntad”.
Una caída puede ser la primera sospecha de una enfermedad no detectada y la manifestación de fragilidad en el adulto mayor, además de un presagio de muerte.
Las personas mayores que tienen mayor riesgo de caer son: las personas mayores de 75 años, las personas con mayor dependencia para las actividades de la vida diaria, por ejemplo: personas con dificultad para levantarse de una silla, los que consumen más de tres medicamentos al día (presión arterial, diabetes, psicofármacos), los que presentan alteraciones visuales y auditivas, las personas portadoras de enfermedades crónicas, osteoarticulares, neurológicas y musculares, aquellos que se exponen a barreras arquitectónicas y las personas con antecedentes previos de caídas (el 75 % podría sufrir una nueva caída en los siguientes seis meses).
Los factores ambientales en la prevención de las caídas son evitar los obstáculos que se encuentran dentro de la casa y fuera de ella también; por lo tanto, es fundamental que los adultos mayores y sus cuidadores los reconozcan y los controlen.
Dentro de la vivienda: Suelos: irregulares, deslizantes, muy pulidos, con desniveles y sin contraste de colores, en la iluminación las luces muy brillantes o insuficiente iluminación.
En las escaleras: iluminación inadecuada, ausencia de pasamanos, gradas irregulares, altas y sin descanso. En la cocina: muebles altos que requieren subirse en sillas o escaleras y suelos resbaladizos. En el baño: lavamanos muy bajos para la altura de la persona, ausencia de una barra en la ducha.
En el dormitorio: la cama muy alta o baja para la altura de la persona, cables sueltos, objetos en el suelo, muebles en desorden.
En los exteriores de la vivienda (calles, plazas, jardines): aceras estrechas, llenas de huecos, con desniveles y obstáculos, el pavimento defectuoso y/o mal conservado, también los charcos y regueros de agua.
La inadecuada distribución de los muebles. Es común observar muchos muebles en la sala o en los pasadizos, donde se vuelve difícil caminar para cualquier persona y mucho más para el adulto mayor.
Entre los factores predisponentes de las caídas están: las patologías neurológicas: enfermedad cardiovascular, hidrocefalia, normotensiva, mielopatías radiculopatías y polineuropatías.
En las patologías musculares: miopatías, polimialgia reumática y sarcopenia.
En las patologías osteoarticulares: cervicoartrosis, desviación de la columna (cifosis, escoliosis), artropatía de la cadera, rodilla y tobillo, inestabilidad articular, hallux valgus.
También hay otras condiciones como son la disminución de la visión, trastorno depresivo, hospitalización prolongada y malnutrición severa.
Existen también los factores precipitantes como son los cardiogénicos: trastornos del ritmo, infarto agudo al miocardio, embolismo pulmonar, valvulopatías (estenosis aórtica severa, miocardiopatías). Los factores vasculares: hipotensión ortostática, síndrome vasovagal, hipersensibilidad sinocarotídea, insuficiencia vertebrobasilar o carotídea. Los factores neurogénicos: enfermedad cerebrovascular, hematoma subdural, crisis convulsivas.
Los factores metabólicos: hipo o hiperkalemia, hipoglicemia, hipercalcemia. Los factores farmacológicos: neurolépticos, antidepresivos, benzodiacepinas, hipoglicemiantes, levodopa, antidepresivos y antiarrítmicos.
Se debe tomar en cuenta todo lo anterior y hacer mucha prevención para evitar las caídas y sus consecuencias.
Nota: El 1 de octubre se celebró el Día Nacional e Internacional de las Personas Adultas Mayores 2026.
Imágenes generadas con inteligencia artificial mediante Microsoft Designer, 2026
La Academia Nacional de Ciencias de Costa Rica invita al foro virtual “El control del tabaco y la salud pública”, que se realizará el miércoles 14 de octubre, a las 7:00 p. m. La actividad se transmitirá en vivo por los canales de YouTube y Facebook de la Academia.
En el foro participarán cuatro especialistas del campo de la salud:
Roberto Castro Córdoba, médico especialista en salud ocupacional y epidemiólogo, profesor de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Costa Rica.
Marny Ramos Rivas, del Programa de Enfermedades Asociadas al Consumo de Tabaco de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Lydiana Ávila De Benedictis, neumóloga pediatra de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Nydia Amador Brenes, salubrista y epidemióloga, presidenta de la Red Antitabaco (RENATA) y de la Asociación Costa Rica Saludable.
Datos de la actividad:
Fecha: miércoles 14 de octubre
Hora: 7:00 p. m.
Modalidad: virtual
Transmisión: YouTube y Facebook Live de la Academia Nacional de Ciencias de Costa Rica
«La salud del suelo, de las plantas, de los animales y del ser humano constituye un único e indivisible entramado. Si fragmentamos o envenenamos uno de sus eslabones, la enfermedad se transmitirá inevitablemente a lo largo de toda la cadena». — Sir Albert Howard (1873-1947, padre de la agricultura orgánica moderna).
Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr. Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL) biodiversidadcr@gmail.com
«Cuando un sistema alimentario deteriora los procesos biológicos que hacen posible la vida, la factura termina pagándose con la salud de las personas, la degradación de los ecosistemas y la pérdida de resiliencia de la agricultura».
Tercera de cinco entregas. Las dos primeras entregas de esta saga plantearon el problema de fondo. Además, propusieron un nuevo marco conceptual: la integridad biológica de los sistemas alimentarios. Ahora corresponde examinar la otra cara de la moneda. ¿Qué ocurre cuando esa integridad se deteriora de forma sistémica?
La respuesta no puede reducirse a un único factor aislado. La agricultura contemporánea enfrenta hoy una convergencia de presiones. Estas fuerzas actúan simultáneamente. Al hacerlo, pueden comprometer la capacidad de los agroecosistemas para regenerarse y sostener una producción saludable a largo plazo.
La simplificación biológica del paisaje agrícola
Determinados sistemas agrícolas han evolucionado hacia paisajes severamente simplificados. Están dominados por monocultivos extensivos y sufren una creciente dependencia de insumos externos.
Esta simplificación puede reducir drásticamente la biodiversidad funcional. Además, altera las redes tróficas y afecta a los organismos que proporcionan servicios ecológicos de enorme valor, como los polinizadores y los controladores biológicos.
La investigación agroecológica ha demostrado con claridad las funciones de la biodiversidad. Esta participa activamente en el reciclaje de nutrientes, la regulación biológica y la fertilidad de los agroecosistemas.
Por lo tanto, el dilema no consiste en que la agricultura utilice tecnología o busque una mayor productividad. El peligro aparece cuando la ganancia inmediata se obtiene debilitando las funciones biológicas del futuro. Esa es la primera dimensión de la factura biológica.
La contaminación química como problema sistémico
Durante décadas, los plaguicidas han desempeñado un papel importante en la protección de los cultivos. Sin embargo, su evaluación técnica no puede reducirse a medir la toxicidad aguda de una sustancia aislada.
La discusión formal debe considerar también la exposición humana y ambiental. Esto incluye el análisis de residuos, el impacto en organismos no objetivo, el daño a los suelos, la contaminación de las aguas y la pérdida de biodiversidad.
Por ello, la pregunta relevante no debe limitarse a determinar si existen residuos de agroquímicos tóxicos detectables en los alimentos. También debemos cuestionar qué ocurre con los organismos del suelo, los polinizadores, los ecosistemas acuáticos y las poblaciones humanas expuestas.
La inocuidad alimentaria tampoco puede limitarse al control microbiológico del producto final. Debe incorporar necesariamente la dimensión química y ambiental de todo el proceso que conduce desde el campo hasta la mesa.
La revolución silenciosa del microbioma
Uno de los desarrollos científicos más importantes de las últimas décadas ha sido la comprensión de los microbiomas. En el suelo, las comunidades microbianas participan en procesos fundamentales para el funcionamiento de los agroecosistemas.
De igual forma, en el organismo humano, la microbiota intestinal participa en numerosos procesos fisiológicos vitales. La relación entre ambos ámbitos constituye actualmente un área activa de investigación científica.
La revisión de Banerjee y van der Heijden señala que el suelo es una piedra angular del enfoque global de Una Salud. Los autores analizan las conexiones reales entre los microbiomas del suelo, las plantas, los animales y los seres humanos.
Pero aquí conviene introducir una precisión científica fundamental: no debe afirmarse que existe ya una cadena causal plenamente demostrada desde la salud del suelo hasta una determinada enfermedad humana.
Lo que sí puede sostenerse técnicamente es que los microbiomas ambientales y humanos están relacionados mediante múltiples vías. Bajo esa lógica, la alimentación constituye uno de los principales puentes entre el ambiente y el organismo. La prudencia científica no debilita este argumento; al contrario, lo hace metodológicamente sólido.
Los alimentos ultraprocesados y el nuevo ambiente alimentario
La transformación de nuestro sistema alimentario tampoco termina en el campo. Esta continúa en la formulación industrial de los alimentos, las cadenas de comercialización, la publicidad y los ambientes que condicionan las decisiones de consumo. La clasificación NOVA caracteriza los alimentos según el grado y el propósito de su procesamiento industrial. Es este sistema el que define formalmente la categoría de los alimentos ultraprocesados.
La evidencia epidemiológica reciente exige, sin embargo, una redacción muy precisa. Una revisión paraguas publicada en The BMJ en 2024 analizó 45 asociaciones agrupadas procedentes de metaanálisis. El estudio incluyó a casi 9,9 millones de participantes. Encontró asociaciones claras entre una mayor exposición a alimentos ultraprocesados y diversos resultados adversos para la salud, aunque la calidad de la evidencia varió según el resultado.
Por ello, no corresponde afirmar con ligereza que los ultraprocesados «causan» automáticamente la obesidad, la diabetes o las enfermedades cardiovasculares. La formulación científicamente válida es la siguiente: una mayor exposición a alimentos ultraprocesados se ha asociado con un mayor riesgo de diversos resultados adversos para la salud.
Además, este fenómeno no puede interpretarse de forma exclusiva como un problema de elección individual. Los precios, la disponibilidad real, la publicidad, el mercadeo masivo y las condiciones económicas influyen sobre los patrones de consumo.
La política alimentaria debe ocuparse, por tanto, no solamente de educar al consumidor, sino también de examinar el ambiente alimentario en el que ese ciudadano toma sus decisiones cotidianas.
Bioseguridad e innovación responsable
Las nuevas técnicas de edición génica, la biología sintética y otras innovaciones pueden ofrecer oportunidades importantes para la agricultura. Sin embargo, la novedad tecnológica no elimina por sí misma la incertidumbre científica. La evaluación de riesgos debe ser rigurosa, transparente e independiente. La gobernanza pública debe contar con mecanismos capaces de enfrentar incertidumbres relevantes.
La innovación no constituye por sí misma un problema. El desafío consiste en asegurar que su desarrollo esté acompañado de una evaluación científica rigurosa, transparencia institucional e independencia. También requiere de mecanismos adecuados de participación, seguimiento y capacidad de respuesta ante riesgos emergentes.
En otras palabras, la innovación y la precaución no son conceptos incompatibles. La bioseguridad enlaza directamente con el tema de nuestra cuarta entrega: la capacidad de las instituciones públicas para gobernar sistemas cada vez más complejos.
De la producción al consumo: una sola cadena
La simplificación de los agroecosistemas, la contaminación química, la pérdida de biodiversidad, la transformación industrial de los alimentos y determinados patrones de consumo no deben analizarse como fenómenos independientes. Forman parte de una sola cadena. En ella, las distintas presiones pueden acumularse y retroalimentarse.
La factura no corresponde a un único producto ni a una única práctica aislada. Es la suma de costos ecológicos, biológicos y sanitarios. Lamentablemente, y durante mucho tiempo, estas variables quedaron fuera de la contabilidad convencional de los sistemas alimentarios.
La factura no es inevitable
Reconocer una factura no significa aceptar de forma sumisa que sea inevitable. La ciencia contemporánea proporciona conocimientos importantes para orientar una transición hacia sistemas alimentarios de corte más regenerativos, biodiversos y resilientes. La cuestión de fondo es utilizar ese conocimiento para modificar prácticas, incentivos económicos y políticas públicas.
La pregunta ya no es solamente cuánto produce la agricultura. También importa cuánto suelo fértil conserva, cuánta biodiversidad mantiene, cuánta contaminación evita, qué calidad intrínseca tienen los alimentos que produce y qué capacidad conserva el sistema para recuperarse frente a nuevas perturbaciones climáticas u operativas.
Hacia la cuarta entrega
La agricultura, la transformación de los alimentos y el consumo forman parte de un mismo sistema integral. Por eso, la factura biológica de la alimentación moderna tampoco puede analizarse mediante políticas sectoriales aisladas. Pero esa conclusión plantea una pregunta inevitable: ¿está la política pública costarricense verdaderamente preparada para gestionar esta complejidad?
Ese será el tema de la cuarta entrega: el análisis crítico del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2026-2035. Determinaremos hasta qué punto incorpora la salud de los agroecosistemas y la integridad biológica como componentes sustantivos de la seguridad alimentaria en Costa Rica.
Próxima entrega:Un Plan Nacional de Seguridad Alimentaria que no mira todo el sistema: El Plan Nacional 2026-2035 ante el desafío de transformar el sistema alimentario costarricense.
“Aquí no hay nada que negociar”: productoras y productores rechazan el Tratado Transpacífico frente a Casa Presidencial
Movilización contra el Tratado Transpacífico: advierten por la soberanía alimentaria y el empleo rural
Este viernes 9 de octubre, organizaciones y personas productoras del sector agropecuario se movilizaron frente a Casa Presidencial, en San José, para rechazar la adhesión de Costa Rica al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés), conocido como Tratado Transpacífico. Mientras tanto, un grupo de dirigentes se reunía dentro de Casa Presidencial.
José Oviedo, dirigente del sector agro y coordinador de RENASES.Marco Ortiz, productor de leche.
SURCOS recibió las declaraciones de dos participantes en la movilización: José Oviedo, dirigente del sector agropecuario y coordinador de la Red Nacional de Sectores Sociales (RENASES), y Marco Antonio Ortiz, productor de leche.
“Aquí no hay nada que negociar”
José Oviedo dijo que las personas movilizadas tienen un “criterio reservado” sobre los resultados de la reunión, aunque esperan que la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, anuncie que el país no se adherirá al tratado:
“Nos encontramos aquí, al frente de Casa Presidencial, sabemos que hay unos dirigentes adentro en Casa Presidencial, esperemos que les vaya bien, aunque sinceramente nosotros tenemos un criterio reservado, que lo que va a haber ahí adentro es un show, pero ojalá que estemos equivocados y que hoy la presidenta de la República, doña Laura, diga que simplemente el Transpacífico no va. Eso es, no va. Y que no nos venga diciendo que va a negociar y otro y el otro, porque aquí no hay nada que negociar”.
Agregó que la lucha continuará y llamó al conjunto de la sociedad a sumarse, porque, según dijo, los efectos del tratado no se limitan al agro: “Esto no afecta solo a nosotros los agricultores, esto afecta absolutamente a todos con el libre tránsito de personas, la libre contratación de servicios, el libre tránsito de dinero. Lo que esperamos es un desempleo del costarricense tremendo”.
Soberanía alimentaria y economía rural
Marco Antonio Ortiz, productor de leche, afirmó que el tratado “va a afectar al 100 % la soberanía alimentaria del país”, construida durante “siglo y medio” de producción de calidad para la población costarricense.
Según Ortiz, el impacto alcanzaría “la mano de obra rural, la paz social rural, la economía rural”, porque el sector agropecuario es “un encadenamiento muy importante que da trabajo a cientos de miles de costarricenses en zonas en donde solo la agricultura y la ganadería se pueden tener”.
El productor comparó lo que aportaría el tratado, que estimó en 0,36 % del producto interno bruto (PIB), con el aporte del sector agropecuario, que ubicó en más del 11 % del PIB. “De manera que yo espero que la señora presidenta reconsidere la posición. Aquí somos patriotas y hay que demostrarlo”, dijo.
Ortiz advirtió que con el tratado llegarían “productos de países altamente desarrollados, de países que tienen tecnologías mucho más fuertes, y además, con producción subsidiada”, y puso como ejemplo el arroz: “Esto lo que va a hacer es más negocio para los importadores y la ruina para todos los productores nacionales”.
Antecedentes
Días antes de la movilización, RENASES dio a conocer su posición ante la adhesión al CPTPP. En ella pide al Poder Ejecutivo no firmar el protocolo, a la Asamblea Legislativa votar en contra y al Gobierno publicar el texto íntegro, que aún no se conoce en el país. El documento cita la simulación del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), según la cual el PIB sería alrededor de 0,34 % mayor al final de toda la desgravación, y el mismo estudio reconoce caídas de 3,3 % en la producción láctea y de 3,7 % en el empleo lechero. La organización señala también que Uruguay, gran exportador de arroz, carne y lácteos, negocia su ingreso al bloque. SURCOS publica por aparte una nota con los elementos centrales de ese pronunciamiento.
El 6 de octubre, el Frente Agroalimentario Nacional de Costa Rica realizó un foro sobre las implicaciones del Tratado Transpacífico para el sector agropecuario, del que SURCOS publicó una síntesis. La exposición estuvo a cargo de Renzo Céspedes, consultor en comercio internacional, y la moderación, de Luis Felipe Arauz, exministro de Agricultura y Ganadería.
En ese foro se planteó que la adhesión no representaría un “nuevo mercado” de gran escala, porque Costa Rica ya tiene tratados de libre comercio con la mitad de los países miembros y sus exportaciones a los mercados asiáticos del bloque son marginales. Se señaló además que, al entrar como país adherente, Costa Rica no podría renegociar el texto ni pedir protecciones especiales.
Entre los sectores más expuestos se mencionaron:
los lácteos, frente a la producción de Nueva Zelanda;
la carne bovina, frente a Australia;
el arroz y el café, frente a Vietnam;
el aceite de palma, frente a Malasia;
la papa y la cebolla.
El foro concluyó con un llamado a evaluar la adhesión con datos técnicos, a defender el empleo rural y a contar con una política de Estado que reduzca los costos de producción antes de asumir nuevos compromisos comerciales.
La Red Nacional de Sectores Sociales (RENASES) dio a conocer su posición ante la adhesión de Costa Rica al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés), conocido como Tratado Transpacífico. En el documento, fechado en San José el 29 de setiembre de 2026, la organización rechaza la firma del protocolo de adhesión. Aclara que no lo hace por oposición al comercio, sino porque, a su juicio, dos décadas de política comercial muestran que “el problema de Costa Rica no es la falta de tratados, sino la incapacidad del Estado para convertirlos en producción, empleo y exportaciones nacionales”.
Lo que exige RENASES
La organización plantea seis exigencias:
Al Poder Ejecutivo, no firmar el protocolo de adhesión.
A las diputadas y los diputados, votar en contra de cualquier instrumento de adhesión que llegue a la Asamblea Legislativa.
Publicar de forma íntegra el protocolo, sus anexos, listas arancelarias, cuotas, plazos, reservas y cartas paralelas.
Declarar una moratoria de nuevas negociaciones comerciales hasta evaluar los acuerdos vigentes y contar con una política para aprovecharlos.
Encargar esa evaluación a instituciones independientes, como las universidades públicas, y someter sus resultados a discusión ciudadana.
Que las organizaciones sociales, productivas, sindicales, ambientalistas, cooperativistas y de consumidores se sumen a esta exigencia.
“Trece tratados para mover seis décimas de punto”
Según los datos que cita RENASES, entre 2007 y 2025 el país pasó de 5 a 18 acuerdos comerciales vigentes y de 12 a 54 países con acceso preferencial. Sin embargo, la proporción de exportaciones dirigidas a países con tratado apenas pasó del 92,9 % al 93,5 %. Estados Unidos, la Unión Europea y Centroamérica siguen concentrando más del 80 % de las ventas externas.
La organización describe esta situación como una “apertura hacia adentro”: los tratados han servido más para que otros países vendan en Costa Rica que para que Costa Rica venda en el mundo. Como ejemplo, señala un déficit comercial de más de US$4.100 millones con China en 2025, quince años después del tratado, y un saldo negativo de US$1.562,7 millones con los seis miembros del CPTPP con los que el país ya tiene acuerdos. Agrega que las empresas chinas emplean a 290 personas en el país, frente a unas 6.000 de empresas japonesas y 2.500 de empresas indias, aunque con Japón e India no existe tratado.
Críticas a la negociación de COMEX
RENASES sostiene que el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) mide su éxito por tratados firmados y no por resultados, y que negocia “de espaldas a los sectores productivos”. Señala que el protocolo, las listas y los plazos no se han publicado, y que lo que Costa Rica entregó se conoce por los gobiernos de Canadá, Nueva Zelanda y el Reino Unido. Entre los puntos que destaca:
Canadá: según su gobierno, Costa Rica abrirá 98 líneas agrícolas que antes protegía (carne de res, cerdo, hortalizas como cebolla, papa, tomate y zanahoria, y leguminosas), mientras Canadá no hizo concesiones adicionales en lácteos, aves ni huevos.
Nueva Zelanda: informa que el 94,9 % de las líneas arancelarias costarricenses quedarían libres de arancel desde la entrada en vigor, con calendarios de eliminación para carne bovina, mantequilla, leche en polvo y quesos entre 2029 y 2037.
Sector lechero: el propio estudio de COMEX reconoce caídas de 3,3 % en la producción láctea y de 3,7 % en el empleo lechero, en una cadena que, según la Cámara Nacional de Productores de Leche, sostiene unos 48.000 empleos directos e indirectos.
Más que aranceles
El pronunciamiento advierte que el CPTPP impone reglas que reducen las herramientas de desarrollo del país:
Compras públicas: se abren a proveedores extranjeros las de municipalidades, hospitales y universidades públicas.
Empresas públicas: banca, seguros, telecomunicaciones, energía y transporte quedan sujetas a disciplinas internacionales cuando compiten comercialmente. RENASES aclara que el tratado no obliga a privatizar.
Inversión extranjera: se prohíbe exigir a la inversión extranjera compras de insumos nacionales, contenido local o transferencia de tecnología.
Propiedad intelectual: el país asume compromisos en esta materia.
Añade que el bloque seguirá creciendo con reglas que no se renegocian. Uruguay, gran exportador de carne bovina, lácteos y arroz, negocia su ingreso, y Emiratos Árabes Unidos, Filipinas e Indonesia iniciaron conversaciones.
Una ganancia mínima
Según la simulación de COMEX citada por RENASES, al final de toda la desgravación, que en algunos productos se extiende hasta 2037, el PIB sería alrededor de 0,34 % mayor: unas tres centésimas de punto por año. En ese escenario, las exportaciones hacia el bloque crecerían en US$61,9 millones y las importaciones en US$252,4 millones. RENASES señala que el Gobierno no ha presentado ningún plan de transición ni de compensación para los sectores afectados. Sobre los precios, advierte que una rebaja en aduana no siempre llega a quienes consumen y que el país nunca ha medido cuánto de las rebajas de tratados anteriores llegó a los hogares.
De firmar a aprovechar
RENASES propone una nueva etapa de la política comercial, con cinco ejes:
Una evaluación pública e independiente de los 18 acuerdos vigentes, con indicadores de resultado: uso de las preferencias arancelarias, nuevas empresas y productos exportadores, participación de las pymes y de las regiones fuera de la GAM, valor agregado nacional, saldo comercial por socio y efecto real sobre los precios.
Reorientar los recursos de COMEX y PROCOMER de la negociación al acompañamiento de las empresas exportadoras.
Un plan de aprovechamiento por mercado con los socios de resultados pobres, empezando por China.
Un mecanismo de transición y compensación para los sectores y territorios expuestos, definido y financiado antes de cualquier nueva apertura.
Definir los instrumentos de política productiva que el país necesita conservar para los próximos veinte o treinta años.
El documento lo firma José Oviedo Chaves, coordinador de RENASES, y cierra con esta frase: “Costa Rica no necesita más firmas, necesita resultados. Antes del tratado número diecinueve, que COMEX demuestre para qué han servido los dieciocho”.
Carta abierta de la Asociación de Cineastas de No Ficción ante el retiro de la película Naza de la cartelera de una sala en Costa Rica
La Asociación de Cineastas de No Ficción envió a SURCOS una carta abierta, fechada el jueves 8 de octubre de 2026, dirigida a quienes proyectan cine en Costa Rica. La carta se refiere a la película Naza, de Yuval Abraham y Rachel Szor.
La distribuidora costarricense Pacifica Grey trajo al país esta película, recién premiada en el Festival de Venecia, que aborda el genocidio perpetrado por Israel contra el pueblo palestino. Su estreno está previsto para el sábado 10 de octubre en distintas salas comerciales de la Gran Área Metropolitana (GAM), que inicialmente incluían Cinema San Pedro, en el Mall San Pedro. Según la información enviada a SURCOS, el 8 de octubre la junta directiva de ese cine decidió retirar la película de su programación sin dar mayores explicaciones. Las proyecciones se mantienen en Studio Cinemas y en CCM Plaza Mayor y San Ramón.
A continuación, la carta completa:
Carta abierta a quienes proyectan cine en Costa Rica:
Hay películas que nos permiten descansar del mundo y otras que nos obligan a regresar a él. Películas que nos enseñan a dialogar con el paisaje que hay detrás de esa ventana que es la pantalla. El documental nos enfrenta con aquello que es incómodo saber, nos acerca a vidas invisibilizadas por quienes tienen más poder y nos recuerda que detrás de cada cifra, frontera y discurso, hay seres humanos, familias, territorios y futuros posibles.
Naza es una de esas películas. A través de testimonios de soldados y agentes de inteligencia israelíes, sus directores, Yuval Abraham y Rachel Szor, investigan los mecanismos detrás del asesinato masivo de civiles en Gaza como parte del genocidio en contra del pueblo palestino. Naza constituye un esfuerzo valiente por desplazar las fronteras de lo que puede ser visto, dicho y comprendido, oponerse a la normalización de la violencia más desgarradora y advertirnos sobre el desarrollo de tecnologías que buscan aplicarse contra la disidencia en el mundo entero.
La mayoría de las salas en Costa Rica han impedido explícitamente la proyección de esta película. Como Asociación de Cineastas de No Ficción, expresamos nuestro profundo rechazo a estos mecanismos de censura y a cualquier decisión que, bajo presiones políticas, económicas o ideológicas, impida que una obra como esta llegue al encuentro con su público.
No creemos que las películas poseen la verdad absoluta, pero creemos que ninguna sociedad puede acercarse a la verdad si se le niega la posibilidad de mirar, preguntar, contrastar y escuchar. El ejercicio de la razón exige también el ejercicio de la imaginación y comprender el mundo requiere acercarnos a quienes lo padecen. El pensamiento crítico no puede existir allí donde las imágenes dolorosas e incómodas son apartadas antes de que podamos interrogarlas.
Exhibidores: no permitan que sus salas se conviertan en fronteras para el pensamiento. No sean cómplices con el borrado de una tragedia humana. La historia recordará a quienes, teniendo la oportunidad, no quisieron mostrarla. Este es su momento de elegir el cuidado de nuestra humanidad compartida. El cuidado que abre puertas, que sostiene la posibilidad de escucharnos y que comprende que mirar de frente la injusticia y el sufrimiento de otros es una de las condiciones para no volvernos indiferentes.
Que Naza pueda ser vista. Que el público en Costa Rica tenga la oportunidad de encontrarse con ella y construir su propio juicio. Que ninguna presión convierta nuestras salas en espacios donde la realidad deba pedir permiso para aparecer.
El cine no puede detener las guerras, pero puede impedir que nos acostumbremos a ellas. Puede interrumpir la indiferencia y devolverle rostros a quienes la violencia reduce a cifras. Puede recordarnos que todavía somos capaces de mirar al otro con toda su humanidad.
El silencio es cómplice de la crueldad y amenaza con ocuparlo todo. Proyectar una película no es una opción: es una responsabilidad histórica ineludible.
Atentamente, Asociación de Cineastas de No Ficción