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CONCEVERDE denuncia construcciones en zona ambientalmente protegida de San Rafael de Heredia y exige actuación inmediata de la Municipalidad

El colectivo ciudadano CONCEVERDE denunció públicamente la continuidad de obras constructivas en, en Concepción de San Rafael de Heredia, pese a que desde 2022 la Municipalidad de San Rafael tiene conocimiento de la situación y, según documentación oficial, había ordenado la clausura de las obras.

De acuerdo con la denuncia presentada por CONCEVERDE ante la Alcaldía de San Rafael de Heredia, los hechos se desarrollan en un sector ubicado dentro de la zona inalienable establecida por la Ley N.° 65 del 30 de julio de 1888, así como en una zona señalada por la propia Municipalidad como área de protección asociada al Decreto Ejecutivo N.° 25902.

Cuatro años de denuncias y obras que continúan. La organización señala que a mediados de 2022 comenzó el movimiento de tierra, la corta de árboles y la construcción de obras en el sitio. Ante esta situación, el colectivo presentó una primera denuncia ante la Municipalidad de San Rafael.

La propia Municipalidad constató los hechos. En el oficio IPUT 430-2022, del 28 de julio de 2022, se indicó que durante una inspección se encontró corta de árboles y el inicio de obras constructivas en la finca identificada con el Folio Real 19006. Como consecuencia, se colocaron sellos o marchamos de clausura en el portón del inmueble.

Sin embargo, según CONCEVERDE, las obras continuaron. Ante la persistencia de los trabajos, el colectivo presentó una nueva denuncia el 26 de julio de 2024 ante la Alcaldía de San Rafael. La respuesta municipal, mediante el oficio IU-187-2024, del 17 de octubre de 2024, señaló que los hechos se desarrollaban en una zona de protección relacionada con el Decreto N.° 25902 y que existían dificultades para notificar a las personas propietarias debido a que la finca se encontraba dividida en derechos.

La Municipalidad también indicó que había realizado diversas prevenciones para evitar la continuación de las obras y que el incumplimiento podría dar lugar a la presentación de una denuncia penal.

La organización cuestiona la falta de acciones efectivas Para el colectivo ciudadano, las actuaciones municipales no han sido suficientes para detener las construcciones.

CONCEVERDE afirma que, pese a las denuncias presentadas y a las clausuras realizadas, actualmente no solo existe una vivienda que habría sido concluida, sino que también se han ejecutado y continúan ejecutándose otras construcciones en el sitio denunciado y, aparentemente, en fincas o lotes contiguos.

La organización considera particularmente grave que hayan transcurrido aproximadamente cuatro años desde la primera denuncia sin que las obras hayan sido efectivamente detenidas, pese a que la propia Municipalidad había constatado irregularidades y había advertido sobre las posibles consecuencias legales de continuar con los trabajos.

“Las dificultades relacionadas con las notificaciones no pueden convertirse en una justificación indefinida para permitir que las obras continúen”, sostiene CONCEVERDE en su denuncia, al considerar que una situación que se prolonga durante años podría evidenciar una actuación negligente de la Administración y un eventual incumplimiento de deberes que debe ser investigado.

Una zona sometida a protección. El colectivo advierte que el caso no constituye únicamente un problema relacionado con permisos de construcción, sino que involucra la protección ambiental y el cumplimiento del ordenamiento jurídico.

El colectivo sostiene que las obras se localizan dentro de una zona sometida a un régimen especial de protección y recuerda que la construcción y transformación del territorio en estos sectores debe ajustarse estrictamente a las disposiciones ambientales y urbanísticas aplicables.

Por ello, considera que las autoridades municipales tienen la obligación de actuar de manera efectiva cuando se detectan obras que podrían contravenir la normativa y afectar el derecho de las personas a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Ante la continuidad de las obras, CONCEVERDE solicita al alcalde de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, que informe detalladamente sobre todas las actuaciones realizadas por la Municipalidad desde la primera denuncia de 2022.

Entre sus principales peticiones se encuentran:

  • Informar qué medidas se han adoptado para detener las construcciones, más allá de las inspecciones y la colocación de sellos o marchamos de clausura.
  • Informar si se han presentado denuncias penales por el eventual incumplimiento de órdenes municipales de suspensión de las obras y, de ser así, proporcionar los números de expediente correspondientes.
  • Informar si sobre alguno de los derechos correspondientes al Folio Real 19006 se han otorgado usos de suelo o permisos de construcción.
  • Explicar por qué, después de más de cuatro años desde la primera denuncia, las obras no han sido detenidas y qué medidas corresponden respecto de las construcciones que, según la documentación municipal citada por CONCEVERDE, carecerían de los permisos correspondientes.
  • Actuar de manera inmediata para detener las nuevas obras que actualmente se estarían ejecutando en el sitio denunciado y en terrenos vinculados.
  • Remitir, cuando corresponda, las denuncias respectivas a las autoridades administrativas y judiciales competentes.
  • Entregar por escrito información sobre todas las actuaciones realizadas en respuesta a estas solicitudes.

Parlamento Cívico Ambiental declara “alerta roja” en Corcovado y exige acciones inmediatas a 100 días de la administración Fernández

El pronunciamiento solicita una investigación integral, una auditoría nacional de infraestructura y un fortalecimiento verificable del SINAC.

San José, Costa Rica, 12 de agosto de 2026. — El Parlamento Cívico Ambiental emitió una alerta pública ante las descargas de aguas residuales y materia fecal provenientes de la Estación Biológica Sirena hacia cuerpos de agua dentro del Parque Nacional Corcovado, comprobadas por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Ministerio de Salud.

Para el colectivo ciudadano, lo ocurrido no puede considerarse una falla técnica menor. El caso evidencia una crisis más profunda en la gestión, el mantenimiento, el financiamiento y la fiscalización de las áreas silvestres protegidas del país que se ha prolongado desde la administración anterior y durante los primeros cien días de la actual.

Corcovado no es solamente un parque nacional. Es agua, bosque, biodiversidad y una promesa que Costa Rica ha hecho al mundo y a las futuras generaciones. Hoy esa promesa está en riesgo”.

El Parlamento advirtió además que la situación se habría prolongado pese a advertencias sanitarias, informes técnicos y conocimiento institucional previo. Cuando los controles llegan tarde y las responsabilidades se diluyen, señaló, la conservación deja de ser una garantía y se convierte en un discurso.

El pronunciamiento recuerda que esta situación compromete el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, reconocido en el artículo 50 de la Constitución Política.

Cuatro medidas urgentes

  1. Verdad y responsabilidad. Realizar una investigación integral de lo ocurrido, determinar responsabilidades, publicar los informes y las órdenes sanitarias, y reparar de manera inmediata y efectiva la infraestructura afectada.

  2. Evaluación nacional. Ejecutar una auditoría pública, transparente y diferenciada de la infraestructura sanitaria, operativa y ambiental de las áreas silvestres protegidas, de acuerdo con su categoría de manejo, nivel de visitación y necesidades reales.

  3. Recursos para proteger. Fortalecer de forma real y verificable el presupuesto del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), con personal suficiente, equipo adecuado, mantenimiento continuo y capacidad efectiva para prevenir, corregir y sancionar daños ambientales.

  4. Conservación por encima del lucro. Revisar los permisos, las concesiones y las actividades económicas dentro de las áreas protegidas, acompañando este proceso con datos abiertos, rendición de cuentas, participación ciudadana y consecuencias ante el incumplimiento injustificado.

Un llamado a actuar ahora

El Parlamento Cívico Ambiental enfatizó que Corcovado no es el problema, sino la alerta. El país no puede normalizar que los lugares llamados a recibir la mayor protección funcionen con infraestructura deteriorada, servicios precarios, controles insuficientes y respuestas tardías.

El foro ciudadano también señaló que no es posible exigir resultados de conservación a instituciones debilitadas ni permitir que la negligencia, la presión turística o el interés económico pongan en riesgo el patrimonio común de la Nación.

“Defender Corcovado es defender el agua, la biodiversidad, la democracia ecológica y el futuro de Costa Rica. No mañana. Ahora”.

SINAC-ACLAC confirma presencia de humedal en 264 hectáreas del Yolillal Río Bananito y reporta tres denuncias penales por posibles afectaciones ambientales

Limón, 8 de agosto de 2026. El Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC), del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), confirmó mediante la carta oficial CARTA-SINAC-ACLAC-PPCP-0132-2026, del 4 de agosto de 2026, la existencia de un ecosistema de humedal en el sector conocido como «Yolillal Río Bananito 1», y detalló la apertura de tres causas penales por posibles infracciones a la legislación ambiental en esa zona.

El documento, suscrito por el coordinador del Programa de Prevención, Protección y Control, Lic. Deiver Contreras Arguedas; el enlace del Programa de Humedales, Ing. Javier Hernández Cole, M.Sc.; el director de Recursos Forestales y Vida Silvestre, Ing. Alexis Salas Rodríguez, y la Ing. Lesly Rocha Rodríguez, del Programa de Manejo Forestal, responde a una nota previa presentada por Marco Levy Virgo, en la que se solicitaba la recusación de los funcionarios firmantes y se cuestionaba el manejo técnico del caso.

El proceso técnico

Según el documento, el Programa de Humedales del ACLAC incorporó desde el 6 de mayo de 2026 el caso VUI-74.1_818, orientado a actualizar la capa cartográfica «Yolillal Río Bananito 1» para su posible incorporación al Registro Nacional de Humedales. El área de actualización corresponde a aproximadamente 264 hectáreas. Se realizaron tres giras de campo: el 30 de abril, el 19 de junio —cuyos resultados, documentados en el informe SINAC-ACLAC-DR-DRFVS-PH-INF-0017-2026, confirmaron la presencia del ecosistema de humedal— y el 30 de julio de 2026, cuyos resultados se incorporarán al informe final del caso.

Tres denuncias penales

En el marco de este trabajo técnico, el ACLAC ha presentado tres denuncias por posibles infracciones ambientales:

  1. En abril de 2026, por corta de árboles, intervención de vegetación tipo yolillal y habilitación de terreno dentro del humedal, tramitada bajo la causa penal N.° 26-000343-0472-PE.
  2. En junio de 2026, por posible tala ilegal, bajo la sumaria N.° 26-001498-0063-PE.
  3. En julio de 2026, por posibles afectaciones al humedal, identificada con el número único N.° 26-001499-0063-PE y el número de caso N.° 012-26-00176.

El ACLAC sostiene que estas actuaciones demuestran que la institución no ha permanecido inactiva frente a los posibles ilícitos identificados en el sector.

Coordinación con la Dirección de Agua

La respuesta oficial detalla que los dictámenes de la Dirección de Agua (DA-UHCAROG-0198-2026 y DA-UHCAROG-0199-2026, ambos del 9 de abril de 2026) fueron incorporados como insumos del trabajo técnico. Ese dictamen identifica dos estructuras diferenciadas en la zona: una quebrada de dominio público y un canal de origen antrópico que no corresponde al dominio público. El ACLAC aclara que no ha formulado conclusiones definitivas sobre el origen de ese canal, su relación hidrológica con el humedal ni sus posibles efectos, y que la investigación técnica permanece abierta.

Sobre el origen de las actuaciones y la recusación

El ACLAC precisa que sus actuaciones no se originaron en una denuncia o gestión promovida por Levy Virgo, sino en la denuncia SITADA N.° 60445-2026 —de carácter confidencial o anónimo, ingresada a partir de actuaciones de la propia Dirección de Agua— y en las competencias propias del Área de Conservación. Aclara, no obstante, que esto no limita su derecho de petición ni su acceso a la información pública, aunque tampoco le confiere la condición de parte dentro de las causas penales ni la potestad de dirigir las investigaciones o imponer plazos técnicos.

Respecto a la solicitud de recusación de los funcionarios firmantes, el ACLAC concluye que no se identifica conflicto de interés, vínculo personal, beneficio particular ni otra causal legal que comprometa su imparcialidad, por lo que la considera infundada.

El ACLAC señaló que el informe final del caso será emitido una vez concluidas las actuaciones técnicas necesarias, y que sus resultados serán comunicados oportunamente, con observancia de las restricciones aplicables a las diligencias incorporadas a investigaciones penales.

Imagen con fines ilustrativos de la palma Raphia taedigera (yolillo).

Arte, música y resistencia ecologista: América Latina se une en defensa de los manglares este 26 de julio

En el marco del Día Internacional de la Defensa del Ecosistema Manglar (26 de julio), activistas y artistas de América Latina unen sus voces y ritmos en una potente colaboración musical independiente que busca sensibilizar y movilizar a la ciudadanía en defensa de nuestros humedales y zonas costeras.

La producción musical estará disponible a partir de este 26 de julio en SoundCloud y YouTube, y progresivamente durante los días siguientes en todas las principales plataformas digitales de streaming.

La iniciativa, impulsada desde el Bloque Verde de Costa Rica, fusiona el arte con la causa ambientalista para denunciar la degradación de estos ecosistemas vitales ante la expansión de modelos agroindustriales extractivistas en la región.

«La música es una herramienta fundamental de resistencia y memoria colectiva. Esta colaboración latinoamericana celebra la vida y biodiversidad de los manglares, pero también alza la voz por las comunidades costeras que los defienden día a día.» Indicó el compositor Fabián Pacheco

Memoria y lucha: El caso del Humedal Térraba-Sierpe

En forma paralela al lanzamiento musical, se comparte en el siguiente enlace un artículo de opinión firmado por el destacado ecologista y docentes de la Universidad de Costa Rica (UCR) y Universidad Nacional (UNA): Mauricio Álvarez Mora.

En este texto reflexivo e histórico, Álvarez rescata la emblemática contienda ecologista y la resistencia en defensa del Humedal Nacional Térraba-Sierpe, uno de los ecosistemas de manglar más importantes de Centroamérica, frente a la amenaza de destrucción ambiental impulsada por los enclaves de monocultivo de piña de la corporación PINDECO. El mensaje ecologista redactado por Álvarez también forma parte de la obra musical, siendo interpretado en el cierre de la canción.

Ficha Técnica y Créditos de la Producción

  • Composición y voz: Fabián Pacheco y Juan Trukyman

  • Bajo eléctrico: Hendrick Carranza

  • Piano: Maryan Cuevas

  • Trompeta y brass: Fabricio Muñoz

  • Percusión menor: Francisco Carvajal

  • Batería y timbal: Jonathan Alarcón

  • Coros: Na Salguero

  • Redacción del texto final leído por Fabián Pacheco: Mauricio Álvarez

Equipo de Producción:

  • Productor Ejecutivo: Fabián Pacheco Rodríguez

  • Productores Musicales: Fabián Pacheco Rodríguez, Juan Trukyman y Rialengo

  • Ingeniero de Grabación: Francisco Murillo (Rialengo)

  • Ingeniero de Edición, Mezcla y Mástering: Heriberto Román Chávez

  • Arte Gráfico de Portada: Fernando Yela

Sala Constitucional da curso a amparo por demora en ejecutar sentencia del caso Hotel RIU Guanacaste

La Sala Constitucional dio trámite a un recurso de amparo presentado por Gad Amit Kaufman, en representación de la Asociación Confraternidad Guanacasteca, relacionado con la prolongada demora en la ejecución de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) en el expediente del caso Hotel RIU Guanacaste.

La resolución, emitida el 20 de julio de 2026, ordena solicitar informes al ministro de la Presidencia, a la coordinadora de Gestión Documental de la Presidencia de la República, a la presidenta del Tribunal Ambiental Administrativo y a la ministra de Ambiente y Energía, quienes deberán responder en un plazo de tres días hábiles sobre los hechos expuestos en el recurso.

El recurso señala que el 16 de mayo de 2026 la Asociación Confraternidad Guanacasteca presentó ante la Presidencia de la República una gestión de interés público titulada «Mora en el Tribunal Ambiental Administrativo – Solicitud de ejecución de sentencia N.° 1403-2005-TAA (Caso Hotel RIU Guanacaste)», mediante la cual solicitó acciones para atender la prolongada mora que afecta ese expediente y el funcionamiento del Tribunal Ambiental Administrativo.

Entre las solicitudes formuladas se incluyó instruir al MINAE para fortalecer administrativamente al Tribunal Ambiental Administrativo, establecer métricas y plazos máximos de resolución de expedientes, y garantizar el nombramiento oportuno de jueces titulares y suplentes para evitar nuevas paralizaciones institucionales.

Según se expone en el recurso, la Presidencia trasladó la gestión al Ministerio de Ambiente y Energía mediante oficio del 21 de mayo de 2026. Posteriormente, el propio Tribunal Ambiental Administrativo informó que enfrenta una situación de severa congestión, con más de 4.560 expedientes administrativos en trámite, 317 expedientes en fase de seguimiento de ejecución y una capacidad limitada de personal para atenderlos.

La gestión sostiene que, pese a reconocer la magnitud de la mora institucional, las autoridades no respondieron al fondo de la solicitud relacionada con el expediente del Hotel RIU Guanacaste, el cual, según se indica, permanece sin sentencia firme después de 17 años, debido a solicitudes de adición, aclaración y recursos pendientes de resolución.

En resoluciones anteriores sobre este mismo tema, SURCOS ha informado acerca de las gestiones impulsadas por la Asociación Confraternidad Guanacasteca para exigir el cumplimiento efectivo de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo y denunciar la prolongada mora que afecta este caso emblemático, así como las implicaciones que ello tiene para la tutela efectiva del ambiente y el acceso a una justicia ambiental pronta y cumplida.

Con la admisión del recurso, la Sala Constitucional inicia el trámite correspondiente y solicita a las autoridades recurridas rendir los informes respectivos antes de resolver sobre el fondo del amparo.

Congreso Latinoamericano abordará los impactos socioambientales de la minería, con la participación del Vaticano y organizaciones de siete países

Este 17 y 18 de julio se realiza en la sede central de la Universidad Católica de Costa Rica (UCAT), en Moravia, el Congreso Latinoamericano: Impacto Socioambiental de la Minería, una actividad académica organizada por el Observatorio Socioambiental Laudato Si’ de la UCAT, en conjunto con el Parlamento Cívico Ambiental de Costa Rica, con el apoyo de la Fundación Konrad Adenauer. El congreso cuenta además con el respaldo y la participación del Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral del Vaticano, así como de la Conferencia Episcopal de Costa Rica y del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM).

Según indicó Bernardo Aguilar, presidente del Parlamento Cívico Ambiental de Costa Rica, la iniciativa busca impulsar un diálogo profundo e integral sobre la actividad minera, no solo desde una perspectiva científica, sino también espiritual, que contribuya a atender la conflictividad ambiental existente hoy en la región en torno a este tema, entre ella la situación del conflicto ambiental de Crucitas.

La pregunta orientadora del encuentro, según el programa académico, es si resulta posible construir un diálogo sobre la realidad de la minería en América Latina que promueva el desarrollo sin sacrificar la dignidad humana, las comunidades y «la casa común», o si se está ante una contradicción ética que no puede ignorarse.

Participantes y países representados

De acuerdo con el sitio oficial del congreso, se cuenta con la participación de ponentes de Costa Rica, Honduras, El Salvador, Brasil, México, Panamá y Estados Unidos. Entre las personas ponentes confirmadas figuran:

  • Pedro Landa (Honduras), investigador y docente en extractivismo minero-energético en Centroamérica.

  • Moema Miranda (Brasil), antropóloga, integrante de la Red Iglesias y Minería y asesora de la Comisión Episcopal Pastoral Especial para Ecología Integral y Minería de la Conferencia Nacional de Obispos de Brasil.

  • Vidalina Morales (El Salvador), defensora de derechos humanos y ambientales, integrante de la Asociación de Desarrollo Económico y Social de Santa Marta (ADES) y de la Mesa Frente a la Minería.

  • Mons. Jenry Ruiz (Honduras), delegado de la Conferencia Episcopal hondureña para la Comisión Nacional de Ecología Integral.

  • Arturo Carballo Madrigal (Costa Rica), presidente de la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS).

  • Fray Erick Marín Carballo (Costa Rica), teólogo con experiencia de acompañamiento a comunidades afectadas por la minería en Centroamérica y la Panamazonía, vinculado al Parlamento Cívico Ambiental y a la Alianza por la Casa Común.

  • Bernardo Aguilar (Costa Rica), abogado, presidente del Parlamento Cívico Ambiental y líder del equipo consultor del MINAE para la valoración del daño ambiental en Crucitas.

  • Zulma Herrera (México), especialista en gestión de capital humano en la industria minera.

  • Heileen Montiel Cubillo (Costa Rica), asesora legal del Tribunal Ambiental Administrativo del MINAE.

  • Pbro. Julio Arváez (Panamá), misionero claretiano, coordinador de la Pastoral Indígena de la Arquidiócesis de Panamá y activista del movimiento Panamá Vale Más Sin Minería.

  • Ray Offenheiser (Estados Unidos), con tema por confirmar.

  • Iliana Boschini (Costa Rica), en el panel «Voces desde la institucionalidad».

  • René Castro (Costa Rica), quien abordará gobernanza ambiental y sostenibilidad en contextos extractivos.

  • Henry Prado (Fortech, Costa Rica) y Raúl Rubén Muñoz Garrido (Chile), en el panel de buenas prácticas y transformación sostenible.

  • P. Patricio Sarlat Flores, del Dicasterio de Ecología Integral del Vaticano, y S.E.R. Cardenal Michael Czerny, del Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral, con un mensaje de saludo institucional.

Estructura del programa

El programa académico se organiza en seis bloques temáticos distribuidos en dos jornadas. El primer día (17 de julio) incluye la conferencia inaugural «Minería, desarrollo y desafíos socioambientales», a cargo de Leonardo Merino, investigador del Programa Estado de la Nación, así como paneles sobre la realidad institucional, la gobernanza ambiental en contextos extractivos y las voces de los territorios afectados, con la participación de Pedro Landa y Arturo Carballo Madrigal, entre otros. El segundo día (18 de julio) se centra en la ecología integral como horizonte ético, con ponencias sobre eco-teología y espiritualidad, además de una jornada de «conversación en el espíritu» orientada a la construcción de consensos, con mesas de trabajo participativas. El cierre académico estará a cargo de Bernardo Aguilar.

Como actividad complementaria, el domingo 19 de julio se realizará una visita de campo al Ecomuseo de las Minas de Abangares, en Guanacaste, que incluye un recorrido histórico de dos horas por los senderos y vestigios del período de industrialización de la actividad minera en esa zona.

Inscripción

Según el afiche oficial del evento, la inscripción al congreso tiene un costo de 75 dólares, mientras que la modalidad que incluye la visita de campo al Ecomuseo de Abangares tiene un costo de 175 dólares. Las personas interesadas pueden obtener más información e inscribirse a través del sitio web de la Universidad Católica de Costa Rica.

APREFLOFAS advierte riesgos en la propuesta de nuevo Reglamento de Vida Silvestre del MINAE

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS) emitió un comunicado en el que cuestiona la propuesta del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) para derogar el actual Reglamento de Vida Silvestre (Decreto 40548-MINAE de 2017) y sustituirlo por uno nuevo. La organización señala cuatro puntos de fondo: la falta de justificación técnica para habilitar la tenencia de lapas híbridas, la ausencia de medidas preventivas frente a conflictos con fauna silvestre, la eliminación de la Comisión Nacional de Vida Silvestre como espacio de participación ciudadana y técnica, y la falta de recursos y capacidades operativas asignadas al SINAC para aplicar la nueva normativa. APREFLOFAS solicita a las autoridades una pausa en el trámite de la propuesta para permitir su revisión detallada y el escrutinio ciudadano.

Comunicado de APREFLOFAS:

• La propuesta planteada por el MINAE para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre busca derogar el actual reglamento, Decreto Ejecutivo 40548-MINAE de 2017.

• En fecha 14 de abril de 2026, APREFLOFAS emitió un primer comunicado sobre este mismo tema, el cual se encuentra disponible en nuestro sitio web.

• La salud de los ecosistemas es fundamental para un país, donde buena parte de su economía y fuentes de empleo dependen del turismo relacionado con naturaleza.

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), fundada en 1985, en su condición de promotora y defensora de la protección ambiental ha desarrollado distintas acciones, estrategias y capacidades a lo largo de cuatro décadas, entre estas la educación ambiental, la investigación, el análisis técnico y jurídico de leyes y reglamentos en materia ambiental; y la difusión de conocimiento científico sobre la interacción entre los seres humanos y la vida silvestre.

La normativa relacionada con vida silvestre (flora y fauna) se encuentra contenida principalmente en la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Ley 7317 y sus reformas) y en el actual Reglamento de Vida Silvestre, establecido en el Decreto 40548-MINAE de 2017.

El actual Reglamento de vida silvestre, Decreto 40548-MINAE de 2017

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017), el cual se compone de dicho reglamento se compone de 231 artículos, tuvo lugar entre los años 2015 y 2017 y fue realizada por el MINAE y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) entre los años 2015 y 2017, antes de ser oficializado, el reglamento fue presentado a consulta pública en el año 2017. Finalmente, dicho Reglamento entró a regir en agosto de 2017.

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017) tuvo además el apoyo técnico y los aportes de centros e institutos de investigación especializados en vida silvestre de la Universidad de Costa Rica (Jardín Lankester) y de la Universidad Nacional (ICOMVIS y Hospital de Especies Menores y Silvestres), colegios profesionales, especialistas en medicina veterinaria y organizaciones no gubernamentales especializadas en vida silvestre.

Las limitaciones al comercio, la exhibición y la reproducción de especies de fauna bajo las distintas categorías de manejo establecidas en el Reglamento vigente Decreto 40548-MINAE de 2017), fueron los principales motivos, por los que por distintas personas y grupos que interpusieron ocho acciones de inconstitucionalidad ante la la Sala Constitucional. Todas esas acciones fueron declaradas sin lugar por parte de la Sala, mediante las sentencias 2018-2844, 2018-4285, 2018-8413, 2018-18563, 2020-11171, 2021- 2185, 2021-3851 y 2024-25584.

El proceso de un nuevo Reglamento

En fecha 21 de octubre de 2025, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante una convocatoria en su sitio web puso a disposición para consulta pública el proyecto para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre, esa primera versión contenía 325 artículos y 22 anexos.

Desde APREFLOFAS, en el marco de esa consulta pública, dentro del plazo de 10 días hábiles procedimos a analizar exhaustivamente la propuesta del Poder Ejecutivo para un nuevo Reglamento y emitimos más de 50 observaciones de fondo. Algunas de nuestras observaciones (la gran minoría y de menor relevancia) fueron adoptadas.

Asimismo, distintos grupos de la sociedad civil, colegios profesionales, especialistas y distintas ONG emitieron aproximadamente 800 observaciones sobre el contenido de la primera propuesta presentada para consulta pública para revisión del MINAE.

Cuestionamientos de fondo a la propuesta de nuevo reglamento

1- Tenencia de lapas hibridas

A la fecha, no se ha explicado el motivo por el que 10 años después de la entrada en vigencia del reglamento actual (Decreto 40548-MINAE) se busca aprobar normas habilitantes para tenencia de lapas híbridas. Esta situación resulta sumamente preocupante y cuestionable, debido a la limitada capacidad fiscalizadora del SINAC.

La relevancia de este asunto es todavía mayor o adquiere otras dimensiones cuando hablamos de individuos híbridos del género Ara, puesto que esa medida puede fomentar el comercio, la venta y la tenencia de nuevos individuos.

La falta de fundamentación no solo conlleva la imposibilidad de establecer esa excepción a la tenencia de esas aves, sino que además impide que sea apruebe de la apertura para incluir nuevas especies en categorías de excepción de riesgosa y dudosa fundamentación.

Nuestra afirmación tiene fundamento en la propia Ley General de la Administración Pública, cuyo artículo 16.1 detalla:

En ningún caso podrán dictarse actos contrarios a reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica o conveniencia”.

Así las cosas, si no existe fundamento para esas normas, con mucho menos razón debe considerarse incluir otras especies como reptiles o anfibios en estas excepciones. La excepción en derecho debe estar siempre justificada y la falta de justificación inhabilita la posibilidad de la excepción.

2- Falta de medidas preventivas

La propuesta no plantea medidas preventivas para los conflictos o interacciones negativas con la fauna silvestre. Inclusive, la redacción actual de algunas normas potencia los conflictos y la falta de controles. Tal es el caso del artículo 29 sobre daños a la ganadería.

En ese sentido, debe recordarse que los felinos son las especies que mayor conflicto generan con las actividades ganaderas y que el manejo de estos conflictos abarca una serie de normas técnicas, sensibilización, prevención y mitigación, inclusive el país ha desarrollado algunas capacidades importantes en esa materia.

Sin embargo, la propuesta carece de medidas preventivas y se limita a requisitos para denuncias y atribuye al afectado costear los estudios, lo cual desincentiva la denuncia y promueve los controles o medidas ilegales para manejar estos conflictos. De nuevo, el reglamento planteado carece de medidas preventivas.

3- Eliminación de la participación ciudadana y de la Comisión de Vida Silvestre

La propuesta del MINAE elimina la Comisión Nacional de Vida Silvestre, espacio multidisciplinario que en el reglamento vigente (Decreto 40548-MINAE) cuenta con participación de la sociedad civil, centros de investigación y las universidades, agrupados en dos Subcomisiones de flora y fauna; y cuyos miembros deben tener experiencia relevante en vida silvestre. Estos cargos son desempeñados ad honorem y bajo una designación oficial, pese a esos filtros que buscan promover la idoneidad de los nombramientos, la propuesta del MINAE elimina la Comisión Nacional de Vida Silvestre.

4- La propuesta no genera capacidades operativas para el SINAC

Desde APREFLOFAS consideramos sumamente relevante destacar que la propuesta del nuevo reglamento no viene acompañada de la asignación de recursos técnicos, tecnológicos, financieros, presupuestarios o humanos para el SINAC.

Como ya hemos señalado en otras ocasiones, según detalla el último Informe del Programa Estado de la Nación (2025), advierte sobre el recorte de presupuesto que viene siendo aplicado en el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, señalando (pág. 169):

El presupuesto del Sinac se redujo un 40% en el último lustro. En consecuencia, se realizaron menos actividades de control, monitoreo y fiscalización en las áreas de conservación. Esta situación se agrava por la progresiva transformación de la estructura de gobernanza hacia una mayor concentración de poderes en detrimento de la participación y el criterio técnico”.

Si bien, no necesariamente es usual incluir disposiciones presupuestarias en un reglamento, no puede ni debe pasar desapercibido que la simple aprobación de normas sin dotar de recursos técnicos, financieros y humanos a las instituciones involucradas (SINAC y SETENA) en la aplicación del Reglamento, representa una contradicción operativa sumamente significativa.

En la propuesta tampoco se contemplan medidas de digitalización, monitoreo, auditoria ni interoperabilidad que permitan controlar de forma ordenada las propuestas contenidas en el proyecto.

Por todo lo anterior, desde APREFLOFAS:

  1. Solicitamos a las autoridades una minuciosa revisión de la propuesta para cerrar la posible apertura de portillos que permitan delitos ambientales, por lo cual, consideramos que debe darse una pausa en el avance de esta propuesta, permitiendo su revisión detallada y el escrutinio ciudadano.

  2. Estimamos sumamente relevante destacar que un nuevo Reglamento de vida silvestre no debe ser más permisivo que el anterior, especialmente, cuando la situación mundial de la biodiversidad es hoy todavía más delicada que la que tuvimos en el año 2017.

  3. Consideramos oportuno destacar que la permisividad y flexibilidad es todavía más riesgosa cuando no se tienen estudios poblacionales recientes de las especies de fauna silvestre (salvo algunas excepciones), recordando que el Reglamento tiene efecto en todas las especies de flora y fauna, no solamente en las que hemos mencionado en este comunicado.

  4. Señalamos que las especies no deben verse de forma aislada, puesto que su decrecimiento impacta a su vez los ecosistemas; y por ende la biodiversidad del país sufre un impacto acumulado, que maximiza los daños a las especies, ecosistemas, ciclos de vida y servicios ecosistémicos.

  5. Invitamos a toda la ciudadanía a informarse sobre este tema y a solicitar la rendición de cuentas por parte de las autoridades.

Este comunicado es apoyado por las siguientes organizaciones y grupos:

UESPRA
FECON
Bloque Verde
Comité Punta Pelencho
Asociación Regenerativa Matzú
Asociación Civil Pro natura
Mar & Comercio
Fundación Orgánica
Asociación Ojo de Agua Legado Ancestral
Defensores de la Casa Común

¡Respetemos a la vida silvestre!

CGR ordena corregir debilidades en permisos de construcción en el Corredor Biológico Paso de la Danta y la Fila Costeña

La Contraloría General de la República (CGR) emitió dos órdenes vinculantes dirigidas a instituciones públicas y gobiernos locales del Pacífico Sur, luego de una investigación sobre el otorgamiento de permisos de construcción en el Corredor Biológico Paso de la Danta (CBPD) y la Fila Costeña, en el cantón de Osa. Las órdenes se producen en momentos en que organizaciones comunitarias y ecologistas han mantenido, desde hace años, procesos de defensa de este territorio, entre ellos la labor de la Comisión Alianza Comunal del Corredor Biológico Paso de la Danta frente a la presión del desarrollo inmobiliario sobre la Fila Costeña.

El CBPD tiene como propósito restablecer la conectividad de flora y fauna entre la península de Osa, la cuenca del Golfo Dulce y la cordillera de Talamanca, específicamente entre los ríos Savegre y Térraba. Conecta la Reserva Forestal Los Santos, el Parque Nacional Marino Ballena y el Humedal Nacional Térraba-Sierpe, y su territorio abarca, total o parcialmente, los cantones de Osa, Pérez Zeledón, Quepos, Dota, Buenos Aires y Tarrazú.

Primera orden: debilidades estructurales en el otorgamiento de permisos

La primera orden, identificada como DFOE-SOS-ORD-00002-2026 y emitida el 21 de mayo de 2026, surgió de una investigación preliminar de la CGR motivada por una denuncia sobre presuntas irregularidades en permisos de construcción otorgados por la municipalidad de Osa en terrenos de alta fragilidad ambiental. El órgano contralor dirigió esta orden al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), la Dirección de Agua y las municipalidades de Buenos Aires, Dota, Osa, Pérez Zeledón, Quepos y Tarrazú.

La investigación encontró que ninguna de las seis municipalidades cuenta con un plan regulador que incluya la zonificación del CBPD. Dota y Tarrazú carecen por completo de plan regulador; Osa solo tiene uno vigente para el distrito de Cortés, con base en un reglamento de 1997; Pérez Zeledón lo tiene restringido a centros urbanos de dos de sus diez distritos; y aunque Buenos Aires y Quepos sí cuentan con planes reguladores vigentes, estos no abarcan la zonificación del corredor.

La CGR determinó, además, que las municipalidades desconocen de forma generalizada la delimitación exacta del CBPD dentro de sus territorios, pese a que esa información está disponible desde 2019 en el Sistema Nacional de Información Territorial. La municipalidad de Osa, por ejemplo, indicó a la Contraloría que no genera estudios científicos propios sobre fragilidad ambiental, hidrología o biodiversidad, y que carece de competencia y recursos para ello. También se estableció que la SETENA tramitó 259 expedientes de viabilidad ambiental para proyectos ubicados dentro del CBPD durante 2024 y 2025, procesos que fueron iniciados por los propios desarrolladores interesados y no por gestión municipal.

El órgano contralor concluyó que los seis gobiernos locales han visto debilitada su administración y planificación territorial, al otorgar permisos de construcción con base en revisión documental de requisitos, sin incorporar formalmente la variable ambiental que permita, ante duda razonable, consultar a SETENA, SINAC y la Dirección de Agua sobre la importancia ambiental o fragilidad de los sitios de los proyectos.

Como resultado, la CGR ordenó al SINAC remitir a las seis municipalidades la información necesaria para identificar sitios de importancia ambiental dentro del corredor, y actualizar el Plan de Gestión del CBPD —vencido desde 2023— en coordinación con esos gobiernos locales. A la Dirección de Agua le ordenó remitir información similar. A las seis municipalidades les ordenó integrar formalmente la variable ambiental en el trámite de permisos de construcción, definir un mecanismo de coordinación con SINAC, la Dirección de Agua y SETENA, y elaborar planes de capacitación para el personal técnico y administrativo a cargo de esos trámites. Los plazos de cumplimiento se extienden entre agosto de 2026 y noviembre de 2027, según cada punto de la orden.

Segunda orden: tres fincas con desarrollo constructivo sin permisos

La segunda orden, DFOE-SOS-ORD-00003-2026, fue emitida este 14 de julio de 2026 y se originó en una denuncia ciudadana recibida por la CGR el 9 de abril de 2026, referida a siete fincas ubicadas en la Fila Costeña dentro del CBPD, con matrículas 6-253319-000, 6-147654-000, 6-222042-000, 6-253886-000, 6-227164-F, 6-227166-F y 6-97434-000, señaladas por un posible cambio de uso de suelo en zonas de alta fragilidad ecológica, con importante cobertura boscosa y red hídrica.

Tras cruzar la información documental de la municipalidad de Osa, la SETENA y el SINAC con imágenes satelitales del Sistema Nacional de Información Territorial, la Contraloría concluyó que tres de las siete fincas —6-253319-000, 6-222042-000 y 6-253886-000— presentan un eventual desarrollo de movimientos de tierra, tala de árboles, apertura de accesos vehiculares y desarrollo constructivo, sin los permisos correspondientes de la municipalidad, SETENA y SINAC. Según la orden, esto vulnera el principio de legalidad, compromete los ecosistemas del corredor y eleva el riesgo de afectación sobre el recurso hídrico local, del cual no existen estudios hidrogeológicos actualizados frente a la presión inmobiliaria.

Para otras dos de las fincas denunciadas (6-147654-000 y 6-97434-000), la CGR indicó que se mantienen en trámite ante SETENA los procesos de evaluación de impacto ambiental, por lo que aún no existe una decisión sobre su viabilidad. En cuatro fincas (6-147654-000, 6-253886-000, 6-227164-F y 6-227166-F) se registran denuncias o procesos de investigación judicial en distintas instancias, incluida la Fiscalía de Osa.

Con base en estos hallazgos, la Contraloría ordenó a la directora ejecutiva del SINAC, Giovanna Valverde Stark, y al alcalde de Osa, Mainor Anchía Angulo, realizar una revisión integral de los hechos y actuaciones en las tres fincas con indicios de desarrollo sin permisos, que incluya análisis documental, técnico y verificaciones de campo, con el fin de determinar la eventual existencia de infracciones a la Ley Forestal, la normativa ambiental y las disposiciones constructivas. En caso de comprobarse incumplimientos, la orden establece que ambas autoridades deben gestionar oportunamente las medidas correctivas y sancionatorias correspondientes, así como interponer las acciones judiciales y administrativas procedentes. El plazo para acreditar el cumplimiento de esta disposición ante la CGR vence el 18 de setiembre de 2026.

Consecuencia de incumplimiento

Ambas órdenes recuerdan que su acatamiento es obligatorio y que, conforme al artículo 69 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, el incumplimiento injustificado, una vez agotados los plazos y reiteraciones correspondientes, se considera falta grave y puede dar lugar a la suspensión o destitución de la persona funcionaria responsable.

Denuncian ante la Auditoría Interna del SINAC presunta afectación de más de mil hectáreas de humedal palustre en Limón

Una denuncia formal presentada ante el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC), el Consejo Regional del Área de Conservación La Amistad Caribe (CORAC-ACLAC) y la Auditoría Interna del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) solicita la intervención urgente de esa instancia de control interno ante la presunta afectación de un humedal palustre registrado en Bananito Sur, distrito Valle de la Estrella, cantón de Limón. La gestión fue presentada por Marco Vinicio Levy Virgo, quien solicita investigar posibles omisiones institucionales y adoptar medidas inmediatas para la protección y restauración del ecosistema.

La denuncia se fundamenta en dos dictámenes técnicos oficiales emitidos por la Unidad Hidrológica Caribe de la Dirección de Agua del MINAE, los cuales documentan la existencia de un canal de drenaje agrícola que atraviesa gran parte del área inscrita en el Registro Nacional de Humedales (Palustre), así como una zona de tala y quema ubicada dentro del humedal. Según el escrito, la afectación comprometería un polígono de aproximadamente 1.002 hectáreas.

El primero de los dictámenes determinó que en el sitio existen dos cuerpos de agua: una quebrada que corresponde al dominio público y un canal de drenaje agrícola que no constituye un cauce de dominio público. Sin embargo, el informe también estableció que gran parte del recorrido del canal se ubica dentro del área delimitada como humedal palustre registrado.

Posteriormente, un segundo informe técnico concluyó que, aunque las labores de mantenimiento del canal no configuraban un posible delito por obras ilegales en cauce, sí existían elementos para considerar una posible afectación ambiental al humedal, debido a la ubicación del canal dentro del área protegida y a la presencia de una franja con evidencia de tala y quema. Por esa razón, la Dirección de Agua dispuso trasladar el caso al SINAC para que investigara los hechos y determinara las actuaciones correspondientes.

En la denuncia presentada esta semana, Levy sostiene que, pese a esos dictámenes oficiales y a la recomendación expresa de intervención, persiste una omisión prolongada en el cumplimiento de las obligaciones de protección por parte del Área de Conservación La Amistad Caribe. Además, señala que el drenaje artificial del humedal habría provocado alteraciones hidrológicas, fragmentación del ecosistema, pérdida de vegetación, disminución de la biodiversidad y posibles impactos irreversibles sobre un ecosistema especialmente vulnerable.

Como antecedente, el documento recuerda que la Sala Constitucional admitió para trámite un recurso de amparo relacionado con estos hechos y solicitó informes al Sistema Nacional de Áreas de Conservación y al Ministerio de Ambiente y Energía sobre la presunta afectación del humedal y sobre las actuaciones institucionales desarrolladas en este caso.

Asimismo, la denuncia hace referencia a una constancia emitida por la propia Sala Constitucional el 6 de julio de 2026, en la que se dejó constancia de que el director ejecutivo del SINAC no había presentado el informe requerido dentro del plazo establecido por el Tribunal.

Entre las solicitudes planteadas se pide admitir formalmente la denuncia, activar los mecanismos de control interno, ordenar la intervención del Auditor Interno del SINAC para valorar el impacto ambiental y la gestión institucional, determinar eventuales responsabilidades administrativas y proponer las medidas correctivas, sancionatorias y de restauración que correspondan. También se solicita al CONAC y al CORAC-ACLAC disponer acciones inmediatas para la protección, investigación y recuperación del humedal.

La denuncia sostiene que la urgencia de estas actuaciones responde al carácter progresivo y potencialmente irreversible del daño denunciado, así como a la necesidad de preservar la evidencia y evitar un mayor deterioro del ecosistema mientras continúan los procedimientos administrativos y judiciales relacionados con el caso.

Imagen con fines ilustrativos. Fuente: Observatorio de Bienes Comunes UCR.

La madre naturaleza

Marlin Óscar Ávila.

Marlin Óscar Ávila

La madre naturaleza es implacable cuando los humanos, u otros agentes externos, no respetamos sus equilibrios establecidos. Desde los tiempos antiguos se dieron diluvios o grandes inundaciones, seguidas de fuertes sequías que la inteligencia humana no lograba explicar.

Por siglos se creyó que había una fuerza extraterrestre que intervenía para castigar a la humanidad por los daños causados por otros grupos sociales. Así, utilizamos el miedo para influir en las creencias filosóficas y religiosas de otros, a manera de instaurar fuertes controversias hasta crear grandes instituciones que llegarán a concentrar poderes casi absolutos, los que llegaron a constituir verdades incuestionables y divinas ante el conocimiento humano.

No obstante, a medida que la inteligencia humana investiga y va descubriendo las causas de cada fenómeno, se da por enterado de que no hay nada divino ni mágico en los hechos ocurridos. Que mucho de lo acontecido y, no todo, pero gran parte, son resultado de las actividades humanas.

Después de muchos años o siglos, sabemos que nuestro planeta Tierra no gira alrededor del sol de manera circular, sino elíptica.

Desde luego, racionalizamos y diferenciamos entre lo efectuado por las grandes mayorías y las minorías, estas, normalmente, privilegiadas.