Por Sharo Rosales Arce*
La historia confirma que los derechos no se han alcanzado pidiéndolos por favor, detrás de cada ley y cada derecho alcanzado existe una historia de resistencias y arduas luchas. Y en Costa Rica, nos volvemos a topar con el añejo y controversial debate sobre las jornadas laborales conocidas como “4×3”. Aprobar el Proyecto de Ley N. 24290 que se está discutiendo por la vía rápida en el plenario legislativo, y que quiere imponer Jornadas de 12 horas, significa un retroceso a modelos de trabajo no regulados (que pensamos estaban superados) y una bofetada a estas luchas, logros y derechos laborales. Se luchó por más de 150 años por jornadas más cortas, porque no era sostenible para la salud física personal, para la salud familiar y la salud mental… se luchó porque los cuerpos no aguantaban (y no aguantarán) las jornadas de largas horas de trabajo.
Pululan las verdades a medias en el discurso-promesa de modernización, más empleos y atracción de inversiones, así, se impulsa una reforma que permitiría jornadas extenuantes de trabajo de hasta 12 horas diarias por cuatro días seguidos, sin considerar el impacto social y humano que esta medida conlleva.
Esta medida no solo vulnera los derechos conquistados con esfuerzo histórico, sino que además amenaza la salud, el tiempo libre y los vínculos familiares y sociales de miles de personas trabajadoras.
Vamos por partes:
¿Qué implica trabajar 12 horas al día? Salud en riesgo
Mientras otros países avanzan hacia jornadas de 32 o 40 horas semanales buscando equilibrio, bienestar y jornadas más humanas, en Costa Rica algunos sectores desean girar en sentido contrario. Diversos estudios en salud ocupacional y psicología del trabajo (entre ellos de la OMS y OIT) han demostrado que jornadas prolongadas tienen efectos perjudiciales en la salud física, mental y emocional. Entre las consecuencias más documentadas se encuentran:
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Fatiga crónica y agotamiento físico, afectando la salud personal física y mental.
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Incremento del riesgo de accidentes laborales, especialmente en sectores industriales, poniendo en peligro la seguridad personal y colectiva.
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Deterioro en la salud mental, con mayor incidencia de ansiedad, depresión y trastornos del sueño.
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Desintegración de la vida familiar y social, al reducirse significativamente el tiempo para compartir en familia, para el cuidado personal, la recreación, o la crianza.
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Mayor propensión a enfermedades cardiovasculares, diabetes y otras enfermedades crónicas asociadas al estrés.
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El derecho al descanso efectivo diario y a la conciliación entre la vida laboral y personal queda gravemente lesionado con este modelo.
Los anteriores efectos nocivos, no se limitan a las y los trabajadores, sino que, son extensivos a otras personas que configuran sus hogares.
Estamos hablando nada menos que, de la salud en riesgo. Al respecto Vladimir de la Cruz en su artículo “La jornada de trabajo de 4-3 no responde a la realidad nacional” Nos recuerda que la calidad del trabajo de una persona trabajadora está directamente proporcional con la calidad de vida de esa o ese trabajador. Y cita la propuesta de Roberto Owen 1817, de la jornada de 8 horas para el trabajo, 8 para la recreación y 8 para el descanso.
Ya desde el año 2021 la OMS y la OIT alertaron que las jornadas de trabajo prolongadas aumentan las defunciones por cardiopatía isquémica o por accidentes cerebrovasculares; anunciando peligros para la salud de quienes trabajen en estas condiciones. En este sentido vale rememorar que la importancia de los convenios de trabajo es que tienen como objetivo preservar la salud integral de las personas. Y, como apunta Paula Calderón Devandas: numerosos instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos y convenios de la Organización Internacional del Trabajo consagran el derecho a disfrutar del tiempo libre en los siguientes casos: a) en el descanso diario y semanal luego de la jornada laboral, b) en el descanso anual a través de vacaciones pagadas y c) en el descanso esporádico de los días feriados.
¿Una jornada voluntaria? ¿Qué tan voluntario es algo cuando la necesidad obliga?
Y aunque se insiste en que será una jornada “voluntaria”, que solo aplicará a ciertos sectores, en un país con altos niveles de desempleo y desigualdad, sabemos que la necesidad obliga a las personas con necesidad aceptar lo que sea.
Personas con compromisos económicos, que laboran con temor constante de perder su trabajo, no pueden negociar en igualdad de condiciones con aquellas personas que son sus empleadoras, porque media una relación de poder desigual. ¿Quién fiscalizará esa voluntariedad? Sin fiscalización, no hay garantía.
En palabras de Patricia Mora “La flexibilización de las jornadas laborales violenta el principio protector del derecho laboral. El proyecto fortalece la potestad unilateral, incurriendo en una variación abusiva de las condiciones de trabajo donde la persona trabajadora tendrá muy pocas posibilidades reales de negociación”.
Resulta falso entonces, que No es una imposición y que se trata de una jornada voluntaria que queda a juicio de la persona contratada. Esta persona trabajadora solo podrá elegir entre las condiciones precarizadas o quedar desempleada. Sobre todo, tomando en cuenta que, en muchos de estos lugares, se trabaja en estos horarios sin contratos. Donde son comunes las frases “esto es lo que hay ¿le sirve o no?” o “si a usted no le sirve este horario alguien lo querrá” o “si no le gusta puede renunciar”.
Resulta igualmente absurdo que los patronos presenten su propio estudio técnico que justifique aplicar jornada laboral de 12 horas, cuando precisamente esta propuesta de 4×3, está pensada para que las empresas no tengan que pagar jornada extraordinaria y al no pagar horas extras, aumenten sus ganancias económicas en detrimento del bienestar de los y las trabajadoras.
Mientras, para quienes sostienen la economía con su trabajo cotidiano, no habrá plata que alcance. Pues muchas familias en Costa Rica dependen del pago de las horas extras para subsistir, sobre todo cuando el costo de la vida y los alquileres cada día son más altos. Aprobar este proyecto de ley, significaría que ya no contarían con esa entrada, pero, además, significa también disminuir la posibilidad de conseguir empleos de calidad. Así que claramente, en la práctica, la voluntariedad es relativa cuando las opciones de empleo son escasas y las condiciones económicas son adversas.
¿Quiénes pagan el precio de esta reforma?
La realidad en países donde se han implementado fórmulas similares demuestra que las condiciones laborales tienden a precarizarse, especialmente para:
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Personas jóvenes o sin experiencia, con bajo poder de negociación, terminan aceptando condiciones desfavorables con tal de estar empleadas. Recordemos que Costa Rica es en este momento el segundo país con mayor población joven desempleada en la región.
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Padres y madres en condición de vulnerabilidad social y económica. Quienes no tienen acceso a servicios privados de cuido, tendrán menos tiempo disponible para cuidado familiar, y apoyo de hijos e hijas en los estudios. Además de menos ingresos por el no pago de horas extras.
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Sectores subcontratados o tercerizados, donde la supervisión estatal es más débil.
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Personas con discapacidad que requieren más pausas, adaptaciones y condiciones de trabajo accesibles, lo que es incompatible con el desgaste de estos horarios extensos. Este tipo de jornadas puede volverse un criterio de exclusión encubierto a quienes más necesitan inclusión y ajustes razonables para ejercer su derecho al trabajo.
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Mujeres trabajadoras, muchas de las cuales tienen dobles jornadas (la mayoría no remuneradas) por las labores de cuido.
Las mujeres serán las más afectadas con esta nueva modalidad
Las personas más afectadas serán las mujeres, las jefas de hogar, las que perciben bajos ingresos… las que además de trabajar tienen que cuidar. Estas mujeres tendrían que incurrir en el pago extra de cuido privado de sus hijos e hijas, ante una Red de Cuido colapsada, con menos presupuesto asignado en este gobierno y con falta de planes de contingencia para este cometido. Pagarían también extra en transporte dependiendo de los nuevos horarios laborales, pues nuestro sistema de transporte público no funciona las 24 horas y según la hora la frecuencia de los buses disminuye.
Una jornada diaria para estas mujeres de 12 horas según Chacón Roldan, sería así, más o menos: 2 Horas de traslado, 12 Horas de trabajo, 1 Hora de descanso y comidas, 5 horas de trabajo doméstico, (hasta aquí un total de 20 horas), y 4 horas de sueño.
Así las cosas, el primer “ día libre”, será para caer desplomada y recuperar las 16 horas de sueño atrasado, el segundo día, tratar de ponerse al día con tareas rezagadas y tercer día adelantar labores, tratar de compartir con la familia (esperando coincidir en horario en algún momento) y, para deprimirse porque comienza de nuevo la misma jornada extenuante.
Montserrat Sagot afirma que “Este proyecto de jornada extendida es incompatible con las responsabilidades socialmente asignadas a las mujeres” y al decir de Peggy Chamorro: “Nos la venden como una ilusión de tiempo y descanso. Juegan con nuestros anhelos, claro está. Pero es el permiso legal de explotar aún más la fuerza de trabajo, pagar menos por más, un banquete para los empresarios…Para las mujeres es llevar al límite el extractivismo de trabajo sobre nuestros cuerpos”.
Y ante este panorama que pone en riesgo salud tanto como derechos constitucionales y laborales, muchas mujeres se verán en la disyuntiva de tener que elegir, y esto puede significar una sustitución del empleo femenino por el masculino, agravando y perpetuando la desigualdad de género.
El trabajo es un derecho humano y no una “ganga u oportunidad”
El trabajo es un derecho humano fundamental, esencial para la realización de otros derechos y para poder vivir con dignidad. Implica el derecho a un trabajo libremente elegido o aceptado, en condiciones equitativas y satisfactorias.
En este marco, las horas extras deben ser reconocidas y pagadas a las personas trabajadoras, a modo de justo derecho y como el fruto de las décadas de luchas obreras desde antes de 1920, por una jornada de ocho horas diarias.
“Internacionalmente se ha venido cambiando la jornada de 48 horas semanales a una jornada de 40 horas semanales. Actualmente hay países europeos que tienen jornadas de trabajo semanal menores a las 40 horas, las tienen de 35 y 36 horas semanales, con mucho éxito productivo. Justamente los países que han reducido su jornada han mostrado que es más eficiente para el proceso productivo y para la generación de riqueza social, y para la salud de los trabajadores”. Vladimir de la Cruz
Claramente entendemos que esta propuesta (4X3) no resguarda los derechos de las personas trabajadoras, sino que los vulnera. Una jornada de 12 horas es una jornada cansada, que genera malestar físico y psíquico, desconectando a las personas de su mundo social, aislándolas también de sus familias debido a los horarios inversos. Cierra la posibilidad a las personas trabajadoras de concebir otra actividad económica y se constituye en un obstáculo para estudiar o aspirar al disfrute y superación en otras áreas de la vida.
Sus fans pregonan como una verdad que esta jornada generará más empleos, pero lo cierto es que, desde ya, en grandes empresas donde se laboran 3 turnos; se está pensando tener 2 jornadas de 12 horas, y eliminar la planilla de toda una jornada, así que no favorece el trabajo sino el desempleo, ahorrándose el seguro y las responsabilidades patronales y no pagando horas extras en adelante. Este modelo no es una mejora, es una trampa que afectaría directamente la salud e ingresos de miles de trabajadoras y trabajadores. ”¿Cuál será el beneficio económico para las personas que hipotequen su salud por necesidad? ¿podrán recobrarla, cuándo, cómo, a qué costo? ¿Desean las personas tener jornadas más largas por menos pago?
De una sabia amiga, escuché que para dar con la verdad se debe “Seguir el rastro del dinero ¿Quiénes son aquellos que se van a beneficiar económicamente con esta jornada 4×3? ¿Quiénes se favorecen en sus finanzas al aumentar la productividad a un menor costo, aunque esto represente pérdida de bienestar humano?
Queremos y podemos construir un modelo de desarrollo que respete los derechos alcanzados, ponga en el centro a las personas, promoviendo el bienestar colectivo por encima del lucro empresarial… porque la protección y cumplimiento efectivo del derecho al trabajo contribuye a la construcción de sociedades más justas, equitativas y prósperas.
Referencias
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Organización Internacional del Trabajo (OIT). (2023). Tiempo de trabajo y equilibrio entre vida laboral y personal. https://www.ilo.org/publications/working-time-and-work-life-balance-around-world
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Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). (2021). El derecho humano al trabajo. https://acnudh.org/wp-content/uploads/2021/11/24-El-derecho-humano-al-trabajo.pdf
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Foro Universidad de Costa Rica. (2022, junio 2). Proyecto de Ley (21182) sobre Jornadas de 12 horas [Video]. Facebook. https://www.facebook.com/escuelade.psicologiaucr/videos/706634813974329
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Angulo Brenes, S. (2022, junio 2). Jornada de 12 horas (4×3 o excepcionales) [Ponencia]. Escuela de Trabajo Social, Universidad de Costa Rica. https://www.facebook.com/escuelade.psicologiaucr/videos/706634813974329
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Organización Mundial de la Salud (OMS) & Organización Internacional del Trabajo (OIT). (2021, mayo 17). La OMS y la OIT alertan de que las jornadas de trabajo prolongadas aumentan las defunciones por cardiopatía isquémica o por accidentes cerebrovasculares. https://www.who.int/es/news/item/17-05-2021-long-working-hours-increasing-deaths-from-heart-disease-and-stroke-who-ilo
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La República. (2023). La jornada de trabajo de 4-3 no responde a la realidad nacional. https://www.larepublica.net/noticia/la-jornada-de-trabajo-de-4-3-no-responde-a-la-realidad-nacional
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Calderón Devandas, P. (2017). La flexibilidad laboral y su repercusión en el derecho al descanso de las personas trabajadoras del sector privado costarricense [Tesis de licenciatura]. Instituto de Investigaciones Jurídicas, UCR. https://iij.ucr.ac.cr/wp-content/uploads/bsk-pdf-manager/2017/07/LA-FLEXIBILIDAD-LABORAL-Y-SU-REPERCUSION-EN-EL-DERECHO-AL-DESCANSO-DE-LAS-PERSONAS-TRABAJADORAS-DEL-SECTOR-PRIVADO-COSTARRICENSE.pdf
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Hernández, M. (2023, abril 25). Panegírico del Presidente de la República y su leal escudera acerca de la voluntariedad de la jornada 4×12 y anualizada. Semanario Universidad. https://semanariouniversidad.com/opinion/panegirico-del-presidente-de-la-republica-y-su-leal-escudera-acerca-de-la-voluntariedad-de-la-jornada-4×12-y-anualizada/
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La Teja. (2024, abril 15). Jornadas 4×3: Experta en seguridad laboral desarmó el proyecto en solo 10 minutos. https://www.lateja.cr/nacional/jornadas-4×3-experta-en-seguridad-laboral-desarmo/ZGZXULUHABGMVGAPBFFYCZQFVE/story/
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Castro Tanzi, A. (2025, junio). Ley voluntaria. Delfino.cr. https://delfino.cr/2025/06/jornada-4×3-me-gusta-no-me-gusta
*Sharo Rosales Arce. Comunicadora, Gestora en desarrollo organizacional, investigadora y Consultora de Género.
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