Los responsables de la catástrofe política que estamos padeciendo son quienes firman un comunicado en contra de la arriesgada afirmación que realizara el actual “mandatario”: hemos vivido la “dictadura perfecta”. Me refiero a los expresidentes vivos. Algunos de ellos ya habían intentado algo semejante. Oscar Arias, por ejemplo, señaló, años atrás, que la fórmula era una “dictadura en democracia”. Y lo ejemplificó: se reeligió en contra de la Constitución Política y comandó la aprobación de un tratado de “libre” comercio por medio de un referéndum fraudulento.
Así las cosas, debemos aceptar que quien desgobierna este país lleva bastante de razón. La oligarquía costarricense ha construido un sistema a su medida, especialmente en términos electorales –sistema bipartidista hasta que se les agotó la credibilidad y hubieron de improvisar con el PAC– y de dominio ideológico a través del sistema educativo, de los consorcios comunicativos –“prensa canalla”– y de las redes sociales. Ello les ha permitido –es sólo un ejemplo entre muchos– la elección del presidente actual apostando por “el menos malo”. El miedo ha sido clave para ese rejuego electorero; así eligieron a los dos presidentes del PAC, previo diseño del espantajo fundamentalista o ideológico. Claro que el actual desgobernante pregona y aspira a la dictadura total.
Pero fueron el PLUSCPAC y sus turecas electoreras –liberticidas y neo pentecostales, entre otros– quienes provocaron y prepararon la llegada del fenómeno de derecha incrustado en Zapote. La guerra que hoy se libra es entre grupos de poder de la misma oligarquía –“tradicionales” versus “nuevos ricos”, alineados cual mafias-– en procura de la mejor porción del pastel privatizador y de la apertura en dictadura para los buenos negocios. El pueblo llano no cuenta para nada en esa cruenta batalla. Al contrario, lo está perdiendo todo con el desmantelamiento del Estado Social de Derecho, sin saberlo. Lo peor y doloroso: apoyando y aplaudiendo ese desmantelamiento.
De modo tal que estamos en una encrucijada –neoliberal–, la peor de nuestra historia reciente; atrapados sin salida puesto que no hay oposición ni se vislumbra, en el oscuro horizonte, opción política alguna. La crisis de los partidos y del movimiento social es tan profunda que produce más que desasosiego. Si se agrega la ilegal criminalización de la protesta social –aprobada en el segundo gobierno del PAC y apoyada por casi todos los partidos– más la represión simbólica en todos los estratos de la vida pública, el panorama se torna más gris todavía.
El mayor peligro reside en una masa desintoxicada que se cree y hace suyas todas las falacias del neo dictadorzuelo y sus cajas de resonancia, incluidas las dañinas e impunes granjas de troles o los nuevos “medios de comunicación” que, día con día, desinforman y producen falsas noticias a favor del régimen al mejor estilo OTAN, Trump, Bukele o Milei. He allí la nebulosa base social para asestar el golpe final al Estado Social de Derecho y su institucionalidad, ya maltrecho de por sí.
Lo que costó un largo proceso histórico durante el siglo XX, mismo que desembocara en una cruenta guerra civil (1948), para forjar un nuevo contrato social, hoy se deshace en el aire despedazado por un grupo de empresarios angurrientos y la insaciable presencia del capital transnacional. El discurso totalitario cala en los sectores sociales burlados por la propia contrarreforma neoliberal iniciada por el PLUSCPAC en los años ochenta del siglo pasado.
El trapito de dominguear de la oligarquía y del imperio usamericano –“la centenaria democracia sin ejército”, “la suiza centroamericana”, “el país más feliz del mundo”– se ensucia y se hunde en sus propias arenas movedizas, agenciado con brutalidad por los nuevos actores de las espurias finanzas y del poder local. Requiescat in pace.
En el análisis comunista clásico, sobre la base del Manifiesto Comunista, publicado en 1848, la sociedad contemporánea es el resultado de una evolución histórica, generada por un proceso de lucha de clases fundamentales, cuyo resultado hizo sistemas políticos caracterizados por el dominio de una de esas clases sobre la otra. Así se dieron el sistema esclavista, donde las clases fundamentales eran los esclavistas y los esclavos, el sistema feudal, donde las clases fundamentales eran la de los señores feudales y los campesinos, bajo la forma de siervos y vasallos, a su servicio, y el sistema capitalista, cuyas clases fundamentales son la burguesía y el proletariado, la clase obrera.
Federico Engels, corredactor del Manifiesto decía que la idea central, que inspira todo el Manifiesto, es que el régimen económico de la producción y la estructuración social que de él se deriva necesariamente en cada época histórica constituye la base sobre la cual se asienta la historia política e intelectual de esa época, y que, por tanto, toda la historia de la sociedad -una vez disuelto el primitivo régimen de comunidad del suelo- es una historia de luchas de clases, de luchas entre clases explotadoras y explotadas, dominantes y dominadas, a tono con las diferentes fases del proceso social, hasta llegar a la fase presente, en que la clase explotada y oprimida -el proletariado- no puede ya emanciparse de la clase que la explota y la oprime -de la burguesía- sin emancipar para siempre a la sociedad entera de la opresión, la explotación y las luchas de clases; esta idea cardinal fue fruto personal y exclusivo de Marx.
Engels en las ediciones del Manifiesto hasta su muerte, a finales del siglo XIX, valoró el desarrollo del capitalismo en esa segunda mitad de esa centuria, sin alterar el contenido de lo dicho en 1848. Según él, el asalto al poder por la clase obrera señaló que La Comuna de París había demostrado, principalmente, que “la clase obrera no puede limitarse a tomar posesión de la máquina del Estado en bloque, poniéndola en marcha para sus propios fines”.
El Manifiesto Comunista se proponía por misión proclamar la desaparición inminente e inevitable de la propiedad burguesa en su estado actual. No se analizó en el Manifiesto la situación de Rusia y Estados Unidos en ese siglo. En Rusia, decía Engels, coincidiendo con el orden capitalista en febril desarrollo y la propiedad burguesa del suelo que empezaba a formarse, más de la mitad de la tierra era propiedad común de los campesinos. La liberación del campesinado por el Zar no resolvió el problema por las cargas tributarias que les impuso, que los llevó a mantenerse bajo el sometimiento que tenía, que les era más beneficioso. En los días de la Revolución, en octubre de 1917, Lenin, entendiendo esta situación planteó como uno de sus tres primeros decretos, el de la Tierra, para asegurar como aliado al campesinado.
El Manifiesto Comunista en su momento, 1847, no se llamó Manifiesto Socialista, como bien decía Engels, porque el concepto de “socialista” abarcaba dos categorías de personas. Unas, las que abrazaban diversos sistemas utópicos, y entre ellas destacaban los owenistas en Inglaterra, y en Francia los fourieristas, que poco a poco habían ido quedando reducidos a dos sectas agonizantes. En la otra, los charlatanes sociales de toda laya, que aspiraban a remediar las injusticias de la sociedad con sus potingues mágicos y con toda serie de remiendos, sin tocar en lo más mínimo, al capital ni a la ganancia. Frente a esto había gentes ajenas al movimiento obrero, que iban a buscar apoyo para sus teorías a las clases “cultas”, y el sector obrero que, convencido de la insuficiencia y superficialidad de las meras conmociones políticas, reclamaba una radical transformación de la sociedad, que se apellidaba comunista.
Para Marx y Engels, la revolución era en todas partes obra de las clases trabajadoras: fueron los obreros quienes levantaron las barricadas y dieron sus vidas luchando por la causa, aunque solamente los obreros de París, después de derribar el Gobierno, tenían la firme y decidida intención de derribar con él a todo el régimen burgués.
En esta línea de pensamiento, la burguesía existe revolucionando incesantemente los instrumentos de la producción, que tanto vale decir el sistema todo de la producción, y con él todo el régimen social. La época de la burguesía, decía Engels, se caracteriza y distingue de todas las demás por el constante y agitado desplazamiento de la producción, por la conmoción ininterrumpida de todas las relaciones sociales, por una inquietud y una dinámica incesantes. “Todo lo que se creía permanente y perenne se esfuma, lo santo es profanado, y, al fin, el hombre se ve constreñido, por la fuerza de las cosas, a contemplar con mirada fría su vida y sus relaciones con los demás.”
En 1848 Marx y Engels afirmaron que “la necesidad de encontrar mercados espolea a la burguesía de una punta a otra del planeta. Por todas partes anida, en todas partes construye, por doquier establece relaciones. La burguesía, al explotar el mercado mundial, da a la producción y al consumo de todos los países un sello cosmopolita. Entre los lamentos de los reaccionarios destruye los cimientos nacionales de la industria. Las viejas industrias nacionales se vienen a tierra, arrolladas por otras nuevas, cuya instauración es problema vital para todas las naciones civilizadas; por industrias que ya no transforman como antes las materias primas del país, sino las traídas de los climas más lejanos y cuyos productos encuentran salida no sólo dentro de las fronteras, sino en todas las partes del mundo. Brotan necesidades nuevas que ya no bastan a satisfacer, como en otro tiempo, los frutos del país, sino que reclaman para su satisfacción los productos de tierras remotas. Ya no reina aquel mercado local y nacional que se bastaba así mismo y donde no entraba nada de fuera; ahora, la red del comercio es universal y en ella entran, unidas por vínculos de interdependencia, todas las naciones. Y lo que acontece con la producción material, acontece también con la del espíritu.”
Continúa el Manifiesto: “La burguesía obliga a todas las naciones a abrazar el régimen de producción de la burguesía o perecer; las obliga a implantar en su propio seno la llamada civilización, es decir, a hacerse burguesas. Crea un mundo hecho a su imagen y semejanza. La burguesía somete el campo al imperio de la ciudad. Crea ciudades enormes, intensifica la población urbana en una fuerte proporción respecto a la campesina y arranca a una parte considerable de la gente del campo al cretinismo de la vida rural. Y del mismo modo que somete el campo a la ciudad, somete los pueblos bárbaros y semibárbaros a las naciones civilizadas, los pueblos campesinos a los pueblos burgueses, el Oriente al Occidente. La burguesía va aglutinando cada vez más los medios de producción, la propiedad y los habitantes del país. Aglomera la población, centraliza los medios de producción y concentra en manos de unos cuantos la propiedad. Este proceso tenía que conducir, por fuerza lógica, a un régimen de centralización política. Territorios antes independientes, apenas aliados, con intereses distintos, distintas leyes, gobiernos autónomos y líneas aduaneras propias, se asocian y refunden en una nación única, bajo un Gobierno, una ley, un interés nacional de clase y una sola línea aduanera.”
Seguía el Manifiesto: “Vino a ocupar su puesto la libre concurrencia, con la constitución política y social a ella adecuada, en la que se revelaba ya la hegemonía económica y política de la clase burguesa. Pues bien: ante nuestros ojos se desarrolla hoy un espectáculo semejante. Las condiciones de producción y de cambio de la burguesía, el régimen burgués de la propiedad, la moderna sociedad burguesa, que ha sabido hacer brotar como por encanto tan fabulosos medios de producción y de transporte, recuerda al brujo impotente para dominar los espíritus subterráneos que conjuró.”
En esta dimensión analizan Marx y Engels que “la historia de la industria y del comercio es la historia de las modernas fuerzas productivas que se rebelan contra el régimen vigente de producción, contra el régimen de la propiedad, donde residen las condiciones de vida y de predominio político de la burguesía, con crisis periódicas de producción y comerciales, que ponen en peligro a la misma sociedad… Basta mencionar las crisis comerciales, cuya periódica reiteración supone un peligro cada vez mayor para la existencia de la sociedad burguesa toda. Las crisis comerciales, además de destruir una gran parte de los productos elaborados, aniquilan una parte considerable de las fuerzas productivas existentes. En esas crisis se desata una epidemia social que a cualquiera de las épocas anteriores hubiera parecido absurda e inconcebible: la epidemia de la superproducción.”
Agregaba El Manifiesto, “el trabajador se convierte en un simple resorte de la máquina, del que sólo se exige una operación mecánica, monótona, de fácil aprendizaje. Por eso, los gastos que supone un obrero se reducen, sobre poco más o menos, al mínimo de lo que necesita para vivir y para perpetuar su raza. Y ya se sabe que el precio de una mercancía, y como una de tantas el trabajo, equivale a su coste de producción. Cuanto más repelente es el trabajo, tanto más disminuye el salario pagado al obrero. Más aún: cuanto más aumentan la maquinaria y la división del trabajo, tanto más aumenta también éste, bien porque se alargue la jornada, bien porque se intensifique el rendimiento exigido, se acelere la marcha de las máquinas, etc.”
Señalaba El Manifiesto: “Todas las clases que le precedieron y conquistaron el Poder procuraron consolidar las posiciones adquiridas sometiendo a la sociedad entera a su régimen de adquisición. Los proletarios sólo pueden conquistar para sí las fuerzas sociales de la producción aboliendo el régimen adquisitivo a que se hallan sujetos, y con él todo el régimen de apropiación de la sociedad. Los proletarios no tienen nada propio que asegurar, sino destruir todos los aseguramientos y seguridades privadas de los demás.
Hasta ahora, todos los movimientos sociales habían sido movimientos desatados por una minoría o en interés de una minoría. El movimiento proletario es el movimiento autónomo de una inmensa mayoría en interés de una mayoría inmensa. El proletariado, la capa más baja y oprimida de la sociedad actual, no puede levantarse, incorporarse, sin hacer saltar, hecho añicos desde los cimientos hasta el remate, todo ese edificio que forma la sociedad oficial. Por su forma, aunque no por su contenido, la campaña del proletariado contra la burguesía empieza siendo nacional. Es lógico que el proletariado de cada país ajuste ante todo las cuentas con su propia burguesía… en que esta guerra civil desencadena una revolución abierta y franca, y el proletariado, derrocando por la violencia a la burguesía, echa las bases de su poder”.
Concluyen en el Manifiesto que “hasta hoy, toda sociedad descansó, como hemos visto, en el antagonismo entre las clases oprimidas y las opresoras. Mas para poder oprimir a una clase es menester asegurarle, por lo menos, las condiciones indispensables de vida, pues de otro modo se extinguiría, y con ella su esclavizamiento. El siervo de la gleba se vio exaltado a miembro del municipio sin salir de la servidumbre, como el villano convertido en burgués bajo el yugo del absolutismo feudal. La situación del obrero moderno es muy distinta, pues lejos de mejorar conforme progresa la industria, decae y empeora por debajo del nivel de su propia clase. El obrero se depaupera, y el pauperismo se desarrolla en proporciones mucho mayores que la población y la riqueza. He ahí una prueba palmaria de la incapacidad de la burguesía para seguir gobernando la sociedad e imponiendo a ésta por norma las condiciones de su vida como clase. Es incapaz de gobernar, porque es incapaz de garantizar a sus esclavos la existencia ni aun dentro de su esclavitud, porque se ve forzada a dejarlos llegar hasta una situación de desamparo en que no tiene más remedio que mantenerles, cuando son ellos quienes debieran mantenerla a ella. La sociedad no puede seguir viviendo bajo el imperio de esa clase; la vida de la burguesía se ha hecho incompatible con la sociedad. La existencia y el predominio de la clase burguesa tienen por condición esencial la concentración de la riqueza en manos de unos cuantos individuos, la formación e incremento constante del capital; y éste, a su vez, no puede existir sin el trabajo asalariado.”
El discurso del Presidente Rodrigo Chaves, denunciando que todos los gobiernos y partidos políticos que ejercieron el poder constituyeron una “dictadura perfecta”, una dictadura de quienes ejercieron el poder y el gobierno desde el Poder Ejecutivo, y sus instituciones, la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones, desde donde organizaron el asalto a las finanzas públicas, al erario nacional, donde establecieron la corrupción, y mecanismo que montaron con inteligencia para gobernar para ellos, solo para ellos, haciéndole creer a la gente, a los electores y ciudadanos que gobernaban en su nombre y por ellos. Dijo el presidente Chaves que aprovechando esas circunstancias y poder nombraron magistrados y otros puestos, “haciendo los mismos cambalaches”.
El presidente Chaves desnudó la naturaleza política del régimen democrático burgués oligárquico que existe en Costa Rica. El presidente no dijo que la democracia nacional fuera imperfecta, dijo que era la dictadura perfecta de los grupos que la habían controlado desde el poder, desde el gobierno, desde las instituciones públicas. El presidente Chaves no negó el origen democrático de los gobiernos, tan solo señaló que aprovechándose de mecanismos democráticos los que llegaron a gobernar lo hicieron imponiéndose como dictadores sobre el pueblo, en su nombre como si los representaran cuando solo estaban en el poder para representar sus propios intereses y riquezas. Chaves no violentó el equilibrio de poderes, tan solo señaló en su análisis que esos poderes públicos estaban interconectados en y dominio por quienes ejercían el control político con capacidad de nombramientos de los integrantes de esos otros poderes o instancias públicas. De allí concluyó que los gobiernos de los partidos Unidad, Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana, que son los que han ejercido el gobierno constituyeron el engranaje de la dictadura institucional perfecta. En este sentido, por su orden en el ejercicio de la Presidencia desde 1948, José Figueres, Otilio Ulate, José Figueres, Mario Echandi, Francisco Orlich, José Joaquín Trejos Fernández, José Figueres, Daniel Oduber, Rodrigo Carazo, Luis Alberto Monge, Oscar Arias, Rafael Ángel Calderón Fournier, José María Figueres, Miguel Ángel Rodríguez, Abel Pacheco, Oscar Arias, Laura Chinchilla, Luis Guillermo Solís y Carlos Alvarado, son según el presidente Rodrigo Chaves, los dictadores de esa “dictadura perfecta”, que ha tenido Costa Rica.
El presidente Chaves no se considera en esa línea sucesoria de dictadores, por cuanto es el que denuncia la naturaleza dictatorial y tiránica de sus anteriores gobernantes, y porque se siente el tarzán de esa jungla, con su jaguar al lado, en capacidad de acabar con esa urdimbre dictatorial.
Lo que el presidente Chaves ha dejado claro con su ataque, a los que él considera dictadores del pasado inmediato costarricense, es que él está en contra de esos gobiernos, de esos partidos que gobernaron, de las formas como esos presidentes y gobernantes lo hicieron porque él representa otra forma de gobernar, que supuestamente esos dictadores con sus ramificaciones en el Estado, no lo dejan gobernar y, porque él quiere imponerse como un nuevo prototipo de dictador gobernante.
Chaves siente que él representa un nuevo grupo político, económico, empresarial financiero, como efectivamente lo es, que quiere asirse con el poder en todos los mandos, para gobernar a su antojo, sin controles, de forma gerencialmente autoritaria, en nombre de los jaguares que le acompañan como masa acrítica, analfabeta políticamente, que consideran que con él, con Chaves, nada tienen que perder y con más posibilidades de ganar, porque el presidente Chaves les vende humo, confianza y fe de que todo lo que hace es por la gente del Purral…y por los jóvenes ninis, que ni trabajan ni estudian, que están siendo reclutados para las luchas entre las organizaciones criminales…
Chaves no convoca al proletariado ni a la clase trabajadora a su favor en esta lucha contra los gobernantes y partidos de la dictadura perfecta. Habla y expresa la lucha que existe entre sectores oligárquicos y de poder del pasado con nuevos sectores oligárquicos que quieren adueñarse del poder en esta época, en este momento. Su lucha de clases es una lucha en el interior de los grupos oligárquico burgueses nacionales. Su enfoque teórico comunista, que le sirve para ese ataque, es ese.
Lo que no se están dando cuenta, quienes así piensan, es que si esa población pobre, movilizada en buses, con comida y cierta paga básica, para acompañar las giras presidenciales, y esos jóvenes llegasen a tener conciencia de su propia situación, y de quienes los tienen allí, y así, en esa condición de pobreza y miseria, bien podrían usar esas armas contra sus explotadores sociales, económicos y políticos… Así es la Historia.
El discurso en su forma comunista, de lucha intra oligárquica puede escapársele de la boca y de las manos al presidente Chaves. Él forma parte de todo lo que dice criticar.
Llevaron “el jaguar” a la Asamblea Legislativa, como amenaza para los que Chaves considera sus enemigos, personales y políticos. “¡Si no me lo tratan bien, van a verlo actuar a lo largo y ancho del país!”, fue su sonoro mensaje, acompañado de una cimarrona.
Pero resulta, como dicen los jóvenes, que el animal “entró quedando”, pues inmediatamente se sintió desorientado, ya que “la fiera” no tenía por qué conocer, la legislación que se iría a encontrar, aunque sus domadores le habían pintado un panorama límpido y agradable.
Y es que, no podría ser de otra manera, ya que, en la Ley del Referéndum, sobre el trámite del convocado por el Poder Ejecutivo, en forma conjunta con la Asamblea Legislativa, NO hay determinación alguna que permita interpretar, que la «ley jaguar«, conformada por cuatro proyectos de ley, pudiese tramitarse en forma diferente a otros proyectos de ley similares.
En el caso del referéndum legislativo, dice dicha Ley, que su trámite se hará «por los procedimientos reglamentarios al efecto«. Por otro lado, para el referéndum del Poder Ejecutivo, que busca al Poder Legislativo como socio, luego de entregada la propuesta, la misma Ley, remite a lo señalado para el referéndum legislativo, al indicarse que «seguirá el trámite previsto en el artículo anterior«.
¿Y cuáles serán esos «procedimientos reglamentarios«?, preguntamos, y de una vez respondemos: pues los únicos que existen, los usuales, no cabe inventar nada, donde la legislación positiva, no otorga ese espacio.
Al revisar el Reglamento de la Asamblea Legislativa, vemos que el presidente tiene el mandato de «Asignar a las comisiones los proyectos presentados a la Asamblea Legislativa, con estricto apego a la especialidad de la materia y según las funciones y atribuciones señaladas para cada una de ellas«. Mandato que no hace diferenciación alguna, de si se trata de un proyecto de ley, llamémoslo como los que se tramitan cotidianamente, o uno que se espera sea convocado a referéndum, conjuntamente por los poderes Ejecutivo y Legislativo. Asimismo, como debe ser, no se habla de un plazo perentorio alguno.
Para los referéndums, recordemos que lo único que está normado, es lo referente a proyectos de ley que impliquen reformas a la Constitución. Para estos, el proyecto de que se trate ha de haber sido aprobado por mayoría calificada, en una legislatura, como requisito a ser luego sometido a referéndum. Es, aquí todavía más claro, que antes habría de haber sido sometido a «los procedimientos reglamentarios al efecto«. Jamás podría pensarse que, un proyecto de ley de reforma constitucional, con semejante trascendencia, no fuere antes tramitado en la respectiva comisión, analizado a profundidad, consultado, ampliamente divulgado, etcétera, para eventualmente ser dictaminado. Aun así, nuestra carta magna, ha sido reformada en 64 ocasiones, hasta la fecha, prueba de que no es cierto que no se pudiere modificar.
El hecho de que la llamada «ley jaguar», sea en realidad, la reunión de cuatro proyectos de ley (que modificarían igual número de leyes), complica, todavía más, el asunto. Y es así, porque, al estudiar la normativa que crea y regula el referéndum, es claro que el legislador pensó en un proyecto, y no en dos, cuatro o 14. Por ello, el trámite en comisión legislativa ha de ser tal, que, los señores diputados tendrían que tramitar, individualmente, cada uno de los proyectos, con su correspondiente número de expediente, pues sería imposible, conocerlos cual si fuere uno solo. Esto significa, que se deberán remitir al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, así como hacer las consultas de rigor (al Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional), para cada uno de ellos. Lo mismo, a la hora de solicitar los criterios correspondientes, también para cada uno. Imposible hacerlo de otra manera, aunque el pobre “jaguar”, se vaya a sentir más incómodo, que en el clausurado zoológico del Parque Bolívar.
Sin embargo, la que podríamos considerar una «ventaja», a favor del Congreso, para salir del problema que podría crearle la solicitud de referéndum nacida en Zapote, es el factor tiempo. ¡Veamos!
Como sendas solicitudes del referéndum por iniciativa ciudadana, también para la «ley jaguar«, fueron presentadas el pasado 5 de junio, el TSE, como un solo trámite, tomó un acuerdo preliminar, solicitando al Departamento de Servicios Técnicos, elaborar el informe correspondiente. Labor que los juristas del Congreso harán, luego de recibidas las respuestas a las consultas de rigor, donde, presumimos, estaría incluida la Sala Constitucional, fundamentalmente.
Podría ser, pues, que para cuando la Asamblea Legislativa inicie el trámite que le ha solicitado Chaves, para su extraño referéndum, para entonces quizá ya se habrá avanzado en el trámite para el referéndum de las más de 177.000 firmas, el de iniciativa ciudadana, solicitado por el ciudadano esposo de la diputada Cisneros, y, cosa extraña, por el ciudadano que estuvo asilado en Nicaragua, bajo “la protección” del dictador Ortega, por haber alegado que su vida corría peligro en nuestro país, al haberse puesto del lado de los nicas, en relación con la (fallida) construcción estratégica, de la ruta 1856, que habría corrido paralela a parte del río San Juan, cuando padecimos la invasión del ejército “sandinista” a isla Portillo.
Lo mejor que podría suceder, sería que, antes de que se abriera un debate inútil en la Asamblea Legislativa, se pudiesen tener a mano, algunos elementos objetivos, que, muy posiblemente, facilitarán lo que se vaya a resolver. Aunque muchos pensamos que al menos dos de los proyectos de ley, incluidos en la “ley jaguar”, serían inconstitucionales, solo la Sala IV podría determinarlo así.
Igualmente, en vista de que existe jurisprudencia en el TSE, en el sentido de que la forma empleada por los proponentes del referéndum, que incluye varios proyectos de reformas legales a igual número de leyes, no puede ser tramitado así, presumimos que su resolución, no será diferente al rechazo emitido en otra oportunidad, para una iniciativa que se tiene muy presente.
Finalmente, para los que piensan que la “ley jaguar” habrá de seguir el mismo trámite aplicado al del muy conocido TLC con los Estados Unidos, les recordamos que se trataba de un convenio internacional, suscrito por el Poder Ejecutivo, que, en su proceso de aprobación legislativa, no podría habérsele cambiado “ni una coma”. Después de que la Sala IV no encontró roces constitucionales, sencillamente se puso a votación del Plenario Legislativo, como respuesta a la solicitud del Poder Ejecutivo, de procesarlo como un proyecto de ley por vía de referéndum conjunto de ambos poderes. No son similares, evidentemente, las dos situaciones.
Es preocupante el contexto nacional en que sólo en el 2024 se han duplicado los femicidios y casos de violencia contra las mujeres, producto de la falta de voluntad política, la agudización de la feminización de la pobreza y el debilitamiento de programas para prevenir y afrontar la violencia hacia las mujeres. Problemática que forma parte de una cultura patriarcal, capitalista, colonialista y racista donde la violencia simbólica y verbal junto a discursos de odio hacia las mujeres se han convertido en el “pan nuestro de cada día” gracias a un presidente que sobresale en sus reiteradas formas de arremeter contra la dignidad de las mujeres, deslegitimando toda iniciativa y movimiento que se impulsa para garantizar el respeto a los derechos humanos por una vida segura, libre de violencia; incluyendo a mujeres quienes, desde sus cargos políticos, ponen en duda su proceder.
Situación que tiene implicaciones mucho más profundas para la democracia y el desarrollo a nivel nacional, no solamente para las mujeres y otros grupos discriminados y estigmatizados, al ser parte de un fenómeno ético, sociopolítico y cultural de mayor complejidad. No debe sorprendernos si recordamos que fue elegido presidente de la República un individuo que en el 2019 el Banco Mundial sancionó por acosador sexual, según Resolución 649. Y paradójicamente dos días después, el entonces presidente Carlos Alvarado lo nombra ministro de Hacienda.
La tendencia de Chaves dentro del populismo autoritario y políticas de estado misóginas va en sintonía con la lógica de poder de sujetos políticos como Trump en Estados Unidos, Bolsonaro en Brasil y hoy Javier Gerardo Milei en Argentina, entre muchos; leales prototipos de la masculinidad hegemónica, en cuya actitud temeraria se autodenominan “héroes que combaten a los corruptos”, impulsando agresivamente proyectos y mecanismos de desmantelamiento y privatización de instituciones fruto de conquistas del pueblo, deslegitimando el movimiento social, comunal, sindical y popular. Así, garantiza un control social, político e ideológico contra aquellas mujeres que desafían el patriarcado y legitima los discursos que propician los femicidios, el abuso y la violencia en contra de las mujeres.
Chaves viola los Derechos Humanos de manera sistemática y hay incontables manifestaciones concretas en esta línea, sin embargo, su discurso es particularmente ponzoñoso cuando se refiere a las mujeres. Subrayamos solo algunas que datan del 2022: cuando el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU) lamentó las declaraciones emitidas siendo candidato presidencial, donde afirma que prefiere que lo etiqueten de “cavernícola” antes de firmar un compromiso contra la violencia de género. En el 2023, en el marco del Día Internacional de la Mujer, miles de mujeres exigen el pleno respeto a sus derechos denunciando al presidente como gestor de un gobierno misógino y autoritario.
En ese mismo año, el 8 de junio en la Asamblea Legislativa, con 41 votos a favor y ocho en contra, se aprueba moción para instar a Chaves a no fomentar la violencia de género a nivel político. Un mes después la expresidenta ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Gloriana López Fuscaldo, denuncia la violencia política de género ejercida contra ella y contra su hijo, mientras que, en noviembre, Martha Rodríguez González, representante sindical en la Junta Directiva de la CCSS, continúa siendo víctima de persecución política por parte de él y la maquinaria estatal. A pesar de que durante el presente año, diputados y diputadas utilizan un lazo o pañoleta morado durante el Informe Presidencial de Labores, en protesta contra la violencia política hacia las mujeres, en marzo Chaves embiste con violencia política contra las legisladoras. Además, el reciente 7 de junio, en Zapote, sede de violencia de Estado contra las mujeres, manda a callar y obliga a desdecirse a la ministra de la presidencia, Natalia Díaz, con respecto al dictamen constitucional sobre la Ley Jaguar y el referéndum.
Tener un presidente misógino es un atroz ejemplo para la sociedad porque ostentando el puesto de más alta responsabilidad política, con sus actitudes y lenguajes atiza las violencias contra las niñas, las jóvenes, las mujeres adultas y adultas mayores sin distinción alguna. Continuaremos denunciando las múltiples formas de violencia que se dan desde el gobierno costarricense contra las mujeres, paralelo a imponer proyectos y diferentes mecanismos para arrebatar al pueblo las conquistas que históricamente ha logrado. Así, reiteramos nuestra lucha en defensa de programas sociales, de la Caja Costarricense de Seguridad Social, del ICE, del agua, de la educación pública, de la justicia agraria, respeto al medio ambiente y al derecho de defender los pueblos indígenas sus territorios ancestrales; en síntesis, defendemos una vida con verdadera justicia social.
Marta Acosta Zuñiga, contralora general de la república, mordió rápidamente el anzuelo con la lombriz diestramente dispuesta por el mandatario Rodrigo Chaves Robles.
De manera intempestiva, Acosta se dio por aludida en lo personal, olvida, tanto ella como Chaves, son transitorios en los cargos.
La Contraloría tiene larga cola para ser majada, sonados casos de corrupción no fueron alertados tempranamente por el órgano fiscalizador.
Las municiones de Chaves están dirigidas, la primera defensa del órgano contralor, por medio de su titular, son manotazos al aire.
La contralora se tiró intempestivamente sin capote al ruedo, el jaguar afila los colmillos.
La comunicación estratégica es fundamental en la estructura de las organizaciones, doña Marta, pésimamente asesorada entró quedando.
Ahora el tema de fondo pasa a segundo plano.
Marta Acosta ni por asomo es émula de Yokasta Valle o Hanna Gabriel, se subió solita al ring, empujada más por el ego que por sus facultades boxísticas.
El posible referéndum se personalizó, no es difícil deducir quién lleva las de perder.
El presidente Rodrigo Chaves Robles tiene todo el derecho a pensar que puede reelegirse en la Presidencia de la República. Solo tiene que saber que de acuerdo con la actual legislación constitucional solo puede hacerlo una vez que hayan transcurrido ocho años después de haber dejado la Presidencia de la República. Esto significa que hasta las elecciones nacionales del 2034 podría volver a ser candidato. No lo puede hacer, ni postularse en las elecciones del 2030.
En la Constitución Política original de 1949, el Artículo 132, en su inciso 1), se estableció que “no podrá ser elegido Presidente ni Vicepresidente, el que hubiera servido a la Presidencia en cualquier lapso dentro de los ocho años anteriores al período para cuyo ejercicio se verificare la elección, ni el Vicepresidente o quien lo sustituya, que la hubiere servido durante la mayor parte de cualquiera de los períodos que comprenden los expresados ocho años”.
La aprobación de este artículo fue una reacción contra la tradición anterior a 1948 que permitía la reelección presidencial dejando pasar un período presidencial. Así fue el intento del Lic. León Cortés de volver a ser presidente en 1944, cuando él dejó la presidencia en 1940, o el Dr. Calderón Guardia cuando quiso volver a la presidencia en 1948, habiéndola dejado en 1944.
José Figueres asumió de facto la presidencia de la Junta de Gobierno, 1948-1949, cuando se le impuso, como triunfador militar en los sucesos armados de marzo-abril de 1948, a Otilio Ulate, quien había sido electo presidente en 1948, presidencia que se le anuló, lo que provocó la insurrección militar para reconocerle la presidencia. Su breve gobierno, 1948-1949, no le impidió ser candidato a la presidencia en las elecciones de 1953, por cuanto él no había sido electo presidente por la vía electoral. Su gobierno de 1953-1958 fue su primera presidencia constitucional.
En 1969 se realizó una reforma constitucional, en el gobierno de José Joaquín Trejos Fernández, que modificó este artículo 132, estableciendo el impedimento de la reelección presidencial, para cualquier persona que hubiera ejercido la presidencia, durante cualquier lapso.
La reforma se impulsó para evitar la reelección de presidentes socialdemócratas, lo cual no afectaba a Figueres, porque los efectos de esa reforma eran hacia el futuro, y no hacia quienes en el pasado hubieran sido presidentes de la República. Más se movieron las fuerzas políticas contra Figueres y contra Daniel Oduber Quirós, que había perdido la presidencia en las elecciones de 1966, pero se le visualizaba como un fuerte y posible candidato para los procesos electorales siguientes, como lo fue en 1974. Frente a la reforma que limitaba la presidencia se impuso en 1970, José Figueres, originando su segundo gobierno constitucional.
La reforma constitucional del 11 de julio de 1969 estableció el artículo 132 de la Constitución, en su inciso 1), de la siguiente manera: no podrá ser elegido Presidente ni Vicepresidente, el Presidente que hubiera ejercido la Presidencia durante cualquier lapso, ni el Vicepresidente o quien lo sustituya, que la hubiera ejercido durante la mayor parte de un período constitucional.
Con base en esa reforma constitucional, a partir de 1970 los presidentes de la República que fueron electos, como personas que no habían ejercido la presidencia anteriormente, se eligieron por una sola vez, sin intentarlo en una segunda ocasión. Así sucedió con Daniel Oduber, 1974-1978; Rodrigo Carazo, 1978-1982; Luis Alberto Monge, 1982-1986; Oscar Arias, 1986-1990; Rafael Angel Calderón Fournier, 1990-1994; José María Figueres, 1994-1998; Miguel Angel Rodríguez, 1998-2002, y Abel Pacheco 2002-2006.
La reforma constitucional de 1969 estableció un artículo transitorio que ex Presidentes de la República, hasta ese momento, solo podrían ser reelectos por una sola vez, con arreglo a las disposiciones del artículo 132 anteriores a esta reforma. De conformidad a esta disposición, de los expresidentes anteriores solo podían optar a la presidencia Rafael Angel Calderón Guardia, Otilio Ulate, José Figueres, Mario Echandi, Francisco Orlich, José Joaquín Trejos. De estos solo Mario Echandi, en 1982, intentó ser presidente.
El ambiente político hacia las elecciones del 2006, luego de la reelección de la Unidad Social Cristiana, del gobierno de Miguel Angel Rodríguez al de Abel Pacheco, 1998-2002 y 2002-2006, rompiendo la tradición de que solo el partido Liberación Nacional se reelegía, José Figueres – Daniel Oduber, 1970-1978; Luis Alberto Monge – Oscar Arias, 1982-1990, se impulsó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional, que recién se había creado, en 1989, para revisar la reforma constitucional que se había hecho en 1969, que impedía la reelección presidencial. Obviamente, se movían sectores políticos que consideraban que Oscar Arias era la mejor opción en el 2006 para levantar al partido Liberación Nacional y llevarlo nuevamente al Poder Ejecutivo. Su triunfo electoral fue apretado, por un margen de 19.000 votos, contra un exliberacionista, Otón Solís, que había creado un nuevo partido, Acción Ciudadana.
El fundamento de esta acción descansaba en dos aspectos. Uno, de procedimiento legislativo cuando se aprobó esa reforma, y otro, de derechos fundamentales, que no podían ser modificados negativamente por una reforma parcial de la Constitución, como se hizo en 1969.
La Sala Constitucional estableció que habían habido vicios de procedimiento parlamentario y constitucional que anulaban lo resuelto en esa reforma. Por el fondo, de los derechos fundamentales, fue más categórica. Se señaló, lo que bien corresponde a Derecho Constitucional, que derechos y libertades constitucionales establecidos por el Poder Constituyente Originario, la Asamblea Nacional Constituyente que redacta y aprueba una Constitución, no pueden ser modificados negativa ni restrictivamente por reformas constitucionales posteriores; y que el derecho de reforma constitucional, que tiene la Asamblea Legislativa, su Poder Constituyente Derivado, no puede violentar derechos originalmente establecidos por la Asamblea Nacional Constituyente, solo actuando para mejorarlos, superarlos, ampliarlos, pero no para restringirlos o limitarlos.
Originalmente, la Asamblea Nacional Constituyente había establecido el derecho de reelección presidencial, de quienes ejercieran ese alto cargo público, derecho que no podía restringirse ni eliminarse por una reforma constitucional hecha por la Asamblea Legislativa.
Sobre esto ya se había dado una modificación constitucional importante relacionada con el Artículo 98 de la Constitución Política, que en su segundo párrafo, establecía restricciones de participación electoral ciudadana, que solo se aplicaba a comunistas o quienes habían pertenecido a ese partido antes de 1948, de acuerdo a listas que se tenían, para verificar los trámites de inscripción de partidos políticos, ante el Tribunal Supremo de Elecciones.
Este artículo originalmente aprobado en 1949, al calor de la guerra civil y de las restricciones y persecuciones que se establecieron contra el Partido Comunista, o Vanguardia Popular, por el Decreto No. 105, de la Junta de Gobierno, señaló que se prohibía la formación o el funcionamiento de partidos políticos que por sus programas ideológicos, vinculaciones internacionales, medios de acción, tiendan a destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica, o que atenten contra la soberanía del país, todo a juicio de la Asamblea Legislativa, previo informe del Tribunal Supremo de Elecciones.
Este artículo original funcionó, desde 1949 hasta 1969, poniendo fuera de la ley, y de la participación electoral, casi una docena de partidos que se consideraban de izquierda o caían en los extremos del Decreto No. 105 y el segundo párrafo del Artículo 98 constitucional.
A ello hay que agregar que existían listas de ciudadanos, en manos del Tribunal Supremo de Elecciones, que eran objeto de impedirles su agrupación política. No se les impedía votar por otros partidos políticos. Se les impedía votar por partidos políticos propios, de votar por ellos mismos, ya que los calificaban en esos extremos de impedirles su participación electoral.
La reforma al artículo 98 constitucional se dio en medio de una lucha democrática, que empezó a finales de la década de 1960-1969. A ello se sumó la crisis de la economía nacional, especialmente con la producción de café y de azúcar, que condujo a que el gobierno de José Joaquín Trejos Fernández, 1966-1970, y el partido Liberación Nacional, se movieran para solicitarle a Manuel Mora Valverde, Secretario General del Partido Comunista, Vanguardia Popular, actuara como agente comercial del Gobierno, ante los países socialistas para vender café y azúcar, de la cuota internacional que se había reducido para Costa Rica. Esto lo apoyó José Figueres que ya era candidato para las elecciones de 1970, del partido Liberación Nacional, y en su gobierno 1970-1974.
Los países socialistas, y la Unión Soviética, calzaban en esos nuevos mercados, no tradicionales, de mercados emergentes, como también se les ubicaba, para colocar esos productos.
Así, se le dio pasaporte oficial a Manuel Mora, que se hizo acompañar, en su patriótica misión, con Ricardo Quesada López Calleja y del empresario liberacionista Max Blanco Brunetti, quienes representaban los intereses cafetaleros y cañeros. La gestión de Manuel Mora le permitió presionar por la eliminación del segundo párrafo del Artículo 98, y luego, bajo el gobierno de José Figueres, 1970-1974, por el reestablecimiento de relaciones diplomáticas con la Unión Soviética y otros países socialistas.
En el gobierno de Figueres se inició la reforma constitucional del artículo 98 que se aprobó en el gobierno de Daniel Oduber, 1974-1978. Con esta reforma la democracia nacional y electoral se amplió y fortaleció.
De esta manera, se modificó el artículo 98 que restringía derechos electorales, por la reforma del 4 de junio de 1975, permitiendo que los ciudadanos tuvieran el derecho de agruparse en partidos para intervenir en la política nacional, siempre que los partidos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República. El 2 de julio de 1997 se amplió este artículo señalando que los partidos políticos expresaran el pluralismo político, concurrieran a la formación y manifestación de la voluntad popular y fueran instrumentos fundamentales para la participación política. La creación y el ejercicio de partidos políticos, de su actividad, por esa reforma, sería libre dentro del respeto a la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Puestas así las cosas, la reelección presidencial se volvió a discutir a principios de este siglo ante la Sala Constitucional.
El triunfo Miguel Angel Rodríguez, en 1998 y luego de Abel Pacheco, 2002, ambos de la Unidad Social Cristiana, supuso la posibilidad de reelección continua de este partido. Liberación Nacional se movió internamente llegando a la conclusión que su mejor candidato posible para la Presidencia era Oscar Arias.
Si a los comunistas y a las personas de izquierda se les reconoció y se les restableció su derecho electoral de organización partidaria, porque se ampliaba un derecho, era igualmente válida la nulidad que hizo la Sala Constitucional de la restricción que limitaba el derecho de los expresidentes a su posible reelección, en tanto restableció un derecho ciudadano declarado originalmente en 1949. La Sala Constitucional al anular la reforma de 1969, restableció el artículo original de 1949, que facultaba la posibilidad de reelección presidencial dejando pasar dos períodos presidenciales, es decir ocho años después de que se deja la presidencia.
Esta decisión de la Sala Constitucional se ha visto muy personalizada en la figura del expresidente Oscar Arias, tanto por grupos políticos de la derecha como de la izquierda, sin entender con claridad que lo que estaba de fondo eran derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos que no podían restringirse, o que se podían crear y ampliar.
Para el momento actual, el presidente Rodrigo Chaves ha mostrado su interés de la reelección, para la campaña electoral del 2030, dejando pasar tan solo un período presidencial 2026-2030 y no dos períodos como está establecido en la Constitución Política.
Es claro que cualquier posición que el presidente Chaves tenga para hacer ver su posible candidatura en el 2023, es tan solo una postura de agitación política, de atención política, de mover el ambiente político a su alrededor, que lo sabe hacer bien.
Institucionalmente no hay posibilidad de realizar una reforma constitucional, en este momento, para restablecer la reelección inmediata o dejando pasar un período presidencial.
El presidente Chaves ha perdido su tiempo constitucional para realizar reformas a la Constitución. Ni siquiera podría hacerlo por la vía del Referéndum, aun convocándolo, porque no hay tiempo para aprobar en dos legislaturas posibles reformas constitucionales. Tal como está la situación el presidente Chaves solo tiene posibilidad de volverse a postular hasta las elecciones del 2034.
Confieso públicamente, como lo he dicho en diferentes escenarios y medios de comunicación, que soy partidario de la reelección inmediata, consecutiva, por lo menos de un período presidencial, para quien ejerza ese cargo. No le tengo miedo a la reelección presidencial. Pero no es la oportunidad inmediata del actual presidente. También soy partidario de que el mandato presidencial se alargue a seis años, como en México.
Lo curioso de los opositores a la reelección presidencial es que son partidarios de sus propias reelecciones consecutivas, inmediatas, o alternas, en puestos que tienen en juntas directivas de organizaciones sociales y empresariales, o en puestos académicos, y partidariamente políticos, que son susceptibles de reelección. En esto hay que ser consecuente.
La experiencia histórica de Costa Rica, antes de 1948, mostró el valor de la reelección política en muchas dimensiones. Solo en el campo legislativo, por citar un ejemplo, los diputados podían reelegirse continuamente. Manuel Mora Valverde fue electo diputado de manera consecutiva desde 1934 hasta 1948. Después, volvió a ser diputado en 1970.
En el caso del presidente Chaves hay que entender que para volver a ser candidato presidencial, en el 2034, se supone que debe mantenerse activo en política, una vez que deje la presidencia en el 2026. Que esa actividad pasa por la existencia de un partido político permanente, que todavía no lo tiene; y, que lo tenga como uno de sus dirigentes políticos.
Los otros escenarios que tiene el presidente Chaves, para mantenerse activo políticamente, descansan en dos posibilidades. Una, la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, de la que ya se pronunció a favor, en lo cual también estoy de acuerdo, en donde él quisiera ser diputado, para lo que necesita un partido político que lo postule y que quede electo en esa Asamblea.
El estuvo tanteando esa posibilidad de convocatoria de la Asamblea nacional Constituyente. Reunió especialistas que no oyó y desestimó en su iniciativa. Ahora, que acaricia esa posibilidad, perdió su tiempo constitucional para convocarla. Por ahora, casi no es posible convocar una Asamblea Nacional Constituyente. Ya la Sala Constitucional se opuso a un referéndum, que el Tribunal Supremo de Elecciones había aprobado. No es, entonces, por la vía del Referéndum la posibilidad de la convocatoria del Poder Constituyente Original. Tendría que tener el Presidente Cháves una enorme capacidad negociadora con los diputados para lograr que la Asamblea Legislativa lo haga, capacidad que hasta ahora no ha demostrado.
La otra posibilidad es que un partido nuevo para las elecciones del 2026, con el apoyo del actual Presidente, que se identifique con él, y con la continuidad de sus políticas, triunfe y lo tome en cuenta en algún cargo político, que le dé resonancia, como un ministerio o algo así. Por ahora no lo tiene. No es imposible que esto suceda, que otro partido asuma el Poder Ejecutivo, que no sea de los tradicionales ni de los que participaron en la última contienda electoral, tratando de darle continuidad al actual gobierno. Improvisaciones políticas en esta época son posibles. El mismo presidente Chaves es una muestra de ello.
No hay que engañarse. El ambiente electoral no desestima esta posibilidad. Ante el anuncio del presidente de Chaves, de su interés por la reelección, la diputación constituyente y el Referéndum hay que prepararse.
San José, 4 de junio (SURCOS) – La diputada del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Vanessa Castro, emitió una carta pública dirigida al presidente de la República, Rodrigo Chaves, en la que expresa su profunda preocupación por la creciente violencia en Costa Rica y hace un llamado a bajar el tono de las diferencias para buscar el diálogo y la conciliación ante los problemas nacionales.
En el comunicado compartido con SURCOS por el despacho de la diputada, Castro le recuerda a Chaves que tanto ella como el fueron electos por la voluntad popular para servir a la Patria desde diferentes poderes, compartiendo una gran responsabilidad con el pueblo costarricense. Castro subraya que los homicidios han alcanzado una cifra histórica y que la violencia y la delincuencia, especialmente relacionada con el narcotráfico, se han vuelto comunes en las calles del país.
La señora diputada, insta al presidente a utilizar su posición para promover un diálogo respetuoso y la búsqueda de consensos. «Con el respeto a su investidura, me parece que todos los que tenemos voz, empezando por usted presidente, debemos levantarnos y usar nuestras facultades para bajar el tono de nuestras rencillas, pregonar el diálogo, la conciliación y la búsqueda de consensos, nos sobrepasan nuestras responsabilidades con la Patria», afirma la socialcristiana
La diputada Castro Mora también hace un llamado a establecer una «gran alianza por Costa Rica», convocando a representaciones legítimas de la sociedad, colectivos y fuerzas vivas para colaborar en soluciones conjuntas a los problemas que enfrenta el país. «Es el momento de reconstruir los grandes equilibrios que nos distinguían. Le solicito apertura para un diálogo respetuoso, objetivo y transparente, con la paz social como nuestro objetivo principal», agregó.
A pesar de las diferencias que ha tenido Castro con Chaves, la diputada subraya la necesidad de unir esfuerzos para enfrentar los desafíos actuales de Costa Rica.
«La hostilidad nunca ha sido buena consejera y sembrarla nunca ha dado un fruto sano. No conozco sociedad que se haya construido y desarrollado con identidad, prosperidad y justicia para las personas que la conforman, en un ambiente donde la paz social no sea el objetivo», enfatizó Castro.
La Escuela de Ciencias Políticas de la UCR publica un pronunciamiento, como voz autorizada y especializada, para que la opinión pública tenga datos fundamentales para la comprensión de lo que significa un referéndum. Foto Anel Kenjekeeva, UCR
Un equipo de expertos integrado por cuatro investigadores y docentes universitarios, se pronuncian ante la posibilidad de que el Gobierno convoque a un referéndum para definir algunas decisiones políticas.
El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, presentó su informe anual el pasado primero de mayo, relativo a los diversos asuntos de la administración y al estado político del país, en cumplimiento con el mandato constitucional del artículo 139, inciso 4).
En dicho informe, Chaves propuso la posibilidad de utilizar el mecanismo del referéndum para avanzar en una serie de proyectos que considera claves para el desarrollo nacional. De seguido, una serie de actores políticos e institucionales manifestaron sus valoraciones sobre la posibilidad de utilizar el mecanismo del referéndum.
Desde la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica (ECP UCR), con el compromiso social que nos caracteriza y con el objetivo exclusivo de aportar desde una perspectiva especializada al debate público crítico, responsable, democrático e informado; ponemos a disposición de las ciudadanías un criterio experto sobre el referéndum, a través de los canales abiertos y accesibles de la UCR.
Es menester indicar que el referéndum se origina en un derecho político fundamental y que está establecido a nivel constitucional en el artículo 105: la ciudadanía tiene la potestad de legislar.
A través del referéndum la ciudadanía puede aprobar, improbar o derogar proyectos de leyes, que atañen a normas de alcance general y abstracto, tratados internacionales o incluso reformas parciales a la Constitución Política. Pero, en el caso costarricense, no aplica para decidir sobre si una persona representante continua o no en su cargo (revocatoria de mandato).
Como personas docentes de la ECP, consideramos fundamental que las personas puedan conocer en detalle los condicionantes que imponen el diseño constitucional e institucional al referéndum.
Además, sostenemos que es importante que el proceso –en caso de convocarse– se dé sin obstrucciones arbitrarias y sin interferencias indebidas, es decir, siempre dentro del marco institucional y con independencia del poder político de turno.
Este criterio se estructura en tres partes: la primera detalla la naturaleza y características del referéndum según la literatura especializada; de seguido se indica la experiencia de Costa Rica en el uso del referéndum y su marco institucional; por último, a partir de la discusión y análisis, se esbozan las conclusiones.
¿Qué es el referéndum?
El referéndum es un mecanismo de democracia directa (MDD), que son procedimientos que contemplan necesariamente un voto secreto y universal, donde se aprueban o desaprueban temas y materias, incluyendo no solo los referendos sino también los plebiscitos,[1] consultas populares y las revocatorias de mandato (consulta sobre la interrupción del mandato de una autoridad electa)[2] (Altman 2011; Lissidini y Ovares 2023).
Mediante estos mecanismos la ciudadanía participa al proponer o rechazar una ley, al opinar y al tomar una decisión de interés público en las urnas, sobre una propuesta concreta o sobre una reforma constitucional.
Son un complemento de la democracia representativa, ya que tienen la capacidad para controlar las decisiones, por ejemplo, al derogar una ley, al ampliar la agenda y al canalizar propuestas de nueva legislación, incluidas las reformas constitucionales (Tuesta Soldevilla y Welp 2020; Lissidini 2021).
Los referéndums son una instancia de decisión sobre cuestiones políticas y varían tanto en su diseño, como en sus efectos y temas que abordan.
En la literatura especializada existe diversidad de clasificaciones (ver Altman 2010 y 2011; Cheneval y el-Wakil 2018; Lissidini 2021; Matsusaka 2020; Qvortrup 2018; Ruth-Lovell, Welp, y Whitehead 2017; Tuesta Soldevilla y Welp 2020); sin embargo, hay coincidencia respecto a las siguientes categorías generales:
Según quién active la consulta: por las autoridades (presidente, primer ministro, congreso), conocido como referéndum “desde arriba”; o por la ciudadanía y/o organizaciones de la sociedad civil, “desde abajo”. Esta segunda forma, también denominadas iniciativas ciudadanas de referéndum o ICR, se da mediante la recolección de firmas.
Referendos facultativos u opcionales o referendos obligatorios, los cuales por mandato legal se deben convocar, siendo el caso más común para la ratificación de reformas constitucionales.
Referendos cuyo resultado es vinculante, se debe respetar el resultado y legislar según este, y en otros, cuyo resultado no es vinculante.
Referendos según asuntos que tratan, es decir, los temas a decidir: reformas legales y constitucionales, asuntos prohibidos o permitidos.
Referendos reactivos o proactivos. Los primeros se realizan con la finalidad de vetar leyes (referéndums derogatorio) o remover autoridades (referéndum revocatorio), en tanto que los segundos dirigen la creación de nueva legislación o reformar la Constitución.
Resulta crucial reconocer que en Costa Rica la ciudadanía tiene la potestad de legislar, aprobar o derogar leyes y reformar parcialmente la Constitución. Es un derecho político fundamental, tal y como lo establece el artículo 105 constitucional.
Este principio se entrelaza profundamente con el componente participativo de una democracia representativa y con la idea más fundamental que legitima el autogobierno del pueblo, es decir, la democracia. Convocar, participar y decidir mediante referéndums es, por ende, un derecho fundamental, tanto como ir a votar por representantes para el congreso, para los cargos municipales y para la presidencia de la República.
¿Qué no es un referéndum?
No es un tipo de democracia –directa– en el sentido de ser un sistema político donde la ciudadanía adopte por propia mano, a través del voto, todas las decisiones políticamente relevantes, sin la necesidad de personas representantes. En otras palabras, el referéndum no sustituye la democracia representativa, sino que la complementa.
Según las teorías institucionales de la democracia, un país no es más o menos democrático al contar con mecanismos de democracia directa como el referéndum. La democracia se define, procedimentalmente, por la elección de representantes en elecciones competitivas y participativas con la mayoría de la población adulta, en un marco de respeto de los derechos civiles y políticos (ver, entre otros, Dahl 1971; Przeworski 2010; Schmitter y Karl 1991). El referéndum se agrega a la arquitectura institucional de representación, de control y de pesos y contrapesos, pero no la sustituye.
El referéndum en Costa Rica
En Costa Rica el MDD del referéndum se instauró mediante una reforma a los artículos 105, 124, 129 y 195 de la Constitución Política en 2002 mediante la Ley No. 8281. Se regula con la Ley No. 8492 del 2006. En el país se cuenta solo con un uso a nivel nacional en el año 2007: el referéndum sobre el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos.
Desde el año 2006 se han presentado 65 intentos de uso vía ICR, mediante recolección de firmas,[3] lo cual se conoce en la literatura como impulsados “desde abajo”. Sin embargo, ninguno de estos referendos “desde abajo” han sido llevados a cabo.
Asimismo, se contabilizan adicionalmente dos iniciativas legislativas, en otras palabras, diputaciones que presentaron intentos de referéndums vía Asamblea Legislativa, pero que no prosperaron (Raventós 2020).
En Costa Rica los Concejos Municipales pueden también convocar referendos según el artículo 13, inciso k) del Código Municipal, Ley No. 7794 de 1998 para conocer asuntos estrictamente locales. Estos se encuentran en un conjunto de formas de consultas populares a las que también se adicionan el cabildo y los plebiscitos, y siguen los procedimientos establecidos en la reglamentación municipal que cada gobierno local apruebe para tal efecto.
Estos referendos no deben ser confundidos con los de carácter nacional, establecidos en la legislación anteriormente citada.
Tomando en cuenta lo señalado por la literatura, los referéndums se pueden clasificar según los asuntos que tratan o por la iniciativa de quien propone el referéndum.
Referéndum de tipo o modalidad “desde abajo” y “desde arriba”
Las iniciativas ciudadanas de referéndum (ICR) permiten a la ciudadanía solicitar una consulta popular de un proyecto de ley con efectos vinculantes. Requieren como umbral mínimo de firmas el 5 % del padrón electoral.
El procedimiento, según la Ley No. 8492 (art. 6 al 11), es el siguiente:
(1) Se presenta un proyecto de ley al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y este realiza un análisis sobre la viabilidad de la solicitud; puede rechazarlo si es contrario al bloque de la constitucionalidad.
(2) El TSE remite la gestión al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. Esta oficina debe realizar las consultas a diversas instituciones, como con cualquier otro proyecto de ley, y brinda un criterio para que el texto se ajuste a una adecuada técnica legislativa. De tener que realizarse algún cambio al proyecto, se le notifica a la persona o grupo gestor de la iniciativa.
(3) El TSE, una vez cumplido el trámite previo, debe revisar, en un plazo no superior a 10 días hábiles, si la iniciativa se encuentra entre las materias no sujetas a referéndum y decidirá si el asunto es susceptible de ser tramitado bajo esta modalidad. De considerar que la iniciativa presenta posibles vicios de constitucionalidad, puede realizar la consulta respectiva a la Sala Constitucional.
(4) De aprobar la gestión, y si el proyecto carece de vicios formales y constitucionales, mediante resolución fundamentada, se da curso a la solicitud de recolección de firmas. Hay que tener presente que esta resolución puede ser impugnada ante la Sala Constitucional.[4] Se ordenará su publicación en La Gaceta y la persona o grupo gestor puede proceder a recolectar las firmas de, al menos, el 5 % del padrón electoral. Para esto el TSE proporciona un formulario, y la persona gestora o el grupo gestor deben seguir un procedimiento con la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento para la recolección de firmas.
(5) El plazo de recolección de firmas es de nueve meses a partir de la publicación en la Gaceta, con la posibilidad de un mes de prórroga.
(6) Una vez recolectado el mínimo de 5 % de firmas, el TSE tiene 30 treinta días hábiles para revisar las firmas, y si alcanza el umbral, debe convocar el referéndum.
Respecto al procedimiento, es importante destacar que la literatura comparada señala que el umbral de firmas puede convertirse en uno de los obstáculos más difíciles de superar en las ICR, debido a que reunir firmas requiere tiempo, organización y recursos económicos (Linares y Welp 2019), lo cual se acentúa en los casos en donde el periodo es muy corto y el umbral muy alto.
El artículo 10 de la Ley No. 8492 habilita a que se acumulen consultas y se conozcan en un mismo proceso electoral.
Los referéndums de tipo o modalidad “desde arriba” (artículos 12 y 13 Ley No. 8492) son:
Legislativo: Requiere la existencia de un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa y que al menos una diputación solicite, durante el periodo de sesiones ordinarias, que ese proyecto sea sometido a referéndum. Esa solicitud se debe votar una única vez por al menos 38 diputaciones. Se requiere mayoría calificada (art. 12 de la Ley No. 8492).
Ejecutivo junto al Legislativo: El Poder Ejecutivo, mediante un decreto, presenta la iniciativa a la Asamblea Legislativa y debe adjuntar el proyecto de ley. La Asamblea Legislativa debe aprobar la solicitud con al menos 29 votos, es decir, mayoría simple.
Iniciativa del Ejecutivo: No está regulada en la Constitución.
Lo anterior aplica para referéndums legislativos, los que le permiten a la ciudadanía decidir si aprueba, imprueba o deroga una ley.
Para el caso de los referéndums constitucionales, solo se habilita en casos de reforma parcial a la Constitución, en cualquiera de las tres modalidades (iniciativa ciudadana, Ejecutivo + Legislativo, y Legislativo).
No obstante, el referéndum constitucional sólo podrá realizarse después de que el proyecto de reforma haya sido aprobado en una primera legislatura y antes de la segunda[5] (art. 195, inciso 8, de la Constitución Política y resoluciones No. 2014-18226 de la Sala Constitucional y No. 3894-E9-2008 del TSE).
Las restricciones sustantivas
Los referéndums pueden ser clasificados según la materia sobre la que versen. Es importante, entonces, conocer las restricciones que hay sobre las materias en el país. Estas prohibiciones se clasifican en:
Asuntos prohibidos: Ciertas materias o áreas de competencia como prohibidas (Linares y Welp 2019). En Costa Rica no se pueden someter a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa (art. 105 de la Constitución Política).
Prohibiciones sustantivas genéricas: La prohibición aplica dependiendo de las consecuencias o efectos de la legislación. La lista de materias prohibidas o excluidas ha sido ampliada vía jurisprudencia de la Sala Constitucional, para incluir cuestiones atinentes a la protección de derechos humanos o derechos de las minorías, proyectos o iniciativas que atenten contra el derecho a la igualdad o el principio de no discriminación. Además, en la resolución No. 2010-13313 la Sala Constitucional señaló que los asuntos relativos a la protección de derechos humanos o derechos de las minorías no pueden ser sometidas a referéndum, incluso en casos de que las iniciativas están destinadas a ampliar los derechos humanos. Esta postura ha sido complementada por el TSE (resolución No. 5860-E9-2015). Asimismo, el organismo electoral debe rechazar iniciativas destinadas a menoscabar o afectar la posición de los derechos humanos y sus condiciones actuales de garantía, así como instrumentos legislativos para la fijación de salarios (incluyendo el establecimiento de un ingreso mínimo vital). También se excluye la convocatoria a una asamblea nacional constituyente con el fin de reformar totalmente la Constitución Política, ya que la Sala Constitucional, en el fallo No. 2019-013270, indicó que se debe privilegiar el principio de rigidez constitucional por encima del de participación ciudadana, debido a lo cual una ley de convocatoria a una asamblea constituyente sólo puede ser aprobada por la Asamblea Legislativa.
Umbrales de participación para que sea vinculante
Cuando participe por lo menos un treinta por ciento (30 %) de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral para la legislación ordinaria.
Cuando participe un cuarenta por ciento (40 %) como mínimo, en los asuntos que requieran la aprobación legislativa por mayoría calificada y para las reformas parciales a la Constitución.
Otras restricciones (art. 102 de la Constitución Política y art. 4 de la Ley N. 8492)
No podrá convocarse a más de un referéndum al año, tampoco durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial.
De declararse estado de emergencia, necesidad pública u otras circunstancias igualmente calificadas, que imposibiliten la realización del referéndum, será potestad del TSE decretar su suspensión y reprogramación.
Conclusiones
La calidad democrática del referéndum, como mecanismo de toma de decisión de manera directa por parte de la ciudadanía, depende en gran medida del diseño institucional y de las buenas prácticas en su implementación.
Es decir, su calidad está en función del rol de los promotores de las consultas populares –en especial si es la Presidencia de la República o la ciudadanía–, de la responsabilidad política de los representantes, de los espacios de deliberación y los tiempos para el debate previo al momento de toma de decisión y formación de la opinión pública, y del rol de los organismos de control y de la supervisión de los procedimientos (organismos electorales, tribunales constitucionales y cortes supremas) (Lissidini y Ovares 2023).
En otras palabras, los referéndums funcionan adecuadamente cuando están asociados a buenas prácticas en su activación y, en general, en todo el proceso hasta la toma de decisión en las urnas (Tuesta Soldevilla y Welp 2020).
Por lo anterior, también es importante prestar atención a la formulación de la pregunta (o las preguntas) y otros requisitos legales, como la cantidad de firmas exigidas, el umbral de participación necesario para su aprobación, entre otros aspectos.
El diseño institucional, es decir, el marco de reglas es clave para que el referéndum sea un canal de influencia efectivo en la definición de asuntos públicos, al controlar las decisiones de los representantes, ampliar la agenda y proporcionar una válvula de seguridad democrática, y un mecanismo de voz política.
La literatura puntualiza que las consultas iniciadas por la ciudadanía (ICR) resultan menos disruptivas política y socialmente (Welp, Ruth y Whitehead 2017), ya que los ejercicios de democracia directa activados o iniciados desde la ciudadanía tienen características muy diferentes a los promovidos por el Poder Ejecutivo (Lissidini y Ovares 2023).
En resumen, no es posible analizar el referéndum en el vacío, sino que es necesario ubicarlo en un contexto institucional (las reglas que lo definen) y político (comportamiento de los actores, temas en discusión, precedentes legislativos, etc).
Finalmente, el referéndum no es una alternativa a la deliberación legislativa ni a la delegación política por medio de las elecciones de representantes para el Congreso.
La democracia se basa en principios de separación de poderes formales, con la negociación e interrelación de poderes en la práctica. Los Ejecutivos pueden avanzar sus agendas legislativas inclusive en situación de minoría parlamentaria (Colomer y Negretto 2003).
En su definición, el referéndum no es un instrumento ideado para evitar los atascos legislativos (gridlocks en la literatura especializada), sino que es unmecanismo para que la ciudadanía vaya más allá de la elección de representantes en períodos determinados, y pueda expresar su preferencia política en temas puntuales. De forma que no se debe ignorar que, en principio, el referéndum está constituido al servicio de la ciudadanía en su ejercicio democrático y no de los actores políticos.
Referencias bibliográficas:
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[1] En Costa Rica el plebiscito hace referencia a una consulta popular, como parte del procedimiento legislativo, para la creación de nuevas provincias o su modificación (artículo 168 de la Constitución Política).
[2] Aunque hay autores que consideran que la revocatoria de mandato no es un MDD porque no se deciden temas, sino la continuidad de una persona electa.
[3] Comunicación personal del Tribunal Supremo de Elecciones.
[4] En el año 2021 se reformó el artículo 6 de la Ley No. 8492 y se agregó un inciso para incorporar la consulta de constitucionalidad del proyecto por parte del TSE a la Sala Constitucional.
[5] Recuérdese que una reforma constitucional requiere la aprobación en dos legislaturas (periodos legislativos anuales) distintos.
Los viejos tablones del antiguo puente de Mata de Limón, testigos de innumerables historias, le dan paso a la imponente infraestructura, ahí las nuevas generaciones tejerán las propias vivencias.
La administración pública es un contínuum, (obras extendidas sin interrupción) lo visionado ayer, lo inaugurarán hoy.
Me encantaría escuchar, honestamente. ¿Cuál cinta de lo planeado por el gobierno de Rodrigo Chaves Robles, será cortada por los futuros gobernantes?
«Por enfrentarse a LOS PODEROSOS, se le ataca tanto«, nos dijo de Rodrigo Chaves, un amigo, ¡que, sin duda, así lo cree! Para él, desempleado y rebuscándose la subsistencia todos los días, «el presi» es uno más del pueblo humilde. Un «genio del Banco Mundial», que sacrificó su liderazgo allá, en un lejano y muy pobre país musulmán, para venir a luchar por los miserables de su país de origen. Algo así, como un santo varón, que, como la canción de Luis Miguel, merece la “Entrega total” de sus fieles creyentes.
Ahora bien, como se trata de alguien a quien apreciamos, con datos confiables, le prometimos al amigo, escribir un resumen de algunas «cosillas» del gobierno de su líder, que por aquí reunimos, para que, después de leer, reflexione sobre ellas. ¡Veamos!
1. En un país tan pobre como Costa Rica, que «juega de rico» en el club de países ricos, y no tan ricos, conocido como la OCDE, los compatriotas que sufren de miseria extrema, podrían llenar 13 veces, el Estadio Nacional. Viejitos, niños, hombres y mujeres de todas las edades, que sufren al interior de sus familias, la escasez de alimentos y otras necesidades, características de sus tugurios. Pues resulta, que, a ellos, tan dependientes de la solidaridad cristiana, Chaves, por cuestiones fiscales, dice, les ha recortado en una cuarta parte, la «inversión social«, que, aunque limitada, por lo menos les hacía tener esperanza en un mañana mejor.
2. La Seguridad Social, reforzada a través de los años, desde que se estableciera como compromiso estatal, hace más de 80 años, ha sido tan dejada de lado por el actual gobierno, que, pese a urgentes necesidades, ha hecho aumentar su deuda en más de ¢3,7 millones de millones (¢3,7 billones). ¡Nunca en la historia de Costa Rica, se ha visto algo semejante! Y es que, para «exhibir» ante el mundillo de Wall Street, «índices macroeconómicos positivos», se está desamparando a los más pobres, a los que hasta quisieran emigrar en busca de sustento, nos ilustran encuestas de Cid-Gallup, pues ya no aguantan tanta injusticia.
3. Con los «ahorros» mal entendidos, en programas de vivienda de interés social, este gobierno ha dejado por fuera a más de 11 mil familias sin techo, con las consecuencias que ello tiene, sobre el ansiado bienestar de esos miles de costarricenses, agobiados por la miseria que duele.
4. Los CEN-CINAI, casi desconocidos por muchos habitantes indiferentes a ellos, tienen la misión de «contribuir a mejorar el estado nutricional de la población materno-infantil y el adecuado desarrollo de la niñez que vive en condiciones de pobreza y riesgo social«. Sin embargo, pese a esa fundamental misión en pro de los venerables niños, la administración de Chaves, les ha recortado el insuficiente presupuesto, ¡en cerca de ¢5.000 millones!, demostrando así una muy reprochable insensibilidad, y una despreocupación incomprensible, por la nutrición de los niñitos pobres.
5. Conocido es, que ante el desempleo y la miseria que resulta de él, algunos compatriotas por desesperación, con limitadísima educación, se han involucrado en el mercado de las drogas, con tan dolorosas consecuencias, que muchos han terminado en prisión o en el cementerio. Los datos nos dicen, que el año pasado, los asesinatos superaron la cifra de 75 mensuales, para un total de 903. Inocentes, o no (solo Dios puede juzgarlos) lo más triste es que, nos han acostumbrado a esas noticias cotidianas, que sentimos alejadas de nuestras vidas. “Es cosa de los pobres metidos en drogas, que se matan entre ellos”, es el innoble mensaje que se transmite, pretendiendo ocultar cuál es la raíz de esa terrible estadística.
6. Existe en Costa Rica, desde mayo del 2006, en que iniciaba la administración de don Óscar Arias, un programa en el IMAS, que tiene como objetivo, “la inclusión, la permanencia, la asistencia y la reincorporación al sistema educativo de los estudiantes en pobreza y pobreza extrema”. Se trata de un subsidio, conocido como AVANCEMOS, que, como algo «especial» de este gobierno, ha dejado sin financiar más de 98.000 becas. Contribuciones modestas, es cierto, pero que, para los niños y adolescentes, y sus familias, son determinantes para seguir estudiando o no. Se trata de subsidios de ₡18.000 mensuales para estudiantes de primaria, y de ₡30.000 a ₡40.000 para estudiantes de secundaria, por lo cual, rechazamos que se aleguen, frías cuestiones macroeconómicas, para decidir, desde la Casa Presidencial, el futuro y el presente educativo de tantos niños y muchachos, cuando saben muy bien, que, aunque no se les atiende, el 60% de los estudiantes en escuelas y colegios públicos, cumplen con los requisitos para optar por esa ayudita económica.
7. Si algo ha sido fundamental, para que Costa Rica se haya destacado en el continente americano, como una nación con logros importantes en su población, han sido dos cosas nacidas casi simultáneamente: la abolición del ejército, que nos hizo ahorrar un inmenso gasto inútil en armas y soldados, y el transferir esos recursos económicos, hacia un sistema educativo público, gratuito, de calidad, con universidades prestigiosas, abiertas a buenos estudiantes, independientemente de su origen socioeconómico. Sin embargo, siguiendo una ruta orientada a erosionar esa columna fundamental de la sociedad costarricense, la administración Chaves, en tan solo dos años, muestra datos que hacen encender luces de emergencia. Casi como un logro hacendario, desde que se estableció constitucionalmente, un porcentaje de financiamiento mínimo, el de este año ha sido el más bajo. Nuevamente, son los más pobres los más afectados, pues, en todos los niveles, se restringen las opciones educativas, sin poder optar por las instituciones privadas que, principalmente en el nivel básico, han venido superando a las escuelas y colegios públicos. Ese desinterés por la educación estatal, se evidencia en datos que ilustran como, cerca de 900 centros educativos, han recibido de parte de las, igualmente autoridades gubernamentales, advertencias sanitarias de funcionamiento, mientras que 78 instalaciones educativas, siguen “funcionando”, con órdenes de no hacerlo.
8. Cuando se habla de DESIGUALDAD SOCIAL, más allá de un ejercicio académico, nos referimos a la distancia enorme que no debería existir, entre aquellos que viven en la opulencia, a veces el despilfarro y el desperdicio (como coleccionar relojes Rolex, por ejemplo) y las grandes mayorías, que sienten como, día con día, su calidad de vida es tan baja, que no les permite, aunque se esfuercen estudiando y trabajando honestamente, satisfacer sus necesidades básicas. Cabe recordar, que cuando la sociedad costarricense, aspiraba a alcanzar una menor desigualdad social, la clase media poco a poco se ensanchaba y, con el apoyo de instituciones y empresas estatales, todas ellas trabajando sin fines de lucro, los signos de bienestar, eran evidentes. La llamada «distribución de la riqueza», seguía senderos de tintes más justos.
Hoy, detenido ese proceso desde hace unos años, la administración de Chaves, le ha aplicado «marcha atrás». Un gobierno promocionado «contra los poderosos», se muestra más bien, como un gobierno «de los poderosos», de los que acumulan más riqueza. Es un gobierno ¡contra los pobres!; contra aquellos que paradójicamente, le han venido apoyando, hasta la “entrega total”, inocentes del engaño, que se esconde en los discursos de Pilar y Chaves, que, para desdicha de ellos mismos, les creen el discurso demagogo y populista.
La evidencia descansa en medidas gubernamentales, dirigidas a favorecer a los que, por ejemplo, comercian todo tipo de productos importados (arroz y otros productos alimenticios, medicamentos, equipos y herramientas de trabajo, utensilios domésticos, vehículos…) que, por más de un año, han obtenido ganancias exorbitantes, gracias a un cambio del colón con respecto al dólar, manejado políticamente, y a una cascada de dólares, de imprecisa procedencia. Asimismo, merced a acciones ejecutivas (algunas ilegales) como, contratos de construcción de obra pública, otorgados «a dedo», sin licitaciones, gracias a una aplicación amañada, de decretos de emergencia.
Como muestra independiente de tal desigualdad social, fomentada por Chaves, los datos de la OCDE, nos gritan a la cara, que, dentro de ese grupo de 38 naciones, ninguna supera a Costa Rica, como la más desigualdad, aunque las prácticas del Banco Mundial permiten aplaudir, como sucedió tanto tiempo en Chile, a las autoridades hacendarias que muestran una inflación tal, que impide ejecutar ajustes salariales, hace tiempo congelados injustamente.
FINALMENTE, aunque no es exhaustivo lo que cubre este comentario, pues no hemos hablado del efecto que, por ejemplo, sobre los más pobres tiene el manejo indebido del abastecimiento de agua potable, sí esperamos que, cuando nuestro amigo nos lea, conociendo lo inteligente que es, ojalá lo invite a pensar, o, por lo menos, a dudar, de lo que hasta ahora le han dicho y ha creído. Si lo hace, estaremos avanzando hacia algo excepcionalmente importante; hacia la defensa de nuestra democracia y nuestras instituciones estatales, amenazadas desde sus propias entrañas y en camino a ser subastadas.