La UCR fortalece de forma continua el sistema de becas
Grupo de estudiantes de primer ingreso, 2018. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.
El Sistema de Becas de la Universidad de Costa Rica constituye un pilar fundamental para el logro de la equidad en el ingreso, permanencia y graduación de la población estudiantil.
A través de sus diferentes mecanismos de acompañamiento, el Sistema de Becas brinda a la población estudiantil que no posee capacidad económica para sufragar gastos de estudio, los recursos necesarios para alcanzar en igualdad de oportunidades, su meta académica.
De acuerdo con datos de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, actualmente más de 22 000 estudiantes de la UCR cuentan con alguna categoría de beca socioeconómica. De esta población, más de 15 000 reciben la máxima categoría de beca (beca 5), mediante la cual pueden acceder a la exoneración total o parcial del pago de matrícula, y a los beneficios complementarios de monto económico para gastos de carrera o carreras, transporte o alojamiento, alimentación, préstamo de libros, préstamo de dinero, servicios de odontología y optometría.
Los recursos destinados al Sistema de Becas, en los últimos doce años, crecieron un 800%. Para el 2019, la UCR invertirá en este rubro más de ¢28 000 millones.
La Oficina de Becas y de Atención Socioeconómica recibió más de 5 000 solicitudes de beca para el primer ciclo lectivo 2019. En la fotografía estudiantes en le Sede de Guanacaste, 2018.
Un total de 8 742 estudiantes procedentes de zonas alejadas reciben apoyo para su alojamiento durante sus estudios. De ellos 802 forman parte del Programa de Residencias Estudiantiles y 7 940 reciben un monto para el pago de alquiler (beneficio complementario de Reubicación Geográfica).
Asimismo, un total de 1 5768 estudiantes reciben el beneficio de alimentación y 8 223 el de transporte.
En el caso de las Sedes Regionales de la UCR, la cantidad de estudiantes con beca socioeconómica alcanza hasta un 75%.
Últimas mejoras
Cumpliendo con los principios de igualdad de oportunidades y equidad, el compromiso institucional ha sido evidente en el fortalecimiento continuo y sostenido de los beneficios a lo largo de los últimos años, así como en su entrega oportuna.
Desde el 2017 el beneficio de alimentación contempla los fines de semana se ofrece a estudiantes que cuenten con beca 5 y que procedan de zonas alejadas.
El Programa de Residencias Estudiantiles se fortaleció con la construcción de nuevos edificios en las Sedes de Guanacaste, Caribe y Rodrigo Facio, y recientemente en el Recinto de Guápiles. Igualmente invirtió en la remodelación y mejoramiento de otras residencias estudiantiles ubicadas en la Sede Rodrigo Facio y el Pacífico, así como en los Recintos de Golfito, Turrialba y San Ramón.
Además, mediante los procesos de automatización que implementó la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica, se logró la reducción en los tiempos de asignación de los beneficios complementarios a partir del I ciclo 2018, lo cual permite que los depósitos sean entregados de forma más eficiente y oportuna de acuerdo con las matrículas establecidas en el Calendario Estudiantil Universitario.
Todas estas acciones tienen como objetivo principal brindarle al estudiantado las condiciones necesarias para que permanezca en el sistema de educación superior y logre concluir con éxito sus metas académicas.
Los talleres abordaron cómo desarrollar buen manejo de emociones y ser capaces de expresarse. Foto: Daniela Muñoz.
Barcos, paisajes y flores trazadas sobre papel periódico, golpes de tambor y marimba, chasquidos sobre un güiro, carcajadas, gritos y carreras por los pasillos llenaron la Sede del Pacífico de la Universidad de Costa Rica (UCR) de alegría infantil, durante los Campamentos de Desarrollo Humano.
Con talleres de teatro, protección ambiental, percusión, marimba, habilidades resilientes, Kung Fu, apreciación de la música, presentaciones de danza y teatro, demostración de ejercicios bomberiles y un rally, estudiantes y docentes de la Sede recibieron a escolares provenientes de comunidades porteñas.
Decenas de niños y niñas de la Escuela Juanito Mora Porras, la Escuela Fray Casiano de Madrid y de comunidades como Miramar, Sardinal y Puntarenas centro se reunieron para compartir con los universitarios juegos y saberes sobre arte, cultura, prevención de la violencia, manejo de emociones y habilidades resilientes, entre otros temas.
De acuerdo con Daniela Gómez, docente y coordinadora de los campamentos, el programa se desarrolla en la Sede del Pacífico desde el 2017 y se han llevado a cabo siete ediciones, en distintos períodos de interciclo y con diversas poblaciones, con especial énfasis en niños y niñas y adolescentes.
“Queremos romper el paradigma de que la U es solo para estudiantes, docentes o administrativos,queremos que la gente se acerque, que toque puertas, que se apropie de la universidad”, comentó.
Xinia Rosales Flores, orientadora de la Escuela Juanito Mora Porras acompañó a una veintena de escolares al campamento y comentó que el espacio ofrece alternativas de recreación, exposición cultural y aprendizaje a una comunidad que usualmente carece de alternativas de esparcimiento sano.
Rebeca Calvo, trabajadora social de la Escuela Fray Casiano dijo que a sus estudiantes les encanta y les ayuda en su desarrollo, razón por la cual se coordina con la Sede su participación.
“Los chicos de la escuela, que está ubicada en un barrio altamente vulnerabilizado, probablemente pasaron las vacaciones metidos en la casa, hoy es el día de vacaciones más feliz, vienen a divertirse, a aprender cosas, a salir de la rutina”, relató y agregó que aspectos como el interés por los deportes o la música, las habilidades manuales, la creatividad y la capacidad para resolver conflictos han mejorado en quienes participan en el espacio.
Daniela Gómez concluyó que los tres años de campamentos han servido para que niñas, niños y padres conozcan la Universidad y su oferta de proyectos, cursos y grupos, al tiempo que se han establecido alianzas con instituciones locales como el PANI, Fuerza Pública, el Cuerpo de Bomberos y distintos líderes comunales a través de las cuales se fortalece el trabajo de acción social.
Campamentos de Desarrollo Humano
Los campamentos son espacios educativos, culturales, artísticos y recreativos para todas las personas, con el propósito de incentivar la participación y la discusión de problemas regionales y nacionales, a la vez que se promueven las capacidades locales y regionales, así como la articulación interinstitucional para la realizar acciones con los sectores más vulnerables.
Los principios orientadores de los Campamentos de Desarrollo Humano son las siguientes:
Participación voluntaria para la gestión pedagógica.
Diálogo de saberes.
El trabajo interinstitucional, gestión intersedes, interrecintos e interuniversitario.
La educación no formal para el acceso universal y la sostenibilidad, al promover una universidad de puertas abiertas.
Un espacio de experiencias y construcción conjunta con la sociedad.
El proyecto se desarrolla principalmente durante las dos últimas semanas de enero y en el mes de febrero. En tales períodos, la Universidad trabaja en conjunto con las comunidades de acuerdo con la necesidad e interés que las mismas personas han planteado a la Institución.
De esta manera se va afianzando el vínculo entre la comunidad y la Universidad.
UNA ofrecerá oferta técnica deportiva para entrenadores y atletas de la provincia limonense
El día viernes 01 de febrero de 2019, la Escuela de Ciencias del Movimiento Humano y Calidad de Vida de la Universidad Nacional, ha presentado en la provincia de Limón la iniciativa de una oferta curricular de formación y capacitación a entrenadores de esa región caribeña.
La Dra. Ana María Hernández Segura, Rectora Adjunta de la Universidad Nacional comentó que en el marco de las Carreras Itinerantes que promueve la Rectoría Adjunta, hoy en Limón se está concretando la oferta de formación: “Técnico en entrenamiento deportivo” para atletas y entrenadores de Limón en coordinación con la Escuela de Ciencias del Movimiento Humano y Calidad de Vida de la Universidad Nacional. De esta manera, en el mes de abril de 2019 se estará dando inicio la primera promoción
Para la Master Yadira Cerdas Rivera, Vicerrectora de Extensión, con esta iniciativa se da respuesta a uno de los temas de las mesas de diálogo sobre Cultura, Deporte y Recreación del III Encuentro Regional que la Vicerrectoría de Extensión realizó en el 2018.
Para el Dr. Braulio Sánchez Ureña, Director de la Escuela de Ciencias del Movimiento Humano y Calidad de Vida de la UNA, con este esfuerzo desde la academia se pretende mejorar los niveles de conocimiento y por ende mejoras futuras en los procesos de detección y desarrollo del talento deportivo de la región caribeña.
El encuentro se realizó en la casa de la Cultura de la ciudad de Limón y se contó con la presencia de autoridades de los gobiernos locales de la provincia, comités cantonales de deporte y recreación, casa presidencial.
Enviado por M.Sc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.
El pasado 22 de enero, luego de presentar la acción de inconstitucionalidad, los rectores atendieron a la prensa nacional Foto: Anel Kenjekeeva.
La Sala Constitucional acogió la acción de inconstitucionalidad interpuesta por los rectores de las cinco universidades públicas, en contra del recorte de 10 mil millones de colones al Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), que realizó la Asamblea Legislativa.
La acción se presentó el pasado 22 de enero para impugnar el artículo 2º de la Ley Nº9632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, argumentando que dicho recorte al FEES violenta el artículo 85 de la Constitución Política que dota de patrimonio y rentas propias a las universidades públicas y dice literalmente que «las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan”.
El monto del FEES para el año 2019, definido por la Comisión de Enlace (las instituciones de educación superior universitaria estatal y los Ministros de Educación, Hacienda, Planificación y de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones), se fijó en 511.154,72 millones de colones, monto que corresponde al mismo presupuesto asignado en el año 2018, pero que integra el 3% de inflación estimada para el año 2019, por parte del Banco Central.
El Poder Ejecutivo incorporó este monto en el proyecto de presupuesto ordinario de egresos de la República, según lo ordenado por el artículo 85 de la Constitución Política. Durante la discusión del proyecto de ley de presupuesto por parte de la Asamblea Legislativa, las y los diputados aprobaron un rebajo de 10 mil millones a la asignación del monto del FEES.
Esto, según la petitoria presentada por los rectores, significa una intervención indebida del Poder Legislativo en el ámbito de las competencias constitucionales asignadas por el artículo 85 al Poder Ejecutivo, que mediante acuerdo con las instituciones de educación superior universitaria estatal suscrito el 13 de julio de 2018, determinaron la asignación constitucional para el FEES correspondiente al año 2019.
Henning Jensen, rector de la UCR y presidente de Conare, manifestó que “esto representa un importante primer paso en la defensa de los recursos de la educación superior pública y por hacer valer lo que nuestros constituyentes plasmaron en la Carta Magna, precisamente, para proteger los recursos de la educación de intereses políticos”.
Ahora la Sala analizará por el fondo la acción de inconstitucionalidad presentada por las universidades públicas y deberá pronunciarse sobre el caso.
Las universidades públicas rinden cuentas a la ciudadanía y a las instancias correspondientes brindando acceso a la información clara, suficiente, relevante y oportuna
Rectores de universidades públicas, enero, 2019. Foto: Anel Kenjekeeva.
El Consejo Nacional de Rectores (Conare) refutó las declaraciones de la Contralora, Marta Acosta, realizadas el lunes, en la Comisión Legislativa que estudia el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), sobre la planificación y la rendición de cuentas de las universidades públicas.
A pesar de que es práctica usual el envío de los informes a la Contraloría General de la República, por parte del Consejo Nacional de Rectores y las Universidades Estatales, se envió a la Contralora, mediante oficio OF-CNR-20-2019, del 5 de febrero y firmado por el Presidente del Conare, Henning Jensen, los informes de seguimiento y monitoreo del Plan Nacional de la Educación Superior Planes 2016-2020, correspondientes a los años 2016 y 2017, además se le indicó el proceso con el cuál se realizó dicho seguimiento y monitoreo, el cual se detalla:
El proceso parte de los indicadores que fueron definidos en la formulación del Planes 2016-2020.
En el año 2016, la Comisión de Directores de Planificación designó a la Subcomisión de Indicadores para que realizara el seguimiento. Este equipo elaboró la metodología con la cual realizaría el monitoreo y seguimiento, la cual fue aprobada por la Comisión de Directores de Planificación en la sesión 04-17 del 04 de mayo de 2016.
Durante el año 2017 se inició con la recopilación y procesamiento de los datos 2016, para los indicadores establecidos, con los que se elaboró el documento “Informe ejecutivo de seguimiento y monitoreo del Planes 2016-2020, Logros 2016” que fue aprobado por la Comisión de Directores de Planificación en el mes de noviembre de 2017.
La Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES), a partir de los compromisos definidos en el Acuerdo de Financiamiento de la Educación Superior del año 2016, elaboró una propuesta de indicadores y la hizo del conocimiento de la Comisión de Directores de Planificación para sus observaciones.
Una vez logrado el consenso de los indicadores, que se utilizarían para dar seguimiento a los compromisos de las universidades suscritos en el Acuerdo de Financiamiento, la Oficina de Planificación de la Educación Superior, recolectó la información correspondiente a estos indicadores y elaboró el documento “Indicadores para el seguimiento del artículo 7 del Acuerdo de financiamiento del FEES 2016”.
Para el seguimiento y monitoreo del Planes 2016-2020 correspondiente al año 2017, el informe se trabajó de la misma forma que el año anterior, con la Subcomisión de Indicadores, y la recolección de datos de los compromisos asumidos en el Acuerdo de Financiamiento de la Educación Superior. OPES recolectó la información y la procesó.
Para dar cumplimiento al articulado del Acuerdo de Financiamiento para la Educación Superior Universitaria Estatal (FEES), desde que fue firmado en agosto de 2015, con vigencia para el año 2016, en el que se establece que el monitoreo de los compromisos de las universidades en dicho acuerdo se realizará mediante las acciones de seguimiento del PLANES vigente, se procedió a integrar en un solo documento los indicadores originalmente incluidos en el PLANES 2016-2020 y los indicadores acordados con el Gobierno para el cumplimiento del artículo 7.
Producto del proceso anterior se elaboró el documento denominado “Informe de seguimiento del PLANES 2016-2020, Logros 2017: Incluye indicadores relacionados con la cláusula 7 del acuerdo de financiamiento FEES”.
Las universidades públicas rinden cuentas a la ciudadanía y a las instancias correspondientes brindando acceso a la información clara, suficiente, relevante y oportuna, como parte de la transparencia que es prioridad y distingue la gestión universitaria.
Las universidades públicas son ejemplo de los procesos de transparencia, lo cual queda reflejado en el estudio anual del Índice de Transparencia en el Sector Público Costarricense (ITSP), elaborado por la Defensoría de los Habitantes, en donde ocupan altas calificaciones por la promoción de una cultura institucional orientada hacia buenas prácticas de acceso a la información, rendición de cuentas, participación ciudadana y datos abiertos, a través de los sitios web.
Celebración del 10 Aniversario del grupo de baile ‘Al son de la vida’, del PIAM, en el Teatro Espressivo, en octubre del 2018. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.
La UCR sabe que la formación es un proceso que no termina nunca y, por eso, ofrece cientos de cursos en todas las áreas del conocimiento
El cambio demográfico es un proceso irreversible y se vive en cada uno de los hogares costarricenses. Cada vez hay más personas adultas y adultas mayores y nacen menos niños. De esta forma, la población costarricense se va tornando cada vez más vieja y ello nos enfrenta como sociedad al reto de aprender a envejecer.
Desde 1986 con la creación del Programa Institucional para al Persona Adulta y Adulta Mayor (PIAM), la Universidad de Costa Rica (UCR) dio un paso adelante para responder a la promoción del envejecimiento saludable por medio de la educación. Bajo la premisa de que el aprendizaje es permanente y a lo largo del ciclo vital, la UCR ofrece la oportunidad a miles de personas de envejecer aprendiendo.
Este programa que obtuvo el premio nacional de mejora a la calidad de vida en el 2016, es además pionero en la región, fue el primero en Costa Rica y el segundo en América Latina en impulsar estrategias para promover el envejecimiento activo.
El aprendizaje es un proceso que dura toda la vida y la Universidad de Costa Rica (UCR) lo tiene muy presente. Por eso, desde hace más de 20 años, abrió sus aulas a las personas mayores de 50 años, así se convirtió en la primera universidad costarricense y la segunda latinoamericana con una opción educativa para esta población.
El programa está dirigido a personas mayores de 50 años, no pide requisitos y la matricula se hace dos veces al año cada semestre, entre finales de febrero y principios de marzo, y a finales de julio y principios de agosto. La oferta del PIAM-UCR suma hasta 270 cursos en todas las áreas de conocimiento y el costo de la matrícula varía desde los ¢8 000 a los ¢37 000 (para los cursos que suman materiales).
El listado completo de cursos que oferta el PIAM-UCR se publica cada semestre en el sitio web del programa en: piam.ucr.ac.cr
La Universidad también ofrece opciones educativas para las personas mayores a través de sus sedes y recintos en zonas como San Ramón, Grecia, Limón, Puntarenas, Guanacaste y Paraíso donde se han desarrollado diversos programas, proyectos y actividades bajo este mismo concepto.
Participar en estos programas se traduce en una mejoría en la calidad de vida. Las personas que participan reportan sentirse con mayor vitalidad, haber logrado vencer miedos y limitaciones, experimentan mejoras en su salud general y la reducción de síntomas de enfermedades y un mayor sentido de integración a la sociedad.
Las personas beneficiarias reportan sentirse con mayor vitalidad, haber logrado vencer miedos y limitaciones, experimentar mejoras en su salud general y reducir síntomas de enfermedades, así como gozar de un mayor sentido de integración a la sociedad.
María José Víquez Barrantes, asesora de educación del PIAM-UCR, asegura que espacios educativos como éste son fundamentales para el país, ya que se reconoce el derecho a la educación como un derecho fundamental que no caduca con la edad y se promueve un envejecimiento activo en el que las personas adultas mayores se empoderan de su condición y pueden elaborar un proyecto de vida.
Este programa de la Vicerrectoría de Acción Social (VAS) cuenta con un equipo asesor y funciona con el apoyo de aproximadamente 100 docentes voluntarios. Actualmente brinda servicios a 2 500 personas cada ciclo lectivo, cuenta con una oferta educativa de hasta 270 cursos y un amplio repertorio de programas como teatro, taekwondo, idiomas, computo y natación, entre muchos otros. Además, desarrolla proyectos de investigación, acción social y vinculación y es reconocido como un modelo a nivel internacional.
Envejecimiento se acelera en Costa Rica
Según proyecciones del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) para el año 2048 un 19,7% de la población tendrá más de 65 años y habrá personas más longevas de 80, 90 y hasta 100 años. Actualmente, este grupo representa el 8,2% de la población.
Las actividades se enmarcan en los Campamentos de Desarrollo Humano del 2019
Niñas y niños de la comunidad aprendieron vocabulario en inglés sobre fauna local. Foto cortesía TC-657
Con espacios de aprendizaje a través del juego, dieron inicio los Campamentos de Desarrollo Humano en el Recinto de Golfito de la Universidad de Costa Rica (UCR), los cuales se desarrollan bajo el lema “Hacia una comunidad de saberes”.
El lunes 29 de enero, primer día de la programación, se acercaron al Recinto niños y niñas de la comunidad y disfrutaron de los talleres “Safari for kids” y “Elaboración de juguetes con materiales valorizables”.
Durante la mañana, se realizó la primera sesión del taller “Safari for kids” que continuará durante la semana. Esta actividad contó con el apoyo del proyecto El Sur Emprende (TC-657) y estuvo a cargo de Randall Blanco, docente universitario.
El espacio pretende que niños y niñas de 7 a 12 años aumenten sus conocimientos en inglés sobre animales de la región, mediante tareas lúdicas como colorear, jugar charadas, jugar memoria y participar en ralis. Este lunes, la protagonista de la sesión fue la tortuga, animal que 22 niñas y niños ahora conocen mejor. Por ejemplo, aprendieron las partes de su cuerpo, sus hábitats y los diferentes tipos de tortugas que se encuentran en la región.
Durante la tarde se llevó a cabo el taller “Elaboración de juguetes con materiales valorizables”, que continuó el martes 29. En este, 18 niñas y niños reflexionaron sobre la importancia de darle el máximo aprovechamiento a los residuos sólidos con técnicas de reutilización y reciclaje.
Noval Esquivel, estudiante de la carrera de Educación Primaria y colaboradora del taller, comentó que es importante enseñar a que las niñas y niños “identifiquen qué son materiales valorizables (reciclables) y conozcan los diferentes usos que se les puede dar, para que de esta manera sean capaces de ayudar a conservar el planeta”.
Los Campamentos de Desarrollo Humano en el Recinto de Golfito y comunidades aledañas continuarán hasta el 10 de febrero. Talleres, conferencias, caminatas y mucho más son parte del programa. Para más información consulte la siguiente página web: https://accionsocial.ucr.ac.cr/campamentos
Michelle Jaén Alvarado
Estudiante, Recinto de Golfito
Daniela Muñoz Solano
Unidad de Comunicación, Vicerrectoría de Acción Social
Estudiantes, docentes y autoridades mantienen reuniones con el fin de fortalecer esta carrera que se imparte en la Sede del Caribe
La comisión de trabajo de la carrera de Marina Civil es fruto del diálogo entre estudiantes y autoridades de diversas instancias universitarias. Foto: Otto Salas.
Tras el acuerdo alcanzado el 11 de diciembre del 2018 entre las autoridades universitarias y la población estudiantil de la carrera de Marina Civil, la comisión creada para estudiar el tema ha realizado tres sesiones de trabajo y ha logrado avances.
Estos son los resultados del proceso de diálogo, a poco más de un mes de su inicio:
La Vicerrectoría de Docencia está coordinando un equipo de académicos y profesionales que revisa, durante los meses de enero y febrero del 2019, los perfiles docentes y los programas de estudio. Se realizarán las correcciones metodológicas que se requieran para ajustar los programas actuales.
La Vicerrectoría de Investigación ha explicado el alcance del Reglamento de Trabajos Finales de Graduación, con el fin de aclarar las dudas sobre el tema.
Los estudiantes de Marina Civil se encuentran preparando un instrumento para aplicarlo entre la población estudiantil, con el fin de identificar los cursos que requieren mejoras; los resultados loscomunicarán a las autoridades.
La Asamblea de la Sede del Caribe autorizó, el 18 de diciembre de 2018, que se incluyeran todas las modalidades de Trabajos Finales de Graduación (y no sólo la tesis como hasta ahora), y se nombró a la Comisión Especial de Trabajos Finales de Graduación de la carrera de Marina Civil.
El plan de estudios de la carrera de Marina Civil no contempla un curso de metodología de investigación. Esto representa una limitante para que el estudiantado pueda prepararse efectivamente para la realización del Trabajo Final de Graduación. Por ese motivo, con apoyo de la Escuela de Ingeniería Eléctrica, la Vicerrectoría de Vida Estudiantil y la Vicerrectoría de Docencia, se está impartiendo durante el ciclo de verano el curso complementario IE0599 Anteproyecto de Trabajo Final de Graduación para estudiantes de Marina Civil. Como valor agregado, las personas matriculadas en este curso poseen todos los beneficios relacionados con los créditos y el mantenimiento de la beca.
Se han realizado las consultas ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para conocer el proceso de obtención de las Libretas de Navegación para los estudiantes. Según comunicación oficial del 23 de enero de 2019 (DVMP-DNS-2019-92), emanada por el Ministerio en mención, los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos pueden solicitar el documento que los acredita para embarcarse.
Las autoridades de la UCR están realizando las gestiones para trabajar en colaboración académica con la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP).
La Vicerrectoría de Docencia está trabajando en el diseño y ejecución de un plan de formación en pedagogía para el cuerpo docente de la carrera de Marina Civil.
El día 29 de enero del 2019 se efectuó una reunión por parte de la vicerrectora de Docencia, Dra. Marlen León Guzmán, y la M. Sc. Natalia Álvarez Rojas, viceministra de Trabajo, para realizar esfuerzos conjuntosen los temas de formación docente certificada, embarques y gestión del Convenio OIT(Organización Internacional del Trabajo) sobre la materia.
El 1.o de febrero del 2019, un grupo de decanos(as) y directores(as) visitarán la Sede del Caribe para informar sobre el proceso de traslado por excepción y las características de los planes de estudios posibles.
Se ha dado seguimiento a la búsqueda de prácticas de embarque y la comisión de trabajo continuará analizando el tema en la sesión del 8 de febrero del 2019.
La comisión de trabajo de la carrera de Marina Civil está conformada por el Consejo de la Sede del Caribe, la vicerrectora de Docencia, el vicerrector de Investigación, el decano de la Facultad de Ingeniería, la subdirectora de la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa y seis estudiantes que conforman la representación estudiantil de Marina Civil.
Entre los temas pendientes en las sesiones de trabajo están aprobar el fundamento epistemológico de la carrera de Marina Civil y seguir los convenios internacionales requeridos para que tal opción académica pueda desarrollarse.
Accion de Inconstitucionalidad promovida por la Universidad de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica, la Universidad Nacional, la Universidad Estatal a Distancia y la Universidad Técnica Nacional contra la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, publicada en Alcance 207 a La Gaceta (Diario Oficial) número 230 del 11 de diciembre de 2018.
Señores
Sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Ciudad
Estimados señores:
Los suscritos, HENNING JENSEN PENNINGTON -mayor, casado, Doctor en Psicología, vecino de Mercedes, Montes de Oca, San Pedro, San José, con cédula de identidad número 8-041-334, como rector de la UNIVERSIDAD DE COSTA RICA, cédula jurídica número 4-0000-42149; JULIO CESAR CALVO ALVARADO -mayor, casado, Ingeniero Forestal, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad número 1-639-541-, como rector del INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA, cédula jurídica número 4-000-042145; ALBERTO LUIS SALOM ECHEVERRIA -mayor, viudo, Doctor en Politología, vecino de Concepción de Tres Ríos, La Unión, Cartago, con cédula de identidad número 1-443-578- como rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL, cédula jurídica número 4-000- 042150; CARLOS MAURICIO MONTOYA RODRIGUEZ -mayor, divorciado, Máster en Administración de Empresas, vecino de San Rafael, La Unión, Cartago, con cédula de identidad número 1-845-995- como rector de la UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA, cédula jurídica número 4-000-042151 y MARCELO PRIETO JIMENEZ -mayor, casado, Licenciado en Derecho, vecino del cantón central de Alajuela, con cédula de identidad número 2-283-288- como rector de la UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL, cédula jurídica número 3-007-556085, atentos nos presentamos a plantear acción de inconstitucionalidad contra el artículo segundo de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, publicada en Alcance 207 a La Gaceta (Diario Oficial) número 230 del 11 de diciembre de 2018, por los siguientes:
MOTIVOS:
Violación del artículo 85 de la Constitución Política, por asumir el Poder Legislativo competencias no autorizadas constitucionalmente para disminuir la partida correspondiente al Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal, incorporada por el Poder Ejecutivo en el proyecto de presupuesto de egresos de la República, en detrimento de las potestades constitucionales señaladas para el Poder Ejecutivo por el párrafo cuarto del mismo artículo 85.
Violación constitucional por omisión al no haber sido incorporado en el artículo 22 de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, el monto del FEES preceptuado por el artículo 85 de la Constitución Política, esto es, una partida correspondiente al FEES vigente en el presente año, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.
Todo lo anterior según pasamos a exponer en la siguiente fundamentación:
SOBRE LA LEGITIMACION DE LOS ACCIONANTES:
La Universidad de Costa Rica, el Instituto Tecnológico de Costa Rica, la Universidad Nacional, la Universidad Estatal a Distancia y la Universidad Técnica Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6162 del 30 de noviembre de 1977, reunidas en el seno del Consejo Nacional de Rectores, formulamos conjuntamente el Plan Nacional de la Educación Superior (PLANES) de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de esta Ley, para los efectos de la determinación del financiamiento universitario requerido para la atención de sus gastos e inversiones, de conformidad con el artículo 85 de la Constitución Política vigente.
La dotación de este financiamiento no sólo determina y condiciona la operatividad misma de dichas instituciones, posibilitándoles el cumplimiento de sus cometidos estatales, sino que constituye el medio necesario para garantizar la efectividad y progresividad del Derecho a la Educación de nivel superior universitario, cuyos beneficiarios directos son los estudiantes matriculados en estas instituciones.
El artículo 75 de la Ley N27135 de 11 de octubre de 1989, Ley de la Jurisdicción Constitucional regula los presupuestos que determinan la admisibilidad de las acciones de inconstitucionalidad, exigiendo la existencia de un asunto pendiente de resolver en sede administrativa o judicial en el que se invoque la inconstitucionalidad, requisito que no es necesario en los casos previstos en los párrafos segundo y tercero de ese artículo, es decir, cuando por la naturaleza de la norma no haya lesión individual o directa; cuando se fundamente en la defensa de intereses difusos o que atañen a la colectividad en su conjunto, o cuando sea presentada por el Procurador General de la República, el Contralor General de la República, el Fiscal General de la República o el Defensor de los Habitantes, el desempeño de sus propias competencias.
La legitimación que ostentan las instituciones de educación superior universitaria estatal aquí representadas para promover la presente acción de inconstitucionalidad proviene del artículo 75 párrafo 22 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por cuanto por la naturaleza del asunto no existe lesión individual y directa, se trata de la defensa de intereses difusos que atañen a la colectividad en su conjunto y no es posible, por su naturaleza, obtener un supuesto justiciable de aplicación singular y concreto.
Se acude en defensa de intereses difusos o colectivos relacionados con el Derecho fundamental a la educación superior universitaria estatal y el control sobre el manejo de los fondos públicos conforme a su determinación en el Plan Nacional de Desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES) y su incorporación en el presupuesto de la República.
En este caso existe la legitimación en la defensa de «intereses difusos», dentro de los que la Sala Constitucional ha identificado el medio ambiente, el patrimonio cultural, la defensa de la integridad territorial del país, el buen manejo del gasto público, el derecho a la salud, el derecho a la educación pública, entre otros, casos en los que se ha pronunciado en el sentido de que no resulta necesario contar con un asunto previo que sirva de base a esta acción.
Las violaciones aquí alegadas no son tampoco susceptibles de generar una lesión individual que legitime a una persona determinada o determinable a solicitar el contro! de constitucionalidad, motivo por el que resultan aplicables las resoluciones 480-2002 de las 14:41 horas del 23 de enero de 2002, la 481-2002 de 14:42 horas del mismo día y la resolución 5798-2014 de 16:33 horas del 30 de abril de 2014, pues “dada la naturaleza de la disposición impugnada no es posible obtener un supuesto justiciable de aplicación singular y concreto (sentencia n.”2004-14986 de las 12:17 horas del 24 de diciembre de 2004),
Adicionalmente, en el presente caso se acusa el rebajo de un monto presupuestario global (FEES), destinado al financiamiento del conjunto de instituciones de educación superior universitaria estatal en general y no a alguna institución en particular, motivo por el que sería también imposible por dicha razón obtener un supuesto justiciable de aplicación singular y concreto, conforme lo señala la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
HECHOS:
PRIMERO.- El monto anual destinado al fondo especial para el financiamiento de la educación superior universitaria estatal (FEES) para el ejercicio económico 2019 en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES), fue fijado por la Comisión de Enlace mediante acuerdo suscrito entre las instituciones de educación superior universitaria estatal y el Poder Ejecutivo, representado por los Ministros de Educación, Hacienda, Planificación y de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones, el pasado 13 de julio de 2018, conforme lo acredita el documento adjunto.
SEGUNDO.- El FEES correspondiente al año 2019 fue definido en este acuerdo en los siguientes términos:
“El presupuesto del FEES en el 2019 será de (511.154,72 millones y para la UTN el presupuesto será de ¿34.868,93 millones; montos que corresponden al presupuesto asignado en el año 2018, tomando en cuenta la estimación del 3%, prevista como inflación para el año 2019” (cláusula primera).
El monto del FEES para el año 2019 se determinó tomando como base el monto del FEES vigente para el año 2018 “ajustado de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda”, expresando así la ejecución directa de lo que a este efecto ordena preceptivamente el artículo 85 de la Constitución Política.
TERCERO.- Para dar cumplimiento a dicha disposición constitucional, también fue dispuesto que las eventuales variaciones en el poder adquisitivo de la moneda causarían una revisión de su monto aprobado. El acuerdo de financiamiento correspondiente indica en su cláusula segunda:
“Si en el transcurso del año 2019 la inflación, medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) supera el 4%, límite superior proyectado en el Programa Macroeconómico del Banco Central, la Comisión de Enlace se reunirá para valorar los términos del presente acuerdo.”
CUARTO.- El monto del FEES para el año 2019 por la suma de 511, 154,72 millones de colones, fue incorporado por el Poder Ejecutivo en el proyecto de presupuesto ordinario de egresos de la República, según lo ordenado por el artículo 85 de la Constitución Política. Durante la discusión de dicho proyecto de ley de presupuesto por parte de la Asamblea Legislativa, los señores diputados aprobaron un rebajo de 10.000 millones de colones a la asignación del monto del FEES acordado, fijándolo en su lugar en la suma de 501.154,72 millones de colones, con lo cual el FEES vigente para el año 2018 no fue incorporado en el presupuesto 2019 “ajustado de acuerdo con la variación en el poder adquisitivo de la moneda”, tal y como lo establece el artículo 85 de la Constitución Política, en forma preceptiva y obligatoria.
QUINTO.- El pasado 11 de diciembre de 2018 fue publicada en Alcance 207 a La Gaceta (Diario Oficial) número 230 la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, cuyo artículo 22 incorpora con destino al FEES dos partidas por un total de 501.154,72 millones de colones, rebajando 10.000 mil millones de colones la suma que preceptúa asignar para el año 2019 el artículo 85 de la Constitución Política. (Véase Ley 9632, Tomo Il, página 521).
FUNDAMENTO DE LA INCONSTITUCIONALIDAD QUE SE ACUSA:
La variación en el poder adquisitivo de la moneda que se incorpora en el programa macroeconómico del Banco Central de Costa Rica para el ejercicio 2019 es un insumo de naturaleza técnica, que no es definido ni por las instituciones de educación superior universitaria estatal integrantes del CONARE ni por los Ministros de Educación, Hacienda, Planificación ni de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
La disposición constitucional que regula la determinación del monto o asignación del FEES para determinado año está contenida en el artículo 85 de la Constitución Política que, en lo que aquí interesa, dice:
“El Estado… mantendrá -con las rentas actuales y con otras que sean necesarias- un fondo especial para el financiamiento de la Educación Superior Estatal. … Las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan. … El Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.”
En ejecución de este precepto constitucional, las instituciones de educación superior universitaria estatal y los Ministros de Educación, Hacienda, Planificación y de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones, acordaron fijar el FEES correspondiente al año 2019 en los mismos términos constitucionales, por la suma de 511.154,72 millones de colones, no obstante lo cual el Poder Legislativo se atribuyó competencias que corresponden al Poder Ejecutivo y en su lugar incluyó en el presupuesto ordinario de egresos de la República para el año 2019 la partida del FEES con una disminución de 10.000 millones de colones, por la suma de 501,154,72 millones de colones, con lo cual dicha partida no corresponde a la asignación constitucional prevista para el FEES, la cual debe ser ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.
La determinación del monto del FEES planteada por el Poder Ejecutivo en el proyecto de ley de presupuesto para el año 2019 deriva de la aplicación directa del artículo 85 de la Constitución Política. Esta situación resulta de particular importancia toda vez que el mismo artículo 85 establece el supuesto jurídico único bajo el cual el Poder Ejecutivo perdería su competencia constitucional para incluir el monto del FEES y ser sustituido por el Poder Legislativo. Indica el artículo 85 en su párrafo final:
“Cualquier diferendo que surja, respecto a la aprobación del monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal, será resuelto por la Asamblea Legislativa.” Por tratarse de una norma constitucional imperativa debe entenderse que, fuera de este supuesto jurídico, le está vedado a la Asamblea Legislativa determinar la asignación del FEES, incorporando un monto distinto del acordado y definido constitucionalmente. En el presente caso no hubo diferendo alguno respecto a la determinación del monto a presupuestar para el FEES del año 2019. Por el contrario, su monto fue determinado siguiendo la literalidad misma del artículo 85 constitucional, ajustando el monto del FEES del año 2018 a la variación del poder adquisitivo de la moneda, según las proyecciones macroeconómicas aprobadas por el Banco Central de Costa Rica, autoridad competente en esta materia.
Como consecuencia de esta intervención de la Asamblea Legislativa se cometieron las violaciones constitucionales que aquí se acusan y reclaman, ya que asumió competencias que constitucionalmente no le están atribuidas en detrimento de las potestades constitucionales reservadas para el Poder Ejecutivo, dejando sin contenido la garantía constitucional de conservación del poder adquisitivo de las rentas destinadas al FEES, obstaculizando con ello el disfrute del Derecho a la Educación superior universitaria y su progresividad, cuya efectividad constituye el cometido estatal de las instituciones aquí representadas.
VIOLACIONES CONSTITUCIONALES:
Si bien corresponde al Poder Legislativo conocer y aprobar el presupuesto ordinario de la República, tratándose de la determinación del presupuesto del FEES, la misma Constitución estipula un procedimiento especialísimo, dentro del cual la competencia del Poder Legislativo queda condicionada a la existencia de una ausencia de acuerdo en cuanto al monto a asignar para el FEES en determinado año por parte del Poder Ejecutivo.
La determinación del monto a presupuestar para el FEES del año 2019 es resultado directo de lo dispuesto por el artículo 85 de la Constitución Política, pues corresponde estrictamente al monto del FEES del período vigente, ajustado únicamente por la variación en el poder adquisitivo de la moneda, según las estimaciones oficiales contenidas en el programa macroeconómico emitido por el Banco Central.
Como consecuencia, se da en el presente caso el concurso de dos violaciones constitucionales contenidas en la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018:
Violación del artículo 85 de la Constitución Política, por asumir el Poder Legislativo competencias no autorizadas constitucionalmente para disminuir la partida correspondiente al Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal, incorporada por el Poder Ejecutivo en el proyecto de presupuesto de egresos de la República, en detrimento de las potestades constitucionales señaladas para el Poder Ejecutivo por el párrafo cuarto del mismo artículo 85.
Violación constitucional por omisión al no haber sido incorporado en el artículo 2? de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, el monto del FEES preceptuado por el artículo 85 de la Constitución Política, esto es, una partida correspondiente al FEES vigente en el presente año, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda.
PETITORIÍA:
Con fundamento en todo lo expuesto, solicitamos a la Sala Constitucional dar trámite a la presente acción de inconstitucionalidad, para lo cual aportamos copias de ley, y acoger la inconstitucionalidad acusada y reclamada contra el artículo 22 de la Ley N29632 declarando en sentencia:
A.- La legitimación que poseen las instituciones de educación superior universitaria estatal para la interposición de la presente acción de inconstitucionalidad contra el artículo 22 de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, publicada en el Alcance 207 a La Gaceta (Diario Oficial) número 230 del 11 de diciembre de 2018.
B.- La inconstitucionalidad de la reducción (en 10.000 millones de colones) que el Poder Legislativo ha hecho de la partida incorporada por el Poder Ejecutivo en el proyecto de presupuesto (por 511,154,72 millones de colones), efectuada durante la tramitación del proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019. Lo anterior como consecuencia de una intervención indebida del Poder Legislativo en el ámbito de las competencias constitucionales asignadas por el artículo 85 al Poder Ejecutivo, que mediante acuerdo con las instituciones de educación superior universitaria estatal suscrito el pasado 13 de julio de 2018, determinaron la asignación constitucional para el FEES correspondiente al año 2019 en la suma de 511.154,72 millones de colones, monto que corresponde al presupuesto asignado en el año 2018, tomando en cuenta la estimación del 3%, prevista como inflación para el año 2019.
C.- La inconstitucionalidad del artículo 22 de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 20138, por no haber incorporado la partida correspondiente al Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Universitaria Estatal (FEES) en los términos preceptivos y obligatorios contenidos en el artículo 85 de la Constitución Política, esto es, una partida correspondiente al FEES vigente en el presente año, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda, variación que ha sido fijada en un tres por ciento de inflación, de conformidad con el programa macroeconómico publicado por el Banco Central de Costa Rica.
D.- Dimensionar los efectos de la sentencia que acoja la presente acción previniendo tanto al Poder Ejecutivo como a la Asamblea Legislativa a incluir por medio de un presupuesto extraordinario del año 2019 los fondos necesarios para incorporar los 10.000 millones de colones que fueron inconstitucionalmente rebajados de las partidas destinadas a la asignación que constitucionalmente corresponde para el Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Universitaria Estatal (FEES) de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Constitución Política.
D.- Prevenir tanto al Poder Ejecutivo como a la Asamblea Legislativa de abstenerse de realizar acciones u omisiones que impliquen incumplir durante el proceso de formulación, discusión y aprobación del presupuesto de egresos de la República, el monto del FEES que debe ser incluido según los términos señalados por el artículo 85 de la Constitución Política.
DOCUMENTOS:
Acompañamos a la presente acción de inconstitucionalidad los siguientes documentos:
Documentos que acreditan nuestras personerías
Copia de la Ley N26162 del 30 de noviembre de 1977
Acuerdo de financiamiento del FEES suscrito el 13 de julio de 2018
Copia del programa macroeconómico publicado por el Banco Central de Costa Rica
Copia del artículo 22 de la Ley N29632 del 28 de noviembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, (Tomo ll, página 521)
NOTIFICACIONES:
Oiremos notificaciones mediante el correo electrónico gbaudritfWconare.ac.cr, debidamente autorizado al efecto, asociado al celular 8388-5148.
San José, 22 de enero de 2019
En el primer día de campamentos, se realizó un taller de guitarra para adultos en la comunidad de Pacayitas. Foto: VAS UCR.
Enviado por M.Sc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.
El 24 de enero, los estudiantes admitidos bajo esta modalidad fueron notificados por parte de la Oficina de Registro e Información (ORI)
Para el año 2019, la UCR enfocó el análisis de mejora del mecanismo de admisión diferida en la inclusión de otras modalidades educativas y en el cálculo de la nota de admisión modificada, esto favoreció una mayor asignación de cupos.
Un total de 542 estudiantes podrá iniciar estudios este 2019 en la Universidad de Costa Rica gracias al proceso de “admisión diferida para promover la equidad”.
Por quinta vez consecutiva, la UCR implementó esta segunda fase de ingreso con la finalidad de favorecer una representación balanceada de los centros educativos, así como de otras modalidades de estudio existentes en el país.
Estos 542 estudiantes admitidos bajo el mecanismo de admisión diferida provienen de centros educativosrurales y urbanos en los cuales un 15 % o menos del estudiantado que efectuó la prueba de aptitud académica (PAA) resultó admitido en la fase ordinaria de concurso a carrera, según la resolución de la Vicerrectoría de Docencia VD-R-10626-2019.
Como parte de las mejoras impulsadas por la Vicerrectoría de Vida Estudiantil para la modalidad de admisión diferida en este 2019, se tomó en cuenta en el análisis para el proceso a la población proveniente de colegios del exterior, de Bachillerato por Madurez Suficiente y de Educación Diversificada a Distancia (EDAD).
Además, se cambió el criterio de cálculo para el establecimiento de la nota de admisión modificada para cada una de las carreras y recintos, la cual se definió como la menor nota corte de los últimos 10 años de cada carrera.
Desde este jueves 24 de enero los estudiantes admitidos en esta modalidad fueron notificados por parte de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil.
Gracias a esta serie de mejoras, la Universidad de Costa Rica logró un aumento importante en la cantidad de cupos asignados en esta modalidad, con un incremento del 77 % con respecto al 2018, cuando se asignaron 306 cupos.
“Estos nuevos ajustes que, con base en la experiencia de los años anteriores, hemos implementado en la modalidad de admisión diferida, nos permiten avanzar a un mejor aprovechamiento de la capacidad de admisión a cada carrera y recinto, promoviendo la representación equitativa de la población estudiantil de todos los centros educativos de secundaria del país, así como de otras modalidades, en consonancia con los principios de excelencia académica, equidad y justicia social, que orientan el actuar de la Universidad de Costa Rica”, afirmó la M. Sc. Ruth De la Asunción Romero, vicerrectora de Vida Estudiantil.
Información importante para la población estudiantil admitida por medio de la admisión diferida
Desde este jueves 24 de enero, los estudiantes admitidos en esta modalidad fueron notificados por parte de la Oficina de Registro e Información (ORI) de la UCR por medio del correo electrónico.
Adicionalmente, funcionarios de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil están contactando por vía telefónica a esta población, con el fin de ampliar los datos relacionados con los procesos de admisión y de becas.
De igual manera, los alumnos pueden consultar los resultados de la admisión diferida en la página www.ori.ucr.ac.cr y despejar sus dudas por medio del teléfono 2511-4671.
La población estudiantil también puede consultar las notas corte de la fase de admisión diferida, así como el listado de los centros educativos que participaron en esta modalidad en el siguiente enlace: http://vd.ucr.ac.cr/documento/resolucion-vd-r-10626-2019/