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Autor: Hector Ferlini Salazar

Donde la selva susurra historias olvidadas, una leyenda cobra vida

Marco «Kiko» Palma, maestro de la escena costarricense, te invita a formar parte de «Leyenda Sue-Ri», un viaje teatral único que conecta pasado y presente.

A través de un juego escénico participativo, esta obra recorre el camino de la rebelde región indígena de Suerres, tejiendo una narrativa que integra al público en el desarrollo de la historia, convirtiéndolos en parte activa de su esencia viva.

Inspirada en las raíces ancestrales y la temática de la Ecoferia Copalchí 2025, esta pieza es más que teatro: es un llamado a escuchar la tierra, a recordar sus luchas y a celebrar su legado.

Fecha: Sábado 1° de febrero

Hora: 7:00 PM

Lugar: Copalchí Camping, Suerre, Jiménez, Limón

Cómo llegar: https://maps.app.goo.gl/eZyG6pxzGJrMxve99?g_st=com.google.maps.preview.copy

Podés ser parte de esta velada mágica.

La triste actualidad del SINART

Dr. Óscar Aguilar Bulgarelli
Fundador y expresidente ejecutivo

El pasado jueves, en una conferencia de prensa convocada por el Ministerio de la Presidencia para anunciar las medidas extremas que este desgobierno desea tomar contra el SINART, la infumable ministra de esa cartera Laura Fernández, dijo esta memorable frase: tenemos al SINART como tigre amarrado contra burro suelto… si estimado lector, leyó bien.

Ahora entendemos la triste actualidad de la institución… los burros la agarraron a patadas, y para matarla la amarran en toda sus posibilidades de financiamiento para que no pueda producir, como en otros tiempos, cosas maravillosas que todos recuerdan como Antorcha y Gente Como Nosotros, para citar sólo dos ejemplos de cientos que se podrían mencionar. Producciones que, además de generar audiencia, ¡lógicamente generaban recursos!

Claro, en las burreicas mentalidades que nos gobiernan y conducen al SINART, eso es impensable y hay que dejarlo reducido a la mínima expresión, con respiración artificial.

No, ni el SINART ni el país se pueden conducir a patadas de burro, sino con capacidad e inteligencia propia del ser humano preparado y capacitado para enfrentar estos retos.

El SINART, en todos sus medios y novedosas plataformas, ¿se puede salvar y que vuelva a brindar el maravilloso servicio educativo y cultural de otros tiempos?

¡Por supuesto que sí, pero para ello se requiere soltar el tigre y amarrar al burro!

Movimiento comunitario emplaza al alcalde de Mora para que cumpla su promesa y no se avance con botadero de basura

Un emplazamiento a Rodrigo Alfonso Jiménez Cascante, alcalde de Mora para que “honre los compromisos que firmó” con la comunidad, es lo que hace un movimiento comunitario de Mora y Atenas.

La comunidad propone que cada cantón asuma su basura responsablemente, y que no se aplique la pretensión del Ministerio de Salud de dar la posibilidad de que se concentre los desechos de más de 38 cantones en un botadero. Se señala que “los botaderos de basura no son la solución”.

En un documentado video de cuatro minutos, Ronulfo Morera, de Buen Vivir Costa Rica expone el detalle de la lucha que llevan adelante por la protección de la salud comunitaria. Le invitamos a verlo:

El proyecto de ley presentado por el gobierno para regular las “pensiones de lujo” no las detiene

Francisco Esquivel V.
Economista

Lo peor que le puede pasar a un proyecto de ley es que se formule sin una evaluación de impacto. Eso le pasó al proyecto presentado el 22 de enero por el gobierno en torno a las pensiones de los regímenes con cargo al Presupuesto (Expediente legislativo número 24.786). Aquí me referiré a la parte relativa al régimen de reparto del Magisterio Nacional (RTR). La propuesta que contiene el proyecto sobre el RTR no logra el objetivo planteado que es reducir a un mínimo las pensiones llamadas de lujo. Por el contrario, con este proyecto las pensiones altas, superiores a 4 millones de colones, seguirán siendo altas. Tamaño problema: se presenta un proyecto para bajar las “pensiones de lujo” y termina reproduciéndolas. Improvisación y desconocimiento de la forma de funcionamiento de los regímenes con cargo al Presupuesto.

El proyecto se basa en un supuesto estudio actuarial. Sin embargo, un estudio actuarial es un cálculo de ingresos vs costos de un sistema de pensiones. Eso no se puede hacer en el RTR. Por una sencilla razón: el Estado nunca cumplió su obligación de patrono y de Estado aportando las cuotas al RTR. Desde 1958 el Estado no le ha aportado nada al RTR. Los únicos que cotizaron en los primeros años fueron los docentes. Y los recursos que se acumularon en ese período fueron captados por el Gobierno Central y destinados a otras cosas, incumpliendo lo establecido en el artículo 73 de la Constitución de la República. Hoy el Gobierno Central paga las pensiones del RTR con recursos de la caja única y un aporte que dan los jubilados. Pero, como es de esperar, el déficit se produce por la falta de recursos ante el incumplimiento del Estado de pagar sus obligaciones durante más de 60 años. En tales condiciones un estudio actuarial es imposible de realizar: no hay ingresos históricos, ni ingresos futuros. Lo único que se puede realizar es una simulación de gastos de unas tres o cuatro décadas, que es lo que durará el RTR hasta que muera el último pensionado, porque el régimen está cerrado desde hace más de 30 años. Así que se puede hacer cualquier simulación y llamarlo estudio actuarial, pero no es un estudio actuarial.

Cuando decimos que el proyecto se formuló sin un estudio de impacto es en relación con la falta de cálculo de lo que pasaría con los diferentes niveles de pensión ante la aplicación del proyecto de ley. Por eso, a continuación, presentamos ese estudio de impacto, realizado con un modelo de simulación que hemos desarrollado en los últimos cinco años, ante los ataques sistemáticos que ha recibido el RTR. Usamos la versión CalculoPensionNeta_V9_50_2025. El modelo tiene un 100% de precisión, probado con la aplicación que han hecho una cantidad importante de jubilados del RTR. Tal simulación calcula las deducciones que se le aplican a cualquier pensión del RTR y con base en eso determina la pensión neta que le llega a cada jubilado. Las deducciones son el pago del impuesto sobre la renta y los aportes que se hacen al régimen con base en los artículos 70 y 71 de la ley 7531 que regula la materia. Además, el jubilado debe pagar el seguro de salud de la CCSS, un cargo administrativo a JUPEMA y una póliza de vida. Por ejemplo, una pensión bruta (es decir, sin deducciones) de 4 millones de colones paga 1,8 millones por deducciones; es decir, el 45% de la pensión bruta. Por lo tanto, al jubilado le queda una pensión neta de 2,2 millones.

La inconsistencia del tope del proyecto de ley

Los componentes del proyecto de ley mencionado son los siguientes:

  • Se aplicará un tope a todas las pensiones del RTR equivalente al tope de las pensiones del IVM de la CCSS. Hoy dicho tope equivale a 1.765.859 colones. Existe la posibilidad de aumentar moderadamente tal tope si el jubilado postergó el momento de su retiro.
  • El tope se aplicará a la pensión neta, es decir a la pensión bruta menos las deducciones mencionadas antes. A esto se le puede llamar pensión neta sin tope IVM.
  • La aplicación del tope está sujeta al cumplimiento de una excepción: la pensión neta con el tope IVM no puede ser menor al 40% de la pensión bruta. Es decir, si al aplicar el tope del IVM a la pensión neta ésta queda en un monto inferior a ese 40%, no se aplica el tope del IVM para que al jubilado siempre le llegue al menos un 40% de su pensión bruta. Esto es una interpretación particular del convenio 102 de la OIT, suscrito por el país. No es claro si tal parámetro se deriva del convenio 102. Actualmente, por disposiciones de la Sala IV, se aplica otro parámetro que limita las deducciones que debe pagar el jubilado al 50% de la pensión bruta. Para definir ese parámetro, la Sala IV también invocó el convenio 102, lo que tampoco es claro si es posible a partir del convenio. Se asume que lo definido por el proyecto de ley mantiene este último parámetro establecido por la Sala IV. Pero, si el proyecto de ley aplica ambos parámetros, supuestamente derivados del convenio 102, estaríamos ante un ornitorrinco jurídico de proporciones mayúsculas, que podría provocar un caos de interpretación legal. El modelo de simulación asume que se aplica dicho ornitorrinco porque se interpreta que el proyecto de ley lo dispone así.

Usando el modelo de simulación mencionado antes, calculamos el impacto en diversos niveles de pensión bruta del RTR. El siguiente gráfico y la tabla muestran los resultados de la simulación.

El gráfico presenta la pensión neta sin tope IVM para diferentes niveles de pensión bruta que van desde 2 millones hasta 15 millones. Se traza mediante una línea negra. Como mencionamos, esta pensión es el resultado de restarle a la pensión bruta todas las deducciones citadas.

Si le aplicamos el tope del IVM a la pensión neta aparece la pensión neta con tope IVM, que se dibuja mediante una línea roja.

Se observa en el gráfico que, en el rango de pensiones que va de 2 a 4 millones de colones, efectivamente el tope limita el monto de la pensión neta. La línea negra está encima de la línea roja. Es decir, el jubilado recibirá una pensión neta más baja comparándola con el monto que recibiría sin el tope IVM. Sin embargo, después de 4 millones el tope pierde efectividad. La regla de mantener el 40% de la pensión bruta protege a las pensiones más altas. La línea roja sigue debajo de la línea negra, pero sin freno. Es decir, el tope deja de funcionar, por lo que la pensión neta aumenta sin control. Es cierto, que la pensión neta con tope IVM baja un poco en relación con la pensión neta sin dicho tope; pero, los niveles que provocaría el proyecto de ley son muy altos. No hay control de las “pensiones de lujo” que siguen aumentando a niveles desproporcionados. Por ejemplo, si una pensión bruta de 7 millones se limita por el tope IVM, que es de 1,7 millones, quedaría abajo del mínimo del 40% respecto a la pensión bruta, que sería de 2,8 millones. Por lo tanto, el tope IVM no se aplica y obtiene 2,8 millones, lo que es sustancialmente diferente al tope de 1,7 millones del IVM. Conforme el monto de la pensión bruta aumente, la línea roja seguirá creciendo sin límite, lo que indica que el mínimo del 40% permite a los jubilados con pensiones altas disponer de una pensión neta final bastante alta. En términos del populismo usado para analizar este tema, resulta que el proyecto ley no frena las “pensiones de lujo”, cuando se supone que busca lo contrario. Un jubilado con 10 millones de pensión bruta va a recibir 4 millones de pensión neta, debido a la protección del mínimo del 40% de la pensión bruta. Otro jubilado con 15 millones de pensión bruta recibirá 6 millones de colones como pensión neta final, por la misma razón.

En pocas palabras, el tope del proyecto de ley no sirve para detener las “pensiones de lujo”, por el contrario, las fortalece. Por eso, el gráfico traza la línea roja de la pensión neta con tope IVM como una línea discontinua, a partir de 4 millones de pensión bruta, ya que, en la práctica, no funcionará.

Además, el gráfico revela que se trata de un proyecto de ley regresivo. Reduce la pensión neta de las pensiones brutas menores de 4 millones. Pero aumenta considerablemente la pensión neta de las pensiones brutas más altas. El proyecto les quita pensión a las pensiones bajas y les da más pensión a las altas.

Además, debe quedar claro que las cláusulas como la de la Sala IV (límite del 50% a las deducciones respecto a la pensión bruta) y la de este proyecto (protección del 40% de la pensión bruta) protegen a las pensiones más altas y dejan sin defensa a las pensiones bajas, menores a 4 millones de colones. Son cláusulas regresivas: cuando se presentan proyectos de ley para limitar las pensiones el efecto queda reducido a las pensiones bajas, mientras las pensiones mayores a 4 millones mantienen un nivel muy alto. En el caso del proyecto de ley del gobierno nada tiene que ver, por ejemplo, una pensión neta de 6 millones de una pensión bruta de 15 millones comparada con el supuesto tope de 1,7 millones.

Conclusión

Este es el lamentable resultado de formular un proyecto de ley sin evaluación de impacto. La comisión legislativa que analice este proyecto debe observar con cuidado estos resultados. Insistir en aplicar el tope IVM, junto a las cláusulas de excepción, no tiene ninguna utilidad. Debe darse una reflexión nacional sobre lo que debe ser un tope razonable, que no puede ser 1,7 millones. Ese parámetro existe en la CCSS por el desequilibrio financiero, pero no tiene nada que ver con las necesidades de un adulto mayor que supera los 65 ó 70 años. Una discusión seria debe generar criterios razonables que establezcan lo que es un mínimo justo para el jubilado, adulto mayor.

Lo expuesto en este artículo es un análisis económico. El proyecto de ley tiene aspectos inconstitucionales graves que deben analizarse desde la perspectiva jurídica, lo que no se ha abordado aquí.

Exilio nicaragüense celebró Memoria y Resistencia en Parque Nicaragua

Este 22 de enero el exilio nicaragüense realizó en el Parque Nicaragua ubicado en Zapote, San José una actividad en la cual colocaron una ofrenda floral en el monumento a Darío.

El comunicado enviado a SURCOS señala: «Celebramos un recordatorio especial de los siguientes acontecimientos históricos:
a) Nacimiento de Rubén Darío (18 de ENERO DE 1867)
b) Nacimiento de Ernesto Cardenal (20 de enero de 1925)
c) Masacre Somocista del 22 de enero de 1967.
d) Asesinato de Pedro Joaquín Chamorro: 10 de enero de 1978.
Exiliados nicaragüenses».

Movimiento Social Agenda Viva realiza encuentro ante reto complejo de la inseguridad

Costa Rica enfrenta uno de sus retos más complejos: la inseguridad. Por ello, el Movimiento Social Agenda Viva, en alianza con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica dieron un paso al frente y organizaron la conferencia «Caso Medellín: La lucha contra la violencia y la seguridad centrada en las personas» como llamado a adoptar soluciones integrales y centradas en la comunidad para enfrentar la emergencia de violencia e inseguridad en Costa Rica.

El evento, contó con la participación del Dr. Sergio Fajardo, exalcalde de Medellín, y del Dr. Germán González, investigador en epidemiología de la violencia. Ambos compartieron las claves del exitoso modelo implementado en Medellín para reducir los índices de criminalidad y recuperar la confianza de la ciudadanía.

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Reforma al Reglamento de Calidad de Agua expondría a la población a consumir agua con residuos de plaguicidas

Expresidenta ejecutiva del AyA considera que reforma al Reglamento de Calidad de Agua expondría a la población a consumir agua con residuos de plaguicidas.

En una entrevista para el colectivo Bloque Verde, la M.Sc. Yamileth Astorga Espeleta, ex presidenta del AyA, catedrática de la Universidad de Costa Rica, bióloga y especialista en recursos hídricos, expresó su preocupación por las modificaciones al Reglamento de Calidad de Agua Potable, impulsadas por la ministra de Salud, Mary Munive.

Astorga advirtió que «estos cambios podrían exponer a la población al consumo de agua con residuos de plaguicidas, lo que incrementa el riesgo de enfermedades graves, como el cáncer».

La última semana de diciembre de 2024, el Ministerio de Salud (MinSa) publicó sigilosamente una consulta pública con una nueva versión del Reglamento de Calidad de Agua Potable DE-38924-S. Esta reforma deja desprotegido el agua destinada al consumo humano, permitiendo y legalizando la contaminación con plaguicidas en el agua que se distribuye a toda la población. Uno de los cambios más significativos es la sustitución del término “Valor Máximo Admisible” por “Valor de Alerta”, lo que faculta tanto al AyA como a las ASADAS para seguir distribuyendo agua con residuos de plaguicidas. Diversos sectores han manifestado su preocupación, y la ex presidenta del AyA respaldó los argumentos de las organizaciones ambientales.

Según Astorga, “esta modificación al reglamento expone a la población a un riesgo al consumir agua con residuos de plaguicidas, que son moléculas persistentes que se acumulan, principalmente, en el tejido graso del cuerpo humano. Conforme consumimos esta agua, los residuos se van acumulando hasta alcanzar concentraciones que, en efecto, pueden provocar algún tipo de enfermedad”.

Costa Rica cuenta con una Ley de Aguas desde 1942, que establece que cuando un manantial se utiliza para consumo humano, debe dejarse una zona de protección de 200 metros a la redonda. Astorga señaló una gran contradicción, ya que «en las fuentes que hoy día están contaminadas con clorotalonil, por ejemplo, en la zona de Cartago, el gobierno no está cumpliendo con lo que estipula la ley, y esta modificación al reglamento tampoco lo incluye».

En otros casos de contaminación por plaguicidas, como en las comunidades del Cairo y Milano (Guácimo y Siquirres) o en la Zona Norte (Veracruz y Pital), «lo primero que se hizo fue eliminar la fuente contaminante, que era el cultivo, dentro de un radio de 200 metros. Sin embargo, en Cartago no se ha aplicado la ley, lo que genera la pregunta: ¿por qué?», cuestionó la experta.

Otros expertos en contra del reglamento

Astorga mencionó que la comunidad académica de la Universidad de Costa Rica ha mostrado su preocupación y enviado observaciones al Ministerio de Salud sobre el borrador del nuevo reglamento. «Nosotros enviamos unas observaciones, en las que participaron dos investigadores del Centro de Investigación en Contaminación Ambiental (CICA), una investigadora del Instituto de Investigaciones en Salud (INISA) y yo, como parte de la Escuela de Tecnologías en Salud. En esas observaciones manifestamos nuestra preocupación por la modificación, pues consideramos que Costa Rica necesita avanzar hacia regulaciones más estrictas y mejores, nunca en retroceso. Este reglamento, o mejor dicho, esta modificación, representa un retroceso para la salud de la población», afirmó Astorga.

Vea la entrevista completa en el siguiente enlace:

Créditos de la entrevista a la profesora Yamileth Astorga Espeleta sobre las pretensiones de modificar el reglamento de agua potable en Costa Rica:

Producción ejecutiva
IRENE BURGUÉS ARREA

Realización audiovisual
CARLOS GÓMEZ DE LA ESPRIELLA

Una producción de Trópico Rural S.A. en apoyo al Bloque Verde
Costa Rica, 2025

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.