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Autor: María José Ferlini Cartín

Curré/Yímba: un pueblo indígena con legados ancestrales

Por Uriel Rojas

En el cantón de Buenos Aires de Puntarenas, Zona Sur, se encuentra la comunidad indígena de Rey Curré/Yímba, un pueblo cuya historia data de unos 3000 años, según estudios del Museo Nacional en esta zona.

Admire legados ancestrales (esferas de piedra, cerámica antigua, petrograbados, metates precolombinos, muros de piedra, monolitos históricos), entre otros.

Conozca cómo se elabora la artesanía indígena local.

Aprenda acerca del proceso de teñir el algodón en forma natural. Hilar, tejer.

Conozca sobre los saberes asociados a la construcción de sus viviendas tradicionales.

Disfrute de su rica gastronomía local.

Aprenda sobre sus costumbres y tradiciones.

Además, del 30 de enero al 02 de febrero, tendrás la oportunidad de conocer una de las tradiciones indígenas más antiguas de nuestro país: el Juego de los Diablitos.

Agradecemos el apoyo de Marco “Guima” Gutiérrez en la elaboración de esta nota.

Rey Curré se ubica entre Palmar Norte y Buenos Aires, sobre carretera interamericana.

Más detalles e información al 87093735.

Construcción ilegal en zona especial de protección

¡Debilidades de la Municipalidad de San Rafael de Heredia!

CONCEVERDE San Rafael colectivo ciudadano

Desde el pasado mes de octubre, en el colectivo CONCEVERDE hemos estado recibiendo varias denuncias de ciudadanos debido a una construcción que presuntamente carece de permisos municipales, localizada en Concepción de San Rafael de Heredia, a menos de 100 metros al norte de Cruz de Caminos. Trasladamos las denuncias al alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Santamaría por medio de su WhatsApp. En una de sus respuestas, el alcalde nos informó que la construcción no cuenta con los permisos de ley, por lo que se procedería a clausurarla.

Es crucial tener en cuenta que la construcción de las bodegas o taller, que parece ser el objetivo de la obra, se está llevando a cabo en un terreno ubicado en la zona especial de protección según el Decreto 25902, y en un lote que, en parte, está dentro de la zona inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888. En estricto cumplimiento de esta normativa, no se podría otorgar permiso de construcción para las obras que se están realizando.

A pesar de haber efectuado múltiples solicitudes y reportes a las autoridades municipales, no se ha tomado ninguna acción concreta para detener esta construcción ilegal. La actuación de la Municipalidad de San Rafael de Heredia se ha limitado a colocar sellos de clausura y, presuntamente, a advertir al infractor de que no podía continuar con la construcción.

La actuación de la municipalidad, que no ha tenido resultados para detener las ilegalidades, ha llevado a que, a hoy en día, enero de 2025, aproximadamente tres meses después de haber iniciado las denuncias, la construcción continúe, mostrando un avance significativo, como se puede apreciar en las fotografías adjuntas.

Solicitamos a la municipalidad que tome las medidas necesarias a la brevedad posible para atender este asunto y detener la construcción ilegal mencionada y llevar a cabo el derribo de lo construido.

Exposición y lanzamiento del manifiesto «Estereometrismo Cromático»

El Ministerio de Cultura y Juventud, por medio de la Benemérita Biblioteca Nacional y el Movimiento Estereometrismo Cromático se complacen en invitarle a la inauguración de la exposición y lanzamiento del manifiesto Estereometrismo Cromático, con obras de los artistas Mariano Prado Vargas y Gustavo Rivera Gutí.

La exposición tiene Declaratoria de Interés Cultural

La inauguración se realizará el viernes 10 de enero a las 3:00 p.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional. También se transmitirá por el facebook Biblioteca Nacional Costa Rica.

La exposición estará abierta al público del 10 de enero al 10 febrero 2025, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6:00 p.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional.

Mensaje del nuevo rector de la UCR al iniciar su gestión

El pasado 1º de enero, el nuevo equipo de la Rectoría de la Universidad de Costa Rica inició oficialmente su gestión. Así, este lunes 6 de enero, ya concluido el receso de fin y principio de año, comenzamos las labores ordinarias al servicio de nuestra institución y, por extensión, también de la sociedad costarricense a la que nos debemos y en la que encontramos la auténtica razón de ser.

Estamos en el último año del primer cuarto del siglo XXI, lo que implica grandes retos y nuevos rumbos para la humanidad y, por consecuencia, para toda institución de educación superior. Si bien los procesos de cambio son inevitables, las transformaciones en marcha exceden, en buena medida, muchos de los límites de nuestra imaginación.

Estas circunstancias obligan a dirigir nuestra mirada hacia el ser humano y a emprender acciones para que, como especie, de nuevo aprovechemos estos puntos de inflexión históricos en beneficio de la sociedad. Debemos pensar más allá de las circunstancias individuales, en un ejercicio virtuoso y constructivo que vele por el bien común, la paz, la solidaridad, la empatía y la mutua comprensión; y que rechace las ideas negativas y nocivas que tanto abundan.

La Universidad es terreno fértil para producir y divulgar esos pensamientos que la sociedad necesita, pero también para implementarlos en el contexto universitario. Recordemos que la Universidad de Costa Rica es la primera casa de enseñanza en la región, que somos la institución mejor calificada, año tras año, por nuestra generosa comunidad costarricense y que debemos responder a los retos con la excelencia que nos caracteriza.

Como equipo, y consecuentes con todo lo anterior, realizaremos una gestión basada en el trabajo colaborativo, debidamente articulado y coherente, que atenderá, entre otros, los siguientes aspectos:

a– Dignificar el quehacer académico, de manera que la Universidad resguarde, nuevamente, el auténtico ejercicio docente como eje esencial, realizado en primer término en el encuentro del estudiantado con el profesorado, pero siempre dentro del debido respeto de nuestros valores éticos, del ejercicio de la libertad de cátedra y del pensamiento crítico.

b– Comprender la gestión docente-administrativa como un ámbito prioritariamente investigativo, de servicio pleno y ejercicio pedagógico, más que como un escenario puramente jerárquico, burocrático y administrativo. La condición de autoridad implica un compromiso de servicio y entrega.

c– Fomentar el diálogo académico, porque partimos de la certeza de que todo ser humano posee saberes y necesita aprender continuamente. Cada saber es necesario y cada ser humano es docente y estudiante; por lo tanto, procuraremos democratizar y universalizar, cada vez más, el quehacer académico universitario, por lo que las iniciativas estudiantiles y populares también serán bienvenidas.

d– Comprender al estudiantado, en toda su dimensión, como los fines próximos del quehacer del Alma Mater y, a su vez, como medios para que nuestra Universidad cumpla con su misión ante el país, a quien nos debemos, pero sin olvidar que también somos parte de una comunidad global con la cual también asumimos responsabilidades.

e– Realizar una gestión de puertas abiertas, basada en un ejercicio virtuoso que partirá de los siguientes principios: el diálogo, la proximidad, la flexibilidad, la alteridad, la reciprocidad, la diversidad, el respeto, la cortesía, la confianza y la justicia. Dicho en otras palabras, procuraremos una casa de enseñanza superior profundamente humanística.

f– Garantizar la jerarquización idónea y armónica de los discursos que deben guiar nuestra práctica universitaria cotidiana, ocupando el primer lugar la motivación estrictamente académica, seguida de una clara orientación ética, de modo que se resguarde indefectiblemente un ejercicio moral que permita, entre otros aspectos, el diálogo afectivo y solidario, antesala para la solución alternativa de cualquier diferencia o conflicto; y, solo posteriormente y como última alternativa, se deberá recurrir al discurso jurídico. De esta forma restituiremos la función responsable de todas las autoridades.

g– Resituar los importantes ámbitos administrativos y tecnológicos como herramientas complementarias para las labores sustantivas del Alma Mater, recuperando el orden lógico del ejercicio institucional en el seno de nuestra comunidad universitaria.

h– Observar indefectiblemente los fines y los principios orientadores de nuestra casa de educación superior, de manera que cumplamos con las responsabilidades inmediatas en el claustro académico, así como con los deberes humanísticos, científicos, políticos, sociales y culturales que debemos atender frente a nuestra sociedad.

Es un deseo de esta Rectoría que este año sea un período de crecimiento intelectual, profesional y personal para cada miembro de nuestra comunidad universitaria, en el marco del respeto mutuo y la búsqueda del conocimiento al servicio de la sociedad.

Exposición «Parques de Costa Rica» del Colectivo PINTAL

El Ministerio de Cultura y Juventud, por medio de la Benemérita Biblioteca Nacional y el Colectivo PINTAL (Pintores al Aire Libre de Costa Rica= se complacen en invitarle a la inauguración de la exposición Parques de Costa Rica.

La inauguración se realizará el jueves 9 de enero a las 10:00 a.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional. También se transmitirá por el Facebook Biblioteca Nacional Costa Rica.

La exposición estará abierta al público del 8 al 30 de enero 2025, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6:00 p.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional.

Defensoría: Acceso al transporte público está vinculado con el ejercicio de otros derechos

La Defensoría de los Habitantes recordó nuevamente al Consejo de Transporte Público (CTP), su obligación de garantizar y respetar el derecho de las personas con discapacidad al acceso del transporte público modalidad autobús, esto a raíz de una denuncia por un acuerdo tomado por la Junta Directiva del CTP.

Los directivos del CTP, según el acta N°47-2022, acordaron pedir un criterio jurídico a la Dirección Jurídica del CTP sobre la posibilidad de que se hagan excepciones al requerimiento de que todas las unidades de buses cuenten con rampa y no continuar aplicando las obligaciones de la Ley 7600.

En el acta N°12-2023 se conoció dicho criterio jurídico el cuál fue negativo, ya que señalaron que no se pueden hacer excepciones a la aplicación de una determinada ley, si no es que la misma norma las contempla y por ello, debe aplicarse en la totalidad de los casos, garantizando un respeto y protección a las personas con discapacidad; señalando puntualmente que la ley 7600, por principio de legalidad, se debe aplicar tal y cual se encuentra vigente y, la única forma de modificar la aplicación de la norma es por medio de una modificación a dicha ley.

Al respecto la Sala Constitucional en varias resoluciones ha indicado que todas las personas deben tener accesibilidad a las unidades de transporte público, y no es viable hacer excepciones a la Ley de 7600, debe existir efectivo y pleno cumplimiento de los derechos de la población con discapacidad. De ahí la importancia de que, el pronunciamiento de la Dirección Jurídica del CTP sea de conocimiento generalizado para evitar que este tipo de “malentendidos” o “malas interpretaciones” vuelvan a reproducirse.

La Defensoría ha abordado en diversos informes finales este tema en los que ha indicado que el transporte público es un elemento de suma importancia para que todas las personas en general y en particular, las que presentan discapacidad, puedan alcanzar la plena participación dentro de la sociedad. Si los miembros de la población con discapacidad no pueden tener acceso al transporte público, tampoco tendrán acceso a los centros de enseñanza, laborales, sanitarios, recreativos, entre otros.

Es decir, el transporte público no es sólo indispensable para el ejercicio de la libertad de tránsito, sino que se encuentra vinculado con el ejercicio de otros derechos. Aquí se evidencia claramente una de las características más relevantes de los Derechos Humanos: la interdependencia. Los Derechos Humanos se encuentran estrechamente ligados entre sí. Casi siempre que se violenta uno, muchos otros también se lesionan.

La Defensoría recomendó al CTP efectuar las acciones necesarias para garantizar la difusión del criterio legal emitido por parte de la Dirección Jurídica de dicho Consejo, con la finalidad de que el CTP como ente rector en la materia de transporte público garantice y tutele los derechos de la población con discapacidad y se eviten lecturas erróneas a la legislación internacional e interna vigente sobre transporte de personas con discapacidad, como en el presente caso. Además, capacitar al personal del Consejo de Transporte Público en relación con la efectiva y oportuna aplicación de la Ley 7600 en el transporte público.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica sobre el cerco de la justicia  que se cierra poco a poco

Fotografía de hombre en Israel escuchando el 26 de enero del 2024 a la Presidenta de la CIJ dando lectura a una primera ordenanza contra Israel en el marco de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972, titulado «Israel shirked accountability for decades: is the ICJ breaking its armor?» edición del 5 de febrero del 2024.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com

«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros  /  What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» .  Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9)  /  Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim  S/PV/9439 at page 9)

En la víspera de las festividades navideñas, la justicia internacional de La Haya fijó en una ordenanza el plazo para depositar escritos, en el marco del procedimiento consultivo solicitado desde la Asamblea General unos días antes, el 19 de diciembre del 2024 (véase texto de la ordenanza en francés y en inglés con fecha del 23 de diciembre del 2024 de la Corte Internacional de Justicia / CIJ). A diferencia de solicitudes similares recibidas en el pasado por la CIJ con relación a la situación en el territorio palestino ocupado, esta vez el plazo fijado por el juez internacional de La Haya es menor (Nota 1).

Cabe recordar que durante el 2024, la CIJ dictaminó una opinión consultiva, esta vez sobre la colonización y la ocupación ilegales del territorio palestino por parte de Israel, cuyo alcance tuvimos la ocasión de analizar, así como las diversas reacciones oficiales de algunos Estados al conocer su contenido, mutismo de Estados Unidos y de Canadá incluidos (Nota 2).

Por otra parte, con relación esta vez a la justicia nacional, este 5 de enero del 2025, se informó de una orden de arresto proveniente de la justicia de Brasil contra un soldado israelí sospechoso de haber cometido crímenes de guerra en Gaza, de visita en Brasil por alguna razón (véase nota de La Nación Argentina y nota de AgenciaBrasil). Israel le proveyó ayuda para que pueda abandonar rapidamente el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible (véase nota del Washington Post): sería de sumo interés conocer el tipo de «urgencia» invocada por los diplomáticos israelíes en Brasil para gestionar su boleto aéreo ante las autoridades brasileñas. Se lee en esta nota de CNN del mismo 5 de enero que, en un comunicado oficial de Israel, se indicó que:

«el ministro de Asuntos Exteriores, Gideon Saar, activó inmediatamente al Ministerio de Asuntos Exteriores para garantizar que el ciudadano israelí no corriera peligro”.

Israel ¿»activa inmediatamente» a sus funcionarios diplomáticos nombrados en embajadas en el exterior para permitir a sus nacionales buscados por la justicia… escapar de ella?  ¿Cómo así? Como se lee.

Como se observará en las líneas que siguen, los jueces tanto los que integran jurisdicciones internacionales como nacionales de algunos Estados (además de Brasil) tienen claro que los responsables de lo que ocurre en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre deben responder ante la justicia por sus actos ante la impunidad total existente en Israel, y denunciada por ONG israelíes desde hace ya varios años (véase por ejemplo este estudio de la ONG israelí B’tselem titulado «No accountabiliy«, y, en el caso de la colonización en Cisjordania, una nota sobre una muy tardía primera acción de la justicia israelí registrada tan solo en mayo del 2024 por la ONG israelí PeaceNow).

Nos abocaremos en un primer momento a las acciones de la justicia internacional obervadas en el último mes del 2024, y luego a algunas acciones presentadas ante la justicia nacional de algunos Estados, no sin antes presentar brevemente el contexto en el que se desarrollan.

Breve puesta en contexto a partir de datos recientes

Pese a la poca difusión en medios de prensa internacionales dada a la decisión de la justicia internacional del pasado 23 de diciembre (así como a la solicitud previa hecha desde la Asamblea General), la lectura de esta ordenanza y el plazo fijado traducen la extrema urgencia con la que el juez de La Haya ha decidido tramitar esta solicitud de opinión consultiva.

Una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza» viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza. Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).

El pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): como ya señalado con anterioridad, resulta notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.

Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 posiblemente también sea muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) este 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.

Este 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz). El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe). Con relación a los suicidios y a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:

«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.

No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.

Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véase nota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza. En septiembre del 2024, se informó de una manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza por parte de las autoridades israelíes (véase nota de France24).

Celebraciones navideñas en medio de bombardeos indiscriminados en Gaza

Es de recalcar que mientras gran parte del mundo se aprestaba a celebrar las fiestas de fin de año, el último informe de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza disponible (véase informe al 31 de diciembre del 2024) detalla la total insensatez del accionar militar israelí en Gaza, con sus ataques diarios en contra de la población civil de Gaza y su mortífero saldo:

«Between the afternoons of 24 and 30 December, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 203 Palestinians were killed and 574 were injured. Between 7 October 2023 and 30 December 2024, at least 45,541 Palestinians were killed and 108,338 were injured, according to MoH in Gaza. Casualty figures covering until the afternoon of 31 December are not available as of the time of reporting«.

En el informe anterior (al 24 de diciembre) se indicaba que:

«Between the afternoons of 17 and 24 December, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 279 Palestinians were killed and 723 were injured. Between 7 October 2023 and 24 December 2024, at least 45,338 Palestinians were killed and 107,764 were injured, according to MoH in Gaza«.

Cabe precisar que para muchos expertos y observadores, el número de víctimas mortales en Gaza es mucho mayor a las 45.541 registradas al 31 de diciembre del 2024, ya que Naciones Unidas procede a reportar únicamente las muertes identificadas como tal por las autoridades sanitarias de Gaza (quedando por fuera del registro un número indeterminado de cuerpos que yacen bajo los escombros, sin que los equipos de rescate puedan acceder a éstos e identificarlos, así como una gran cantidad de cuerpos encontrados, cuya identidad no es conocida).

Se leyó en esta entrevista de RFI a un connotado experto francés, ex militar especializado en bombardeos aéreos que (al 15 de mayo del 2024, fecha de su entrevista):

«En tant qu’ancien officier d’artillerie, quand je vois la fréquence et la puissance des armements qui sont utilisés tous les jours pour frapper. Il y a entre 100 et 500 frappes par jour sur la bande de Gaza. On rajoute les combats terrestres et maintenant la catastrophe humanitaire. On peut dire qu’en moyenne, sur les 7 derniers mois, il y a entre 200 et 300 morts par jour. Et donc ça veut dire qu’on est entre 60 000 et 70 000 morts, et trois fois plus de blessés«.

Con relación a las cifras oficiales proporcionadas por las autoridades palestinas, cabe recalcar que las autoridades sanitarias de Gaza han demostrado históricamente que el conteo de víctimas mortales realizado fue confirmado años más tarde por equipos internacionales de investigadores. Se trata de un dato objetivo y verificable, pero que algunos analistas se empecinan en ignorar con el fin de desacreditar el valor de estas cifras:

– en el 2018, durante los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad israelíes contra manifestantes palestinos desarmados que participaban en la «Gran Marcha» (véase el enlace que permite acceder al informe de una Comisión de Investigación de Naciones Unidas);

– en el 2014, tras la ofensiva militar en Gaza (70 muertos del lado israelí, entre ellos 67 soldados, el tiempo que se registró la muerte de 2251 del lado palestino, entre ellos 551 niños (véase enlace para acceder al informe y su resumen);

– en el 2009, tras la ofensiva militar llevada a cabo en Gaza entre el 28 de diciembre de 2008 y el 17 de enero de 2009 por parte Israel (véase enlace), que se saldó con la muerte de 13 israelíes y la de aproximádamente 1.400 palestinos (véase la sección «casualties» en los párrafos 352-364 del informe).

Tuvimos incluso la oportunidad de explicárselo en directo al Cónsul de Israel en Costa Rica, en un programa radial en el que participó en el mes de noviembre del 2023 (véase video, después de que el locutor le indicara al diplomático israelí un «Amir, Amir, no me obligue a decirle mentiroso«, mn. 2:03:40 en adelante).

Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel el 27 de diciembre del 2024, titulado «Israel storms northern Gaza´s last hospital as remaining residents forced south» (Magazine+972), cuya lectura completa se recomienda.

Con relación a la ofensiva militar del 2014 y a la justicia penal internacional, la misma prensa israelí dió a conocer la existencia de una lista secreta (y que se ha mantenido como tal desde entonces) con varios centenares de nombres de soldados y de oficiales del ejército a los que se les recomendó tener sumo cuidado a la hora de viajar en el exterior (véase nota del TimesofIsrael del 16 de julio del 2020). Es muy probable que una lista secreta similar haya sido elaborada en Israel por parte de sus máximas autoridades militares en el 2024.

Las posiciones de Costa Rica en Naciones Unidas (2022-2024)

Para nuestros estimables lectores en Costa Rica, resulta oportuno traer a la memoria que cuando la Asamblea General de Naciones Unidas acogió la opinión consultiva dada a conocer el 19 de julio del 2024 en la votación de una resolución (véase texto) realizada el 18 de septiembre del 2024 y declaró ilegal dicha colonización (véase comunicado oficial de Naciones Unidas), Costa Rica optó por abstenerse sin dar explicaciones de su voto a las demás delegaciones presentes en Nueva York: ninguna explicación dada, como sí la brindó por ejemplo Guatemala en Centroamérica, o bien Canadá. O bien en Europa, la delegación de Alemania así como la del Reino Unido y de Países Bajos.

Dicho en otras palabras «¿Usted se abstiene? Explíquese» es lo que se espera de un delegado en Naciones Unidas: en efecto, como bien es sabido, todo representante de un Estado a la hora de votar a favor de un texto, o bien en contra (o bien abstenerse), tiene la posibilidad de explicar a las demás delegaciones lo que motivó la posición de su Estado (lo que se denomina en la jerga diplomática «explicación de voto«).

El voto en contra explicado por el delegado de República Checa evidencia cómo un Estado plantea como suyos argumentos que en realidad reaparecen en las explicaciones de voto de otros Estados, siendo Estados Unidos uno en haberlos usado.

La justificación del voto de Costa Rica en cambio apareció posteriormente en un comunicado oficial colgado por el aparato diplomático costarricense, invocando razones de índole comercial ¿Como … así? Pues, … como se lee: véase al respecto una nota nuestra publicada, en su acápite «Algunas breves acotaciones con respecto a la ‘justificación’ aportada oficialmente por la diplomacia costarricense» (Nota 3). De manera a no causar mayor sonrojo al ya provocado en estos primeros días del año 2025, evitaremos reproducir estas acotaciones.

Siempre para nuestros lectores costarricenses, debe también recordarse que la opinión consultiva que fue dada a conocer el 19 de julio del 2024 por la CIJ resultó de una votación acaecida en los últimos días del año 2022 en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas. En aquella ocasión, se registró a Costa Rica votando en contra, conjuntamente con Guatemala en América Latina (Nota 4). En aquella oportunidad, la delegación costarricense tampoco consideró oportuno explicar su voto en contra ante las demás delegaciones presentes en Nueva York. Con lo cual el sonrojo de septiembre del 2024 puede ser relacionado al rubor de diciembre del 2022.

La técnica del mutismo de la delegación costarricense no pareciera ser monopolio de sus diplomáticos en Nueva York únicamente: también se observó en abril del 2024 por parte de la delegación de Costa Rica en Ginebra, al abstenerse en una votación del Consejo de Derechos Humanos solicitando urgentemente un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase nota del 5 de abril del 2024 del medio digital Delfino.cr).

Sonrojo, rubor, pasando por una sensación de profundo malestar entre los dos,… es lo que nos deja esta secuencia.

Algunos anuncios recientes de Costa Rica en los últimos meses del 2024

No está de más indicar que al poco tiempo de cumplirse un año desde el 7 de octubre del 2023, Costa Rica anunció la reanudación de sus negociaciones con Israel de cara a la adopción de un tratado de libre comercio (véase nota oficial de COMEX y nota del programa radial Amelia Rueda del 18 de octubre del 2024).

Cabe recordar que Israel ya firmó un tratado similar con Panamá en mayo del 2018 (véase nota oficial) y es muy posible sea tema de agenda con El Salvador (véase comunicado oficial del 2022). El 24 de octubre, del 2024, se oficializó la designación del nuevo embajador de Costa Rica en Israel (véase oficio de Casa Presidencial).

Unos meses antes, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.

Recientemente, Costa Rica, por alguna razón consideró oportuno negociar un acuerdo bilateral en materia ambiental con las actuales autoridades de Israel y … anunciarlo en plena cumbre mundial: en efecto, durante la reciente COP29 celebrada en Bakú, Azerbaiyán, Costa Rica sorprendió a muchos al anunciar la firma de un Memorandum de Entendimiento (MoU) con Israel en materia ambiental (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales del 13 de noviembre y comunicado oficial de sus homólogas en Israel). En reacción, Costa Rica obtuvo el poco decoroso galardón de «Fósil del Día» otorgado por organizaciones ecologistas internacionales indignadas (véase artículo publicado en el semanario Ojoalclima, cuya parte final exhibe a las autoridades costarricenses en su súbita negativa a dar explicaciones).

Los dos nuevos aliados indefectibles de Israel en América Latina

Más allá de las extrañezas que a veces se descubren leyendo la prensa costarricense sin que se sepa muy bien de donde pueden provenir tantas coincidencias, lo cierto es que Israel y su incondicional aliado norteamericano no escatimaron en sus esfuerzos en aras de obtener un número significativo de votos en contra el pasado 19 de diciembre del 2024 en Nueva York: sus efectos fueron bastante modestos, y la iniciativa de Noruega anunciada desde el 29 de octubre del 2024 (Nota 5) prosperó exitosamente, sin mayor dificultad.

El registro del voto indica que el 19 de diciembre del 2024, el texto propuesto contó con una amplia mayoría de 137 votos a favor, 12 en contra, y 22 abstenciones. Con lo cual, las diversas presiones ejercidas por Israel y por Estados Unidos se limitaron a recoger 10 votos en contra únicamente, entre los cuales los de Argentina, Hungría, Paraguay, República Checa y algunos integrantes adicionales de la denominada «coalición» con la que siempre puede contar Israel en este tipo de contiendas diplomáticas. El término «coalición» resulta impropio y está deliberadamente colocado entre comillas, dadas las características muy propias de este pequeño grupo de Estados (en su mayoría Estados isleños del Océano Pacífico) al que recurren con frecuencia Israel y Estados Unidos para disimular su aislamiento en el seno de Naciones Unidas (Nota 6).

El detalle del voto también puede revisarse en este video de YouTube, en el que se observa un tiempo de dudas en algunas delegaciones antes de decidir su voto en los últimos segundos. Entre los 22 Estados que optaron por la abstención figuran únicamente por América Latina, Panamá y Uruguay, acompañados en el hemisferio americano por Canadá.

Costa Rica votó esta vez a favor, conjuntamente con 136 otros Estados, entre los cuales cabe destacar el voto afirmativo de China, Francia, Reino Unido y Rusia. Alemania votó también a favor (véase la explicación de su voto por parte de su representante en Nueva York). Entre las abstenciones algo sorpresivas observadas en Europa, figura la de Grecia. Extrañamente, no se observó explicación de voto alguna por parte de la delegación de Estados Unidos: ni en el sitio de la delegación de Estados Unidos en Naciones Unidas, ni en el del Departamento de Estado como tal se ha considerado oportuno colgar algun texto explicando su voto en contra.

La votación acaecida el 19 de diciembre del 2024 en Nueva York confirmó el pronunciado aislamiento de Israel en el seno de la comunidad internacional: en América Latina, dos Estados en este 2024 lograron no obstante maquillar levemente esta situación, a saber Argentina y Paraguay.

Argentina así como Paraguay están, en los últimos tiempos, sustituyendo a las pequeñas islas del Pacífico tradicionalmente muy atentas a las solicitudes de Israel (Islas Fidji, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau, Papua Nueva Guinea y Tonga), conformando desde varios años en Naciones Unidas la única «coalición» para acompañar a Israel y a Estados Unidos en este tipo de ejercicios dentro de Naciones Unidas.

Con respecto a Argentina, no está de más recordar un hecho bastante inusual observado en Naciones Unidas, cuando las actuales autoridades argentinas optaron el pasado 30 de octubre por destituir a su máxima autoridad diplomática, luego de que ésta instruyera a su delegación en Naciones Unidas a votar en favor de un proyecto de resolución (véase texto) solicitando levantar el embargo contra Cuba (véase nota de ElPais/España): en esta ocasión, únicamente Estados Unidos e Israel votaron en contra, al tiempo que 182 votaron a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). Esta misma soledad extrema de Estados Unidos e Israel se observó en noviembre del 2023, con en aquella oportunidad 187 votos a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas).

Nótese que el pasado 12 de diciembre, Paraguay trasladó su embajada de Tel Aviv a Jerusalén, en abierta violación al consenso existente dentro de la comunidad internacional desde los años 60: véase nota de La Nación (Argentina). En septiembre del 2018, tuvimos la oportunidad de analizar los pocos meses en los que la embajada guaraní se mantuvo en Jerusalén: tres meses en total para ser exactos (Nota 7). Cabe precisar que la apertura de la embajada de Paraguay en Jerusalén se registró el 21 de mayo del 2018, siendo inaugurada la de Estados Unidos una semana antes, el 14 de mayo del 2018.

Este 3 de enero del 2025, es desde Uruguay que un colectivo de organizaciones sociales condenó fuertemente el anuncio oficial hecho por sus autoridades el 23 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial) sobre la apertura de una «oficina de innovación y emprendimiento» en Jerusalén (véase texto).

Alianzas «estratégicas» de algunos en América Latina

Más allá de los espacios que Israel parece haber encontrado en el sur del continente americano en el año 2024, resulta oportuno indicar que, en el caso de otro Estado que se mostró sumamente cercano a Israel en años recientes (Brasil), sus servicios de inteligencia descubrieron la existencia de una nube electrónica que está albergada en un servidor en Israel con datos privados de más de 30.000 brasileños (véase esta nota de prensa de ElDiario /Argentina, del mes de enero del 2024): se trata muy probablemente de uno de los efectos de la denominada «asociación estratégica» con Israel anunciada en el 2018 por el entonces mandatario brasileño al iniciar su mandato (véase nota de France24).

En este reportaje de la BBC, cuya lectura completa se recomienda, se detalla el tipo de relaciones existentes hasta el 2022 entre los servicios de inteligencia de Brasil y algunas empresas israelíes. Este otro artículo explica la importancia de la ciberseguridad ofrecida por Israel a los Estados que han aceptado suscribir los denominados «Acuerdos de Abraham«, fomentada por los mismos Estados Unidos (véase comunicado oficial del 2023).

En Israel se denunció en El Salvador el uso del programa espía israelí Pegasus en el 2022 contra líderes sociales y activistas salvadoreños (véase nota del Timesof Israel precedida de este informe de Amnistía Internacional): este largo reportaje publicado por El Faro en El Salvador en el 2023 detalla el peso que actualmente poseen las empresas israelíes en materia de seguridad en El Salvador (las cuales no pudieron impedir el hackeo de los datos biométricos de más de 5 millones de salvadoreños en mayo del 2024 – véase nota de Resecurity).

No está de más señalar que desde hace ya varios años, la técnica del reconocimiento facial combinada a la escucha e intercepción de comunicaciones y de la inteligencia artificial por parte de Israel en Gaza, ha dado lugar a denuncias desde diversos sectores (Nota 8).

Los jueces nacionales: unas primeras acciones que posiblemente lleven a otras

Si bien un reportaje de la BBC publicado el 23 de diciembre del 2024 (véase texto) puso en evidencia el tipo de órdenes que reciben reservistas israelíes en Gaza y que algunos de ellos, ya no están dispuestos a seguir ejecutando, muchos soldados sí las han ejecutado y un pequeño grupo de éstos incluso se ha jactado de haberlo hecho en las redes sociales (permitiendo así su fácil identificación). En este informe de Amnistía Internacional de septiembre del 2024, aparecen tres soldados posando orgullosamente al destruir los alrededores de Kuhza’a en un video (segunda infografia del documento): se trata de un video de muchos más que están siendo analizados y procesados por diversas ONG para determinar el grado de participación de algunos soldados en crímenes de guerra.

Con relación a América Latina, soldados israelíes que han cometido crímenes de guerra en Gaza al parecer se encuentran por alguna razón ahora de visita en algunos Estados de la región.

Ya referimos en las primeras líneas a lo reportado este 5 de enero del 2025 en la prensa en Brasil, con un soldado israelí que combatió en Gaza buscado por la justicia que logró con la ayuda de su embajada escapar a la justicia brasileña subiéndose en el primer vuelo comercial para abandonar el territorio brasileño (véase nota del Washington Post): dado que se trata del primer caso hecho público, es probable que las autoridades judiciales y migratorias establezcan algún tipo de protocolo para que ello no pueda volver a suceder. Como indicado anteriormente, sería de sumo interés conocer el tipo de «urgencia» invocada por los diplomáticos israelíes para gestionar este boleto aéreo ante las autoridades brasileñas y las compañías aéreas, dado que un Estado no deberia propiciar mecanismos de emergencia para que sus nacionales, buscados por la justicia de otro Estado, escapen de ella.

La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufre un soldado israelí que se encuentra en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil este 5 de enero del 2025.

Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.

En el caso de Francia, han sido varios los intentos contra un solado israelí que posee un pasaporte galo sospechoso de cometer actos de tortura contra detenidos en Gaza: en septiembre del 2024, la justicia francesa optó por archivar la causa (véase nota de Le Figaro), provocando la indignación de muchos activistas. En lo relativo a este soldado israelí que posee un pasaporte francés, véase también esta nota previa de Le Monde de abril 2024. Una nueva demanda fue llevada a cabo en diciembre del 2024 ante los tribunales franceses: véase esta nota de la FIDH del 17 de diciembre del 2024 sobre acción ante los tribunales galos interpuesta por varias ONGs así como nota de la LDH, en la que se precisa que:

«Depuis le 7 octobre 2023, la campagne génocidaire d’Israël à Gaza a tué au moins 44 000 Palestinien-ne-s et en a blessé 105 000 autres. De nombreux éléments permettent d’établir que des crimes internationaux ont été commis par plusieurs des quelque 4 000 citoyens français mobilisés dans l’armée israélienne. Pourtant, à ce jour, aucune enquête judiciaire relative à ces crimes n’a été ouverte par les autorités françaises«.

En el caso de Bélgica, dos soldados belga/isralíes son los que han sido objeto de una acción ante los tribunales belgas: véase nota de JusticeInfo de octubre del 2024 que detalla estos dos casos ante los tribunales belgas. Se lee que para los demandantes:

«Il faut faire respecter le droit international pour forcer un cessez-le-feu et mettre fin à l’impunité qui nourrit les crimes suivants. La justice belge doit faire sa part du travail, aux cotés de la justice internationale«.

El Reino Unido por su parte registra un centenar de sus nacionales en las filas del ejército de Israel enviado a combatir en Gaza (véase nota de prensa), sin que se haya aún escuchado de acciones legales ante los tribunales del Reino Unido de este tipo.

También se debe referir en este acápite a una acción similar interpuesta esta vez en Marruecos (véase nota de ElPais/España de septiembre del 2024).

Probablemente existan otros casos similares que se estén ventilando en diversos juzgados en diversas latitudes de América Latina, sin que haya trascendido mayor información en medios de prensa.

En el caso de Costa Rica, además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico, y a la fecha de escribir estas líneas (6 de enero), no ha trascendido en la prensa nada con relación a alguna acción similar a las observadas en Brasil y en Chile. Nótese que la prensa costarricense informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Telectica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.

Con relación al uso indebido por parte de Israel y de sus empresas de datos privados, nótese que el pasado 21 de diciembre, se informó que un juez de California rechazó una apelación, abriendo ahora sí la posibilidad de llevar ante la justicia a la empresa israelí NSO, especializada en la colocación de software espías en aplicaciones de uso general como la muy popular aplicación de WhatsApp (véase nota de la agencia de noticias Reuters del 21 de diciembre del 2024 y nota de The Guardian).

A modo de conclusión

No cabe duda que la justicia internacional y la justicia nacional han ocupado y van a seguir ocupando por un buen tiempo al aparato diplomático de Israel: varios de sus nacionales identificados cometiendo exacciones en Gaza durante el 2023 o el 2024 son ahora objeto de búsqueda por diversas organizaciones en diversas partes del mundo.

Con relación a la justicia internacional, resulta evidente que la CIJ está decidida a tramitar de manera mucho más celere la solicitud de opinión consultiva, que constituye una nueva tentativa en aras de aplicar a Israel las normas que rigen a los Estados en el ordenamiento jurídico internacional, que Israel viola de manera reiterada en el territorio palestino ocupado, manteniendo la calidad de Estado Miembro de Naciones Unidas.

Esta reciente entrevista a la Relatora Especial sobre los Derechos del Pueblo Palestina de Naciones Unidas realizada por la cadena AlJazeera explica muy bien que la justicia para el pueblo palestino inicia ante las autoridades nacionales de cada uno de los 193 Estados miembros de Naciones Unidas, en particular en los Estados que ignoran las obligaciones existentes en materia de prevención del genocidio y de no envío de suministros, municiones y armas cuando se cometen crímenes de guerra.

Nótese que en el último informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024 (véase informe), se indica que Israel volvió a asesinar deliberadamente a quienes informan desde Gaza al mundo sobre lo que está ocurriendo:

«On 26 December, five Palestinian journalists and media workers were reportedly killed when a press van belonging to Al Quds Today TV was hit in front of Al Awda Hospital in An Nuseirat refugee camp in Deir al Balah. The UN Human Right Office condemned the airstrike on the “unarmed and clearly identified” press members, adding that, although “the Israeli military has claimed they were affiliated with Palestinian armed groups … affiliation alone would not remove their protection as civilians.” The Committee to Protect Journalists stated that with this incident “at least nine Gazan journalists have been killed in less than two weeks.” According to the Palestinian Journalists Syndicate, over 190 journalists and media workers have been killed in Gaza since October 2023«.

La cifra de 190 periodistas palestinos asesinados desde el 7 de octubre del 2023 por Israel en Gaza conlleva un sostenido esfuerzo de Israel para que no se pueda informar al mundo de lo que ahí ocurre: hablamos de un escalofriante promedio superior a 12,5 comunicadores palestinos por mes caídos desde esta fecha.

El sostenido uso del veto por parte de la delegación norteamericana para proteger a Israel en el seno del Consejo de Seguridad ha impedido históricamente, que este órgano pueda tomar sanciones en contra de Israel. Precisamente, el pasado 30 de diciembre del 2024 se cumplieron 10 años desde un ejercicio memorable en el que la delegación de Estados Unidos maniobró y votó en contra de un proyecto de resolución de forma tal, que la diplomacia palestina optó por dirigir sus esfuerzos en dirección de la justicia penal internacional de La Haya, con el reconocimiento formal de aceptación de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI) materializado el primer día del año 2015 (Nota 9).

Precisamente, con relación a la justicia penal internacional, es de notar que menos de un mes antes del 19 de diciembre del 2024 (el 21 de noviembre), el cerco de la justicia internacional se hizo sentir fuertemente para Israel, proviniendo esta vez de otra jurisdicción también ubicada en La Haya: en efecto, la Sala de lo Preliminar de la CPI confirmó por unanimidad de sus integrantes la solicitud de arresto del actual Primer Ministro de Israel y de su ex Ministro de Defensa, por crímenes de guerra, así como la concerniente a un dirigente del ala militar del Hamás, por crímen contra la humanidad (Nota 10). La valentía de los tres jueces de esta Sala Preliminar merece ser señalado y saludado, dado que enfrentarse a Israel y a Estados Unidos (y a los círculos que gravitan a su alrededor) les ha significado amenazas e intimidaciones de todo tipo.

Ha sido tal el enseñamiento de Israel en contra de la población civil de Gaza, y tal la voluntad deliberada de contaminar y destruir los suelos, las fuentes de agua, y las formas diversas de subsistencia como lo son huertas y campos de cultivo, reservorios naturales de agua, cobertura vegetal y demás elementos naturales que sostienen la vida, que desde, el 18 de diciembre del 2024, sin que se mencione expresamente lo que ocurre en Gaza, circula un proyecto general de la CPI sobre crímenes ambientales (abierto a la recepción de comentarios y observaciones: véanse documento y comunicado oficial de la CPI).

Desde esta perspectiva, cobra mucha mayor relevancia un documento interno que se filtró en Israel en noviembre del 2023 tendiente a volver invivible Gaza para sus 2,3 millones de habitantes: véase artículo de Magazine+972 titulado «Expell all Palestinians from Gaza, recommends Israelí Gov´t ministry«, que contiene una versión al inglés del documento filtrado. Este mismo medio de prensa israelí detalló en un artículo publicado durante el mismo mes de noviembre del 2023 titulado «A mass assassination factory’: Inside Israel’s calculated bombing of Gaza«, el carácter intencionalmente destructivo de las operaciones realizadas en Gaza por Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

– -Notas – –

Nota 1: En el caso de la solicitud de opinión consultiva votada por la Asamblea General el 30 de diciembre del 2022 sobre la ocupación y la colonización ilegal del territorio palestino, la CIJ fijó en su ordenanza del 3 de febrero del 2023 al 25 de julio del 2023 el plazo para la entrega de escritos por parte de Estados y organizaciones internacionales (véase ordenanza). En cambio, en el caso de la solicitud de carácter más urgente recibida con relación a la construcción de un muro por parte de Israel en el territorio palestino a finales del 2003, la CIJ fijó en su ordenanza del 19 de diciembre del 2003 al 30 de enero del 2004 para la recepción de estos escritos (véase ordenanza).

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza/Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, edición del 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 4: Cabe recordar que la precitada opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio del 2024 resulta de un proceso iniciado a finales del 2022, durante el cual Costa Rica votó en contra con Guatemala, sin darse mayores explicaciones sobre tan insólita posición de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas: véase al respecto BOEGLIN N., «América Latina ante la solicitud de opinión consultiva a la justicia internacional sobre la situación en Palestina«, Portal de la UCR, edición del 13 de febrero del 2023, y en particular el acápite «El voto de los Estados de América Latina en este 2022: Guatemala y Costa Rica únicos en votar en contra«. Texto disponible aquí.

Nota 5: Resulta de interés observar que, de 193 Estados Miembros de Naciones Unidas, haya sido Noruega la que ideó esta iniciativa de solicitar una opinión consultiva a la CIJ de manera aislada en un primer momento, gestionándola con un éxito notable por parte de su aparato diplomático. Como bien es sabido, Noruega no es Estado Parte de la UE, lo cual permite a su diplomacia realizar acciones que integrantes de la UE no siempre tienen la total libertad de llevar a feliz término. Cabe precisar que esta gestión fue oficialmente anunciada el 29 de octubre del 2024 desde Oslo (véase comunicado oficial). La fecha del 29 de octubre del 2024 coïncide con la adopción formal de una ley en Israel para declarar ilegales las actividades de la UNRWA, lo cual desató una ola de repudio. Remitimos a nuestros estimables lectores, entre muchas posiciones oficiales de rechazo a la ley adoptada en Israel, al comunicado oficial del mismo Secretario General de Naciones Unidas, así como, entre muchos; a los comunicados oficiales de Bolivia, de Chile, de Emiratos Arabes Unidos, de Francia, de Sudáfrica y de Turquía; al de Amnistía Internacional, antecedido unos días antes por el de Human Rights Watch y; al de cuatro Estados nórdicos en un comunicado conjunto así como por siete otros Estados entre los cuales Canadá, Francia, Japón y Reino Unido (véase comunicado conjunto). En el comunicado oficial de Costa Rica se leyó que:

«Adicionalmente, la legislación aprobada por la Knesset establece un precedente sumamente preocupante para el trabajo de las Naciones Unidas y todas las organizaciones del sistema multilateral y podría implicar un incumplimiento por parte de Israel de al menos una de las medidas provisionales impuestas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«.

Por su parte, la Presidencia del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (Suiza) adoptó una declaración en nombre de sus 15 integrantes el 30 de octubre del 2024 en la que hizo ver su profunda preocupación (véase texto completo) con respecto al futuro de las actividades de la UNRWA en el territorio ocupado palestino. Es muy probable que, de haberse votado una resolución, la delegación de Estados Unidos hubiera encontrado manera de vetarla (o bien de limitar sustancialmente sus efectos desde el punto de vista jurídico de manera a no perjudicar a Israel).

Nota 6: Como ya viene siendo costumbre en este tipo de contiendas en Naciones Unidas, un observador reconocerá, entre los votos en contra, el pequeño «núcleo duro» de Estados que se oponen sistemáticamente a cualquier texto a favor de Palestina, y que incluía usualmente antes del 7 de octubre del 2023, a Australia, Canadá, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau y claso está, al incondicional aliado Estados Unidos. En general, este pequeño núcleo consigue atraer algunos votos ocasionales y circunstanciales (sea de Europa, de África y de América Central). Como ejemplo, entre otros muchos, cuando en noviembre de 2012 la Asamblea General reconoció a Palestina como «Estado observador no miembro«, adoptando la resolución A/Res/67/19 (138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones), a esta extraña asociación de Estados se unieron Panamá y la República Checa (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). De idéntica forma (9 votos en contra), en una votación en el seno de la Asamblea General sobre la obligación de no trasladar embajadas a Jerusalén que tuvo lugar en diciembre de 2017, reuniendo 128 votos a favor y 35 abstenciones (véase nota de prensa oficial de Naciones Unidas), cabe precisar que se trató de un texto muy similar objeto de una votación previa en el seno del Consejo de Seguridad, en la que Estados Unidos votó en contra de manera solitaria (veto) frente a 14 votos a favor (véase nota nuestra al respecto). Esta curiosa «coalición«, según el término utilizado por el Washington Post en 2012 (véase artículo), también se expresó en el 2021, durante la votación de la resolución A/RES/76/225 (véase texto), con sus 7 votos en contra, frente a 156 votos a favor y 15 abstenciones (véase detalle de la votación). Lejos de ser una alianza circunstancial, los lazos que unen a sus miembros parecieran ser los de un frente real, duradero y bastante sólido. En el año 2022, estos vínculos reaparecieron durante la votación de la resolución titulada «Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina» A/77/L.26, adoptada el 30 de noviembre de 2022 por 153 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones (véase detalle de la votación durante la cual Hungría y Liberia se unieron a la mencionada «coalición«, habiéndose abstenido finalmente Australia). Este pequeño grupo puede, a veces, verse aún más reducido: una de las expresiones más modestas en número de votos de la llamada «coalición» (4 votos: Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Micronesia) es sin duda esta resolución votada en octubre de 2003 sobre la construcción del muro construido por Israel en territorio palestino, adoptada con 144 votos a favor y tan solo 4 en contra (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas).

Nota 7: Sobre la decisión de trasladar la embajada de Tel Aviv a Jerusalén por parte del Presidente Cartes en Paraguay en el mes de mayo del 2018 (bajo fuerte presión de Estados Unidos para que Paraguay acompañara a Estados Unidos con embajadas en Jerusalén) y luego la decisión del nuevo Presidente paraguayo Mario Abdo Benitez de regresarla sin más preludios a Tel Aviv unos meses después, véase BOEGLIN N., » La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva«, editada el 11 de septiembre del 2018. Textdo disponible aquí.

Nota 8: Véase por ejemplo este artículo publicado en la revista del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en el 2020: TALBOT R., «Automating occupation: Implications of the deployment of facial recognition technologies in the occupied Palestinian territory«, Revista del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), 2020. Texto completo del artículo disponible aquí. Así como este reportaje publicado en Israel en el 2024 por un grupo de periodistas de investigación: » ´Lavender´: the AI machine directing Israel’s bombing spree in Gaza«, Magazine+972, edición del 3 de abril del 2024. Texto disponible aquí. El 15 de abril del 2024, un grupo de expertos en derechos humanos de Naciones Unidas condenó el uso de la inteligencia artifical en Gaza para proceder a un «domicida«: véase texto completo de este comunicado, pocamente referenciado en medios de prensa internacionales.

Nota 9: Véase el proyecto de resolución S/2014/916 que fue votado negativamente por Estados Unidos el 30 de diciembre del 2104, así como por Australia (y acta S/PV.7354). Debido a fuertes presiones de Estados Unidos e Israel sobre los demás integrantes del Consejo de Seguridad, no se logró reunir el número de votos afirmativos necesarios (9) para considerarse vetada por Estados Unidos como tal: véase al respecto nuestra nota titulada «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas«, publicado en el sitio especializado de DerechoalDia, explicando el cambio súbito de parecer de Nigeria pocas horas antes del voto. En su intervención (cuya lectura completa se recomienda en el acta S/PV.7354 ), se lee por parte del representante de Palestina que: «reiteramos en este Salón del Consejo que es indispensable que Israel, la Potencia ocupante, rinda cuentas por sus violaciones del derecho internacional, incluido el derecho humanitario y el derecho de los derechos humanos, y por sus transgresiones de resoluciones de las Naciones Unidas. Ese desacato no se puede seguir justificando ni tolerando. No puede haber ninguna excusa para denegar a otro pueblo el derecho a la libre determinación, como este mes se reafirmó de manera muy elocuente en la Asamblea General mediante la votación sobre el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, que recibió el apoyo abrumador de 181 Estados miembros de la Asamblea» (página 13).

Nota 10: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: las órdenes de arresto de la CPI contra el Primer Ministro y (ex) Ministro de Defensa de Israel y contra un dirigente del Hamás. Alcance y perspectivas«, 21 de noviembre del 2024. Texto disponible aquí. Además de la extrañeza del contenido del comunicado oficial de Costa Rica, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.

En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que:

«Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.

Costa Rica al borde del autoritarismo

Adriano Corrales Arias

A mediados del siglo XX la sociedad costarricense, luego de atravesar una sangrienta guerra civil (1948), resolvió los conflictos acumulados de la crisis general del capitalismo durante la primera mitad de ese siglo, con una concertación nacional, misma que permitió la erección de un Estado Social de Derecho con la legislación social más avanzada de Centroamérica y, por qué no, del continente americano.

No todos estuvieron de acuerdo con aquel pacto social inédito –la oligarquía, los sindicatos, la burguesía nacional, el partido comunista, la iglesia católica, sectores medios emergentes, se habían sentado a la mesa– representado por la asamblea constituyente de 1949 que consiguió redactar una Constitución Política visionaria, amplia y robusta, la cual tuteló las grandes reformas y nacionalizaciones –previa abolición del ejército– de los años cincuenta y sesenta en salud, seguridad social, educación, vivienda, banca para el desarrollo, soberanía alimentaria, electricidad y telecomunicaciones, etc., que posicionaron al país en la vanguardia latinoamericana y consiguieron sustraerlo de la vorágine centroamericana con sus largas y cruentas guerras civiles; más bien nuestro estado colaboró en la pacificación de la región.

La democracia costarricense, entonces, se fortaleció con una institucionalidad maciza expandida por todo el territorio nacional, lo cual permitió un desarrollo sin parangón en nuestra historia, pero, sobre todo, una relativa paz social y un mejoramiento y ascenso de los sectores populares que, por vez primera, tenían acceso a buenos servicios en cuanto a salud, educación en sus tres niveles, vivienda, banca, agricultura, comercio e infraestructura pública, entre otros. De tal manera se conformó una gruesa clase media, se erradicó la pobreza extrema y se redujo la brecha social.

Claro que esa “revolución” democrática tuvo desviaciones, excesos y visos de corrupción por depredadores que se fueron enriqueciendo a la sombra del naciente estado blindados por un sistema electoral bipartidista. Lo anterior se agudizó con el inicio de la contrarreforma neoliberal de los años ochenta, en específico durante el gobierno de Luis Alberto Monge (1982-1986) y sus tristemente célebres planes de ajuste estructural (PAES) impuestos por el FMI y la banca internacional. Cuando se les agotó el bipartidismo –previo asalto de los partidos socialdemócrata y socialcristiano para tornarlos en maquinarias electoreras de insignia neoliberal con el objetivo de esquilmar el erario público y desmantelar –léase privatizar– el Estado Social de Derecho–, fundaron otro partido y, finalmente, como resultado de sus rencillas internas –lucha entre mafias para hacerse con el mayor trozo del pastel privatizador– acabaron trayendo a un desempleado para que les hiciera –con el descaro y el cinismo del perfecto desconocido que nunca vivió en el país– la tarea sucia de dar la estocada final a sesenta años de democracia social, pervertida, dicho está, por la avaricia de los de siempre enquistados en el aparato estatal y los nuevos ricos dispuestos a todo.

Hoy el país se debate ante la disyuntiva de salvar y fortalecer lo que resta del Estado Social de Derecho o permitir el ingreso de un autoritarismo tipo Bukele, Milei o Trump, representado por los agentes de una nueva forma de entender la política: mentir, confundir e intimidar, mientras se aplica la vieja consigna del laissez faire, laissez passer (dejar hacer, dejar pasar), cuyo objetivo es desmantelar las instituciones estratégicas –salud, educación, banca, telecomunicaciones, recursos ecológicos, infraestructura, etc.– para, finalmente, privatizarlas, mejor dicho, venderlas al mejor postor (¿ellos mismos?). Lo peor es que, con el bombardeo de la “prensa canalla” por más de cuarenta años, el empobrecimiento de la educación, la precarización laboral y el aumento galopante del desempleo y la pobreza debido a la ausencia del estado (en especial en las regiones periféricas –costas y fronteras– donde pululan el narcotráfico y ciertas formas asociadas a la legitimación de capitales) miles de costarricenses empobrecidos, agobiados y cansados de las falsas promesas y de la corrupción estatal, apoyan y aplauden la segunda opción. He allí la bomba de tiempo que nos mantiene en vilo.

Las preguntas obligadas son las siguientes: ¿tendrá nuestro país aún las reservas políticas, morales y espirituales para enfrentar la contrarreforma neoliberal liderada hoy por populistas de derecha sin escrúpulos y sin patria? ¿Podrá constituirse una verdadera alternativa a la propuesta neoliberal de acabar con un Estado Social de Derecho, exitoso –a pesar de la sangría causada por las cúpulas del bipartidismos empresarial– mismo que costó sangre, sudor y lágrimas, además del esfuerzo individual y mancomunado de cientos de compatriotas? Escuchemos las respuestas.

Fueron por lana y salieron trasquilados

Por Carlos Meneses Reyes

Los abogados (pues no son equipo jurídico oficial) del señor presidente Gustavo Petro U, acudieron ante el sistema interamericano, que representa la Corte Interamericana y radicaron una solicitud buscando que la Corte IDH dictara órdenes urgentes ante la vulneración del «fuero integral» presidencial. La petición pretendía que la Corte IDH adoptara acciones “para salvaguardar los derechos a la protección y garantías judiciales y derechos políticos” del presidente. Todo por el accionar de una investigación administrativa en el Consejo Nacional Electoral de Colombia (CNE) por la presunta vulneración al régimen de financiación de la campaña electoral presidencial.

Al analizar el desarrollo y suerte de la petición, al parecer resultó inconsistente en el maremágnum de los hechos expuestos. No se fue claro, expreso e incisivo en donde está el yerro del CNE. Este, sin lugar a discusión, siendo competente para investigar, a fondo, los resultados de la campaña presidencial, que llevó al triunfo al presidente progresista-liberal, en el Proyecto de Resolución de Investigación, comete el error de involucrar en esa investigación administrativa al ciudadano, Gustavo Petro Urrego, con nombre de pila y cedula de identidad colombiana; siendo presidente de la República de Colombia. Al ser el candidato-presidente ganador, El CNE estaba en el requisito de adelantar Acusación ante su Juez natural, que lo es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representante y hasta la fecha no lo ha hecho. ¿Por qué no lo hace?, por estar en contravía al Estado de Derecho y elucubrar malabarismos jurídicos que contienen el uso del Lawfare. Por ende, fue mal concebida la acción de petición ante el sistema interamericano.

No se sustentó, en la citada petición, que para el CNE los actores electorales, siendo uno de ellos “el candidato, quien, por Ley, es solidariamente responsable por la oportuna presentación de los informes de ingresos y gastos y por el debido cumplimiento de la normativa electoral”. Aquí está el nudo georgiano o quid del asunto; generando una situación, en tan álgido aspecto, que conllevó a una situación, de no solución y distrayendo la atención de los magistrados, quienes de manera genial resuelve en forma inhibitoria, por así mencionarlo, y que impide la participación como juez en esa causa.

Trabada la litis el Consejo de Estado de Colombia y CNE pidieron rechazar la petición de los abogados del señor presidente G. Petro U, aduciendo que se ajustaron al respeto al fuero. Sustentaron que “no hay vulneración alguna del artículo 23 de la Convención Americana», dado que las sanciones que ellos imponen “no restringen los derechos políticos de los funcionarios de elección popular o de sus electores”. Lo cual es procedente, a todas luces, puesto que se está es en una etapa de investigación administrativa del acto electoral. El yerro radica en que la adelantaron contra la persona del señor presidente, es decir, sin el accionar paralelo ante su juez natural. De esto resulta la materialización del delito de prevaricato, obviamente; pero no es, esto, de la competencia y jurisdicción del sistema interamericano. Le corresponde es la Fiscalía General de Colombia actuar desde ya. Por ello se explica que la CIDH no acate el argumento de los actores de «La sanción de pérdida del cargo estará sometida a las conclusiones de la investigación adelantada por el CNE, limitando así implícitamente la competencia de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes”.

Pero en el actual momento no se trata de sanciones sino de investigación…Analizando los argumentos de todas las partes, el pleno de la Corte IDH decidió, el pasado 28 de noviembre, declarar improcedente la petición que elevó el señor presidente a través de sus apoderados. O sea, una mala jugada en el aspecto de los tiempos procesales. Sustentó la CIDH «De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente». Esto indicó la Corte. Y como los abogados citaron en mala argumentación el fallo del caso “monseñor” Ordoñez. El malvado y cavernario ex procurador general de Colombia; «La Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenadas en el Fallo, con lo cual resulta improcedente», Que tal como lo expresó la Corporación, sea una enseñanza para lo que sobreviniere. Esto no requiere mayor explicación: La alta Corte resaltó que “debe darse la oportunidad al Estado de resolver la controversia de acuerdo con su derecho interno antes de verse enfrentado a un proceso internacional”.

Con tensión y desasosiego por el conocimiento que como “Puro Abogado” tengo sobre estos temas escuchaba los análisis informativos oficiales al respecto y las subsecuentes excusas de manejo del medio oficial de información sobre lo sucedido al respecto. Y más grima causó la explicación de una vocera de la Coordinadora de Litigio Internacional de Cajar, expresando excusas a la opinión pública “por la mala interpretación de la sentencia de la CIDH”; siendo que desde que estaba en las bancas de la Facultad Nacional de Derecho de la UN, los egregios profesores enseñaban que las sentencias no se interpretan. Se aplican.

Defensoría incide en incorporación de criterios de no discriminación en propaganda comercial

Oficina de Control de Propaganda atiende llamado

La Defensoría de los Habitantes gestionó en mayo del presente año ante la Oficina de Control de Propaganda, en el sentido de que, si bien dicha instancia fue creada inicialmente para atender los artículos 1° y 2° de la ley N° 5811, tratándose de propaganda comercial en defensa de la dignidad de la familia y de la imagen de la mujer en la sociedad costarricense, era necesario aplicar además, otros criterios para evitar la divulgación de publicidad discriminatoria, tratándose de la autorización o restricción de anuncios comerciales, lo anterior de conformidad con el marco de legalidad/de convencionalidad vigente en el país.

El día 21 de noviembre de 2024, la Defensoría de los Habitantes recibió comunicación de la Oficina de Control de Propaganda que, en sesión 029-2024 del 19 de setiembre del 2024 en cumplimiento al artículo 4 del Reglamento de la Ley Número 5811 se efectuó una revisión y aprobación de los nuevos criterios de evaluación de publicidad comercial para cumplir con la Ley de Control de Propaganda, entre ellos:

  • Criterios relacionados con la discriminación
  • Criterios relacionados con la violencia.
  • Criterios relacionados con la sexualización y/o cosificación.
  • Criterios relacionados con estereotipos sociales y de género, asociados con la violencia simbólica.
  • Criterios relacionados con personas menores de edad.
  • Criterios relacionados con actividades para el consumo de personas mayores de edad.

Los criterios ahora incorporados, refieren a un trato desventajoso, restrictivo, burlesco, humillante, incapacitante y/o discriminación de una persona o población, basado en aspectos relacionados con la sexualidad, edad, aspectos étnicos, condición migrante, condición socioeconómica o formación educativa, condición de salud o discapacidad; violencia física, psicológica o emocional, económica o patrimonial, sexual; entre otros.

El actuar de la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía debe erradicar los estereotipos sociales, todo ello en el enfoque marco de la protección de los derechos humanos de todas las personas habitantes de este país en el ámbito de la publicidad comercial.

Siendo que desde la Defensoría de los Habitantes se reconoce el esfuerzo efectuado y se insta a la institucionalidad pública para su divulgación y respeto, y se hace un llamado al sector privado para su efectivo cumplimiento. Es necesaria la promoción de este tipo de acciones para una efectiva promoción y defensa de los Derechos Humanos.

Los criterios ahora incorporados, refieren a un trato desventajoso, restrictivo, burlesco, humillante, incapacitante y/o discriminación de una persona o población, basado en aspectos relacionados con la sexualidad, edad, aspectos étnicos, condición migrante, condición socioeconómica o formación educativa, condición de salud o discapacidad; violencia física, psicológica o emocional, económica o patrimonial, sexual; entre otros.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes