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SEBANA advierte sobre posibles impactos económicos por venta de FIFCO a Heineken

El Sindicato de Empleados del Banco Nacional (SEBANA), por medio de su secretario general David Carrera Herrera, advirtió que la posible venta de Florida Ice and Farm Company (FIFCO) al grupo internacional Heineken no es un asunto meramente empresarial, sino una decisión que podría tener efectos profundos sobre el empleo, la competencia y la economía costarricense.

Carrera explicó que Heineken, segunda empresa cervecera más grande del mundo con el 13,6% del mercado global, asumiría una posición dominante en el país si la transacción se concreta. “Podríamos enfrentar una concentración de poder sin precedentes en la industria alimentaria y de bebidas”, señaló.

Según el dirigente sindical, un proceso de ese tipo implicaría menores oportunidades para las pequeñas y medianas empresas, menos opciones para los consumidores y un impacto directo en miles de empleos vinculados a encadenamientos productivos nacionales.

El monto estimado de la operación ronda los 3.200 millones de dólares, una cifra que, de concretarse, podría influir en variables macroeconómicas relevantes. “Podría afectar el tipo de cambio, la liquidez del sistema financiero y hasta el mercado de valores costarricense”, indicó.

Carrera advirtió que, si las utilidades de la empresa se trasladan al extranjero, esas ganancias dejarían de reinvertirse en Costa Rica, debilitando la producción local y el empleo nacional.

Desde SEBANA, aseguró, existen alternativas responsables para atender la situación sin comprometer el equilibrio del sistema económico y social. Por ello, el sindicato solicitó al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y a otras autoridades competentes que analicen la operación “con la profundidad y responsabilidad que merece”.

“Costa Rica debe proteger la sana competencia, la estabilidad del sistema económico y, sobre todo, el bienestar de su gente”, concluyó Carrera.

Las declaraciones completas pueden verse en el siguiente enlace:

El principio de autoridad y la beligerancia política

Dr. Oscar Aguilar Bulgarelli

A raíz de la solicitud hecha por el Tribunal Supremo de Elecciones ante la Asamblea Legislativa, para levantar la inmunidad del presidente Rodrigo Chaves por quince de veinticuatro denuncias presentadas por beligerancia política, quedando pendientes nueve; han surgido sus defensores políticos y de oficio, como era de esperar. Pero hay tres que me han dejado sorprendido, la diputada y jefa del oficialismo Pilar Cisneros y dos abogados, uno su defensor de oficio y otro oficioso, analista por la prensa; una dice que estamos ante un “golpe de estado institucional”, y los otros hacen todo un galimatías entre la Constitución y el Código Electoral, para tratar de demostrar que no existe una normativa constitucional y legal que permita levantar ese fuero al presidente y que, por lo tanto, es improcedente y “legalmente equivocada y temporalmente inoportuna”, como dijo uno de ellos.

Ante semejantes afirmaciones chavistas, creo que vale la pena tratar de desenredar la madeja que tratan de montar, y ver las cosas simplemente dentro del marco y letra de la ley que nos dice primero la Constitución Política, como norma fundamental, sobre el principio de legalidad. Dice su artículo 11:

Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes…

Entonces, como primera cosa a tener en cuenta es que don Rodrigo y doña Pilar no pueden ni hacer ni interpretar la ley como les dé la gana, pues juraron, sino por Dios por ser ateos disimulados o declarados, aunque sea ante un quipu o por lo más sagrado que tengan, el respeto de la Constitución y las leyes que de ella se derivan.

Pero, además, el artículo 102 de la Constitución la otorga al TSE atribuciones especiales y exclusivas, como, por ejemplo:

Interpretar en forma exclusiva y obligatorias las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral.

Investigar por si o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos políticos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos, o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas. La declaratoria de culpabilidad que pronuncie el Tribunal será causa obligatoria de destitución e incapacitará al culpable para ejercer cargos públicos por un periodo no menor de dos años, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren exigírsele. No obstante, si la investigación realizada contiene cargos contra el presidente de la República, ministros de gobierno…el Tribunal se concretará a dar cuenta a la Asamblea Legislativa del resultado de la investigación.

Bien, puede verse claramente que el TSE si tiene potestad legal para sancionar sobre todas las denuncias que haya por cualquier incumplimiento de la ley. Y bien, de lo hasta aquí transcrito de la letra constitucional, eso es lo que ha sucedido, ni más ni menos. Como dice el dicho, no hay que brincar mucho pues el suelo está parejo.

Ahora bien, ¿qué sigue después? Para esto, debemos referirnos al artículo 121 inciso 9 de la Constitución sobre las atribuciones de la Asamblea Legislativa que dice:

Admitir o no las acusaciones que se interpongan contra quien ejerza la Presidencia de la República, vicepresidentes, ministro de Gobierno… declarando por dos terceras partes de votos del total de la Asamblea si hay o no lugar a formación de causa contra ellos, poniéndolos, en caso afirmativo, a disposición de la Corte Suprema de Justicia para su juzgamientos

Queda demostrado por lo tanto que, al contrario de lo que dicen algunos leguleyos “chavestistas”, la Asamblea Legislativa si tiene potestad para conocer las acusaciones por clara beligerancia del presidente Chaves pues incumplió en cada una de ellas, con las prohibiciones legales de participación política, violando la Constitución y el Código Electoral. Así, la Asamblea deberá juzgar con base en el 121 inc.9 transcrito y el segundo párrafo del artículo 270 del Código Electoral, si la acusación que le remite el TSE es admisible o no, cumpliendo así con el trámite legal correspondiente a lo interno de la Asamblea Legislativa. Si ésta considera que los delitos electorales cometidos, en este caso beligerancia, justifican el levantamiento de la inmunidad, el expediente del presidente Chaves regresa al pleno Tribunal Supremo de Elecciones que, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 270 resolverá según corresponda. ¿Y qué corresponde en este caso?, lo que señala claramente el último párrafo del artículo 146 del Código Electoral que dice:

El TSE podrá ordenar la destitución e imponer inhabilitación para ejercer cargos por un periodo de dos a cuatro años a los funcionarios citados, cuando sus actos contravengan las prohibiciones contenidas en este artículo.

Los funcionarios citados en el 146 son, entre otros, el presidente, vicepresidentes, ministros y una extensa lista, a los cuales en ese mismo artículo se les prohíbe:

– … Participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes o reunión es de carácter político, utilizar la autoridad e influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar avisos en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidaria de cualquier otro género… únicamente podrán ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones en la forma y condiciones establecidas en este Código

No se puede ocultar el sol con un dedo, es muy claro que el presidente como es su costumbre ha violentado y violado… la ley en infinidad de oportunidades y, además, ya en campaña, cada vez que consiente la presencia de los candidatos de su partido-taxi en actos oficiales, él y ellos violan la ley. Y cuidado, a lo mejor pueden llegar a ser excluidos de las elecciones si a alguien se le ocurriera presentar una acusación.

Por supuesto que todas las teorías legales y políticas para desacreditar esta acusación no son más que eso, formas de ocultar la verdad y los procedimientos ilegales y fraudulentos del chavismo. No hay tal golpe de estado institucional, absurdo de quien sufre una “termocéfala de poder” y cuyas consecuentes isquemias le impiden la suficiente claridad mental para darse cuenta de sus absurdos, o bien otros por ínfulas de notoriedad profesional, necesaria en quienes no han logrado madurar en los conceptos básicos de la profesión o los que siempre tienen a disposición un Sinpe.

Pero unos y otros, incluyendo los que nos amenazan con acabar con la democracia y sacarnos de nuestro país, sepan que no les será tan fácil; no se les teme y sabemos defender un país que construyeron con grandes sacrificios nuestros abuelos.

Foro sobre Economía Social y Solidaria marca un hito en el diálogo nacional

Comunicado

San José, 10 de octubre de 2025. La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal celebra el éxito del Foro Economía Social y Solidaria “Impulso al desarrollo sostenible en la Costa Rica del Bicentenario”, realizado el 9 de octubre en el Auditorio de JUPEMA, el cual contó con la destacada participación de las candidaturas a la Presidencia de la República.

Durante el encuentro, las personas aspirantes a la presidencia nacional expusieron sus compromisos y propuestas sobre cómo impulsar desde sus eventuales gobiernos a un sector que integra a más de 27 mil organizaciones y a 1,6 millones de personas asociadas. Se abordaron temas cruciales como la generación de empleo digno, la inclusión social, la innovación y el fortalecimiento del marco legal e institucional que sustenta a la ESS en el país.

La masiva asistencia de delegados, representantes de organizaciones sociales y productivas, así como de diversos sectores de la sociedad civil, evidenció el interés nacional en fortalecer un modelo económico que, con base en la solidaridad y la justicia social, contribuye de manera directa al desarrollo sostenible de Costa Rica.

Compromiso de las candidaturas presidenciales

Como parte trascendental de este foro, las candidaturas presentes suscribieron el Compromiso por el fomento de la Economía Social Solidaria en Costa Rica, un acuerdo histórico que reconoce la relevancia del sector y establece acciones concretas para su fortalecimiento.

El documento firmado contempla, entre otros aspectos:

  • Respaldar e impulsar un proyecto de ley que será el marco jurídico para la Economía Social y Solidaria.

  • Vigorizar la institucionalidad que brinda apoyo a la ESS, dotando de recursos a la Dirección de Economía Social Solidaria del MTSS y formalizando la creación del Viceministerio de ESS.

  • Retomar el funcionamiento del Consejo Presidencial de Economía Social Solidaria como máxima instancia ejecutiva en esta materia.

  • Robustecer el Observatorio de ESS y avanzar en la creación de una cuenta satélite nacional con apoyo del Banco Central y el INEC.

  • Garantizar el acceso del sector a programas como FODEMIPYME y Sistema de Banca para el Desarrollo mediante un marco normativo más inclusivo.

  • Favorecer las compras públicas al sector, incorporando cláusulas sociales en los carteles de contratación y brindando asesoría especializada.

  • Fortalecer el rol del Banco Popular y de Desarrollo Comunal como la entidad financiera líder de la ESS, asegurando tanto el apoyo financiero como no financiero y resguardando su estabilidad y gobernanza democrática.

La firma de este compromiso representa un hito en el reconocimiento político e institucional de la economía social solidaria, enviando un mensaje claro a la ciudadanía sobre la importancia de construir un modelo económico más inclusivo, participativo y sostenible.

Con este foro y el acuerdo alcanzado, la ESS reafirma su papel estratégico en la Costa Rica del Bicentenario y abre una ruta concreta hacia la consolidación de políticas públicas que fortalezcan este sector como motor de desarrollo nacional.

Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal

¿Qué es la ATTBPDC?
El Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal es propiedad de más de un 1,5 millón de personas trabajadoras en Costa Rica
. La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (ATTBPDC) es la máxima instancia del Banco y está compuesta por 290 delegados y delegadas que son elegidas por los sectores comunal, artesanal, cooperativo tradicional, cooperativo de autogestión, sindical confederado, sindical no confederado, profesional, magisterio nacional, profesional y personas trabajadoras independientes. Su misión es procurar y promover el bienestar social y económico de los trabajadores y trabajadoras, Desde su creación en 1986, la ATTBPDC ha sido un pilar fundamental y su impacto contribuye en mejorar la calidad de vida de los costarricenses.

PVP contra las amenazas imperialistas de EEUU al presidente Gustavo Petro

El Partido Vanguardia Popular condena enérgicamente el ultimátum emitido por el gobierno de los Estados Unidos contra el presidente de la hermana República de Colombia, Gustavo Petro, exigiéndole retractarse de sus declaraciones sobre el bombardeo de una lancha colombiana en aguas del Caribe, en el que fueron asesinados pescadores, y que Washington pretende presentar como una “operación antidrogas”.

La reacción de la Casa Blanca es una amenaza directa a la soberanía de Colombia y una expresión clara de la arrogancia imperialista que por décadas ha impuesto su política militarizada en la región bajo el pretexto de la “guerra contra las drogas”.

Esta estrategia ha demostrado ser un fracaso, ha cobrado miles de vidas inocentes, ha alimentado la violencia y ha servido de excusa para intervenciones extranjeras y violaciones sistemáticas de derechos humanos.

El presidente Petro ha tenido el valor político de denunciar lo que en realidad representa un nuevo escenario de guerra en el Caribe, señalando que se trata de ejecuciones extrajudiciales en operaciones estadounidenses. Sus palabras no son un “exceso retórico”, como pretende el gobierno norteamericano, sino una denuncia legítima y necesaria ante hechos gravísimos que afectan directamente al pueblo colombiano y a la estabilidad regional.

El ultimátum estadounidense, de condicionar el diálogo bilateral a una retractación, es una muestra descarada de chantaje político. Pretenden imponer silencio frente a sus crímenes.

El Partido Vanguardia Popular respalda el derecho soberano del pueblo y del gobierno de Colombia a defender la verdad, la vida, la paz y su independencia política, sin arrodillarse ante las presiones imperiales. Exigimos respeto a la soberanía colombiana, al derecho internacional y al principio de no intervención.

Hoy más que nunca, la unidad de los pueblos de Nuestra América es necesaria frente a las amenazas militares, económicas y políticas del imperialismo. El Caribe no puede ser escenario de nuevas guerras coloniales, debe ser espacio de paz, solidaridad y autodeterminación.

Partido Vanguardia Popular

Campaña de hombres pide a Fabricio Alvarado renunciar a la inmunidad

SURCOS recibió el siguiente comunicado:

Ante el movimiento que se ha gestado para exigir la renuncia a la inmunidad de Fabricio Alvarado, algunos sectores han pretendido minimizar y desvirtuar el proceso mediante el argumento de que se trata de una persecución política por parte de algunas mujeres de ideas extremas.

Por lo anterior, es muy importante demostrar que somos muchísimos los hombres que también exigimos esta renuncia a la inmunidad, y por las mismas razones esgrimidas por las mujeres, porque nos oponemos claramente a la cultura patriarcal que favorece y permite la violencia de género y particularmente el abuso sexual.

Si usted coincide con esta posición, por favor, ingrese al siguiente enlace para que revise el documento y, si lo tiene a bien, lo firme indicando su nombre completo y su número de identificación:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScY9D3-LNZuwl_GgcMOd-ryWM3HZBOSTejeFOnEQOgmPxmWkw/viewform?usp=header

Entre más firmas se recaben más evidente será nuestra posición como hombres sensibles y conscientes y mayor será la presión para lograr un proceso judicial sin atrasos ni privilegios. Por favor, ayude también a circular esta iniciativa circulándola por las redes sociales.

El sindicalismo ayer y hoy: claves y retos para el futuro – Alternativas 10 oct 6 pm

El programa alternativas, elaborado por el colectivo reflexión-acción, presentará este jueves 10 de octubre de 2025 un nuevo panel bajo el título “El sindicalismo ayer y hoy: claves y retos para el futuro”.

El encuentro se transmitirá en vivo a las 18:00 horas (hora Costa Rica) por Facebook Live, YouTube y Spotify, con la participación de un panel de destacados invitados que analizarán el papel del movimiento sindical costarricense en el contexto actual, sus transformaciones y los desafíos que enfrenta ante las condiciones económicas, sociales y políticas del país.

El panel invitado estará conformado por:

  • Pablo Contreras, profesor de inglés en el Liceo Sonafluca, La Fortuna de San Carlos, con 15 años de afiliación a APSE, vocal de la directiva regional 12 APSE (2022-2023).
  • Adrián Sánchez Godínez, profesor de matemáticas del Liceo Regional de Flores, San Joaquín de Flores, Heredia, con 24 años de afiliación a APSE. Dirigente regional 17 APSE, Heredia.
  • José Casasola Castro, MSc. Profesor jubilado de matemáticas en el CTP de Hojancha, Guanacaste, con 33 años de afiliación a APSE. Dirigente regional 21 APSE y miembro de la Comisión de Educación Técnica.
  • Mauricio Castro, abogado especialista en derecho laboral.
  • Maricela Pleités, educadora, psicóloga en formación y escritora.

El programa se transmitirá con el apoyo de las emisoras amigas Radio Guanacaste 106.1 FM, Radio Soberanía, Radio Revolución y 506 Ondas Alajuelita Radio.

Alternativas es un espacio de reflexión crítica que busca promover el pensamiento libre y la construcción colectiva de un país más justo e integralmente mejor.

Sedición, traición e instigación al delito

José Manuel Arroyo Gutiérrez

Muy pocas figuras penales tienen el privilegio de ser mencionadas en la Constitución Política, sin duda por la relevancia y gravedad que tienen para la estabilidad de la República y la convivencia democrática. Es el caso del delito de Traición contemplado en el artículo 3 (Nadie puede arrogarse la soberanía; el que lo hiciere cometerá el delito de Traición a la Patria); de igual manera se menciona el delito de Sedición en el artículo 4 siguiente (Ninguna persona o reunión de personas puede asumir la representación del pueblo, arrogarse sus derechos, o hacer peticiones a su nombre. La infracción a este artículo será sedición). Las prohibiciones se dirigen a no usurpar la soberanía, que reside en “la nación”, ni “al pueblo” como depositario natural y último de esa soberanía. En ninguno de estos dos supuestos se contempla una sanción a aplicar, razón por la cual hay que descender a la ley ordinaria (Código Penal) para completar su perfeccionamiento como conductas previstas en tipos penales específicos.

La Sedición se relaciona con una amplia gama de conductas particulares que están debidamente tipificadas en la ley. Conviene recapitular algunas para estar alerta. Tales son, por ejemplo, los casos de la Instigación Pública, art. 280 (para el que instigare a otro a cometer un delito que afecte la tranquilidad pública sin que el hecho necesariamente se produzca); la Apología del delito, art. 283 (el que hiciere públicamente la apología de un delito o de una persona condenada por un delito); la Traición, art. 284 (para el costarricense que tomare armas contra la nación o se uniere a sus enemigos…); la Conspiración para Traición del art. 288 (el que tomare parte en una conspiración de tres o más personas para cometer Traición). Asimismo la Sedición se relaciona con el delito de Rebelión, art. 301 (para quienes se alzaren en armas para cambiar la Constitución, deponer algunos de los órganos del Estado o impedir, aunque sea temporalmente, el libre ejercicio de sus facultades constitucionales o su formación o renovación en los términos y formas legales); además está el delito de Propaganda contra el orden constitucional, art. 303 (para el que hiciere propaganda pública para sustituir, por medios inconstitucionales, los órganos creados por la Constitución o para derogar los principios fundamentales que ella consagra.); el Motín (para quien se alzare públicamente en número de diez o más, para impedir la ejecución de leyes o de las resoluciones de los funcionarios públicos o para obligarles a tomar alguna medida u otorgar alguna concesión.). También está el delito de Conspiración, art. 307 (para el que tomare parte en una conspiración de tres o más personas para cometer el delito de rebelión); la Seducción de fuerzas de seguridad, art. 308 (para el que seduzca fuerzas de seguridad o usurpare el mando de ellas… para cometer una rebelión o motín…); y la Infracción al deber de resistencia, art. 309 (para los funcionarios públicos que no hubieren resistido una rebelión o motín por todos los medios legales a su alcance).

Todos estos delitos están sancionados con penas de prisión que pueden ir hasta los diez años de privación de libertad. Buscan tutelar bienes jurídicos fundamentales como la tranquilidad pública, la seguridad de la Nación, los poderes públicos y el orden constitucional. Se trata, por otra parte, de figuras dolosas que exigen el conocimiento y la voluntad expresa de realizar la conducta prohibida, y admiten las formas de participación básicas: la autoría-coautoría, la instigación genérica y la complicidad.

En Costa Rica hemos asistido en los últimos años, en el contexto de decisiones constitucionalmente legítimas, -tomadas o a tomar-, por la Asamblea Legislativa, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Corte Suprema, la Sala Constitucional, el Ministerio Público, la Contraloría General y otros órganos constitucionales, a ver que los chavistas, con el Presidente a la cabeza, en medios de comunicación, redes sociales y hasta desde despachos ministeriales y curules diputadiles, han insinuado venganzas, amenazado con expatriar costarricenses e instigado a la desobediencia, la rebelión y el motín; han hecho llamados explícitos al odio y la violencia contra instituciones y funcionarios públicos; y lo peor, se han apoyado en el delirio de que ellos son los únicos que representan al pueblo y encarnan su voluntad, evidente falacia ad populum que no resiste el más mínimo análisis lógico, puesto que, por muchos que fueran (lo que está por verse), no les autoriza, porque es delito, arrogarse la exclusiva propiedad de la soberanía nacional, ni el monopolio de la representación popular. Esas aspiraciones son ebrias ambiciones de tiranuelos.

Ante semejante despropósito sólo queda un camino: las autoridades públicas, de toda calidad y rango, tienen que cumplir sus competencias y obligaciones con diligencia y voluntad férreas. Durante el régimen surgido a partir de 1948, no se habían vivido semejantes desafíos. Los ciudadanos conscientes, comunes y corrientes, tenemos que denunciar, organizar y resistir. La indiferencia o el temor sólo envalentonarán a los acosadores de todo pelaje. Esta democracia sólo sobrevivirá llamando a cuentas a quienes se han creído intocables y por encima de la ley.

Consejo Universitario de la UCR se pronuncia ante denuncia contra miembro de la Asamblea Legislativa

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) emitió un acuerdo firme en el que expresa su posición frente a la denuncia presentada contra un miembro de la Asamblea Legislativa por presunto abuso sexual contra una mujer menor de edad al momento de los hechos.

En el acuerdo, tomado en la sesión ordinaria N.º 6942 del 9 de octubre de 2025, el órgano universitario recordó su compromiso con la defensa de los derechos de las mujeres y la condena a toda forma de violencia de la que puedan ser objeto.

Principales consideraciones del acuerdo

El Consejo Universitario señaló que, ante denuncias de esta naturaleza, las personas funcionarias públicas, especialmente quienes ocupan cargos de elección popular, deben responder al principio de transparencia y rendición de cuentas, conforme al mandato constitucional.

El documento también hace referencia a los recientes cuestionamientos sobre la ética y probidad de algunos miembros de la Asamblea Legislativa, tras el rechazo a una solicitud de levantamiento de inmunidad presidencial.

Acuerdos adoptados

  1. Expresar solidaridad con las mujeres víctimas de violencia sexual.

  2. Instar a las personas funcionarias de elección popular a que, cuando existan denuncias en su contra por violencia sexual o actos de corrupción, se sometan al proceso judicial correspondiente.

  3. Reprochar el uso indebido de la inmunidad por parte de personas funcionarias públicas con fines distintos a los que motivaron su creación. El Consejo recordó que someterse a un proceso judicial no implica violar el principio de inocencia.

  4. Comunicar el acuerdo a las diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa, así como a los medios de comunicación.

El acuerdo fue firmado por la directora del Consejo Universitario, Patricia Fumero Vargas, Ph.D., y establece que la ética y la responsabilidad pública son condiciones indispensables en el ejercicio de cargos de representación popular.

Invitación a charla sobre «Maestros Mascareros»

El Ministerio de Cultura y Juventud, mediante la Benemérita Biblioteca Nacional de SINABI, la Fundación Amigos sin Fronteras y el Museo de Cultura Popular de la Universidad Nacional, se complacen en invitarle a la Charla sobre Maestros Mascareros por Rodrigo Muñoz, como parte de la II Exposición Mascaradas Tradicionales Costarricenses.

La actividad será presencial el miércoles 15 de octubre a las 10:00 a.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional. También se transmitirá por el Facebook Biblioteca Nacional Costa Rica https://www.facebook.com/bibliotecanacional.mcj.cr/

El sometimiento policial y de la Seguridad Pública ante el Tribunal Supremo de Elecciones

Vladimir de la Cruz

El pasado 1 de octubre dio inicio oficialmente el proceso electoral de Costa Rica, para cambiar al presidente de la República, sus dos vicepresidentes y la integración de los 57 diputados del Poder Legislativo.

Las elecciones se realizarán simultáneamente el primer domingo de febrero del 2026. Si en esa fecha ningún candidato presidencial, de los 20 inscritos, alcanza el 40% de los votos, se procederá a una segunda vuelta con los dos que hayan obtenido la mayor cantidad de votos o el mayor porcentaje electoral. Esta segunda ronda se resolverá, por simple mayoría entre esos dos candidatos el primer domingo de abril del 2026.

Los diputados electos el primer domingo de febrero asumen su curul legislativa el primero de mayo del 2026 y el ocho de mayo, ante ellos, el nuevo presidente de la República, por un período de cuatro años asume la presidencia de la República.

El proceso electoral es absolutamente blindado, seguro y hasta ahora ha sido eficaz y confiable a los ciudadanos.

Resultado de la guerra civil, de marzo y abril de 1948, en Costa Rica se produjo un cambio político radical. La causa de la guerra fue la anulación de un resultado electoral presidencial a favor del periodista Otilio Ulate Blanco, frente al “socialcristiano”, reformista, aliado de los comunistas, Dr. Rafael Angel Calderón Guardia, que aspiraba a una reelección, después de haber sido presidente de la República, en el periodo 1940-1944, luego de haber impulsado una reforma social muy avanzada, que comprendió la aprobación del Código de Trabajo, en 1943, y la incorporación a la Constitución Política del Capítulo de las Garantías Sociales, en 1943.

El gobierno que le siguió, del Lic. Teodoro Picado, de 1944 a 1948, fruto de una coalición con los comunistas, aprobó, entre otras cosas, una Reforma Tributaria y un Código Electoral, en 1946, para garantizar “pureza en los sufragios” para evitar situaciones de “fraudes” en procesos electorales como los que se habían cuestionado anteriormente.

Los insurrectos, defensores de su victoria, enemigos políticos de los derrotados, contrarios a las reformas sociales y a la alianza existente con los comunistas, ante la anulación de las elecciones que perdía Calderón Guardia, se levantaron en armas a favor del resultado electoral para Otilio Ulate. Triunfados, los insurrectos se impusieron por dos años a Ulate, quedándose en el poder hasta el 7 de noviembre del 1949, llamando a ese período de Gobierno como el de la Fundación de la Segunda República, que se extiende en tiempo histórico hasta hoy.

Durante los 19 meses de gobierno de la Junta Fundadora de la Segunda República se hicieron reformas muy importantes. Se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente que elaboró la actual Constitución Política, se mantuvo el Código Electoral. Al Tribunal Nacional Electoral, que había nacido con el Código Electoral en 1946, se le cambió de nombre por Tribunal Supremo de Elecciones, otorgándosele luego el carácter de Poder de la República, junto al Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con igual nivel jerárquico, independencia administrativa, exclusividad e indelegabilidad de sus funciones. También, se abolió el Ejército como institución permanente en Costa Rica, sustituyéndose por una Fuerza Pública policial.

Entre las decisiones que se tomaron se estableció al Tribunal Supremo de Elecciones como el órgano director y organizador de todos los procesos electorales, cuyas resoluciones sobre los resultados electorales son inapelables. Así ha sido desde 1949 hasta hoy.

Todos los procesos electorales presidenciales, los 18 que ha habido, han sido respetados en sus resultados. Sobre ninguno de ellos se ha cuestionado nada relacionado con el proceso electoral. Esto ha provocado en estos 76 años un alto nivel de cultura política, cívica y electoral sobre la validez de los procesos electorales, al punto que, al día siguiente de cada proceso electoral, el resultado es aceptado y validado popular, política y nacionalmente por todos los partidos políticos que participaron en cada proceso electoral y por los seguidores de ellos, así como por los abstencionistas electorales de urnas y por los que no se presentaron a votar.

Un elemento destacable de estos procesos electorales y de la institucionalidad política costarricense, es que toda la Fuerza Pública, la fuerza policial, desde el primer día que inicia el proceso electoral, el 1 de octubre, hasta el día final que termina el mismo, con sus resultados electorales validados, se somete en mando supremo al Tribunal Supremo de Elecciones. Se le quita el mando de la Fuerza Pública al Poder Ejecutivo y se pasa al “Poder” electoral, garantizando con ello que el Poder Ejecutivo no puede presionar ni usar de ninguna manera a las fuerzas policiales, “armadas”, en su poder y mando para actuar sobre el proceso electoral. El Ministerio de Seguridad, puesto así, queda subordinado durante todo el proceso electoral al Tribunal Supremo de Elecciones, situación que no se da en ningún país del continente Americano, por más democráticos que puedan llamarse. Lo usual en todos esos otros países es que las Fuerzas Armadas, los Ejércitos y los militares, ocupen un lugar destacado en el manejo del proceso electoral, especialmente relacionado con el cuido, manejo de las urnas electorales y de sus traslados a los recintos donde se cuentan los votos.

La organización electoral, en Costa Rica, desde la producción del material de votación, la distribución del mismo a las distintas Juntas Electorales, queda en mano del Tribunal Supremo de Elecciones y no de la Fuerza Pública policial, así como la recolección de las tulas electorales, con las boletas o papeletas de elección, que las disponen para su entrega al Tribunal Supremo de Elecciones, los miembros civiles, no militares, representantes de los partidos políticos en las mesas electorales, dejándose copia de los resultados todos los miembros de los partidos políticos que participan del conteo de los votos.

En todo el proceso electoral no participan de manera directa las fuerzas policiales, más allá de estar supeditadas al Tribunal Supremo de Elecciones para garantizar de esa manera los comicios electorales.

El que esto escribe fue candidato en tres ocasiones a la presidencia de la República, en 1998, 2002 y 2006. En una de esas elecciones se presentó una situación particular, en dos mesas electorales, en dos pueblos y recintos electorales muy alejados entre sí, en Desamparados de la Provincia de San José y en Talamanca, en la Provincia de Limón.

Las juntas electorales se integran con ciudadanos, civiles, no militares ni policiales, representantes de los diversos partidos políticos que participan en las elecciones, que así los nombran. En ambas mesas electorales, curiosamente, casi a la misma hora, alrededor de las 10 de la mañana, se presentaron los siguientes hechos: en una se presentaron policías armados a ejercer su derecho de voto. En la otra, ingresó a la Escuela del recinto electoral, un vehículo policial con policías armados a ejercer su sufragio. En ambos casos, las juntas electorales actuaron de igual manera. Impidieron que los policías “en armas”, portando sus pistolas, ingresaran de esa manera a los recintos electorales, obligándoles a “desarmarse” y a retirar de la escuela, donde estaban las Juntas Electorales, los vehículos policiales. Los policías protestaron y se negaban a dejar sus armas. En ambas situaciones las Juntas Electorales suspendieron el proceso de votación mientras se consultaba al Tribunal Supremo de Elecciones, las situaciones que se estaban dando. El Tribunal fue contundente y en minutos resolvió que las Juntas Electorales tenían razón y que los policías, bajo las órdenes del Tribunal Supremo de Elecciones, debían desarmarse para entrar a ejercer sus derechos electorales.

Esta es una situación realmente única en el mundo. Difícilmente hay otro país en que en el proceso electoral así se actúe, con las fuerzas militares y policiales bajo el poder y el control de los Órganos Electorales competentes y constitucionales. Este es parte del valor democrático de la sociedad costarricense.

En la ceremonia de traslado de mando de la Fuerza Pública al Tribunal Supremo de Elecciones, del pasado primero de octubre, el presidente de la República, como autoridad superior del Poder Ejecutivo participó del acto protocolario con muy mala cara. No se le veía satisfecho, contento de entregar el mando policial a la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, habida cuenta que en dicho acto se le restaba fuerza y se le quitaba el argumento de que el Tribunal Supremo de Elecciones venía fraguando un posible Golpe de Estado, motivo por el cual él, el presidente, convocó a la Reserva Nacional, para resguardar su seguridad política y la del Estado.

Igualmente, en sus discursos provocadores, destacaba que, junto con la Reserva Nacional, la fuerza pública que le protegía se duplicaba en efectivos en armas frente a cualquier intento de golpistas o posibles insurrectos contra su gobierno. Obviamente, si sigue con la cantaleta del Golpe de Estado, no solo contra su gobierno sino también contra su candidata, entenderá que ahora el Tribunal Supremo de Elecciones tiene a su cargo la Fuerza Pública, e institucionalmente es el jerarca superior de todas las fuerzas policiales del país.

¿Y la Reserva Nacional? ¿Está funcionando? ¿Bajo cuáles autoridades o jefaturas, o bajo cuál Ministerio, el de Seguridad o el de la Presidencia, o como guardia personal del presidente de la República?

Si la Reserva Nacional está organizada, convocada y funcionando, también debe someterse en obediencia de mando ante el Tribunal Supremo de Elecciones. ¿O no es así?

¿Por qué en la ceremonia de traspaso de Banderas de la Policía Nacional, de la Fuerza Pública, que se le entregó en mano a la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, no se hizo lo mismo, simbólicamente al menos, con los distintivos y efectivos y contingentes de la Reserva Nacional? ¿Se está violando la Constitución Política? ¿Sigue la Reserva Nacional, si está organizada y entrenando como lo ha venido haciendo, como una policía especial del presidente, como eran las policías del Partido Nazi alemán, desde 1921, la SA, (la Sturmabteilung), o las tropas de asalto, que actuaron en la Noche de los Cuchillos Largos en 1934, y las SS (las Schutzstaffel), que se mantuvieron hasta el final de la II Guerra Mundial, protegiendo al dictador?

Si la Reserva Nacional (reserva@msp.go.cr) está convocada, organizada y entrenando oficialmente, debe realizarse oficialmente, también, una ceremonia mediante la cual se someta en obediencia institucional y policial militar ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Igualmente, debe sancionarse a las autoridades que no trasladaron ese mando como constitucionalmente está establecido, ocultándolo, sea el presidente de la República, con el “ejército” que lo considera casi privado suyo o los altos jerarcas ministeriales del Ministerio de Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero y Manuel Jiménez Steller, el viceministro de las Unidades Especiales, como lo eran la SA y la SS de Hitler.

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