Detenidos por exigir agua en Hatillo
Escrito en . Publicado en Agua, Derechos.
El martes 18 de marzo, un grupo de personas se unieron para demandar un correcto suministro de agua en Hatillo, y como respuesta institucional se empezaron a realizar arrestos hacia los líderes de dicha movilización.
El video adjunto a esta nota evidencia los arrestos, donde el autor del video destaca la detención selectiva de personas, al ser a los líderes de la protesta a quienes están arrestando, además se reporta una agresión policial a una mujer durante el suceso.
Se reportan 12 personas detenidas, quienes se encuentran en la delegación de Barrio México, a la espera de ser trasladados al primer circuito judicial. Entre los detenidos se encuentran Jorge Arturo Zúñiga Carrasquilla, Valery Nicole Durán Vargas, David Contreras Mora, Harold Araya Coto, Jorge Sánchez Bogantes, Juan Carlos Redondo Araya, José Manuel Ramírez Solari, Laura Bonilla Vargas, y una mujer no identificada.
Ante esto, el sindicato de trabajadores de Acueductos y Alcantarillados (AyA) solicitan una liberación inmediata a los ciudadanos de Hatillo que exigen agua en cantidad y calidad, e infraestructura para las comunidades, no “curtidas con cisternas”, como mencionan.
El sindicato indica que el Presidente Ejecutivo del AyA brinda a empresarios luz verde para disponibilidades, pero no resuelve sobre el recurso para los habitantes. Ante esto demandan urgencia para un decreto que active infraestructura para las comunidades vulnerables, y la redistribución de agua de zonas adineradas a zonas con menos recursos.
Indican que se esperaba un número mayor de detenidos, junto con el ingreso de patrullas a la delegación. De esta forma, llaman a la solidaridad con las personas detenidas ya que la protesta social es un derecho y no un delito.
UNDECA respalda moción en junta directiva de la CCSS para construir hospital de Cartago
Escrito en . Publicado en Derechos, Salud.
De parte de la UNDECA de la CCSS se emitió un comunicado aplaudiendo la moción presentada por el sector laboral en la junta directiva de la CCSS, acordada en la sesión 9418 de este jueves 14 de marzo 2024, que instruye a la Gerencia de Infraestructura y Tecnologías, la Dirección Jurídica y la Junta de Adquisiciones para que en definitiva presenten, en el término de 15 días, la recomendación técnica final para la construcción del Hospital de Cartago.
Esperan que esa recomendación se traslade oportunamente y que la Junta Directiva tome por fin y, sin más cortinas de humo por parte de la presidenta ejecutiva Marta Esquivel, la decisión de construir este importante hospital.
Finalizan exclamando la necesidad de que Cartago tenga un nuevo hospital.
Pronunciamiento Frente Nacional de Lucha
Escrito en . Publicado en Agua, Derechos.
El Frente Nacional de Lucha (FNL) alza su voz a modo de protesta en contra de la detención de Jorge Arturo Zúñiga Carrasquilla, Valkyrie Nicole Durán Vargas, David Contreras Mora, Harold Araya Coto, Jorge Sánchez Bogantes, Juan Carlos Redondo Araya, Juan Manuel Ramírez Solari, Laura Bonilla Vargas y una mujer no identificada, el día de hoy, lunes 18 de marzo de 2024, que se da durante la manifestación de vecinos y vecinas de Hatillo, quienes reclamaban por el derecho humano al agua potable.
Esta detención se realiza, según declaraciones de Mario Zamora, ministro de Seguridad Pública, porque existe una denuncia interpuesta en Flagrancia en contra de algunas de estas personas y el fiscal Álvaro Montoya ordenó su detención. Consideramos que esta es una detención sistemática y selectiva que recae sobre las personas líderes de este movimiento, dentro de quienes destacan miembros del recientemente electo Consejo Municipal del cantón San José, entre los cuales se encuentra David Contreras, regidor electo por el Partido Frente Amplio (FA). Además, después de estos hechos, la policía ha continuado amenazando a las personas manifestantes con realizar más detenciones.
Tres de las personas detenidas fueron trasladadas al Circuito Primero de Flagrancia y las demás personas permanecen detenidas en la Delegación de Barrio México, donde Sofía Guillén, diputada del FA, ha llegado a dar su apoyo, en la defensa de los derechos humanos de las personas detenidas. En estas circunstancias, se evidencia el incumplimiento de los cuerpos policiales de Costa Rica para preservar y proteger la libertad, la dignidad y la vida de la población, y denunciamos la línea autoritaria de gobierno que intenta criminalizar y desmovilizar una protesta social que exige agua potable para los hogares. Esta criminalización tiene como fin continuar con el modelo de privatización de la salud, la educación, el agua, la electricidad, las telecomunicaciones, los seguros, etc., que son servicios y derechos vitales para que la población tenga una calidad de vida digna. El Estado tiene la obligación de respetar, proteger y garantizar las protestas, acorde a los estándares de derechos humanos, ya que estas están estrechamente vinculadas a la promoción y defensa de la democracia. La indignación de las personas manifestantes debe ser considerada como una demanda colectiva, para un cambio social en favor del cumplimiento del derecho constitucional al agua potable. Desde el FNL consideramos que esto es un ataque directo en contra del derecho a la protesta y censuramos la falta de cumplimiento de las obligaciones de respeto y de garantía frente a los derechos involucrados; desaprobamos la vulneración de los derechos a la libertad y la seguridad personal de quienes participaron en la manifestación.
El Frente Nacional de Lucha indagará el origen de la denuncia interpuesta en Flagrancia en contra de las personas líderes del movimiento y los motivos específicos de específicos de su detención para denunciar nacional e internacionalmente las injusticias a partir de las cuales nos pretenden imponer un modelo de estado en el cual el agua no sea un derecho humano, sino un bien económico y donde las leyes sólo sirvan para el beneficio de unos cuantos grupos de poder.
Preocupación por presuntas irregularidades en la gestión ambiental en Talamanca
Escrito en . Publicado en Madre Tierra.
En medio de crecientes preocupaciones sobre la gestión ambiental en el Cantón de Talamanca, la Asociación para el Desarrollo de la Ecología ha presentado una solicitud formal ante el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Consejo Nacional Ambiental (CNA). La petición, respaldada por pruebas documentales, plantea inquietudes sobre presuntas irregularidades en la entrega de humedales del litoral de Talamanca a la administración municipal local.
La solicitud, dirigida a la Licda. Natalia Díaz Quintanilla, Ministra y Presidenta del CNA, detalla una serie de hechos que sugieren una violación de los derechos constitucionales de los costarricenses y un posible incumplimiento de obligaciones internacionales en materia de conservación ambiental.
Entre las preocupaciones planteadas se encuentran:
La entrega ilegal de humedales a la Municipalidad de Talamanca por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), presuntamente en violación de disposiciones constitucionales y normativas internacionales.
La omisión por parte del SINAC de considerar el patrimonio natural del Estado ubicado en la zona marítima terrestre, a pesar de las obligaciones legales que lo respaldan.
La emisión de una gran cantidad de permisos de uso de suelo y de construcción por parte de la Municipalidad de Talamanca, posiblemente contraviniendo disposiciones constitucionales y poniendo en riesgo importantes ecosistemas y sitios de anidación de especies protegidas.
La solicitud de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología hace un llamado urgente a las autoridades competentes para que tomen medidas inmediatas para proteger los recursos naturales del país y garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales vigentes.
Esta acción resalta la importancia de una gestión ambiental responsable y transparente, así como la necesidad de salvaguardar los ecosistemas naturales para las generaciones presentes y futuras.
Imagen ilustrativa.
Presidente recibe consulta sobre derechos que asisten al Pueblo Tribal Afrocostarricense
Escrito en . Publicado en Derechos.
Por José Daniel Gamboa Araya
En una solicitud dirigida al Presidente Rodrigo Chaves Robles y al Comisionado de Inclusión Social, Ricardo Sossa, Marco Levy Virgo, ciudadano afro costarricense, ha requerido clarificaciones sobre el reconocimiento y protección de los derechos de la población afrodescendiente en el Caribe costarricense.
El pedido se fundamenta en decretos ejecutivos que reconocen la presencia de la población afrodescendiente en la región y establecen disposiciones específicas para su protección. Sin embargo, Levy Virgo busca respuestas a diversas interrogantes, entre las que destacan:
- Dado que el Estado reconoce que la población afrodescendiente se encuentra asentada en el Caribe, indicar cuál es el territorio material que ocupa y ha ocupado de manera ancestral la comunidad tribal afrodescendiente del Caribe Costarricense, cuáles son sus límites, dimensiones, ubicación, extensión, pues históricamente los afrodescendientes ocuparon toda la costa del Mar Caribe, cuya extensión es de 212 kilómetros de largo y se extiende de noreste a sureste.
- Debido a que el Estado costarricense en el DECRETO EJECUTIVO N° 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP, reconoce a la población afrodescendiente como Población Tribal, y que dicha población está protegida por el Convenio Núm. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, aclarar, por qué razón la actual Ley Indígena no incluye ninguna norma que proteja también a los derechos de los ciudadanos miembros de los pueblos tribales afrodescendientes, sobre su territorio, derecho de propiedad, costumbres, etc. pues en atención al derecho humano de esa población, el Estado ha asumido internacionalmente la obligación de generar la normativa interna necesaria para tutelar ese derecho a la propiedad de los afrodescendientes, y por ello en atención al principio de seguridad jurídica de los afrodescendientes sobre sus tierras ancestrales, debe delimitar, demarcar y titular los territorios de los pueblos afrodescendientes tribales.
- Indicar cuáles normas emitidas por el Poder Ejecutivo o mediante alguna Ley, garantizan a la población afrodescendiente, su derecho de participación efectiva, desde las primeras etapas, en los procesos de diseño, ejecución y evaluación de los proyectos de desarrollo que se llevan a cabo en sus tierras y territorios ancestrales de buena fe y de una manera apropiada. Y en caso de existir alguna norma en este sentido, solicito aclarar cómo fue impuesta dicha norma sin antes haber delimitado su ámbito de aplicación al no haberse delimitado cuáles son los límites de los territorios afrodescendientes.
- Indicar cuales son las medidas tomadas por el Estado Costarricense para impedir la violencia y el desplazamiento forzoso de la población afrodescendiente en la comunidad de Cocles, Puerto Viejo, Limón y sectores vecinos, los cuales han sido demandados penalmente, en vía ordinaria agraria y contenciosa, para ser desplazados y sacados de sus tierras ancestrales, a solicitud de otro pueblo tribal como lo es la Asociación de Desarrollo Indígena Kekoldi, cuyos miembros reconocen nunca haber ocupado esos terrenos, pero alegan que el Estado les entregó dichas tierras mediante un decreto y por ende son de ellos.
- Informar cuales son las medidas tomadas por el Estado Costarricense y focalizadas en la comunidad de Puerto Viejo y Cocles, para hacer respetar y reconocer el derecho humano de los afrodescendientes sobre sus tierras y para evitar la violencia, despojos y desalojos judiciales y administrativos de los afrodescendientes que son demandados para sacarlos de sus tierras ancestrales.
- Establecer de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación, cuales son las medidas tomadas por el Estado costarricense para garantizar, al igual que lo ha hecho con los pueblos indígenas, que la población tribal afrodescendiente, también protegida por el convenio 169 de la OIT, cuente con una Ley que establezca sus derechos, deberes y obligaciones como población tribal, y así publicitar las regulaciones sobre sus derechos de propiedad, territorio, límites, costumbres, cultura, organización, etc. Tome nota que, en materia de derechos humanos, existe la prohibición de diferencia de trato arbitraria – entendiendo por diferencia de trato, distinción, exclusión, restricción o preferencia – y otra es la relacionada con la obligación de crear condiciones de igualdad real frente a grupos que han sido históricamente excluidos y se encuentran en mayor riesgo de ser discriminados.
- Indicar cuales son las medidas tomadas por el Estado Costarricense para asegurar el derecho de la población afrodescendiente a la consulta y consentimiento previo, pues dicha población cuenta con el derecho humano como pueblo Tribal de ser consultado de previo y de obtener el consentimiento del pueblo respectivo, para adoptar cualquier decisión del Estado que pueda jurídicamente afectar, modificar, reducir o extinguir los derechos sobre su territorio, ya sean por los efectos que pueda implicar en temas ambientales, de paisaje, salud, educación, o de derecho de propiedad sobre sus terrenos ancestrales.
- Indicar cuales son las medidas especiales y acciones afirmativas tomadas por el Estado Costarricense, para asegurar la protección y avance de la igualdad, que son necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos de la población afrodescendiente que sufre desigualdades estructurales que han llevado a esa población a ser víctimas de procesos históricos de exclusión, como por ejemplo al no contar con una ley que le tutele sus derechos como pueblo tribal, a diferencia de los indígenas que son también una población tribal y a la cual el Estado la ha protegido con gran cantidad de leyes y decretos.
- Indicar cuales son las medidas especiales y acciones afirmativas tomadas por el Estado Costarricense para asegurar a los afrodescendientes el derecho de propiedad y posesión sobre sus tierras ancestrales.
Queda ahora en manos de las autoridades gubernamentales dar respuesta a estas interrogantes, contribuyendo así al fortalecimiento de los derechos humanos y la igualdad en el país.
Imagen ilustrativa: UCR.
Pilar, Chaves, Arias: ¿”Culo con culo”? – José Luis Valverde Morales
Escrito en . Publicado en Análisis, Aportes para el desarrollo.
Por José Daniel Gamboa Araya
El periodista José Luis Valverde Morales publicó en su cuenta de Facebook un comentario mordaz sobre la situación política actual, titulado «Pilar, Chaves, Arias: ¿”Culo con culo”?». En este post, Valverde Morales utiliza un lenguaje directo y crítico para referirse a los protagonistas de la escena política costarricense.
El mensaje comienza con una alusión humorística a un supuesto lugar de cena popular, insinuando que los personajes mencionados no son del tipo de personas que se encontrarían allí. Luego, compara la situación de Rodrigo Arias con la del entrenador Andrés Carevic en el ámbito deportivo, sugiriendo que su tiempo en la presidencia de la Asamblea Legislativa ha llegado a su fin.
Valverde Morales continúa criticando la gestión de Arias como presidente del parlamento, acusándolo de intentar proteger a un gobierno «inepto» a pesar de que este es atacado constantemente por sus propios colegas del Partido Liberación Nacional. También cuestiona la capacidad de los líderes políticos actuales, señalando que han sido incapaces de presentar propuestas sólidas y resistir el análisis jurídico.
Finalmente, el periodista insta a los partidos de oposición a dejar de apoyar a Chaves y Cisneros, y a enfrentar el futuro político por sí mismos. Concluye su mensaje advirtiendo sobre los posibles resultados de las negociaciones entre los tres personajes mencionados, insinuando que podrían no ser favorables para el pueblo.
Este comentario refleja una visión crítica y desafiante de la política costarricense, destacando la necesidad de un cambio y la responsabilidad de los líderes políticos de actuar en beneficio del pueblo. El periodista compartió con SURCOS su comentario.
Post original en: https://www.facebook.com/100031967874602/posts/pfbid031JMey6LbZy2jU1Ec1Lve6S9hvGaCLbTskQ9GryXKcCCeC8UpW9incGB3mCRE5mMYl/ .
Partido Vanguardia Popular expresa gratitud y solidaridad al embajador y al pueblo chino
Escrito en . Publicado en Derechos.
El Partido Vanguardia Popular (PVP) desea expresar, en nombre de sus miembros, un mensaje de apoyo y agradecimiento a Tang Heng, embajador saliente de la República Popular de China, y al pueblo chino por su apoyo y camaradería durante su estancia en el cargo diplomático.
Destacan que la labor desempeñada por el embajador ha permitido fortalecer los lazos de amistad y promover el internacionalismo entre nuestras naciones, algo que valoran profundamente. Mencionan que la colaboración entre nuestros países ha sido fructífera y ha contribuido al mutuo beneficio.
Asimismo, desean mostrar solidaridad tanto al embajador como al Partido Comunista y al pueblo chino en general. Reconocen y admiran los avances y logros que han alcanzado en diversos ámbitos, así como su contribución al desarrollo económico y social a nivel global.
Además, hacen notar la preocupación que las acciones del gobierno de Costa Rica generan, por ejemplo, que excluyen a nuestro país del acceso a la tecnología de 5G. Consideran que esta decisión es de mucha estrechez mental y no refleja los beneficios que podría aportar una colaboración más estrecha en este ámbito. Instan a las autoridades costarricenses a reconsiderar su postura y a promover la cooperación y el intercambio tecnológico.
Se suscriben, con sentimientos internacionalistas, comprometidos con el fomento de la cooperación y la amistad entre nuestros pueblos.
Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania
Escrito en . Publicado en Análisis, Aportes para el desarrollo.

Por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.
«We fear that this already catastrophic situation may slide deeper into the abyss as many Palestinians mark the holy month of Ramadan – a period that is meant to honour peace and tolerance – should Israel launch its threatened military offensive into Rafah, where 1.5 million people have been displaced in deplorable sub-human conditions.
Any ground assault on Rafah would incur massive loss of life and would heighten the risk of further atrocity crimes. This must not be allowed to happen. We also fear that further Israeli restrictions on access by Palestinians to East Jerusalem and Al Aqsa Mosque during Ramadan could further inflame tensions.
The UN High Commissioner for Human Rights repeats that there must be an immediate end to this conflict, and that the killing and destruction must stop».
Spokesperson, UN High Commissioner for Human Rights, Geneva, «Fears over Gaza catastrophe as brutal conflict enters sixth month», official statement, March 8th, 2024
Este 15 de marzo del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) informó que se fijaron las audiencias para los días 8 y 9 de abril en el caso de la acción interpuesta por Nicaragua contra Alemania ante el juez internacional de La Haya.
Se trata de una demanda de Nicaragua presentada el 1ero de marzo del 2024, acompañada de una solicitud de medidas provisionales de carácter urgente, acusando a Alemania de faltar a las obligaciones de prevenir un genocidio en Gaza, utilizando como base de competencia la Convención para la Sanción y Prevención del Genocidio de 1948 (una convención multilateral a la que ambos son Estados Parte).
El comunicado de prensa oficial de la CIJ sobre la fijación de estas audiencias está disponible en francés y en inglés.
Breve puesta en contexto
Esta acción de Nicaragua se origina en buena parte en la acción interpuesta inicialmente por Sudáfrica contra Israel.
Como se recordará, en un primer momento, Sudáfrica presentó contra Israel una solicitud a la CIJ, el 29 de diciembre del 2023, a la cual la CIJ respondió mediante una ordenanza, el 26 de enero del 2024 (véase texto oficial de dicha ordenanza en francés y en inglés y en particular lo ordenado a Israel en el párrafo operativo 86).
Posteriormente a ello, Sudáfrica presentó:
– una segunda solicitud presentada el pasado 12 de febrero del 2024, a la que la CIJ respondió el 16 de febrero mediante un simple comunicado de prensa (véase texto en francés y en inglés), indicando que no eran por el momento necesarias nuevas medidas a las ordenadas a Israel el 26 de enero;
– una tercera solicitud de Sudáfrica (cuya lectura completa y detallada se recomienda) presentada el 6 de marzo del 2024 puede ser consultada en este enlace oficial de la CIJ en inglés. a la que la CIJ aún no ha dado respuesta.
Cabe recordar que Nicaragua, al igual que más de 150 Estados, externó en su momento su satisfacción y su respaldo a la demanda sudafricana presentada ante la justicia internacional (véase nota de prensa de Swiss Info del 10 de enero del 2024). En América Latina, el primer Estado en manifestar su apoyo a la demanda de Sudáfrica fue Bolivia en un comunicado oficial de su diplomacia, con fecha del 7 de enero (véase texto integral del comunicado).
Resulta también oportuno indicar que Nicaragua no mantiene relaciones diplomáticas con Israel desde junio del 2010, en razón del ataque a una flotilla turca de carácter humanitario por parte del ejército de Israel (véase nota de El Tiempo / Colombia del 1 de junio del 2010): se trata de una situación que Nicaragua comparte con otros Estados en América Latina, siendo Bolivia (octubre del 2023) y Belice (noviembre del 2023) los dos últimos Estados en haber procedido a romper sus relaciones diplomáticas con Israel (Nota 1).
Nicaragua en respaldo a Sudáfrica y a la población civil en Gaza asediada
Con relación a otros Estados, que respaldan el accionar de la diplomacia sudafricana contra Israel, ya tuvimos la oportunidad en una nota anterior, de explicar el alcance de la solicitud de intervención presentada por Nicaragua el pasado 22 de enero, la cual fue dada a conocer por la CIJ el 8 de febrero del 2024: véase nuestra nota previa titulada «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel«.
Ahora bien, adicionalmente a esta solicitud de intervención como Estado tercero en la controversia que opone Sudáfrica a Israel, Nicaragua interpuso una demanda ante la CIJ, esta vez contra Alemania. Esta demanda fue acompañada como precisado con anterioridad, de una solicitud urgente de medidas provisionales de carácter urgente.
Esta iniciativa se registró formalmente el 1ero de marzo (véase texto oficial de su demanda), haciendo ver Nicaragua en su escrito que Alemania está ignorando con su actuar y con sus declaraciones oficiales a favor de Israel, las obligaciones que todo Estado Parte a la Convención contra el Genocidio de 1948 debe respetar, incluyendo la de prevenir un nuevo genocidio, en particular si se trata de un Estado exportador de armas hacia Israel.
La demanda también cuestiona la decisión de Alemania de suspender sine die sus contribuciones a la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados en Palestina (UNRWA), una decisión tomada con varios otros Estados a raíz de acusaciones lanzadas por Israel contra esta agencia de Naciones Unidas: como detalle de interés, estas acusaciones israelíes se dieron pocas horas después de darse a conocer la ordenanza de la CIJ del 26 de enero. ¿Mera coincidencia de calendario o sutil maniobra para desviar la atención ante el rotundo fracaso diplomático israelí en La Haya?
Al 1ero de marzo, Israel no había aún enviado las «pruebas irrefutables» a los investigadores de Naciones Unidas (véase nota de The Guardian). Al respecto, cabe señalar que el pasado 10 de marzo, Suecia y Canadá anunciaron volver a financiar a esta importante agencia humanitaria (véase nota de la BBC), al igual que Australia, anuncio dado a conocer el pasado 15 de marzo por las autoridades australianas (véase nota de la agencia AP). Noruega por su parte había indicado que no suspendería sus contribuciones hasta tanto se den a conocer las «pruebas contundentes» sobre el supuesto involucramiento del personal de esta agencia en el ataque perpetrado por el Hamás el 7 de octubre (véase nota del Times of Israel del 1ero de febrero). Un primer artículo del New York Times del 3 de marzo (véase texto) y una nota de la BBC del 11 de marzo señalan que las supuestas «pruebas irrefutables» de Israel contra varios funcionarios de la UNRWA fueron obtenidas mediante confesiones después de recurrir a amenazas, intimidaciones, tortura y maltratos de toda índole. Un dato para contraponer con la ligereza con la que se tomó la decisión inicial de suspender la contribución a la UNRWA por parte de Alemania, de Estados Unidos y de otros Estados, con base en la única información proporcionada por Israel (Nota 2). En el caso del Reino Unido, la cadena de noticias AlJazeera concluyó un extenso reportaje publicado el 13 de marzo cuya lectura se recomienda (véase enlace) señalando que: «Al Jazeera will continue to pursue its request that the UK Foreign, Commonwealth and Development Office share the Israeli allegations against UNRWA it received«.
Sobre Nicaragua y las transferencias de armas hacia Israel, es menester señalar que un mes antes, el 1ero de febrero del 2024, un comunicado oficial de Nicaragua advertía a Alemania, Canadá, Países Bajos y Reino Unido de una acción en ese sentido: véase al respecto texto de dicho comunicado reproducido en este enlace del medio El19Digital de Nicaragua. En este documento de anexo a la demanda de Nicaragua, se puede conocer el detalle del contenido de la misiva inicial de Nicaragua a Alemania (a páginas 2-9).
Al parecer, al menos por el momento, es contra Alemania que Nicaragua ha decidido concentrar su accionar ante el juez de La Haya. No se explicita en su escrito las razones exactas por esta escogencia entre los Estados proveedores de armas a Israel.
En el caso de Países Bajos, el pasado 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero). En el caso de Reino Unido se indicó el 21 de febrero (véase nota de The Guardian) que de lanzar Israel su ofensiva sobre Rafah, se suspenderían las exportaciones de armas del Reino Unido hacia Israel. En el caso de Canadá, se informó el 14 de marzo (véase nota de CBC News) que una solicitud de Israel de vehículos militares – posiblemente de carácter urgente – está siendo tramitada de manera poco expedita por parte de las autoridades canadienses.
Las transferencias de armas hacia Israel ante un juez internacional que calificó de «plausible» el riesgo de genocidio en Gaza
En una reciente nota de prensa de EuroNews con fecha del 11 de marzo sobre el comercio mundial de armas, se indica que:
«The US and Germany accounted respectively for 69% and 30% of arms imports by Israel, which is currently fighting a deadly war against Hamas in Gaza which killed over 30,000 people, most of whom were civilians«.
No se ha tenido acceso a la fecha a algún informe técnico o cuadro comparativo de carácter público, publicado en un centro especializado sobre transferencia de armas, con relación a la proveniencia exacta de las armas, municiones y componentes electrónicos que importa Israel para equipar a su ejército (y se agradece desde ya a nuestros estimables lectores referirlo al autor si saben de su existencia enviando un mensaje a: cursodicr(a)gmail.com). Si el dato anteriormente señalado es confirmado, Alemania sería el segundo Estado en suplir de armas a Israel después de Estados Unidos.
En su demanda contra Alemania, Nicaragua indica (párrafo 53):
«53. /…/ By the end of 2023, the German Government had granted military exports to Israel in the amount of 326,505,156 euros. On January 2024, German media reported that Israel had made a request for tank shells, especifically 10,000 120-millimeter Rheinmetall precision rounds. Der Spiegel reported that Germany had agreed to deliver the request from its own stocks in order to be able to comply with the “urgency”. According to information made available by the German Government, export licences granted between January 2024 and 15 February 2024 concerned military equipment worth 9,003,676 euros».
Cabe indicar que el comercio de armas constituye un ámbito específico del derecho internacional público, con ramificaciones en el derecho interno cuando hay riesgos de ser mal utilizadas, y con un régimen jurídico que entraña responsabilidades en lo interno de los Estados exportadores de armas, como bien se analizó en un documento publicado en el 2021 que concluye (página 53):
«Legal challenges are gradually becoming a pragmatic response in the face of apparently unlawful decisions by arms exporting states. Governments should recognise this shift and the possibility that their decisions on arms exports will increasingly be subject to legal challenges before domestic courts. Their decisions must be able to withstand judicial oversight and must conform with obligations under both international and domestic law» (Nota 3).
Es de notar que el pasado 6 de marzo, la presión se ha hecho mayor sobre el Poder Ejecutivo norteamericano al publicar el Washington Post un reportaje titulado «U.S. floods arms into Israel despite mounting alarm over war’s conduct» (cuya lectura completa se recomienda), en el que se evidencia la total opacidad de las transferencias de armas de Estados Unidos hacia Israel desde el 7 de octubre.
Desde el punto de vista jurídico, no está de más señalar que ni Israel ni Estados Unidos son Estados Parte a la Convención sobre el Comercio de Armas adoptada en el 2013, cuyo número de Estados Parte asciende a 113 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). En el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, de los cinco Miembros Permanentes, únicamente Estados Unidos y Rusia persisten en no someterse a las obligaciones que contiene este tratado multilateral.
Con relación a Estados Unidos y a la opacidad antes señalada, hay que añadir la comprensión limitada que tiene el gran público norteamericano de la realidad que se vive en Gaza, y la manera tan parcializada de dar cobertura periodística en Estados Unidos al drama inhumano que se vive en Gaza: al respecto, se recomienda escuchar esta reciente (y muy completa) entrevista de Democracy Now.
Finalmente, en el caso de Francia, una pregunta muy precisa hecha desde el 7 de marzo del 2024 al Ministerio de Defensa galo por parte de una senadora con relación al uso dado a componentes militares de tipo «ML4» exportados hacia Israel (véase pregunta), espera una contestación. Una pregunta anterior más general hecha en noviembre del 2023 fue contestada en febrero del 2024. En la respuesta se concluía (véase enlace) que:
«La France a rappelé le droit d’Israël à se défendre, qui doit s’exercer dans le respect du droit international humanitaire. Le respect des droits de l’homme et du droit international humanitaire par le pays destinataire, de même que les conséquences pour la paix, la sécurité et la stabilité régionales, sont pleinement pris en compte dans le cadre de l’examen des exportations de matériel de guerre par la CIEEMG. Cette stricte grille d’analyse n’a pas conduit à suspendre intégralement le flux d’exportations de matériels de guerre depuis le 7 octobre 2023«.
La petitoria final de Nicaragua en breve
En su solicitud a la CIJ enviada por Nicaragua, y más específicamente en la parte final de su petitoria en la que le pide a la CIJ ordenar medidas provisionales de carácter urgente contra contra Alemania, se lee que Nicaragua solicita diversos puntos a los jueces de la CIJ, a saber (párrafo 101):
«…, Nicaragua respectfully requests the Court, as a matter of extreme urgency, pending the Court’s determination of this case on the merits, to indicate the following provisional measures with respect to Germany in its participation in the ongoing plausible genocide and serious breaches of international humanitarian law and other peremptory norms of general international law occurring in the Gaza Strip:
(1) Germany shall immediately suspend its aid to Israel, in particular its military assistance including military equipment, in sor far as this aid may be used in the violation of the Genocide Convention, international humanitarian law or other peremptory norms of general international law such as the Palestinian People’s right to self-determination and to not be subject to a regime of apartheid;
(2) Germany must immediately make every effort to ensure that weapons already delivered to Israel are not used to commit genocide, contribute to acts of genocide or are used in such a way as to violate international humanitarian law;
(3) Germany must immediately do everything possible to comply with its obligations under humanitarian law;
(4) Germany must reverse its decision to suspend the funding of UNRWA as part of the compliance of its obligations to prevent genocide and acts of genocide and the violation of the humanitarian rights of the Palestinian People which also includes the obligation to do everything possible to ensure that humanitarian aid reaches the Palestinian people, more particularly in Gaza;
(5) Germany must cooperate to bring to an end the serious breaches of peremptory norms of international law by ceasing its support, including its supply of military equipement to Israel that may be used to commit serious crimes of international law and that it continue the support of the UNRWA on which this Organizations has counted and based its activities«.
Al no ser Alemania el único proveedor de Israel en armas o en componentes electrónicos con fines militares, la petitoria de Nicaragua debería interesar a muchos otros Estados que son Estados Partes a la Convención contra el Genocidio de 1948; y de paso, interpelar (en Alemania) a colectivos de organizaciones sociales que, salvo error de nuestra parte, no se han preocupado por activar los mecanismos legales previstos cuando armas alemanas son exportadas hacia destinos donde es evidente su mal uso en contra de poblaciones civiles indefensas (Nota 4).
La insensatez de Israel en contra de la población civil de Gaza
El último informe de situación de Naciones Unidas al 15 de marzo del 2024 (véase informe) señala el nivel de insensatez al que se ha llegado en Israel, ignorando lo ordenado por la CIJ desde el 26 de enero del 2024, al leerse que:
«Intense Israeli bombardment and ground operations as well as heavy fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups continue to be reported across much of the Gaza Strip, particularly in the Hamad area of Khan Younis, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of houses and other civilian infrastructure.
Between the afternoon of 14 March and 10:30 on 15 March, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 149 Palestinians were killed and 300 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 10:30 on 15 March 2024, at least 31,490 Palestinians were killed in Gaza and 73,439 Palestinians were injured, according to MoH in Gaza.
Between the afternoons of 14 and 15 March, according to the Israeli military, there were no Israeli soldiers killed in Gaza. As of 15 March, 247 soldiers have been killed and 1,476 soldiers injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military. In addition, over 1,200 Israelis and foreign nationals have been killed in Israel, the vast majority on 7 October. As of 15 March, the Israeli authorities estimate that 134 Israelis and foreign nationals remain captive in Gaza, including fatalities whose bodies are withheld».
Con relación a los saldos de muertos y heridos que proporciona Naciones Unidas, remitimos a una respuesta que debimos de dar a la embajadora de Israel en Costa Rica, en el marco de un foro público organizado por la Universidad de Costa Rica (UCR) el 13 de marzo del 2024 y titulado «Historia y desinformación: perspectivas críticas sobre el conflicto Gaza /Israel«: de manera bastante cuestionable, la máxima representante de Israel en Costa Rica consideró útil y oportuno «advertir» horas antes del evento a sus organizadores, de la falta de validez de las cifras sobre muertos y heridos en Gaza que circulan (véase respuesta nuestra en el video de la actividad, a mn. 1:25:11). No está de más señalar que, 24 horas después de ese foro, se informó que el Rector de la UCR declinó una invitación de la misma diplomática israelí para una reunión en su casa (véase nota del Semanario Universidad del 14 de marzo del 2024).
Es de señalar que, contrariamente a lo que uno esperaría de un Estado objeto de una ordenanza proviniendo de la CIJ, Israel ha recrudecido sus acciones para impedir que la ayuda humanitaria llegue a Gaza desde el pasado 26 de enero. Un reciente informe elaborado por la ONG británica OXFAM, titulado «Inflicting unprecedented suffering and destruction: seven ways the government of Israel is deliberately blocking and/or undermining the international humanitarian response in the Gaza Strip» (véase enlace) concluye (página 15) que:
«Humanitarian access in the Gaza Strip has effectively worsened since the International Court of Justice ordered Israel to ‘‘take immediate and effective measures to enable the provision of urgently needed basic services and humanitarian assistance to address the adverse conditions of life faced by Palestinians in the Gaza Strip’. The continued deliberate deprivation of access to basic assistance directly increases starvation against the backdrop of a serious risk of genocide«.
A modo de conclusión
La premura de la CIJ en convocar a audiencias en el caso de Nicaragua contra Alemania responde a la urgencia total ante el drama inhumano al que Israel somete a la población civil palestina desde la tarde/noche del 7 de octubre. Notemos que estas audiencias iniciarán justo 24 horas después de cumplirse 6 meses desde el 7 de octubre del 2023.
Desde el punto de vista jurídico, cabe precisar que Alemania es Estado Parte a la Convención sobre el Comercio de Armas del 2013 (véase texto completo), cuyo artículo 6, inciso 3 se lee de la siguiente manera:
«3. Un Estado parte no autorizará ninguna transferencia de armas convencionales comprendidas en el artículo 2, párrafo 1, ni de elementos comprendidos en el artículo 3 o el artículo 4, si en el momento de la autorización tiene conocimiento de que las armas o los elementos podrían utilizarse para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad, infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 1949, ataques dirigidos contra bienes de carácter civil o personas civiles protegidas, u otros crímenes de guerra tipificados en los acuerdos internacionales en los que sea parte» (el subrayado es nuestro).
Siendo la Convención contra el Genocidio de 1948 una convención ratificada por 153 Estados (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), y habiendo sido dictaminada la ordenanza de la CIJ el 26 de enero del 2024 refiriendo a una riesgo «plausible» de genocidio en Gaza, interpela el hecho que solamente Nicaragua haya iniciado una acción de esta naturaleza en contra de Estados que exportan armas hacia Israel: ¿qué esperarán todos los demás?
Más allá de la demanda de Nicaragua contra Alemania, el recurso a la justicia internacional para frenar los ímpetus de Israel en el territorio palestino ocupado constituye una vía idónea, dada la actitud desafiante de las actuales autoridades israelíes.
Con relación al papel de la justicia internacional para mediar en el conflicto entre Palestina e Israel, en una de las intervenciones hechas a nombre de la Organización para la Cooperación Islámica (OCI) ante los jueces de la CIJ recientemente por una jurista gala de gran trayectoria – cuya lectura completa se recomienda -, en el marco de un procedimiento consultivo iniciado en diciembre del 2022, se indica en sus conclusiones que (véase texto completo y video reproducidos por la AURDIP):
«30. Et pour finir, je voudrais, Monsieur le président, Mesdames et Messieurs les juges, vous citer les propos du contre-amiral israélien Ami Ayalon, qui a dirigé pendant plusieurs années le service du renseignement intérieur israélien. Son chemin personnel l’a amené à s’interroger sur la notion d’ennemi et à mesurer l’impasse où se trouve Israël en ayant choisi la répression violente pour accompagner son refus de la solution politique. Et il conclut une interview donnée il y a quelques semaines à un quotidien français en disant : « La communauté internationale devrait jouer un rôle bénéfique. Nous avons besoin que quelqu’un de l’extérieur nous éclaire sur nos erreurs »».
– – Notas – –
Nota 1: Cuba no tiene relaciones con Israel desde 1967. Por su parte Venezuela rompió sus relaciones diplomáticas con Israel en enero del 2009, a raíz de la dramática ofensiva militar en Israel observada entre diciembre del 2008 y enero del 2009 (véase nota de prensa de El Pais /España). Al igual que Venezuela en el 2009, Bolivia también rompió sus relaciones diplomáticas con Israel, las reanudó oficialmente a finales del mes de noviembre del 2019 (véase nota de prensa del 2019 de la agencia turca de noticias TRT) para suspenderlas el pasado 31 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de Bolivia de la misma fecha). El 14 de noviembre del 2023, Belice optó por tomar una medida similar a la de Bolivia (véase comunicado oficial).
Nota 2: Se leyó en el New York Times del 28 de enero que (véase artículo completo):»Two Western officials confirmed on the condition of anonymity that they had been briefed on the contents of the dossier in recent days, but said they had not been able to verify the details. Although the United States has yet to corroborate the Israeli claims itself, American officials say they found them credible enough to warrant suspending aid «. Se esperaría de periodistas y círculos de investigadores una profusa investigación para corroborar la fecha exacta de los «recent days» señalados en este extracto. Ello de manera a saber si más allá de un mera coïncidencia del calendario, se trató de una operación de comunicación de Israel tendiente a desviar la atención de la comunidad internacional sobre el alcance de la ordenanza de CIJ leida el 26 de enero del 2024 en La Haya. No estaría de más investigar a partir de qué elementos aportados, el Presidente de Estados Unidos se refirió a pruebas «highly highly credible» el 30 de enero (véase nota del Timesof Israel).
Nota 3: Véase ATT Expert Group, Domestic accountability for international arms transfers: Law, policy and practice, Saferworld, 2021, 54 páginas. Texto disponible haciendo click en «donwload» aquí. Véase también con relación a la normativa regional de la Unión Europea en la materia MERLIN J.-B., «Les contentieux nationaux relatifs à la vente interétatique d’armes«, Vol. 65 Annuaire Français de Droit International, Année (2019) pp.71-103. Texto integral de ese artículo disponible aquí. En Canadá y el debate sobre la ilegalidad de las armas enviadas a la coalición liderada por Arabia Saudita en la guerra civil en Yemen, véase AZAROVA V., DAVID E., TURP D., WOOD B., Opinion on the International Legality of Arms Transfers to Saudi Arabia, the United Arab Emirates and Other Members of the Coalition Militarily Involved in Yemen, IPIS, 102 páginas, December 2019. Texto integral disponible aquí.
Nota 4: En octubre del 2018, Alemania suspendió sus exportaciones de armas hacia Arabia Saudita, en razón de las exacciones cometidas en Yemen por la coalición liderada por Arabia Saudita contra civiles yemenitas y el vil asesinato de un perdiodista saudí en el Consulado saudita en Turquía (véase nota de la DW). Unos años antes, en febrero del 2011, Francia decidió suspender toda exportación de armas hacia Egipto, ante la brutal represión de manifestantes (véase nota de Le Monde). Más recientemente, en junio del 2020, fue España la que optó por suspender el envío de 600.000 cartuchos a Nicaragua debido a la represión desproporcional en contra de manifestantes por parte de las autoridades policiales nicaragüenses (véase nota de Mesa Redonda).
La importancia de conocer la historia
Escrito en . Publicado en Análisis, Aportes para el desarrollo.
José Luis Pacheco Murillo
A veces nos olvidamos de que mucha gente que hoy convive con nosotros no tiene ni idea de acontecimientos que ocurrieron y que fueron moldeando y estableciendo los patrones de conducta y de consumo que hoy tenemos.
Los que nacieron del año 1985 en adelante no tienen ni idea de la revolución en Cuba y en Nicaragua, como muchos no tuvimos idea de la primera ni la segunda guerra mundial.
El problema es que los que nacimos antes del 65 teníamos una formación y educación diferente y conocimos la historia y supimos de su incidencia en lo que estábamos viviendo.
Ahora es diferente, los jóvenes en su mayoría no conocen de historia y su educación ha sido muy deficiente y especialmente en historia y cívica, y es por eso por lo que los de antes nos preguntamos que irá a pasar con los de ahora.
Lo ideal es que conocieran de la historia y del por qué hoy estamos como estamos, llenos de corrupción, de indigencia, de sicarios, de muertes, de violencia, de políticos que no les importa un bledo ni el país ni su futuro. Si pudieran conocer de todo eso y si fueran realmente responsables asumirían una posición de mayor compromiso y participación y dejarían la indiferencia a un lado.
Dios quiera que llegue a suceder algo así para bien de todos.


