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Etiqueta: autonomía religiosa

El nuevo Canciller y la prueba de la libertad religiosa

Glenm Gómez Álvarez. Pbro.

El nombramiento de don Manuel Tovar Rivera como ministro de Relaciones Exteriores y Culto arrastra consigo un antecedente reciente que, por su naturaleza, vuelve inevitable la pregunta sobre el estilo con el que se ejercerá una de las funciones más delicadas del Estado: la relación con las confesiones religiosas y, particularmente, con la Iglesia Católica.

Conviene recordar con precisión el episodio del 1° de mayo, Día Internacional del Trabajador y fiesta litúrgica de San José Obrero, cuando el Señor Tovar, como ministro de Comercio Exterior, reaccionó con dureza frente a la homilía pronunciada por el arzobispo de San José, monseñor José Rafael Quirós. Aquella intervención no fue un discurso improvisado ni una toma de posición aislada del arzobispo: fue, de hecho, la aplicación pastoral de la Carta Pastoral “La Paz esté con ustedes” emitida recientemente por el Episcopado costarricense.

Ese documento —la carta pastoral de los obispos— no es un panfleto coyuntural ni una opinión individual. Es un texto colegiado que recoge la doctrina social de la Iglesia aplicada a la realidad concreta del país: el valor del trabajo, la centralidad de la persona humana frente a la lógica puramente mercantil, y las tensiones éticas que surgen cuando las decisiones de apertura económica impactan directamente en la vida de los trabajadores.

Es en ese contexto que el arzobispo retoma el texto y lo predica en clave litúrgica y pastoral, precisamente en el día en que la Iglesia contempla a San José como trabajador. No hay aquí una arenga política, sino continuidad doctrinal.

La reacción del ministro Tovar, sin embargo, fue leída por amplios sectores como una respuesta que desbordó el plano de la discusión técnica. No se trató solo de un desacuerdo con un análisis eclesial sobre el modelo económico, sino de una forma de interpelación que puso en cuestión —explícita o implícitamente— la legitimidad de la Iglesia para pronunciarse sobre asuntos sociales en el espacio público.

Ese antecedente importa hoy por una razón: el mismo actor político pasa ahora a ocupar la Cancillería de la República, institución que no solo representa al Estado ante el mundo, sino que en su estructura incluye el área de Culto, es decir, el canal institucional mediante el cual el Estado garantiza la libertad religiosa y regula su relación con las confesiones.

Y aquí está el punto neurálgico: el “Culto” no es un título simbólico ni una herencia histórica sin consecuencias. Implica responsabilidades concretas: Garantizar la libertad de expresión religiosa, incluso cuando esta es crítica del poder político, asegurar la autonomía de la Iglesia católica y de las demás confesiones frente a injerencias estatales; y preservar un principio básico de toda democracia madura: que la voz religiosa no está subordinada al criterio del gobernante de turno.

El problema no es la existencia de desacuerdos entre Iglesia y Estado —eso es estructural en sociedades plurales—. El problema aparece cuando la frontera entre desacuerdo y deslegitimación se vuelve difusa; cuando la crítica moral o pastoral es recibida no como parte del debate público, sino como una intromisión indebida.

El antecedente del 1° de mayo puede bien ser una señal de estilo político frente a la Iglesia Católica: si se la escucha como interlocutora legítima o si se la percibe como actor que debe ser neutralizado cuando incomoda.

Y ese estilo importa, porque ahora el interlocutor institucional no será ocasional, sino permanente. La Iglesia católica —por historia, peso social y presencia nacional— es uno de los actores con los que el Canciller deberá dialogar de forma constante. No en un plano de subordinación, sino de reconocimiento mutuo de competencias: el Estado no define la doctrina, y la Iglesia no legisla, pero ambos inciden en el debate público sobre el bien común.

De ahí que la pregunta de fondo no sea personal, sino institucional: ¿cómo se ejerce una cartera que exige garantizar la libertad religiosa cuando existen antecedentes recientes de tensión con esa misma voz religiosa?

Y aquí se abre otro frente: si la preocupación se centra en la legitimidad de la Iglesia católica para intervenir, desde su doctrina social, en el debate público, habría que preguntarse cuál es el criterio que se aplicará frente a otras expresiones religiosas que, sin el mismo nivel de escrutinio del Estado, también influyen en la opinión colectiva y ejercen una capacidad real de incidencia política. En una sociedad plural, el problema no es quién puede hablar, sino si se aplica la misma vara para valorar la palabra moral cuando proviene de actores distintos.

En una democracia, el estándar no es la ausencia de conflicto, sino la calidad con la que se lo administra. Y en materia de Culto, esa calidad se mide con un criterio muy concreto: si la libertad religiosa se protege incluso cuando resulta incómoda, o si se tolera solo mientras no incomode.

Ese será, en última instancia, el verdadero termómetro del nuevo periodo.