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Etiqueta: condiciones de detención

Comunicado del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura sobre los supuestos actos de tortura referidos por la Fiscalía

San José, Costa Rica —14 de agosto 2026. El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) recibió una notificación el día de ayer por parte de la Fiscalía General de la República relacionada a supuestos actos de tortura contra personas privadas de libertad en el Circuito de Alta Contención. Al respecto, el MNPT considera importante manifestar que:

Cualquier forma de tortura está totalmente prohibida y debe ser investigada. La prohibición de la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes es absoluta tanto en la Constitución Política como en los tratados internacionales ratificados por Costa Rica. En el ámbito nacional, este delito se encuentra tipificado en el artículo 381 bis del Código Penal.

Dicha prohibición no admite excepciones ni justificaciones, independientemente de la gravedad del delito imputado, la peligrosidad de la persona privada de libertad, el estado de emergencia o razones de seguridad nacional. La persecución de la criminalidad jamás justifica la adopción de prácticas arbitrarias o violatorias de los derechos humanos por parte del Estado, ya que esto vulneraría los fundamentos del propio Estado de derecho. En consecuencia, toda sospecha o denuncia de tortura debe ser investigada de oficio.

Sobre el MNPT. De acuerdo con la Ley 9204, el MNPT tiene un mandato estrictamente preventivo realizado a través de inspecciones periódicas, sin previo aviso e independiente, a cualquier lugar de privación de libertad en el país, sean cárceles, celdas de OIJ o Fuerza Pública, centros de detención migratoria, entre otros. No le corresponde tramitar denuncias individuales, ni realizar investigaciones de carácter judicial o administrativo.

Desde la creación del Circuito de Alta Contención en abril de 2025 —el cual incluye el centro conocido como «Máxima Seguridad»—, el MNPT ha elaborado nueve informes al respecto, resumidos en el Capítulo 3 del Informe Anual de Labores 2025. En estos documentos se advierte que las medidas restrictivas aplicadas corren el riesgo de constituir un entorno torturante. Dichos informes han sido remitidos a la Sala Constitucional, al Juzgado de Ejecución de la Pena y al Ministerio de Justicia y Paz, entre otras entidades, y también se encuentran disponibles en la página web del MNPT.

Defensoría investigará información aportada por Fiscalía sobre presuntos malos tratos y tortura

La Defensoría de los Habitantes recibió hoy a la 1:37 de esta tarde información de la Fiscalía General de la República relacionada con manifestaciones realizadas por dos personas privadas de libertad (extraditables) que estuvieron ubicadas en el Centro Nacional de Atención Específica, quienes les manifestaron a la Fiscalía haber sido presuntamente víctimas de actos de tortura.

Costa Rica es Estado Parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y de su Protocolo Facultativo (OPCAT). Conforme a estos instrumentos vinculantes, existe el deber por parte del Estado de prohibir de manera absoluta la tortura, sin que puedan invocarse circunstancias excepcionales que la justifiquen.

Ante esta situación la Defensoría de los Habitantes adoptará las siguientes medidas concretas:

-Se formalizará la apertura de una intervención para realizar el procedimiento de investigación respectivo en relación con la información aportada por la Fiscalía General de la República.

-Una vez analizada la información, se valorará la realización de una inspección con el fin de recabar prueba en relación con las condiciones en las que se encuentra dicha población, las condiciones materiales de detención y los protocolos de custodia aplicados por personal de la Policía Penitenciaria.

Testimonios desde el CATEM: experiencias de personas migrantes trasladadas desde EE. UU. a Costa Rica bajo acuerdo bilateral

El informe “La estrategia es doblegarnos”, publicado por Human Rights Watch (HRW) el 22 de mayo de 2025, documenta los relatos de 36 personas migrantes trasladadas desde Estados Unidos a Costa Rica. El operativo ocurrió entre febrero y marzo de 2025 y es parte de un acuerdo migratorio bilateral entre ambos países, mediante el cual Costa Rica aceptó recibir hasta 200 personas migrantes de «terceros países» bajo coordinación y financiamiento del gobierno estadounidense.

Las personas trasladadas fueron alojadas en el Centro de Atención Temporal para Migrantes (CATEM), en Corredores, Puntarenas. El informe recoge testimonios sobre la detención en EE. UU., el traslado forzado, las condiciones de permanencia en Costa Rica, el impacto en niñas y niños, y las opciones legales ofrecidas.

Detención prolongada y sin acceso a asilo en Estados Unidos

La mayoría de las personas entrevistadas por HRW fueron detenidas por agentes migratorios en la frontera sur de Estados Unidos. Permanecieron en centros de detención fronterizos conocidos como “hieleras” por sus temperaturas extremadamente bajas, por periodos de entre una y siete semanas.

Durante ese tiempo, 34 de las 36 personas no recibieron la entrevista de miedo creíble, que es un procedimiento estándar del sistema migratorio estadounidense para identificar si la persona teme ser perseguida en su país de origen. Esta entrevista activa el proceso de solicitud de asilo.

El informe señala que muchas personas expresaron temor de volver a su país, pero no fueron escuchadas ni orientadas. En lugar de ello, fueron presionadas para firmar documentos sin entender su contenido, en algunos casos sin interpretación en su idioma. Dichos documentos eran formularios de deportación voluntaria, que impiden solicitar protección posteriormente.

Separaciones familiares y falta de garantías

HRW documentó al menos un caso de separación familiar injustificada: una mujer afgana fue enviada a Panamá mientras su esposo e hijo menor quedaron en Estados Unidos. La mujer no fue informada sobre el destino de sus familiares ni se le explicó por qué fue separada.

Este tipo de separación ha sido señalado en informes previos como una práctica que genera angustia psicológica, especialmente en contextos donde los menores quedan sin cuidado parental.

Otras personas narraron que no se les permitió comunicarse con familiares o abogados mientras estuvieron detenidas, lo que limitó su capacidad de buscar apoyo o entender su situación legal.

Traslado bajo custodia y uso de grilletes

El viaje desde Estados Unidos hasta Costa Rica se realizó en vuelos comerciales, según HRW, bajo custodia de agentes de seguridad. Las personas adultas fueron esposadas de pies y manos, y algunas viajaban con sus hijas o hijos menores, quienes presenciaron el encadenamiento.

Testimonios recogidos por HRW señalan que esta práctica fue especialmente traumática para los niños y niñas. Personas entrevistadas indicaron que la seguridad fue excesiva, ya que no eran personas acusadas de ningún delito penal, sino solicitantes de protección.

Llegada a Costa Rica: falta de información y vigilancia

Tras su llegada al Aeropuerto Juan Santamaría, las personas fueron transportadas en autobús hacia el CATEM, ubicado a más de 300 kilómetros, en el cantón de Corredores, cerca de la frontera con Panamá.

Los testimonios indican que, durante el proceso de traslado, nadie les explicó cuál era su situación migratoria, ni se les brindó información sobre sus derechos en Costa Rica. Al ingresar al CATEM, sus pasaportes y documentos fueron retenidos por las autoridades migratorias sin justificación legal comunicada.

En el CATEM, las personas señalaron que no podían salir libremente, ya que estaban bajo vigilancia armada constante. Aunque no se trata formalmente de una cárcel, los testimonios describen el lugar como un espacio cerrado, sin acceso libre a medios de comunicación ni asistencia legal.

Condiciones de alojamiento y trato diferenciado

Las personas entrevistadas describen que el CATEM carece de ventilación adecuada, con temperaturas internas muy altas. Se reportó que muchas dormían en catres sin colchón, compartiendo espacios sin divisiones por sexo o vulnerabilidad.

Algunas personas señalaron que se hicieron divisiones internas por idioma, no por situación familiar o de salud. Los sectores de habla hispana fueron descritos como más precarios que los de otras lenguas.

Migrantes originarios de países fríos, como Rusia, reportaron alergias, deshidratación y fiebre asociadas al clima y a la falta de adaptación. También expresaron dificultades para acceder a agua embotellada o atención médica oportuna.

Barreras lingüísticas e incomunicación

Los testimonios reflejan una falta generalizada de intérpretes en el CATEM. Las instrucciones eran dadas en inglés o ruso, y las personas hispanohablantes señalaron que no comprendían lo que se les decía ni podían expresar sus necesidades. Esto afectó especialmente la comprensión de los pasos legales a seguir, el acceso a atención médica y el derecho a iniciar solicitudes de refugio o de protección humanitaria.

Niñez migrante: falta de atención diferenciada

Del total de personas trasladadas, 81 eran niñas, niños o adolescentes, quienes también fueron alojados en las mismas condiciones generales. HRW reporta que no se habilitaron espacios específicos ni protocolos diferenciados para la niñez, pese a que Costa Rica ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño.

Familias entrevistadas indicaron que no hubo presencia continua de personal del PANI (Patronato Nacional de la Infancia), y que las niñas y niños permanecían en el CATEM sin acceso a educación, actividades recreativas, o atención psicológica especializada.

A raíz de esta situación, un grupo de abogados presentó una denuncia ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, alegando que se estaban violando los derechos de la niñez migrante [AP News, 2025].

Opciones ofrecidas: desinformación y falta de garantías

En el CATEM, las personas migrantes informaron que se les presentaron tres opciones, solicitar refugio en Costa Rica, acogerse a un “estatus humanitario temporal”, regresar a su país con apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

No obstante, muchos testimonios indican que estas opciones no fueron explicadas claramente, y que no comprendían las implicaciones legales de cada una. En algunos casos, decidieron regresar a sus países sin contar con información completa, debido al cansancio y la incertidumbre. Otros expresaron temor de que, si pedían refugio, quedaran en un limbo legal, sin trabajo, sin permisos ni apoyo.

Fotos: Fabián Mena

Producción del TCU-738 UCR.