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Etiqueta: control civil

El sometimiento policial y de la Seguridad Pública ante el Tribunal Supremo de Elecciones

Vladimir de la Cruz

El pasado 1 de octubre dio inicio oficialmente el proceso electoral de Costa Rica, para cambiar al presidente de la República, sus dos vicepresidentes y la integración de los 57 diputados del Poder Legislativo.

Las elecciones se realizarán simultáneamente el primer domingo de febrero del 2026. Si en esa fecha ningún candidato presidencial, de los 20 inscritos, alcanza el 40% de los votos, se procederá a una segunda vuelta con los dos que hayan obtenido la mayor cantidad de votos o el mayor porcentaje electoral. Esta segunda ronda se resolverá, por simple mayoría entre esos dos candidatos el primer domingo de abril del 2026.

Los diputados electos el primer domingo de febrero asumen su curul legislativa el primero de mayo del 2026 y el ocho de mayo, ante ellos, el nuevo presidente de la República, por un período de cuatro años asume la presidencia de la República.

El proceso electoral es absolutamente blindado, seguro y hasta ahora ha sido eficaz y confiable a los ciudadanos.

Resultado de la guerra civil, de marzo y abril de 1948, en Costa Rica se produjo un cambio político radical. La causa de la guerra fue la anulación de un resultado electoral presidencial a favor del periodista Otilio Ulate Blanco, frente al “socialcristiano”, reformista, aliado de los comunistas, Dr. Rafael Angel Calderón Guardia, que aspiraba a una reelección, después de haber sido presidente de la República, en el periodo 1940-1944, luego de haber impulsado una reforma social muy avanzada, que comprendió la aprobación del Código de Trabajo, en 1943, y la incorporación a la Constitución Política del Capítulo de las Garantías Sociales, en 1943.

El gobierno que le siguió, del Lic. Teodoro Picado, de 1944 a 1948, fruto de una coalición con los comunistas, aprobó, entre otras cosas, una Reforma Tributaria y un Código Electoral, en 1946, para garantizar “pureza en los sufragios” para evitar situaciones de “fraudes” en procesos electorales como los que se habían cuestionado anteriormente.

Los insurrectos, defensores de su victoria, enemigos políticos de los derrotados, contrarios a las reformas sociales y a la alianza existente con los comunistas, ante la anulación de las elecciones que perdía Calderón Guardia, se levantaron en armas a favor del resultado electoral para Otilio Ulate. Triunfados, los insurrectos se impusieron por dos años a Ulate, quedándose en el poder hasta el 7 de noviembre del 1949, llamando a ese período de Gobierno como el de la Fundación de la Segunda República, que se extiende en tiempo histórico hasta hoy.

Durante los 19 meses de gobierno de la Junta Fundadora de la Segunda República se hicieron reformas muy importantes. Se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente que elaboró la actual Constitución Política, se mantuvo el Código Electoral. Al Tribunal Nacional Electoral, que había nacido con el Código Electoral en 1946, se le cambió de nombre por Tribunal Supremo de Elecciones, otorgándosele luego el carácter de Poder de la República, junto al Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con igual nivel jerárquico, independencia administrativa, exclusividad e indelegabilidad de sus funciones. También, se abolió el Ejército como institución permanente en Costa Rica, sustituyéndose por una Fuerza Pública policial.

Entre las decisiones que se tomaron se estableció al Tribunal Supremo de Elecciones como el órgano director y organizador de todos los procesos electorales, cuyas resoluciones sobre los resultados electorales son inapelables. Así ha sido desde 1949 hasta hoy.

Todos los procesos electorales presidenciales, los 18 que ha habido, han sido respetados en sus resultados. Sobre ninguno de ellos se ha cuestionado nada relacionado con el proceso electoral. Esto ha provocado en estos 76 años un alto nivel de cultura política, cívica y electoral sobre la validez de los procesos electorales, al punto que, al día siguiente de cada proceso electoral, el resultado es aceptado y validado popular, política y nacionalmente por todos los partidos políticos que participaron en cada proceso electoral y por los seguidores de ellos, así como por los abstencionistas electorales de urnas y por los que no se presentaron a votar.

Un elemento destacable de estos procesos electorales y de la institucionalidad política costarricense, es que toda la Fuerza Pública, la fuerza policial, desde el primer día que inicia el proceso electoral, el 1 de octubre, hasta el día final que termina el mismo, con sus resultados electorales validados, se somete en mando supremo al Tribunal Supremo de Elecciones. Se le quita el mando de la Fuerza Pública al Poder Ejecutivo y se pasa al “Poder” electoral, garantizando con ello que el Poder Ejecutivo no puede presionar ni usar de ninguna manera a las fuerzas policiales, “armadas”, en su poder y mando para actuar sobre el proceso electoral. El Ministerio de Seguridad, puesto así, queda subordinado durante todo el proceso electoral al Tribunal Supremo de Elecciones, situación que no se da en ningún país del continente Americano, por más democráticos que puedan llamarse. Lo usual en todos esos otros países es que las Fuerzas Armadas, los Ejércitos y los militares, ocupen un lugar destacado en el manejo del proceso electoral, especialmente relacionado con el cuido, manejo de las urnas electorales y de sus traslados a los recintos donde se cuentan los votos.

La organización electoral, en Costa Rica, desde la producción del material de votación, la distribución del mismo a las distintas Juntas Electorales, queda en mano del Tribunal Supremo de Elecciones y no de la Fuerza Pública policial, así como la recolección de las tulas electorales, con las boletas o papeletas de elección, que las disponen para su entrega al Tribunal Supremo de Elecciones, los miembros civiles, no militares, representantes de los partidos políticos en las mesas electorales, dejándose copia de los resultados todos los miembros de los partidos políticos que participan del conteo de los votos.

En todo el proceso electoral no participan de manera directa las fuerzas policiales, más allá de estar supeditadas al Tribunal Supremo de Elecciones para garantizar de esa manera los comicios electorales.

El que esto escribe fue candidato en tres ocasiones a la presidencia de la República, en 1998, 2002 y 2006. En una de esas elecciones se presentó una situación particular, en dos mesas electorales, en dos pueblos y recintos electorales muy alejados entre sí, en Desamparados de la Provincia de San José y en Talamanca, en la Provincia de Limón.

Las juntas electorales se integran con ciudadanos, civiles, no militares ni policiales, representantes de los diversos partidos políticos que participan en las elecciones, que así los nombran. En ambas mesas electorales, curiosamente, casi a la misma hora, alrededor de las 10 de la mañana, se presentaron los siguientes hechos: en una se presentaron policías armados a ejercer su derecho de voto. En la otra, ingresó a la Escuela del recinto electoral, un vehículo policial con policías armados a ejercer su sufragio. En ambos casos, las juntas electorales actuaron de igual manera. Impidieron que los policías “en armas”, portando sus pistolas, ingresaran de esa manera a los recintos electorales, obligándoles a “desarmarse” y a retirar de la escuela, donde estaban las Juntas Electorales, los vehículos policiales. Los policías protestaron y se negaban a dejar sus armas. En ambas situaciones las Juntas Electorales suspendieron el proceso de votación mientras se consultaba al Tribunal Supremo de Elecciones, las situaciones que se estaban dando. El Tribunal fue contundente y en minutos resolvió que las Juntas Electorales tenían razón y que los policías, bajo las órdenes del Tribunal Supremo de Elecciones, debían desarmarse para entrar a ejercer sus derechos electorales.

Esta es una situación realmente única en el mundo. Difícilmente hay otro país en que en el proceso electoral así se actúe, con las fuerzas militares y policiales bajo el poder y el control de los Órganos Electorales competentes y constitucionales. Este es parte del valor democrático de la sociedad costarricense.

En la ceremonia de traslado de mando de la Fuerza Pública al Tribunal Supremo de Elecciones, del pasado primero de octubre, el presidente de la República, como autoridad superior del Poder Ejecutivo participó del acto protocolario con muy mala cara. No se le veía satisfecho, contento de entregar el mando policial a la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, habida cuenta que en dicho acto se le restaba fuerza y se le quitaba el argumento de que el Tribunal Supremo de Elecciones venía fraguando un posible Golpe de Estado, motivo por el cual él, el presidente, convocó a la Reserva Nacional, para resguardar su seguridad política y la del Estado.

Igualmente, en sus discursos provocadores, destacaba que, junto con la Reserva Nacional, la fuerza pública que le protegía se duplicaba en efectivos en armas frente a cualquier intento de golpistas o posibles insurrectos contra su gobierno. Obviamente, si sigue con la cantaleta del Golpe de Estado, no solo contra su gobierno sino también contra su candidata, entenderá que ahora el Tribunal Supremo de Elecciones tiene a su cargo la Fuerza Pública, e institucionalmente es el jerarca superior de todas las fuerzas policiales del país.

¿Y la Reserva Nacional? ¿Está funcionando? ¿Bajo cuáles autoridades o jefaturas, o bajo cuál Ministerio, el de Seguridad o el de la Presidencia, o como guardia personal del presidente de la República?

Si la Reserva Nacional está organizada, convocada y funcionando, también debe someterse en obediencia de mando ante el Tribunal Supremo de Elecciones. ¿O no es así?

¿Por qué en la ceremonia de traspaso de Banderas de la Policía Nacional, de la Fuerza Pública, que se le entregó en mano a la presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, no se hizo lo mismo, simbólicamente al menos, con los distintivos y efectivos y contingentes de la Reserva Nacional? ¿Se está violando la Constitución Política? ¿Sigue la Reserva Nacional, si está organizada y entrenando como lo ha venido haciendo, como una policía especial del presidente, como eran las policías del Partido Nazi alemán, desde 1921, la SA, (la Sturmabteilung), o las tropas de asalto, que actuaron en la Noche de los Cuchillos Largos en 1934, y las SS (las Schutzstaffel), que se mantuvieron hasta el final de la II Guerra Mundial, protegiendo al dictador?

Si la Reserva Nacional (reserva@msp.go.cr) está convocada, organizada y entrenando oficialmente, debe realizarse oficialmente, también, una ceremonia mediante la cual se someta en obediencia institucional y policial militar ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Igualmente, debe sancionarse a las autoridades que no trasladaron ese mando como constitucionalmente está establecido, ocultándolo, sea el presidente de la República, con el “ejército” que lo considera casi privado suyo o los altos jerarcas ministeriales del Ministerio de Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero y Manuel Jiménez Steller, el viceministro de las Unidades Especiales, como lo eran la SA y la SS de Hitler.

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