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Etiqueta: Defensoría de los Habitantes

Defensoría urge aprobación de ley que regule el acoso laboral en el país

En los últimos 10 años, Defensoría registra casi 600 casos en el sector público

Durante los últimos años, a través de sus Informes Anuales, informes con recomendaciones y emisión de criterios ante proyectos de ley, la Defensoría de los Habitantes da seguimiento a la situación del acoso laboral en el lugar de trabajo en el sector público.

La intervención de la Defensoría por su competencia se ha centrado, principalmente, en la ausencia de normativa interna que regule la atención, tramitación y prevención de los casos de hostigamiento laboral en instituciones del Estado.  Esta situación se agrava al constatarse la falta de conocimiento en la materia, por parte de las personas funcionarias, tanto de los derechos que cobijan a las víctimas, como de las responsabilidades y eventuales sanciones de las que puede ser sujeto la persona acosadora.

Con su intervención, la Defensoría busca principalmente, erradicar el ambiente de indefensión, afectación a la persona acosada e impunidad a la persona acosadora, a través de una normativa que promueva las acciones para la atención, tramitación, promoción y capacitación sobre el tema en las instituciones.

Asimismo, con la adopción de normativa interna, se busca que las personas a cargo de las investigaciones logren resguardar los derechos de las personas denunciantes, tanto en lo que respecta a la interposición de la denuncia, así como del proceso de la investigación y el cumplimiento de plazos y de las etapas del proceso; principalmente en evitar la revictimización de las personas afectadas.

Además de normativa interna, la Defensoría considera urgente evidenciar la necesidad de contar con una ley nacional que regule de manera integral la materia. Por lo anterior, reitera la Defensoría el llamado a la Asamblea Legislativa en la necesidad de saldar la deuda histórica que mantiene el país, estableciendo un cuerpo normativo que defina qué es el acoso laboral, cómo se puede prevenir y tener claro cómo proceder en caso de una denuncia.

Igualmente, es oportuno señalar, que a nivel internacional, Costa Rica se encuentra entre los países que tienen pendiente la aprobación del Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el mundo del Trabajo (Convenio 190) el cual abre la posibilidad para que en la legislación nacional se incluyan definiciones, conceptos y se adopten las medidas y políticas necesarias para garantizar una protección efectiva a las personas que están siendo víctimas de violencia y acoso en el trabajo.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Municipalidades deben ser agentes de cambio para eliminar la discriminación

Voces y realidades de las poblaciones vulnerabilizadas

Representantes de algunas poblaciones vulnerabilizadas coinciden en el papel que tienen las municipalidades en el abordaje para la eliminación de todas las formas de discriminación a través de políticas e iniciativas que consideren necesidades y especialidades en la gestión municipal.

De acuerdo con Ana Patricia Rodríguez, de la Red de Mujeres Municipalistas, existen grandes desafíos a nivel nacional en temas de género como, por ejemplo, avanzar en la participación y representación política de las mujeres en cargos de elección popular en los gobiernos locales, más capacitaciones y sensibilización sobre el enfoque de género, establecer presupuestos con dicho enfoque y realizar un reforzamiento de las oficinas de la mujer, que son instancias estratégicas en el ámbito local para la promoción y defensa de los derechos de esta población.

Dichas unidades enfrentan diversos problemas que afectan considerablemente su razón de ser, ya que no cuentan con el presupuesto y recurso humano multidisciplinario para atender los temas que afectan a las mujeres y, por la tendencia de varios municipios de asignar a dichas oficinas tareas que no están relacionadas con su finalidad.

La activista de la población afrodescendiente, Laura Hall, señala la necesidad de identificar a nivel estadístico la presencia de esta población en los diferentes cantones del país, así como contar con representación en los gobiernos locales de personas de diversas etnias.

“Tenemos grandes desafíos de visibilidad, racismo estructural, no se entrevé las necesidades de la población afrodescendiente para incidir en la toma de decisiones a nivel local y así tener respuestas efectivas y eficaces”, dijo Hall.

La activista de la población LGTBIQ­+, Margarita Salas Guzmán, recalcó que los gobiernos locales tienen la potestad para disminuir la violencia y discriminación hacia estas poblaciones, por lo que se requiere voluntad política para tomar acciones, tales como implementar capacitaciones internas en las municipalidades para promover los derechos de esta población y que existan mecanismos de denuncia para atender incumplimientos o casos de violencia, para avanzar hacia la constitución de cantones inclusivos que transversalicen los Derechos Humanos.

Estas perspectivas fueron parte de las conclusiones de un seminario organizado a finales del año anterior por la Defensoría de los Habitantes con el apoyo de la Unión Nacional de Gobierno Locales «Gobiernos locales y Derechos Humanos: Buenas prácticas y desafíos», el cual fue un espacio clave para fortalecer el compromiso de los gobiernos locales con la protección y promoción del principio de igualdad y no discriminación en la gestión municipal.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Defensoría realizó inspección sin previo aviso al CTP por caso de incendio en buses

Como parte de una investigación de oficio, la Defensoría de los Habitantes realizó hace unos días una inspección sin previo aviso a las oficinas centrales del Consejo de Transporte Público (CTP), con el propósito de revisar los expedientes administrativos relacionados con incendios en autobuses de transporte público y conocer el estado del trámite actual.

A partir de la información recabada del departamento de Inspección y Control, preliminarmente se puede indicar que, los datos relativos a incendios ocurridos en unidades de buses del periodo 2024 se ubica en un solo expediente, en el cual se identifica documentación relacionada con tres eventos que son diferenciados cada uno por un número de consecutivo interno. No obstante, se encontraron gestiones realizadas por el propio CTP en otros incendios ocurridos durante este año, los cuales no estaban identificados con un número específico.

Cabe destacar que, dicha información no se encuentra organizada en expedientes administrativos separados, por evento o por empresa prestadora del servicio. Además, parte de la información, como respuestas de las empresas o documentos enviados por el CTP, no estaba presente en forma física en el expediente, el cual tampoco está foliado. El procedimiento administrativo que lleva a cabo el CTP para la recopilación de información de cada uno de estos eventos no se encuentra regulado.

Ahora, la Defensoría procederá a analizar toda la información y documentación recabada, a fin de que preparar un informe dirigido a las autoridades competentes.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Defensoría interviene en la protección y restauración de humedal de Coris

La Defensoría de los Habitantes realizó una intervención de oficio por la afectación que sufrió el humedal de Coris, ubicado en Cartago, el cual debe ser conservado y protegido.

Al caso se sumó una denuncia de un habitante ante la Defensoría, quien detalló los daños al ecosistema causados por una construcción de proyectos agrícolas y urbanos en una propiedad privada en Coris, contigua al humedal. El habitante reclamo acciones inmediatas, incluyendo la paralización de las obras, una evaluación exhaustiva de los daños y la intervención de una comisión interinstitucional para garantizar la protección y recuperación del humedal. Incluso, un grupo de vecinos presentó varias denuncias ante la Municipalidad de Cartago y el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE).

Tras una inspección de la Municipalidad de Cartago se clausuraron las obras, debido a la falta de trámites o solicitudes de permisos de construcción y verifica si las edificaciones vecinas a los cuerpos de agua se encuentran dentro del área de protección que establece la Ley Forestal. De ser así, se procederá con la demolición una vez cumplido el debido proceso. Es importante destacar que, la Defensoría verificó que las instituciones competentes en este caso han venido realizando las acciones correspondientes para detener y prevenir la afectación al humedal. No obstante, con el objetivo de que se proteja la calidad de vida de las personas y el medio ambiente, giró varias recomendaciones a las autoridades competentes, MINAE y Municipalidad de Cartago.

Al MINAE la Defensoría le recomendó:

– Informar sobre la conclusión del proceso de elaboración de los dictámenes a nacientes y humedal tanto de la Dirección de Agua y del Departamento de Recurso Hídrico del Área de Conservación Central así como remitir el cronograma de las acciones a realizar a partir de estos dictámenes.

– Coordinar con las instancias correspondientes las acciones necesarias, para evaluar el daño ambiental ocasionado al humedal de Coris y verificar, en el campo, que el plan remedial que se presente, garantice la restauración del área protegida.

– Gestionar las sanciones administrativas dispuestas en la normativa nacional ante la violación de protección ambiental por conductas de acción u omisión dañinas al ambiente.

– Elaborar una estrategia de protección y conservación del humedal tal y como lo dispone el Política Nacional de Humedales 2017-2030 y procurar su cumplimiento en el mediano plazo.

A la Municipalidad de Cartago se le recomendó:

  • Mantener la paralización de las obras en la propiedad afectada hasta que se confirme oficialmente la existencia del humedal y se determine su área de protección.
  • En coordinación con la Oficina Subregional Cartago del Área de Conservación Central, continuar con los patrullajes interinstitucionales para evitar nuevas infracciones ambientales y verificar que se cumplan las órdenes de paralización.
  • Implementar políticas de planificación territorial que prevengan futuras afectaciones al humedal y crear zonas de amortiguamiento alrededor de las áreas protegidas para limitar actividades comerciales y agrícola.

Defensoría incide en incorporación de criterios de no discriminación en propaganda comercial

Oficina de Control de Propaganda atiende llamado

La Defensoría de los Habitantes gestionó en mayo del presente año ante la Oficina de Control de Propaganda, en el sentido de que, si bien dicha instancia fue creada inicialmente para atender los artículos 1° y 2° de la ley N° 5811, tratándose de propaganda comercial en defensa de la dignidad de la familia y de la imagen de la mujer en la sociedad costarricense, era necesario aplicar además, otros criterios para evitar la divulgación de publicidad discriminatoria, tratándose de la autorización o restricción de anuncios comerciales, lo anterior de conformidad con el marco de legalidad/de convencionalidad vigente en el país.

El día 21 de noviembre de 2024, la Defensoría de los Habitantes recibió comunicación de la Oficina de Control de Propaganda que, en sesión 029-2024 del 19 de setiembre del 2024 en cumplimiento al artículo 4 del Reglamento de la Ley Número 5811 se efectuó una revisión y aprobación de los nuevos criterios de evaluación de publicidad comercial para cumplir con la Ley de Control de Propaganda, entre ellos:

  • Criterios relacionados con la discriminación
  • Criterios relacionados con la violencia.
  • Criterios relacionados con la sexualización y/o cosificación.
  • Criterios relacionados con estereotipos sociales y de género, asociados con la violencia simbólica.
  • Criterios relacionados con personas menores de edad.
  • Criterios relacionados con actividades para el consumo de personas mayores de edad.

Los criterios ahora incorporados, refieren a un trato desventajoso, restrictivo, burlesco, humillante, incapacitante y/o discriminación de una persona o población, basado en aspectos relacionados con la sexualidad, edad, aspectos étnicos, condición migrante, condición socioeconómica o formación educativa, condición de salud o discapacidad; violencia física, psicológica o emocional, económica o patrimonial, sexual; entre otros.

El actuar de la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía debe erradicar los estereotipos sociales, todo ello en el enfoque marco de la protección de los derechos humanos de todas las personas habitantes de este país en el ámbito de la publicidad comercial.

Siendo que desde la Defensoría de los Habitantes se reconoce el esfuerzo efectuado y se insta a la institucionalidad pública para su divulgación y respeto, y se hace un llamado al sector privado para su efectivo cumplimiento. Es necesaria la promoción de este tipo de acciones para una efectiva promoción y defensa de los Derechos Humanos.

Los criterios ahora incorporados, refieren a un trato desventajoso, restrictivo, burlesco, humillante, incapacitante y/o discriminación de una persona o población, basado en aspectos relacionados con la sexualidad, edad, aspectos étnicos, condición migrante, condición socioeconómica o formación educativa, condición de salud o discapacidad; violencia física, psicológica o emocional, económica o patrimonial, sexual; entre otros.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Defensoría alerta sobre graves brechas en salud pública en la Región Brunca

La Defensoría de los Habitantes emitió un informe con recomendaciones sobre el estado de los servicios de salud de la Caja Costarricense del Seguro Social en la Región Brunca, identificando brechas en infraestructura, equipamiento y recurso humano que afectan el acceso y la calidad de la atención.

El hospital Fernando Escalante Pradilla es el centro de salud con mayor cantidad de denuncias ante la Defensoría sobre listas de espera en los últimos años; para abril del 2024 ocupaba el primer lugar con un 75 % del total de quejas, seguido por el Hospital Tony Facio, de Limón, con un 12%, el Hospital San Juan de Dios con 8% y el Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia con 5%. En cuanto a la distribución de las especialidades denunciadas se ubica Oftalmología, Radiología e Imágenes Médicas, Neurocirugía, Cirugía General y Ortopedia.

Esta investigación se basó en informes recibidos por parte de los cinco hospitales de la Región Brunca, la Auditoría Interna y la Gerencia Médica de la CCSS y la Dirección del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS). Se realizaron entrevistas con funcionarios de la Caja, miembros de la Junta de Salud de los hospitales, autoridades del Ministerio de Planificación (MIDEPLAN), del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Municipalidad de Osa. Además, se realizaron visitas e inspecciones a los hospitales de la región y a la Dirección Brunca de la CCSS.

Entre los principales hallazgos se puede mencionar el problema del recurso humano especializado, ya que todos los hospitales de la región y en algunas especialidades el servicio funciona con solo un profesional, entre ellas, ginecología, pediatría, cirugía general y anestesiología, limitando la capacidad de respuesta ante la creciente demanda de servicios. Entre 2020 y 2024, la CCSS perdió a 185 médicos especialistas debido a renuncias, traslados al sector privado o disminución de jornadas.

En cuanto a la infraestructura hospitalaria hay un deterioro importante, los quirófanos del Escalante Pradilla de Pérez Zeledón son pequeños e inseguros, mientras que, en el Hospital Tomás Casas, de Ciudad Cortés, hay problemas graves en el sistema de aire acondicionado y, en el caso del Hospital de Ciudad Neily el techo de la sala de shock está en condiciones críticas. En muchos de los servicios visitados, la Defensoría pudo observar problemas físico sanitarios, estructuras sin mantenimiento, espacios físicos incómodos para la prestación del servicio de salud tanto clínica como administrativa, entre otras situaciones visualizadas, fueron hechos recurrentes.

El equipamiento en los hospitales de la región es insuficiente. Solo en el Escalante Pradilla, por ejemplo, cuenta con un mamógrafo. Además, se detectó una falta de equipos básicos en varias especialidades, como incubadoras, monitores cardiacos, equipos de ventilación neonatal y dispositivos para gastroenterología. En dermatología y a junio de presente año, no contaba con un especialista asignado en toda la región, lo que obligaba a referir pacientes al Hospital San Juan de Dios en San José, aumentando los tiempos de atención. En el caso de optometría, más de 8.500 pacientes están en espera dado que ningún hospital de la región cuenta con optometrista por lo que no existe forma de depurar la lista de espera, porque el nivel primario no tiene forma de valorar pacientes.

También se detectaron deficiencias en el primer nivel de atención ya que en esta región existe un déficit de 35 EBAIS, según lo reporta la misma institución, lo que afecta la capacidad de brindar atención primaria efectiva y sobrecarga los hospitales.

Ante esta situación, la Defensoría giró una serie de recomendaciones, entre ellas, implementar un programa de formación regionalizado para médicos especialistas en la zona, asegurando que los nuevos profesionales permanezcan en la región después de concluir su formación. Para ello la Defensoría considera necesario crear incentivos multisectoriales que motiven la permanencia de los profesionales en los hospitales de la región.

También se recomendó inventariar en cada hospital la insuficiencia de equipos y priorizar mediante un proceso paulatino el equipamiento correspondiente. Otra recomendación es incorporar acciones para garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos hospitalarios. Toda acción administrativa en materia de distribución de equipos -recomienda la Defensoría- debe realizarse de conformidad con el nivel resolutivo de cada hospital y con visión en red.

También se recomienda dotar a cada hospital con equipos esenciales, como mamógrafos, incubadoras y dispositivos de monitoreo cardiaco y priorizar el mantenimiento y la modernización de los quirófanos y otras áreas críticas. Fomentar la participación de los gobiernos locales y nacionales, instituciones públicas y privadas para mejorar las condiciones sociales de la región, desarrollar planes de infraestructura, y otros para hacer la zona más atractiva tanto para médicos como para otros profesionales. Se solicitó apresurar los proyectos de inversión para fortalecer el primer nivel de atención con mayor cantidad de EBAIS y el fortalecimiento de servicios en red.

Finalmente, se confía en el gobierno local de Osa el liderazgo del desarrollo intersectorial que involucre los actores sociales necesarios para generar atractivos regionales que motiven la permanencia de recursos humanos en la zona.

El Estado costarricense, y todos sus sectores y la organización social civil deben desarrollar un plan de desarrollo sectorial integral, no sólo para mejorar y fortalecer el servicio que presta la CCSS, sino para mejorar el nivel de desarrollo socioeconómico de la población.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Defensoría: Hospital de Golfito tiene 57 camas para 45 mil habitantes adscritos

Urgencias en recurso humano y equipamiento

El Hospital Manuel Mora Valverde, de Golfito es el responsable de atender a 45.000 habitantes de los cantones de Golfito, Puerto Jiménez y Osa pero enfrenta desafíos significativos para brindar una atención médica debido a que solo tiene 57 camas y otras limitaciones en recursos humanos, infraestructura y equipamiento.

Es un hospital con imposibilidad material de crecimiento, debido a que está dentro de un área protegida, trabaja al máximo de su capacidad y dichas camas son destinadas para la atención general de los pacientes que requieren internamiento y en especialidades específicas como ginecología, obstetricia y pediatría.

Se dispone de un terrero para construcción futura que tiene todos los estudios técnicos y está listo para compra, pero requiere ser llevado a Junta Directiva de la CCSS para ser declarado de interés institucional.

En cuanto a especialidades médicas, el centro solo tiene un profesional por especialidad, situación que complejiza el desempeño de cada una, por ejemplo, en el caso de anestesiología, el especialista asume cirugías de todo tipo y otros procedimientos que lo requieren, lo que dificulta su incidencia en la resolución cuantitativa de casos. El hospital no cuenta con Medicina del Trabajo, Medicina Familiar, Optometrista, Audiólogo, Odontología General Avanzada, Hospital de Día y es urgente dos anestesiólogos, dos radiólogos y un odontólogo General.

En materia de equipamiento no hay mamógrafo. También se requiere de otro ultrasonido ya que el equipo es usado por el anestesiólogo para guiar algunos procedimientos en razón de la seguridad del paciente y también es necesario para el cumplimiento de la función ordinaria.

En materia de recurso humano, para la atención del parto humanizado no disponen de enfermera obstetra, únicamente la que está en hospitalización. Toda la demanda de profesionales en enfermería se cubre con tiempo extraordinario y el 60% de éste se usa en traslados y cubrir los turnos desprovistos del recurso humano. En términos generales, se tiene un déficit de 23 profesionales. Paralelo a que existen varios programas como la clínica de heridas, mamas, lactancia materna, plan de alta hospitalaria, entre otros, que requieren la conducción de un profesional en enfermería y que actualmente están recargados. No hay servicios docencia, ni de salud mental.

En materia de listas de espera actualmente el Hospital de Golfito, resuelve pacientes de gastroscopías del Hospital Fernando Escalante Pradilla que le brinda 10 espacios para pacientes hospitalizados. El servicio de nutrición es el que presenta la lista de espera más alta, con 912 personas en espera con 859 días como plazo. La Clínica de Mamas con 283 y ginecología con 311 pacientes pendientes.

En el servicio de Emergencias faltan al menos tres profesionales. Normalmente se hacen cargo del servicio de inyectables, observación, recuperación y preclasificación. Se tuvo que cerrar el servicio de pre-observación porque no había recursos disponibles.

Comunidad afrocaribeña lucha por sus derechos

En una carta realizada por la Defensora Angie Cruickshank Lambert dirigida a Laura Fernández, ministra de la Presidencia con copia a Marco Vinicio Levy Virgo, se señala que organizaciones de la comunidad afrodescendiente han expresado su descontento con el accionar de la Defensoría de los Habitantes en relación con el pueblo del Caribe.

En el reclamo, se critica la falta de medidas concretas para enfrentar las violaciones a los derechos humanos de esta población. Aunque la institución ha reconocido las deudas históricas del Estado con las comunidades afrodescendientes, y organizó en 2023 un simposio internacional sobre la aceleración de sus derechos, las críticas consideran insuficientes estas acciones frente a los desafíos estructurales. 

El simposio, aunque valioso, puso en evidencia violaciones persistentes, como la falta de reconocimiento de territorios ancestrales, la necesidad de luchar contra el racismo sistémico y la discriminación, y las brechas en salud, especialmente en temas como la salud materna. Según datos del UNFPA presentados en el evento, las muertes maternas son hasta cinco veces superiores entre las mujeres afrodescendientes debido a carencias en consultas prenatales, acceso a anticonceptivos y prevención del embarazo adolescente. 

Además, se destacó que el Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015-2024) está por concluir sin avances significativos en derechos fundamentales como el acceso a la tierra, protegido por el Convenio 169 de la OIT. Aunque informes previos, como el de la exdefensora Montserrat Solano, identificaron la necesidad de soluciones legislativas para la problemática de tenencia de tierras en Cahuita y Puerto Viejo, la actual administración de la Defensoría no ha tomado acciones concretas al respecto, limitándose a argumentar que no puede intervenir en competencias específicas del Estado. 

Los críticos subrayan que la Defensoría tiene el deber de intervenir cuando las omisiones del Estado vulneran derechos humanos, como sucede con el derecho de consulta y autodeterminación de las comunidades afrodescendientes. A pesar de conocer estas situaciones desde hace años, la institución no ha implementado medidas efectivas para impedir la persistente violación de derechos. Esto, según las personas denunciantes, contradice su mandato legal y perpetúa las desigualdades estructurales que enfrentan las comunidades afrodescendientes en Costa Rica.

Dentro del marco del documento citado, la Defensoría de los Habitantes de la República generó una serie de recomendaciones con fundamento en el artículo 14 de la Ley N° 7319 del 17 de noviembre de 1992 y en el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No 22266-J, siendo estas:

PRIMERA: Gestionar la selección y el pronto nombramiento de la persona que sustituya al señor Ricardo Sosa como Comisionado de Inclusión Social de la República, a efecto de que esta persona pueda dar seguimiento a las diferentes iniciativas de poblaciones vulnerables y tradicionalmente discriminadas, entre estas la población afro costarricense.

SEGUNDO: Definir la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense.

TERCERO: Como parte de las acciones previas a todo proceso de consulta a Pueblos Tribales, se debe definir el término “propiedad ancestral afrodescendiente”. Para dichos efectos es conveniente la coordinación interinstitucional/intersectorial a partir de un peritaje bajo un abordaje integral que lo defina.

CUARTO: Una vez definida la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense, así como su normativa de operación, se deben ejecutar a la brevedad las acciones tendientes a la conclusión de la Consulta al pueblo Tribal Afro Costarricense a efecto de poder continuar con la delimitación de los territorios que le corresponden y otras acciones atinentes.

Se previene que por disposición del artículo 14 párrafo tercero de la Ley N° 7319 el no acatamiento injustificado de las recomendaciones de la Defensoría de los Habitantes puede ser objeto de una recomendación de amonestación para el funcionario que las incumpla o, en caso de incumplimiento reiterado, de una recomendación de suspensión o despido.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de la Defensoría de los Habitantes, los órganos públicos deben, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la notificación de este informe final, remitir a la Defensoría de los Habitantes un informe de cumplimiento de las recomendaciones formuladas, en el cual deberá incluirse la siguiente información:

a.- Medidas que se adoptarán para hacer efectiva las recomendaciones.

b.- Plazo en el que se ejecutarán dichas medidas.

 c.- Funcionario encargado de su ejecución.

Le invitamos a leer el documento completo en el cual se amplían los puntos tratados por esta nota.

Imagen ilustrativa, UCR.

Conversatorio: Estado de cumplimiento del derecho a la educación en niñas, niños y adolescentes en Costa Rica

El próximo lunes 9 de diciembre de 2024, se llevará a cabo el conversatorio titulado «Estado de cumplimiento del derecho a la educación en niñas, niños y adolescentes en Costa Rica». Este evento es organizado por el Programa Observatorio de la Educación, la Cátedra de Educación para la Paz y los Derechos Humanos, y la Red de Educación en Derechos Humanos de la Defensoría de los Habitantes.

El panel contará con la participación de reconocidos expertos en educación y derechos humanos:

-M.S.c. Luis Muñoz Varela , Instituto de Investigación en Educación (INIE-UCR).
-M.L. Estefanía Calderón Sánchez , Escuela de Estudios Generales de la Universidad de Costa Rica.
-M.S.c. Ricardo Martínez Brenes , Oficial Nacional de Educación, Oficina Regional de la UNESCO para América Central, México y Colombia.

Moderación
La moderadora será la Dra. Susanne Müller-Using , investigadora del INIE.

Detalles del evento
-Fecha : Lunes 9 de diciembre de 2024
Hora : 10:00 am
Modalidad : Virtual a través de la plataforma Zoom
ID de reunión : 881 7876 1730
Código de acceso : 836263

Más información
Correo: inie@ucr.ac.cr  
Teléfono: 2511-1412Este conversatorio es una oportunidad única para conocer el estado actual del derecho a la educación en Costa Rica, con un análisis profundo desde distintas perspectivas académicas y prácticas.

Defensoría pide informes ante levantamiento de alerta en varias nacientes de agua en zona norte de Cartago

La Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Salud y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) una serie de informes y referirse al sustento jurídico para levantar las órdenes sanitarias que pesaban sobre varias nacientes que abastecen las Asadas de Cipreses, San Pablo y Sata Rosa.

La Defensoría de los Habitantes ha venido realizando un acompañamiento interinstitucional sobre la problemática por la contaminación con metabolitos de clorotalonil en la zona norte de Cartago, específicamente, con la comunidad de Cipreses de Oreamuno. Se ha asistido a reuniones mensuales en la oficina ORAC Este del AyA, se ha visitado la comunidad y reuniones con vecinos de Cipreses.

A lo largo de estos meses, la Defensoría de los Habitantes ha estado pendiente de los nuevos muestreos que se estaban realizando en la zona norte de Cartago y se estaba a la espera de los resultados, con el fin de velar por la salud de la población y del ambiente sano. Esta semana, en la información que se maneja, el AyA convocó a varias Asadas y vecinos de la comunidad, para presentar los resultados de los muestreos realizados en meses pasados. No obstante, la Defensoría de los Habitantes no fue convocada a dicha actividad, sin embargo, se tuvo acceso al oficio MS-DPRSA-USA-2187-2024 de fecha 25 de octubre de 2024, en el cual se detalla las acciones realizadas, conclusiones de los muestreos, medidas inmediatas y a largo plazo, así como recomendaciones generales.

En el presente caso, es necesario tener en consideración el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo suscrita en 1992, que indica el papel de los Estados para la protección del medio ambiente y que estos deben aplicar el «criterio de precaución» cuando exista peligro de daño grave o irreversible.

Asimismo, el artículo 16 de la Ley General de Administración Pública, número 6227, establece que: “en ningún caso podrán dictarse actos contrarios a las reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica y conveniencia”, por lo que basar una decisión para levantar órdenes sanitarias por contaminación de fuentes de agua basado en un estudio técnico que dispone de los parámetros de calidad de agua distintos a los ya establecidos en la normativa nacional y a la norma europea, lo cual, puede ir en contra la normativa nacional así como del principio de no regresión en materia ambiental.

Ante la preocupación por el derecho a la salud y a un medio ambiente sano, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Salud y al AyA informe detallado de lo siguiente:

  • Copia de las órdenes sanitarias que se emitan a las nuevas comunidades que presentaron niveles de metabolitos de clorotalonil superiores a lo recomendado.
  • Informe completo de los muestreos realizados con la debida evaluación de estos.
  • Referirse al sustento jurídico utilizado para levantar las órdenes sanitarias vigentes en contraposición de lo dispuesto en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable y basado, únicamente, en un informe técnico. Asimismo, remitir las razones técnicas para solicitar la reforma de este reglamento.
  • Indicar si se realizó un análisis del riesgo toxicológico para cambiar los parámetros existentes en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable, de ser así, remitir copia de éste.
  • Remitir el informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS Informe CTL Ministerio de Salud CIR) en el que se basan para cambiar los parámetros del reglamento vigente y utilizar los Valores Máximos Admisibles Ajustados por Riesgo (VMAAR).
  • Remitir cualquier otra información que considere necesaria aportar para el conocimiento de la Defensoría de los Habitantes.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes