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Etiqueta: derechos humanos

Serie: Mujeres indígenas recuperadoras de tierra 5

Según el artículo 1º. de la Ley Indígena N° 6172 “Son indígenas las personas que constituyen grupos étnicos descendientes directos de las civilizaciones precolombinas y que conservan su propia identidad”.

Además, según el artículo 6 de la misma ley, solamente los indígenas podrán construir casas, talar árboles, explotar los recursos maderables o plantar cultivos para su provecho dentro de los límites de las reservas.

Esta es la quinta infografía de una serie de producciones realizadas por el Foro Confluencia Solidaria, el grupo trabaja el tema: Mujeres indígenas recuperadoras de tierra. Le invitamos a compartirlo en sus redes.

 

Información compartida con SURCOS por Foro Confluencia Solidaria.

Ayuda a CEJIL a proteger a las defensoras y defensores de los Derechos Humanos

SURCOS comparte la siguiente información:

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional le invita a conocer la página web en el que encontrará testimonios, sobre acciones que se han ejecutado para garantizar los derechos humanos de personas migrantes, asegurar la tierra para los grupos indígenas y  garantizar la justicia en América.

Por 30 años estre Centro ha trabajado para reducir la desigualdad, la discriminación y la violencia que atraviesa América mediante la democracia y protegiendo y promoviendo los derechos humanos, con el fin luchar contra la impunidad desenfrenada de la región.

También, se hace una invitación para realizar donaciones personales y compartir la publicaciones de CEJIL en redes sociales para que más personas puedan conocer y apoyar la causa. Gracias a esas donaciones, CEJIL ha logrado litigar más de 220 casos, ha hecho justicia a más 27.000 personas víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y ha impulsado políticas públicas que han cambiado la vida de más de 6 millones de personas.

Le invitamos a navegar y conocer más de estos esfuerzos dando click al siguiente enlace:

https://cejil.org/en/

Para realizar donaciones da click al siguiente enlace:

https://cejil.salsalabs.org/donate/index.html?eType=EmailBlastContent&eId=104717d4-6f9a-49c6-947e-2c727673889f

Organizaciones, colectivas y colectivos a nivel nacional e internacional hacemos un llamado de JUSTICIA para Keyla Martínez Rodríguez

A 6 meses de impunidad de su asesinato bajo custodia de la Policía Nacional de Honduras

(Intibucá, La Esperanza)

El día 7 de febrero, 2021, fue asesinada la joven enfermera Keyla Martínez Rodríguez, mientras se encontraba bajo custodia en la posta policial N°10 (La Esperanza, Intibucá), tras haber sido detenida por agentes de la policía la noche del 6 de febrero del presente año

Tres días después del asesinato de Keyla, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH) (10-02-2021) “condena la muerte violenta de Keyla Patricia Martínez y urge a las autoridades una investigación pronta exhaustiva e imparcial”. Además consideran “que los hechos podrían ser constitutivos de una ejecución extrajudicial y que, por lo tanto, la investigación deberá llevarse a cabo de acuerdo a lo dispuesto en el Protocolo de Minnesota sobre la investigación de muertes potencialmente ilícitas”. La representante de la OACNUDH, Isabel Albaladejo, destacó que “de acuerdo al Protocolo de Minnesota las investigaciones deben orientarse a identificar no solo los autores directos, sino también a todos los demás responsables de la muerte, incluidos los funcionarios de la cadena de mando que fueron cómplices en ella.” 

Respaldamos dicha solicitud interpuesta por la OACNUDH al instar a las autoridades a “desarrollar sin dilación y por todos los medios legales disponibles una investigación pronta, exhaustiva, diligente e imparcial orientada a la determinación de la verdad y a la persecución, enjuiciamiento y eventual castigo para todos los autores de los hechos, así como la reparación de las víctimas y sus familiares”.

Reconocemos como un paso positivo que se haya dictado auto de formal procesamiento contra el oficial Jarol Perdomo (23-05-2021), como uno de los responsables de este “femicidio agravado” (calificación dada por el Poder Judicial). El delito cometido es homicidio agravado.

Tomando en cuenta postulados del Protocolo Latinoamericano para la Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género, siendo responsables de este feminicidio funcionarios públicos, reiteramos la necesidad de que el estado hondureño adopte medidas efectivas para detener esta ola de feminicidios, agudizada en el contexto de la pandemia COVID19; incluyendo “la depuración de los entes involucrados y sanciones disciplinarias o judiciales para los funcionarios que obstaculicen investigaciones o se comporten de manera negligente en relación con su deber de investigar a los posibles responsables”, según lo establecido por dicho Protocolo.

Con la convicción de que este asesinato es una clara violación a los Derechos Humanos de las mujeres, solicitamos a la CIDH instar al gobierno de Honduras para que tome en cuenta las recomendaciones emitidas por la OACNUDH (10-02-2021) reconociendo su esfuerzo por el respeto a los Derechos Humanos.

A 6 meses de impunidad, una vez más reiteramos nuestro repudio contra el asesinato de la joven enfermera Keyla Martínez Rodríguez a manos de la Policía Nacional de Honduras. A la vez, exigimos al gobierno encabezado por Juan Orlando Hernández (JOH) que detenga todas las acciones de hostigamiento, intimidación y amenazas contra familiares de Keyla, por parte de entidades oficiales y extraoficiales.

Firmas responsables:

ACODEHU y Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras

Se invita a llenar el siguiente formulario: https://forms.gle/Zc4ZYku9VmGuZfYV8

¿Cuántas piñas vale un ser humano?

Trabajadores descartables

Cándido Amador es un caso como los hay miles en el sector agrícola de Costa Rica, aunque el suyo se ha convertido en emblemático por el carácter dramático que presenta su enfermedad: la bradicardia, que provoca que con el esfuerzo físico su corazón lata a un ritmo muy bajo, tanto que llega a ser peligroso para su vida.

Carlos Amorín

“A mí me gusta trabajar. Conozco mi oficio porque lo hago desde hace años. He creado y sostenido a mi familia con el esfuerzo de mis brazos. Pero ya no estoy pudiendo hacerlo. La empresa no quiere entender que el primer perjudicado soy yo”, dice Cándido recién salido del Hospital, donde luego de una consulta lo dejaron internado la pasada semana.

“Los médicos me han dicho una y otra vez que tengo que cambiar de tarea en la empresa, pero ellos se niegan. Y yo estoy cada vez peor”, agrega.

Una población sin oportunidades

En la zona donde vive Cándido con su familia no hay otra fuente de trabajo. A tal punto que es normal que los hijos suplanten a los padres en las plantaciones; un destino marcado al nacer.

Ellos sufrirán el mismo sistema de hiperexplotación, negación de derechos laborales, violación de derechos humanos, maltrato, violencia verbal, humillación, persecución sindical, amenazas, despidos arbitrarios, denegación de justicia que perdura desde tiempos ya inmemoriales.

“La pasada semana me dijeron en el Hospital que era preferible que me viniera para casa porque allí hay muchos enfermos con Covid 19, y el contagio puede ser peor para mí. Así que me dieron dos días de descanso y ya el sábado tuve que volver a trabajar. Seguí el lunes y hoy, martes 3, pero estoy con una frecuencia cardíaca de 30 o menos”.

Es obvio que en esas condiciones el ritmo de trabajo de Cándido no puede ser el mejor, ni siquiera el que él acostumbra tener cuando su salud se lo permite, algo que ocurre cada vez menos. Uno de los argumentos preferidos de la empresa para negarle un cambio de tarea es que “soy un trabajador muy productivo”, relataba Cándido hace algunas semanas.

“Y hoy, los señores Christian Campos, gerente de Recursos Humanos, y Colman, que es gerente general de la empresa, me dicen que los temas de salud no son asunto de ellos, ya que solo se fijan en el rendimiento, y que el mío está siendo muy bajo, por lo que si no hago más esfuerzo me van a sancionar.

A ellos no les importa que los médicos hayan recomendado cambiarme de tarea por lo menos unos días hasta que me recupere. Solo quieren que trabaje más duro y produzca más”, relata Cándido con indignación.

“Cómo habrá sido de amenazador el señor Campos que hasta mis compañeros de trabajo reaccionaron, tratando de hacerle ver que no estoy bien de salud y no se me puede exigir más en este momento. Pero a él no le importó. Ya le dije que si quiere me entregue diez sanciones juntas, igual no voy a poder producir más. No me da el cuerpo”, expresa Cándido.

Una máquina ancestral al servicio del dinero

En Costa Rica, un país que supo ser buque insignia de la democracia en América Latina, los trabajadores y trabajadoras del sector agrícola reciben un trato medieval por parte de un sistema que ha instalado una simbiosis entre el Estado y las grandes empresas nacionales y transnacionales.

Representantes empresariales ocupan cargos de gobierno y participan en (léase determinan) la definición de las políticas públicas que conciernen a sus propios sectores.

Así se han instalado las injusticias más repudiables contra trabajadores y trabajadoras, especialmente en el sector agrícola, que emplea a gran número de migrantes e indígenas, y se ha perseguido y golpeado a los sindicatos con una dureza que solo hace posible la certeza de una impunidad prácticamente absoluta. En efecto, la justicia laboral es lenta e ineficaz, al punto de consentir un estado de denegación de justicia para los más vulnerables.

La Inspección de Trabajo pocas veces llega hasta los cultivos, y jamás se entrevista con trabajadores que no sean los designados por las empresas. El Ministerio del ramo cobija esta “trampa legal”, que no es más que una cacería de fuerza de trabajo.

“El arriba nervioso, y el abajo que se mueve…”

La Rel UITA viene prestando particular atención a las enormes dificultades que enfrentan los trabajadores y trabajadoras agrícolas organizados en Costa Rica. En ese marco se han denunciado varios episodios de intoxicación y lesiones graves −ninguno reconocido por las empresas− de trabajadores en los cultivos de piña, así como amenazas a los dirigentes sindicales.

El episodio más reciente es la amenaza en estos días de Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company|DOLE al secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa), Obeth Morales.

Esta empresa le exige al dirigente sindical que “se retracte de sus denuncias” sobre la intoxicación sufrida por una trabajadora como consecuencia de una fumigación imprudente ordenada por las autoridades de la empresa, so pena de iniciar contra él un juicio por difamación.

El compañero Obeth Morales, así como Cándido Amador y todos y todas aquellos que sean perseguidos, amenazados, atropellados en sus derechos básicos como ciudadanos y trabajadores del siglo XXI, tendrán siempre en la Rel UITA un decidido y férreo apoyo.


1 – La frecuencia cardíaca normal en reposo para adultos es entre 60 y 100 latidos por minuto.
2 – En un ensayo de próxima publicación por Rel UITA, el experto abogado laboralista Frank Ulloa, y el asesor en Educación Sindical y ex funcionario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gerardo Castillo, ambos de Costa Rica, realizan un pormenorizado análisis de esta realidad costarricense, y argumentan la urgencia de un cambio radical en el ámbito de las relaciones laborales en el sector agrícola.

 

Foto: Cándido Amador | Archivo personal

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/cuantas-pinas-vale-humano/

Reconstruyendo el Estado Social de Derecho

Álvaro Vega Sánchez, sociólogo

Al parecer, la resolución de la Sala IV respecto del “Proyecto Ley Marco de Empleo Público” tuvo algo de “salomónica”. Por un lado, reafirmó el precepto constitucional y democrático de división de poderes, por lo tanto, salió en defensa del Estado de Derecho y la democracia como régimen jurídico. Y, por otro, legitimó la propuesta de un salario único sin pluses y limitó la negociación, vía convenciones colectivas, en esta materia, lo que implica en cierta forma apoyo a una política de salarios decrecientes en el sector público y, por consiguiente, un golpe al Estado Social.

Avance en materia de gestión democrática, un freno a los aires oligárquico-autoritarios del pluripartidismo neoliberal en alzada. Y retroceso en materia socio-laboral en un sector estratégico para el desarrollo del país, a pesar de que ha sido intensamente vilipendiado por parte de quienes solo ven virtudes en el sector privado y vicios y privilegios en el público, atendiendo a esa trillada lógica maniquea con la que la prensa y los “publicistas” del neoliberalismo han venido atizando el fuego de los odios entre ambos sectores.

Celebramos la decisión de la Sala IV porque significa ponerle límites a una clase política que, como bien señala Marcos Roitman, al igual que “los hacedores del capitalismo transnacional rechazan los valores democráticos. Pero como creadores de la nueva derecha y seguidores del fascismo societal se manifiestan en fervientes defensores de la idea de progreso a favor de la economía de mercado, de la propiedad privada y del beneficio personal […] Sus ideas no se encuentran en la cruz gamada o en las camisas negras, las defienden los representantes de los organismos internacionales del FMI. El Banco Mundial, La OMC y de los gobiernos conservadores, neoliberales o defensores de la economía de mercado en sus versiones progresistas y socialdemócratas” (Roitman, Marcos (2007) Democracia sin demócratas y otras invenciones. Madrid, Ediciones sequitur, p.94).

Efectivamente, lleva razón el autor citado al calificar de “fascismo societal” a este conjunto de ideas y acciones políticas que vienen impulsando las nuevas fuerzas políticas, que se visten de progresistas y socialdemócratas, pero que en lo esencial son portadoras de un proyecto conservador cuya meta es desmantelar el Estado Social de Derecho, para favorecer a los grandes intereses empresariales y financieros nacionales y extranjeros.

Con gran acierto, el movimiento sindical ha convocado a un “Encuentro Nacional por la defensa del Estado Social de Derecho”. El país se encuentra en la encrucijada entre retroceder a la Constitución Liberal de 1871 o defender el Estado Social de Derecho de la Constitución vigente de 1949. Definitivamente, llegó la hora de demandar a los poderes del Estado actuar en consecuencia con los preceptos constitucionales que abogan por una repartición equitativa de la riqueza, la defensa y el respeto de los derechos humanos, así como la salvaguarda de la división e independencia de los poderes de la república.

NO al Estado Asocial sin Derecho de las fuerzas políticas del autoritarismo antidemocrático y SÍ al Estado Social de Derecho de las fuerzas sociales de la dignidad y la solidaridad.

Nota de redacción: En la foto de cabecera se aprecia una vista parcial del Encuentro Nacional por la Defensa del Estado Social de Derecho realizado este martes 3 de agosto, en el Centro Internacional de Convenciones de la ANDE. Asistieron más de cien personas de organizaciones sociales y sindicales.

Indulto para el joven Calderón Arias

Vladimir de la Cruz

En el año 2013 fue detenido un joven costarricense, de apellidos Calderón Arias, a quien conozco por lo que la prensa informó de su situación, acusado de vender, a un policía encubierto, menos de 3 gramos de marihuana, cantidad inferior de la que se tolera para el consumo personal.

Estoy claro en los daños que puede producir la marihuana en pulmones, vasos sanguíneos, accidentes cerebrovasculares, enfermedades cardiacas, y en otros efectos.

También estoy claro en que se usa la llamada Marihuana medicinal para aliviar ciertos síntomas como dolor, náuseas severas, o para dárselas a personas con Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, VIH Sida, cáncer, enfermedad de Crohn, epilepsia y convulsiones, glaucoma y espasmos musculares.

La Sociedad Americana de Medicina ha definido la adicción como una enfermedad crónica, tratable, entre ellas la adicción a las drogas, “trastorno por consumo de sustancias”, enfermedad que produce la incapacidad de controlar el consumo de medicamentos, así como de drogas que se consideran legales o ilegales, que son incapaces de dejar de consumirlas.

Probablemente el juicio se llevó por la venta y no por el consumo personal. A ello se le sumó en contra, aquel año, cuando el joven, entonces, de 20 años, era adicto a las drogas.

La adicción se ha considerado desde hace muchos años como una enfermedad. Así con los alcohólicos y con otras personas que lamentablemente caen en estas adicciones, como enfermos, muchos crónicos sin poder superar su condición de enfermos. Miles de familias costarricenses tienen, pasan y sufren esta situación entre sus miembros. El joven Calderón Arias, al contrario, logró enfrentarse a su dependencia, superarla y “reinsertarse” socialmente.

Durante su captura y proceso penal el joven Calderón Arias logró superar su condición de consumidor de drogas y estupefacientes, obtuvo un trabajo, llegando a tener una situación estable que le permitió constituir una familia e inició procesos de educación, lo que es un gran ejemplo para otros jóvenes que como él caen en la adicción, y pueden salir de ella.

El juicio seguido contra su persona terminó el pasado 21 de mayo cuando los jueces fallaron, en el juicio que tenían contra él, desde hace ocho años, él ahora de 28 años, con familia, condenándolo a sufrir una pena de ocho años, que era la pena mínima que podían poner, que es absolutamente desproporcional e injusta, para lo que el joven Calderón Arias ha demostrado en su superación personal.

Los mismos jueces en su Sentencia reconocieron el esfuerzo realizado por este joven, que no tiene otros antecedentes penales. Curiosamente los jueces en su Sentencia recomendaron que en el menor plazo posible se le pudiera pasar a un régimen carcelario de confianza. Lo que los jueces debieron en ese caso es haber recomendado al Poder Ejecutivo el Indulto, contra la pena impuesta.

Mientras no se hagan reformas a la legislación penal, para que se apliquen en situaciones como este caso, que permitan a los jueces hacer una mejor valoración de la situación, y poner penas menos severas, que distingan mejor a quienes se les encuentre como culpables en la cadena del negocio de las drogas, donde se pueda distinguir mejor entre las organizaciones que se mueven alrededor de ellas hasta los simples vendedores, que por razones socioeconómicas se meten en la cadena de venta al menudeo, como aparentemente fue la situación original la captura de este joven, y mientras también la Sala Constitucional no se pronuncie sobre la constitucionalidad de normas como la que le aplican al joven Calderón Arias, que cae en la figura de “inhumana”, violatoria de Derechos Humanos.

Una Sentencia como esta echa por la borda todos los esfuerzos de rehabilitación, de “reeducarse”, de desarrollar una conducta como la del joven, de superación y de salir adelante, como modelo para otros jóvenes y personas.

Lo que procede en un caso como éste es el Indulto declarado por el Poder Ejecutivo, buen motivo para el Presidente Carlos Alvarado Quesada, a punto de celebrar el Bicentenario de la Independencia, de mandar nuevas señales sobre el futuro de la Costa Rica que inicia a partir de esa celebración.

El indulto es una facultad que tiene el Poder Ejecutivo, que permite perdonar, de forma parcial o total, la pena impuesta por una Sentencia Ejecutoria, o incluso conmutar la pena por otra más beneficiosa sin penas accesorias.

El indulto es una medida de gracia de carácter excepcional, es un perdón de condena, que tiene incluso regulación internacional sobre en cuáles situaciones no se puede otorgar el indulto, como son los casos de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o crímenes de guerra.

El indulto puede solicitarse por las mismas autoridades penitenciarias, por los mismos tribunales, por las partes interesadas, donde pueden participar desde los familiares, hasta personas comunes y corrientes, al margen del proceso penal y de la afectación de la sentencia, como es mi caso, que no estoy directamente involucrado, que solicito públicamente al Presidente Carlos Alvarado Quesada que el Consejo de Gobierno analice la situación y proceda a establecer y declarar el Indulto a favor del joven Calderón Arias.

Los indultos en Costa Rica no son de la teoría. Son de la práctica. Se han dado en situaciones anteriores. No son frecuentes. A veces se han dado a granel, para favorecer dentro de los indultados a amigos del Gobierno, de los políticos, o porque son parte de la clase política y empresarial dominante.

En este caso se solicita indulto solo para el joven Calderón Arias.

No se pide un indulto a granel ni, por ejemplo, anticipado, lo que no se puede hacer, contra los procesados en casos sonados de corrupción pública, como son los del caso, en este momento, de Meco Solís, por la influencia que tienen que evidencia incluso el tratamiento de reclusión que se les ha hecho, o del mismo proceso judicial que se les sigue, en la forma de recolección de pruebas que podrían ser anuladas por “haberlas hecho” mal, para “liberarlos” de la prisión carcelaria no doméstica, para producir ese efecto.

Hemos conocido hasta una “modalidad” de “indulto”, cuando la Corte de Justicia dio casa por cárcel a una pareja asesina, como fue el caso del joven asesinado, Chacón Mussap, aduciendo una enfermedad cancerosa que no provocó la muerte de los indultados, uno que fue acusado y penado, y a su pareja que no se quiso procesar cuando fue instigadora de ese crimen.

Señor Presidente presente en su Consejo de Gobierno el indulto para el joven Calderón Arias.

Serie: Mujeres indígenas recuperadoras de tierra 4

El territorio indígena de China Kichá pertenece al pueblo Cabécar y se encuentra ubicado en Pérez Zeledón.

Según Casa Presidencial, este territorio ha sido foco de conflictos de tierras. En 1982 dejó de ser reconocido como territorio indígena y volvió a serlo en el 2001. Durante esos 19 años quedó un vacío a nivel legal donde se otorgaron títulos de propiedad a personas no indígenas. Situación contraria a lo establecida por la Ley Indígena que establece la no transferibilidad y exclusividad de los territorios para personas indígenas.

Esta es la cuarta infografía de una serie de producciones realizadas por el Foro Confluencia Solidaria, el grupo trabaja el tema: Mujeres indígenas recuperadoras de tierra. Le invitamos a compartirlo en sus redes.

 

Información compartida con SURCOS por Foro Confluencia Solidaria.

Gobiernos locales de Palmares, Peñas Blancas y Coto Brus con acciones para erradicar la violencia contra las mujeres

El grupo Mujeres Unidas en Salud y Desarrollo, redes de mujeres en alianza con gobiernos locales de las comunidades de Palmares, Peñas Blancas y Coto Brus lograron establecer una declaratoria de gobiernos con cero tolerancia hacia la violencia contras las mujeres.

Esta acción se combina con la campaña: “Cambie el rollo y póngase la camiseta por los derechos de las mujeres”, vinculando a diferentes sectores de la sociedad con la promoción cultural del respeto hacia los derechos de la mujer. 

Con este se busca resaltar el derecho de las mujeres a tener una vida libre de violencia y opresión, cambiar roles tradicionales en la ciudadanía y generar un cambio individual y colectivo hacia el modelo hegemónico del patriarcado.

Más información sobre estas declaratorias de estos Concejos municipales en el siguiente link: 

https://drive.google.com/drive/folders/1e0krTars-u_NeK-v6rVsw6UuUmaPlrIG?usp=sharing

Comentarios de domingo 1 ante el comunicado de prensa de la Sala Constitucional sobre el proyecto de ley de empleo público

Rosaura Chinchilla-Calderón. Profesora universitaria.

1.- En primer lugar, es digno de resaltar que la Sala Constitucional sesione en sábado, en medio de un feriado largo y que dé a conocer su resolución a avanzadas horas de la noche de ese día, en vísperas de que la atleta costarricense Andrea Vargas (en quien el país tenía centrada su atención) compitiera en la madrugada.

2.- En segundo término, que el rediseño del Estado establecido por los constituyentes de 1949 solo puede modificarse por reforma constitucional y que el proyecto viola las autonomías universitarias, municipales, de las instituciones autónomas indicadas en la Constitución Política y la independencia de poderes (judicial y TSE) era una obviedad jurídica del tamaño de una catedral, aunque en medio s incorporaran argumentos de “privilegios” negociaciones con el FMI y otras yerbas aromáticas. Pero sabemos que, en estos tiempos, no basta tener razón, sino que es necesario que se la quieran dar. Por ello hay que dar gracias a los y las magistradas constitucionales ANTERIORES que, al construir precedentes constantes sobre esta materia, han impedido “interpretaciones novedosas” y que la Sala Constitucional actual se muerda la cola acabando consigo misma… porque si el intérprete no respeta el texto de la norma que lo creó se destruye a sí mismo. Es la imagen de ouróboros en el antiguo Egipto, aunque no con la simbología que se usaba allí.

3.- Sin embargo, quiero resaltar tres aspectos que no son cosa menor:

a) Se evade la inconstitucionalidad del trámite. Recordemos que hubo oposición de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y votación del proyecto, en primer debate, menor a 38 votos. En la Facultad siempre nos enseñan que el derecho procesal es instrumental, es decir, es la vía para declarar el derecho de fondo. Por eso, el proceso siempre debe ser correcto para poder declarar el derecho de fondo porque, de lo contrario, hay que subsanarlo. En orden lógico, primero se analiza la forma y luego el fondo. ¿Por qué eso es importante? Porque si se hubiera declarado inconstitucional el trámite legislativo, el proyecto muere…no era “rescatable” nada (artículo 101 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional). Por el fondo, lo que sucede es que los temas pueden ser enmendados (en este caso difícilmente para las instituciones involucradas, pero sí podrían suprimirse las referencias a municipalidades, TSE, Poder Judicial, CCSS y universidades y seguirse adelante con lo que queda…por ejemplo, para el Poder Ejecutivo y otros entes no regulados de modo diferente por el constituyente).

b) Se evade la inconstitucionalidad del trámite no evacuando, por mayoría de 5 magistraturas (punto 4 del comunicado), la consulta histórica de la Corte Suprema de Justicia…y otras de diputaciones por “no estar suficientemente fundamentada” (puntos 10, 13, 26, 29). Aparentemente, porque no se tiene la resolución completa, para ello se crean, por jurisprudencia, requisitos que la Ley de la Jurisdicción Constitucional no prevé. La ley exigen fundamentación…¿qué es lo “suficientemente” motivado? No lo dice la ley y lo crean las personas intérpretes y es altamente subjetivo pues lo que para unos lo es, para otros no. Un principio general del derecho es que las personas intérpretes no podemos crear requisitos para imponer sanciones, aún procesales, que la ley no establece. Se trata de materia odiosa, que debe ser interpretada restrictivamente. La LJC sobre este tema es escueta y, en apariencia, lo que prevé se contempló en la consulta formulada, pese a lo cual no se evacúa por 5 votos. Una de dos: o las 22 magistraturas de la CSJ que la suscribieron se equivocaron (en realidad 22+2 que salvaron el voto) o…se equivocaron los 5 que la rechazaron. Tratándose de los “máximos” juristas del país, en cualquier escenario la respuesta es preocupante. Y esa no evacuación tiene como efecto el no pronunciarse sobre el trámite…y rescatar “algo” del texto.

c) A ese “algo” que podría quedar subsistente (empleo público para el Poder Ejecutivo y otros entes no excluidos en la Constitución Política) se determina que puede aplicar la objeción de conciencia (punto 54) tal y como lo prevé el proyecto. En este sentido la Sala parece aplicar lo que ya había dicho al respecto en un voto precedente (2020-1619), pero esto denota que la actual integración de la Sala Constitucional no tiene la menor idea de qué es la objeción de conciencia en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Cabe aclarar que este punto se decidió con 3 votos (2 abstenciones que no son propias del sistema de votación escalonada y que podrían sugerir una desintegración del órgano constitucional en este punto; 1 voto parcialmente salvado de la magistrada Hernández y 1 voto concurrente, pero con razones diferentes del magistrado Rueda). Este tema es sumamente delicado pues podría implicar que, de seguirse adelante con el trámite para otras instituciones no excluidas por el voto de la Sala (Poder Ejecutivo y otros entes no mencionados por el constituyente tales como sector de educación y policial), se constitucionalice la “licencia para discriminar” que enmascarada de “objeción de conciencia” es lo que contempla el proyecto de ley. No dudo que a la Sala Constitucional (una vez más) le será enmendada la plana por tribunales internacionales en este tema.

4.- Respecto al tema de la negociación colectiva (puntos 55, 56) deberá revisarse lo resuelto por la Sala frente a lo estipulado por la Corte IDH en la opinión consultiva OC27/21. No es la primera vez que el tribunal constitucional interno (que debe velar por el respeto de los derechos humanos) desatiende lo dicho por la Corte IDH, en una actuación muy parecida a la de otros tribunales constitucionales de la región, cuando debería existir sintonía entre todos los órganos de verificación. No será la primera vez que se le enmiende la plana (derecho al recurso penal, FIV, prisión preventiva, matrimonio igualitario).

30 de julio: Día Internacional contra la Trata

La Organización Interseccional Pro Derechos Humanos comparte la siguiente imagen en honor del Día Internacional contra la Trata, problema que actualmente afecta a nuestra sociedad.

 

Compartido con SURCOS por Marco Castillo Rojas.