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Etiqueta: diálogo social

La urgencia democrática del dialogo social

Manuel Hernández

El Informe de OCDE acerca del Mercado laboral y las políticas sociales (2017), advirtió que en nuestro país, el diálogo social está fragmentado y además, que esta debilidad puede ser una barrera para mejorar las condiciones de trabajo y retrasar muchas de las reformas que se necesitan.

La OCDE recomendó, desde aquella fecha en que el Gobierno estaba seduciendo a este organismo internacional, “que los encargados de políticas en Costa Rica (…) fortalezcan el diálogo social.”

No obstante, la Administración Alvarado Quesada, que tanto empeño asumió para que el país se adhiriera a este selecto club de países ricos, echó por la borda esta recomendación, y en su lugar, peligrosamente ha recorrido una ruta en sentido totalmente contrario al diálogo social.

Esta desafección del diálogo social se materializó con la aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635 y la Ley para brindar seguridad sobre la huelga y sus procedimientos, N° 9808, que causaron una fuerte confrontación social, cuyas cicatrices todavía no han sanado.

No sólo por el procedimiento legislativo extraordinario que se diseñó –ad hoc- para la tramitación y aprobación atropellada de ambos proyectos, respaldada por una fuerte carga de intervención policial, sino, además, por su contenido normativo regresivo, quedó de manifiesto la rúbrica autoritaria del Gobierno y la Asamblea Legislativa.

Pero este déficit democrático de la gobernanza de las relaciones laborales, se ha profundizado a merced de la irrupción de la pandemia que nos flagela.

La pandemia se ha convertido en el útil Caballo de Troya, por un lado, para destruir los derechos que aún le quedan a la clase trabajadora, y por otro lado, para desmontar el raído Estado Social y Democrático, que lo tienen pegado a un respirador mecánico.

Recordemos que el Ministerio de Trabajo impulsó febrilmente un proyecto de ley de reducción de las jornadas de trabajo, con la consecuente disminución hasta de un 75% de los salarios, que tiene a miles de trabajadores del sector privado con trabajo, pero lamentablemente devengando salarios de hambre.

Por otra parte, en lugar de proteger la sostenibilidad de los salarios de las y los trabajadores, el mismo Ministerio apostó a la maquinilla, casi en automático, de la suspensión de los contratos de trabajo, cuyas resoluciones administrativas se editan como en planchas rotativas de periódicos.

Son más de tres meses que llevan estos trabajadores soportando, sin percibir salario, con el hambre confinada en sus estómagos, cuya medida se prorrogó por tres meses más.

 Ahora el epicentro del envite político se enfoca directamente contra los servicios públicos y las personas que trabajan en este sector, amplificado por las mediáticas campañas que destilan odio en las columnas editoriales y las pantallas de televisión.

En términos generales, podríamos decir que los correspondientes proyectos legislativos tienen un doble y concurrente cometido: desmantelar la institucionalidad pública y menoscabar los derechos laborales de este colectivo.

En la línea de erosión de la institucionalidad pública, sobresalen dos proyectos: el Proyecto de Ley de Empleo Público y la reforma de la Ley Orgánica del INA, sin dejar de omitir que a JAPDEVA que prácticamente ya lo cerraron.

El primer proyecto, que en buen español debería nominarse de des/empleo público, tiene el objetivo de someter a la exclusiva gobernanza política y normativa de MIDEPLAN, la totalidad del conjunto del sistema de empleo público: reclutamiento, selección, movilidad, traslados, carrera administrativa, promoción, concursos, formación, capacitación, remuneración y otros.

MIDEPLAN sufre una metamorfosis y se trasmuta en un supra-ministerio, que concentra un poder desproporcionado, a cuyos mandatos imperativos quedan subordinadas prácticamente todas las instituciones, el Poder Legislativo y el Poder Judicial.

Este Leviatán hace añicos la independencia de poderes y la autonomía constitucional de la CCSS, universidades estatales y las municipalidades, reducidas a caricaturescas unidades ejecutoras de las directrices, lineamientos, procedimientos y resoluciones de SUPRAMIDEPLAN.

En el otro proyecto se pretende reformar la Ley Orgánica del INA, que ha jugado un papel fundamental en la formación y capacitación técnica de la clase trabajadora, cuyo objetivo es la externalización de los servicios que presta esta institución y la privatización de la relación de empleo de sus servidores.

En la línea de afectación directa de los derechos de las personas que laboran en el sector público, tenemos un emergente aluvión de proyectos, entre los cuales sobresalen, sin la intención de agotar el señalamiento de los tantos que conforman la saga de proyectos que se agolpan en la corriente legislativa, los siguientes: congelamiento de las anualidades 2021-2022, derogatoria de los regímenes de pensiones complementarias de trabajadores y trabajadoras de varias instituciones (CCSS, BCR, BN, ICE, ICT, JPS).

No podríamos dejar de mencionar la versión más creativa de estos proyectos: la reducción del 15% de la jornada de los funcionarios públicos que devengan una remuneración bruta mensual por lo menos de 1.500.000 colones, por un período de 12 meses, un verdadero despropósito, un impuesto disfrazado con lentejuelas, cuestionado por diferentes sectores, hasta incluso por partidos políticos que han hecho mancuerna con el Gobierno en la aprobación de aquellas leyes.

Todas estas iniciativas se han promovido y ejecutado de manera unilateral, inconsulta, cerrando todo espacio de interlocución a los actores sociales interesados.

No queda, entonces, la menor duda de la nula voluntad de diálogo y legitimidad democrática de este Gobierno, que en esta crisis desafortunadamente nos está llevando por un callejón al borde del despeñadero: en el ámbito del empleo, en el campo laboral, social, económico y productivo, que ojalá que en el orden sanitario, en definitiva, podamos salir bien librados de esta fatídica pandemia.

 Así las cosas, no es aventurado sostener que estamos llegando a una situación muy crítica, a un punto de inflexión, donde más allá de esta línea probablemente no habrá retorno.

La crispación social sube la intensidad del tono y las circunstancias podrían desbordarse, como la misma pandemia, las cuales exigen que el Gobierno de la República vuelva por el camino de la restauración democrática y se comprometa francamente en un proceso de diálogo con los actores sociales, cuyo objetivo debe ser la recuperación del empleo, mantener la sostenibilidad de los salarios de los trabajadores, la reactivación y la eficiencia económica y además, la construcción de un escudo social que proteja a la gente en condición social vulnerable, los siempre condenados de la tierra.

No es ocioso recordar, por aquello que a algún político desmemoriado se le haya olvidado, que la Constitución Política establece que Costa Rica es una República libre, democrática e independiente, sustentada en los principios de participación ciudadana y en la provisión de los servicios públicos.

El Diálogo Social es inherente a esta configuración democrática de nuestro ordenamiento constitucional, que además tiene respaldo en el Convenio N° 98, N° 144, N° 154 y varias recomendaciones de OIT.

En este aspecto es pertinente recordar los señalamientos del Comité de Libertad Sindical de OIT:

“356.- (…) El Comité llama la atención sobre la importancia que atribuye a la promoción del diálogo y la consulta en las cuestiones de interés común entre las autoridades públicas y las organizaciones profesionales más representativas del sector de que se trate», así como «el interés de consultar a las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la preparación y elaboración de una legislación que afecta a sus intereses». El Comité subraya a este respecto la importancia de consultas detalladas y de que las partes tengan suficiente tiempo para preparar y expresar sus puntos de vista y, discutirlos en profundidad. El Comité subraya también que el proceso de consulta en materia de legislación contribuye a que las leyes, programas y medidas que las autoridades públicas tengan que adoptar o aplicar tengan un fundamento más sólido y sean mejor respetados y aplicados; en la medida de lo posible el Gobierno debería apoyarse en el consentimiento general ya que las organizaciones de empleadores y de trabajadores deben poder participar en la responsabilidad de procurar el bienestar, y la prosperidad de la comunidad en general [Informe N° 368 de Comité de Libertad Sindical, que remite a Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, quinta edición, 2006, párrafos 1067 y 1072].

La OIT, en el Marco de las políticas de lucha contra el COVID-19, estableció que el Diálogo Social “en todo momento, promueve la participación democrática en el proceso de formulación de políticas de las personas más directamente afectadas; pero en momentos de crisis, cuando hay mucho en juego, esa participación resulta aún más importante.”

El Diálogo Social es un cauce de mediación democrática, que sustenta la legitimidad de las políticas públicas, las decisiones gubernamentales y legislativas, que tanto se echa de menos en esta Administración.

En esta durísima crisis que estamos atravesando, ahora más que nunca, antes que –parafraseando a Saramago- nos hundamos hasta la mierda y perdamos el optimismo que aun nos queda de reserva, es imperioso articular un proceso real de Diálogo Social.

En definitiva, es necesario pactar, de manera impostergable, una hoja de ruta tendiente a buscar una salida democrática de la crisis, en procura de un gran acuerdo de reconstrucción social y económica, destinado a refundar el Estado Social y Democrático, proceso en el que deben tener participación los actores sociales y representaciones de pequeños y medianos empresarios, agricultores, a quienes se les ha martillado de golpe en seco y trasladado exclusivamente el riesgo y el costo de esta crisis sobreviniente.

En este trance de crisis de la cohesión social, del tejido productivo y no menor tensión de la legitimidad democrática, el diálogo social no puede ser enervado o suplido por la gobernanza unilateral, excluyente y autoritaria, acompañada de la infaltable represión policial cuando es necesaria, que ha sido hasta ahora la única receta del formulario oficial del Gobierno de la República.

El giro de 180° hacia el Diálogo Social es una opción política que el Gobierno del Bicentenario debe seriamente valorar, en función del desarrollo humano, la dignidad de las personas y el bienestar general de las grandes mayorías.

18/07/2020

El Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo no volverá a ser igual

“Ayer en mi turno de trabajo comprobé, por primera vez, cómo la vida y la muerte se miran en un parpadeo.” (Fátima, Enfermera de UCI de un Hospital de Madrid)

Manuel Hernández

Hoy, 28 de abril, se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Este día se celebra en el inédito escenario de una crisis global sanitaria, extendida vertiginosamente a todos los confines del planeta, que está causando una grave disrupción del mundo del trabajo.

Ya se estiman 200 millones de empleos que se han destruido y otros tantos de millones de personas que perdieron sus ingresos, cuyos sistemas de protección social, donde existen, no han logrado dar una respuesta institucional adecuada, efectiva y oportuna.

La pandemia, por una parte, ha alentado un renovado pensamiento, un repensar del valor central del trabajo, como categoría fundamental del tejido social, productivo y la importancia de los derechos del trabajo, la ciudadanía del trabajo.

Pero por otra parte, ha evidenciado la necesidad e importancia de fortalecer los sistemas de protección laboral y social de los trabajadores, tan frágiles que volaron con el primer estornudo de la fatídica enfermedad.

En nuestro país, el covit19 ha puesto en la superficie la vulnerabilidad del modelo de prevención y seguridad de las personas trabajadoras, no solo en el sector público, sino aun más, en el sector privado de la economía, en que los empresarios, aun en tiempos de pandemia, no están dispuestos a sacrificar sus tasas de ganancia, aunque sea a expensas de la salud y vida de los trabajadores.

En este escenario emergente, es necesario revisar, articular y fortalecer las políticas y las medidas de protección de la clase trabajadora, entre las cuales destacan las siguientes:

1.- La protección de los y las trabajadoras tiene que ser asumida integralmente dentro de las políticas de salud pública.

La tutela de las personas trabajadoras tiene que ser declarada un objetivo supremo del Estado.

Los propios sindicatos tendrán que asumir y priorizar en sus objetivos estratégicos, la transversalidad de la promoción y defensa de la salud ocupacional.

2.- Es necesario revisar y actualizar las disposiciones del Código de Trabajo, que en esta materia datan de hace casi 40 años, con la finalidad que brinden una cobertura adecuada y eficiente a estas contingencias y desastres que impactan el mundo del trabajo.

La legislación de riesgos de trabajo debe tener un enfoque más centrado en la prevención y protección de los trabajadores y además, replantearse la definición de los riesgos que supere la tradicional y estrecha concepción del accidente y la enfermedad de trabajo.

3.- Es urgente fortalecer el Diálogo Social y la participación de los órganos paritarios de los trabajadores y patronos en la materia.

El Consejo de Salud Ocupacional (CSO) es un órgano de composición tripartida, regulado en el papel del Código de Trabajo, que le compete la rectoría específica de la salud ocupacional.

El CSO padece, desde hace mucho tiempo, de una severa y crónica anemia, cuya falta de liderazgo e incidencia institucional es notoria y manifiesta en esta emergencia sanitaria, que trastoca el conjunto del sistema de relaciones laborales.

Tan es así que el CSO de facto fue remplazado, con la complacencia o inacción de sus integrantes directores, por un grupo de trabajo de la Comisión de Inversión Productiva, conformado exclusivamente por representantes del sector institucional y el sector privado, que promulgó la Guía para la prevención, mitigación y continuidad del negocio por la pandemia COVIT-19 en los centros de trabajo.

Esta herramienta define los lineamientos generales de prevención de salud de los trabajadores, subordinando las medidas preventivas y de protección a las necesidades prioritarias de la continuidad del negocio de las empresas.

Resulta insólito que esta atribución se la haya arrogado ese grupo de trabajo, contra legem, que no tiene ninguna representación de los trabajadores, pero que además es propia de la competencia del CSO.

Por otra parte, las comisiones de salud ocupacional, órganos paritarios de la mayor importancia, creados en la legislación laboral, desde que empezó esta emergencia, los tienen silenciados y pegados a un respirador mecánico.

Es necesario que estas comisiones mixtas recuperen su rol y potencien su participación en las empresas e instituciones, conforme el mandato legal que tienen.

Ahora que oficialmente se anunció la vuelta paulatina y escalonada a la regularidad de la actividad productiva y comercial, las comisiones de salud ocupacional tienen que salir de las UCI y participar activamente en el diseño de los protocolos de protección y vigilancia permanente de la salud y seguridad de los y las trabajadoras.

4.- En estos tiempos de emergencia sanitaria, la función de la Inspección de Trabajo se ha destinado a sacar a flote los intereses económicos de los empleadores y empresarios.

La Inspección de Trabajo tiene que recuperar su misión natural de tutela de los derechos laborales y protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

Este fue el origen del Derecho del Trabajo, de la mano con la Inspección de Trabajo.

En el presionado retorno a la actividad productiva, la Inspección de Trabajo debe salir de las oficinas en las que la tiene confinada la patronal, dedicada a dictar masivamente resoluciones administrativas de suspensión de los contratos y reducción de las jornada de trabajo, y volcarse de lleno a velar que en los centros de trabajo se cumplan los requerimientos que aseguren efectivamente la protección de la seguridad y salud de las y los trabajadores.

5.- Es necesario que Costa Rica apruebe el Convenio N° 155 de OIT, sobre la seguridad y salud de los trabajadores (1981), que tiene por objeto asegurar que el ámbito de aplicación de la política, la legislación y prácticas nacionales, en este campo, sea lo más amplio y completo posible.

6.- A nivel de OIT, los sindicatos tendrán que reivindicar, a la misma altura de la libertad sindical, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación, la incorporación en la Declaración de los principios y derechos fundamentales en el trabajo (OIT/1998), la protección de la seguridad y salud en el trabajo.

Por último, pero no por esto menos importante, no podría dejar pasar un día como hoy, sin transmitir mi profundo agradecimiento a todas las personas trabajadoras, que durante todo este tiempo que llevamos confinados, al borde del hastío, nos han asegurado la continuidad del funcionamiento de la sociedad.

Mi reconocimiento a las imprescindibles personas del trabajo doméstico remunerado, cuido de personas, por cierto, las ocupaciones peor remuneradas, de eso que mercantilmente llaman el mercado del trabajo, compuestas mayoritariamente por mujeres, a las indispensables trabajadoras y trabajadores del transporte público de personas y mercancías, servicios de cuerpos de policía, bomberos, acueductos, energía, telecomunicaciones, periodistas, los infaltables recolectores municipales de basura, dependientes de negocios, farmacias y otros colectivos esenciales tantos más, y especialmente al personal de la salud, que codo a codo, durante las interminables horas de sus extenuantes jornadas, acometen desde sus trincheras de esperanza el virus letal.

Esta efeméride, el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, por mucho tiempo tristemente desconocido, no volverá a ser el mismo, cuya importancia fue rescatada por la trágica pandemia.

28/04/2020

La gobernanza de las relaciones laborales en la pandemia

Ojalá que el virus nos haga salir de la caverna, la oscuridad y las sombras” (E. LLedó)

Manuel Hernández

  • La proscripción de la participación de los sindicatos y la contribución normativa del subgrupo de trabajo de la Mesa de Infraestructura Productiva

1.– El tema y objeto de esta entrega

Ahora que las autoridades del Ministerio de Salud esperan hacer un giro de tuerca y flexibilizar las medidas sanitarias, tendiente a normalizar la actividad productiva y “un retomar organizado” y controlado de las actividades comerciales, que prometedoramente se anticipó que se anunciará el lunes de la próxima semana, en la infaltable y aséptica conferencia de prensa del medio día, cuya primicia ha generado mucha expectativa, es pertinente y oportuno, después de más de un mes de aciaga pandemia, tratar de hacer un intento jurídico, que es mi trinchera, de análisis y caracterización del manejo de la gobernanza de las relaciones laborales, en estos tiempos tan difíciles e inciertos.

2.– La importancia y urgencia del diálogo social

La cuestión tiene que ver con la importancia y urgencia del diálogo social, la participación de los agentes sociales y la intervención de los órganos paritarios o tripartitos radicados en nuestro ordenamiento, en materia relaciones laborales, prevención y protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

La OIT estableció en el Marco de las políticas de lucha contra el COVID-19, que el Diálogo Social constituye uno de los pilares fundamentales, dirigido a fortalecer la negociación colectiva, las instituciones y los mecanismos de relaciones laborales.

Desde luego que el asunto tiene que ver, en definitiva, con la gobernanza democrática de las relaciones de trabajo.

3.- Algunas experiencias internacionales de gobernanza laboral

Pero antes de cumplir mi objetivo, no deja de ser relevante, aunque sea de manera muy general, reseñar la experiencia de algunos países de Europa y América Latina, en los cuales los agentes económicos, pero no sólo los productivos, sino también los agentes sociales, han tenido una significativa participación en la determinación conjunta de la protección del empleo, los salarios y la salud de las y los trabajadores, hasta donde políticamente ha sido posible.

En algunos de estos países, incluido Argentina, se llegó hasta la prohibición del despido, por motivos de fuerza mayor o causas económicas relacionadas con la pandemia del covit-19.

En Italia, por ejemplo, los sindicatos CGIL, CISL y UIL pactaron con la patronal un acuerdo de 13 puntos, que contiene medidas para proteger la seguridad y salud de los trabajadores (control de ingreso al centro trabajo, limpieza y saneamiento de locales de trabajo, precauciones higiénicas, uso de mascarilla y guantes, vestuarios, tiempos de entrada y salidas escalonados, comité de aplicación del protocolo, entre otras).

En España, los principales sindicatos de trabajadores (CCOO Y UGT) y la patronal (CEPYME Y CEOE), desde el principio de la pandemia, celebraron un sustantivo acuerdo que contiene un conjunto de medidas extraordinarias para abordar la problemática laboral generada por el coronavirus.

Ahora que varios países de Europa llegaron al punto alto o pico y se está aplanando la famosa curva, con lamentable pérdida de tantas vidas humanas, la negociación colectiva tiende a volcarse y priorizar en la definición de las condiciones y medidas laborales atinentes a la vuelta de la reactivación de la actividad económica y normalización del funcionamiento del aparato productivo, garantizándose el papel activo de los sindicatos, como tiene que ser en un ordenamiento democrático, en el diseño de protocolos, control y cumplimiento de las medidas de protección de las y los trabajadores.

La discusión está enfocada en la consecución de un equilibrio, hasta donde sea posible pactarlo, entre la protección de las y los trabajadores y la regularización de la actividad productiva.

En Uruguay, en el ámbito del comercio y la industria de la construcción se han celebrado importantes arreglos. El sindicato de la construcción SUNCA pactó con la Cámara de la Construcción un acuerdo que establece las condiciones del retorno de operaciones de esta actividad y las medidas de protección y seguridad de los trabajadores para mitigar el contagio.[1]

No deja de ser interesante un acuerdo global que pactó esta misma semana, la Confederación Sindical Internacional (CSI), IndustriALL y la Organización Internacional de Empleadores (OIE), cuyo objetivo es construir un espacio para el desarrollo de medidas dirigidas a proteger los ingresos de los trabajadores de la industria de la moda y las empresas integradas en la cadena mundial de producción y suministros, con la finalidad de mitigar los efectos del COVID-19.

A este acuerdo se han adherido fuertes empresas del sector, como Inditex, C§A, Adidas, Primark, Bestseller, Tchibo, Zalando y otras.

4.- La gobernanza de las relaciones laborales en Costa Rica en el escenario de la crisis sanitaria

Mientras en otras latitudes se ha venido gobernando así las relaciones laborales, ciertamente en un escenario inédito, complejo y dinámico, marcado de tensiones entre los intereses patronales y los trabajadores, entre el poder de dirección del patrono y la autonomía colectiva, en nuestro país, el manejo de la crisis ha sido radicalmente no sólo distinto, sino diametralmente opuesto.

El tratamiento político de la emergencia sanitaria se ha caracterizado por una gobernanza unilateral de las relaciones laborales –mejor dicho, relativamente unilateral, por el motivo que se expone en el próximo acápite-, cuya nota más relevante consiste en la exclusión total de la participación de los sindicatos, pero no sólo de los sindicatos, sino además, en la eliminación de los foros institucionales establecidos en nuestro ordenamiento, particularmente en materia de salud ocupacional.

5.– Las medidas laborales de emergencia

Hagamos un ligero repaso de las medidas laborales más significativas, tratando de enfocarnos, no tanto en su contenido, que ya abordé en varios artículos precedentes[2], sino más bien centrándonos en la forma en que se instrumentaron esas medidas, prácticamente sin ninguna resistencia.

Los invito a que realicemos una rápida revista de las principales medidas de carácter laboral impuestas.

La ley que licenció la reducción de la jornada de trabajo, por voluntad unilateral del patrono, con la consecuente disminución proporcional hasta de un 75% de los salarios, se aprobó a expensas de un procedimiento legislativo, fast track y a la carta, a instancia del Poder Ejecutivo, sin que se concediera ninguna instancia de participación a los sindicatos.

La creativa y generosa normativa reglamentaria promulgada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, estableció un mecanismo ultra rápido y unilateral de suspensión de los contratos y reducción de las jornadas de trabajo, que se estableció también sin conceder, por lo menos, audiencia previa a los sindicatos.

Pero hasta aquí no llega esta política de Estado de corte unilateralista.

6.- La defenestración de los órganos tripartitos y paritarios en salud ocupacional

Cómo si lo anterior no fuera poco, el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) ha sido confinado a una participación simbólica, prácticamente sustituido por un grupo ad hoc de trabajo institucional, con participación del sector privado, que de facto asumió la rectoría de la salud ocupacional.

Las comisiones de salud ocupacional, que por mandato de ley deben funcionar en todas las empresas e instituciones, integradas paritariamente por representantes del patrono y trabajadores, fueron inutilizadas, bloqueadas, que sólo están a la espera que algún samaritano les retire el respirador mecánico, que les conectaron desde que empezó la pandemia.

7.- El cogobierno de los empresarios y patronos

Toda esta política sistemática de interdicción de la Libertad Sindical, la negociación colectiva, la exclusión de la participación de los sindicatos y la defenestración del órgano tripartito (CSO) y los bipartitos en materia de salud ocupacional, contrasta ostentosamente con el co-gobierno y la participación hegemónica del sindicato patronal UCCAEP.

Este sindicato corporativo asumió un rol conductor y determinante en la emisión de aquella ignominiosa ley de rebajo de jornadas, en la reglamentación inconsulta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con base en la cual, como he dicho en artículos anteriores, las autorizaciones administrativas de suspensión de los contratos y reducción de jornada de trabajo, se editan masivamente como rotativos de periódicos impresos.

Ya llevamos al hilo, de acuerdo con el corte de la Inspección de Trabajo, de 20 del mes en curso, cuya misión es -por contrario a lo que ha hecho- velar por los derechos de trabajadores, más de 39.000 personas trabajadoras, con contratos “temporalmente” suspendidos y más de 71.000 a quienes se les redujo la jornada de trabajo y los salarios.

La suspensión “temporal” de los contratos de trabajo, hasta por un período de tres meses, prorrogables por un período igual, configuran materialmente despidos encubiertos, que han sido cohonestados por esa normativa de muy dudosa constitucionalidad y legalidad, para favorecer los intereses del empresariado costarricense y transnacional.

8.- El grupo de trabajo de la Mesa de Infraestructura Productiva: el golpe de facto al CSO y las comisiones de salud ocupacional

Pero en esta entrega, para ir cerrando, quiero concentrarme en un tema, que me permito llamar poderosamente la atención de las y los lectores, ampliamente desconocido, que no podría dejar pasar inadvertido, expresión de esa política de Estado de carácter unilateral y antisindical.

En el seno de la Mesa de Infraestructura Productiva se aprobó la “Guía para la prevención, mitigación y construcción del negocio para la pandemia COVIT-19 en los Centros de Trabajo”.

Esta guía define los lineamientos generales orientados al empresariado, para que implemente las medidas de prevención de salud de los trabajadores, desde la lógica la continuidad de las operaciones de las empresas.

La guía fue elaborada por esa instancia, integrada exclusivamente por varias autoridades institucionales, representantes y asesores del sector privado.

La guía comprende tres áreas: recurso humano, implementación de protocolos y condiciones de trabajo.

El instrumento es bastante extenso del cual se pueden inferir las siguientes conclusiones:

En primer lugar, fue elaborado por un grupo de trabajo, con representantes del sector privado, que excluyó totalmente la participación de los representantes de las y los trabajadores.

La guía contiene medidas concernientes a las condiciones de trabajo, implementación de protocolos, obligaciones que deben cumplir las y los trabajadores y otros aspectos relacionados con el recurso humano, que son del interés natural de la clase trabajadora; por lo que resulta totalmente insólito que ese instrumento se haya construido privándose a la representación de los trabajadores toda clase de intervención.

No puede ser que un grupo institucional, conjuntamente con representantes del sector privado, regule esta importantísima materia, de la mayor trascendencia de la clase trabajadora, dejando por fuera a las representaciones sindicales.

La segunda conclusión a la que uno puede llegar es que las medidas de protección de los trabajadores quedan subordinadas a las necesidades prevalecientes de preservación del tejido empresarial y la continuidad de operación de las empresas: “orientar al empresariado costarricense hacia una cultura de prevención en sus centros de trabajo, desde una lógica de continuidad del negocio.”

Es decir, se privilegia el interés económico y productivo de las empresas, sacrificando el interés público fundamental de tutela de la vida y salud de los y las trabajadoras.

Esto es sumamente grave, pero responde a esa “lógica” empresarial que privilegia las ganancias del capital, a costa de los intereses supremos de la clase trabajadora.

En tercer lugar, lo cual no es menos grave, las competencias que por ley le corresponden al Consejo de Salud Ocupacional, fueron asumidas por ese grupo de trabajo, que con participación de autoridades del Ministerio de Trabajo y otras instancias institucionales, consintieron que esas atribuciones se las arrogara, contra legem, ese grupo de trabajo con participación determinante y exclusiva del sector privado.

9.- Un virus contagioso de la democracia

En conclusión, la gobernanza de las relaciones laborales se ha manejado de manera unilateral, a merced de un ejercicio autoritario del poder político, al mejor estilo neoliberal, al que ya, a fuerza de tanta normativa heterónoma, nos quieren acostumbrar.

El coronavirus pareciera que convenientemente está hecho a la medida de los grandes intereses económicos del empresariado y sus interlocutores políticos, que se aprovechan de la pandemia para reforzar todavía más su sistema de dominación política y económica.

El profesor Cas Mude, autor del libro “La extrema derecha de hoy”, (Polity Press, 2019) a propósito de las medidas extraordinarias que el Gobierno de EEUU aprobó a raíz del 11 de setiembre de 2001, se planteó tres preguntas, que resulta legítimo hoy rescatar y testearlas a la aplicación de aquellas medidas laborales de emergencia:

¿cuál es la contribución efectiva y real que tienen esas medidas en la lucha contra el coronavirus?,

¿cuáles son las consecuencias que tienen para la democracia?, y por último:

 ¿cuándo serán abolidas?

No existe la menor duda que el coronavirus plantea un serio desafío para el sistema democrático.

26/04/2020

Imagen: https://blog.powerdata.es/el-valor-de-la-gestion-de-datos/ataque-cibernetico-como-protegerte-con-ia

[1] El acuerdo firmado el 12 de abril, establece, entre otras estipulaciones, que los trabajadores que no tengan acceso al subsidio por enfermedad, durante la cuarentena tienen derecho a 16.377 pesos, los trabajadores con enfermedades preexistentes a una partida de 23.822 pesos mensuales, hasta por un máximo de 2 meses, incluidos aquellos trabajadores mayores de 65 años que no tengan acceso al susidio por enfermedad. El protocolo pactado estipula que el personal que trabaje en cuadrillas debe mantenerse a una distancia mínima de un metro, la obligatoriedad del uso de la mascarilla, que las herramientas deben estar desinfectadas previo a su uso, rutinas de lavado de manos, focalizarse únicamente en el lugar de trabajo de trabajo de la cuadrilla, entre otras.

[2] Pueden consultarse de mi autoría los siguientes artículos acerca del contenido de las medidas laborales de emergencia: La distribución de los riesgos laborales, sociales y económicos de la pandemia, La participación autónoma y orgánica de las personas trabajadoras en la lucha contra la pandemia, Dos rutas políticas muy diferentes para mitigar la situación de las personas trabajadoras, Trabajo doméstico remunerado, Reducción de la jornada laboral y suspensión contractual, Suspensión exprés y a la carta de los contratos de trabajo, Neoliberalismo en tiempos de pandemia, El procedimiento extraordinario de suspensión de los contratos de trabajo, y Pandemia y suspensión de los contratos de trabajo (2020).

 

 

Mesa virtual de diálogo: #NoContagiemosAlEmpleo en América Latina

La Oficina de la OIT para América Latina y el Caribe le extiende la invitación a participar en una conversación virtual sobre el desafío de reconstruir los mercados de trabajo de la región, enfrentados a una crisis sin precedentes como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

Descripción:

En esta Mesa virtual de diálogo los panelistas se referirán, desde diversas perspectivas, a los impactos socio-laborales y medidas adoptadas para proteger la actividad económica, los puestos de trabajo y los ingresos.

Los países de la región enfrentan el desafío de generar nuevos empleos y recuperar los que existían, las empresas deben volver a funcionar a plenitud, las personas deben contar con protección y derechos para enfrentar la crisis del trabajo, y los motores de la economía deben volver a funcionar.

La Mesa virtual de diálogo de este 14 de abril tendrá una duración de una hora, entre las 10 a.m. y las 11 a.m. de Lima (UTC/GMT -5).

 

Enviado por Tyronne Esna Montero.

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