Colegio de Enfermeras se pronuncia ante el cambio del intervalo de pago del salario
El Colegio de Enfermeras envió una carta a la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social debido al cambio en el intervalo de pago del salario. El pago tendría un cambio de bisemanal a uno mensual con adelanto quincenal.
Desde el Colegio, una nueva modalidad podría perjudicar a sus funcionarios y sus ordenamientos de finanzas, por ende, las relaciones familiares y el ambiente laboral en la institución.
En la carta se expone:
1) Que el artículo 14, inciso a), del Convenio sobre la protección del salario (núm. 95), establece que “Se deberán tomar medidas eficaces, cuando ello sea necesario, con objeto de dar a conocer a los trabajadores en forma apropiada y fácilmente comprensible: (a) antes de que ocupen un empleo o cuando se produzca cualquier cambio en el mismo, las condiciones de salario que habrán de aplicárseles;”.
Por lo que es necesario proceso de inducción, dirigido al personal de Enfermería que labora en esa Institución, a fin de que se le informe, de manera eficaz, apropiada y comprensible, sobre los cambios que se pretenden realizar en el intervalo de pago del salario.
2) Por jurisprudencia de la Sala Constitucional, todas las modificaciones que se pretendan realizar a una Convención Colectiva, deben llevarse adelante mediante el correspondiente procedimiento laboral de denuncia, o en su defecto, mediante un proceso de lesividad. Esto como resultado del apego de las partes, patronal y laboral, al principio de buena fe en los negocios.
3) No omite advertir esta Fiscalía, que ante los graves perjuicios que se generen a los trabajadores de esa Institución autónoma, como resultado del cambio en el intervalo de pago del salario, los que esa Administración ha reconocido, quedan facultados los profesionales de Enfermería para interponer las correspondientes demandas laborales por ejercicio abusivo de ius variandi así como por la violación al citado Convenio 95 de la OIT (Ley N° 2561).
Puede leer la carta completa en el archivo adjunto.