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Etiqueta: función judicial

¿Tomar el Poder Judicial?

José Manuel Arroyo Gutiérrez

El Poder Judicial democrático es ejercido por cada una de las personas jueces y juezas de la República. De manera que, desde el juez contravencional del lugar más remoto del país, hasta quienes ejercen la magistratura en la Corte Suprema, son todos Poder Judicial.

También tiene que estar claro que, en el ámbito de sus competencias, cada juez tiene plena posibilidad para decidir según su ciencia y conciencia, no tiene “jefes” que lo obliguen o condicionen a resolver de determinada manera, y sus resoluciones solo pueden ser corregidas o declaradas ineficaces conforme los recursos que existan para ello.

Puede entenderse entonces que esta verdad sea de imposible comprensión para una mentalidad autocrática, convencida de que el poder sólo se puede ejercer ordenando, conminando y hasta gritando o insultando para imponer su criterio.

El principio de división de poderes no solo tiene que ver con la separación funcional entre Legislativo, Ejecutivo y Judicial, sino que se trata de un principio que involucra a otros órganos con misiones especiales como el Tribunal Supremo de Elecciones para organizar, dirigir y determinar los procesos electorales, y la Contraloría General de la República en la vigilancia y control de la legalidad de la hacienda pública.

Pero además la división de poderes desciende, transversalmente, a lo interno de todo el sistema republicano y de cada poder en particular. Por eso hay decisiones que no puede tomar quien ejerce la Presidencia de la República sin que concurra la firma del ministro del ramo, o el criterio del Consejo de Gobierno. Por eso también en el proceso penal, dentro del Poder Judicial, por ejemplo, hay un órgano que investiga y acusa, otro que defiende y jueces imparciales que resuelven.

Nadie, absolutamente nadie, puede decirle a un fiscal, estando legalmente obligado a hacerlo, si investiga o si acusa, o a un defensor si cumple con sus deberes defensivos, o a un juez a que no actúe conforme sus obligaciones.

Decir que ya se han tomado el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo y que sólo falta tomar el Poder Judicial, no es sólo un propósito dictatorial, sino una muestra de ignorancia de cuál es la naturaleza de la función judicial, cómo está distribuida en numerosos actores y cómo esa distribución asegura un funcionamiento democrático de la justicia.

La democracia es el sistema político en el que sus jerarcas tienen el menor poder arbitrario. A todo peso le acompaña un contrapeso. Por esta razón existen los vetos, los resellos con mayoría calificada. las consultas obligatorias, el control de legalidad, el control de constitucionalidad y el control irrestricto de cada facultad para evitar el abuso de poder y el atropello a los derechos fundamentales de las personas.

“Tomar” el poder judicial no es tan sencillo como controlar la Corte Suprema mediante magistraturas dóciles o adeptas, siempre existirán jueces y juezas que preserven su integridad y no se amedrenten, ni se vendan.