De los símbolos patrios y su uso ante el Mes de la Patria
Vladimir de la Cruz
El Mes de la Patria, que se celebra tradicionalmente durante el mes de setiembre, asociado a la Declaración de la fecha de Independencia de Guatemala, del 15 de setiembre, que sirvió de detonante para que cada Provincia que integraba la Capitanía General de Guatemala, con conocimiento de esa decisión, así se pronunciara.
La noticia de ese acontecimiento llegó a Costa Rica, el 13 de octubre, acompañada de la Declaración de Independencia, del 28 de setiembre, tomada en Nicaragua, la conocida por su expresión de declarar su Independencia “hasta que se aclararen los nublados del día”, lo que rectificaron el 11 de octubre.
A partir del 13 de octubre en el país el último gobernador colonial, Juan Manuel de Cañas, no pudo ocultar la noticia de la desintegración colonial que estaba sucediendo en el Virreinato de México y en la Capitanía General de Guatemala, a los cuales pertenecíamos. La puso en conocimiento de los pueblos con la intención de que nombraran delegados para reunirse en Cartago, la capital de la Provincia de Costa Rica, en aquellos años, el 29 de octubre para tomar la decisión correspondiente.
Así en Cartago se reunieron las autoridades políticas más importantes de Costa Rica, en ese momento, junto a los delegados de Ujarrás,
Alajuela, los Legados de San José, Heredia, Barba, delegados de los Ayuntamientos Bagaces, y ese 29 de octubre declararon la “Independencia absoluta del Gobierno español”.
De seguido, como lo hicieron las provincias de la Capitanía General de Guatemala, se dispuso “observar la Constitución y las Leyes que promulgue el Imperio Mexicano”, de Agustín de Iturbide, integración que no llegó a concretarse, dando campo al desarrollo que desde 1824 hasta 1838 funcionó con nuestra presencia, las Provincias Unidas del Centro de América y la República Federal de Centroamérica.
En 1824 el Congreso Federal resolvió establecer la fecha del 15 de setiembre como una fecha a celebrar en toda la Federación, a la vez que se debía celebrar la fecha en que cada Provincia, o Estado, en ese momento, debía celebrar la propia, El Salvador el 21 de setiembre, Honduras el 28 de setiembre, Nicaragua, el 11 de octubre y Costa Rica el 29 de octubre.
Desintegrada la República Federal, el 31 de agosto de 1848, el Dr, José María Castro Madriz, declaró siguiendo un acuerdo del Congreso Nacional, del 30 de agosto, la República de Costa Rica recogiendo las iniciativas que en ese sentido habían propuesto un grupo de municipalidades.
El Mes de la Patria, que se celebra, así debería arrancar con la fecha del 30 y del 31 de agosto de 1848, cuando el Congreso Nacional tomó la decisión, a iniciativa de ese grupo de municipalidades, de declarar la República de Costa Rica, lo que el 31 de agosto afirmó y así lo proclamó en definitiva el Dr. José María Castro Madriz, dejando de usarse el término Estado de Costa Rica, nombre que habíamos tenido dentro de la República Federal.
Si el Mes de la Patria está asociado a esa fecha de la Independencia, bien debe prolongarse su celebración, como realización de actividades cívicas y protocolarias, conmemorativas a la identidad de nuestro país, de nuestra Nación y de nuestro sistema democrático, hasta el mes de octubre, para que quede cubierta la fecha del 29 de octubre, cuando en Cartago se proclamó y decidió, como capital que era de la Provincia de Costa Rica.
Las celebraciones que se realizan durante este mes exhiben banderas de Costa Rica, en todos los establecimientos escolares, edificios públicos, en todas las casas, empresas e instituciones de distinto tipo, que de esa manera se unen a la celebración. Cuando no se ponen banderas se exhiben los colores de la bandera, azul, blanco y rojo, Bandera Nacional también establecida por el Dr. José María Castro Madriz, que son los colores de los revolucionarios franceses de 1789, establecidos también en la Bandera de Francia.
La Bandera Nacional como Símbolo Patrio es el más distinguido de todos los símbolos existentes, es el que más nos representa a todos los costarricenses, y a Costa Rica en el concierto internacional de las Naciones. La Bandera Nacional desde su origen, el 29 de setiembre de 1848, ha permanecido inalterable, invariable, como ha sucedido de igual manera con la música del Himno Nacional, aprobada en el gobierno de Juan Rafael Mora Porras, escrita e interpretada el 11 de junio de 1852.
Los Símbolos Mayores de nuestra Patria son la Bandera Nacional y el Escudo Nacional, que nació con la Bandera, el Pabellón Nacional, que es la integración de la Bandera y el Escudo, la Música y la Letra del Himno Nacional. Desde 1939 se han creado otros símbolos nacionales MENORES, cuando
Los Símbolos Nacionales tienen normas de uso que deber seguirse y de respetarse. Es importante tenerlas presentes, especialmente en este mes, que se populariza al extremo su uso.
Entre las normas, o reglas que deben acatarse con la Bandera, están las siguientes:
1.- No se puede usar para cubrir tribunas de ningún tipo. Cuando en un acto, reunión o actividad cívica, no hay tribuna se coloca a la derecha del lugar de honor o de más distinción en que pondrá.
2.- La bandera nunca debe usarse, en ninguna forma, como colgadura. En su lugar se usa estameña roja, blanca y azul.
3.- Cuando flota o se coloca junto con las banderas de provincias, ciudades o sociedades se debe poner más alto y en el centro
4.- La Bandera nunca se debe desplegar sucia, rota, deshilachada o desteñida. Tampoco puede guardarse rota, sucia o con daño alguno. A la hora de desplegarse o izarse hay que asegurarse que no se le producirá daño alguno.
5.- La Bandera nunca debe usarse como traje.
6.- No se le puede bordar la Bandera en cojines, tapetes, manteles, servilletas o pañuelos, en etiquetas de botellas o cosas de uso temporal, ni tampoco en propaganda política.
7.- No debe servir de anuncio, ni propaganda comercial de ningún género.
8.- No se le pueden poner, ni debe tener, inscripciones ni letras de ninguna naturaleza. Es usual grabarle “Costa Rica”, lo que no debe hacerse.
9.-No se le puede destinar a usos impropios ni se le puede poner nada encima, ni pegarle figuras, diseños, logos, insignias comerciales o de cualquier tipo.
10.- La bandera debe no puede estar en contacto con lo que esté debajo de ella, suelo, basuras, agua, o lo que sea.
11.- La bandera no se puede usar como cortina.
12.- La bandera no se puede exhibir plegada, sino que siempre debe tener una caída libre
13.- Sobre la Bandera, o a su derecha, no se podrá poner ninguna otra bandera.
14.- En las fiestas patrias se debe izar la bandera en todos los edificios públicos.
15.- Por respeto a la Bandera Nacional no debe izarse cuando hay inclemencia climática.
16.- No se debe colocar atrás de los vehículos o los transportes.
17.- Si la Bandera se usa en situaciones de duelo se debe colocar a media asta.
18.- Cuando se usa o se permite su uso para cubrir ataúdes, de grandes personalidades nacionales, éste debe ser llevado hacia adelante y la bandera con las franjas hacia adelante.
19.-Nunca se debe permitir que la bandera entre en la fosa, ni se puede enterrar, ni que toque el suelo. Tampoco se puede usar para cubrir parte de un cuerpo, el corazón por ejemplo, que se le extraiga a un cuerpo para ser enterrado aparte.
20.- En las iglesias cuando está en el presbiterio la Bandera Nacional se coloca al lado derecho del clérigo, dándole el frente a los fieles, y los estandartes religiosos se ponen a su izquierda. Fuera del Presbiterio se pone a la derecha y de frente a los fieles.
21.- Para destruir una Bandera dañada se debe quemar en privado.
La Bandera Nacional como símbolo supremo solo puede ser usada en lo que le es propio, y debe izarse cuando así lo ordene el Poder Ejecutivo.
Una cuestión importante que se debe seguir, con el uso y respeto que se le debe tener a la Bandera Nacional, es la forma de saludarla.
Hay tres formas de saludarla. Una es extendiendo el brazo derecho al frente, al pasar delante de donde está enarbolada; la segunda, colocando la palma de la mano derecha sobre el corazón y, la tercera, colocando el antebrazo derecho en forma horizontal frente a la garganta.
La colocación de la palma derecha sobre el corazón es símbolo de la disposición de arrancarse el corazón y de ofrendar la vida en defensa de la Bandera, la Patria y la Nación en ella representada.
La colocación del antebrazo derecho en forma horizontal frente a la garganta es compromiso de que antes de proferir palabras o pensamientos contra la Patria y la Nación se está en disposición de cortarse la garganta, de que jamás se dirán tales expresiones y de cortarse la cabeza antes que actuar de esa forma.
En todos los casos en que se salude a los Símbolos Nacionales, las personas presentes deben ponerse de pie y dar la cara a la Bandera al momento de hacerlo. Quienes usen sombrero o gorra se la deben quitar y poner en el hombro izquierdo. Los extranjeros presentes en estos actos tienen el deber de ponerse de pie.
Cuando la bandera no esté izada, o no se ice, y se ejecute el Himno Nacional, las personas al saludar este Símbolo, dan la cara hacia donde se entona la música y se ponen de pie.
En el momento en que se despliega la Bandera es cuando se realiza el saludo. Si el Himno se ejecuta cuando ya la Bandera está presente, entonces las personas deben dirigir su cara hacia la bandera y proceder a realizar el saludo, permaneciendo en esa forma hasta el final.
Los símbolos nacionales expresan lo mejor de evolución histórico política de la nación y exaltan la esencia del ser costarricense, de sus momentos de gloria.
Se considera la Bandera como el símbolo más distinguido y preciado de la unidad del pueblo, del patriotismo y la soberanía.
Es ante la Bandera que se realiza el Juramento de las autoridades públicas que lo deben rendir, y se debe saludar a los Símbolos Nacionales con la mayor solemnidad.
El Mes de la Patria debe provocarnos a pensar sobre la Costa Rica que queremos. Debe invitarnos a reflexionar, analizar y decir qué Costa Rica queremos construir en el futuro inmediato y percibir la Costa Rica del largo plazo, la que exige un Pacto Nacional para impulsarla.
Compartido con SURCOS por el autor.