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Etiqueta: Israel

¿Qué tiene en común la UNRWA y el estado de Israel?

Ann Marie Saidy

Los dos son creaciones de las Naciones Unidas. La UNRWA (Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo) ayuda a millones de refugiados en el mundo todos los años. De solo refugiados palestinos, hay 6 millones de personas que dependen de la comida de la UNRWA. Sin ello, morirían de hambre, y rápidamente.

Israel es también una creación de la ONU. El plan en 1947 era hacer dos países, Israel y Palestina, dos naciones que habían coexistido por siglos en ese territorio, en paz, hasta la creación del sionismo cerca del 1917. Palestina nunca se creó. Se creó Israel, que hoy en día desobedece 101 resoluciones de las Naciones Unidas, desafiando a su creador, una y otra vez. El último acto de desafío de Israel es ignorar el llamado del secretario general António Guterres de detener el genocidio contra los palestinos.

Para Israel, la vida humana y la opinión mundial no son importantes. Por ello hay 5.6 millones de refugiados palestinos en la Franja de Gaza, Líbano, Jordania y Siria.

En 1948 la ONU no llegó a establecer el estado de Palestina -parte integral del plan original- y los israelíes privaron a 700,000 palestinos de sus casas, sus negocios, sus fincas, sus olivares, y sus pueblos, y de muchas de sus vidas. Hoy en día los descendientes de ellos son 5.6 millones de personas sin un país, más los millones dispersados por el mundo…

Los mismos residentes de Gaza solamente son 2.3 millones de seres que son refugiados en su propio territorio, en un campo de concentración al aire libre. Son fáciles blancos para los bombardeos israelíes.

Si tiene que contestar o SI o NO, ¿qué diría el mundo si le gusta o no la matanza de 13,000 niños, más los pobrecitos que murieron- sin saber los números- bajo los escombros en Gaza? ¿O la matanza de sus papás y mamás?

¿Cómo es posible que trabajadores para la UNRWA atacaron a Israel el 7 de octubre cuando el Mossad es la agencia de inteligencia más fuerte en el mundo? De eso acusan algunas personas a la UNRWA. No hay comprobación hasta ahora.

Antes de la guerra en Gaza, llegaron 500 camiones al día con ayuda humanitaria y comercial a Gaza. Hoy en día ni los 95 camiones establecidos pueden entrar. Los resultados son obvios. Otros 2,000,000 palestinos en Gaza están en peligro de morir del hambre, o sea, otro genocidio.

¿Por cuánto tiempo podemos leer tal información todos los días sin enfermarnos, sin una psicosis colectiva?

Tal vez Palestina está muy lejos de Costa Rica en la conciencia de muchos. Sin darse cuenta, hay miles de costarricenses, adolescentes, jóvenes adultos, personas de 30, 40, 50, y 60 años que vieron la luz gracias a un obstétrico palestino. El dinámico y amado Dr. Abdulfatah Sasa fue un refugiado palestino que vivió en Costa Rica casi todo su vida. Más allá que su reconocida práctica medica en la CCSS por décadas, él dedicó su vida a explicar la verdad sobre la destrucción cíclica de su gente y país de origen, Palestina. Estuvo conocido por sus discursos en televisión y universidades, y enseño árabe en la UCR. El Dr. Sasa también estableció la primera mezquita en Costa Rica y escribió opiniones para medios nacionales. Quienes le conocieron se acuerdan bien de su gran sonrisa y abrazo y generosidad, sin mencionar su famoso humus que llevó a todas las fiestas.

El doctor se murió hace un año antes de ver esa guerra en Gaza. Espero que del cielo esté viendo que el mundo entero – AL PURO FIN- ha oído su mensaje.

Estamos a la esperanza contra la esperanza, que un buen día devuelvan a los hijos del Dr. Sasa la casa que pertenece a las llaves que él trajo de Palestina en 1948.

PALESTINA LIBRE

Gaza / Israel: breves apuntes sobre el tercer veto de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

«In just over four months in Gaza there have been more children, more journalists, more medical personnel, and more UN staff killed than anywhere in the world during a conflict. Over 150 UNRWA premises have been hit by bombardment or shelling, killing over 390 people, and injuring over 1300. Many reports of UN premises being used by Hamas combatants or by the Israeli army are circulating on social media. The last remaining hospitals are collapsing, and doctors amputate children’s limbs without anaesthetic, which puts pain at a new level for children, their parents, and medical personnel. According to UN experts, famine is imminent«.

Letter of UNRWA ‘ s Chief Philippe  Lazzarini to UNGA ‘ s President, dated Feb 22, 2024 and available (full text)  here.

Carta del Jefe de la UNRWA, Philippe  Lazzarini al Presidente de la Asamblea General de Naciones Unidas, con fecha del 22 de febrero del 2024 y disponible (texto completo) en este enlace.

El pasado 20 de febrero, por tercera vez, Estados Unidos ha recurrido al veto para impedir nuevamente que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas adopte una resolución exigiendo un cese al fuego de carácter humanitario en Gaza (véase comunicado de prensa de Naciones Unidas y comunicado en castellano).  El texto vetado se reproduce al final de esta nota.  

Es notorio observar que en varios de los titulares de medios internacionales de prensa, se ha hecho omisión de la reiteración por tercera vez de un veto de Estados Unidos, y se ha pasado por alto en muchas notas de prensa la reciente decisión del principal órgano judicial de Naciones Unidas sobre el drama inhumano al que Israel somete a la poblacion en Gaza, a la que referiremos en las siguientes líneas.

Un riesgo «plausible» de genocidio en Gaza, confirmado por los jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) desde el 26 de enero del 2024, y un Estado que, desde entonces, sigue desafiando con su accionar insensato en Gaza a la justicia internacional, interpelan a todos los integrantes de la comunidad internacional, y ello desde diversos planos, sea nacional, sea internacional.

A modo de ejemplo, en el plano nacional, el pasado 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional holandesa que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero). 

Foto extraida de nota de prensa del Times of Israel, en su edicion del 12 de febrero del 2024, titulada «Court orders Netherlands to stop F-35 parts delivery to Israel over war on Hamas».

El pasado 23 de febrero del 2024, es desde Naciones Unidas que un extenso grupo de expertos en derechos humanos y mecanismos ha solicitado un cese inmediato de exportaciones de armas hacia Israel. Sobre el particular, véase el texto completo del comunicado oficialcuya lectura completa se recomienda) y en el que se lee que:

«The need for an arms embargo on Israel is heightened by the International Court of Justice’s ruling on 26 January 2024 that there is a plausible risk of genocide in Gaza and the continuing serious harm to civilians since then”, the experts said. The Genocide Convention of 1948 requires States parties to employ all means reasonably available to them to prevent genocide in another state as far as possible. “This necessitates halting arms exports in the present circumstances”, the experts said».

Como ya viene siendo costumbre desde la tarde/noche del pasado 7 de octubre, este importante llamado colectivo hecho desde Naciones Unidas exigiendo frenar el accionar militar de Israel en Gaza, fue escasamente difundido en los grandes medios de prensa internacionales.

Breve puesta en contexto del veto norteamericano

Habíamos tenido la oportunidad de analizar el primer veto, que tomó desprevenidos a varios Estados Miembros del Consejo de Seguridad, registrado el 18 de octibre del 2023 ante una propuesta de Brasil (véase nuestra nota publicada en LaRevistacr, y titulada «Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil»).  

El 8 de diciembre del 2023, con esta vez una propuesta de Emiratos Árabes Unidos, se logró reunir 13 votos a favor, una abstención (Reino Unido) y un segundo veto norteamericano. 

En las vísperas de las fiestas de Navidad, Estados Unidos permitió el voto de la resolución S(2023) 2720 adoptada el 22 de diciembre del 2023  – con una abstención de Estados Unidos – despuée de varios días de maniobras con amenazas de un veto si no se revisaba el borrador de texto propuesto. Al respecto, tuvimos la oportunidad de detallar y analizar estas maniobras en nuestra nota previa titulada «Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas«. En estas reflexiones sobre el resultado final otenido, concluíamos que:

«Dada las lagunas y las debilidades de la resolución 2720 adoptada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, es más que probable que Israel continúe su asedio total en contra la población civil palestina en estos últimos días del año 2023«.

Ahora bien, a diferencia de los dos otros vetos previos, este veto de Estados Unidos del 20 de febrero fue precedido por una ordenanza de la CIJ  dada a conocer el 26 de enero del 2024, que califica como «plausible» un riesgo de genocidio en Gaza: por lo que el repudio y la profunda indignación hacia Estados Unidos son esta vez mucho mayores.

Tuvimos la oportunidad de analizar en detalle el alcance exacto de la ordenanza dada a conocer el pasado 26 de enero por parte de la CIJ, la cual ha sido ignorada por Israel desde esa fecha en Gaza: remitimos a nuestros estimables lectores a una nota previa nuestra titulada «Gaza / Israel: a propósito de la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«.

El detalle del voto registrado en breve

El proyecto de resolución  A/2024/173 propuesto por Argelia recibió 13 votos a favor, una abstención (Reino Unido) y el voto negativo de Estados Unidos. Como indicado anteriormente, el texto vetado se reproduce al final de esta nota. 

La postura del Reino Unido puede entenderse como una simple forma de maquillar el aislamiento total de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad, tendiente a evitar un estrepitoso resultado de 14 votos a favor y un veto norteamericano. Un voto que expondria como nunca antes al incondicional aliado de Israel en el Consejo de Seguridad.

Un veto injustificable, indefendible e impresentable

Tal y como se puede observar, Israel no ha modificado su accionar en Gaza desde la ordenanza de la CIJ dictaminada el 26 de enero del 2024 sino que mantiene bombardeos incesantes, despropocionales e indiscriminados sobre Gaza similares a los iniciados desde el 7 de octubre por la tarde/noche. 

En casi cinco meses de intensos bombardeos, Israel no ha logrado alcanzar los objetivos iniciales planteados, al mantenerse los rehenes escondidos en Gaza con sus custodios, y al seguir los jefes militares del Hamás en vida instruyendo a sus combatientes, y disparando cohetes hacia Israel con cierta regularidad desde Gaza.

Los escalofriantes saldos de muertos y heridos que diariamente Naciones Unidas reporta desde la OCHA (véase enlace) y que se acerca a los 30.000 en el caso del primer saldo (véase  informe al 23 de febrero)  son evidencia de ello. En este informe al 23 de febrero se lee que:

«Intense Israeli bombardment from air, land and sea continues to be reported across much of the Gaza Strip, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of civilian infrastructure. Ground operations and heavy fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups also continue to be reported, particularly in Jabalya (northern Gaza), Gaza city, Deir al Balah and Khan Younis.

Between the afternoon of 22 February and 10:30 on 23 February, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 104 Palestinians were killed, and 160 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 10:30 on 23 February 2024, at least 29,514 Palestinians were killed in Gaza and 69,616 Palestinians were injured, according to MoH in Gaza.

On 22 February, Israeli forces conducted airstrikes reportedly on residential buildings, mainly in Deir al Balah and Rafah, without prior warning, resulting in the death and injury of multiple people from the same family, including children. The following are among the deadliest incidents reported on 21 and 22 February:

– On 21 February, at about 20:20, 22 Palestinians were reportedly killed, and tens of others were injured, when a residential building in western An Nuseirat Camp, in Deir al Balah, was struck.

– On 22 February, at about 0:15, three Palestinians, including one child, were reportedly killed, and others were injured, when a residential building sheltering internally displaced persons (IDPs) in Al Geneina neighbourhood, northern Rafah, was struck.

– On 22 February, at about 1:30, four Palestinians were reportedly killed, including three children, when a residential building in Deir al Balah was struck.

– On 22 February, at about 7:20, four Palestinians were reportedly killed, when a residential building in Az Zawayda, Deir al Balah, was struck.

– On 22 February, In the Zaytoun neighbourhood of Gaza city, up to eighteen people from the same family were reportedly killed, and several remained unaccounted for, in a strike on a residential building

Between the afternoons of 22 and 23 February, no Israeli soldiers were reported killed in Gaza. As of 23 February, 235 soldiers have been killed and 1,396 soldiers injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military. In addition, over 1,200 Israelis and foreign nationals have been killed in Israel, according to the Israeli authorities, the vast majority on 7 October. As of 23 February, the Israeli authorities estimate that some 134 Israelis and foreign nationals remain captive in Gaza and include fatalities whose bodies are being withheld.

En cuanto al saldo de muertos y heridos debido a la intensidad de la ofensiva de Israel en Gaza, un ex militar en Francia y connotado experto en bombardeos aéreos, indica en una nota de su blog titulada «Laissons Netanyahou dévaster la bande de Gaza et Poutine écraser l’Ukraine ?» (véase nota completa con un juego de mapas muy detallados) que:

«Pour achever la dévastation de la bande Gaza, dont les ¾ ont été effectués en 4 mois de guerre, il ne manque plus à Netanyahou que quelques semaines pour y parvenir, un ou deux mois peut-être. Le bilan sera catastrophique en pertes humaines, l’actuel étant largement sous-estimé puisqu’il n’intègre pas les 8 à 9,000 « disparus » déjà recensés par ce qui reste de l’état-civil de Gaza, auquel il faut rajouter les personnes ensevelies sous les décombres et que personne ne recherche. 

Compte tenu de l’intensité et de la durée des bombardements effectués par l’armée israélienne, une fois « l’offensive massive » sur Rafah achevée, les victimes palestiniennes dépasseront les 50,000 morts. Je parle volontairement de « victimes » car pour 80%, ce seront des civils sans rapport avec les miliciens du Hamas. Il faudra encore multiplier par 3 à 4 le nombre de blessés, soit un total supérieur à 200,000 morts et blessés à la fin de cette offensive israélienne». 

Una combativa diplomacia sudafricana, respaldada por una gran cantidad de Estados en su accionar

En este inicio del 2024, un Estado como Sudáfrica se destaca ante el mundo por su incansable batalla legal ante la justicia internacional en aras de lograr frenar las pretensiones de Israel en Gaza. Mientras que Sudáfrica ha reforzado su prestigio e imagen como raramente observado, para Israel el desprestigio es total.

Ahora bien, poner a prueba a la justicia internacional y defender los principios elementales del derecho internacional humanitario ante la insensatez del accionar militar de Israel en Gaza deberian de poder ser asumidos por muchos otros Estados, además de Sudáfrica.

Es de precisar que ante las reiteradas acciones interpuestas por Sudáfrica ante la CIJ, el aparato estatal de Israel no ha logrado dar respuestas mayormente convincentes: el simple hecho que la ordenanza emitida por la CIJ el pasado 26 de enero fuera adoptada con 16 votos a favor y una sola jueza en contra, o en algunos puntos del dispositivo, con 15 votos a favor y 2 votos en contra (véase detalle en el parrafo 86 de la ordenanza de la CIJ del 26 de enero) evidencia la debilidad de la defensa legal israelí ante los jueces de La Haya. 

Dada la contundencia de la petitoria elaborada por la diplomacia sudafricana, Israel no ha podido más que lanzar desde diversos sectores improperios, amenazas y otras reacciones iracundas que ya no impresionan mayormente. Al respecto, es de notar que recientemente la jefa de la diplomacia sudafricana hizo ver que recibe amenazas veladas en redes sociales, apuntando sin tapujos hacia los servicios de inteligencia israelíes. En esta nota de prensa publicada el 8 de febrero, se puede leer que:

«I felt that [it would] be better if we had extra security. But what I’m more concerned about is my family, because in some of the social media messages my children are mentioned and so on, but this is par for the course. The Israeli agents, the intelligence services, [this] is how they behave, and they seek to intimidate you, so we must not be intimidated. There is a cause that is under way«.

A modo conclusivo

Dado el veto de Estados Unidos, es posible que sea la Asamblea General de Naciones Unidas la llamada a tomar una resolución con un texto muy similar en los próximos dias en Nueva York, sometiendo esta vez el texto al voto de los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas: se prevé que, en  lo que respecta a América Latina, únicamente Guatemala votará en contra, conjuntamente con Estados Unidos, Israel y un pequeño grupo de islas del Pacífico. Un reducido grupo al que Argentina también podría sumarse, dada la cercanía de su nuevo Presidente con Israel.  A no ser que, además, Israel y Estados Unidos logren nuevamente convencer a algunos Estados de Centroamérica como observado en algunas ocasiones pasadas.

Cabe recordar que el primer veto norteamericano de octubre del 2023 originó el voto de una resolución por parte de la Asamblea General el 27 de octubre del 2023, que resultó abrumador en cuanto a los votos favorables obtenidos: remitimos nuevamente al lector a nuestra nota anterior titulada: «Gaza  / Israel: a propósito de la abrumadora mayoría con la que la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución pidiendo un alto a la violencia en Gaza y el respeto al derecho internacional humanitario». En este texto nuestro se indicaba que:

«Por primera desde muchos años, Canadá optó esta vez por abstenerse, en vez de votar con Israel y Estados Unidos, al igual que ocurrió con el delegado de Palau en Naciones Unidas. Al haber con anterioridad Canadá presentado una enmienda al texto (que fue rechazada), la abstención de Canadá cobra aún mayor relevancia «.

No obstante lo observado en octubre del 2023, al ser mucho mayor esta vez el repudio hacia Estados Unidos, el ejercicio en Nueva York puede esta vez resultar mucho más riesgoso para Estados Unidos e Israel.  Se prevé también que un recrudecimiento de acciones de diversa naturaleza en contra de los intereses de Estados Unidos en distintas partes del mundo sea observado.

Material: texto del proyecto de resolución S/2024/173 presentado por Argelia y vetado por Estados Unidos el 20 de febrero en el seno del Consejo de Seguridad

«Algeria: draft resolution 

The Security Council, 

Reaffirming the purposes and principles of the Charter of the United Nations, 

Recalling all its relevant resolutions on the situation in the Middle East, including the Palestinian question, 

Recalling also the Order delivered on 26 January 2024 by the International Court of Justice indicating provisional measures to Israel in the case concerning the application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide (South Africa v. Israel) in relation to the right of the Palestinian people in the Gaza Strip to be protected from all acts within the scope of Article II and Article III of the Convention, 

Recalling further the letter dated 6 December 2023 of the Secretary-General, under Article 99 of the Charter of the United Nations, addressed to the President of the Security Council (S/2023/962), 

Reiterating its demand that all parties to the conflict comply with their obligations under international law, including international humanitarian law and international human rights law, in particular with regard to the conduct of hostilities and the protection of civilians and civilian objects, and recalling the obligation to respect and protect humanitarian relief and medical personnel as well as medical infrastructure, medical transports and the wounded and sick, and to refrain from depriving the Palestinian civilian population in the Gaza Strip of essential goods and services indispensable to their survival and humanitarian assistance, consistent with international humanitarian law and international human rights law, 

Reaffirming the obligations of all parties regarding the provision of humanitarian assistance, and its demand that they allow, facilitate and enable the immediate, full, safe and unhindered delivery of humanitarian assistance at scale directly to the Palestinian civilian population throughout the Gaza Strip, 

Welcoming the appointment of Ms. Sigrid Kaag, as Senior Humanitarian and Reconstruction Coordinator for Gaza pursuant to its resolution 2720, underscoring the need to provide her team with the resources and support necessary to fulfil her mandate, and emphasizing the urgent need to expand the flow of humanitarian assistance to civilians in the Gaza Strip, 

Reaffirming its strong concern for the disproportionate and grave effect that the conflict is having on the civilian population, with particular impact on the lives and well-being of children, women, and persons with disabilities as well as other civilians in vulnerable situations, 

Expressing grave concern over the dire and urgently deteriorating humanitarian situation in the Gaza Strip and the adverse conditions of life for and suffering of the Palestinian civilian population, 

Expressing also grave concern over the impact of the situation in Gaza on regional and international peace and security, 

Emphasizing the imperative of accountability for all violations of international law, Stressing that the Gaza Strip constitutes an integral part of the territory occupied in 1967, and reiterating the vision of the two-state solution, with the Gaza Strip as part of the Palestinian State,

1. Demands an immediate humanitarian ceasefire that must be respected by all parties; 

2. Reiterates its demand that all parties scrupulously comply with their obligations under international law, including international humanitarian law and international human rights law, in particular including with regard to the protection of civilians and civilian objects, and in this regard deplores all attacks against civilians and civilian objects, as well as all violence and hostilities against civilians, and all acts of terrorism; 

3. Rejects forced displacement of the Palestinian civilian population, including women and children, in violation of international law, including international humanitarian law and international human rights law, and demands an immediate end to any such violations; 

4. Demands the immediate and unconditional release of all hostages, as well as ensuring humanitarian access to address medical needs of all hostages, and further demands that the parties comply with their obligations under international law in relation to all persons they detain and respect their human rights; 

5. Reiterates its call for the full, rapid, safe, and unhindered humanitarian access into and throughout the entire Gaza Strip and for the urgent, continuous and sufficient provision of humanitarian assistance at scale to the Palestinian civilian population, including by facilitating the use of all available routes to and throughout the entire Gaza Strip, including border crossings, in accordance with international humanitarian law and its relevant resolutions; 

6. Demands the implementation of its resolutions 2712 (2023) and 2720 (2023) in full; 

7. Reiterates its unwavering commitment to the vision of the two-State solution where two democratic States, Israel and Palestine, live side by side in peace within secure and recognized borders, consistent with international law and relevant UN resolutions, and in this regard stresses the importance of unifying the Gaza Strip with the West Bank under the Palestinian Authority; 

8. Emphasizes the importance of preventing further escalation in the region, and, in this regard, calls on all parties to exercise maximum restraint and calls on all those with influence on the parties to work toward this objective; 

9. Decides to remain actively seized of the matter.»

Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel

Foto extraída de nota de prensa del Times of Israel, en su edición del 12 de febrero del 2024, titulada «Court orders Netherlands to stop F-35 parts delivery to Israel over war on Hamas».

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

El pasado 8 de febrero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer una solicitud formal de intervención presentada por parte de Nicaragua con relación a la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto del comunicado oficial de la CIJ puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

En cuanto al texto de la demanda sudafricana como tal, cuya lectura completa se recomienda (en particular el detalle de las escalofriantes declaraciones oficiales de las máximas autoridades de Israel en los párrafos 101-107), se puede consultar de manera integral en francés y en inglés.

Es de notar que recientemente la jefa de la diplomacia sudafricana hizo ver que recibe amenazas veladas en redes sociales, apuntando sin tapujos hacia los servicios de inteligencia israelíes. En esta nota de prensa publicada el 8 de febrero, se puede leer que:

«I felt that [it would] be better if we had extra security. But what I’m more concerned about is my family, because in some of the social media messages my children are mentioned and so on, but this is par for the course. The Israeli agents, the intelligence services, [this] is how they behave, and they seek to intimidate you, so we must not be intimidated. There is a cause that is under way«.

Cabe recordar que Nicaragua, al igual que más de 150 Estados, externó en su momento su satisfacción y su apoyo a la demanda sudafricana presentada ante la justicia internacional (véase nota de prensa de Swiss Info del 10 de enero del 2024). En América Latina, el primer Estado en manifestar su respaldo a la demanda de Sudáfrica fue Bolivia en un comunicado oficial de su diplomacia, con fecha del 7 de enero (véase texto integral del comunicado).

Una breve puesta en contexto

Se trata de la primera solicitud de un Estado tercero de esta naturaleza registrada en La Haya, de otros muchas que posiblemente se observen a partir de ahora por parte de diversos Estados.

Un riesgo «plausible» de genocidio en Gaza, confirmado por la CIJ desde el 26 de enero del 2024, y un Estado que, desde entonces, sigue desafiando con su accionar insensato en Gaza a la justicia internacional, interpelan a todos los integrantes de la comunidad internacional, y ello desde diversos planos, sea nacional, sea internacional.

A modo de ejemplo, en el plano nacional, este 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero).

En el plano internacional, la solicitud de Nicaragua es una de las muy diversas acciones que puede tomar un Estado: en este caso, la solicitud de Nicaragua se fundamenta en el artículo 62 del Estatuto de la CIJ que se lee de la siguiente manera:

«Artículo 62 1. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir. 2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición«.

Es de precisar, desde la perspectiva estrictamente jurídica, que en su ordenanza del pasado 26 de diciembre, la CIJ destacó el tipo de obligaciones que genera la Convención de 1948 contra el Genocidio y reafirmó el carácter de «obligaciones erga omnes«, las cuales se imponen a todos los Estados debido a su importancia fundamental (Nota 1).

Resulta oportuno indicar que Nicaragua no mantiene relaciones diplomáticas con Israel desde junio del 2010, en razón del ataque a una flotilla turca de carácter humanitario por parte del ejército de Israel (véase nota de El Tiempo / Colombia del 1 de junio del 2010); al tiempo que Cuba no tiene relaciones con Israel desde 1967.

Por su parte Venezuela rompió sus relaciones diplomáticas con Israel en enero del 2009, a raíz de la dramática ofensiva militar en Israel observada entre diciembre del 2008 y enero del 2009 (véase nota de prensa de El Pais /España). Al igual que Venezuela en el 2009, Bolivia también rompió sus relaciones diplomáticas con Israel, las reanudó oficialmente a finales del mes de noviembre del 2019 (véase nota de prensa del 2019 de la agencia turca de noticias TRT) para suspenderlas el pasado 31 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de Bolivia de la misma fecha). El 14 de noviembre del 2023, Belice optó por tomar una medida similar a la de Bolivia (véase comunicado oficial).

En Nicaragua, para la conmemoración de los 10 años de la muerte del líder palestino Yasser Arafat, se realizó un acto oficial en Managua (véase nota de prensa de noviembre del 2014). Recientemente – finales de enero del 2024 -, se informó sobre la muerte de una renombrada poetiza nicaragüense cuya familia era oriunda de Palestina, quien acompañó sentimentalmente a Yasser Arafat (véase foto de archivos contenida en esta nota de La Prensa de Nicaragua, y esta nota de prensa del 28 de enero del 2024).

También es de recordar que, con ocasión de la ofensiva militar israelí terrestre en Gaza en julio del 2014, varios Estados de América Latina habían reaccionado ante el carácter desproporcional e indiscriminado de los ataques de Israel contra la población civil de Gaza (véase nota de la BBC). En aquella ocasión, tuvimos la oportunidad de escribir que:

«Un estudio pormenoriza las declaraciones y manifestaciones de los distintos jefes de Estados de América Latina a la violencia de la ofensiva militar desplegada por Israel, incluyendo el uso del calificativo de “genocidio” por parte del presidente del Uruguay, el de “masacre” por parte de la Presidenta de Brasil y las ambigüedades de la posición adoptada por las autoridades de Costa Rica. En un comunicado oficial, la cancillería del Uruguay, encabezada por Luis Almagro (hoy secretario general de la Organización de Estados Americanos –OEA-), no dudó en calificar de “crimen de guerra” la matanza de civiles palestinos, en agosto del 2014» (Nota 2).

Una ordenanza de la CIJ que espera desde el 26 de enero ser acatada

En el último estado de situación disponible elaborado por Naciones Unidas (al 8 de febrero del 2024, véase informe) se lee que:

« Israeli bombardment and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups continue to be reported across much of the Gaza Strip, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of civilian infrastructure. In remarks to the UN General Assembly on 7 February, UN Secretary-General António Guterres warned that the expansion of hostilities to Rafah, where hundreds of thousands of Palestinians have sought refuge, “would exponentially increase what is already a humanitarian nightmare with untold regional consequences.”

Between the afternoons of 7 and 8 February, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 130 Palestinians were killed, and 170 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 12:00 on 8 February 2024, at least 27,840 Palestinians were killed in Gaza and 67,317 Palestinians were injured, according to the MoH.

Between the evenings of 7 and 8 February, no Israeli soldiers were reported killed in Gaza. As of 8 February, 225 soldiers were killed and 1,314 soldiers were injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military«.

En este mismo documento se advierte del inminente riesgo de hambruna, al precisar que:

«The risk of famine in Gaza is increasing by the day, particularly for hundreds of thousands of people in northern Gaza who have been predominantly cut off from assistance and where food security assessments show the greatest needs, with many reportedly grinding animal feed to make flour. Since the onset of the crisis, the World Food Programme (WFP) delivered a total of 1,940 trucks (19 per cent of all aid trucks) carrying over 32,413 metric tons of life-saving food supplies. The last time UNRWA was able to carry out a food distribution in the north of Wadi Gaza was 23 January«.

Con respecto a la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023 ante la CIJ, tuvimos la oportunidad en una nota anterior titulada «Gaza / Israel: a propósito de la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)» de analizar el alcance de la ordenanza de la CIJ dada a conocer por la CIJ el pasado 26 de enero (véase texto oficial en francés y en inglés ) y de vislumbrar las posibles reacciones en caso de desacato por parte de Israel.

En unas recientes reflexiones del Profesor Al Tamimi publicadas en el portal de EJIL-Talk (véase articulo titulado «Implications of the ICJ Order (South Africa v. Israel) for Third States«, cuya lectura completa se recomienda), el autor precisa en sus conclusiones la tarea que espera a los Estados ante el desafio que Israel plantea a la comunidad internacional, al no parecer dispuesto a acatar lo ordenado por la CIJ:

«Since the ICJ handed down its provisional measures Order on 26 January, Israeli forces have reportedly killed hundreds of Palestinians as per UNOCHA’s daily briefings, civilians waiting to receive humanitarian aid were shot and injured, hospital staff have been killed, and government ministers called for the displacement of Palestinians from Gaza at a far-right conference. These events underscore the real and imminent risk of irreparable damage facing rights plausibly protected under the Genocide Convention. At a time when the credibility of international law hangs in the balance, the ICJ demonstrated the enduring relevance of its guidance by issuing a firm ruling in front of an expectant legal and non-legal community. States are now called upon to ensure, beyond assurances and words, that they are ready to take action to ensure compliance».

Con relación a otra instancia internacional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), en otra nota anterior, titulada «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)» pudimos analizar los alcances de la remisión conjunta hecha por Chile y México ante el drama que se vive en Gaza.

Vigilia en memoria de las víctimas palestinas en Gaza, organizada frente al Ministerio de Relaciones Exteriores Culto de Costa Rica en la tarde/noche del 2 de noviembre del 2023. Foto obtenida gracias a la cortesía de la Red de Solidaridad con Palestina / Costa Rica.

La solicitud realizada por Nicaragua en breve

El texto de la solicitud hecha por Nicaragua se encuentra disponible en el sitio oficial de la CIJ en este enlace desde este 12 de febrero: se trata de un documento con varios anexos, con fecha del 22 de enero del 2024.

En la página 10 se incluyen por parte de Nicaragua referencias a declaraciones oficiales de Israel, al precisar que:

«23. As pointed out above, Nicaragua has repeatedly called on Israel to cease its activities in the Gaza Strip that amount to violations of the Genocide Convention. The response of Israel has been not only to Nicaragua, but to South Africa, the Court and the international community during the hearings in Court on 12 January 2024, in which the representatives of Israel justified all of the actions that have been submitted to the Court by South Africa as violations of the Genocide Convention and indicated that it has no intention of ceasing their execution. For example, the Agent indicated that Israel “has the right to defend itself” and that the request for provisional measures “cannot stand” as it denies Israel of its rights. Furthermore, the very next day after the hearings the Prime Minister of Israel gave a press conference warning that “nobody will stop us — not The Hague, not the axis of evil and not anybody else,” and went on to condemned “the hypocritical onslaught at The Hague against the state of the Jews…” vowing to continue Isrel’s war in Gaza “until total victory”. Thus, the dispute is clearly established. There is no possibility of diplomatic agreement of this issue«.

En las conclusiones (página 12) se lee que Nicaragua solicita que su iniciativa no genere a los jueces de La Haya mayores dilaciones para responder de manera prioritaria a la solicitud urgente de medidas provisionales, las cuales fueron ordenadas a Israel el 26 de enero:

«25. For the reasons set out in this Application, Nicaragua respectfully requests the Court to permit its intervention as a party in the case concerning Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel) for the object and purpose specified above and to participate in those proceedings in accordance with Article 85 of the Rules of Court. Nicaragua reserves its rights to present supplementary arguments and observations as and when the Court would allow it to do so, as well as any other rights granted by international law and in particular by the Statute of the Court.

  1. Furthermore, given the urgency of the situation, Nicaragua wishes to clarify to the Court that it does not wish for its request for intervention to delay the proceedings and deliberations of the Court related to the urgent request for provisional measures. The timing of the intervention merely reflects Nicaragua’s deep concern over the situation and the need to alert the Court as early as possible of Nicaragua’s intention«.

A modo de conclusión

Más allá de los mecanismos jurisdiccionales que los Estados pueden usar para intentar frenar a Israel en Gaza, se puede decir que, como región, América Latina destaca en el mundo ante el drama inhumano al que Israel somete a los habitantes de Gaza con bombardeos incesantes, desproporcionales e indiscriminados desde la tarde/noche del 7 de octubre.

En un comunicado conjunto dado a conocer el pasado 2 de febrero, varios expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos externaron que:

«With the ICJ alerting the international community to the risk of genocide in Gaza and ordering immediate and effective action to ensure the provision of humanitarian assistance to civilians, states must do more, including to avoid legal consequences for aiding and abetting, or possible complicity in acts of genocide,” they said. “Instead of castigating the agency that provides critical support for millions of Palestinians in Gaza, states must exhaust all efforts to avert serious violations of international law, including genocide—and this necessitates continued international support of UNRWA’s vital humanitarian services.

No está de más precisar que fueron varios los Estados latinoamericanos los que, tempranamente, alzaron la voz contra el accionar militar de Israel en Gaza. En una nota de finales del mes de octubre del 2023, tuvimos la posibilidad de detallar el conjunto de acciones de repudio contra Israel tomadas por varios Estados del continente americano en nuestras reflexiones tituladas: “Gaza / Israel: algunos apuntes con relación al anuncio por parte de Bolivia de romper sus relaciones diplomáticas con Israel y al llamado a consultas de embajadores por parte de Chile, de Colombia y de Honduras».

Se trata de acciones diversas tomadas por parte de Estados de América Latina en las que, cada uno a su manera, reafirman el apoyo de esos Estados al respeto del derecho internacional humanitario y a la justicia internacional, denunciando de paso el uso desproporcional de la fuerza por parte de un Estado contra civiles. Estas acciones, al menos a la fecha, no han encontrado eco alguno por parte de Estados en Europa ni en el norte del continente americano, sumidos en un mutismo e inacción colectiva que llaman ambos poderosamente la atención.

Este recurso, por parte de distintos Estados de América Latina, a los diversos mecanismos que ofrece el derecho internacional frente al accionar insensato del aparato militar israelí desde el pasado 7 de octubre se confirma con esta primera solicitud ante la CIJ presentada por Nicaragua. Es muy probable que sea seguida por otras solicitudes muy similares proviniendo de otras latitudes del planeta.

Finalmente, es menester indicar que la justicia internacional de La Haya iniciará este próximo 19 de febrero las audiencias orales con relación al procedimiento consultivo sobre la colonización israelí en territorio palestino: este 9 de febrero la CIJ comunicó el extenso programa de audiencias, cuyo detalle está disponible en francés y en inglés.

– – Notas – –

Nota 1: Se lee en efecto por parte de la CIJ (parrafo 33) en su ordenanza del 26 de enero del 2024 que:» The Court notes that the Respondent did not challenge the standing of the Applicant in the present proceedings. It recalls that, in the case concerning the Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide (The Gambia v. Myanmar) where Article IX of the Genocide Convention was also invoked, it observed that all the States parties to the Convention have a common interest to ensure the prevention, suppression and punishment of genocide, by committing themselves to fulfilling the obligations contained in the Convention. Such a common interest implies that the obligations in question are owed by any State party to all the other States parties to the relevant convention; they are obligations erga omnes partes, in the sense that each State party has an interest in compliance with them in any given case. The common interest in compliance with the relevant obligations under the Genocide Convention entails that any State party, without distinction, is entitled to invoke the responsibility of another State party for an alleged breach of its obligations erga omnes partes» (el subrayado es nuestro).

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «A un año del inicio de la operación “Margen Protector”: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional«, Estudios del CURI (Centro Uruguayo de Relaciones Internacionales), Núm. 7/2015, p. 14. Texto integral disponible aquí . También remitimos a otro artículo BOEGLIN N., «Reacciones en América Latina a la operación «Margen Protector» del ejército israelí en la franja de Gaza«, CEMOAN, Universidad Nacional (UNA), Num. 15, agosto de 2014. Texto integral disponible aquí.

 «Festival por la Paz para Palestina»: Un encuentro solidario en Costa Rica

Por José Daniel Gamboa Araya

Este sábado 10 de febrero, desde las 12 p.m. hasta las 6 p.m., las instalaciones del DEI (100 metros al norte del «Mas x Menos» de Sabanilla de Montes de Oca) serán el escenario de un evento especial: el «Festival por la Paz para Palestina». El festival promete una jornada llena de solidaridad, cultura y actividades para toda la familia.

Entre las actividades destacadas se encuentran charlas informativas que abordarán diversos aspectos relacionados con Palestina, así como deliciosas opciones gastronómicas para disfrutar. Además, habrá actividades diseñadas para toda la familia.

Para obtener más información y estar al tanto de las actualizaciones del evento, puedes visitar la página oficial en Instagram: @palestinacostarica. Quedan invitados a esta iniciativa que busca promover la paz y la solidaridad, proporcionando a la comunidad costarricense una oportunidad única para aprender, compartir y mostrar apoyo a Palestina.

Salvar al pueblo palestino

Carlos Meneses Reyes

La propuesta de Benjamín Netanyahu al presidente Gustavo Petro, para que sirva de mediador ante Hamás, a fin de negociar la entrega de 162 rehenes israelíes que Hamás tiene en su poder, haciendo énfasis que entre ese grupo se encuentra una colombiana de nombre El Kara, resulta desde todo punto de vista favorable, no obstante, las varias consideraciones que ello implica.

Conviene destacar que no se trata de un acercamiento del régimen neoconservador de Netanyahu ante la postura del presidente colombiano sobre la inminente designación de un embajador ante el Estado Palestino; la llamada a consulta del gobierno colombiano a la señora embajadora de Colombia en Israel; la clara y valerosa oposición de condena, por parte del presidente G. Petro, que destaca en el escenario latinoamericano a la atroz y desproporcionada respuesta bélica al calculado ataque de las guerrillas de Hamás, por el ejército israelí; la postura internacional ante la demanda de declaración de genocidio por parte del régimen israelí contra la población palestina, en el entendido que la carta de invitación del premier israelí está fechada a 11 de enero de 2024. Por consiguiente, se hace necesario explorar el escenario favorable que como estadista y actor en el plano internacional desarrolla el presidente colombiano, lo cual le hace acreedor a la prestación de buenos oficios, bajo el acumulado de ser el país y nación colombiana un referente en el padecimiento y manejo del conflicto armado interno por 75 años; mismo periodo de tiempo en el que el Estado de Israel ha sido fallido en el ejercicio de poder soberano, asegurar a su población la vida y convivencia y la prevalencia de un interés general.

Naturaleza del Estado de Israel

Con el nombre de Israel se designó la creación de un Estado, tras haberse aprobado en el mes de noviembre de 1947 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, un plan de partición de Palestina, ante la salida de las autoridades administrativas y de las tropas británicas, que implicaría la creación de dos Estados: uno palestino (árabe) y otro judío. Así aceptado por la comunidad judía internacional, fue rechazado por la comunidad árabe en general. Fue así como el 14 de mayo de 1948, se llevó a cabo en Tel Aviv una Declaración de Estado de Israel, precedida de una reunión secreta, sin difusión pública, ocho horas antes que el alto comisario Alan Cunningham abandonara el puerto de Haifa, junto con las últimas autoridades británicas y por temor a que las tropas británicas regresaran; reunión precedida bajo un retrato de Theodor Herzl, fundador del moderno sionismo.

Por ello el Estado de Israel fue una creación de un género o especie muy singular y excepcional. Sin contar con una población judía definida (llegaban desde finales del siglo XIX y no alcanzaban a dos millones de judíos; en tanto que la población palestina superaba los 7 millones y se multiplicaban como hormigas). Tampoco contaba Israel con un territorio (al despojar el imperio británico del territorio palestino al decaído imperio otomano, las tomas de tierras por parte de la población judía eran de facto; como también utilizaban el despojo y el engaño y la adquisición fraudulenta, corrompiendo a funcionarios británicos, registradores, notarios y con el uso también de abogados; siendo que el capital sionista inundaba y asfixiaba en torno a la posesión y adquisición desmedida de tierras y la carencia de valor de nación en lo cultural palestino).

Por ende, el Estado de Israel no contaba con fronteras. Ese vacío se nota en el documento de la ONU. No merece explicación gráfica detallada el redactar que el sionismo beligerante expansionista conformó el ejercito y declaró la guerra a los palestinos en sus territorios que resumimos en las acciones de despojo territorial de los años 1948, 1963, 1967, 1983, las sucesivas intifadas y en brevedad-sin falsear lo histórico- llegar a la arremetida salvaje y sanguinaria del 07 de octubre de 2023.

Fue así como bajo el despojo, la violencia, la invasión y el crimen, fue delimitando unas fronteras, unilateralmente, el Estado de Israel. Quede pues asentado que el Estado de Israel no surgió de autoridad, población, territorio, ni como Estado de Derecho, hasta tal punto que hoy no cuentan con una Constitución. Sustento esto en la necesidad de la solución política del conflicto palestino-israelí, sobre las siempre propuestas de la existencia de dos Estados o la confluencia de un Estado único, unitario y pluriétnico.

Del pedido de B. Netanyahu

La capacidad mediadora del presidente Gustavo Petro Urrego, en búsqueda a una salida política de los rehenes israelís en poder de Hamás, predomina a toda prueba. La Procuradora General debía conocer, de previo a la sanción disciplinaria al Doctor Álvaro Leiva, Canciller de la Republica de Colombia, de la carta de solicitud de ayuda formal del primer ministro israelí Benjamín Netanyahu. Resalta que con la desmedida sanción a él aplicada no se ciñó a los postulados de buena fe en esa gestión de decisión administrativa. Sin necesidad de acudir a un recurso de tutela por el perjuicio irremediable que la medida de la procuradora general causa al ejercicio constitucional de las relaciones internacionales, cabe su capacidad de sindéresis para que en consecuencia proceda a la revocatoria directa de ese acto administrativo de sanción (por el momento) al señor Canciller Avaro Leiva.

En su carta B. Netanyahu le señala al presidente G. Petro que “cualquier presión que se pueda ejercer con este fin, especialmente frente a Irán, Catar o Turquía, así como frente a la Cruz Roja, será invaluable y ayudará a salvar vidas inocentes”. El señor Gali Dagan, embajador de Israel en Colombia, asegura: “que su país espera recibir la ayuda de Colombia en la liberación de los rehenes, al tratarse de una nación que entiende la violencia del secuestro debido a su historia con el conflicto armado”.

El lenguaje diplomático es sutil; pero a su vez el manejo de las situaciones permite ser agudo e ingenioso. Como director de las relaciones internacionales, el señor presidente G. Petro podría, por intermedio de la Cancillería, presentar una hoja de propuesta al gobierno israelí sobre su papel de gestor o mediador, tal conciliador, entre el Estado israelí y el movimiento Hamás, en aplicación de los principios de la solución alterna de conflictos

De otro lado, la escogencia del señor presidente G. Petro, como mediador en lo enunciado, enmarca, no a una función propia de y para él, como sí de las relaciones del Estado colombiano en reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.

Se presenta como una oportunidad de integración latinoamericana al servicio de la paz mundial. En ese sentido, me permito modestamente sugerir o aportar, como ciudadano colombiano por nacimiento y ciudadano costarricense por naturalización, que Colombia proponga y admita como Estado coadyuvante en el empeño de intermediar en la liberación de los rehenes de Hamás, al Estado de Costa Rica, previa su consulta al respecto. Lo sustento en cuanto que resalta el padecimiento de Colombia con el tema de rehenes y retenciones durante el conflicto armado interno, así como destaca la tradición civilista y pacifica de Costa Rica, cual adalid de la defensa de la vida y la protección y defensa de los derechos humanos, con peso político especifico a nivel internacional.

Gaza / Israel: la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin. Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).

Este 26 de enero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer su ordenanza, repondiendo a la solicitud urgente de medidas provisionales interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto de la ordenanza puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

Cabe advertir desde ya que esta ordenanza es una decisión preliminar de carácter ugente del juez de La Haya, distinta a la sentencia o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años por parte del juez de La Haya.

Breve puesta en contexto

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones finales de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto

Resulta de interés señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya  y lo hizo ver mediante un documento circulado por su aparato diplomático (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 1), planteando de paso la inacción observada por parte de los demás 122 Estados Partes al Estatuto de Roma.

El contenido de la ordenanza de la CIJ en breve

En el texto de su ordenanza dada a conocer este 26 de enero (parte dispositiva tomada con 15 votos a favor en su casi totalidad, párrafo 86), la CIJ declara que: 

«1) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit, conformément aux obligations lui incombant au titre de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide, prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir la commission, à l’encontre des Palestiniens de Gaza, de tout acte entrant dans le champ d’application de l’article II de la convention, en particulier les actes suivants : 

a) meurtre de membres du groupe ; 

b) atteinte grave à l’intégrité physique ou mentale de membres du groupe ; 

c) soumission intentionnelle du groupe à des conditions d’existence devant entraîner sa destruction physique totale ou partielle ; et 

d) mesures visant à entraver les naissances au sein du groupe ; 

2) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus ; 

3) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir et punir l’incitation directe et publique à commettre le génocide à l’encontre des membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

4) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre sans délai des mesures effectives pour permettre la fourniture des services de base et de l’aide humanitaire requis de toute urgence afin de remédier aux difficiles conditions d’existence auxquelles sont soumis les Palestiniens de la bande de Gaza ; 

5) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit prendre des mesures effectives pour prévenir la destruction et assurer la conservation des éléments de preuve relatifs aux allégations d’actes entrant dans le champ d’application des articles II et III de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide commis contre les membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

6) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit soumettre à la Cour un rapport sur l’ensemble des mesures qu’il aura prises pour donner effet à la présente ordonnance dans un délai d’un mois à compter de la date de celle-ci. 

../..

(1) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall, in accordance with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to Palestinians in Gaza, take all measures within its power to prevent the commission of all acts within the scope of Article II of this Convention, in particular: 

(a) killing members of the group; 

(b) causing serious bodily or mental harm to members of the group; 

(c) deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction in whole or in part; and 

(d) imposing measures intended to prevent births within the group;

(2) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

(3) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take all measures within its power to prevent and punish the direct and public incitement to commit genocide in relation to members of the Palestinian group in the Gaza Strip ; 

(4) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take immediate and effective measures to enable the provision of urgently needed basic services and humanitarian assistance to address the adverse conditions of life faced by Palestinians in the Gaza Strip; 

(5) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II and Article III of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide against members of the Palestinian group in the Gaza Strip; 

(6) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order within one month as from the date of this Order». 

De algunos detalles de interés

Resulta muy inusual que la Presidenta de la CIJ refiera expresamente, en el resumen de una decisión como la ordenanza leída este 26 de enero del 2024,  al contenido de declaraciones oficiales, como las declaraciones israelíes escalofriantes oídas desde el pasado 7 de octubre: en la gestual extremadamente formal y a veces  muy parsimoniosa de los jueces de la CIJ, este primer detalle no ha pasado desapercibido para muchos de los observadores internacionales.  Tratándose además de una magistrada oriunda de los Estados Unidos, esta señal enviada desde la Presidencia del máximo órgano judicial de Naciones Unidas puede considerarse particularmente clara. 

Como se recordará la solicitud de Sudáfrica planteaba como primer punto (de los 9 que contenía su solicitud) el ordenar un cese al fuego inmediato, tal y como tuvimos la oportunidad de analizarlo en una nota anterior cuando presentó su demanda en diciembre del 2023 (Nota 2). La dificultad consistía para los jueces de La Haya en ordenar un cese al fuego entre dos bandos, con uno solo sentado en el banquillo del Peace Palace de La Haya. Un cese al fuego por definición aplica para dos contendores, y no uno.

La CIJ no acogió esta solicitud de manera expresa. Algunos juristas podrían interpretar que la CIJ deja entonces a Israel la posibilidad de continuar sus acciones militares en Gaza, las cuales ya han causado la muerte de casi  26.000 personas y herido a más de 64.000 según el último informe de situación de Naciones Unidas al 25 de enero (véase informe). No obstante, el inciso 2 del párrafo operativo 86 viene a restringir esta interpretación literal, al señalar la CIJ que hay una inmediatez ordenada a Israel:

«(2)L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus  /…/  The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

Es de notar que con relación a una solicitud similar pero no idéntica proveniente de Ucrania en febrero del 2022, esta misma solicitud de cese de operaciones militares sí había sido acogida de manera expresa  en la ordenanza del 16 de marzo del 2022 adoptada por la CIJ (véase texto   de la ordenanza, párrafo 86 inciso 1, adoptado con 13 votos a favor y 2 en contra): pero se trataba de un Estado objeto de una agresión militar exigiendo a la CIJ ordenar inmediatamente el cese de la agresión por parte de otro Estado.

Por otro lado, Sudáfrica solicitaba que la CIJ ordenara a Israel permitir la entrada de misiones internacionales de investigaciones en Gaza (más conocidas como «fact finding missions«). El punto 7 de su petitoria indicaba en efecto que:

«(7) The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; to that end, the State of Israel shall not act to deny or otherwise restrict access by fact-finding missions, international mandates and other bodies to Gaza to assist in ensuring the preservation and retention of said evidence«.

La CIJ no acogió esta petitoria: en el punto 5 del precitado párrafo 86 ordena únicamente a Israel proceder a evitar la destrucción de indicios de actos cubiertos por la Convención contra el Genocidio de 1948.

No obstante estos dos puntos de importancia que no fueron expresamente contemplados por los jueces de la CIJ en su ordenanza, los puntos 1,2,3,4,5 y 6 de su decisión leída este 26 de enero del 2024 dejan entrever que actos cometidos por Israel en Gaza desde la tarde /noche del 7 de octubre sí interesan disposiciones de la Convención contra el Genocidio de 1948: lo cual constituye en sí una señal muy significativa y debería interpelar en Israel (así como fuera) a muchos decisores sobre la forma tan peculiar que tiene Israel de llevar a cabo sus operaciones militares en Gaza. 

En el párrafo 54 de la ordenanza de este 26 de enero del 2024 se lee que:

« 54. La Cour est d’avis que les faits et circonstances mentionnés ci-dessus suffisent pour conclure qu’au moins certains des droits que l’Afrique du Sud revendique et dont elle sollicite la protection sont plausibles. Il en va ainsi du droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et du droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention.

../..

54. In the Court’s view, the facts and circumstances mentioned above are sufficient to conclude that at least some of the rights claimed by South Africa and for which it is seeking protection are plausible. This is the case with respect to the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts identified in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention»

Al tiempo que en el párrafo 59 la CIJ dictamina que:

«59. La Cour considère que, par leur nature même, certaines au moins des mesures conservatoires demandées par l’Afrique du Sud visent à préserver les droits plausibles qu’elle invoque sur le fondement de la convention sur le génocide en la présente affaire, à savoir le droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et le droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention. En conséquence, il existe un lien entre les droits revendiqués par la demanderesse que la Cour a jugés plausibles et au moins certaines des mesures conservatoires sollicitées.

../..

59. The Court considers that, by their very nature, at least some of the provisional measures sought by South Africa are aimed at preserving the plausible rights it asserts on the basis of the Genocide Convention in the present case, namely the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts mentioned in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention. Therefore, a link exists between the rights claimed by South Africa that the Court has found to be plausible, and at least some of the provisional measures requested». 

La ofensiva militar israelí en Gaza: algunas interrogantes

Desde un estricto punto de vista militar,  la «estrategia» de Israel plantea serias interrogantes, al no haber alcanzado ninguno de sus objetivos militares después de más de 110 días de intensos bombardeos en Gaza: los rehenes israelíes siguen sin ser localizados, escondidos en alguna parte en Gaza con sus custodios; al tiempo que los principales mandos militares del Hamás siguen en vida y su estructura militar pareciera resistir al asedio total que Israel inflige diariamente a Gaza con sus bombardeos. Los numerosos escombros de inmuebles en Gaza constituyen ahora escóndites muy útiles para los combatientes del Hamás en sus operaciones contra las fuerzas militares israelíes. Un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista, recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.  

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).

Una ordenanza de la CIJ que lanza un llamado a la acción

Al haber Sudáfrica invocado la Convención contra el Genocidio de 1948 como base de competencia para interponer su demanda contra Israel el pasado 29 de diciembre,  la CIJ tenía limitado su ámbito de acción, procediendo a verificar únicamente si las evidencias probatorias presentadas por Sudáfrica eran de recibo (o no) y si guardaban alguna relación (o no) con las disposiciones de este instrumento multilateral.  El sútil equilibrio que la CIJ imprime tradicionalmente a sus decisiones no pareciera esta vez haberse verificado del todo.

Al señalar en su ordenanza que sí existe esta relación, que es plausible que Israel esté violando disposiciones de este instrumento, y al ordenarle a Israel varias de las medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica, el equipo legal de Sudáfrica puede sentirse muy satisfecho por la labor realizada.

Esta ordenanza de la CIJ también interpela de ahora en adelante al resto de la comunidad internacional para idear cómo frenar de manera significativa a un Estado cuyas máximas autoridades parecieran decididas a llevar a cabo una operación militar punitiva contra la población civil de Gaza, en represalia al ataque sufrido en la mañana del 7 de octubre perpetrado en territorio israelí por parte del Hamás. 

Es  muy probable que, ordenanza de la CIJ en mano, Estados, sea a título individual o colectivo, se planteen algunas interrogantes muy válidas:

-¿se puede seguir manteniendo relaciones diplomáticas, económicas «normales» con un Estado al que la CIJ señala que puede estar violando varias disposiciones de una emblemática convención como la Convención contra el Genocidio de 1948?

-¿se puede seguir exportando armas y municiones, componentes electrónicos con fines militares a un Estado que está demostrando no saberlos usar correctamente, con bombardeos indiscriminados y desproporcionales y una deliberada política de destrucción total?

-¿se puede seguir manteneniendo relaciones en el ámbito académico, en materia de cooperación técnica y científica, con un Estado que desde la tarde/noche del 7 de octubre destruye de manera intencional y deliberada escuelas, centros educativos superiores, y universidades en Gaza, aniquilando proyectos de vida de muchos jóvenes palestinos?

Por su parte, es muy probable que, también con la ordenanza de la CIJ en sus respectivas carpetas, los integrantes del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General  y de otras instancias de Naciones Unidas opten por nuevas iniciativas. 

En cuanto a la Oficina del Fiscal de la CPI (que se ha mostrado hasta ahora bastante distante con el drama cotidiano que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre), alguna declaración de su parte permitiría encausar acciones y materializarlas, de cara a establecer la responsabilidad penal individual de varios altos mandos israelíes:  es lo que diversos sectores en Europa buscan realizar, en particular desde Francia y Bélgica (Nota 4).

En su comunicado oficial (véase texto) acogiendo con beneplácito la  ordenanza de la CIJ, se lee por parte de Sudáfrica que:

«The United Nations Security Council will now be formally notified of the Court’s order pursuant to Article 41(2) of the Court’s Statute. The veto power wielded by individual states cannot be permitted to thwart international justice, not least in light of the ever-worsening situation in Gaza brought about by Israel’s acts and omissions in violation of the Genocide Convention. Third States are now on notice of the existence of a serious risk of genocide against the Palestinian people in Gaza. They must, therefore, also act independently and immediately to prevent genocide by Israel and to ensure that they are not themselves in violation of the Genocide Convention, including by aiding or assisting in the commission of genocide. This necessarily imposes an obligation on all States to cease funding and facilitating Israel’s military actions, which are plausibly genocidal «.

A modo de conclusión

No está de más señalar que los argumentos elaborados por la defensa de Israel, acompañados por esfuerzos inusuales por parte de algunos grandes medios de comunicación, no tuvieron mayor impacto en los jueces de la CIJ: esta ordenanza se tomó con un voto contudente de 16 contra uno (siendo el juez ad hoc israelí la única voz en contra), o  en algunas partes del párrafo dispositivo 86, con 15 contra 2 (siendo la jueza oriunda de Uganda la otra voz discordante observada, que consideró oportuno emitir una opinión disidente). Cabe precisar que el juez ad hoc de Israel sí votó en favor de los puntos 3 y 4 del precitado párrafo operativo 86, mientras la juez titular oriunda de Uganda votó en contra. 

Con relación a Israel, es de esperarse a reacciones iracundas contra los jueces de la CIJ por parte de sus máximas autoridades, las cuales ya no deben impresionar mayormente. En una nota reciente, ya tuvimos la oportunidad de señalar que:

«Israel deberá entonces ponderar si se arriesga a no acatarla o si cesa sus acciones militares en Gaza. El descrédito generalizado de su accionar en Gaza ha ido en aumento desde el pasado 7 de octubre, y colocarse en abierto desafío al máximo órgano judicial dentro del organigrama de Naciones Unidas conllevaría consecuencias, en particular para algunos de sus aliados más cercanos«.

Con relación a medidas provisionales ordenadas por la CIJ y posteriormente ignoradas por un Estado, recientemente tuvimos la ocasión de observar  el irrespeto a las medidas ordenadas contra Rusia por parte de la CIJ en el mes de marzo del 2022, solicitadas por Ucrania (véase ordenanza del 16 de marzo del 2022). 

El conjunto de sanciones tomadas en contra de Rusia y que se reforzaron al no acatar Rusia lo establecido por el juez internacional a partir de marzo del 2022, interpelará probablemente a muchos en Europa, Estados Unidos y Canadá con relación a un eventual desacato por parte de Israel a la ordenanza de la CIJ leída este 26 de enero del 2024.

Nota 1:  Véase BOEGLIN N., «Gaza /  Israel: a propósito del  anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible aquí.

Nota 4: En el caso de Francia, una propuesta del Senado circula desde el 5 de enero del 2024 (véase texto de la «proposition de résolution«) llamando a Francia a solicitar a la CPI e invitando en particular «… le Gouvernement à inclure dans ce renvoi une demande de saisine de la Chambre préliminaire aux fins que soient délivrés des mandats d’arrêt à l’encontre de M. Benyamin Netanyahou et de toute autre personne impliquée, selon l’évolution de l’enquête» (página 28).  Cabe señalar además una declaración conjunta de profesores belgas de derecho internacional público  (véase texto) con fecha del 13 de noviembre del 2023, indicando: «5. Compte tenu du risque de génocide, l’obligation de le prévenir, due conformément à la Convention de 1948 pour la prévention et la répression du crime de génocide, est dès à présent déclenchée«. Esta declaración hecha en nombre de la Société Belge pour le Droit International (SBDI) denota una sensibilidad mucho mayor a la de otras sociedades europeas de derecho internacional público. Salvo error de nuestra parte, solamente se registra, anteriores al texto de la SBDI, esta declaración de expertos españoles en derecho internacional público y relaciones internacionales (véase texto) y esta otra adoptada en nombre de la Società Italiana di Diritto Internazionale (SIDI) el 13 de octubre del 2023. 

Expertos costarricenses y la cónsul honoraria de Palestina abordarán la situación en Gaza e Israel en el programa Alternativas

Por José Daniel Gamboa Araya

Este próximo viernes, 26 de enero, se llevará a cabo una conferencia virtual de alto perfil sobre la situación entre Gaza e Israel. Organizada por el programa «Alternativas», la conferencia contará con la participación de destacados expertos en la materia. El profesor de la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica, Javier Johanning Solís, la Cónsul Honoraria Palestina en Costa Rica, Wajiha Sasa, y el profesor de Derecho Público de la misma universidad, Nicolas Boeglin, compartirán sus perspectivas en un esfuerzo por arrojar luz sobre los complejos acontecimientos en la región.

La transmisión en vivo estará disponible en las plataformas de redes sociales como Facebook Live y Youtube, así como en el canal de Spotify de «Alternativas». Además, los radioescuchas podrán sintonizar la conferencia a través de emisoras locales como «Radio Actual», «Radio Guanacaste», «Radio Soberanía» y «Radio Evolución». Este evento virtual busca fomentar el entendimiento y la reflexión sobre los desarrollos actuales en Gaza e Israel, ofreciendo a la audiencia la oportunidad de escuchar análisis experto y perspectivas diversas sobre la situación geopolítica en Oriente Medio.

Gaza / Israel: decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunciada para este 26 de enero

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.

En un comunicado dado a conocer este 24 de enero (véase texto en francés y en inglés), la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha anunciado que dará a conocer su ordenanza sobre las medidas provisionales urgentes solicitadas por Sudáfrica el pasado 29 de diciembre del 2023 contra Israel.

Cabe advertir desde ya que se trata de una decisión preliminar de carácter urgente, que es distinta a la decisión o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años.

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto).

Breve puesto en contexto

Como se recordará, Sudáfrica presentó formalmente una demanda contra Israel, la cual vino acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales ante el drama absoluto que se vive en Gaza: véase a ese respecto el texto completo de su demanda inicial de 84 páginas, cuya lectura completa se recomienda: revisten especial interés los párrafos 101-107 que detallan las escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel por parte de sus máximas autoridades.

Tuvimos la oportunidad de analizar el alcance de la acción interpuesta por Sudáfrica en una nota anterior, y los temores – fundados – que ha despertado esta acción en algunos círculos, tanto en Israel como en Estados Unidos (Nota 1).

Con relación a la forma de defenderse escogida por Israel durante las audiencias en La Haya realizadas el pasado 11 y 12 de enero del 2024, en esta muy recomendada entrevista publicada el 23 de enero del 2024 en la publicación le Magazine+972 en Israel, se lee que:

«My impression of the Israeli defense was that they appeared unable to deny or refute the accusations, providing only minimal and unconvincing attempts at justification. They appeared unprepared to confront the magnitude of the accusations, and struggled to mount a robust defense, often avoiding the critical evidence provided by the South African legal team — perhaps unaccustomed to being under such scrutiny, and also pressed for time«.

Cabe señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 2).

Una urgencia absoluta raramente observada

De manera a tener claridad sobre la urgencia total de la situación en Gaza, al 29 de diciembre 2023, el estado de situación elaborado por Naciones Unidas (véase informe) indicaba el siguiente saldo:

«Between the afternoons of 28 and 29 December, 187 Palestinians were killed, and another 312 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. According to the MoH in Gaza, between 7 October and 7:00 on 29 December, at least 21,507 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of then, 55,915 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, waiting for rescue or recovery.

On 29 December, the Israeli military announced that one additional soldier had been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 166 soldiers have been killed, and 936 soldiers injured in Gaza, according to the Israeli military».

El último informe de Naciones Unidas (al 23 de enero) indica por su parte que:

» Intense Israeli bombardments from air, land, and sea continued across much of the Gaza Strip on 23 January, resulting in further civilian casualties and displacement, as well as destruction. Ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups were also reported across much of Gaza. Hostilities were particularly intense in Khan Younis, with Israeli forces reported to having surrounded and launched a large-scale operation in the city. Heavy fighting is reported in proximity to hospitals in Khan Younis, including Al Aqsa, Nasser and Al Amal, with reports of Palestinians trying to flee to the southern town of Rafah. Between the afternoons of 22 and 23 January, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 195 Palestinians were killed, and 354 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 12:00 on 23 January 2024, at least 25,490 Palestinians were killed in Gaza and 63,354 Palestinians were injured, according to the MoH.

On 23 January, the UN Secretary-General, in remarks made to the Security Council on the Situation in the Middle East, stated: “The past 100 days have been heartbreaking and catastrophic for Palestinian civilians in Gaza. More than 25,000 people, mainly women and children, have reportedly been killed in operations launched by Israeli forces. More than 60,000 others have been reportedly injured. In recent days, the military offensive has intensified in Khan Yunis with many additional causalities. The entire population of Gaza is enduring destruction at a scale and speed without parallel in recent history. Nothing can justify the collective punishment of the Palestinian people.”

Between the afternoons of 22 January and 23 January, 21 soldiers were killed in a single incident in southern Gaza, the highest military toll on a single day since the start of the ground operation. As of 23 January, 219 soldiers have been killed, and 1,232 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military«.

No está de más indicar que muchas de las personas gravemente heridas en Gaza están prácticamente condenadas a perder la vida, al yacer bajo los escombros sin que puedan ser auxiliadas, solas y en el frío. Cuando logran ser auxiliadas por algún equipo de rescate aún operativo o por sobrevivientes en mejor estado, llegan a centros hospitalarios y refugios hacinados, muchos de ellos total o parcialmente destruidos, sin energía ni agua, ni suficientes medicamentos, ni suficiente personal médico para atenderlos.

El calificativo de «genocidio» y la acción interpuesta por Sudáfrica ante la CIJ fueron recientemente objeto de una emisión radial en Francia (France Culture), durante la cual el entrevistador pretendió saber más de derecho internacional público que la experta gala entrevistada, procediendo a un cierre abrupto de la entrevista bastante inusual y, en nuestra opinión, muy poco profesional (véase nota de Arret sur Images del 11 de enero del 2024).

A modo de conclusión

Es muy probable que la CIJ ordene un cese al fuego inmediato por razones humanitarias, tal como fue solicitado por Sudáfrica en su extensa demanda, y ello de manera unánime o casi. Esta acción de Sudáfrica se presentó luego de intentos fallidos en el Consejo de Seguridad, debido a dos vetos norteamericanos. La amenaza de un tercer veto de Estados Unidos condujo a la adopción de la resolución 2720 el 22 de diciembre del 2023, la cual adolece de una referencia a un cese al fuego por razones humanitarias.

Es de recordar que en una decisión anterior, relacionada a la construcción de un muro en territorio palestino por parte de Israel, la CIJ adoptó su opinión consultiva (véase texto completo) en julio del 2004 con 14 votos a favor y uno solo en contra en varios de los puntos conclusivos detallados en el párrafo 163, siendo la voz discordante la del juez norteamericano de la CIJ Thomas Buergental.

En el caso de la solicitud de medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica contra Israel en diciembre pasado, al haber invocado Sudáfrica la Convención de 1948 para la Prevención y Sanción del Crimen de Genocidio, y deberse centrar parte de la discusión legal sobre el punto de saber si es o no plausible que se esté cometiendo un genocidio en Gaza, es muy posible que el debate interpares en La Haya deje algún rastro en la decisión final, y que algunos otros párrafos operativos de esta ordenanza se deban someter a la votación de los 15 jueces titulares y de los dos jueces ad hoc designados por Sudáfrica e Israel.

Si bien los precitados párrafos 101-107 de la demanda de Sudáfrica (véase texto) constituyen una evidencia probatoria sobre la intención deliberada de las actuales autoridades israelíes, es posible que algunos jueces busquen la manera de no darle la importancia que merecen estas escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel desde el pasado 7 de octubre

En caso de que Israel desacate esta ordenanza de la CIJ que será leída este próximo 26 de enero del 2024, será entonces la comunidad internacional (Consejo de Seguridad y accesoriamente Asamblea General de Naciones Unidas en caso de veto norteamericano en el primer órgano mencionado), la llamada a idear un mecanismo para obligar a Israel a cesar sus operaciones militares en Gaza: las cuales, desde el 7 de octubre por la tarde / noche consisten, a modo de represalia por el ataque sufrido el mismo 7 de octubre perpetrado por el Hamás, en una acción punitiva colectiva en contra de la población civil de Gaza. Ello en abierta violación a las reglas más básicas del derecho internacional humanitario.

Desde un estricto punto de vista militar, un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).


Nota 1: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible ici.

Foto extraída de esta nota de prensa titulada «Bilan du Hamas: 5000 morts dont 2055 enfants, dans la bande de Gaza», Le Journal de Québec, edición del 23/10/2023.

Marcha-Boicot BDS por Palestina sobre la Avenida Central. “No con nuestro dinero” indica la Red de Solidaridad con Palestina en Costa Rica

Por Sofía Jiménez Murillo

La Red de Solidaridad con Palestina en Costa Rica publicó, en su red social Instagram, un vídeo que muestra la marcha-boicot realizada en San José en relación con la injusticia sufrida por el pueblo palestino. Durante la manifestación, llevada a cabo sobre la Avenida Central, estuvieron presentes bastantes personas levantando la bandera Palestina en señal de apoyo.

En la marcha, también, estuvo presente el movimiento BDS (Boicot-Desinversión-Sanciones), cuyo objetivo es trabajar para erradicar la opresión del pueblo palestino por parte de Israel, así como de la ayuda internacional que éste país pueda emplear para ejecutar dicho fin.

Compartimos el vídeo.