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Etiqueta: jornada laboral

El reloj roto de la historia: crónica de una jornada en retroceso

Frank Ulloa Royo

Hay relojes que no marcan la hora, sino la vergüenza. Relojes que no avanzan, sino que giran hacia atrás, como si el tiempo fuera un capricho de los poderosos y no una conquista de los pueblos. En Costa Rica, ese reloj se rompió en 1920, cuando los trabajadores, tras huelgas y revueltas, lograron que el Estado reconociera su humanidad en forma de ley: ocho horas de trabajo, ni una más. Fue una victoria contra el agotamiento, contra la lógica colonial del cuerpo como recurso. El tiempo, por fin, era también territorio obrero.

Pero hoy, cien años después, los nuevos conquistadores—con corbata y logo corporativo—exigen doce horas de jornada. No con látigo, sino con decreto. No desde Sevilla, sino desde San José. El Estado nacional, que antes legislaba para proteger, ahora legisla para rendirse. Se invoca el desarrollo como antes se invocaba la evangelización. Se ofrece el cuerpo del trabajador como incentivo, como moneda de cambio. Y el reloj, ese viejo testigo de las luchas, empieza a girar hacia atrás, como si la historia fuera un error que conviene corregir.

El derecho laboral de Indias fue un campo de batalla entre la ley y la realidad, entre el discurso humanista y la práctica colonial. Las leyes proclamaban dignidad, pero legitimaban el despojo. Su legado es ambivalente: testimonio de una voluntad reformista y evidencia de su fracaso. Sin embargo, en medio de sus contradicciones, esta legislación dejó huellas profundas que aún resuenan en los sistemas jurídicos modernos.

Muchos de sus principios —aunque nacidos en contextos de dominación— anticiparon derechos que hoy consideramos fundamentales. La limitación de la jornada laboral, la protección de la maternidad, el reconocimiento del salario justo, la regulación de oficios peligrosos, la prohibición del trabajo infantil y la defensa de la salud en el trabajo fueron formulados como alternativas al trabajo forzoso y a la esclavitud. Estas propuestas, aunque incompletas y muchas veces incumplidas, constituyen los primeros esbozos de una ética laboral que buscaba humanizar la producción.

La legislación indiana, entonces, no puede ser leída únicamente como instrumento de control. También fue espacio de disputa, de reforma, de resistencia jurídica. En sus márgenes se gestaron debates sobre la humanidad del otro, sobre la legitimidad del poder, sobre el derecho al descanso, al cuerpo, al salario. Como señala Borrajo Dacruz (2003), “la historia del derecho del trabajo no comienza con la revolución industrial, sino con los primeros intentos de limitar el abuso en contextos coloniales”.

Lo irónico es que ni las Leyes de Indias, redactadas en pleno siglo XVI por una monarquía esclavista, se atrevieron a tanto. Felipe II, en su Instrucción de 1593, ordenaba que los obreros trabajaran ocho horas, repartidas para evitar el rigor del sol. ¡Felipe II, nada menos! El mismo que gobernaba sobre minas, encomiendas y amputaciones, reconocía que el cuerpo humano tenía límites. Hoy, en cambio, se pretende que el trabajador moderno—con más derechos, más ciencia, más Constitución—trabaje más que un indígena bajo el sol colonial. ¿Progreso? ¿Modernidad? No. Es el regreso al feudo, pero con Wi-Fi.

La ley que se propone no es una reforma: es una parodia. Una tragicomedia legislativa donde el Estado se disfraza de gestor, pero actúa como capataz. Se redactan protocolos, se celebran foros, se imprime el retroceso en papel membretado. Y mientras tanto, el reloj sigue girando hacia el abismo, marcando no las horas trabajadas, sino las horas perdidas. Perdidas en la historia, en la dignidad, en la memoria.

Porque legislar doce horas no es solo legislar tiempo: es legislar olvido. Es borrar la huelga de 1920, la Revolución del Sapoá, los sindicatos que entendieron que el cuerpo no es mercancía. Es decirle al trabajador: “Tu historia no importa. Tu cansancio no cuenta. Tu tiempo no es tuyo.”

Pero el reloj, aunque roto, recuerda. Y cada vuelta hacia atrás es también una señal de alarma. Porque hay memorias que no se archivan, cuerpos que no se rinden, y pueblos que saben que el tiempo no se negocia: se conquista.

Y mientras se redactan leyes para extender la jornada, se archivan las inspecciones, se recortan pensiones, se normaliza el despojo. El trabajador accidentado, incapacitado, descartado, se convierte en expediente. Se le quita el cuerpo, luego el trabajo, luego el nombre. Se le deja la espera. Se le deja la nada.

Hoy más que nunca, el movimiento de los que trabajan bajo una jornada debe levantar la voz y no permitir que las agujas del reloj retrocedan. No para pedir favores, sino para recordar conquistas. No para negociar retrocesos, sino para defender el tiempo como derecho. Porque si el reloj gira hacia atrás, que sea para recordar quiénes somos, de dónde venimos, y por qué luchamos.

Jornada laboral y derecho al cuidado: lo que dice la Corte IDH y el debate en Costa Rica

En la Asamblea Legislativa de Costa Rica se discute el proyecto de ley conocido como “jornadas 4×3”, que propone modificar la distribución de la jornada laboral a cuatro días de trabajo de 12 horas y tres de descanso. Según sus proponentes, la medida busca aumentar la competitividad y dar mayor flexibilidad a empresas y personas trabajadoras. Sin embargo, organizaciones sociales, sindicatos y grupos de mujeres han expresado oposición, señalando posibles impactos negativos en derechos laborales y en la vida cotidiana.

Uno de los puntos centrales del debate es que la propuesta podría reducir o eliminar el pago de horas extra, afectando los ingresos de muchas personas trabajadoras que dependen de este complemento para enfrentar el alto costo de vida. Además, implicaría un impacto diferenciado para las mujeres, quienes en su mayoría asumen el trabajo de cuidado no remunerado en los hogares. Con jornadas más extensas, el tiempo disponible para estas labores y para el descanso se vería aún más limitado.

Este debate ocurre poco después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitiera, en junio de 2025, la Opinión Consultiva OC-31/25 sobre el derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos humanos. La opinión, solicitada por Argentina, reconoce el cuidado como un derecho humano autónomo y establece que los Estados tienen la obligación de garantizarlo en tres dimensiones: cuidar, ser cuidado y autocuidarse.

El cuidado como derecho humano

Según la Corte IDH, los trabajos de cuidado abarcan desde la provisión de bienes esenciales para la vida —como alimentación, salud y limpieza— hasta el acompañamiento emocional y la transmisión de valores y conocimientos. Este trabajo es indispensable para la existencia de las sociedades, pero sigue estando distribuido de forma desigual, recayendo mayoritariamente sobre las mujeres.

La Opinión Consultiva enfatiza que esta distribución desigual tiene consecuencias económicas y sociales: limita la participación de las mujeres en el empleo formal, restringe su autonomía económica y reduce el tiempo disponible para su educación, participación política y descanso. Por ello, el Tribunal afirma que los Estados deben adoptar políticas públicas para reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado no remunerado, así como para jerarquizar el cuidado remunerado.

Obligaciones estatales y condiciones laborales

Entre los contenidos esenciales del derecho al cuidado, la Corte IDH destaca:

  • Garantizar condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias.

  • Proteger los derechos de las personas que realizan cuidados, tanto remunerados como no remunerados.

  • Asegurar licencias de maternidad y paternidad adecuadas.

  • Desarrollar infraestructura de cuidados, como centros de atención infantil y servicios para personas mayores o con discapacidad.

  • Integrar la perspectiva de género y no discriminación en toda la normativa y política laboral.

En relación con la jornada laboral, el Tribunal subraya que los Estados deben garantizar que las condiciones de empleo no menoscaben el derecho al cuidado. Esto incluye evitar que las jornadas extensas o inflexibles impidan a las personas atender sus responsabilidades familiares o su propio bienestar.

Otros aspectos de la Opinión Consultiva

Aunque el eje principal es el derecho al cuidado, la Corte también abordó su vínculo con otros derechos:

  • Derecho a la vida y a la salud: los cuidados son esenciales para mantener condiciones de vida digna y acceso efectivo a la atención sanitaria.

  • Derecho a la educación: tanto para quienes reciben cuidados como para quienes los brindan, asegurando que el trabajo de cuidado no se convierta en una barrera para la formación.

  • Seguridad social: el cuidado no remunerado debe ser reconocido en los sistemas de protección social, por ejemplo, al contabilizarlo para pensiones o beneficios.

El vínculo con el proyecto 4×3

La propuesta de jornadas 4×3 en Costa Rica debe analizarse a la luz de este nuevo estándar interamericano. Si bien podría ofrecer más días de descanso, también concentraría las horas de trabajo en menos días, con potenciales consecuencias para la salud, el tiempo familiar y las labores de cuidado. En el caso de las mujeres, que según datos de la CEPAL realizan en promedio más del triple de horas de cuidado no remunerado que los hombres, las jornadas prolongadas podrían profundizar las desigualdades.

Además, al disminuirse el pago de horas extra, se reduciría la capacidad económica de muchas familias, lo que afectaría de manera directa la posibilidad de cubrir necesidades básicas y de contratar servicios de cuidado cuando estos son requeridos.

La Corte IDH ha sido clara: cualquier cambio en la organización del trabajo debe respetar y promover el derecho al cuidado, evitando retrocesos en materia de igualdad y no discriminación. En este sentido, las decisiones legislativas en Costa Rica sobre la jornada laboral deberían considerar no solo la productividad y la competitividad, sino también la salud, la vida familiar y los derechos humanos de toda la población.

Descargue el documento de la opinión consultiva en este enlace.

Pronunciamiento de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras sobre jornadas 4×3

La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal es la representación sociolaboral más numerosa e importante del país. Dada su naturaleza asociativa y las responsabilidades que le han sido encomendadas por ley, este órgano colegiado ha defendido de manera decidida los intereses de las personas trabajadoras, promoviendo iniciativas de política pública tendientes a mejorar sus condiciones de vida y, consecuentemente, oponiéndose de manera contundente a aquellas iniciativas que pretendan afectar negativamente el bienestar del trabajador costarricense.

Por ello, la Asamblea se ve en la imperiosa necesidad de manifestar su enérgica oposición al proyecto de ley No. 24.290, establecimiento de jornadas laborales excepcionales para casos determinados que sean excepcionales y muy calificados, conocido popularmente como “jornadas 4×3”.

Numerosas instancias técnicas y políticas se han pronunciado negativamente con relación a este proyecto, subrayando los nefastos impactos que acarrea para la economía de las personas trabajadoras, su salud mental, su vida familiar, sus posibilidades de superación personal mediante el estudio, su tiempo para la recreación, la posibilidad de atender emergencias o contingencias, entre otros.

Algunos de los principales impactos negativos que se identifican en esta iniciativa son la afectación a la salud y el bienestar, debido a que jornadas más largas conllevan mayor fatiga, estrés, riesgos de accidentes laborales y enfermedades asociadas al trabajo. Merma en los ingresos, el proyecto desconoce el carácter del tiempo extraordinario laborado, se pretende disminuir el reconocimiento económico del tiempo extraordinario perjudica la economía de la persona trabajadora, y el beneficio recae exclusivamente en las empresas.

El proyecto de ley manifiesta efectos negativos en la productividad, sugiriendo que jornadas excesivamente largas pueden tener el efecto contrario, disminuyen la concentración y la eficiencia. La extensión de las jornadas laborales acarrea una serie de impactos negativos en el derecho a la vida familiar, el descanso y la recreación. No solo limita el tiempo diario que la persona trabajadora puede destinar a convivir con su familia, sino también las posibilidades de destinar tiempo a su superación personal.

Este tipo de iniciativa perjudica especialmente a las mujeres trabajadoras que puedan ser sometidas a estas jornadas tan extensas, desconociendo que las mujeres cargan además con una desproporcionada carga de trabajo doméstico no remunerado.

Se ha pretendido convencer a las fuerzas opositoras a esta iniciativa de que las personas trabajadoras podrán acogerse “voluntariamente” a las jornadas extendidas. Sin embargo, este argumento desconoce la asimetría de poder que existe entre la persona trabajadora y su empleador, y que existen innumerables maneras en que la empresa puede presionar al trabajador para que se vea obligado a acogerse a este tipo de jornada.

La aprobación de las jornadas extraordinarias 4-3 impactan negativamente el dinamismo del mercado de trabajo, pues labores que podrían estar siendo desempeñadas por personas desempleadas durante un turno extra, son desempeñadas por los trabajadores ya contratados.

En conclusión, este proyecto de ley acarrea un amplio conjunto de efectos negativos para las personas trabajadoras y solamente beneficia a las empresas. La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras exhorta a los diputados y diputadas a suspender el trámite de este proyecto y abrir espacios de diálogo social con las organizaciones sociolaborales y empresariales que permitan elaborar y consensuar propuestas que satisfagan las expectativas y demandas de las empresas, pero sin desmejorar las condiciones de vida de las personas trabajadoras.

Imagen: UCR.

Movilización contra proyecto de jornadas laborales de 12 horas

El movimiento Trabajo Digno CR les invita a ser parte de una movilización nacional que tendrá lugar el viernes 8 de agosto a las 5:00 p.m. en San José, Parque de la Merced, para luego desplazarse hacia el Parque de las Garantías Sociales, donde se realizará una vigilia por el Código de Trabajo.

Esta organización social ha alzado la voz contra el nefasto proyecto de ley que pretende instaurar jornadas laborales de 12 horas en Costa Rica. Se les invita a sumarse a la convocatoria y a hacerse presentes en esta jornada de lucha, bajo una sola consigna: ¡No a las jornadas de 12 horas! ¡Sí al trabajo digno y con derechos!

El Movimiento Trabajo Digno surge en el 2023, agrupando distintas organizaciones sociales y políticas, como una respuesta urgente ante los intentos legislativos de imponer en el país un régimen laboral regresivo con jornadas laborales de 12 horas sin pago de horas extra. De aprobarse, significaría un retroceso de décadas en materia de derechos laborales.

El proyecto de ley No. 29290 lesiona gravemente los derechos de las personas trabajadoras, al pretender instaurar una jornada de trabajo de 4 días a la semana, durante 12 horas sin pago de horas extras y brindar 3 días de descanso sin garantía de que sean consecutivos y con posibilidad de hacer las horas extra durante estos periodos de “descanso” en 2 de estos días, si el patrono así lo dispone.

El proyecto invisibiliza los tiempos de traslado, estudio, recreación, y el derecho a compartir con la familia. Además, golpea con mayor fuerza a las mujeres trabajadoras, quienes ejercen doble o triple jornada por las tareas del hogar y del cuido; por lo que el tiempo que puede dedicarse al descanso cada día, bajo un esquema de este tipo, se reduciría al mínimo. Estas jornadas tan largas resultan en personas trabajadoras cansadas, con fatiga y sin dormir, aumentando la posibilidad de que sufran accidentes de trabajo y disminuya su productividad.

A pesar de todas estas consecuencias, la Asamblea legislativa se encuentra discutiendo este proyecto bajo la modalidad de procedimiento abreviado, evidenciando el compromiso de algunas diputaciones con los intereses empresariales por encima de los derechos humanos.

Se les invita a sumarse a la convocatoria lo cual pueden hacer, llenando el siguiente formulario: https://forms.gle/LXarejtBU33jpCAr6

Para sumarse con su logo hay tiempo hasta el 1ro de agosto a las 10:00 am.

Alerta ciudadana: pretenden legalizar jornadas laborales de 12 horas sin pago de horas extra

El pasado 26 de junio, 42 diputaciones votaron a favor de la aprobación del proyecto “Jornadas 4×3” por la vía rápida. De aprobarse, el proyecto permitiría el establecimiento de jornadas laborales de hasta cuatro días consecutivos de 12 horas (con tres días de descanso), sin obligación de pagar horas extraordinarias, bajo el argumento de “jornadas excepcionales”.

Ante esta situación, organizaciones sociales y personas trabajadoras hacen un llamado urgente a informarse sobre el proyecto de ley y las implicaciones que el mismo posee en la población costarricense. Esta medida representa un retroceso de más de un siglo en los derechos laborales de las personas trabajadoras.

Ante este intento de reforma regresiva, diferentes colectivos han habilitado una plataforma digital para que la ciudadanía pueda pronunciarse. En el sitio trabajodignocr.org, cualquier persona puede enviar un correo electrónico directamente a las diputaciones, exigiendo que voten en contra de esta propuesta.

Desde los espacios organizados se insiste en que la movilización popular es clave para detener este tipo de iniciativas que precarizan las condiciones laborales. Se invita a toda la población a sumarse al movimiento, compartir la información y ejercer presión.

Foro de diálogo nacional abordará pensiones y proyecto de jornadas 4×3 este miércoles

El Foro Diálogo Nacional de Alto Nivel realizará una sesión este miércoles 2 de julio a las 2:00 de la tarde en las oficinas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular, sede San Pedro, para dialogar sobre el sistema de pensiones y el proyecto de ley de jornadas laborales 4×3.

La Mesa Nacional de Diálogo Social y Productivo informó que la actividad contará con la participación de dos invitados especiales: el máster en ciencias Luis Pablo Zúñiga Morales, experto en derecho laboral y educación, y el licenciado Juan Antonio Vargas Guillén, representante de las personas trabajadoras ante CONASSIF.

La organización solicita confirmar asistencia mediante respuesta al correo electrónico mesa.nacionaldedialogo@gmail.com o al número telefónico 86989553.

El foro forma parte de las iniciativas de la Mesa Nacional de Diálogo Social y Productivo para generar espacios de discusión sobre temas laborales y de seguridad social que afectan a la población trabajadora del país.

La sesión se enfocará específicamente en analizar el estado actual del sistema de pensiones nacional y las implicaciones del proyecto de ley que propone la implementación de jornadas laborales de cuatro días por tres de descanso, una propuesta que ha generado debate en diferentes sectores de la sociedad costarricense.

La jornada de 12 horas no se justifica, ni es necesaria

Vladimir de la Cruz

Cuando se invita a empresas y a empresarios extranjeros a invertir en Costa Rica, los organismos especializados en la atracción de capitales y de la llamada Inversión Extranjera Directa, les informan del entorno jurídico que van a tener, relacionada con impuestos, exoneración de impuestos, ventajas fiscales, seguridad jurídica existente en el país, capacidad intelectual nacional de personas preparadas para las nuevas tecnologías y ciencias informáticas, así como de otras ventajas nacionales para esas empresas y empresarios.

Una información valiosa que se les suministra es el cumplimiento de la legislación nacional de trabajo, el régimen jurídico que lo regula y las obligaciones que se tienen con los trabajadores, relacionadas con jornadas, salarios, libertades de asociación laboral.

Así operan, y están obligadas a hacerlo, la Asociación de empresas de Zonas Francas de Costa Rica, la Cámara de Comercio, la Cámara de Industrias, la Unión de cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial, la Cámara de Exportadores de Costa Rica, la Cámara de Comercio Exterior, y la Cámara de Comercio Norteamericana Costarricense.

Hace algunos años, cuando fui Embajador en Venezuela traje al país grupos empresariales venezolanos, en una ocasión 56 empresarios, que se reunieron con sectores empresariales nacionales con la intención de comprar productos nacionales y de realizar inversiones en el país. En todas las sesiones que pude participar de esos encuentros pude aquilatar y valorar el papel de los empresarios nacionales informándoles a los venezolanos de los aspectos legales que debían cumplir y someterse, entre ellos la legislación laboral y social. Siempre que he puesto ese ejemplo de relación he destacado la responsabilidad de los empresarios, en esas cámaras, de hacer valer esa legislación. La realidad puede ser otra, pero fui testigo de que se les informaba de sus obligaciones., especialmente en el campo laboral y social.

Desde principios del siglo XX se viene intentando introducir en el país la jornada de trabajo de 12 horas diarias, por cuatro días a la semana, lo que se ha llamado popularmente la ley de la jornada 4-3, que garantiza el cumplimiento de la jornada de 48 horas a la semana, que jurídicamente se establece en seis jornadas de ocho horas cada una.

Con el criterio de concentrar en cuatro días las 48 horas se trata de vender a los trabajadores actuales y futuros, una ventaja de darles tres días de descanso. Teóricamente así parece. La realidad se impondrá brutalmente sobre los trabajadores y las personas que así se contraten.

Las nuevas jornadas de 12 horas de trabajo serán devastadoras físicamente para los trabajadores, agotadoras, productoras de mayor estrés físico y mental, de tensión física y emocional, de mayor frustración, de estrés agudo y prolongado, de mayor desgaste nervioso y generador de furias y enojos, generador de dolores de cabeza, tensiones musculares, problemas digestivos, de alteración de los estados de sueño, de mayor irritabilidad y dificultad para concentrarse en el trabajo y en las relaciones familiares. La violencia doméstica y familiar probablemente se incremente.

Para empezar un trabajador o trabajadora, para incorporarse a una jornada de 12 horas, debe prepararse en su hogar por lo menos dos horas antes de desplazarse a su sitio de trabajo, para prepararse personalmente, desayunar y trasladarse al sitio de trabajo. Al finalizar las doce horas de trabajo, igualmente tendrá de disponer de otras dos horas para regresar al hogar, habiendo de esa manera dispuesto en el día, entre 14 y 16 horas fuera del hogar.

Con las actuales jornadas de ocho horas de trabajo se producen al año más de 110.000 (ciento diez mil accidentes de trabajo) atendidos por el Instituto Nacional de Seguros y el Hospital del Trauma, con altos porcentuales de muerte y de incapacidades parciales y totales. Con 12 horas de trabajo sin ninguna duda esta situación se va a incrementar.

A nivel familiar se realizará un desgaste de las relaciones de pareja, de los esposos, de los padres y madres con sus hijos. Se debilitará la relación de colaboración entre ellos.

No hay condiciones nacionales de cuido para los niños en edad preescolar, de primera infancia, y de la atención escolar que deben brindar los padres. El sistema educativo está totalmente debilitado en términos generales y sin capacidad alguna de proteger a la infancia nacional en las condiciones de trabajos de sus padres de 12 horas o más fuera de sus hogares.

Las empresas carecen de la condiciones de facilitarles cuido y educación a los niños, mientras sus padres trabajan en ellas. Ni siquiera, en el proyecto de ley de estas doce horas se contempla esta posibilidad, y la garantizar el transporte seguro y acorde al salario real del trabajador al centro de trabajo y de retorno a su casa.

Salarialmente va a producirse un impacto muy grande en los trabajadores. De conformidad a la legislación nacional cuando se trabajan más de ocho horas, lo que se permite, hay que pagar un sobre sueldo de un 50% por cada hora de trabajo adicional. Así, si un trabajador, por ejemplo, gana 100 colones por hora, en la hora extra debe ganar 150 colones, o si gana 1000 colones debe ganar 1500 colones. Este plus salarial se pierde. Todas las 12 horas se van a pagar con un salario común por hora, y las horas extras adicionales que deberían pagarse con el 50% de más, van a pagarse, en el salario integrado por menos del 15%.

Aquí, con esta jornada de trabajo de 12 horas, que es como las que se aplicaban en el siglo XIX y parte del siglo XX, de tipo esclavista, se va a producir una rebaja real del salario de los trabajadores, produciéndole una ganancia al empleador, al empresario o a la empresa.

De acuerdo con la legislación nacional todo incremento en el salario, tipo pago de horas extras, se reconoce en el pago de aguinaldo en el mes de diciembre. Con el régimen de jornadas de 12 horas no se va a pagar ningún incremento en el aguinaldo. Se recibirá un salario igual al que se ganará mensualmente, lo

De acuerdo con la legislación nacional todo incremento en el salario, también repercute en el reconocimiento final al momento de pensionarse una persona, que se le hace un recuento de todos sus ingresos, por más de 30 años de trabajo o por tener la edad de retiro legalmente establecida. Con ese recuento se le establece una pensión correspondiente a un porcentaje de los salarios ganados, que generalmente es un 40% menos del salario que se recibió. En este momento también hay un proyecto de ley que quiere aumentar la edad de retiro, a más de 65 años y hasta los 70 años de edad, debido a la longevidad de los costarricenses estimada en 82 años para las mujeres y 78 para los hombres.

Brutalmente, el ROP lo están reformando para que el ahorro “voluntario” de los trabajadores se le pueda pagar en tractos hasta la edad de 110 años, como si toda la gente de Costa Rica pudiera vivir como doña Marita Camacho de Orlich, nuestra Primera Dama que goza felizmente de esa edad.

En otro orden de cosas, en la discusión que ha tenido este Proyecto de Ley en la Asamblea Legislativa, los diputados defensores de los empresarios esclavistas, que quieren implantar la jornada de trabajo de 12, no han podido demostrar, que realmente sea una necesidad esa jornada para establecerla de manera nacional. No han podido señalar una sola empresa que pida esa jornada. No han podido demostrar que empresas que quieran instalarse en Costa Rica pidan o exijan esa jornada esclavista.

Las empresas extranjeras en general están obligadas a cumplir la leyes laborales, en las mismas condiciones que se cumplen en sus países de origen. Las empresas estadounidenses están obligadas en ese sentido a cumplir las jornadas de ley nacional y las de su país, que también son de 8 horas diarias.

En este momento asesores de Donald Trump están proponiendo establecer la jornada de 60 horas semanales, a razón de 12 horas diarias. Por ahora es solo una propuesta y un discurso. En Europa, al contrario, en países de la OCDE, organización a la cual pertenecemos, se está orientando la jornada semanal a 35 y 36 horas sin disminuir salarios, con jornadas diarias de seis horas. En algunos países que tienen la jornada de 48 horas semanales están proponiendo reducirla a 40 horas, y en algunos de estos países proponen jornadas de 10 horas diarias por cuatro días a la semana, que es otra cosa y otro aspecto laboral que también se discute.

El actual sistema productivo moderno, de alta tecnología especialmente, impone en algunos trabajos y empresas sistemas constantes de trabajo, de manera que las empresas o fábricas deben trabajar las 24 horas continuas, sin parar. Eso es normal que así suceda. Las empresas han adaptado sus sistemas de contratación laboral para realizar tres turnos de trabajo de ocho horas cada uno. Con esto mantienen en funcionamiento sus sistemas de producción, con tras grupos de trabajadores. Si se establece la jornada de 12 horas la realidad va a provocar que una parte de esos trabajadores se quede sin trabajo, un turno de trabajo puede desaparecer totalmente.

No es cierto que con las jornadas de 12 horas de trabajo vaya a aumentar el empleo. Los datos empleo y desempleo son claros en el sentido de que está disminuyendo el empleo. ¿Por qué va a aumentar con las jornadas de 12 horas? No hay nada que así demuestre. Ni hay en el país una sola empresa que pueda hacer esta demostración.

La esencia de todo el proyecto de ley de las jornadas esclavistas de 12 horas es reducir la mano de obra, reducir sus salarios reales e incrementar las ganancias de las empresas y sus empresarios.

El presidente de la República está empeñado en que se apruebe la jornada de trabajo de 12 horas diarias de la manera más rápida posible, ojalá sin discusión alguna. En su trabajo internacional en países de sistemas políticos no democráticos, o poco democráticos, se acostumbró a proyectos que le tocaba impulsar que imponían o se realizaban bajo esas condiciones de trabajo esclavista.

Este Proyecto de Ley debe detenerse en la Asamblea Legislativa. Los sindicatos, las universidades, las iglesias, las organizaciones no gubernamentales que velan por los derechos humanos, los padres de familia deben pronunciarse y movilizarse contra la ley esclavista. La Iglesia Católica ya ha llamado la atención en este asunto. Se ha opuesto a la jornada de trabajo de 12 horas, siguiendo la tradición de la Justicia Social Cristiana desarrollada desde 1891, a partir de la Encíclica Rerum Novarum.

Al menos debe producirse un gran debate nacional, en términos de un debate parlamentario que no se someta al llamado trámite rápido, que es la forma vulgar de imponer esta Ley.

Cuando se discutía el Contrato de la ALCOA a finales e 1969 e inicios de 1970, el entonces diputado Rodrigo Carazo Odio, opuesto con otros diputados a ese Proyecto de Ley, no decía a los dirigentes estudiantiles que estábamos en la lucha contra la ALCOA, que a los diputados a favor de ALCOA les habían pagado más de 100.000 dólares. Por eso había en las marchas letreros que preguntaban: “¿Diputados, how much?”. Estaremos en una situación como esta ante la ley esclavista de las jornadas de las 12 horas diarias. “¿Diputados, how much?”

Compartido con SURCOS por el autor.

Centrales sindicales rechazan proyecto de jornadas 4×3 y solicitan intervención de la OIT

Cuatro centrales sindicales de Costa Rica manifestaron su rechazo al proyecto de ley sobre jornadas laborales 4×3 impulsado por la administración Chaves Robles, y solicitaron formalmente la intervención de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mediante una carta abierta.

La Confederación de Trabajadores Unidad en la Acción Sindical (UAS), la Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD) y la Central General de Trabajadores (CGT-Costa Rica) emitieron un comunicado conjunto en el que denuncian que el proyecto, identificado como expediente 24.290, representa «un retroceso y una clara desmejora de las conquistas históricas de la clase trabajadora».

Según expresan las organizaciones sindicales, el gobierno intentó aprobar este proyecto el 19 de mayo mediante el mecanismo de vía rápida en la Asamblea Legislativa, pero no tuvo éxito. La iniciativa pretende implementar una jornada laboral de 12 horas diarias durante cuatro días a la semana.

En el comunicado, las centrales sindicales destacan la decisión de la Asamblea de negar la vía rápida y exigen el rechazo total de este proyecto. «Afectaría negativamente la salud, seguridad y el equilibrio entre la vida laboral y familiar de los costarricenses», señala el documento, indicando que fue desarrollado sin considerar las necesidades y realidades de las personas trabajadoras del país.

Entre las razones de oposición al proyecto, las organizaciones mencionan:

  • El aumento del riesgo de enfermedades y accidentes laborales con jornadas de 12 horas

  • La contradicción con políticas de países miembros de la OCDE que promueven la reducción de jornadas laborales

  • El impacto económico negativo en la productividad según especialistas del Observatorio Económico y Social de la UNA

  • La discriminación hacia mujeres y familias trabajadoras

  • El retroceso en el avance educativo de quienes trabajan y estudian

  • La ausencia de diálogo social en la formulación del proyecto

Paralelamente, las mismas organizaciones enviaron una carta abierta a Eliel Hasson Nisis, director de la Oficina de la OIT para América Central, Haití, Panamá y República Dominicana, expresando su preocupación por la propuesta de ampliación de la jornada laboral.

En la misiva, las confederaciones sindicales indican que la medida «coloca en grave riesgo los derechos fundamentales de la clase trabajadora costarricense y retrocede más de un siglo las conquistas históricas derivadas de la lucha sindical obrera».

Las organizaciones recuerdan que desde la adopción del Convenio N°1 de la OIT en 1919, el principio de la limitación de la jornada laboral ha sido reconocido como un pilar del derecho internacional y solicitan un pronunciamiento público del organismo tripartito sobre esta situación.

«La sociedad costarricense espera de la OIT una posición clara en defensa de los derechos laborales, alineada con los convenios internacionales y con el principio de trabajo digno y equitativo enmarcado dentro del concepto de Trabajo Decente», concluye la carta.

Desde 2026, baja gradual de jornada laboral a 40 horas semanales: México

La reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales entrará en vigor en 2026, ya que existe “una necesidad imperiosa” de que se cumpla con esta “demanda muy sentida” de los trabajadores mexicanos, dijo el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Bolaños López. Puede leer la nota completa en este enlace: LaJornada

A 100 años de la Ley de Accidentes de Trabajo, con jornadas de 8 horas, en la encrucijada de las nuevas condiciones de trabajo, ante las jornadas de 12 horas diarias

Vladimir de la Cruz

Las clases trabajadoras costarricenses empezaron a distinguirse con conciencia de clase a finales del siglo XIX. Iniciaron sus organizaciones con las sociedades mutualistas, las sociedades de socorros mutuos y las sociedades de mutuo auxilio, que eran organizaciones policlasistas, donde podían agruparse trabajadores, artesanos, obreros, estudiantes, patronos, hombres y mujeres en general. Mi abuelita materna Ofelia Rodríguez Rodríguez, perteneció a una de ellas en el siglo pasado, hasta su muerte.

Hacia 1870, por el impulso del padre Francisco Calvo, también fundador de la Masonería costarricense, surgen las sociedades de artesanos, las sociedades de obreros y las sociedades de trabajadores, que eran organizaciones clasistas, a las cuales solo podían afiliarse artesanos, obreros y trabajadores. Con éstas, la sociedad costarricense empezó a perfilarse y conocerse como una sociedad dividida en clases sociales.

A finales del siglo XIX, el Lic. Félix Arcadio Montero, el último Rector y Presidente de la Universidad de Santo Tomás, que se opuso a su cierre, destacó como un gran líder liberal en Costa Rica y en Centroamérica. Fundó el partido de Obreros y Artesanos, a finales de la década de 1880 y a principios de la década de 1890 fundó el Partido Independiente Demócrata, que afirmó esa conciencia clasista de los trabajadores, artesanos y obreros, cuando su partido llamaba a aglutinarse a los chaquetas, a los descalzos y descamisados contra el Olimpo y los Levitas, enfatizando en quienes estaban en el poder, y en las alturas políticas, y por la forma de sus vestimentas.

La lucha política de Félix Arcadio Montero, fue intensa. Obligó a que los partidos oligárquicos de ese momento, la mayoría liberales, impulsaran en su interior los llamados Clubes de Artesanos, Clubes de Obreros y Clubes de Trabajadores, como hace poco tiempo lo hacían los partidos Liberación Nacional, la Unidad Social Cristiana y los partidos de izquierda, que tenían sus frentes, secciones y sindicatos de trabajadores.

Las luchas políticas de finales del siglo XIX hicieron que el partido Independiente Demócrata eligiera dos diputados, a Félix Arcadio Montero Monge y a Faustino Montes de Oca, y que uno de los partidos liberales eligiera diputado a su dirigente trabajador Víctor Golcher.

Las luchas políticas intensas llevaron a planear un atentado contra el presidente Rafael Iglesias Castro, cuya culpa se le echaron a Félix Arcadio Montero, motivo por el cual fue injustamente detenido y expulsado del país. A su regreso al país, en 1897, fue asesinado, envenenado, en el barco en que venía. Exaltado por el movimiento liberal centroamericano se le honró en su muerte. Casado con Rosa Segura Fonseca, sus hijos siguieron sus pasos liberales y vinculados al movimiento obrero y sus luchas, especialmente Bolívar, Arístides y Alejandro. Sus nietos, los Montero Vega, Álvaro y Arturo, también, militando en el Partido Comunista y su movimiento sindical, desde la gloriosa década de 1940-1948 hasta sus muertes, y uno de sus bisnietos, también ha sido dirigente sindical.

A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, entre 1901-1903, las sociedades mutualistas y las de trabajadores dieron paso a las Ligas Obreras y a los Sindicatos, tal y como existen hoy.

La sociedad costarricense había cambiado. Se construían los barrios Aranjuez y Amón, entre 1890 y 1912, la electricidad era un factor de progreso. El capitalismo agrario se había desarrollado. Había fábricas de gaseosas, de cervezas, imprentas, telares e hilanderías, se construían grandes edificios, se vendía electricidad al servicio privado desde 1896 en Alajuela, Heredia, Cartago y San José.

Las luchas obreras internacionales se conocían en el país. Las luchas de los trabajadores europeos y estadounidenses por la jornada de 8 horas, en 1886, 1888 y 1890 fueron seguidas en la prensa diaria, que ya existía desde 1886.

Una de las primeras demandas e inquietudes de los trabajadores nacionales fue la jornada de trabajo de 8 horas, que desde 1913, empezó a presionarse y celebrarse con el desfile del Primero de Mayo, como día Internacional de los Trabajadores.

Los sindicatos que surgieron a principios del siglo XX avanzaron en luchas y en huelgas, defendiendo salarios y condiciones de trabajo. En 1905 se constituyó la primera Federación de Trabajadores, en San José. Siguieron las de provincias, que a inicios de la década de 1910 ya existían algunas.

En 1909, el Centro de Estudios Sociales Germinal, que impulsaron Joaquín García Monge, Omar Dengo, Carmen Lyra, José María Zeledón Brenes, los científicos Jiménez Rojas, con cursos de capacitación a los trabajadores, los motivaron y condujeron para fundar la primera Confederación General de Trabajadores, única en todo el país desde 1913 hasta 1923, que se disolvió para unirse al recién fundado Partido Reformista, del sacerdote y General Jorge Volio Jiménez.

La década de 1910 -1920 golpeó fuertemente al país, por la crisis provocada por la Primera Guerra Mundial y sus repercusiones, que crearon el ambiente para la llegada de Alfredo González Flores al gobierno, el impulso de sus reformas y el golpe de Estado que le dieron en 1917, entre otras cosas, por ese motivo.

De la crisis de la guerra mundial surgió la Revolución Rusa y su repercusión inmediata en Costa Rica, con el Dr. Aniceto Montero, que impulsó el Centro Socialista de Costa Rica, a modo de un partido identificado con las ideas comunistas, marxistas y especialmente leninistas. Cuando murió Lenin, en 1924, organizó desfiles de duelo con los trabajadores nacionales. También se dieron las condiciones para impulsar la Liga de las Naciones y la Organización Internacional del Trabajo, OIT,

La década de 1920 inició con el retorno a la democracia bajo el gobierno de Julio Acosta García, 1920-1924. En su gobierno fueron electos como diputados, que se identificaban con los trabajadores y sus luchas, José María Zeledón Brenes, Bolívar Montero Segura, el dirigente obrero Gerardo Matamoros, Jorge Volio Jiménez y Julio Padilla Romero.

A las luchas sociales de salarios, condiciones de vida y de jornadas de trabajo, a principios del siglo XX, desde 1908 hasta 1925, se dieron luchas y demandas para exigir una Ley de Accidentes de Trabajo, que protegiera especialmente a los trabajadores agrícolas que eran la mayoría nacional. Varias veces se intentó en el Congreso Nacional discutir y aprobar esta ley, sin éxito, pero luchando por ella cotidianamente.

Con el partido Reformista, enfrentando a los socialistas de Aniceto Montero, Jorge Volio había izado la bandera de la Ley de Accidentes de Trabajo, que era una demanda que venía en lucha desde 1908.

Se acababa de fundar la Organización Internacional del Trabajo, OIT, del 1 de febrero al 11 de abril de 1919, organismo hoy parte de las Naciones Unidas para fomentar legislación laboral y social, trabajando conjuntamente empleadores, trabajadores y gobiernos. En 1917 había triunfado la Revolución Comunista en Rusia y en 1922 se había constituido la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, que tuvieron mucha resonancia en Europa en esos años, exaltando el arribo de la clase trabajadora al poder.

Aún antes de la OIT, en Costa Rica ya se habían aprobado disposiciones ejecutivas y leyes que regulaban la relación trabajo-capital. Los trabajadores por su parte luchaban, demandaban y pedían regulaciones y leyes sobre sus condiciones de trabajo. Una de esas luchas se inició en 1908 demandando la Ley de Accidentes de Trabajo, adquiriendo fuerza esta lucha en 1925.

La ley aprobada no afectó a los terratenientes, a los cafetaleros ni a los bananeros dejando desprotegidos, en ese sentido a los trabajadores del campo, que pedían también atender las enfermedades endémicas y mordeduras de víboras entre otros accidentes de trabajo, y tener dispensarios médicos en los centros de trabajos agrícolas. Antecedente de esta Ley fue la Ley de Accidentes de Trabajo de México, de 1904, y lo establecido en la Constitución mexicana de 1917. Aunque no protegió a la inmensa mayoría de los trabajadores fue un avance muy importante.

En la constitución de la OIT se impulsó lograr mayor justicia social. Su trabajo se orientó a formular Convenios sobre distintas temáticas laborales y sociales.

El primero de sus Convenios internacionales del Trabajo, RATIFICADO por Costa Rica, es el del reconocimiento de la jornada de 8 horas diarias de trabajo y, luego, el de la semana laboral de 40 horas. Después siguieron los Convenios sobre salarios, sobre Higiene y seguridad del trabajo, el trabajo de las mujeres y los niños, el empleo, el paro y las migraciones, los seguros sociales y pensiones, riesgos profesionales, trabajos especiales, entre ellos el trabajo agrícola, el trabajo intelectual, el trabajo indígena, sobre los derechos de asociación de los trabajadores y sobre sus condiciones de vida.

El Convenio No. 12, aprobado en 1921 es sobre la reparación de accidentes de trabajo en la agricultura, que se amplió en el Convenio No. 17, de 1925, a la reparación de accidentes de trabajo y, por los Convenios números 18 y 19, de 1925, regularon la reparación de las enfermedades profesionales y la igualdad de trato en los accidentes de trabajo.

De inmediato a su fundación la OIT se preocupó en regular a los accidentes de trabajo, documentos que en la lucha de los trabajadores costarricenses por lograr la Ley de Accidentes de Trabajo no se conocían en ese momento. Sin embargo, la lucha iniciada desde 1908 para lograr la Ley de Accidentes de Trabajo era una necesidad en el país.

Las luchas políticas contra la dictadura de Tinoco y del inicio de la década de 1920, se habían fortalecido con las luchas huelguísticas y organizativas, desde 1918 hasta 1920, para lograr la jornada de 8 horas diarias, con la Ley No. 100 del 9 de diciembre de 1920.

La lucha por esta Ley de Accidentes de Trabajo era más de los sectores agrarios o campesinos que de los trabajadores urbanos. Al aprobarse esta Ley, la No. 53 del 31 de enero de 1925, sobre “Reparación por Accidentes de Trabajo” y sus reformas posteriores, se favoreció más la protección de los trabajadores urbanos, pero ya era una conquista social.

Desde aquellos años, hace 100 años o más, la preocupación por los accidentes de trabajo se agitaba como problema fundamental de los trabajadores, especialmente agrícolas. Durante años esa ley no se aplicó adecuadamente en su protección. Se mantuvieron las demandas por su cumplimiento y se reformó levemente sin detener los accidentes de trabajo, que siguen siendo una pesadilla para los trabajadores, sus familias, la seguridad social y el presupuesto nacional que tiene que atender estas situaciones. El Estado sigue indolente ante esta situación.

Los accidentes de trabajo son constantes y cotidianos. Hoy afectan tanto a trabajadores del campo como de las ciudades, y se regulan como todo aquello “que le suceda al trabajador como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrono o sus representantes, y que puede producirle la muerte o pérdida o reducción, temporal o permanente, de la capacidad para el trabajo”; es cualquier percance que le ocurra a un trabajador durante su jornada laboral, o es consecuencia del percance del trabajo que realiza el trabajador.

Desde 1925 se han venido regulando los accidentes de trabajo, los riesgos laborales y profesionales y las enfermedades ocasionadas por los trabajos. Hoy se atiende por la Caja Costarricense del Seguro Social y especialmente por el Instituto Nacional de Seguros y su excelente Hospital del Trauma, a la población ocupada formal e informalmente, de los sectores Primario, Secundario y Terciario de la economía nacional, que sufren estas situaciones laborales.

En los últimos cinco años, con jornadas de trabajo nacionales de 8 horas diarias, los accidentes de trabajo no bajan de 110.000 al año, y alcanzan hasta 130.000 al año, afectándose los hombres en un 75% y las mujeres en un 25%.

Con el sistema de jornadas diarias de 12 horas de trabajo que se quiere imponer, al estilo de las jornadas esclavistas del siglo XIX, los accidentes de trabajo aumentarán, por las mismas condiciones que existen, y se mantendrán con esas jornadas de 12 horas, por lo menos en un 40% más de las que ya se producen. Es decir, podrán alcanzar de los 160.000 a 170.000 trabajadores accidentados por año, aumentando igual el número de los trabajadores fallecidos por accidentes laborales.

Los accidentes de trabajo actualmente se concentran principalmente en la agricultura, la ganadería, la silvicultura y pesca, en la construcción, en la industria, en la administración pública, defensa y planes de seguridad social, en la construcción, en el comercio por mayor y por menor, así como en la reparación vehículos y motocicletas, en las Industrias manufactureras, las actividades de servicios administrativos y de apoyo y en las actividades de alojamiento y venta de comidas.

En la administración pública se produce el mayor número de accidentados, siguiéndole los sectores de la agricultura, la construcción y la industria. A nivel provincial Puntarenas, Limón y Guanacaste son las que reportan más siniestralidades laborales. Más del 90% de los accidentes de trabajo se producen en el mismo puesto de trabajo habitual, dentro o fuera del centro de trabajo. Por rango de edad la mayor cantidad de accidentes de trabajo se produce en trabajadores jóvenes, un 44%, entre 15 y 34 años, un 37%, entre los de 36 y 49 años, y un 18%. entre 50 y 65 años. En las mujeres trabajadoras a medida que aumenta la edad aumentan los accidentes.

De todos los accidentados un 78% resulta incapacitado entre uno y dos días, y el promedio de fallecidos por los accidentes de trabajo se mueve entre el 6% y el 10% de los trabajadores siniestrados. Los accidentes de trabajo se producen en las empresas que tienen menos de 9 trabajadores hasta las que tienen más de 50 trabajadores.

En el país hay más de 80.000 empresas sujetas a velar por la calidad de su trabajo y de sus condiciones de trabajo, de su seguridad e higiene ocupacional.

De acuerdo con el Convenio número 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los inspectores del trabajo están facultados para investigar estas condiciones y a la vez están facultados para impulsar o recomendar medidas a fin de que se subsanen los defectos que ellos adviertan en la instalación, el montaje, en los métodos de trabajo que constituyan razonables peligros para la salud o seguridad de los trabajadores. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo no tiene la cantidad de inspectores en capacidad de realizar estas tareas de inspección laboral. De esas 80.000 empresas no se visitan 3000 al año para precisar problemas en el incumplimiento de las condiciones de salud y de seguridad laboral que se debe tener.

Celebramos el centenario de la Ley No. 53 del 31 de enero de 1925, sobre “Reparación por Accidentes de Trabajo”. Pero no podemos dejar de decir que la legislación actual y el sistema de seguridad social que atiende esta situación sigue siendo deficiente.

Los sindicatos deben poner más atención a este problema. En la campaña electoral que ya está encima, los partidos políticos deberían comprometerse en atender con mayores recursos la inspección laboral y de la seguridad social y de mejorar, hasta donde sea posible, las instituciones de salud pública que atienden a los accidentados.

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