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Etiqueta: Julia Varela Vargas

Ante la elección de los magistrados hay que dejarse de carajadas

Vladimir de la Cruz

La elección de los magistrados suplentes se ha vuelto un lío mental más que político o institucional. ¿Qué es lo que se reclama respecto a la elección? La simple posibilidad de que puedan reelegirse una o varias veces.

¿Cuál es el problema de la reelección? La formación profesional de un Magistrado no es de corto plazo, como no lo es la formación de ningún profesional. Todos requieren años de estudios. En este caso de la reelección no se está discutiendo esto, sino que lo que se quiere es imponer nuevos magistrados más acordes o identificados con el actual gobierno. Incluso se trata de establecer requisitos de presentación que no están contemplados en la normativa vigente, lo que no se puede hacer, como se quiere hacer con la reelección de la Magistrada propietaria Dra. Julia Varela Vargas.

Respecto a los Magistrados Suplentes puede ser una lucha política válida pero no lo es constitucional ni legalmente, debido a que se debe seguir un procedimiento donde la Corte Suprema de Justicia propone la lista de magistrados suplentes, y a la Asamblea Legislativa le corresponde aprobarla, sin posibilidad de poner nombres de candidatos a magistrados suplentes.

En la situación que tiene la Asamblea Legislativa el problema es eminentemente político. Los magistrados actuales por su nombramiento fueron electos antes del gobierno de Rodrigo Chaves Robles, por un período de 8 años. Lo que se quiere, con una mayoría de 31 diputados, que no es suficiente para elegir, es nombrar nuevos magistrados, en correspondencia con el gobierno de Rodrigo Chaves continuado por Laura Fernández. Para eso habría que destituir, o ni reelegir magistrados propietarios, para lo cual se necesitan 38 votos de diputados, que el gobierno no los tiene.

Al final de cuentas, antes, ahora o después cualquier elección o escogencia que haga la Asamblea Legislativa de magistrados es una decisión política de la mayoría de los diputados. Así funciona la democracia institucional costarricense, nos guste o no nos guste.

Veamos desde niño la formación de un abogado de manera simple. El futuro abogado cuando niño estudia en un prekínder, o en una guardería infantil. Suponiendo que así sucede. Ahora hay varios niveles de preescolar antes de entrar a la escuela, porque en las guarderías se pueden tener niños desde los dos años hasta los 7 que se exigen para entrar a primer grado de escuela, aunque funcionen como garajes de niños, donde les empiezan a disciplinar y enseñar aspectos esenciales.

Allí adquiere el niño los primeros hábitos hacia la disciplina del estudio, del aprendizaje del idioma materno, aparte de lo que se enseña en la casa. Allí se inicia en el posible desarrollo de sus habilidades y destrezas. Allí se inicia y fortalece su hábito de la lectura en el supuesto que le leen, y los ponen a leer libros y narrativas a su nivel escolar de edad, para que desarrolle el hábito y la disciplina de la lectura, y el gusto por los libros y la lectura.

Allí, en la preescolar, hay niveles o años de estancia hasta que el niño es aceptado para ir al primer grado escolar, que generalmente se aceptan con 7 años. Todo eso va produciendo un conocimiento acumulado. Muchas veces, excepcionalmente, al primer grado llegan niños que saben leer y escribir.

En la escuela, pública o privada, en los niveles de primero a sexto grado, se van desarrollando las habilidades y destrezas traídas de la preescolar y se van profundizando las bases del conocimiento, y del perfeccionamiento, del idioma y de los instrumentos educativos que van formando para ir al proceso de la educación secundaria. En pocos establecimientos escolares se fomenta la lectura de libros.

Hoy en muchas instituciones educativas, incluyendo universidades, se estimula la lectura de resúmenes de artículos y de libros. Se ha dejado de leer libros completos. Muchos estudiantes y profesionales no tienen la capacidad de lectura de un artículo de más de 500 palabras, ni de entendimiento o comprensión de uno mayor de esas palabras.

En la educación secundaria siguen cinco años de estudio. Algunos colegios han introducido un sexto año que prepara para aspirar a estudios en universidades en el extranjero.

En pocos colegios se prepara de una manera sólida en el conocimiento de una lengua extranjera, inglés, francés, alemán, chino, o hebreo, para lo cual hay colegios especializados en el país. Generalmente, estos estudiantes, en prekínder, kínder, escuelas y colegios privados se desarrollan como full bilingüistas cuando hacen todo el proceso escolar en la misma institución. Hay una tendencia al trilingüismo en algunas instituciones escolares privadas.

Del colegio a la universidad

Generalmente, desde el colegio se desarrollan las inquietudes por la carrera universitaria que se va a seguir, cuando no se tiene por herencia familiar. Hijos de abogado, abogado; hijos de dentistas, dentista; hijos de ingeniero, ingeniero; hijos de maestros, maestro o educador etc. De la misma forma opera en los estratos sociales pobres y de extrema pobreza. Hijos de obreros, obreros; hijos de campesinos, campesinos. Es de señalar que el proceso educativo nacional da posibilidades a estos sectores, pero generalmente quedan marcados por su origen socioeconómico, y por las mismas condiciones socioeconómicas que los sacan del proceso escolar y colegial, como cuando se quitan los subsidios de estudios para niños y jóvenes de estos estratos sociales o áreas marginales del país, o cuando no se tienen las condiciones materiales de edificios escolares para recibir la educación. Hay casi 900 establecimiento escolares públicos en abandono, con medidas de seguridad sanitaria, prácticamente cerrados. Los sindicatos de maestros y educadores casi no se pronuncian sobre esta situación.

Supongamos, en el ejemplo que tenemos, que se orienta el niño, ya joven, preuniversitario por ir a estudiar Derecho. Excluidos de esta apreciación los que después del colegio parten al extranjero a estudiar toda la carrera de Abogacía o de Derecho, que en general son muy pocos respecto al número de graduados nacionales y respecto al número que opta por el Derecho, porque eso depende del colegio en que se graduaron, del nivel socioeconómico de sus familias y de las posibilidades de encontrar becas de estudio en el extranjero.

Suponiendo que todo el proceso anterior se hubiera cumplido con el niño y joven, al tener 18 años edad tiene la posibilidad de ingresar a la Universidad. Siguen los años de estudio de Derecho. En una universidad pública tiene restricción de ingreso, por cupo y por promedio de ingreso, como lo es la Universidad de Costa Rica, o pagando sus estudios en una Universidad privada. Dependiendo de esta opción pueden graduarse entre seis o siete años, en la Universidad pública, o en cuatro, porque las universidades privadas eliminan una buena parte de los estudios generales que se dan en las universidades públicas de manera obligatoria. Ya en el sector de educación secundaria están eliminando una cantidad importante de cursos que también se dan, dejando el núcleo de materias a estudiar a unas seis.

El propio presidente Chaves expresó, hace poco tiempo, su opinión de que las universidades públicas debían eliminar todas sus áreas de humanidades y estudios generales, y concentrarse en lo que las empresas demandaban en sus necesidades corporativas y económico empresariales. Para él también eso contribuía a reducir los aportes estatales a las universidades públicas.

Terminada la carrera y estudios de Derecho sigue la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas. Los resultados de graduación y de incorporación de ante el Colegio es desastroso para los graduados o titulados de universidades privadas, haciendo excepción de unas cuatro de ellas.

Ya, el graduado, desde sus años de formación se va orientando en la especialidad o afinidad que le atrae más de las ramas del Derecho. Eso implica estudio post universitario, maestría o doctorado, y subespecialidades, lo que puede llevar unos cuantos meses o varios años más de estudio.

Los abogados así formados se vinculan a Oficinas de Abogados, Bufetes legales, o ponen sus propias oficinas o Bufetes, y empiezan a desarrollar su práctica profesional donde hacen su buena o mala fama, y sus clientes y clientelas.

De todos los graduados pocos se desarrollan en el campo de la investigación jurídica, de la producción de textos o en la publicación de artículos. Esto requiere vocación, experiencia profesional, mucha lectura y estar al día con las nuevas tendencias que en el Derecho se van desarrollando y con las sentencias de los Tribunales que van marcando la jurisprudencia nacional. La inmensa mayoría se vuelca sobre su práctica profesional específica y con su libro jurídico de cabecera, el Código respectivo y algún otro texto.

En el nombramiento de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se estableció hace muchos años, tener mínimo de 10 años de experiencia profesional, cuando no se era funcionario del Poder Judicial, y tener además 35 años de edad, requisito, el de la edad, que no se pide para ser presidente de la República o para ser Diputado, ni tampoco tener conocimientos de administración en general, o de economía básica.

Para ser Magistrado además se pide el título de Abogado. Para ser presidente o diputado no se pide ningún título académico profesional de carácter universitario, ni siquiera el título de Bachiller de secundaria. Lo que se requiere para ser presidente es tan solo tener 30 años y para ser diputado tener 21 años. Así de simple. Por eso, parlamentariamente, a veces grupos de diputados actúan como verdaderas recuas políticas transportando y cargando las órdenes que les dan para votar proyectos de ley, sin estudiarlos y sin comprenderlos adecuadamente.

Cuando se estableció la edad mínima de 35 años para el magistrado, aparte de su experiencia comprobada, así se hizo por la expectativa de vida de los costarricenses en 1949, que apenas sobrepasaba los 50 años. Hoy con la expectativa de vida de los costarricenses, en 78 años los varones y 82 las mujeres, bien podría establecerse la edad para ser magistrado en 50 o 55 años, y exigir igualmente una experiencia laboral de 30 o más años como litigantes, como funcionarios judiciales o como profesores universitarios en el campo del Derecho.

Si se quieren poner más requisitos y modificar los existentes es absolutamente válido, pero para ello hay que cambiar la Constitución Política, lo que no sería aplicable a ningún abogado que en los próximos dos años quisiera aspirar a un puesto de Magistrado. Esto es lo que valdría para los abogados aspirantes a nuevos magistrados. Por eso, esa intención de ponerle otros requisitos a la Magistrada Julia Varela Vargas no procede. Eso es literalmente ganas de joder.

Si ya se es magistrado, se establece la posibilidad de la reelección consecutiva, por un período igual al de su nombramiento, es decir por ocho años. Para elegir un Magistrado se requieren dos tercios del número de diputados para nombrarlo y dos tercios para no reelegirlo, que equivaldría a destituirlo.

La reelección consecutiva no es mala. Esa es la verdad. Ese magistrado mínimo tiene ocho años de experiencia en el cargo, o un poco más. ¿Por qué eliminarlo? Salvo que sea un mal magistrado profesional en su cargo, lo que se puede ver y estudiar por sus fallos jurídicos, o por vínculos nocivos que lo rodeen para su ejercicio de magistrada.

La reelección en cargos de dirección de todo tipo existe en Costa Rica, en los puestos de Juntas Directivas de las empresas del sector privado o pública, en las asociaciones, en los sindicatos, en la dirección de partidos políticos, en ciertos puestos públicos e institucionales. Y esas reelecciones son por muchos años o por varios o muchos períodos en el cargo que se tiene, sin que se objete esas reelecciones. Nadie protesta ni se opone a esas reelecciones, que pueden ser disputadas por elecciones internas en esos grupos sociales o políticos.

Ministros se reeligen consecutivamente. Diputados también se pueden reelegir alternativamente, cada 4 años. Mientras les llega su oportunidad de reelección muchas veces siguen trabajando como asesores parlamentarios, o en puestos de trabajo legislativo o ministerial cuando de allí salieron hacia sus diputaciones. Hay políticos que, no reeligiéndose consecutivamente en el mismo cargo, van saltando de un puesto administrativo, institucional o político, y sí van haciendo su carrera política, como la presidente Laura Fernández. Eso era válido en los partidos políticos tradicionales porque así formaban sus dirigentes. Laura Fernández en cierta manera es parte de ese proceso, por la escalera política que le fue servida en que la nombraron consecutivamente.

En Estados Unidos los magistrados de la Suprema Corte se eligen de por vida, hasta que se mueran o hasta que ellos mismos se acojan al retiro o pensión. Eso obliga a los presidentes, que son los que los proponen, a escoger grandes juristas, abogados, así reconocidos en el mundo del Derecho estadounidense. Y, a partir de su nombramiento gozan de total independencia, lo que se quiere eliminar aquí.

Muchas personas que critican la reelección de magistrados en Costa Rica se identifican con los valores estadounidenses al 100%. ¿Qué los hace diferentes para no actuar en Costa Rica, a cómo realmente piensan y a cómo realmente se identifican con esa sociedad estadounidense, que a su vez la consideran un modelo de democracia mundial?

Los magistrados son también el resultado de un proceso de formación de muchos años de trabajo y de estudio. No sería bueno para el mejor desempeño judicial, estar cambiando cada ocho años a los magistrados, sobre todo para estar acomodándolos a favor del gobernante de turno, o para estar improvisando en ese alto e importante cargo o función pública. O, para estar improvisando con personas sin la experiencia judicial el caso. Tampoco sería bueno darles una condición como la que tienen los diputados de poderse reelegir alternativamente cada cuatro, o cada ocho años.

Lo correcto igualmente es que los diputados puedan reelegirse continuamente, como se hacía antes de 1949. La experiencia histórica enseña que no todos los diputados se reelegían. Eso lo hacían unos pocos por su mérito parlamentario reconocido. En el siglo XIX jefes de Estado y presidentes podían reelegirse de manera continua. Pocos lo hicieron, Juan Mora Fernández, Juan Rafael Mora Porras, Rafael Iglesias Castro, por citar a esos.

Soy de la idea, igualmente, que el presidente de la República debe tener actualmente al menos una opción de reelección inmediata y consecutiva, y no tener el espacio de ocho años que se ha establecido para que pueda aspirar nuevamente a un período presidencial, como lo fueron los casos de José Figueres, en 1970, u Oscar Arias, en el 2006. En el caso de José Figueres hay que reconocerle que el poder de gobierno que tuvo a la fuerza, 1948-1949, voluntariamente lo dejó, pudiendo haberse quedado el tiempo, que en ese momento hubiera querido.

Cuatro años es un período corto para el ejercicio presidencial. Igualmente se podría ampliar el plazo de gobierno a seis años, con una reelección consecutiva, con consulta plebiscitaria, o de referéndum, a medio período para discutir por esa vía si el presidente continúa o no. Todo esto es discutible.

En todo caso, cada elección es una consulta popular sobre si continúa o no un partido político en el gobierno, aunque con otro candidato.

En Costa Rica no se permite la reelección presidencial, pero sí se permite la reelección del partido de gobierno que ha elegido presidente. ¿Acaso no es lo mismo? En la historia nacional hemos visto la reelección de partidos políticos en el gobierno con Liberación Nacional, 1970-1974, 1982-1986 y 2006-2010, la Unidad Social Cristiana, 1998-2002 y 2002-2006, y con Acción Ciudadana, 2014-218 y 2018-2022. En cierta forma con el actual gobierno hay una continuidad del anterior gobierno, 2022-2026, no del anterior partido ganador de esas elecciones del 2022.

Es más clara la tesis del continuismo político gubernativo del actual gobierno, 2022-2026 al 2026-2030, que de los anteriores, donde esa continuidad no era nada evidente, donde cada presidente marcaba su propio sello. Ahora no es así. Hay un solo sello, el que ha impreso Rodrigo Chaves.

Hay una sola dirección política gubernativa, que se expresa en la copresidencia que se ha establecido de manera tácita y reconocida en el matrimonio gubernativo de Laura Fernández y Rodrigo Chaves.

El continuismo político de la pareja gobernante ha puesto en evidencia la fragilidad de la hipocresía política nacional. Ellos han actuado con claridad, de cara a la sociedad política y civil. El concubinato político, que exhiben y que se tienen es público, notorio, escandaloso pero aceptado por amplios sectores de la sociedad. ¿Por qué continuar con hipocresías políticas en todos los demás partidos, que desearían actuar igual?

El tema de la elección o reelección de magistrados debe resolverse acatando lo dispuesto por la Constitución Política, guste o no guste a los diputados de gobierno. Si quieren corregir eso, pacten la reforma constitucional del nombramiento, entendiendo que esa reforma será válida a partir de los magistrados que se puedan y quieran nombrar en el período constitucional del próximo gobierno, es decir a partir del 2030.

Tal vez, de esa manera se resuelva el problema actual, o la Sala IV, en este tema conflictivo de poderes, lo resuelva, como está autorizada a hacerlo cuando hay conflicto entre los Poderes Públicos, o de carácter institucional, en el que tenga que intervenir para asegurar el funcionamiento del orden público y de la democracia política nacional.

Insistir en bloquear la propuesta de la Corte es simplemente una jodedera, una carajada, una necedad, una mala acción o también una tontería de la bancada de los 31 diputados del Gobierno, oficialistas, de la recua del partido Pueblo Soberano.