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Etiqueta: medida cautelar

Solicitan medida cautelar urgente al Minae por presunto maltrato de patos en condominio

Una gestión ciudadana fue presentada ante el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) solicitando la adopción de una medida cautelar urgente para detener lo que se califica como maltrato animal contra patos en un lago artificial ubicado en el Condominio Campo Real, en San Rafael de Alajuela.

La petición fue dirigida al ministro Franz Tattenbach y a distintas instancias del Minae, incluyendo el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), con copia a otras dependencias institucionales. En el mensaje se solicita que se ordene de manera inmediata una medida cautelar que permita proteger a los animales mientras se analiza el fondo del asunto.

Según lo expuesto en el correo, Sinac habría ordenado no alimentar a los patos al considerar que se trata de fauna silvestre. No obstante, la persona remitente señala que no se habrían aportado pruebas concluyentes sobre la condición silvestre de los patos ni se habrían establecido medidas transitorias para evitar afectaciones a los animales.

La gestión afirma que la medida de no alimentación ha generado muertes de patitos y situaciones de agresión entre ellos por competencia de alimento. Asimismo, se indica que tanto Sinac como el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) no habrían intervenido de forma efectiva ante la situación denunciada.

En el mensaje se informa que se adjuntaron dos estudios técnicos elaborados por personas expertas, en los que se analiza la condición de los patos y la situación generada en el lago artificial.

Antecedentes del tema

Este caso se inscribe en una discusión más amplia sobre la gestión de fauna en espacios urbanos o privados con características artificiales, particularmente cuando existe controversia sobre si los animales deben considerarse fauna silvestre bajo competencia del Sinac o animales domésticos bajo la rectoría de Senasa.

En gestiones anteriores relacionadas con la administración ambiental y la protección de bienes públicos y naturales, organizaciones ciudadanas han planteado la necesidad de que las autoridades actúen con base en criterios técnicos claros, transparencia en la toma de decisiones y medidas proporcionales que eviten daños irreversibles mientras se resuelven los aspectos de fondo.

La solicitud actual plantea precisamente la adopción de una medida cautelar como instrumento preventivo, con el fin de evitar la muerte o sufrimiento de los animales mientras se determina su condición jurídica y el marco de competencia institucional correspondiente.

Hasta el momento no se ha informado públicamente sobre una resolución formal del Minae respecto a la petición planteada.

TSE ordena medida cautelar a Pueblo Soberano, Laura Fernández y Fabricio Alvarado

  • También deben acatarla la Federación Alianza Evangélica Costarricense, la Asociación Templo Bíblico Internacional, el Foro Mi País, así como los señores Reynaldo Salazar Salazar y Francisco Gamboa Soto.

San José, lunes 19 de enero de 2026. Mediante resolución de las 14:25 horas del 16 de enero de 2026, a través de la cual se admitieron a trámite los recursos de amparo electoral que se conocen en el expediente n.° 034-2026, conforme lo establece el artículo 230 del Código Electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó una medida cautelar en la que ordenó a la candidata Laura Fernández Delgado y al candidato Fabricio Alvarado Muñoz, junto con el partido Pueblo Soberano, que se abstengan de realizar manifiestos públicos que, directa o implícitamente, representen un llamado a votar por ciertas agrupaciones partidarias, apoyado en razones o símbolos religiosos, o de no hacerlo por otras, aunque no se identifiquen, pero resulten identificables, según coincidan o no con sus posiciones.

Esta medida cautelar, que incluye detener la difusión del folleto denominado “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?” también debe ser acatada por los señores Reynaldo Salazar Salazar, Francisco Gamboa Soto, por la Federación Alianza Evangélica Costarricenses, la Asociación Templo Bíblico Internacional y por el Foro Mi País.

Las personas y organizaciones recurridas deberán instruir a los pastores sobre la prohibición de utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para inducir el voto de sus fieles.

Esta medida cautelar debe ser acatada de inmediato tanto por las personas físicas como por las organizaciones recurridas. De acuerdo con lo establecido en el numeral 284 del Código Electoral, “la desobediencia o el incumplimiento, total o parcial, de las resoluciones (…) que, con fundamento en sus atribuciones constitucionales y legales, emita el TSE en materia electoral, constituye el delito de desobediencia previsto en el Código Penal”.

El TSE resolvió lo anterior ante los dos recursos de amparo electoral presentados por los señores Marco Antonio Morales Albertazzi y Mauricio Ordóñez Chacón, relacionados entre otros temas, con la presunta entrega de material propagandístico a favor de la candidata Fernández Delgado en un encuentro de pastores evangélicos realizado el pasado 15 de enero.

Actualización del caso Beija Flor, Montezuma

Un análisis reciente sobre el Proyecto Beija Flor en Montezuma revela serias deficiencias en la evaluación de impacto ambiental realizada. Se ha destacado que la autorización de viabilidad ambiental concedida al proyecto no fue basada en un estudio exhaustivo, lo que pone en peligro la biodiversidad local.

Se identificaron varios temas críticos que quedaron sin resolver durante la fase de evaluación ambiental, y que fueron transferidos incorrectamente a la fase de gestión ambiental. Entre ellos:

Presencia de Bosque: La Resolución de Viabilidad Ambiental autorizó el uso de hasta un 10% del terreno boscoso, pero no se especificó qué áreas del terreno corresponden a este porcentaje. Esto ha generado confusión sobre cuánto del área de la finca es realmente aprovechable y ha dejado sin claridad el alcance y diseño del proyecto. Lo adecuado hubiera sido realizar un levantamiento detallado del bosque para delimitar las áreas exactas y contrastarlas con el diseño del proyecto.

Se ha solicitado una medida cautelar para suspender temporalmente los efectos y alcances de la viabilidad de la licencia ambiental otorgada al proyecto Beija Flor en Montezuma. Esta medida protege un interés público ambiental, dándole prioridad sobre los intereses particulares de la empresa desarrolladora. La protección del bosque y la preservación del entorno natural son de mayor importancia para el ordenamiento jurídico y el interés general.

La medida cautelar busca resguardar el procedimiento administrativo, el cual debe instaurarse bajo el amparo del artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública. Hasta que se resuelva la solicitud, la suspensión de la licencia ambiental permanece en vigor.

Se ha identificado que el proyecto solicitó 7 litros por segundo de agua para abastecer a 1500 personas. Sin embargo, los estudios revelan que los caudales de los pozos en la zona oscilan entre 0,3 a 1 litro por segundo. Además, el pozo CY-15, que se utiliza para esta concesión, está ubicado a 17 metros del lindero del vecino y a 32 metros de un río, incumpliendo la Ley de Aguas que estipula una distancia mínima de 40 metros al vecino y 100 metros a la quebrada o río.

Este pozo también ha mostrado signos de contaminación por coliformes fecales, lo que indica un grave riesgo para el acuífero. La presencia de esta contaminación sugiere que el agua de la quebrada está siendo utilizada por este pozo, lo que podría acarrear serias implicaciones para la salud pública.

Uno de los aspectos más alarmantes es la falta de evaluación del impacto de la descarga de aguas residuales al subsuelo, lo cual es extremadamente peligroso. En la evaluación ambiental del proyecto no se presentó ningún estudio sobre el tránsito de contaminantes orgánicos. Esto significa que no se evaluó adecuadamente el riesgo de contaminación del acuífero ni las posibles afectaciones a cuerpos de agua o áreas ambientalmente frágiles. La omisión de este análisis crítico implica graves riesgos para la sostenibilidad del proyecto y para la protección de los recursos hídricos en la región.

Dado que se han encontrado graves irregularidades administrativas que no son subsanables, se ha presentado una solicitud ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para la apertura de un procedimiento administrativo que declare la nulidad absoluta, evidente y manifiesta de la licencia de viabilidad ambiental otorgada al Proyecto Beija Flor.

La denuncia presentada ante SETENA enfatiza que desde el análisis inicial, el proyecto no cumplía con los requisitos establecidos. Este proyecto, que se divide en dos fases para la construcción de 178 lotes residenciales y comerciales, ha sido señalado por atentar contra los intereses públicos y la preservación del entorno natural.

Fuente: noalagentrificacion_cr / https://www.instagram.com/reel/C_OcA71Su1M/?igsh=MTI4dXFwOXhoM2c2aQ==

UNDECA celebra. Medida cautelar judicial

El pasado 23 de septiembre se dictó una medida cautelar “provisionalísima e inaudita” que mantendrá en operación el programa de trasplante hepático en el Hospital México, esto por parte del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José. Esto debido a que la ministra de Salud, Mary Munive, y la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Marta Esquivel, habían anunciado, desde hace un mes, exactamente, el cierre permanente del programa de trasplante hepático del Hospital México, detenido desde mayo anterior por una orden sanitaria por supuesto “incumplimiento” de la Norma nacional de distribución y asignación hepática proveniente de donante cadavérico.

Información obtenida del Semanario Universidad. Para más información visitar el siguiente enlace: https://semanariouniversidad.com/pais/tribunal-ordena-mantener-abierto-programa-de-trasplante-hepatico-en-hospital-mexico/ 

Logro en sindicato de APM invita a organizarse

Después de que un grupo de trabajadores de APM Terminals fueran despedidos de manera injusta para impedir la constitución de un sindicato el pasado 06 de junio, el día 25 de junio, Maikol Hernández los felicita en el siguiente video por su reinstalación en sus puestos de trabajo gracias a una medida cautelar.

Tribunal Contencioso Administrativo aplica nueva medida cautelar contra explotación de Tajo Asunción

La medida cautelar solicitada por SINTRAJAP, recibió el aval del Tribunal Contencioso Administrativo y se establece de manera provisional, otorgando tres días al estado para que conteste por escrito.

Esto viene a confirmar según SINTRAJAP, la justa lucha de dicho sindicato y “desenmascara las mentiras que la empresa ha tratado de establecer en los medios de comunicación” se dijo en el comunicado enviado a SURCOS Digital.

SINTRAJAP afirma que continuará luchando por la protección y defensa de nuestros recursos naturales, ambientales, patrióticos y laborales y reafirma una vez más que su lucha no claudicará mientras se vean amenazados.

La agrupación sindical considera además que Costa Rica jamás debería ser sometida a los intereses del gran capital, y mucho menos poniendo en peligro y de manera irreversible el patrimonio de su pueblo.

 

Ingrese en el siguiente enlace para ver la Resolución de la medida cautelar:

Resolución Medida Cautelar Tajo 02-04-2014 (1)

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado a SURCOS Digital por Liroy Pérez.

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Juzgado Contencioso Administrativo da dos días a Gobierno y OAS para manifestarse sobre pago a OAS

Mediante una petición del Foro Nacional ante Tribunal Contencioso Administrativo que ordene una medida cautelar ante el pago a OAS, se ha llamado al Gobierno y a OAS para que se refiera al pago a realizarse en marzo del 2014.

El juez notificó de dicha audiencia; sin embargo, no fijó la fecha ni la hora, “recordemos que el no fijar hora y fecha para la audiencia solo ha favorecido a los demandados para poder concretar la conciliación que casi ha puesto 35 millones de dólares en manos de los brasileños.”, afirmó Álvaro Sagot, abogado de la comisión de jurídicos del Foro Nacional.

El Foro Nacional también le pidió al juez que disponga, con carácter de urgencia, la audiencia que él ha postergado dictar, en la cual se conocería el fondo de las nulidades alegadas por el foro.

 

Enviado a SURCOS por Comunicación Foro Nacional.