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Etiqueta: Plan Regulador Costero

El anexo al PRC de Cahuita: La Máscara del Despojo

Por: Bernardo Archer Moore
Presidente ACUDHECA
Cahuita, 10 de agosto de 2025

El Reglamento y su Anexo al Plan Regulador Costero (PRC) del distrito de Cahuita, Cantón de Talamanca, presentan vicios sustanciales por la creación de obligaciones no previstas en la ley.

Dicho Anexo introduce plazos, requisitos técnicos y protocolos que no se encuentran contemplados en la Ley N.º 6043, 9221, 9242 ni en sus reglamentos.

En la misma línea de irregularidades, se observa el condicionamiento indebido del derecho a la concesión: La regularización queda supeditada a criterios adicionales no previstos en la ley, lo que vulnera derechos adquiridos.

A esto se suma la insuficiente consulta al pueblo tribal afrodescendiente de Cahuita. Las reuniones meramente informativas no constituyen consulta previa, libre e informada, como exige el Convenio N.º 169 de la OIT. Este agravio ya ha sido planteado ante la Sala Constitucional por ciudadanos de CAHUITA.

Considerando

El Anexo constituye un acto normativo municipal de último nivel jerárquico en la pirámide de Kelsen, lo que implica que debe ajustarse estrictamente a las leyes y reglamentos nacionales. Sin embargo, contiene disposiciones incompatibles con la Ley N.º 6043, la Ley N.º 9221 y la Ley N.º 9242, imponiendo condiciones adicionales no previstas por estas normas, lo que configura una extralimitación reglamentaria.

Consecuencias Adversas

El tan publicitado Anexo del PRC de Talamanca está destinado a nacer muerto, tal como ocurrió con la Ley N.º 8464 del 25 de octubre de 2005 —promovida por el exdiputado Edwin Patterson— que pretendía declarar ciudad a las comunidades de Cahuita y Puerto Viejo.

En aquella ocasión, la evidente inconstitucionalidad fue recibida con un silencio cómplice por parte de abogados afrocostarricenses: Algunos callaron por conveniencia política; otros, por temor a romper la “regla no escrita” del silencio interno.

Hoy, el escenario es diferente. Existen varios afrocostarricenses dispuestos a alzar la voz a tiempo, movidos por la empatía hacia el pueblo y sin temor a incomodar a ciertos sectores.

La Extralimitación Reglamentaria:

La jurisprudencia de la Sala Constitucional es clara: Los reglamentos municipales y sus anexos deben ajustarse a la ley, sin crear derechos, imponer obligaciones ni establecer prohibiciones que excedan o contradigan el marco legal.

La Sala ha reiterado en múltiples ocasiones que el reglamento es un acto administrativo general, subordinado a la ley, y que no puede innovar ni alterar su contenido.

Destacan:

• Voto N.º 2003-09113: Un reglamento no puede imponer requisitos adicionales a los previstos por la ley, ya que esto constituye una usurpación de la función legislativa.

• Voto N.º 2018-012345: La potestad reglamentaria no puede modificar el sentido de la ley ni imponer limitaciones no contempladas por el legislador.

En consecuencia, no hay duda de que esta extralimitación reglamentaria será impugnada por inconstitucionalidad o ilegalidad ante la Sala Constitucional o el Tribunal Contencioso Administrativo.

Cabe preguntarse: ¿quién se beneficiará cuando, en un año, se proceda a desalojar a familias, demoler viviendas y afirmar que “se hizo lo mejor que se pudo”? Hacer “lo mejor posible” no es suficiente; lo que corresponde es evitar que este escenario ocurra.

Posibles riesgos para derechos tribales y comunidades costeras en caso de recurso de amparo en Matina

Un recurso de amparo se tramita presentado por Marco Levy Virgo contra la Municipalidad de Matina y su alcalde Walter Céspedes (Exp. No. 25-020575-0007-CO). La solicitud busca obtener copia oficial del mapa del denominado pueblo tribal del cantón, así como información sobre las acciones municipales para garantizar el respeto a los derechos territoriales de la población afrocostarricense.

Este pueblo fue reconocido formalmente mediante el Decreto Ejecutivo N.º 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP y cuenta con protección internacional bajo el Convenio N.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La gestión se desarrolla en un contexto en el que persisten denuncias y temores sobre la usurpación de tierras ancestrales afrodescendientes y presunto tráfico de influencias para apropiarse de esos territorios.

Posibles efectos de una eventual jurisprudencia

De llegar a emitirse una sentencia vinculante, esta podría derivar en la elaboración de un plano oficial del pueblo tribal que excluya los 200 metros de Zona Marítimo Terrestre (ZMT), las áreas declaradas como Parques Nacionales y equivalentes (PNE) y los humedales protegidos.

Si bien una delimitación así representaría un precedente para la protección ambiental, también podría ser utilizada para acelerar la implementación de Planes Reguladores Costeros (PRC) en otros cantones, incluido Talamanca, con consecuencias graves para las comunidades costeras: desalojos y demoliciones en la franja pública de 50 metros de la ZMT, y concesionamiento de los 150 metros restantes sin reconocimiento efectivo de posesiones históricas y ancestrales.

Un delicado equilibrio

Este caso pone en evidencia la tensión entre la defensa de los derechos de pueblos tribales y la aplicación de normativas de ordenamiento territorial que podrían afectar la permanencia de comunidades históricas, como las del distrito de Cahuita.

Ante este panorama, Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA hace un llamado a un análisis prudente y consciente de que una resolución en favor del recurso podría atender varios asuntos de interés público, pero también generar efectos adversos sobre la continuidad histórica y cultural de las comunidades costeras afrodescendientes.

Grave situación jurídica del municipio de Talamanca por errores del MINAE y SINAC

Desde la Asociación para el Desarrollo de la Ecología se hizo llegar una carta al señor alcalde de Talamanca, Rugeli Morales Rodríguez, y al Concejo Municipal, en la que se expone una grave situación jurídica que enfrenta el cantón, producto de errores, inconsistencias e irregularidades administrativas atribuibles al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

El documento, firmado por el ciudadano Marco Levy Virgo, solicita que la Municipalidad actúe de forma inmediata y contundente ante las consecuencias legales que afectan al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, particularmente el sitio Ramsar 783, y el humedal del Río Carbón en Playa Negra, los cuales han sido objeto de urbanización, invasiones y fraccionamiento sin control, en parte por la omisión de autoridades ambientales.

Además, se exige la identificación de los funcionarios responsables, incluyendo al exdirector del ACLAC, Edwin Cyrus Cyrus, y al actual ministro de Ambiente, Franz Tattenbach Capra. También se insta a coordinar con MINAE y SINAC un mapa integral del ecosistema afectado, con información sobre construcciones legales e ilegales, carreteras, caminos y presencia de personas físicas o jurídicas en áreas protegidas.

La misiva advierte sobre el riesgo económico que estas irregularidades podrían generar para el presupuesto municipal, en caso de demandas legales por derechos otorgados sin fundamento técnico o legal.

Finalmente, la carta fue remitida también a autoridades nacionales como la Defensora de los Habitantes, la Contralora General y el Procurador General, así como a asociaciones comunales, cámaras de turismo y organizaciones del Caribe Sur.

La Municipalidad debe proteger los intereses de sus ciudadanos y no puede seguir siendo víctima de la negligencia de funcionarios del MINAE y SINAC”, señala el documento.

¿Quién delimitará mi territorio tribal de Cahuita?

Por Bernardo Archer Moore

Todo apunta a que será la misma institución estatal que en el pasado trazó, según su conveniencia, los límites de las tierras ancestrales: el antiguo Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), hoy conocido como Instituto de Desarrollo Rural (INDER).

De repetirse ese patrón, el resultado es previsible: despojo territorial. Así sucedió anteriormente, cuando INDER, junto con JAPDEVA, el Instituto Costarricense de Turismo y otras entidades gubernamentales, se apropiaron de buena parte del territorio sin consulta previa, dejando a las personas legítimas propietarias con apenas una fracción de lo que les correspondía.

Ante el nuevo impulso por delimitar los llamados «territorios tribales afro costarricenses», surgen preguntas fundamentales: ¿qué futuro se construirá a partir de esas fronteras?, ¿cómo se administrarán?, ¿quién decidirá sobre ellas?

Si prevalece la misma lógica que ya afectó a los pueblos indígenas, el legado territorial para las futuras generaciones está en peligro de ser borrado o vaciado de contenido. En el caso indígena, los límites fueron impuestos desde oficinas centrales, fragmentando territorios ancestrales bien definidos en múltiples divisiones, lo que ha generado división familiar y conflictividad comunitaria.

Un ejemplo es el Pacífico sur, donde dos territorios tradicionales se subdividieron en cinco o seis con base en criterios étnicos, ignorando la identidad compartida de las comunidades. Esto ha tenido como resultado disputas internas, afectación a la convivencia y una pérdida de cohesión social.

Frente a esta experiencia, se plantea una inquietud para Cahuita: ¿qué pasará si se crean nuevas delimitaciones que desconozcan la historia, el tejido social y la realidad multiétnica de la región? ¿Se establecerán tribus por decreto que no reflejan la identidad real de la población?

El llamado es a no desviar el enfoque del verdadero problema: la implementación del Plan Regulador Costera (PRC) y su posible impacto en el desarraigo poblacional. Es necesario debatir este tema con seriedad, claridad y respeto a los derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a la propiedad privada. Este derecho, que fue resguardado por generaciones anteriores sin necesidad de títulos formales, representaba más que posesión: era libertad, autonomía e identidad.

Frente a los posibles abusos o silencios institucionales, se recuerda que el recurso de amparo sigue siendo una herramienta legítima de defensa. Sin embargo, su uso debe evaluarse con responsabilidad, considerando tanto sus alcances como sus posibles consecuencias.

Situación actual del Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca

El Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, aprobado el 5 de octubre de 2023, se encuentra actualmente paralizado debido a requerimientos legales y administrativos que demandan la actualización de la Certificación del Patrimonio Natural del Estado (PNE).

De acuerdo con la Resolución N°2024-003959 del expediente N°23 014549-0007-CO emitida por la Sala Constitucional, se ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) completar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de dicha sentencia, la certificación del PNE en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Talamanca. Esta certificación incluye la caracterización y delimitación de humedales en el litoral del cantón, lo cual es indispensable para garantizar la protección ambiental y el cumplimiento de la normativa vigente.

Asimismo, la Sala Constitucional instruyó al Departamento de Urbanismo y a la Unidad de Criterios Técnicos y Operativos de Ordenamiento Territorial del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), así como al Concejo Municipal de Talamanca, a incorporar las actualizaciones del PNE en el Plan Regulador Costero.

El SINAC ha entregado al INVU archivos digitales de sistemas de información geográfica y un documento que certifica los ajustes realizados, sin embargo, se ha identificado que la documentación remitida presenta limitaciones.

El INVU sobre la actualización de la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011 2017 para realizar los ajustes del PNE al Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, señala que falta información cartográfica completa, solicitan que se les faciliten los catastros de los PNE y el Excel de los ajustes, debido a la ausencia de catastros actualizados, consulta sobre los criterios técnicos claros para ajustar la zonificación en áreas que antes eran bosques, pero que ahora no están clasificadas como tales.

El INVU sobre la actualización de la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011 2017 para realizar los ajustes del PNE al Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, se dirige señala que:

La paralización temporal del Plan Regulador Costero responde a la necesidad de garantizar un instrumento de planificación que cumpla con los estándares ambientales, legales y técnicos exigidos. Esto incluye la protección de los ecosistemas sensibles, como los humedales, y el aseguramiento de un desarrollo sostenible que beneficie a las comunidades costeras del Caribe Sur.

Se les invita a todos los pobladores, organizaciones locales y actores interesados a mantenerse informados a través de los canales oficiales de la Municipalidad de Talamanca. Una vez se reciban las aclaraciones y documentación requerida por parte de SINAC, se procederá a gestionar los ajustes necesarios la Viabilidad Ambiental del Plan Regulador Costero, garantizando un proceso participativo y transparente.

Fuente: Marco Levy Virgo.

Marco Levy Virgo responde artículo suscrito por Edwin Patterson

SURCOS comparte el siguiente documento enviado a nuestra redacción por Marco Levy Virgo:

Réplica al comunicado de prensa de Edwin Patterson y denuncia de su conflicto de intereses

Las comunidades del Caribe Sur, representadas por organizaciones de base como el Movimiento Cahuita Unida, COVIRENAS Caribe Sur, el Bloque Verde, y la Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena de Kéköldi (ADITIK), rechazamos categóricamente el comunicado de prensa publicado el 11 de mayo de 2025, suscrito por Edwin Patterson, quien se presenta como representante del pueblo tribal afrodescendiente del Caribe Sur a través de la Asociación Tribal Afro-Costarricense del Caribe Sur (ATACS). Denunciamos que las afirmaciones de Patterson no solo carecen de legitimidad técnica y moral, sino que encubren un claro conflicto de intereses, ya que él mismo es beneficiario potencial de una concesión bajo el controvertido Plan Regulador Costero (PRC) de Talamanca, un proyecto que amenaza el patrimonio ambiental y cultural de nuestra región.

Desmintiendo las afirmaciones de Edwin Patterson

1. Falsa representación de los pueblos afrodescendientes: Edwin Patterson no representa el sentir mayoritario de las comunidades afrodescendientes ni indígenas del Caribe Sur. Su respaldo al PRC, lejos de defender los derechos de los pueblos tribales, promueve un modelo de desarrollo turístico que prioriza intereses económicos privados sobre las necesidades de las comunidades locales. Organizaciones como Cahuita Unida y COVIRENAS han documentado cómo el PRC permite la fragmentación de ecosistemas clave, como humedales y bosques costeros, en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, afectando la biodiversidad y los medios de vida de las comunidades que dependen de estos recursos.

2. Conflicto de intereses evidente: Patterson omite mencionar que él mismo está posicionado para obtener una concesión en la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT) bajo el PRC, lo que lo convierte en un beneficiario directo de este plan. Esta omisión compromete su credibilidad y deslegitima su supuesto rol como defensor de los derechos humanos y ambientales. Su apoyo al PRC no responde al bienestar colectivo, sino a intereses personales y económicos, lo que constituye una traición al legado de lucha de los pueblos afrodescendientes e indígenas del Caribe Sur.

3. Manipulación de la narrativa ambiental: El comunicado de Patterson acusa a “grupos extremistas” y autoridades de manipular la normativa ambiental para frenar el desarrollo. Esta afirmación es engañosa y desinforma a la población. La oposición al PRC no proviene de extremismos, sino de preocupaciones fundamentadas por la falta de consulta indígena, la omisión de humedales en la zonificación, y la ausencia de una delimitación adecuada del Refugio Gandoca-Manzanillo, como lo ha señalado la Defensoría de los Habitantes y la Sala Constitucional en múltiples resoluciones. Por ejemplo, la sentencia 31756-2023 de la Sala IV anuló una audiencia pública del PRC por excluir al Territorio Indígena Kéköldi, evidenciando el incumplimiento del Convenio 169 de la OIT.

4. Desarrollo desigual y marginación del Caribe Sur: Patterson afirma que el Caribe es marginado bajo el pretexto de la conservación. Si bien es cierto que el Caribe Sur ha sido históricamente marginado, el PRC no resuelve esta problemática. Al contrario, fomenta un modelo de turismo masivo, similar al del Pacífico, que beneficia a grandes inversionistas y cadenas hoteleras en detrimento de las comunidades locales. El PRC no incluye planes para abordar carencias críticas, como la falta de agua potable (85% de los acueductos en Talamanca enfrentan estrés hídrico, según ARESEP) o la infraestructura educativa deficiente, como la Escuela de Puerto Viejo, que está al borde del colapso.

La verdadera amenaza: el Plan Regulador Costero de Talamanca

El PRC de Talamanca, lejos de ser una herramienta de desarrollo sostenible, representa una amenaza directa a la seguridad ambiental, cultural y social de las comunidades del Caribe Sur. Entre sus principales problemas, destacamos:

Impacto ambiental devastador: El PRC permite el desarrollo turístico en áreas sensibles, como humedales y bosques costeros, ignorando un informe del SINAC de 2021 que identificó 165 hectáreas de humedales en la ZMT. La directriz del MINAE de 2023, que desestimó este informe, facilita la construcción en estas zonas protegidas, violando sentencias de la Sala Constitucional (12745-2019, 3959-2024, entre otras).

Falta de consulta indígena: La Municipalidad de Talamanca ha incumplido sistemáticamente el derecho de consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas, como lo establece el Convenio 169 de la OIT. La Defensoría de los Habitantes confirmó que no existe solicitud alguna para consultar al Territorio Indígena Kéköldi, lo que invalida el proceso del PRC.

Despojo de tierras ancestrales: Aunque Patterson y sus aliados, como Edwin Cyrus, argumentan que el PRC garantiza seguridad jurídica a los habitantes históricos, el plan no protege adecuadamente los derechos de propiedad de las comunidades afrodescendientes. La Ley 9223, declarada inconstitucional en 2019, desafectó bosques del Refugio Gandoca-Manzanillo, abriendo la puerta a la especulación inmobiliaria. Las concesiones previstas en el PRC benefician principalmente a inversionistas externos, no a los pobladores ancestrales.

Llamado a la acción y exigencia de transparencia

Rechazamos la narrativa de Edwin Patterson y exigimos lo siguiente:

1. Suspensión inmediata del PRC: La Municipalidad de Talamanca debe acatar las recomendaciones de la Defensoría de los Habitantes y suspender cualquier acto de aprobación del PRC hasta que se cumplan los requisitos legales, incluida la consulta indígena y la delimitación del Refugio Gandoca-Manzanillo.

2. Investigación sobre conflictos de intereses: Solicitamos a la Comisión Legislativa de Ambiente, que ya abrió un expediente sobre el PRC, investigar las conexiones de Patterson y otros promotores del plan con concesiones en la ZMT, así como posibles casos de tráfico de influencias.

3. Diálogo inclusivo y participativo: Instamos al Gobierno de Costa Rica a establecer un diálogo genuino con todas las organizaciones comunitarias del Caribe Sur, excluyendo a figuras como Patterson, cuya legitimidad está comprometida por sus intereses personales. Este diálogo debe priorizar la sostenibilidad ambiental, los derechos humanos y el bienestar de las comunidades locales.

4. Protección del legado ambiental y cultural: Conservar el Caribe Sur no implica despojar a sus habitantes, como Patterson sugiere, sino garantizar que el desarrollo respete la armonía entre las comunidades y su entorno. Los pueblos afrodescendientes e indígenas hemos convivido sosteniblemente con esta región por generaciones, y no permitiremos que se sacrifique nuestro patrimonio en nombre de un falso progreso.

Conclusión

Edwin Patterson no habla por el Caribe Sur. Su respaldo al PRC, motivado por intereses personales, traiciona la lucha histórica de los pueblos afrodescendientes e indígenas por la justicia ambiental y territorial. Invitamos a la ciudadanía, a los medios de comunicación y a las autoridades a escuchar las voces legítimas de las comunidades organizadas que defendemos nuestro territorio, nuestra cultura y nuestro futuro. No permitiremos que el Caribe Sur sea entregado a la codicia de unos pocos bajo el disfraz de un desarrollo que no nos representa.

Referencias:

• Defensoría de los Habitantes, alerta temprana sobre el PRC, 10 de octubre de 2024.

• Sala Constitucional, sentencias 31756-2023, 12745-2019, 3959-2024, entre otras.

• Informe SINAC sobre humedales, 2021.

• ARESEP, informe sobre estrés hídrico en Talamanca, 21 de julio de 2023.

• COVIRENAS y Bloque Verde, denuncias sobre impacto ambiental del PRC, 2023.

Puerto Viejo de Talamanca
12 de mayo de 2025

Imagen con fines ilustrativos.

Cuestionan Plan Regulador Costero de Talamanca por riesgos a biodiversidad

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) presentó un comunicado advirtiendo sobre posibles daños ambientales en el Cantón de Talamanca mediante el Plan Regulador Costero.

Según el documento, el plan amenaza ecosistemas frágiles del Caribe Sur, incluyendo humedales, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas. La asociación señala que el proyecto ignora la fragilidad ambiental de una zona que alberga el 2% de la biodiversidad mundial.

La Sala Constitucional emitió una resolución el 13 de marzo de 2025 que solicita a diversas autoridades de SINAC, INVU y la Municipalidad de Talamanca presentar informes detallados sobre el cumplimiento de una sentencia previa del 16 de febrero de 2024.

Entre las principales observaciones, la AEL destaca que:

  • El plan utiliza índices de fragilidad obsoletos basados en una delimitación del Patrimonio Natural del Estado del año 2017.

  • Una directriz ministerial obliga a funcionarios a respaldar la delimitación de 2017, desestimando estudios más recientes.

  • El proceso de consulta indígena, establecido por el Convenio 169 de la OIT, ha sido tratado como una mera formalidad.

La organización hace un llamado a la ciudadanía para defender el patrimonio natural y exigir transparencia en el desarrollo de proyectos que puedan afectar ecosistemas únicos.

Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, enfatizó la importancia de preservar la biodiversidad del Caribe Sur y asegurar un desarrollo sostenible que respete el entorno natural.

SURCOS comparte los siguientes documentos como referencia:

Sala ordena al SINAC INVU y Municipalidad de Talamanca prueba

Voto humedales

Mentira oficial sobre ordenamiento territorial: Un legado de vergüenza

Por Bernardo Archer Moore
Presidente ACUDHECA

Tanto el Diccionario Real Academia Española como el Diccionario Jurídico de CR, coinciden en que la “mentira es una manifestación contraria a lo que se sabe, cree o piensa”, es decir, “cosa que no es verdad u falta a la verdad. Así las cosas, tanto la Casa Presidencial como el Concejo Municipal y alcalde de Talamanca, le han mentido a los costarricenses sobre la naturaleza del Ordenamiento Territorial del Distrito de Cahuita en proceso de aprobación, y el ya aprobado y vigente Plan Regulador del Cantón Central de Limón.

En este último caso (Cantón Central de Limón), el recién aprobado Plan Regulador (ordenamiento territorial), cubre todas las tierras del Cantón, excepto, las áreas costeras de ZMT y la Ciudad de Limón.

Por otro lado, tenemos al Proyecto de Plan Regulador Costero del Cantón de Talamanca en proceso de aprobación, que abarca exclusivamente la zona restringida (150 metros) de las áreas costeras de ZMT, ubicados específicamente en el Distrito de Cahuita del Cantón de Talamanca.

Sin embargo, en reiteradas oportunidades, hablan de ambos como si fueran de la misma naturaleza, cuando en realidad, una es sobre las tierras fuera de las áreas de ZMT (Limón), y la otra, es solo de las áreas restringidas (150 mts) de la ZMT de Cahuita (Talamanca).

Me pregunto: ¿Qué sentido tiene mentirle a la gente sobre algo tan importante para la vida cotidiana cuando no hay necesidad de tal engaño?

Es como si no se dieran cuenta o no les importa, que la verdad acabará saliendo a la luz en algún momento.

Soy consciente de que estoy siendo audaz al «jalarle el rabo a la ternera», como dice el viejo refrán, pero alguien tiene que hacerlo.

Ningún beneficio a corto plazo puede justificar semejante legado de vergüenza para las generaciones futuras.

Finalmente, ¡Qué curioso! La defensa habitual de un mentiroso es acusar a quien lo desenmascara de hacer lo mismo. Es el típico «rechazo» tico.

Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita acciones para protección de derechos de población afrodescendiente en Talamanca

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología dirigió una solicitud formal al Concejo Municipal de Talamanca pidiendo acciones concretas para implementar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en favor de los derechos de la población afrodescendiente del litoral del cantón.

Mediante el documento AEL-0095-2025, fechado el 17 de marzo de 2025, Marco Levy Virgo, representante de la asociación, solicitó atención respecto a los derechos de la población afrodescendiente asentada en el litoral talamanqueño, de acuerdo con las obligaciones establecidas en el mencionado convenio que fue ratificado por Costa Rica.

En la misiva se recuerda que el Convenio 169 reconoce a los pueblos tribales, incluyendo a las comunidades afrodescendientes identificadas mediante el Decreto Ejecutivo N° 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP, el derecho a gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación.

La asociación plantea tres solicitudes específicas al gobierno local:

  1. Iniciar un proceso de identificación, delimitación y titulación de las tierras ancestrales ocupadas por la población afrodescendiente en el litoral del cantón.

  2. Implementar mecanismos de consulta previa, libre e informada para cualquier plan o proyecto que afecte estas tierras y comunidades, incluyendo el Plan Regulador Costero.

  3. Crear una mesa de diálogo permanente con representantes de las comunidades afrodescendientes para asegurar su participación en decisiones que les afectan directamente.

La organización argumenta que estas acciones no solo cumplirían con obligaciones internacionales del Estado costarricense, sino que contribuirían a preservar la riqueza cultural y el legado histórico de las comunidades afrodescendientes de Talamanca.

Misión imposible del alcalde de Talamanca

Por: Bernardo Archer Moore

Tanto el Poder Ejecutivo como el Concejo Municipal del Cantón le han asignado la tarea imposible de “remover a todos los ocupantes en los 50 metros del área costera, sin excepción».

El primero, mediante la implementación de un Plan Regulador Costero a la medida del Plan nacional de desarrollo turístico Costero del ICT.

Obviamente, para “limpiar” el área de personas en situación de pobreza y de aquellos con recursos económicos limitados, con el evidente objetivo de facilitar un desarrollo turístico de alta gama en los 150 metros a concesionables, una vez que entre en vigor el Plan Regulador Costero (PRC).

Elogiados por el presidente por el inexistente “Proyecto de Plan Regulador Cantonal”, los regidores de la administración anterior aprobaron rápidamente un acuerdo que ordenaba al alcalde municipal “remover” a todos los ocupantes en un área de 50 metros de la ZMT. Este acuerdo fue adoptado en la Sesión Extraordinaria del 29 de febrero de 2024, a sólo 67 días del final de su mandato.

Cosa que puso al alcalde contra “la espada y la pared”. Si no cumple con el acuerdo del Concejo corre el riesgo de ser destituido de su cargo por falta grave. además, civilmente responsable por los daños causados.

Si lo cumple, condena al Municipio a la ruina financiera por las indemnizaciones correspondientes a los ocupantes del área pública (50 metros) legalmente poseídos por particulares, previo a la entrada en vigencia la Ley 6043 de 1977 sobre ZMT. Y de ellos hay muchos.

La situación del Concejo Municipal de turno es crítica, ya que el alcalde y el personal municipal enfrentan el riesgo de perder sus empleos debido a una eventual quiebra técnica del ayuntamiento por pago de indemnizaciones.

Como si eso no fuera suficiente, un abogado ha presentado un Recurso de Amparo por el incumplimiento de un acuerdo del Concejo, buscando que la Sala Constitucional ordene al alcalde cumplir con dicho acuerdo en un plazo determinado.

Ante un panorama tan sombrío para nuestra comunidad en su conjunto, ACUDHECA les ha lanzado este «salvavidas», por así decirlo, y esperamos que la humildad prevalezca sobre la petulancia que los ha caracterizado en el pasado.

Que Dios nos ayude a todos.