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Etiqueta: Registro Civil

Como expresión de amor el matrimonio no está sujeto a autorizaciones y permisos, a normas que lo regulen

(Palabras pronunciadas por Vladimir de la Cruz, en el matrimonio de su hija Yalena de la Cruz con Karina Vargas, el sábado 21 de noviembre del 2020, celebrado en Hacienda Sitio de Mata, en Pavones de Turrialba)

El matrimonio de Yalena y de Karina, que nos reúne hoy, es una relación sostenida en el tiempo, consolidada y fortalecida. A Karina la conocí hace poco, pero me impresionó su ser, su franqueza para expresar sus inquietudes, su capacidad, su sencillez, su sólida formación científica y profesional, su precisión para decir las cosas y sus pensamientos.

Profesionalmente la he llegado a valorar extraordinariamente, por el esfuerzo de superación constante que hace. Incluso, recientemente, se ha doble graduado, llegando a muy altos niveles de superación y de poder asumir responsabilidades igualmente altas. Eso es muy importante, no solo para ella, sino para Yalena también, como pareja que son, para Sofía como su hija, que es nuestra nieta.

En el caso de Yalena, ¿qué puedo decir, en un momento como éste? Es mi primera hija. Desde chiquita siempre tuvo carácter, siempre tuvo capacidad para tomar decisiones importantes, que las hacía valer.

Se le estimuló para que afirmara su carácter, su personalidad, su propia identidad. Aprendió a que se respetaran sus opiniones, sus manifestaciones, sus acciones. Aprendió desde pequeña a ser tratada como una persona. A los cinco años ya leía por sí misma, devoraba los libros infantiles que se le daban, lo que le permitió avanzar más rápidamente en el proceso escolar. Fue disciplinada ante el estudio y buena estudiante siempre.

Cuando fue dirigente estudiantil universitaria fue “peleona”, defendió derechos estudiantiles, derechos de las mujeres, y fue de las que, en la Universidad, también participó y desarrolló las primeras luchas contra el acoso y el abuso que sufrían las mujeres estudiantes, especialmente en la Facultad de Odontología.

En el Consejo Universitario tuvo allí sus distinciones también, afirmando y defendiendo siempre derechos, fijando posiciones, luchando por lo que ella creía que era lo justo, así como actuando en la defensa de los derechos de otras personas y de los estudiantes, especialmente, desde la Defensoría Estudiantil.

Además, empezó a escribir en el periódico La Nación, donde ha tenido sus discusiones y polémicas. Recuerdo la enorme alegría que tenía cuando el periodista Julio Rodríguez la integró a la Página de Opinión de este periódico, con el que se ha mantenido desde hace ya muchos años, como una de sus columnistas, abordando distintos temas, y algunas polémicas fuertes.

Cuando ha formado parte de Juntas Directivas de instituciones es como una bolsa de clavos en las nalgas, porque es muy recta, muy correcta, muy honrada, es de principios sólidos, lo que la lleva a enfrentarse a todo lo que le parece que es corrupción, a lo que no le gusta del mal manejo del campo administrativo, lo que es muy importante no solo para ella, sino para quienes la conocemos, porque sabemos que ella actúa pensando siempre que hace lo correcto, lo justo, que es la mejor forma de realizarse, como debe realizarse una persona con valores. En lo que ella cree es muy íntegra y consecuente. Es apasionada por sus acciones y decisiones.

Cuando se enamoró, en la forma como lo ha hecho, empezó también a defender sus decisiones, su libertad de amor y de amar, aun cuando la sociedad no permitía o admitía espacios para expresar esos sentimientos. Pero, ella los hacía valer y los hizo reconocer, que es lo más importante, como lo estamos haciendo hoy quienes nos hemos reunido, familiares y amigos, para celebrar con Karina y Yalena la decisión de amarse en la figura jurídica del matrimonio que hoy están concretando, que la sociedad y el Estado costarricense ya ha establecido como un Derecho Humano de los costarricenses.

Hoy estamos ante un proceso en el que realmente culmina esa parte de las luchas de Yalena, y también de Karina.

Yalena y Karina son buenas personas. Esto es lo más importante para la unión que se ha formalizado en el acto de sus firmas y en la declaración pública de sus afectos y votos de convivencia que han expresado ante todos nosotros.

La sociedad costarricense, desde 1888, estableció como el único matrimonio válido el realizado ante autoridad civil, cuando se creó el Registro Civil y cuando se reguló el matrimonio en el Código Civil, aprobado ese año, obligando, a la vez, que los matrimonios celebrados con oficios religiosos católicos, desde esa época, se debían inscribir en el Registro Civil para su plena legalidad y reconocimiento legal público. A los sacerdotes se les dio la condición de Auxiliares del Registro Civil, a efectos de la realización de los matrimonios que se hacen bajo las normas eclesiásticas, y bajo sus responsabilidades.

La Iglesia tenía la facultad de realizar los matrimonios en aquella época, donde también tenía el ejercicio monopólico de la religión católica. Apenas empezaban a introducirse otras manifestaciones religiosas cristianas con la construcción del ferrocarril a Limón.

En el campo educativo a principios del siglo XX se empezaba a enseñar en aulas escolares a niños y a niñas, bajo una gran polémica con la Iglesia Católica, que se oponía a esta enseñanza, por el peligro que entrañaba, según la Iglesia, de que los hombres se feminizan y las mujeres se masculinizan, por estar juntos, en la misma aula, en el proceso del aprendizaje.

El matrimonio, como hoy lo entendemos, no siempre existió, ni siempre estuvo sujeto a normas ni a aceptación religiosa. La institución del matrimonio en el pasado también estuvo asociada a raptos, esclavitud, promiscuidad, prostitución, regulado así por costumbres, usos y tradiciones, en ocasiones con papel predominante de las mujeres hasta que se impuso el machismo y el patriarcalismo en el ejercicio de estas tradiciones matrimoniales y familiares, resultado de las relaciones de producción que modificaron los papeles sociales de las personas, amparado por los cánones religiosos cristianos que nos fueron impuestos, por los españoles, desde la colonia.

Hubo prácticas colectivas de matrimonios, antes de la consideración individual de pareja que le damos hoy. En muchos casos la “familia” era una “cárcel” especialmente para las mujeres. Sobre ellas se decidía, en el caso de las hijas, incluso en su opción matrimonial, “negociándolas”, como mercancías. Los padres, se llegó a acostumbrar, decidían por sus hijas el matrimonio, escogiéndoles sus maridos.

El matrimonio es una institución muy vieja que no pasa de moda. Se siguen realizando, con gran entusiasmo, con gran celebración. Es un punto de encuentro y de fusión de familias. El matrimonio es también una expresión de amor. Como expresión de amor el matrimonio no está sujeto a autorizaciones y permisos, a normas que lo regulen. Se regula y se cumple por el respeto que se profesen los contrayentes, la pareja que decide vivir en unión, mientras así lo decidan y acuerden. El afecto, la ternura y la relación amorosa que se manifiesta en el acto matrimonial no descansa en los timbres, en los sellos que se estampan en el acta notarial, en la firma de los Abogados Notarios, o funcionarios autorizados a realizar matrimonios, ni en las normas que se cumplen para realizarlo. Descansa el matrimonio en el amor mutuo que se profesen los contrayentes, sin importar la opinión, ni la de la llamada opinión pública, ni de quienes a la distancia observan el acto de la unión que ha acordado, que llamamos matrimonio. El matrimonio, como acto de amor, es una legítima unión libre amparada por un formalismo estatal.

La filiación maternal fue fundamental en el desarrollo de las relaciones familiares y matrimoniales. Se tuvo “matria” antes que “patria”. Hasta hace poco tiempo, hasta los avances científicos del ADN, la paternidad era misteriosa mientras la maternidad era real. En 1949 se logró la igualdad de las mujeres en derechos políticos, el de votar, recientemente fortalecidos con la exigencia de la igualdad de oportunidad de ser electas mediante la alternabilidad vertical y horizontal que se ha establecido para aspirar a puestos de representación política.

En 1970 con el Código de Familia la mujer se igualó al hombre en sus relaciones matrimoniales y familiares. Siguió luego el avance en otros derechos.

El papel de la mujer en la sociedad costarricense ha evolucionado, cada vez más, hasta alcanzar la plena igualdad hoy en el ejercicio de derechos y libertades.

La última batalla ha sido el reconocimiento, no solo de las mujeres, sino de los hombres también, para que puedan realizarse y convivir en parejas matrimoniales del mismo sexo, así reconocidas jurídicamente en el país, y ante la sociedad, sin prejuicio, ni exclusión ni discriminación alguna. No ha sido una lucha sencilla. Ha sido dura. Para algunos ha sido muy dolorosa.

Finalmente se ha impuesto y consolidado, en la sociedad costarricense, el matrimonio civil, como expresión del contrato de dos personas, de diferente o del mismo sexo, que quieran unir sus vidas, para amarse, acompañarse, para construir en común su futuro, con respeto y aceptación a las otras formas, de carácter religioso, por las cuales otras personas quieran unirse.

Hoy la sociedad costarricense reconoce el derecho de las personas a casarse, de cualquier persona, a constituir matrimonios y familias, de conformidad a prácticas civiles, laicas, no religiosas, así como el de quienes quieran casarse de conformidad a rituales y a prácticas religiosas, especialmente católicas.

En las condiciones actuales puedo afirmar que hay más amor entre personas iguales y menos desigualdad social en este campo del amor. No se ha tratado de abolir el matrimonio como institución para garantizar esta igualdad, se ha tratado de fortalecer esa igualdad quitándole las trabas, a la institución de matrimonio que lo ataban, para que quienes quisieran casarse lo pudieran hacer al amparo del Estado, de sus instituciones legitimadoras, de conformidad a una nueva escala de valores públicos, sin importar su sexo, su género.

Así surgen estos nuevos matrimonios, como el que hoy se lleva a cabo entre Yalena y Karina, que contribuyen a salvar la idea tradicional del matrimonio, y a fortalecer los diversos conceptos de familia, que la misma sociedad produce, las familias de dos personas de diferente sexo, con hijos o sin ellos, con hijos adoptados, las familias de madres solteras, las familias de personas que no tienen vínculo matrimonial formal, las que sí lo tienen, las parejas de mismo sexo, con hijos o sin ellos, con hijos adoptados, las familias que dependen de las madres cabezas de hogar, que son las que tienen los principales ingresos económicos de sus hogares aun cuando tienen esposo o compañero, las familias cuyo eje descansa en la presencia de un abuelo o abuela o de algún otro familiar, o de solo la madre o de solo el padre, así como las diversas familias que pueden formar los miembros de la comunidad LGTBY, que generan en la práctica familias de dos mamás o de dos papás.

El matrimonio es también una manifestación de una conciencia aprobatoria. No se realizan actos que en conciencia se rechazan. Quienes aquí nos reunimos aceptamos, aprobamos y nos alegramos de la decisión que han tomado nuestras hijas, Yalena de la Cruz Figueroa y Karina Vargas Lepe, de asumir este compromiso, ante ellas mismas, ante sus amigos y familiares, y ante la sociedad, que las protege legalmente, así como a su bellísima hija, nuestra nieta, Sofía, que es parte esencial de esta nueva familia, y de nuestras familias reunidas en este acto de amor, que nos han hecho crecer como familias y como seres humanos.

Esta ceremonia ha sido convocada por Yalena y por Karina para hacernos partícipes y testigos de honor de la unión que han acordado, haciendo uso pleno de sus libertades, y participándonos de la decisión que han tomado en conciencia sus corazones.

No estamos aquí para imponer nuestra visión del mundo, ni nuestra voluntad, ni nuestra escala de valores. Estamos aquí, en nuestra condición de padres, hermanos, familiares y amigos, para afirmar nuestro respeto por la decisión de vida que han tomado, por la unión que han acordado en este momento, con la alegría que nos causa su decisión, su unión matrimonial.

En este acto celebrado han mostrado ser más libres, más realizadas en el amor que se profesan, más dueñas de sí mismas, más responsables de sus actos.

En este acto nosotros no pedimos nada. Son ustedes, Karina y Yalena, las que nos brindan su acto de amor, que con los años nos darán mucho.

Experimentamos como familias una renovación de la vida en el ámbito discreto e íntimo de nuestras familias, y en el ámbito público de la sociedad. En el porvenir de ustedes prolongamos también nuestra existencia. En el acto que acaban de realizar expresan la intensidad de sus vidas, su amor, su calidad de buenas personas. Hoy unidas son más fuertes y afortunadas.

Afirmamos y reconocemos, en este acto, con nuestra presencia, su libertad de amarse en la unión que han pactado, en esta nueva Costa Rica, en vísperas del Bicentenario de la Independencia, que ha abierto, en el campo de las relaciones matrimoniales, un nuevo horizonte para todos los costarricenses.

Al brindar por sus parabienes matrimoniales, ¡Les deseamos la mayor felicidad posible, junto a Sofía!

¿Revivir el escenario de las elecciones de febrero-abril del 2018?

Vladimir de la Cruz

Cuando un grupo de diputados intentó revisar lo actuado por el Poder Ejecutivo, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y por la propia Sala Constitucional, respecto al matrimonio igualitario, con la finalidad, o mala intención, de que en los próximos 18 meses se sometiera de nuevo a votación, y discusión parlamentaria, sencillamente hicieron cálculos que, de nuevo, en esos 18 meses estaríamos, justo en el momento del próximo proceso electoral del 2021-2022, alrededor de octubre y noviembre del 2022, discutiendo este asunto, que ya está fallado judicialmente.

Puesto así, políticamente, podía resultar un nuevo alboroto nacional, atizando sentimientos religiosos alrededor del concepto del matrimonio católico, cristiano o religioso, del cual quienes lo defienden a ultranza, lo señalan como matrimonio de hombre-mujer, porque así lo definen religiosamente.

Sin embargo el matrimonio es una situación de la realidad entre dos personas. En el caso costarricense, desde 1888, la figura del matrimonio como concepto, como categoría social de reconocimiento de parejas, que viven juntas, solo es válido el matrimonio civil, el matrimonio que se lleva a cabo ante la autoridad civil competente, y que se inscribe en el Registro Civil de personas, época de 1888, en que esta Institución también surgió.

Antes del Registro Civil, en 1888, los matrimonios se realizaban ante las autoridades eclesiásticas porque eran las que llevaban los registros de nacimientos por los bautizos, los matrimonios y las defunciones. Era una época donde la religión católica era dominante. Así venía siendo desde que los españoles la impusieron con su llegada a América, impidiendo el ejercicio de otras religiones, prohibiéndolas en su práctica, monopolizando las creencias religiosas y “satanizando” a quienes no tuvieran o profesaran la religión católica.

Las leyes liberales, que iniciaron en 1882, se fortalecieron en 1884 y se consolidaron en 1888, separaron los asuntos religiosos del Estado, se separó incluso la enseñanza religiosa de la educación pública. Con ello la sociedad costarricense, sin enseñar religión católica en las escuelas y colegios, no se hizo menos religiosa ni menos católica, porque su enseñanza se fortaleció donde debía darse, en el hogar y en la Iglesia.

Esa separación de hecho se mantuvo hasta el primer año de la Administración de Rafael Ángel Calderón Guardia, cuando como resultado del Pacto para que la Iglesia apoyara su candidatura presidencial, en 1939, se acordó derogar las leyes liberales en lo que afectaban los intereses de la Iglesia Católica.

Al crearse el Registro Civil y al establecerse el divorcio, como un elemento importante de la figura del matrimonio, se le asestaba un golpe a la idea religiosa del matrimonio, porque el matrimonio eclesiástico en teoría no debe disolverse nada más que con la muerte de los cónyuges. En un Concilio en que esto se discutió, hubo quienes sostuvieron la tesis que el matrimonio religioso no se disolvía con la muerte. Finalmente se impuso la idea que la muerte sí acaba el matrimonio y permite que el viudo o la viuda puedan volverse a casar bajo el “sacramento” del matrimonio.

El matrimonio civil se impuso. Todos los costarricenses desde entonces realizan su acto matrimonial bajo los preceptos del matrimonio civil, y solo los actos matrimoniales que se inscriben en el Registro Civil son válidos ante el Estado y la sociedad costarricense.

Los actos religiosos que tienen la figura del matrimonio, ante autoridades religiosas, curas o pastores autorizados, son válidos dentro de la Iglesia Católica, o las otras iglesias, pero solo son válidos públicamente si se inscriben en el Registro Civil. Los sacerdotes y funcionarios eclesiásticos autorizados, para realizar esos matrimonios, ante el Registro Civil son Auxiliares de la institución estatal, y tienen obligación de inscribir dichos actos matrimoniales para que públicamente sean reconocidos.

Por razones religiosas puede haber personas que moralmente solo se sientan casados si lo han hecho por la Iglesia o por las tradiciones religiosas que profesan.

A los que no son religiosos, ¿en qué los afecta que personas que son religiosas se casen por sus tradiciones, ritos y religiones? En nada. Son sus prácticas, sus creencias, sus derechos. Se les debe respetar.

Así, la sociedad costarricense desde 1888, especialmente desde ese año, tenía dos grupos de personas que se les autorizaba, y así se les reconocía el matrimonio, ante el Estado y la Sociedad costarricense, los que se casaban por la Iglesia y los que se casaban ante las autoridades estatales facultadas para realizar los matrimonios. Era también un asunto de reconocimiento de relaciones amorosas entre personas. Se respetan ambos grupos, independientemente si los católicos veían con malos ojos a los que se casaban civilmente. Los que se casaban por la vía civil nunca vieron con malos ojos a los que se casaban por la Iglesia. Era un asunto de definiciones personales, de respeto y de tolerancia.

En aquella época, antes de 1880 no se permitía el culto de otras religiones. De hecho estaban prohibidas en su práctica. La construcción del Ferrocarril al Atlántico, como se decía, al traer mano de obra extranjera, que profesaba otros cultos religiosos, obligó a que el Estado permitiera el ejercicio de esas otras religiones. Así se introdujeron las religiones cristianas no católicas, y algunas prácticas religiosas de los chinos y de los negros en la región de Limón y de la construcción del ferrocarril.

La Iglesia Católica por su parte arreció contra esas prácticas que se fueron introduciendo y expandiendo en el resto del país. Impuso, en sus feligreses, los carteles que se ponían en las ventanas de las casas “aquí somos católicos y no admitimos propaganda protestante”. Aun así, aprendieron, ambos grupos, católicos y cristianos no católicos, a sobrevivir, sobrellevarse, tolerarse y finalmente a “disputar las almas” en el campo de sus prácticas y cultos religiosos.

Los no católicos, pero creyentes, fueron obligados a casarse por el Estado, ante el Estado, ante autoridad civil, y antes o después, en sus cultos religiosos podían hacer una ceremonia religiosa de acuerdo a sus creencias cristianas no católicas.

Así la sociedad costarricense llegó a tener tres grupos de personas frente al matrimonio: los católicos que se casaban entre ellos, con sus ritos y que podían inscribir sus matrimonios en tanto el sacerdote era un Auxiliar del Registro Civil, los no católicos ni creyentes que podían casarse directamente ante la autoridad civil competente, y los cristianos de otras denominaciones, que debían casarse obligadamente en el plano civil para que se les reconociera su unión libre de amor, aunque después realizaran algún otro acto religioso sellando ese vínculo, pero sin que ese acto religioso fuera oficialmente reconocido por el Estado, como sí lo es el matrimonio católico.

La sociedad costarricense es una trama de relaciones sociales intensa e inmensa. Probablemente en todos los tiempos ha habido relaciones de parejas homosexuales, hombre hombre, mujer mujer, así como ha habido relaciones de infidelidad, violando sus cánones religiosos, entre las parejas y matrimonios de católicos y de cristianos no católicos, como entre los no creyentes. Por razones religiosas, que impactaron la vida civil y legal, los homosexuales fueron perseguidos, estigmatizados, anatemizados, obligados a realizar sus afectos y expresiones amorosas, y sus manifestaciones de amor, como lo hacían las otras parejas, independientemente de sus cultos religiosos, a escondidas, “en el closet”, como llegó a decirse. Pero eran situaciones reales, de todas las familias, fueran religiosas o no.

El desarrollo de los Derechos Humanos y de las Libertades Civiles, poco a poco, fue impulsando el reconocimiento de los derechos al matrimonio, reconocido por el Estado, no por las Iglesias, de estas personas. Las iglesias pueden no reconocer y hasta rechazar estos matrimonios, pero no pueden impedirlos si se trata de Igualdad de Derechos, de Igualdad de Libertades, de Igualdad de Realización Humana. Tampoco pueden actuar para obstaculizar que a las personas homosexuales se les reconozca el derecho al matrimonio ante el Estado como lo realizan los otros grupos de personas en la sociedad costarricense. Se trata de un Derecho de Igualdad Real.

Los grupos de parejas homosexuales no se oponen a la existencia de esas otras prácticas de reconocimiento de matrimonio. No es asunto de ellos, como no debe ser asunto de los creyentes, católicos o no, el que personas del mismo sexo quieran casarse, quieran mostrar públicamente sus relaciones de amor, de afecto, de compañía, de solidaridad entre ellos, y que se les reconozca como tales, y se les respete en el ejercicio de su vida íntima, de amor, de pareja, ante la sociedad. Esta es la esencia de esta discusión.

En las pasadas elecciones frente a la acción y consulta interpuesta por el Poder Ejecutivo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se provocó una Resolución que obligó al Estado costarricense a reconocer el Derecho al matrimonio de las parejas homosexuales, en igualdad de condiciones y situaciones jurídicas, al que tienen las parejas no homosexuales. La Sala Constitucional de la República avaló dicha Resolución y postergó su entrada en vigencia hasta el próximo martes 26 de mayo.

Frente a esto, un grupo de diputados, 24, entre ellos de Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana, se movieron con una maniobra legislativa para que la entrada en vigencia de esta disposición se alargara por 18 meses, y se pegara con el próximo proceso electoral. Probablemente pensaron que si eso se provocaba tendrían de nuevo un escenario, parecido al de los meses de enero a febrero y de febrero a abril del 2018, cuando el país se puso en tensión alrededor de esta temática para definir el resultado electoral, y desplazar en ese debate a los partidos Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana. Estos dos partidos, ante los partidos pentecostales o neopentecostales, nada tienen que hacer en esta lucha conservadora. No sacan tajada electoral. Pierden parte de sus electorados, como quedó demostrado en el 2018.

Por eso parece estúpido políticamente que haya habido diputados de estos partidos promoviendo esa nueva consulta ante la Sala Cuarta cuando bien podían ver que, en el escenario electoral del 2021-2022, estos partidos no iban a desplazar, en ese debate ni agitación política electoral, a los partidos cristianos no católicos, fundamentalistas y neopentecostalistas. Se estaban pegando tiros en los pies y en las piernas. Pero así es la ceguera y la estupidez política algunas veces.

Dichosamente el lunes fue rechazada, por una mayoría parlamentaria, sensata, inteligente, proclive a fortalecer los Derechos Humanos, a enriquecer la imagen pública, bien ganada que tiene nuestro país en el plano internacional, la acción que querían hacer de tipo guerrillero, terrorista, contra las Resoluciones judiciales ya en marcha, y de poner nuevamente al país en un debate ya superado, incluso electoralmente, con el resultado de las elecciones del 2018.

La temática de la Agenda electoral y Política del 2022 ya está apareciendo, ya está surgiendo, ya se ven los aires contra el gobierno del Partido Acción Ciudadana, desde todas las tiendas políticas, sobre todo cuando este Gobierno ha venido manejando la crisis de la Pandemia del Coronavirus con gran excelencia.

Démosle aire al debate político. Aceptemos con tolerancia, al menos, la nueva situación jurídica de los ciudadanos costarricenses en materia del llamado matrimonio igualitario. Los que defendemos este matrimonio no tenemos problema con ninguna otra forma en que quieran realizarse los matrimonios, desde las llamadas uniones libres, matrimonios católicos, matrimonios civiles o estos llamados matrimonios igualitarios, que a todos los efectos serán Matrimonios Civiles Entre Dos Personas del mismo Sexo. Esta es su verdadera denominación.

Los grupos pentecostales y neopentecostales si quieren una buena lucha, luchen porque a sus Iglesias se les dé igual trato que a la Iglesia Católica, en la celebración de sus ceremonias religiosas de matrimonio, y que a sus pastores, los de las principales Iglesias, reconocidas, no las iglesias con pastores de garaje, para la celebración de sus matrimonios se les dé el mismo trato de Auxiliares del Registro Civil. Si quieren luchas háganlo reclamando igualdad de condiciones, ante el Estado, con la Iglesia Católica. Ahí tienen su lucha social y política, y si la quieren hacer electoral, también. Que los igualen en el Artículo 75 constitucional o que se elimine ese Artículo. ¡Luchen por eso!