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Etiqueta: responsabilidad del Estado

Una disculpa extemporánea

Por Memo Acuña
Sociólogo y escritor costarricense

El 27 de marzo de 2023 se produjo un incendio en una Estancia Provisional del Instituto Nacional de Migración (INM) de México, en Ciudad Juárez. En este siniestro murieron 40 migrantes y 27 hombres y 15 mujeres resultaron con heridas profundas que no han podido sanar aún.

Se trata de más de 80 víctimas para las cuales el Estado mexicano no garantizó los recursos mínimos de resguardo mientras se encontraban en ese lugar.

En investigaciones realizadas por organismos civiles y de derechos humanos, se determinó que la negligencia y el desinterés de los funcionarios destacados en el Centro fueron los principales causantes de que a las personas que se encontraban en ese lugar no se les abriera la puerta principal para que pusieran sus vidas a salvo. No en vano en varios espacios de comunicacion civil circula un poderoso hastag con la leyenda: #nofueelincendiofueelestado, aludiendo la omisión que le costó la vida a esas 40 personas.

Luego se supo que las condiciones en las que permanecían en aquel sitio eran inhumanas: hacinados, sin agua ni comida, razones suficientes para causar un motín, que terminó arrebatándoles la vida.

Más de 900 días luego del hecho, el excomisionado del Instituto Nacional de Migración, Francisco G. Y., ofreció una disculpa pública a los sobrevivientes y las familias de los fallecidos. Este acto ocurrió el pasado 26 de setiembre.

Como parte del proceso que se sigue en su contra por los hechos acaecidos aquel marzo de 2023, el funcionario emitió una declaración que no sirve para traer a las personas fallecidas de vuelta ni reparar el daño físico y psicológico causado a las personas sobrevivientes y sus familiares.

Una disculpa extemporánea, tardía, inútil. Inútil si, porque es ahora y responde a procesos que no salen de su fuero interno, sino de mecanismos que la justicia mexicana habilita para seguir el debido proceso en una investigación de este calibre. No es desde su corazón que nace el ofrecimiento.

En su intervención en la reciente Asamblea General de la ONU, el presidente de Estados Unidos Donald Trump volvió a atizar su odio visceral contra la migración en el mundo y en su propio país. Habló de proteger fronteras y terminar con la migración irregular que está “acabando con el mundo”, según sus palabras.

No debe extrañar que, en su afán, las políticas migratorias de otros países continúen en consecuencia triturando humanidades, exterminándolas.

Los tiempos que nos tocó vivir ciertamente convocan a la desesperanza. Pero cuando uno ve la fuerza de la migración que empuja y acciona, no le queda más que saludar la motivación, acompañar a estas personas que caminan por un futuro mejor desde cualquier trinchera. Metafóricamente deberíamos hacer lo mismo: caminar para construir, no detenernos nunca.

Justicia retardada es justicia denegada

(Presentación del libro de Nuria Calvo Fajardo)

José Manuel Arroyo Gutiérrez

1. Sentimiento personal después de leer el libro: vergüenza y perdón.

Acepté la amable invitación de mi amiga Marta Solano a comentar este libro sin saber lo que me esperaba. Para alguien que ha dedicado su vida profesional a la judicatura y la enseñanza del derecho, como es mi caso, la lectura de este testimonio deja un fuerte sabor de amarga derrota. Es inevitable sentir vergüenza y es inevitable pedir perdón, aunque personalmente no se haya participado de ninguna decisión en el caso concreto, no deja de pesar una responsabilidad implícita, por la derrota social, ante esta monumental injusticia.

2. Estado de Derecho y Proceso Penal.

Porque se supone, en teoría, que el Estado de Derecho es el gobierno de las leyes por sobre el gobierno de “los hombres”, como se decía en lenguaje tradicional; se supone también la rectoría del principio de legalidad en el tratamiento de todo tipo de conflictos (entre individuos, entre grupos, o entre individuos y la autoridad púbica misma); y se trata, en lo que al proceso penal corresponde, de hacer valer un conjunto de garantías, libertades y derechos, imprescindibles para perseguir y juzgar a una persona conforme lo establecido en la Constitución Política y el Derecho Internacional de Derechos Humanos.

La doctrina especializada ha definido al proceso penal como un producto político-cultural; un instrumento con vigencia temporal y espacial determinados, para el control social, resultado de distintas fuerzas en las que terminan imponiéndose las dominantes económica y políticamente, mismas fuerzas que imponen no sólo qué está prohibido (el qué del derecho penal sustantivo); sino también el cómo se llega a declarar una conducta “delito”, lo propio del derecho procesal penal.

El fundamento ético de todo ordenamiento normativo sustantivo y adjetivo, penal y procesal, consiste en la realización del valor Justicia. La humanidad no conoce otro medio por el cual alcanzar ese valor sino a través del derecho y, específicamente, del proceso jurisdiccional, ese con los tres protagonistas típicos: el acusador, la defensa y el juzgador. La evolución de esta misma humanidad nos demuestra que no se trata de instrumentalizar cualquier ordenamiento normativo, sino el propio del Estado Social de Derecho, conforme los principios constitucionales y las declaraciones y tratados de derechos humanos.

3. Literatura, justicia y derecho.

Al tratarse de herramientas que el homo sapiens ha construido para resolver conflictos y aspirar a lo justo, la literatura de todos los tiempos, desde el Antiguo y Nuevo Testamento y el Código de Hammurabi, pasando por la Tragedia Griega y la literatura romana, hasta la novela, el teatro y el cine modernos, han incorporado al derecho penal y a los procesos penales como parte relevante de su acervo temático por medio de historias, testimonios y relatos.

Imposible hacer un repaso pormenorizado de este fenómeno cultural, pero podemos mencionar algunos momentos relevantes: el juicio seguido a Sócrates, la pasión y muerte de Jesús El Nazareno, el parto de la modernidad con los procesos inquisitoriales contra Giordano Bruno, Galileo Galilei, Juana de Arco y miles de mujeres consideradas brujas, hombres herejes y chivos expiatorios anónimos, que permanecen como yagas sangrantes de la historia de los procesos judiciales, testimonios aún vivos del fracaso de la justicia humana, y evidencias que han llevado a algún penalista contemporáneo a exclamar que ha sido mucho peor la historia de las penas y los castigos, que la historia misma de los crímenes que intenta reprimir.

Quizá cabe aquí citar a un ilustre jurista italiano de la segunda mitad del siglo XX, Salvatore Satta, que desarrolló la idea del proceso judicial como un misterio, no en el sentido esotérico o religioso, sino como un producto cultural que trasciende lo estrictamente técnico jurídico, para convertirse en una metáfora de la condición humana y su relación con el derecho y la justicia. Para Satta es necesario explorar la naturaleza enigmática y compleja de los procesos judiciales, señalando su profundo impacto social, la imposibilidad de comprenderlos a cabalidad y, sobre todo, la cuestión de cómo puede ser posible que un instrumento concebido para hacer justicia, pueda convertirse en todo lo contrario, un mecanismo de tortura y suplicio, venganza, espectáculo fatuo, o flagrante atropello a los derechos fundamentales.

Hay otro tópico que relaciona la literatura y el proceso al que quiero referirme esta noche. Sabemos que la pérdida de libertad, el cautiverio, la cárcel y el encierro en todas sus formas, ha sido fuente de inspiración para la literatura universal. Desde el mítico relato que señala a un tal Miguel de Cervantes concibiendo su Quijote mientras espera ser liberado, hasta un Víctor Hugo que erige en hilo conductor de Los Miserables las vicisitudes de un prófugo de la justicia; o un Dickens, tejiendo desde su propia experiencia con la justicia formal, algunos de sus relatos inmortales, y qué decir de Fiódor Dostoievski, sobre todo en su Crimen y Castigo, que nos sumerge en las profundidades de la psique humana, anticipándose a Freud, precisamente a partir de un homicidio, las secuelas de la culpa, el arrepentimiento y la expiación. Tampoco podemos dejar de citar en este mismo universo de literatura y derecho penal a los nuestros: Adolfo Herrera García con su Juan Varela, y por supuesto a José León Sánchez y su Isla de los Hombres Solos.

De manera, querida Nuria – si me permite este trato puesto que después de leer su libro me parece haberla conocido hace mucho tiempo-, su relato se une a una innumerable lista de testimonios de seres especiales que, al chocar con temas trascendentales como la libertad, la justicia, el proceso, los castigos, nos han dejado por escrito la muy antigua y descarnada tensión, entre los nobles ideales de la criatura humana y la áspera realidad que los derrota y destroza.

4. Dos paralelismos imprescindibles.

Pero esta noche quiero rescatar, de esta perenne relación entre literatura y proceso penal, dos clásicos que guardan con el libro que nos convoca asombrosos paralelismos. Me refiero al Yo Acuso (o caso Dreyfus) de Émile Zolá y el proverbial Proceso de Franz Kafka.

Aunque cronológicamente posterior (publicada en abril de 1925), me voy a referir primero a esta segunda obra. En un plano dominado por la vivencia subjetiva de las protagonistas Roxana y Nuria, pude detectar la opresiva y asfixiante atmósfera kafkiana de El Proceso en Justicia Retardada es Justicia Denegada. Así, la sorpresiva irrupción de policías y fiscales un día cualquiera; el señalamiento y exhibición públicos; la sospecha y el descrédito; la incertidumbre sobre los cargos que se imputan; el rostro elusivo de los jueces; el lóbrego ambiente de tribunales, pasillos, celdas, salas de espera interminables; para rematar con el absurdo proceso que no acaba nunca, la omnipresente persecución y acusación sin límites. No sé si la víctima de este relato conoció la obra de Kafka antes de escribir su propio testimonio, pero lo cierto es que hay una fuerte reminiscencia difícil de no reconocer.

En un plano objetivo, el paralelismo con el Yo Acuso o caso Dreyfus, de Zolá (compilación de cartas publicadas a partir de enero de 1898 en el diario Aurora de París) es también ineludible. Como muchos de los presentes recordarán, en la Francia de la segunda mitad del siglo XIX, el oficial militar Alfred Dreyfus es acusado y condenado por supuestamente pasar información secreta al gobierno enemigo de Prusia. Este caso revela el arquetipo subyacente a todo proceso fallido, casi idéntico al que hoy comentamos, a saber, una denuncia por un supuesto crimen gravísimo que trae enorme alarma y conmoción social; un procedimiento de investigación laberíntico y desastroso en el que primero se elige a los culpables y luego se busca la prueba en su contra; una incipiente prueba de descargo a la que se aferran los persecutores (dictamen grafológico en el caso Dreyfus, denuncia calumniosa en el caso Calvo), y a contrario, una prueba de descargo que es ignorada, ocultada y hasta destruida; una incapacidad palmaria del aparato judicial para reconocer que ha cometido un error que debe ser enmendado; una ciega reacción corporativa de policías, fiscales y jueces ante el público al que han engañado y manipulado; y por último, una tardía, muy tardía absolución y reivindicación que jamás compensará el daño causado.

En medio de este trágico naufragio de la justicia en Costa Rica, es de rescatar el valor de la defensa pública que acompañó a las víctimas de este proceso, con excepcional dedicación y profesionalismo, así como la valentía de la jueza que impidió una larga prisión preventiva desde el primer momento, con riesgo para ella de linchamiento mediático, y la intervención de algunas otras instancias jurisdiccionales que en alguna medida neutralizaron daños aún mayores.

Lo que un régimen de derecho jamás debiera permitir es convertir el proceso penal en un espectáculo público, un show más en la era del exhibicionismo y el consumismo de masas. La matriz del caso Calvo Fajardo radica en este pecado original, el lanzamiento precipitado y estrepitoso de una cruzada supuestamente noble y heroica que termina siendo un trágico evento que no debe repetirse nunca más. El proceso como puesta en escena espectacular no sólo puede traer la consumación de graves injusticias frente a acusados inocentes, como lo fue este caso, sino que puede traer el fenómeno inverso, la descalificación generalizada de la intervención del aparato represivo, aún frente a sujetos realmente delincuentes que terminan auto-victimizándose.

Todo ciudadano y ciudadana con auténtico espíritu democrático tiene que agradecer a Nuria Calvo Fajardo el esfuerzo de dejar por escrito el itinerario de su horrible experiencia, a pesar del dolor y la legítima indignación por todo lo vivido. Las presentes y futuras generaciones de costarricenses deben estar alertas acerca de los riesgos en el ejercicio del poder público, la importancia de reconocer en el proceso penal una daga de doble filo, capaz de pervertir su función en un régimen de derecho y, sobre todo, la importancia de ejercer una vigilancia activa en los mecanismos formales e informales que aseguren la efectiva vigencia, validez y eficacia de las libertades y derechos ciudadanos.

Se impone, por último, en mi criterio, una acción de demanda contra el Estado y los principales responsables del atropello perpetrado.

Agradezco la atención dispensada.

San José, 21 de julio de 2025.