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Etiqueta: restos

Museo Nacional en Sardinal: «Trabajos del AyA no han alterado restos arqueológicos patrimoniales»

Arqueólogos del Museo Nacional concluyen en su “Informe de inspección arqueológica por denuncia de las obras de mejoras al acueducto Sardinal-Playas del Coco Guanacaste” que:

VI. Consideraciones finales

El trabajo de inspección efectuado por los que suscriben el presente informe y del equipo conformado por profesionales del AyA, permitió determinar que existen depósitos arqueológicos correspondientes al sitio Calle El Carpintero (G-1049 CEC) en las inmediaciones del trayecto del camino público por el cual el AyA está colocando la tubería de agua para las mejoras al Acueducto Sardinal – Playas del Coco.

La mayor parte de la evidencia observada se encuentra en propiedades privadas adyacentes al camino público. Los restos patrimoniales que se encontraban en el derecho de vía del camino fueron impactados desde hace muchos años atrás con la construcción del camino del barrio, ocasionando la destrucción y/o alteración de al menos dos concheros que pudieron tener entre 15-20 m de diámetro y entre 1 y 1.5 m de espesor.

Perturbación adicional ha sido causada a los depósitos mencionados debido a la construcción de casas, colocación de cercas, tuberías, tanques sépticos y otra infraestructura asociada, sin embargo, en ningún momento, con anterioridad, se realizó una denuncia al MNCR tal y como lo expresa claramente la Ley 6703.

Durante nuestra inspección, no se comprobó que los trabajos del AyA hayan alterado o destruido restos arqueológicos patrimoniales, de hecho, no se observan restos culturales ni en el terreno donde se encuentran los pozos de agua ni en la mayor parte del tramo de la tubería que ya fue colocada, zona en la cual, aunque ya se tapó la zanja si hubieran existido restos culturales se observaría una gran dispersión de conchas y fragmentos cerámicos en superficie.

Por otra parte, en la zona en donde se observa la mayor concentración de materiales arqueológicos a la vera del camino (no en el camino propiamente) no se ha colocado la tubería debido a la falta de codos para completar el trabajo y esta zona debe contar con una supervisión arqueológica permanente al momento de realizar la zanja.

VII. Recomendaciones

A partir de lo observado en el inmueble supracitado se plantean las siguientes recomendaciones.

Coordinar con el AyA para que personal del DAH del MNCR supervise la colocación de tubería en la zona en que está no se ha puesto dentro de los linderos del sitio G-1049 CEC. Debido al compromiso adquirido con la comunidad, los trabajos no podrán realizarse sin que esté presente personal del MNCR.

Enviar el presente informe a los personeros de AyA, así como al investigador del OIJ (señor Ricardo Cabalceta) y a la oficina del Ministerio Público en Santa Cruz para que tomen las acciones según corresponda.

Propiciar en el futuro un trabajo exploratorio que permita una mejor definición del sitio arqueológico y sus componentes, pues hasta la fecha este sería el sitio arqueológico que presenta depósitos de concha, registrado en la zona cercana a la Bahía Culebra, ubicado más adentro en tierra firme.

Aprovechar dicho trabajo para favorecer un mayor acercamiento con la comunidad y que tengan un mejor conocimiento de su pasado prehispánico y el valor cultural y patrimonial que tiene el lugar en donde viven en la actualidad”.

Invitamos a leer el documento completo en el siguiente enlace:

Acueducto Sardinal Gte (1)

 

Compartido en redes digitales.

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Caso Timoteo Mendieta: a propósito de la segunda exhumación ordenada

En días recientes se pudo leer en España que los familiares de Timoteo Mendieta Alcalá, un lider sindical fusilado en 1939 por las fuerzas franquistas, han procedido a una nueva exhumación en una fosa común situada en Guadalajara (Castilla-La-Mancha, España): ello en aras de recuperar los restos mortuarios de esta víctima del franquismo. Se lee en esta nota de prensa de El Pais (España) del pasado 10 de mayo del 2017 que:

«El equipo de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) ha encontrado este miércoles un cráneo en la fosa común del cementerio de Guadalajara donde busca, desde el martes, los restos de Timoteo Mendieta, carnicero y presidente de UGT en su pueblo, Sacedón, que fue fusilado el 15 de noviembre de 1939. Su hija Ascensión, de 91 años, lleva toda la vida buscándolo para darle una digna sepultura».

El integrante de la ARMH a cargo de los trabajos, René Pacheco, precisa en esta otra nota de prensa la principal razón por la que no se logró encontrar la osamenta de Timoteo Mendieta con ocasión del primer intento: «En esta exhumación observamos lo mismo que en la primera, que estaba muy bien documentada, pero luego comprobamos que los cuerpos se han arrojado de forma aleatoria y no corresponde a lo recogido en la documentación», ha afirmado René Pacheco quien, no obstante, espera que esta vez sí sea posible encontrar los restos de Timoteo Mendieta».

Un primer intento realizado en el 2016

En enero del 2016, equipos forenses españoles habían procedido a la excavación de esta fosa común en España en busca de los restos mortales de Timoteo Mendieta. Cuando en el año 1939 fue fusilado, aduciendo las fuerzas franquistas «auxilio a la rebelión», su hija Ascensión Mendieta Ibarra tenía 13 años. Ante los obstáculos de la justicia española para acceder a los restos mortales de esta víctima de la guerra civil española enterrada en una fosa común con otros 22 cuerpos, Doña Ascensión decidió acudir a la justicia argentina.

La exhumación de la fosa común de Guadalajara inició el 30 de enero del 2016, con un emotivo acto muy concurrido al iniciar los trabajos (véase video); estos se mantuvieron por varias semanas. En los últimos días del año 2016, se informó que el análisis ADN de los huesos extraídos correspondientes a 11 de los cuerpos, realizado en Argentina, confirmó que ninguno de ellos pertenecía a Timoteo Mendieta (véase nota de CadenaSER del 30/12/2016). Nótese que los análisis de laboratorio para identificar los restos mortales se efectuaron en Argentina.

El hermetismo del Estado español ante el clamor de las víctimas del franquismo

Es gracias a la inclaudicable perseverancia de los familiares de Timoteo Mendieta, quienes interpusieron una demanda en Argentina en el 2010, que la jueza argentina María Servini de Cubría logró obtener de las autoridades de España, en aplicación del principio de jurisdicción universal, que sea exhumada una fosa común ubicada en Guadalajara. Se estima a unos 150.000 los desaparecidos durante la guerra civil española.

En este Boletín de Medicina Legal y Forense de Galicia (2012) se ofrecen diversos estudios sobre la labor realizada por expertos y colectivos en España a solicitud directa de familiares de víctimas del franquismo ante el mutismo de la justicia (véase texto). La nota introductoria de este documento concluye con un vehemente llamado a la clase política española:

«…deseo hacer desde estas páginas un llamamiento a nuestros nuevos representantes políticos. Apelo a su sentido humanitario para que sigan apoyando a todos los ciudadanos de nuestro pais que quieren saber donde están sus familiares desaparecidos en un conflicto que nunca tuvo que haber ocurrido».

Caso Timoteo Mendieta
Foto extraída de artículo de prensa titulado: «La nieta de Ascensión cuenta la lucha de su abuela: «Tal vez su luto sea de esos que conviven en los confines de la eternidad».

La justicia argentina al servicio de las víctimas españolas

Timoteo Mendieta se convierte en la primera víctima del franquismo en ser objeto de una orden de exhumación que emane de la justicia … de Argentina. No existe nada similar originado en España desde un juzgado español en materia de exhumación de víctimas del franquismo.

¿Cómo puede explicarse que la exhumación de una persona fusilada en 1939 en España (y cuyos restos mortales yacen con otros en una fosa ubicada en territorio español) deba ser tramitada por sus familiares españoles ante un juzgado ubicado en Buenos Aires? ¿Cómo explicar que procesos similares hayan tenido lugar en América Latina después de oscuros años vividos en el Cono Sur y en América Central en los años 80, permitiendo a familiares de desaparecidos acudir a su sistema judicial para exigir el respeto a la memoria de sus abuelos o padres, víctimas de la violencia política?

¿Cómo entender que mientras que en América Latina es el mismo Estado (a veces obligado por una sentencia judicial) el que concurre con sus recursos a permitir que familiares puedan cerrar un doloroso proceso de duelo, en España las familias y las asociaciones deben sufragar ellas mismas los costos que conlleva su búsqueda?

Las respuestas a estas y a muchas otras preguntas se encuentran revisando el largo camino recorrido por los familiares de Timoteo Mendieta. Muchas de estas respuestas exhiben la incómoda situación de España con respecto a los avances logrados en América Latina y en diversos foros internacionales en materia de derecho a la verdad y derecho al duelo (ambos consagrados en sentencias de jueces nacionales y por la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos).

La unión de dos excepciones: España y el derecho a la verdad – Argentina y la impunidad

El derecho a la verdad constituye un tema que ha cobrado particular atención en diversos órganos de Naciones Unidas en la última década, y sería de sumo interés conocer la posición de los delegados de España en sus intervenciones cuando el foro al que participan delibera sobre sus alcances.

Entre muchos textos de Naciones Unidas sobre el derecho a la verdad, activamente promovido por Estados de América Latina, podemos citar la resolución 2005/66 adoptada, a iniciativa de Argentina, por la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el 2005, la cual «reconoce la importancia de respetar y garantizar el derecho a la verdad para contribuir a acabar con la impunidad y promover y proteger los derechos humanos». En el 2010, a iniciativa de El Salvador, la resolución A/RES/65/196 de la Asamblea General de Naciones Unidas «Proclama el 24 de marzo Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas» (véase texto). En el 2013, la misma Asamblea aprobó la resolución 68/165 (véase texto) sobre este preciso derecho.

En un ámbito como el del hemisferio americano (al que España participa en su calidad de Estado observador), se puede mencionar la resolución AG/RES. 2267 (XXXVII-O/07) adoptada por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en el 2007, la cual insta a todos los Estados del hemisferio americano:

«a tomar medidas pertinentes para establecer mecanismos o instituciones que divulguen la información sobre violaciones de los derechos humanos, y aseguren el acceso adecuado de los ciudadanos a esta información, con el fin de promover el ejercicio del derecho a la verdad».

Un detallado informe presentado en el 2014 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho a la verdad (véase texto completo) señala que pese a notables avances en la región, varios desafíos aún persisten en el hemisferio en materia de justicia transicional, en aras de vencer la resistencia de algunos sectores políticos, de los aparatos militares y de varios sistemas judiciales.

En un artículo sobre su experiencia en España como voluntaria con las víctimas del franquismo (publicado en el 2012), la antropóloga forense costarricense Roxana Ferllini Timms explica que:

«España constituye una excepción dentro del proceso de transición de justicia, ya que el paso a la democratización no buscó conciliar la violencia y abusos de los derechos humanos que ocurrieron durante la Guerra Civil y el régimen Franquista. La transición en 1977 creó el pacto del olvido, el cual fundamentalmente dio cabida al silencio, neutralizando toda temática concerniente a ese pasado, incluyendo la exclusión de dichos temas en cursos de historia española» (véase artículo, página 78).

En una entrevista en el 2013, el juez español Baltasar Garzón había declarado:

«Me da mucha pena que tenga que ser en Argentina donde se investiguen estos crímenes porque España en su día paralizó el proceso, cuando me suspendió y con el auto posterior del Tribunal Supremo que cerraba todas las vías para las víctimas».

No es casualidad si los familiares de Timoteo Mendieta debieron viajar para presentarse ante un juzgado situado en Buenos Aires. Argentina, desde hace muchos años, lidera la lucha contra el olvido y la impunidad en América Latina: los jueces argentinos han logrado avances que sus hómologos latinoamericanos conocen y observan sin poder replicarlos. En el 2016, con relación a una histórica sentencia condenando por vez primera a los responsables del denominado «Plan Cóndor», cuya lectura fue transmitida en directo por varias embajadas argentinas en América Latina, habíamos tenido la oportunidad de señalar que la justicia de Argentina se sitúa a la vanguardia en la región: «esta decisión leída el pasado 27 de mayo representa un sustantivo avance en la lucha contra la impunidad por crímenes del pasado en América Latina. Una lucha en la que pareciera que la justicia argentina cuenta con herramientas legales mucho más efectivas y con jueces mucho más determinados que las de otros Estados afectados por esta misma operación regional» (véase nuestra breve nota publicada por el OPALC).

Caso Timoteo Mendieta2
María Lourdes Platero».

La orden judicial expedida por una jueza en Buenos Aires para excavar una fosa común en España

La solicitud hecha en el 2014 por la jueza desde Argentina precisaba (ver nota) a sus homólogos españoles que:

«Líbrese exhorto diplomático al Titular del Juzgado Territorial, que por razones de turno corresponda, con jurisdicción en Guadalajara (…) a fin de solicitarle arbitre los medios necesarios para que en presencia de quien suscribe se proceda a la exhumación del cuerpo sin vida que se encontraría inhumado en la fosa n° 2, ubicada en el patio n° 4 del cementerio de Guadalajara, ocupando el penúltimo lugar, comenzando de arriba hacia abajo, o segundo lugar de abajo hacia arriba, de diecisiete cuerpos que se hallarían apilados en forma vertical».

Se lee en este sitio sobre la memoria histórica en Guadalajara que el ayuntamiento respondió al juez español que:

«El informe, fechado el 27 de junio de 2014 y remitido al Juzgado de Instrucción Número 1 de Guadalajara, explica que la fosa en la que fue enterrado Timoteo es una fosa común cuyo primer enterramiento data del 16 de noviembre de 1939 y el último el 9 de septiembre del mismo año. En la fosa se enterraron, según consta en el informe, 22 o 23 personas ejecutadas por el Juzgado Especial de Ejecuciones, según los distintos registros».

El documento del ayuntamiento de Guadalajara y sus anexos está disponible en esta nota, con relación a una primera respuesta negativa de la justicia española en febrero del 2015, aduciendo incertidumbre sobre la localización exacta del cuerpo para proceder a una exhumación.

El sufrimiento y el dolor ante la coraza institucionalizada del Estado español

El malestar de los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas con España es evidente ante una ley de amnistía de 1977 siempre vigente. En el 2015, el Comité de Derechos Humanos reiteró nuevamente:

«… su recomendación en el sentido de que se derogue la Ley de Amnistía o se la enmiende para hacerla plenamente compatible con las disposiciones del Pacto. El Estado parte debe impulsar activamente las investigaciones respecto de todas las violaciones a los derechos humanos del pasado. El Estado parte debe también velar por que en estas investigaciones se identifique a los responsables, se los enjuicie y se les impongan sanciones apropiadas, proporcionales a la gravedad de los crímenes y se repare a las víctimas. El Estado parte debe revisar su legislación relativa a la búsqueda, exhumación e identificación de las personas desaparecidas y, a este respecto, se lo alienta a implementar las recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada en sus recientes observaciones finales (CED/C/ESP/CO/1, párr. 32). Asimismo, el Estado parte debe establecer un marco jurídico nacional en materia de archivos y permitir la apertura de los archivos sobre la base de criterios claros y públicos, de acuerdo con los derechos garantizados por el Pacto» (Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre el sexto informe periódico de España, documento CCPR/C/ESP/CO/6 de agosto del 2015, disponible en la red, punto 21).

El malestar de gran parte de la sociedad española con respecto a la falta de respuestas a sus legítimos reclamos por parte del Estado español es profundo. En esta nota de prensa se lee, con referencia a la hija de Timoteo Mendieta, Asunción Mendieta Ibarra, que:

«En 2013 se echó a la espalda sus 88 años y viajó hasta Buenos Aires para declarar voluntariamente ante la jueza Servini. «En España no ha habido justicia para las víctimas ni solidaridad, lo ha impedido la tan cacareada ley de amnistía, que en realidad a quien amnistió fue a los personajes que participaron en las atrocidades que se cometieron contra los ciudadanos de este país», se queja María Ascensión Vargas, y añade que las víctimas de la dictadura no tienen «un estatuto jurídico como sí otras víctimas, por ejemplo las del terrorismo, que me alegro mucho por ellas, pero hemos viajado muy solitos».

La determinación de los familiares de las víctimas del franquismo es compartida con las nuevas generaciones y, contrario a la percepción errónea de algunos círculos políticos españoles, se va fortaleciendo conforme avanza el tiempo. Como bien lo expresa una de las nietas de Doña Ascensión, la periodista Aitana Vargas, en este reportaje publicado en el 2015 y titulado «La nieta de Ascensión cuenta la lucha de su abuela: «Tal vez su luto sea de esos que conviven en los confines de la eternidad»:

«Creo que tal vez el luto de mi abuela sea de esos que conviven en los confines de la eternidad. No hay consuelo para una anciana cuyo padre fue acribillado a balazos cuando era una niña, acribillado a sangre fría como a miles de españoles que compartieron la misma desgracia. A quienes apretaron el gatillo no les tembló el pulso, ni les falló la puntería. Sistemáticamente mataron, asesinaron, torturaron, arrebataron niños de los brazos de sus padres. No hay consuelo ni para ella, ni para los familiares de quienes compartieron semejante destino. Porque no olvidemos que la causa de mi abuela es la causa de cientos de miles de españoles. Y esa causa, en una España democrática, no se puede olvidar ni sepultar bajo toneladas de tierra, piedra, escombros y presiones políticas – jamás».

En este artículo de Página12 (Argentina) sobre el caso de la familia Mendieta, las lágrimas que brotaron en los ojos de Doña Ascensión, al momento de ser informada del tan anhelado “sí” de la justicia española para poder finalmente proceder a la exhumación de los restos de su padre, ilustran el dolor lancinante de muchas familias en España:

“–¿Por qué llorás? –preguntó la abogada argentina.

–Lloro porque pienso en él; toda la vida bajo tierra –respondió.

En opinión de la letrada, esa expresión revela el sufrimiento del familiar de un desaparecido, al que no ha visto morir ni sabe dónde está.

“Para el familiar, el desaparecido no está muerto hasta que ve sus restos”.

Doña Ascensión: una inclaudicable voluntad que exhibe a España ante el mundo

La tenacidad de Doña Ascensión viene ahora a interpelar ante los ojos de España y del mundo el sistema judicial español y ponerlo a prueba. El hermetismo de las autoridades centrales españolas y del sistema judicial han sido tales que desde las comunidades autónomas, se han gestado valiosas iniciativas. Por ejemplo, lo que se ha calificado como el «insultante menosprecio del Estado» recientemente dio lugar a una iniciativa en Cataluña (véase nota de prensa de enero del 2017), mientras que desde el 2015, se cuenta en el País Vasco con un «Plan Vasco 2015-20 de investigación y localización de fosas para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil» (véase documento). Hace pocas semanas entró en vigor la «Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía» (véase texto de la Ley 2/2017).

Conclusión

Esta reivindicación colectiva se ha convertido en una verdadera onda expansiva. Encuentra su origen en muchas familias cuyos hijos o nietos han decidido romper con silencios de antaño y miradas evasivas, encontrando el apoyo de activas asociaciones de familiares de víctimas. En este contexto, la exhumación de Timoteo Mendieta puede convertirse en un emblemático precedente para muchas víctimas de la guerra civil española y para sus familiares, y contribuir a relanzar el debate en el seno de la sociedad española sobre la pesada deuda que mantiene consigo misma.

Caso Timoteo Mendieta3
Lista de personas enterradas en la fosa común de Guadalajara, según registros de la ARMH, publicada en esta nota de CadenaSer.

Nota: Para un análisis, desde la perspectiva del derecho internacional, de las diversas obligaciones que incumple el Estado español al no facilitar en lo más mínimo la labor de los familiares de las víctimas del franquismo y al mantener su sistema judicial hermético ante los constantes reclamos de las víctimas, remitimos al lector a un breve análisis escrito con ocasión de la primera exhumación realizada a inicios del 2016 por los familiares de Timoteo Mendieta. El mismo fue publicado en la Revista Los ojos de Hipatia (Valencia, España) y titulado: «JusticiA con A de Ascensión: a propósito de la exhumación de una fosa española a solicitud de una jueza de Argentina», enero del 2016, texto disponible aquí.

Agradecemos a los editores de esta revista valenciana por haber aceptado incluir fotografías, mapas e hipervínculos que permiten apreciar el alcance de la labor realizada por Doña Ascención, sus hijos y sus nietos, así como por la ARMH. Una versión ampliada del texto, con algunas referencias bibliográficas adicionales, fue también publicada en España en el sitio jurídico ElJurista (marzo del 2016), disponible aquí.

La presente nota fue publicada en los sitios jurídicos de Ius360 (Perú) el 23/05/2017 y de Debate Global (Colombia) el 26/05/2017. Una versión más reducida fue publicada en distintos medios digitales de Costa Rica (Elpais.cr, Informa-tico) y Ecuador (Alainet).

Publicado por Curso de Derecho Internacional.

 

Enviado a SURCOS por Nicolas Boeglin.

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