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Etiqueta: SINAC

Denuncian intervención de camino en zona inalienable hacia el volcán Barva y solicitan explicaciones al MINAE y SINAC

El colectivo ciudadano CONCEVERDE, mediante gestión presentada el 7 de abril de 2026 ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), denunció la intervención de un camino en una zona declarada inalienable por la Ley N.° 65 del 30 de julio de 1888, en las cercanías del Parque Nacional Braulio Carrillo, sector Barva.

La solicitud, firmada por José Francisco Alfaro Carvajal, advierte que la Municipalidad de Barva estaría ejecutando obras de ampliación y pavimentación con cemento en el camino ubicado en Sacramento de San José de la Montaña, en un área de alta vulnerabilidad ambiental. Según el documento, estas acciones podrían contravenir el marco legal vigente y generar impactos significativos en ecosistemas clave para la recarga hídrica y la conservación de la biodiversidad.

Zona protegida y restricciones legales

El documento recuerda que la zona intervenida forma parte de un territorio declarado inalienable, lo que implica restricciones estrictas sobre su uso. Además, se señala que la Sala Constitucional, mediante el voto N.° 2008-12109, ordenó a diversas municipalidades —incluida la de Barva— abstenerse de otorgar permisos de construcción en estas áreas.

Según la argumentación presentada, esta prohibición no solo aplica a proyectos de particulares, sino también a obras ejecutadas por las propias municipalidades, en tanto se trata de una disposición orientada a proteger un patrimonio ambiental estratégico.

Asimismo, se enfatiza que, conforme al artículo 13 de la Ley Forestal, estas zonas forman parte del patrimonio natural del Estado y su administración corresponde al MINAE, lo que implica una responsabilidad directa en la supervisión y resguardo de estos territorios.

Riesgos ambientales señalados

El colectivo advierte que la ampliación y pavimentación del camino para facilitar el tránsito de vehículos automotores podría generar impactos acumulativos y sinérgicos, afectando la estabilidad ecológica del área.

Entre los riesgos señalados se incluyen:

  • Afectación a la recarga hídrica.

  • Alteración de ecosistemas de alta fragilidad.

  • Incremento de atropellos de fauna silvestre.

  • Contaminación sónica y lumínica asociada al aumento del tránsito vehicular.

Estos elementos refuerzan la preocupación por una posible degradación progresiva de un entorno ambientalmente sensible.

Solicitudes a las autoridades

En su petitoria, CONCEVERDE solicita al MINAE y al SINAC que informen de manera expresa si han otorgado algún tipo de autorización para la ejecución de estas obras dentro de la zona inalienable.

En caso afirmativo, requieren copia de las resoluciones correspondientes, incluyendo los criterios técnicos y jurídicos que habrían fundamentado dicha decisión. Asimismo, solicitan información sobre los mecanismos de mitigación ambiental previstos frente a los impactos derivados de la intervención.

El documento también remite copia a la Sala Constitucional, lo que sugiere la posibilidad de futuras acciones legales en caso de confirmarse irregularidades.

Antecedentes de conflictos en zonas protegidas

Este caso se suma a otras denuncias ciudadanas documentadas en torno a intervenciones en territorios con protección ambiental, donde se cuestiona la coherencia entre las decisiones institucionales y el marco jurídico vigente.

La situación plantea nuevamente el debate sobre la gestión de áreas protegidas, el rol de las municipalidades y la responsabilidad del Estado en la defensa del patrimonio natural.

CONCEVERDE denuncia contradicciones del alcalde de San Rafael sobre finca en el Cerro Chompipe y advierte posible incumplimiento de deberes

El colectivo CONCEVERDE cuestionó públicamente la actuación del alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, en relación con la situación de la finca ubicada en el Cerro Chompipe, señalando contradicciones en sus posiciones y una posible omisión en el cumplimiento de sus deberes.

Según expone el colectivo, el alcalde había sostenido anteriormente que dicha finca era propiedad municipal, argumento con el cual se habría negado a realizar su traspaso al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), pese a que esta institución lo solicitó desde hace más de un año en cumplimiento de una resolución de la Sala Constitucional.

No obstante, en respuesta reciente a una gestión de CONCEVERDE, el alcalde indicó que cualquier asunto relacionado con el Cerro Chompipe debe ser dirigido al MINAE, al considerarlo como la entidad administradora del inmueble.

Para el colectivo, esta posición resulta contradictoria, ya que por un lado se había afirmado la titularidad municipal del terreno, mientras que ahora se traslada la responsabilidad a otra institución sin haber concretado el proceso de traspaso.

Señalamientos sobre posible usurpación y falta de control territorial

La denuncia presentada por integrantes de CONCEVERDE plantea la existencia de inconsistencias relevantes en torno a la finca inscrita bajo el folio real 4-156766, la cual, según el Registro Nacional, tendría una extensión de 1.548.722,03 metros cuadrados.

Sin embargo, de acuerdo con la información analizada, la Municipalidad únicamente tendría posesión efectiva de una porción cercana a los 528.474,08 metros cuadrados, correspondiente a una de las tres fincas que originalmente conformaron el inmueble.

El documento también advierte que las otras dos fincas que integraban el terreno podrían encontrarse bajo control de terceros, lo que abre la posibilidad de una eventual usurpación o pérdida de control sobre bienes que registralmente formarían parte del patrimonio municipal.

Asimismo, se señala la ausencia de un plano catastrado actualizado que permita definir con precisión los linderos del inmueble, lo que dificulta verificar la correspondencia entre el área inscrita y la realidad física del terreno.

Solicitudes formales y necesidad de estudios técnicos

Ante esta situación, CONCEVERDE solicitó a la Municipalidad la realización de estudios técnicos, particularmente un levantamiento topográfico integral que permita:

  • determinar la correspondencia entre el área registral y la extensión real del terreno,

  • ubicar individualmente las fincas que dieron origen al inmueble,

  • identificar posibles ocupaciones por parte de terceros,

  • establecer si existe una usurpación y, de ser así, proceder a la recuperación de los terrenos.

El documento también subraya que la revisión únicamente registral no es suficiente para descartar una usurpación, y que resulta indispensable la verificación en sitio mediante estudios técnicos especializados.

Antecedentes: disputa por control y protección del Cerro Chompipe

Este caso se inscribe en un contexto más amplio de disputas sobre el uso, administración y protección de territorios en zonas de alto valor ambiental en el cantón de San Rafael de Heredia, particularmente en áreas vinculadas a la conservación forestal.

En el caso específico del Cerro Chompipe, se trata de un terreno catalogado como reserva forestal, lo que implica un régimen especial de protección y limita su uso a actividades compatibles con la conservación ambiental.

La controversia también se relaciona con la discusión sobre la rectoría institucional en estos territorios, especialmente entre gobiernos locales y entidades nacionales como el MINAE y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

CONCEVERDE: posibles responsabilidades administrativas y políticas

El colectivo sostiene que la conducta del alcalde podría interpretarse de dos maneras: como un reconocimiento implícito de que el bien debe estar bajo administración del MINAE, o como un intento de trasladar responsabilidades sin haber cumplido con el proceso correspondiente.

En ambos escenarios, advierten que podría configurarse un eventual incumplimiento de deberes, ya sea por no haber realizado el traspaso del inmueble o por no ejercer acciones para su defensa ante una posible ocupación indebida.

SURCOS le invita a descargar el documento que CONCEVERDE envió a la alcaldía de San Rafael de Heredia:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/03/1-Solicitud-estudios-topograficos-y-recuperacion-finca-fms.pdf

Denuncian falta de respuesta de SINAC ante crueldad con patos en lago de Alajuela

La ciudadana Roxana Salazar reiteró, mediante un nuevo mensaje dirigido a autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y otras instancias del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), su preocupación por la crueldad con patos a los cuales se les niega alimento en un lago artificial en San Rafael de Alajuela.

Según expone, desde febrero de 2026 ha presentado diversas solicitudes para obtener respuestas y soluciones ante lo que califica como una situación de crueldad animal, sin haber recibido contestación ni propuestas concretas por parte de las autoridades.

De acuerdo con el mensaje, el problema se originó en octubre de 2025, cuando funcionarios del SINAC notificaron un apercibimiento que prohibía la alimentación de los patos, bajo el argumento de que se trataba de fauna silvestre.

Sin embargo, la denunciante señala que en ese momento no se aportó documentación que demostrara que los patos, anteriormente considerados domésticos, hubieran adquirido condición de fauna silvestre, ni se ofrecieron alternativas para evitar consecuencias negativas derivadas de la medida.


Señalan ausencia de soluciones

En su comunicación, Salazar indica que a la fecha no se cuenta con:

  • respuestas a las múltiples peticiones presentadas,

  • propuestas para resolver la situación,

  • evidencia técnica sobre el cambio de condición de los animales,

  • información sobre medidas para evitar la muerte de los patos,

  • acciones para prevenir posibles riesgos sanitarios derivados de la posible acumulación de animales muertos.

Afirma que, como resultado de la prohibición de alimentación, los patos y patitos estarían en riesgo de muerte por inanición, situación que, según indica, se mantiene de forma continua desde la emisión de la orden.


Antecedentes del caso

Este tema ha sido abordado en publicaciones previas, en las que se ha señalado que la orden de no alimentar a los patos fue emitida por autoridades del SINAC bajo la consideración de que se trataba de fauna silvestre.

Las denuncias ciudadanas han cuestionado esa clasificación y han advertido sobre las consecuencias que tendría la suspensión de la alimentación sin medidas alternativas, tanto en términos de bienestar animal como de salud pública.


Solicitan respuestas urgentes

La comunicación enviada a diversas autoridades ambientales y de control insiste en la necesidad de respuestas inmediatas y soluciones concretas para detener la situación descrita.

Asimismo, plantea la preocupación por la falta de información oficial sobre el manejo de estos animales y sobre las acciones que se implementarían para evitar mayores afectaciones.

Existencia de un zoológico privado en Santa Ana activa pedido de fiscalización urgente del SINAC

Organizaciones ambientalistas y personas defensoras de los animales solicitaron la intervención inmediata del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) ante informaciones que dan cuenta de la existencia de un zoológico privado ubicado en Santa Ana.

La gestión fue presentada por María Elena Fournier, presidenta de la Asociación Conservacionista YISKI, tras la transmisión de un reportaje televisivo en el que se mostraron imágenes de animales en aparente estado de deterioro, incluyendo dos osos perezosos, un zopilote con una flecha incrustada y un caucel —felino silvestre— que, según la denunciante, presenta signos visibles de estrés y confinamiento prolongado.

En su comunicación dirigida al despacho ministerial y a instancias del Sinac, Fournier solicita información y acciones concretas, entre ellas:

  • El plan de manejo vigente del zoológico

  • El nombre del regente responsable

  • Fecha de la última inspección oficial

  • Informe detallado sobre las condiciones de todos los animales en cautiverio

  • Medidas correctivas inmediatas, incluyendo la eventual reubicación del felino o el cierre del establecimiento si se comprueban irregularidades

Antecedente: cierre de Fundazoo y debate sobre zoológicos privados

La denuncia revive el debate nacional que culminó con el cierre del zoológico Simón Bolívar y el centro de Santa Ana administrados por Fundazoo, tras décadas de cuestionamientos sobre bienestar animal y fiscalización estatal. En ese proceso, organizaciones ambientalistas y sectores académicos insistieron en la necesidad de fortalecer la supervisión del Sinac y revisar el modelo de zoológicos en el país.

En notas previas publicadas por SURCOS se ha documentado la discusión sobre el rol de los centros de rescate, la regulación de fauna silvestre y las obligaciones del Estado en materia de protección animal, así como denuncias sobre omisiones en fiscalización y aplicación de normativa.

La nueva gestión plantea que podrían persistir vacíos de control en establecimientos privados que operan bajo figuras de centro de rescate o exhibición, lo que ameritaría una revisión técnica por parte de las autoridades competentes.

Coadyuvancia y reclamo por otros casos

La denuncia fue respaldada mediante coadyuvancia por Roxana Salazar, quien además recordó que aún no se han atendido otras preocupaciones ciudadanas relacionadas con la protección animal, entre ellas el caso de los patos en un lago artificial en San Rafael de Alajuela, donde —según gestiones previas— se ordenó no alimentar a los animales sin medidas transitorias adecuadas.

Ambas gestiones coinciden en solicitar respuestas formales y actuaciones oportunas por parte del Minae y del Sinac, con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa sobre vida silvestre y bienestar animal.

Llamado a transparencia y fiscalización

Las organizaciones firmantes insisten en que la protección de fauna silvestre requiere no solo declaraciones normativas, sino fiscalización efectiva, informes públicos y medidas correctivas cuando corresponda. También recuerdan que el derecho a un ambiente sano y el deber estatal de tutela de la biodiversidad están consagrados en la Constitución Política y en la legislación ambiental vigente.

Hasta el momento no se ha informado sobre una respuesta oficial del Minae o del Sinac ante las solicitudes planteadas.

Solicitan medida cautelar urgente al Minae por presunto maltrato de patos en condominio

Una gestión ciudadana fue presentada ante el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) solicitando la adopción de una medida cautelar urgente para detener lo que se califica como maltrato animal contra patos en un lago artificial ubicado en el Condominio Campo Real, en San Rafael de Alajuela.

La petición fue dirigida al ministro Franz Tattenbach y a distintas instancias del Minae, incluyendo el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), con copia a otras dependencias institucionales. En el mensaje se solicita que se ordene de manera inmediata una medida cautelar que permita proteger a los animales mientras se analiza el fondo del asunto.

Según lo expuesto en el correo, Sinac habría ordenado no alimentar a los patos al considerar que se trata de fauna silvestre. No obstante, la persona remitente señala que no se habrían aportado pruebas concluyentes sobre la condición silvestre de los patos ni se habrían establecido medidas transitorias para evitar afectaciones a los animales.

La gestión afirma que la medida de no alimentación ha generado muertes de patitos y situaciones de agresión entre ellos por competencia de alimento. Asimismo, se indica que tanto Sinac como el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) no habrían intervenido de forma efectiva ante la situación denunciada.

En el mensaje se informa que se adjuntaron dos estudios técnicos elaborados por personas expertas, en los que se analiza la condición de los patos y la situación generada en el lago artificial.

Antecedentes del tema

Este caso se inscribe en una discusión más amplia sobre la gestión de fauna en espacios urbanos o privados con características artificiales, particularmente cuando existe controversia sobre si los animales deben considerarse fauna silvestre bajo competencia del Sinac o animales domésticos bajo la rectoría de Senasa.

En gestiones anteriores relacionadas con la administración ambiental y la protección de bienes públicos y naturales, organizaciones ciudadanas han planteado la necesidad de que las autoridades actúen con base en criterios técnicos claros, transparencia en la toma de decisiones y medidas proporcionales que eviten daños irreversibles mientras se resuelven los aspectos de fondo.

La solicitud actual plantea precisamente la adopción de una medida cautelar como instrumento preventivo, con el fin de evitar la muerte o sufrimiento de los animales mientras se determina su condición jurídica y el marco de competencia institucional correspondiente.

Hasta el momento no se ha informado públicamente sobre una resolución formal del Minae respecto a la petición planteada.

Gandoca-Manzanillo: entre la denuncia ciudadana y la respuesta del Estado

La primera entrega de esta serie planteó que lo que está en juego en Gandoca-Manzanillo no es únicamente la protección de un humedal o la legalidad de determinadas construcciones, sino el Estado de derecho ambiental. En esta segunda parte conviene observar con más detalle el intercambio documental entre ciudadanía organizada y autoridades, pues allí se revela un patrón que merece atención.

Los oficios remitidos por el ciudadano Marco Levy a las autoridades ambientales plantean inquietudes concretas sobre ocupaciones, cambios de uso de suelo y actuaciones dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo. Las respuestas oficiales del SINAC-ACLAC, si bien reconocen la recepción de consultas y denuncias, se ubican principalmente en el plano procedimental: informan sobre trámites, competencias y eventuales procesos administrativos, pero no disipan del todo la preocupación central sobre la eficacia del control en territorio.

La brecha entre norma y realidad

Gandoca-Manzanillo es un área silvestre protegida con un régimen jurídico específico. La legislación ambiental costarricense establece límites claros respecto a uso del suelo, protección de humedales, zonas marítimo-terrestres y áreas de especial fragilidad ecológica. Sin embargo, la discusión pública no gira únicamente en torno a lo que dice la norma, sino a si esta se cumple de manera efectiva.

Los documentos intercambiados muestran una constante: la ciudadanía insiste en la necesidad de acciones concretas frente a situaciones que considera irregulares, mientras que la institucionalidad responde dentro de los márgenes administrativos formales. Esta dinámica abre una pregunta inevitable:
¿es suficiente el cumplimiento formal de procedimientos cuando se trata de proteger ecosistemas estratégicos?

El rol de la denuncia ciudadana

Un elemento clave en esta controversia es el papel de la denuncia ciudadana. Las comunicaciones enviadas a las autoridades no surgen de un conflicto aislado, sino de una vigilancia constante sobre el territorio. Esto indica que el control ambiental en Gandoca-Manzanillo no depende exclusivamente de la capacidad institucional, sino también de la acción de personas y organizaciones que documentan, consultan y exigen respuestas.

En términos democráticos, esto es saludable: la participación ciudadana fortalece la transparencia. No obstante, también evidencia una fragilidad estructural: cuando la protección ambiental descansa en gran medida en la presión pública, se revela una posible insuficiencia en los mecanismos ordinarios de fiscalización.

Respuestas institucionales y límites operativos

Las respuestas de SINAC-ACLAC tienden a delimitar competencias, señalar procesos en curso o explicar el estado de determinados expedientes. Desde una perspectiva administrativa, esto puede considerarse adecuado. Sin embargo, desde una perspectiva ambiental estratégica, el problema es más amplio: la protección de un refugio no puede analizarse caso por caso sin observar el patrón general.

Cuando las denuncias se repiten y se concentran en una misma zona, la discusión deja de ser puntual y se convierte en estructural. La cuestión ya no es únicamente si un trámite está en regla, sino si el modelo de gestión del área protegida está siendo capaz de prevenir la degradación progresiva del ecosistema.

Más que un conflicto local

Gandoca-Manzanillo es uno de los refugios más emblemáticos del Caribe sur. Allí convergen biodiversidad, intereses económicos, presiones inmobiliarias y comunidades históricas. Lo que sucede en ese territorio tiene implicaciones que trascienden lo local: pone a prueba la coherencia del país con su propia narrativa ambiental.

Costa Rica ha construido una reputación internacional como nación defensora de la biodiversidad. Esa reputación descansa no solo en discursos, sino en la capacidad real de hacer cumplir la ley, incluso cuando existen intereses económicos o presiones políticas.

La pregunta de fondo

La secuencia de denuncias y respuestas deja planteada una interrogante central:
¿estamos ante una suma de casos aislados o ante un patrón que exige una revisión más profunda del modelo de gobernanza del refugio?

Responder a esa pregunta requiere algo más que intercambios epistolares. Requiere auditoría ambiental efectiva, transparencia en los expedientes, acceso público a la información y una evaluación independiente del estado actual del área protegida.

Si el Estado de derecho ambiental es el marco, la prueba concreta se encuentra en la capacidad de actuar con firmeza cuando los límites legales son puestos a prueba.

Esta serie continuará examinando los distintos componentes jurídicos, institucionales y territoriales que configuran la situación en Gandoca-Manzanillo.


Las imágenes que circulan en redes —como la camiones cargados con troncos transitando por vía pública— colocan el debate de la extracción de recursos de áreas protegidas en un terreno concreto: no se trata solo de interpretaciones jurídicas, sino de hechos materiales cuya fiscalización y legalidad deben ser plenamente transparentes ante la ciudadanía.

Denuncian presunto maltrato y abandono de fauna en condominio de San Rafael de Alajuela

Una serie de correos electrónicos remitidos al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) evidencian la preocupación de vecinas y vecinos del Condominio Campo Real (Concasa), en San Rafael de Alajuela, por lo que califican como una situación de abandono y posible maltrato hacia patos, tortugas y peces que habitan en un lago artificial del complejo residencial.

La denuncia fue apoyada formalmente por María Elena Fournier Solano, de la Asociación Conservacionista YISKI, quien solicitó a las autoridades competentes claridad sobre cuál institución debe asumir la atención del caso, dado que podría involucrar tanto vida silvestre como animales de origen doméstico.

El origen del conflicto

Según la información remitida por Vilma Navarrete Murillo y respaldada por otros condóminos, el lago artificial fue construido hace más de 20 años y desde entonces ha albergado varias generaciones de patos, así como tortugas y peces. Los primeros patos habrían sido introducidos como animales domésticos y criados en ese entorno.

El conflicto surge cuando la actual administración del condominio solicita intervención del SINAC y, tras inspección, se determina que las especies observadas corresponden a vida silvestre. A partir de ese criterio, se instruye a los residentes no alimentar a los animales, en apego a la normativa que prohíbe alimentar fauna silvestre.

Sin embargo, vecinos denuncian que el entorno no ofrece condiciones naturales suficientes para la auto subsistencia de las especies, ya que el lago es artificial, el agua no corre y el terreno circundante carece de vegetación adecuada. Además, aseguran que se ha restringido el acceso a áreas verdes que antes utilizaban los animales.

Se reporta incluso la muerte y lesiones de patos jóvenes tras intervenciones de personal de seguridad privada, situación que generó mayor alarma entre residentes.

La respuesta institucional

En la cadena de comunicaciones, funcionarios del Área de Conservación Central (ACC-SINAC) confirmaron que el sitio ya había sido inspeccionado desde el año anterior y que incluso se realizaron charlas sobre convivencia con fauna silvestre dirigidas a condóminos.

El funcionario Anthony Barrientos informó que se realizó inspección conjunta con SENASA y personal encargado de vida silvestre del ACC, y que el abordaje ha sido complejo debido a discrepancias entre residentes respecto al manejo de la fauna.

Desde SINAC se reiteró que alimentar fauna silvestre está prohibido por normativa vigente, especialmente en el caso de tortugas.

Las preguntas que plantea la denuncia

María Elena Fournier planteó interrogantes que reflejan el fondo ético y jurídico del conflicto:

  • ¿Debe dejarse morir de hambre a los animales si el entorno no les permite subsistir naturalmente?

  • ¿Sería viable reubicarlos en un espacio adecuado?

  • ¿Es la laguna artificial o natural?

  • ¿Existe responsabilidad por domesticación prolongada de especies que ahora son consideradas silvestres?

La activista insiste en que el problema requiere una solución integral que prevenga más muertes y sufrimiento animal, y solicita que las instituciones informen con claridad cuáles serán las acciones concretas a seguir.

Un debate más amplio

El caso abre un debate más amplio sobre:

  • La convivencia entre comunidades humanas y fauna silvestre.

  • La responsabilidad institucional ante procesos de domesticación prolongada.

  • El alcance de la Ley de Conservación de Vida Silvestre.

  • La posible aplicación de la legislación contra el maltrato animal.

  • La necesidad de coordinación entre SINAC y SENASA.

Las autoridades indicaron que están buscando abordar la situación de forma integral. Las personas denunciantes permanecen a la espera de una respuesta concreta.

Gandoca-Manzanillo: una disputa por el Estado de derecho ambiental

El conflicto en torno al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (REGAMA) no es un episodio aislado ni reciente. Se trata de un proceso acumulativo en el que convergen denuncias ciudadanas, cuestionamientos técnicos, actuaciones administrativas controvertidas y resoluciones institucionales que, lejos de cerrar el tema, han abierto nuevas interrogantes.

Las cartas enviadas por el ciudadano Marco Levy durante 2026, así como las respuestas oficiales emitidas por el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), evidencian un punto central: la controversia ya no es únicamente ambiental. Es institucional.

Un territorio bajo tensión

El REGAMA fue creado para proteger ecosistemas costeros y marino-costeros de alto valor ecológico, incluyendo humedales, manglares, bosque tropical húmedo y hábitats críticos para especies amenazadas. Su importancia es estratégica tanto para la biodiversidad como para la seguridad climática y la resiliencia costera.

Sin embargo, durante los últimos años se han denunciado:

  • Cambios en límites del refugio.

  • Permisos de construcción en zonas sensibles.

  • Intervenciones sobre humedales.

  • Interpretaciones jurídicas que favorecen intereses privados.

Las cartas de Levy insisten en que ciertas actuaciones administrativas podrían estar debilitando el régimen de protección original del área.

El eje del debate: legalidad vs. discrecionalidad

El núcleo del conflicto gira en torno a tres preguntas fundamentales:

  1. ¿Se están aplicando correctamente las normas ambientales vigentes?

  2. ¿Las actuaciones administrativas respetan el principio de no regresión ambiental?

  3. ¿Existe coherencia entre el mandato legal de protección y las decisiones concretas tomadas en el territorio?

Las respuestas oficiales de SINAC tienden a sostener que las actuaciones se enmarcan dentro de la legalidad vigente. No obstante, las observaciones ciudadanas apuntan a posibles contradicciones entre la finalidad del refugio y algunas autorizaciones otorgadas.

En otras palabras: la discusión no es solamente técnica; es jurídica y ética.

Más allá de Gandoca: lo que está en juego

El caso Gandoca-Manzanillo se ha convertido en un referente nacional porque pone a prueba:

  • La solidez del sistema de áreas protegidas.

  • La independencia técnica de las autoridades ambientales.

  • La capacidad del Estado para resistir presiones económicas en territorios de alto valor inmobiliario.

  • La vigencia real del principio precautorio.

Cuando un refugio de vida silvestre entra en disputa, lo que se discute no es únicamente un expediente administrativo. Se discute el modelo de desarrollo y la prioridad que el país otorga a su patrimonio natural.

Una disputa abierta

Las cartas enviadas durante 2026 muestran que el debate está lejos de cerrarse. Más bien, se encuentra en una fase de mayor escrutinio público.

En este contexto, la vigilancia ciudadana ha sido un componente clave. Sin ella, muchos de estos temas permanecerían invisibles.

El caso Gandoca exige transparencia, trazabilidad documental y claridad institucional. Porque en materia ambiental, la opacidad casi siempre favorece la degradación.

Denuncia por omisiones institucionales en Refugio Gandoca-Manzanillo

El ciudadano Marco Vinicio Levy Virgo presentó nuevas gestiones formales ante el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y otras instancias del Estado en las que denuncia lo que califica como un proceso sistemático de degradación ambiental dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVS-GM) y el Sitio Ramsar No. 783.

En su oficio MLV-0049-2026, fechado el 9 de febrero de 2026, Levy solicita una investigación “detallada y exhaustiva” contra la Administración del refugio por presuntas omisiones, complacencias e incluso posibles actos de corrupción vinculados con desarrollos turísticos e inmobiliarios dentro del área protegida.

Señalamientos principales

Entre los hechos denunciados se encuentran:

  • Eliminación de bosques maduros y cambio de uso del suelo en el Hotel Almendros y Corales.

  • Desvío de cauces, drenaje de humedales y rellenos con material en zonas sensibles.

  • Fraccionamiento de terrenos y apertura de caminos que habrían facilitado procesos de urbanización dentro del refugio.

  • Supuesta instrumentalización del Ministerio Público mediante denuncias incompletas o técnicamente deficientes.

  • Conflictos de interés por participación de empresarios turísticos en instancias ambientales regionales.

Levy fundamenta su denuncia en principios del derecho ambiental costarricense e internacional, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Forestal, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Convención Ramsar, de la cual Gandoca-Manzanillo forma parte.

Además, solicita:

  1. Investigación con participación de biólogos forenses del OIJ.

  2. Elaboración de mapas técnicos comparativos del bosque existente desde 1996.

  3. Identificación de funcionarios que habrían autorizado fraccionamientos o desarrollos.

  4. Aplicación del principio precautorio para suspender proyectos en trámite.

  5. Revisión de denuncias sanitarias relacionadas con descargas residuales.

Respuestas oficiales de SINAC-ACLAC

En los oficios SINAC-ACLAC-DASP-RNVSGM-054-2026 y 079-2026, la Administración del Área de Conservación La Amistad Caribe responde a gestiones anteriores de Levy indicando que:

  • Se han realizado inspecciones técnicas.

  • Se han emitido criterios administrativos dentro de sus competencias.

  • Parte de la información solicitada no puede ser divulgada por encontrarse en procesos judiciales o administrativos en curso.

  • Algunas actuaciones corresponden a competencias de otras instituciones.

Las respuestas no coinciden plenamente con los planteamientos del denunciante, lo que mantiene abierta la controversia sobre el alcance real de la fiscalización institucional dentro del refugio.

Contexto más amplio

El RNVS-GM ha sido escenario de controversias jurídicas durante la última década, incluyendo acciones de inconstitucionalidad relacionadas con la Ley 9223 y debates sobre su Plan General de Manejo.

Las cartas de Marco Levy insisten en que existiría un patrón acumulativo de afectación ambiental que requeriría un abordaje estructural y coordinado entre Fiscalía Ambiental, Procuraduría, Contraloría, Defensoría y autoridades ambientales.

El tema vuelve a colocar en el centro del debate público la tensión entre conservación ambiental, desarrollo turístico y gobernanza institucional en territorios de alta fragilidad ecológica y relevancia internacional.

Denuncian intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra y exigen acción técnico-científica del SINAC

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una denuncia formal ante la Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra, ubicado en Puerto Viejo de Talamanca, provincia de Limón, y solicitó un abordaje inmediato con base técnico-científica para proteger este ecosistema.

El oficio, fechado el 8 de enero de 2026 y dirigido a la Dirección del Área de Conservación La Amistad Caribe, señala que las acciones denunciadas —incluyendo el ingreso de maquinaria pesada, rellenos y extracción de vegetación— ponen en riesgo la integridad ecológica del humedal, el cual forma parte del Patrimonio Natural del Estado y se encuentra registrado en el Inventario Nacional de Humedales del SINAC.

Fundamentación legal y ambiental

La denuncia se apoya en el artículo 50 de la Constitución Política, que garantiza el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como en los principios precautorio y preventivo, los derechos difusos de tercera generación y los compromisos asumidos por Costa Rica en el marco del Convenio Ramsar sobre humedales.

El documento recuerda que la jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional obliga a las autoridades públicas a actuar con diligencia, incluso ante incertidumbre científica, cuando se trata de ecosistemas frágiles como los humedales, y que la inacción administrativa frente a denuncias ambientales puede constituir una violación constitucional.

Hechos denunciados

Según testimonios de personas vecinas del sector de Playa Negra, citados en el oficio, tras una pausa de aproximadamente dos meses se reanudó el ingreso constante de vagonetas con material de relleno y maquinaria, así como la salida de vehículos con raíces y ramas de árboles, incluso en horarios nocturnos. Estos hechos sugieren una reanudación de actividades prohibidas dentro del humedal.

La denuncia advierte que estas intervenciones pueden generar fragmentación del hábitat, alteración del flujo hídrico, contaminación por sedimentos y pérdida de biodiversidad, afectando no solo a la comunidad local, sino también a las generaciones presentes y futuras.

Exigencias concretas al SINAC

Entre las solicitudes planteadas al SINAC destacan:

  • La realización de una inspección inmediata in situ, con participación de especialistas en ecología de humedales, hidrología y biodiversidad.
  • La entrega de un acta de inspección con análisis georreferenciado del estado actual del humedal.
  • La elaboración de un mapa de ocupación histórica de los últimos 15 años.
  • Un detalle exhaustivo de todas las construcciones autorizadas en ese período dentro del humedal.
  • Mapas técnicos del ecosistema con capas de protección, usos de suelo y áreas de influencia hidrológica.
  • Copias de los oficios de coordinación interinstitucional entre el SINAC y la Municipalidad de Talamanca relacionados con la protección del sitio.

El documento advierte que, de no atenderse estas solicitudes en los plazos indicados, se procederá a interponer acciones judiciales ante la Sala Constitucional, incluyendo la solicitud de medidas cautelares para paralizar cualquier actividad en el humedal.

La denuncia subraya que la protección de Playa Negra constituye un asunto de interés público, y que las autoridades ambientales están obligadas a garantizar la conservación efectiva de este ecosistema conforme al marco constitucional y legal vigente.

Antecedentes

SURCOS ha dado seguimiento en distintos momentos a conflictos socioambientales en el Caribe sur, particularmente en torno a la protección de humedales, territorios costeros y áreas de alto valor ecológico, así como a denuncias ciudadanas por intervenciones irregulares y debilidades en la acción institucional.

En notas previas, se ha advertido sobre la importancia de aplicar de manera efectiva el Convenio Ramsar, los principios precautorio y preventivo, y el artículo 50 de la Constitución Política, especialmente en ecosistemas frágiles sometidos a presiones inmobiliarias y turísticas.

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