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Etiqueta: SINAC

Solicitan medida cautelar urgente al Minae por presunto maltrato de patos en condominio

Una gestión ciudadana fue presentada ante el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) solicitando la adopción de una medida cautelar urgente para detener lo que se califica como maltrato animal contra patos en un lago artificial ubicado en el Condominio Campo Real, en San Rafael de Alajuela.

La petición fue dirigida al ministro Franz Tattenbach y a distintas instancias del Minae, incluyendo el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), con copia a otras dependencias institucionales. En el mensaje se solicita que se ordene de manera inmediata una medida cautelar que permita proteger a los animales mientras se analiza el fondo del asunto.

Según lo expuesto en el correo, Sinac habría ordenado no alimentar a los patos al considerar que se trata de fauna silvestre. No obstante, la persona remitente señala que no se habrían aportado pruebas concluyentes sobre la condición silvestre de los patos ni se habrían establecido medidas transitorias para evitar afectaciones a los animales.

La gestión afirma que la medida de no alimentación ha generado muertes de patitos y situaciones de agresión entre ellos por competencia de alimento. Asimismo, se indica que tanto Sinac como el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) no habrían intervenido de forma efectiva ante la situación denunciada.

En el mensaje se informa que se adjuntaron dos estudios técnicos elaborados por personas expertas, en los que se analiza la condición de los patos y la situación generada en el lago artificial.

Antecedentes del tema

Este caso se inscribe en una discusión más amplia sobre la gestión de fauna en espacios urbanos o privados con características artificiales, particularmente cuando existe controversia sobre si los animales deben considerarse fauna silvestre bajo competencia del Sinac o animales domésticos bajo la rectoría de Senasa.

En gestiones anteriores relacionadas con la administración ambiental y la protección de bienes públicos y naturales, organizaciones ciudadanas han planteado la necesidad de que las autoridades actúen con base en criterios técnicos claros, transparencia en la toma de decisiones y medidas proporcionales que eviten daños irreversibles mientras se resuelven los aspectos de fondo.

La solicitud actual plantea precisamente la adopción de una medida cautelar como instrumento preventivo, con el fin de evitar la muerte o sufrimiento de los animales mientras se determina su condición jurídica y el marco de competencia institucional correspondiente.

Hasta el momento no se ha informado públicamente sobre una resolución formal del Minae respecto a la petición planteada.

Gandoca-Manzanillo: entre la denuncia ciudadana y la respuesta del Estado

La primera entrega de esta serie planteó que lo que está en juego en Gandoca-Manzanillo no es únicamente la protección de un humedal o la legalidad de determinadas construcciones, sino el Estado de derecho ambiental. En esta segunda parte conviene observar con más detalle el intercambio documental entre ciudadanía organizada y autoridades, pues allí se revela un patrón que merece atención.

Los oficios remitidos por el ciudadano Marco Levy a las autoridades ambientales plantean inquietudes concretas sobre ocupaciones, cambios de uso de suelo y actuaciones dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo. Las respuestas oficiales del SINAC-ACLAC, si bien reconocen la recepción de consultas y denuncias, se ubican principalmente en el plano procedimental: informan sobre trámites, competencias y eventuales procesos administrativos, pero no disipan del todo la preocupación central sobre la eficacia del control en territorio.

La brecha entre norma y realidad

Gandoca-Manzanillo es un área silvestre protegida con un régimen jurídico específico. La legislación ambiental costarricense establece límites claros respecto a uso del suelo, protección de humedales, zonas marítimo-terrestres y áreas de especial fragilidad ecológica. Sin embargo, la discusión pública no gira únicamente en torno a lo que dice la norma, sino a si esta se cumple de manera efectiva.

Los documentos intercambiados muestran una constante: la ciudadanía insiste en la necesidad de acciones concretas frente a situaciones que considera irregulares, mientras que la institucionalidad responde dentro de los márgenes administrativos formales. Esta dinámica abre una pregunta inevitable:
¿es suficiente el cumplimiento formal de procedimientos cuando se trata de proteger ecosistemas estratégicos?

El rol de la denuncia ciudadana

Un elemento clave en esta controversia es el papel de la denuncia ciudadana. Las comunicaciones enviadas a las autoridades no surgen de un conflicto aislado, sino de una vigilancia constante sobre el territorio. Esto indica que el control ambiental en Gandoca-Manzanillo no depende exclusivamente de la capacidad institucional, sino también de la acción de personas y organizaciones que documentan, consultan y exigen respuestas.

En términos democráticos, esto es saludable: la participación ciudadana fortalece la transparencia. No obstante, también evidencia una fragilidad estructural: cuando la protección ambiental descansa en gran medida en la presión pública, se revela una posible insuficiencia en los mecanismos ordinarios de fiscalización.

Respuestas institucionales y límites operativos

Las respuestas de SINAC-ACLAC tienden a delimitar competencias, señalar procesos en curso o explicar el estado de determinados expedientes. Desde una perspectiva administrativa, esto puede considerarse adecuado. Sin embargo, desde una perspectiva ambiental estratégica, el problema es más amplio: la protección de un refugio no puede analizarse caso por caso sin observar el patrón general.

Cuando las denuncias se repiten y se concentran en una misma zona, la discusión deja de ser puntual y se convierte en estructural. La cuestión ya no es únicamente si un trámite está en regla, sino si el modelo de gestión del área protegida está siendo capaz de prevenir la degradación progresiva del ecosistema.

Más que un conflicto local

Gandoca-Manzanillo es uno de los refugios más emblemáticos del Caribe sur. Allí convergen biodiversidad, intereses económicos, presiones inmobiliarias y comunidades históricas. Lo que sucede en ese territorio tiene implicaciones que trascienden lo local: pone a prueba la coherencia del país con su propia narrativa ambiental.

Costa Rica ha construido una reputación internacional como nación defensora de la biodiversidad. Esa reputación descansa no solo en discursos, sino en la capacidad real de hacer cumplir la ley, incluso cuando existen intereses económicos o presiones políticas.

La pregunta de fondo

La secuencia de denuncias y respuestas deja planteada una interrogante central:
¿estamos ante una suma de casos aislados o ante un patrón que exige una revisión más profunda del modelo de gobernanza del refugio?

Responder a esa pregunta requiere algo más que intercambios epistolares. Requiere auditoría ambiental efectiva, transparencia en los expedientes, acceso público a la información y una evaluación independiente del estado actual del área protegida.

Si el Estado de derecho ambiental es el marco, la prueba concreta se encuentra en la capacidad de actuar con firmeza cuando los límites legales son puestos a prueba.

Esta serie continuará examinando los distintos componentes jurídicos, institucionales y territoriales que configuran la situación en Gandoca-Manzanillo.


Las imágenes que circulan en redes —como la camiones cargados con troncos transitando por vía pública— colocan el debate de la extracción de recursos de áreas protegidas en un terreno concreto: no se trata solo de interpretaciones jurídicas, sino de hechos materiales cuya fiscalización y legalidad deben ser plenamente transparentes ante la ciudadanía.

Denuncian presunto maltrato y abandono de fauna en condominio de San Rafael de Alajuela

Una serie de correos electrónicos remitidos al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) evidencian la preocupación de vecinas y vecinos del Condominio Campo Real (Concasa), en San Rafael de Alajuela, por lo que califican como una situación de abandono y posible maltrato hacia patos, tortugas y peces que habitan en un lago artificial del complejo residencial.

La denuncia fue apoyada formalmente por María Elena Fournier Solano, de la Asociación Conservacionista YISKI, quien solicitó a las autoridades competentes claridad sobre cuál institución debe asumir la atención del caso, dado que podría involucrar tanto vida silvestre como animales de origen doméstico.

El origen del conflicto

Según la información remitida por Vilma Navarrete Murillo y respaldada por otros condóminos, el lago artificial fue construido hace más de 20 años y desde entonces ha albergado varias generaciones de patos, así como tortugas y peces. Los primeros patos habrían sido introducidos como animales domésticos y criados en ese entorno.

El conflicto surge cuando la actual administración del condominio solicita intervención del SINAC y, tras inspección, se determina que las especies observadas corresponden a vida silvestre. A partir de ese criterio, se instruye a los residentes no alimentar a los animales, en apego a la normativa que prohíbe alimentar fauna silvestre.

Sin embargo, vecinos denuncian que el entorno no ofrece condiciones naturales suficientes para la auto subsistencia de las especies, ya que el lago es artificial, el agua no corre y el terreno circundante carece de vegetación adecuada. Además, aseguran que se ha restringido el acceso a áreas verdes que antes utilizaban los animales.

Se reporta incluso la muerte y lesiones de patos jóvenes tras intervenciones de personal de seguridad privada, situación que generó mayor alarma entre residentes.

La respuesta institucional

En la cadena de comunicaciones, funcionarios del Área de Conservación Central (ACC-SINAC) confirmaron que el sitio ya había sido inspeccionado desde el año anterior y que incluso se realizaron charlas sobre convivencia con fauna silvestre dirigidas a condóminos.

El funcionario Anthony Barrientos informó que se realizó inspección conjunta con SENASA y personal encargado de vida silvestre del ACC, y que el abordaje ha sido complejo debido a discrepancias entre residentes respecto al manejo de la fauna.

Desde SINAC se reiteró que alimentar fauna silvestre está prohibido por normativa vigente, especialmente en el caso de tortugas.

Las preguntas que plantea la denuncia

María Elena Fournier planteó interrogantes que reflejan el fondo ético y jurídico del conflicto:

  • ¿Debe dejarse morir de hambre a los animales si el entorno no les permite subsistir naturalmente?

  • ¿Sería viable reubicarlos en un espacio adecuado?

  • ¿Es la laguna artificial o natural?

  • ¿Existe responsabilidad por domesticación prolongada de especies que ahora son consideradas silvestres?

La activista insiste en que el problema requiere una solución integral que prevenga más muertes y sufrimiento animal, y solicita que las instituciones informen con claridad cuáles serán las acciones concretas a seguir.

Un debate más amplio

El caso abre un debate más amplio sobre:

  • La convivencia entre comunidades humanas y fauna silvestre.

  • La responsabilidad institucional ante procesos de domesticación prolongada.

  • El alcance de la Ley de Conservación de Vida Silvestre.

  • La posible aplicación de la legislación contra el maltrato animal.

  • La necesidad de coordinación entre SINAC y SENASA.

Las autoridades indicaron que están buscando abordar la situación de forma integral. Las personas denunciantes permanecen a la espera de una respuesta concreta.

Gandoca-Manzanillo: una disputa por el Estado de derecho ambiental

El conflicto en torno al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (REGAMA) no es un episodio aislado ni reciente. Se trata de un proceso acumulativo en el que convergen denuncias ciudadanas, cuestionamientos técnicos, actuaciones administrativas controvertidas y resoluciones institucionales que, lejos de cerrar el tema, han abierto nuevas interrogantes.

Las cartas enviadas por el ciudadano Marco Levy durante 2026, así como las respuestas oficiales emitidas por el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), evidencian un punto central: la controversia ya no es únicamente ambiental. Es institucional.

Un territorio bajo tensión

El REGAMA fue creado para proteger ecosistemas costeros y marino-costeros de alto valor ecológico, incluyendo humedales, manglares, bosque tropical húmedo y hábitats críticos para especies amenazadas. Su importancia es estratégica tanto para la biodiversidad como para la seguridad climática y la resiliencia costera.

Sin embargo, durante los últimos años se han denunciado:

  • Cambios en límites del refugio.

  • Permisos de construcción en zonas sensibles.

  • Intervenciones sobre humedales.

  • Interpretaciones jurídicas que favorecen intereses privados.

Las cartas de Levy insisten en que ciertas actuaciones administrativas podrían estar debilitando el régimen de protección original del área.

El eje del debate: legalidad vs. discrecionalidad

El núcleo del conflicto gira en torno a tres preguntas fundamentales:

  1. ¿Se están aplicando correctamente las normas ambientales vigentes?

  2. ¿Las actuaciones administrativas respetan el principio de no regresión ambiental?

  3. ¿Existe coherencia entre el mandato legal de protección y las decisiones concretas tomadas en el territorio?

Las respuestas oficiales de SINAC tienden a sostener que las actuaciones se enmarcan dentro de la legalidad vigente. No obstante, las observaciones ciudadanas apuntan a posibles contradicciones entre la finalidad del refugio y algunas autorizaciones otorgadas.

En otras palabras: la discusión no es solamente técnica; es jurídica y ética.

Más allá de Gandoca: lo que está en juego

El caso Gandoca-Manzanillo se ha convertido en un referente nacional porque pone a prueba:

  • La solidez del sistema de áreas protegidas.

  • La independencia técnica de las autoridades ambientales.

  • La capacidad del Estado para resistir presiones económicas en territorios de alto valor inmobiliario.

  • La vigencia real del principio precautorio.

Cuando un refugio de vida silvestre entra en disputa, lo que se discute no es únicamente un expediente administrativo. Se discute el modelo de desarrollo y la prioridad que el país otorga a su patrimonio natural.

Una disputa abierta

Las cartas enviadas durante 2026 muestran que el debate está lejos de cerrarse. Más bien, se encuentra en una fase de mayor escrutinio público.

En este contexto, la vigilancia ciudadana ha sido un componente clave. Sin ella, muchos de estos temas permanecerían invisibles.

El caso Gandoca exige transparencia, trazabilidad documental y claridad institucional. Porque en materia ambiental, la opacidad casi siempre favorece la degradación.

Denuncia por omisiones institucionales en Refugio Gandoca-Manzanillo

El ciudadano Marco Vinicio Levy Virgo presentó nuevas gestiones formales ante el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y otras instancias del Estado en las que denuncia lo que califica como un proceso sistemático de degradación ambiental dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVS-GM) y el Sitio Ramsar No. 783.

En su oficio MLV-0049-2026, fechado el 9 de febrero de 2026, Levy solicita una investigación “detallada y exhaustiva” contra la Administración del refugio por presuntas omisiones, complacencias e incluso posibles actos de corrupción vinculados con desarrollos turísticos e inmobiliarios dentro del área protegida.

Señalamientos principales

Entre los hechos denunciados se encuentran:

  • Eliminación de bosques maduros y cambio de uso del suelo en el Hotel Almendros y Corales.

  • Desvío de cauces, drenaje de humedales y rellenos con material en zonas sensibles.

  • Fraccionamiento de terrenos y apertura de caminos que habrían facilitado procesos de urbanización dentro del refugio.

  • Supuesta instrumentalización del Ministerio Público mediante denuncias incompletas o técnicamente deficientes.

  • Conflictos de interés por participación de empresarios turísticos en instancias ambientales regionales.

Levy fundamenta su denuncia en principios del derecho ambiental costarricense e internacional, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Forestal, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Convención Ramsar, de la cual Gandoca-Manzanillo forma parte.

Además, solicita:

  1. Investigación con participación de biólogos forenses del OIJ.

  2. Elaboración de mapas técnicos comparativos del bosque existente desde 1996.

  3. Identificación de funcionarios que habrían autorizado fraccionamientos o desarrollos.

  4. Aplicación del principio precautorio para suspender proyectos en trámite.

  5. Revisión de denuncias sanitarias relacionadas con descargas residuales.

Respuestas oficiales de SINAC-ACLAC

En los oficios SINAC-ACLAC-DASP-RNVSGM-054-2026 y 079-2026, la Administración del Área de Conservación La Amistad Caribe responde a gestiones anteriores de Levy indicando que:

  • Se han realizado inspecciones técnicas.

  • Se han emitido criterios administrativos dentro de sus competencias.

  • Parte de la información solicitada no puede ser divulgada por encontrarse en procesos judiciales o administrativos en curso.

  • Algunas actuaciones corresponden a competencias de otras instituciones.

Las respuestas no coinciden plenamente con los planteamientos del denunciante, lo que mantiene abierta la controversia sobre el alcance real de la fiscalización institucional dentro del refugio.

Contexto más amplio

El RNVS-GM ha sido escenario de controversias jurídicas durante la última década, incluyendo acciones de inconstitucionalidad relacionadas con la Ley 9223 y debates sobre su Plan General de Manejo.

Las cartas de Marco Levy insisten en que existiría un patrón acumulativo de afectación ambiental que requeriría un abordaje estructural y coordinado entre Fiscalía Ambiental, Procuraduría, Contraloría, Defensoría y autoridades ambientales.

El tema vuelve a colocar en el centro del debate público la tensión entre conservación ambiental, desarrollo turístico y gobernanza institucional en territorios de alta fragilidad ecológica y relevancia internacional.

Denuncian intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra y exigen acción técnico-científica del SINAC

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una denuncia formal ante la Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra, ubicado en Puerto Viejo de Talamanca, provincia de Limón, y solicitó un abordaje inmediato con base técnico-científica para proteger este ecosistema.

El oficio, fechado el 8 de enero de 2026 y dirigido a la Dirección del Área de Conservación La Amistad Caribe, señala que las acciones denunciadas —incluyendo el ingreso de maquinaria pesada, rellenos y extracción de vegetación— ponen en riesgo la integridad ecológica del humedal, el cual forma parte del Patrimonio Natural del Estado y se encuentra registrado en el Inventario Nacional de Humedales del SINAC.

Fundamentación legal y ambiental

La denuncia se apoya en el artículo 50 de la Constitución Política, que garantiza el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como en los principios precautorio y preventivo, los derechos difusos de tercera generación y los compromisos asumidos por Costa Rica en el marco del Convenio Ramsar sobre humedales.

El documento recuerda que la jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional obliga a las autoridades públicas a actuar con diligencia, incluso ante incertidumbre científica, cuando se trata de ecosistemas frágiles como los humedales, y que la inacción administrativa frente a denuncias ambientales puede constituir una violación constitucional.

Hechos denunciados

Según testimonios de personas vecinas del sector de Playa Negra, citados en el oficio, tras una pausa de aproximadamente dos meses se reanudó el ingreso constante de vagonetas con material de relleno y maquinaria, así como la salida de vehículos con raíces y ramas de árboles, incluso en horarios nocturnos. Estos hechos sugieren una reanudación de actividades prohibidas dentro del humedal.

La denuncia advierte que estas intervenciones pueden generar fragmentación del hábitat, alteración del flujo hídrico, contaminación por sedimentos y pérdida de biodiversidad, afectando no solo a la comunidad local, sino también a las generaciones presentes y futuras.

Exigencias concretas al SINAC

Entre las solicitudes planteadas al SINAC destacan:

  • La realización de una inspección inmediata in situ, con participación de especialistas en ecología de humedales, hidrología y biodiversidad.
  • La entrega de un acta de inspección con análisis georreferenciado del estado actual del humedal.
  • La elaboración de un mapa de ocupación histórica de los últimos 15 años.
  • Un detalle exhaustivo de todas las construcciones autorizadas en ese período dentro del humedal.
  • Mapas técnicos del ecosistema con capas de protección, usos de suelo y áreas de influencia hidrológica.
  • Copias de los oficios de coordinación interinstitucional entre el SINAC y la Municipalidad de Talamanca relacionados con la protección del sitio.

El documento advierte que, de no atenderse estas solicitudes en los plazos indicados, se procederá a interponer acciones judiciales ante la Sala Constitucional, incluyendo la solicitud de medidas cautelares para paralizar cualquier actividad en el humedal.

La denuncia subraya que la protección de Playa Negra constituye un asunto de interés público, y que las autoridades ambientales están obligadas a garantizar la conservación efectiva de este ecosistema conforme al marco constitucional y legal vigente.

Antecedentes

SURCOS ha dado seguimiento en distintos momentos a conflictos socioambientales en el Caribe sur, particularmente en torno a la protección de humedales, territorios costeros y áreas de alto valor ecológico, así como a denuncias ciudadanas por intervenciones irregulares y debilidades en la acción institucional.

En notas previas, se ha advertido sobre la importancia de aplicar de manera efectiva el Convenio Ramsar, los principios precautorio y preventivo, y el artículo 50 de la Constitución Política, especialmente en ecosistemas frágiles sometidos a presiones inmobiliarias y turísticas.

🔗 Ver publicaciones relacionadas en SURCOS sobre humedales y ambiente en el Caribe sur:
https://surcosdigital.com/?s=humedal+Caribe+sur

Denuncian arrasamiento en “derecho de vía” de la Ruta 32 y exigen evaluación técnica y respuestas del MINAE y el MOPT

La Asociación Conservacionista YISKI volvió a denunciar lo que califica como un arrasamiento indiscriminado de cobertura vegetal en el llamado “derecho de vía” de la Ruta 32, particularmente en tramos cercanos al Parque Nacional Braulio Carrillo, y exigió una evaluación técnica y científica independiente sobre los supuestos riesgos de deslizamiento utilizados para justificar las intervenciones.

Según informó María Elena Fournier, presidenta de YISKI, las fotografías tomadas el 6 de diciembre, entre las 10:36 y las 11:18 de la mañana, evidencian que las labores realizadas no distinguen entre zonas con riesgo real de deslizamiento y áreas donde, a criterio de la organización, no existía justificación técnica para la tala, lo que habría provocado una afectación generalizada del entorno.

Las imágenes —tomadas por N. Landry, con autorización expresa para su publicación— muestran extensos tramos sin cobertura vegetal, lo que, advierten, podría agravar procesos de erosión, afectar la fauna silvestre y comprometer la estabilidad ecológica del área protegida y su zona de influencia.

Falta de respuestas institucionales

De acuerdo con la denuncia, han transcurrido más de catorce días hábiles sin respuesta por parte del despacho del ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach, a quien señalan como máxima autoridad del ente rector en materia ambiental. En el caso del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), la consulta habría sido trasladada a una dependencia interna sin que, hasta el momento, exista una respuesta formal.

La denunciante cuestiona además la inestabilidad administrativa en el MOPT, con jerarcas en condición interina y constantes cambios, situación que —a su juicio— contribuye al abandono y desorden en la gestión de la red vial nacional, así como a la falta de rendición de cuentas.

Exigen criterios técnicos y fiscalización ambiental

Desde YISKI se insiste en que las intervenciones realizadas bajo el argumento de “derecho de vía” deben estar respaldadas por criterios técnicos y científicos claros, debidamente documentados y sujetos a fiscalización ambiental, en especial cuando se trata de áreas colindantes con parques nacionales y ecosistemas sensibles.

La organización espera pronunciamientos concretos del SINAC–MINAE, del Sistema Integrado de Trámites y Atención de Denuncias Ambientales (SITADA) y de las autoridades responsables de la infraestructura vial, a fin de determinar quién autoriza, ejecuta y supervisa estas labores, y bajo qué parámetros.

Un conflicto que no es aislado

Esta nueva denuncia se suma a cuestionamientos previos documentados en SURCOS sobre la aplicación del concepto de “derecho de vía” en carreteras nacionales, particularmente en la Ruta 32, donde organizaciones ambientalistas han advertido sobre tala excesiva, ausencia de pasos de fauna y falta de transparencia en los procesos de decisión.

En esos antecedentes se ha señalado que el uso amplio y poco preciso de esta figura puede derivar en daños ambientales irreversibles, especialmente cuando no existe información pública clara ni evaluaciones independientes que sustenten las intervenciones.

YISKI reiteró que se mantendrá vigilante y que continuará recurriendo a los mecanismos legales y administrativos disponibles para defender el patrimonio natural y exigir responsabilidades a las autoridades competentes.

Organizaciones sindicales denuncian bloqueo a la construcción del nuevo hospital Tony Facio en Limón

Comunicado de FETRAL y Afines

La Federación de Trabajadores Limonenses (FETRAL y Afines) divulgó un manifiesto público en el que denuncian que la el SINAC está bloqueando la construcción del nuevo hospital Tony Facio, una infraestructura indispensable para garantizar el derecho a la vida y la salud de la población de Limón.

El documento recuerda que desde 2009 las comunidades limonenses han demandado, de forma organizada y persistente, la construcción de un hospital regional clase A, debido al colapso del actual hospital Tony Facio Castro, sus deficiencias estructurales y su ubicación en una zona altamente vulnerable a inundaciones y fenómenos naturales. Señalan que las personas enfrentan graves dificultades para acceder a hospitales de referencia en San José, especialmente ante cierres de rutas o emergencias recurrentes.

Conflicto por el terreno evaluado por el ICE

Según el manifiesto, la CCSS encargó al ICE la búsqueda y evaluación de un terreno viable. Entre 2019 y 2021 el ICE concluyó, mediante estudios exhaustivos, que la finca propuesta —ubicada sobre la Ruta 241— no era humedal según los criterios legales vigentes ni aparecía como tal en la plataforma SNIT. El informe técnico, citado en el manifiesto, incluso describe la propiedad como “la finca es un potrero (con muy pocos árboles dispersos)”.

No obstante, con base en un decreto posterior del Ministerio de Ambiente y Energía (Decreto n.º 42760-MINAE), el SINAC emitió un oficio en el que sostiene que el 100% del terreno corresponde a un “humedal tipo ilustre”, ordenando archivar el expediente de viabilidad ambiental ante SETENA.

Ante esta contradicción, la CCSS interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, argumentando que el criterio emitido por SINAC viola el principio constitucional de irretroactividad de la ley y que además existieron solicitudes de información que quedaron sin respuesta.

Exigencias ciudadanas del manifiesto

El documento, firmado por Dr. Julio Humphreys Vargas (Comisión Mixta Nuevo Hospital) y Lic. Antonio Wells Medina (secretario general de FETRAL), formula dos exigencias principales:

  1. La anulación inmediata del criterio del SINAC, por considerarlo contrario a la Constitución Política, a los criterios técnicos, al interés público y al derecho superior a la vida y la salud de la población de Limón.

  2. La apertura de un expediente disciplinario por la presunta falta grave de las personas funcionarias del SINAC que, según el manifiesto, no respondieron oportunamente información solicitada y cuya actuación “amenaza con causar un grave daño socioeconómico y a la salud pública”.

El llamado señala que la decisión del SINAC pone en riesgo una obra largamente esperada por Limón y que resulta fundamental para atender la dignidad y la salud de toda la provincia.

CONCEVERDE solicita al alcalde de San Rafael de Heredia cumplir con traspaso de finca que forma parte del Patrimonio Natural del Estado

El colectivo ciudadano CONCEVERDE solicitó formalmente al alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, información sobre el cumplimiento del traspaso de la finca con folio real 4-156766, ubicada dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo, y que según la legislación vigente y resoluciones de la Sala Constitucional constituye patrimonio natural del Estado.

La gestión, enviada el 30 de octubre de 2025 por José Francisco Alfaro Carvajal, representante del colectivo, fue remitida también al Concejo Municipal, a la Auditoría Interna de la municipalidad y a diversas instancias del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), incluyendo el despacho ministerial y la Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC).

Antecedentes del caso

Según detalla la carta, el SINAC-ACC solicitó desde el 11 de julio de 2024 el traspaso de la finca a favor del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante el oficio SINAC-ACC-D-of-712-2024, reiterando la solicitud en junio de 2025 a través del oficio CARTA-SINAC-ACC-DR-0485-2025.

Ambas comunicaciones fueron firmadas por la ingeniera Meryll Arias Quirós, directora a.i. del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, quien exhortó al alcalde a cumplir con la sentencia N.º 2023-17109 de la Sala Constitucional y con el artículo 13 de la Ley Forestal, que establecen la obligación de inscribir los bienes del patrimonio natural del Estado a nombre del MINAE.

Pese a estas gestiones, el Registro Nacional aún muestra la finca inscrita a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, lo que, según el oficio, evidencia que no se ha concretado el traspaso ordenado.

Solicitudes específicas

CONCEVERDE plantea tres solicitudes puntuales al alcalde:

  1. Informar si la municipalidad ha realizado las gestiones correspondientes para inscribir la finca a nombre del MINAE.

  2. Detallar cualquier gestión emprendida para cumplir con el traspaso, en caso de que aún no se haya firmado la escritura respectiva.

  3. Explicar las razones por las cuales no se ha cumplido con la disposición legal, si la alcaldía no ha realizado gestión alguna, señalando que esto implicaría un incumplimiento de las sentencias de la Sala Constitucional N.º 2008-12109 y N.º 2023-17109.

Copia a instituciones de control

El documento fue remitido también a la Sala Constitucional, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República y a medios de prensa, con el objetivo de dar seguimiento público a la solicitud.

“La finca se encuentra dentro de una zona inalienable establecida por la Ley N.º 65 y forma parte del Parque Nacional Braulio Carrillo. Por tanto, debe estar registrada a nombre del Estado costarricense, conforme a la normativa ambiental y a las resoluciones judiciales que lo ordenan”, señala la carta firmada por Alfaro Carvajal.

Tala de árboles en área protegida del río Durazno

SINAC ordena restauración y mantiene caso en la Fiscalía Ambiental

Área de protección de la naciente afectada en Matinilla de Vázquez de Coronado. Fuente: SINAC, informe técnico SINAC-ACC-OSJ-inf-371-2025.

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), a través del Área de Conservación Central, confirmó que, en la finca conocida como Santa Teresita, en Matinilla de Vázquez de Coronado, se detectó la tala de al menos 127 árboles de especies como jaúl (Alnus acuminata) y Callicarpa acuminata dentro del área de protección de una naciente y del río Durazno.

Según el informe técnico SINAC-ACC-OSJ-inf-371-2025, la afectación abarca unas tres hectáreas, y aunque corresponde a una plantación forestal, parte de esta se ubica en áreas legalmente protegidas, lo que representa una infracción ambiental.

Los inspectores también observaron restos de árboles talados y quemas de residuos fuera de la zona de protección, además de intervenciones en cauces asociados a la naciente y al río Durazno. Dadas las condiciones de pendiente y la irregularidad del terreno, se recomendó que Ingeniería Forense del OIJ determine con exactitud la extensión de la afectación.

Orden administrativa y seguimiento

A raíz de estas denuncias (SITADAS 54716-2025, 54897-2025 y 55121-2025), el SINAC giró la orden SINAC-ACC-OSJ-1181-2025, que instruye a los propietarios a:

  • Detener de inmediato la corta de árboles en el área protegida.

  • Presentar un plan de restauración, elaborado por un profesional acreditado, que será evaluado y aprobado por la oficina subregional.

El SINAC advirtió que, de no cumplir con los plazos establecidos, se procederá a denunciar a los responsables por desobediencia a la autoridad, según el artículo 368 del Código Penal.

Caso bajo investigación judicial

El expediente también fue remitido al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y a la Fiscalía Ambiental, bajo la causa 25-007231-0042-PE, donde se investigan posibles delitos ambientales vinculados a esta intervención.

El informe recuerda que los propietarios ya habían sido notificados previamente sobre la presencia de la naciente y las restricciones de aprovechamiento forestal. Además, señala que el caso no debe darse por cerrado, pues existen antecedentes de situaciones similares en el mismo predio.

Guerra por el agua

Diversas voces han advertido que la tala en áreas de protección de nacientes y ríos representa un riesgo directo para la seguridad hídrica y la biodiversidad, en un contexto donde Costa Rica enfrenta lo que algunos describen como una “guerra por el agua”.

El seguimiento a este caso será determinante para garantizar la restauración de la zona y sentar un precedente en materia de protección ambiental.