Sindicato de trabajadores del AyA se opone a proyecto de ley de aguas
Actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley No. 20.212 “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico”, iniciado en 2016 y cuyo vencimiento cuatrienal es el próximo 15 de diciembre de 2020.
El Sindicato de trabajadores de Acueductos y Alcantarillados (AyA) se opone al proyecto y envía el siguiente comunicado:
«El AyA mediante PRE-2020-00186 advierte que «En el artículo 2 dentro de los principios generales, se requiere incluir los principios que en materia ambiental sustentan la materialización de la Ley: “principio precautorio o de evitación prudente” (…) “principio de no regresión” (…) “objetivación de la tutela ambiental” (…) “uso racional del recurso”». Entre otras recomendaciones que el AyA hace al proyecto, cabe destacar el del artículo 10, que los inspectores de la Dirección Nacional de Aguas debidamente acreditados (…) están facultados cuando exista o no previa denuncia presentada al efecto, para controlar el uso y aprovechamiento sostenible y eficiente del recurso hídrico…y, para practicar inspecciones en los sitios donde se está aprovechando el recurso hídrico concesionado o no…»
Además, en el artículo 26, AyA propone que no solo los funcionarios de la DINA sino, además, de las instituciones competentes, puedan practicar las inspecciones como los estudios técnicos en las áreas de protección del recurso hídrico como en las obras de abastecimiento poblacional.
Sin las medidas anteriores, se deja por la libre un tema de prevención como de remediación, en el cuido del agua para el bien común.
También le hace observaciones al artículo 59 sobre concesiones (puesto derogaría tácitamente disposiciones de la Ley 2726 del AyA), al artículo 63 para excepcionar por emergencia caudales concesionados a favor del AyA. Observa que las ASADAS no deberían pagar cánones (artículo 106).
Entre los destinos del Fondo (artículo 108) debería incluir la compra de terrenos con fines hídricos.
La revocatoria de la concesión por incumplimiento (art. 73) no figura en el Título de Sanciones, ni tipifica la obstrucción o impedimento de servidumbres necesarias para mantenimiento, reparación o sustitución de infraestructura hídrica».
El Sindicato envió una serie de preocupaciones y cuestionamientos a la diputada Paola Vega en una transmisión en vivo el 26 de noviembre, pero de acuerdo con el Sindicato, no hubo respuesta por parte de la legisladora.