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Etiqueta: Uniting for peace

Uniting for peace”: Resolución de las Naciones Unidas crucial para salvar vidas en Palestina

Tathiana Flores Acuña
PhD, Derecho internacional humanitario

Perdí a mi hermano, Nour, en este caos…
Le entierro cada noche en mis pensamientos
y lo resucito cada mañana en mis recuerdos.
AJ., palestino de Gaza. Artículo publicado en
+972 Magazine, Junio 30, 2025.

Este año, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) conmemora su 80 aniversario. La ONU sigue siendo el lugar de encuentro primario y único para promover la paz, el desarrollo sostenible y los derechos humanos, a pesar de sus serias limitaciones. Dichas limitaciones se tornan cada vez más evidentes, mayormente a través del uso y del abuso del derecho a veto, facultad que tienen los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia) para rechazar de forma unilateral una propuesta, impidiendo así que se apruebe. Estados Unidos ha vetado en más de 40 ocasiones resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU para apoyar a su aliado, Israel, desde la creación del estado hebreo y su entrada como miembro al organismo en el año de 1948.

Necesitamos recurrir a otras vías para que la ONU pueda responder a las grandes y graves crisis humanitarias actuales, dentro de ellas la de Gaza. La situación en Gaza es desesperada. Se cometen diariamente graves violaciones al derecho internacional, crímenes tales como el desplazamiento forzado de gran parte de la población, ataques indiscriminados a hospitales, asesinato de periodistas y del personal humanitario. Continúan los informes diarios de muertes por desnutrición, más de 300 personas, incluidos muchos niños, han muerto por desnutrición en la Franja, según las autoridades locales. La degradación de la situación humana en Gaza constituye un precedente muy grave para la humanidad, con múltiples informes de NU y de otras organizaciones humanitarias que la califican de genocidio. Estamos contra el tiempo, se debe actuar lo antes posible.

Esta semana, los liderazgos mundiales se reúnen en Nueva York para el encuentro anual de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), evento que presenta una gran oportunidad para promover una acción alternativa al Consejo de Seguridad. Al recurrir a la historia para analizar las posibilidades existentes recordamos la resolución 377A(V), «Unidos por la paz», aprobada por la AGNU el 3 de noviembre de 1950. En esta histórica resolución, la AGNU resolvió que si el Consejo de Seguridad, por falta de unanimidad de los miembros permanentes, no ejerce su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales en caso de amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión, la AGNU examinará el asunto inmediatamente para formular recomendaciones a los Miembros sobre medidas colectivas a adoptar. Las medidas colectivas incluyen, en casos requeridos, el uso de la fuerza armada, para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

Merece mencionar que el poder de la AGNU para “Unirse por la Paz” ha sido utilizado en repetidas ocasiones. La más notable fue el mandato de la AGNU de 1956 de enviar la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas al Sinaí (UNEF) a pesar de las objeciones del Reino Unido, Francia e Israel.

Pero, ¿están presentes los elementos requeridos para la aprobación de una nueva resolución “Unidos por la paz”? Hace un año, el 18 de septiembre de 2024, la AGNU votó abrumadoramente a favor de adoptar una resolución que exige que Israel ponga fin sin demora a su presencia ilegal en el Territorio Palestino Ocupado. Con una votación registrada de 124 naciones a favor, 14 en contra y 43 abstenciones, la resolución insta a Israel a cumplir con el derecho internacional, retirar sus fuerzas militares, cesar de inmediato toda nueva actividad de asentamiento, evacuar a todos los colonos de los territorios ocupados y desmantelar partes del muro de separación que construyó ilegalmente dentro de Cisjordania ocupada.

La resolución se deriva de la opinión consultiva emitida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en julio 2024, en la que la Corte declaró que la presencia continua de Israel en el Territorio es ilegal y que todos los Estados tienen la obligación de no reconocer la ocupación que dura décadas. Según la resolución aprobada, el incumplimiento por parte de Israel de las órdenes y conclusiones de la Corte Internacional de Justicia implicaría la necesidad de aprobar “medidas adicionales”, a determinar por la AGNU.

El recién pasado 18 de septiembre de 2025, Estados Unidos vetó por sexta vez un proyecto de resolución en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que habría exigido un alto el fuego inmediato y permanente en Gaza y la liberación de los rehenes. Los demás 14 miembros del Consejo de Seguridad votaron a favor del proyecto de resolución, que describía la situación humanitaria en Gaza como «catastrófica» y exigía a Israel que levantara todas las restricciones a la ayuda. Los eventos precedentes muestran que una acción significativa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es prácticamente imposible en un organismo dominado por el veto estadounidense.

En consecuencia de lo anterior, la AGNU reunida actualmente en Nueva York está facultada, en virtud de la resolución «Unidos por la Paz», para adoptar una resolución que responda a su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales. La AGNU podría en esta resolución, entre otros,

  • Exhortar a todos los Estados a adoptar sanciones integrales y un embargo militar contra el régimen israelí. Si bien carece de la facultad para aplicar sanciones, puede imponerlas, supervisarlas y complementarlas según sea necesario.

  • Reactivar los mecanismos antiapartheid de la ONU para abordar el apartheid israelí. Los mecanismos de las Naciones Unidas contra el apartheid pueden incluir activar el Comité Especial contra el Apartheid, el establecimiento de un embargo de armas y llamados a otras sanciones como boicots petroleros y económicos.

  • Disponer que una fuerza de protección armada y multinacional de las NU se despliegue en Gaza y en Cisjordania, actuando a petición del Estado de Palestina, para proteger a los civiles, abrir puntos de entrada por tierra y mar, facilitar la ayuda humanitaria, así como preservar la evidencia de los crímenes cometidos y ayudar en la recuperación y la reconstrucción de la Franja.

Todas estas acciones podrían ser adoptadas por la AGNU con una mayoría de dos tercios, eludiendo así el veto de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad. Por otro lado, y como lo afirman recientes fallos de la CIJ, Israel no tendría derecho a rechazar, obstruir o influir en la misión armada multinacional,1 pues la Corte ha afirmado que Israel no tiene autoridad, ni soberanía, ni derechos en Gaza ni en Cisjordania.2

Al mismo tiempo, y para consolidar estos esfuerzos de justicia y paz, la sociedad civil global deberá ser firme en sus demandas de protección y justicia, garantizando la exposición pública bajo la cual los Estados se verán obligados a votar a favor o en contra de una fuerza que proteja a la población palestina de los graves crímenes que se están cometiendo. Los objetivos últimos de protección y humanidad hacen imprescindible desplegar todas las herramientas disponibles. Seguiremos con atención las votaciones en las próximas horas, con la esperanza de que este 80 aniversario de la AGNU pase a la historia como un hito de humanidad, paz y justicia.

2 El 19 de julio de 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió una opinión consultiva sobre las consecuencias jurídicas de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, declarando que la presencia continua de Israel en dicho territorio es ilegal y obligando a Israel a poner fin a su ocupación lo antes posible. La Corte también determinó que las acciones de Israel violaban normas imperativas del derecho internacional, incluida la prohibición de la segregación racial y el apartheid, e instó a todos los Estados a abstenerse de acciones que apoyen o consoliden la presencia ilegal de Israel.