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Etiqueta: zonas de protección

Frente Ecologista de Cipreses: instituciones nos dan la razón

19 de AGOSTO del 2020 Cipreses Cartago

COMUNICADO DE PRENSA CONFLICTO POR EL AGUA

  • Instituciones del Estado dan la razón al Frente Ecologista de Cipreses y en vistas al campo se verifica invasión al área de protección de la toma de agua de Plantón Vera Violeta que abastece más de 2500 personas.
  • La naciente llamada Plantón de la ASADA de Cipreses, destinada para agua de consumo humano, se encuentra totalmente invadida de agricultura intensiva irrespetando las zonas de protección establecidas por ley. Vecinos temen por la presencia de agroquímicos en el agua.

El SINAC Área de Conservación Central responde mediante el oficio SINAC-ACC-OSC-0723-2020 a la reciente denuncia planteada por el Frente Ecologista de Cipreses que tenían registradas dos denuncias anteriormente sobre este tema:  La primera denuncia fue puesta por el anterior administrador de la ASADA de Cipreses Ricardo Rivera Rojas con fecha del 27 de julio del 2018.

El SINAC en respuesta a las denuncias interpuestas visitó el sitio el 26 de junio del 2020 y no solo logra constatar la invasión sobre el área de protección que abastece de agua miles de personas en Cartago, sino que además indican que este caso ya lo habían elevado al Tribunal Ambiental desde el 2019 según consta en el oficio OSC-697-2019 y que dicho caso se Encuentra en etapa de investigación.

Por su parte el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados realizó una inspección a la toma de agua de plantón gracias al trabajo y denuncias del Frente Ecologista de Cipreses. En el informe entregado a la Presidenta Ejecutiva Yamileth Astorga Espeleta se reconoce la presencia de actividades agrícolas dentro del área de protección indicando en la página 6: “…se observa cómo tanto al Norte, noroeste y noreste dentro del área de reserva de dominio a favor de la Nación se desarrollan cultivos de papa, repollo, zanahoria, entre otros. mediante la visita al campo se observa la presencia de estos cultivos a aproximadamente 140 metros de distancia en línea recta del punto de captación”.

Imagen tomada del Informe #UEN-GA-2020-0039M con fecha del 7 de agosto del 2020 del AyA.

Las visitas de las Instituciones anteriormente mencionadas y sus informes dando valides a las denuncias existentes, tanto la interpuesta por la ASADA en el 2018 como las interpuestas por el Frente Ecologista de Cipreses, son un logro del movimiento comunitario en defensa del agua, la salud de la comunidad y las zonas de protección.

El informe del AyA deja ver que en las 4 nacientes de cipreses no se respeta el área de protección que por ley tiene que respetarse. La comunidad enfrenta en estos días problemas de racionamiento del agua y dos de las cuatro tomas existentes están clausuradas porque están rodeadas de tanques sépticos y en alto riesgo de contaminación. Las otras dos tomas de agua que quedan están seriamente amenazadas y la ASADA debe de redoblar esfuerzos por protegerlas y hacer cumplir la ley en materia de zonas de protección o la poca agua que existe terminará siendo contaminada.

La comunidad de Cipreses Oreamuno Cartago debe de unirse y trabajar proactivamente para que al menos las dos nacientes que abastecen de agua a los miles de personas sean protegidas y no sean expuestas a contaminación con agroquímicos”. Indicaron los activistas del Frente Ecologista de Cipreses.

Foto tomada con Dron que evidencia prácticas de agricultura intensiva sobre la naciente de agua de Plantón Cipreses.

Para más información:
frente.ecologista.cipreses@gmail.com
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Incumplimiento de normativa sobre áreas de protección de ríos del GAM

Incumplimiento de normativa sobre áreas de protección de ríos del GAM
Gran Área Metropolitana

Ante el incumplimiento de la normas jurídicas que resguardan las zonas de protección del ríos del Gran Área Metropolitana, la Contraloría General de la República según consta en el Informe No. DFOE.-AE-IF-14-2014 del 10 de diciembre del 2014, ordenó al MINAE, SINAC, MUNICIPALIDADES DEL GAM, INVU, CNE:

Al Dr. Edgar E. Gutiérrez Espeleta, ministro del Ambiente y Energía o a quien en su lugar ocupe el cargo 4.3. Emitir la política nacional para la recuperación de la cobertura arbórea y resguardo de las áreas de protección de los ríos, establecidas en el artículo 33 de la Ley Forestal, que permita guiar al Sistema Nacional de Áreas de Conservación cuanto a las prioridades del Ministerio de Ambiente y Energía en la materia. Remitir a la Contraloría General una certificación que acredite la emisión de la política, a más tardar el 30 de setiembre de 2015. Ver párrafos del 2.39 al 2.44 de este informe. 4.4. Coordinar las acciones que permitan al Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y las municipalidades del Gran Área Metropolitana, elaborar y aprobar la estrategia para la recuperación de la cobertura arbórea y el resguardo de las áreas de protección de los ríos ubicados en la Gran Área Metropolitana; ello, de conformidad con las funciones de rectoría que le asignan el artículo 5 de la Ley Forestal y el artículo 5 del Decreto ejecutivo nro. 38536-MD-Plan Publicado en La Gaceta nro. 159 del 20 de agosto de 2014. Remitir a la Contraloría General de la República informes de avance en el cumplimiento de esta disposición el 30 de abril y 30 de noviembre de 2015, el y 29 de abril de 2016. Ver párrafos del 2.1 al 2.16 de este informe.

Al Dr. Julio Jurado Fernández, Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a la Arq. Sonia Montero Díaz, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo o a quien en su lugar ocupe el cargo y a los señores alcaldes de las municipalidades de la GAM 4.5. Elaborar en forma conjunta la propuesta de estrategia para la recuperación de la cobertura arbórea y el resguardo de las áreas de protección de los ríos, y someterla a la aprobación del Consejo Nacional de Áreas de Conservación, Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y de los Concejos Municipales respectivos. Corresponderá al Sistema Nacional de Áreas de Conservación remitir a la Contraloría General: a) Copia de los oficios mediante los cuales se remite la propuesta de estrategia para su aprobación, a más tardar el 31 de julio de 2015, b) Copia de los acuerdos del Consejo Nacional de Áreas de Conservación, la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y los Concejos Municipales de la Gran Área Metropolitana aprobando la estrategia de cita, en cumplimiento de la disposición contenida en el párrafo 4.7 de este informe, a más tardar el 29 de febrero de 2016. Ver párrafos del 2.1 al 2.16 de este informe. 4.6. Implementar en forma conjunta la estrategia para la recuperación de la cobertura arbórea y el resguardo de las áreas de protección de los ríos ubicados en la Gran Área Metropolitana, a que refiere la disposición contenida en el párrafo 4.7 de este informe. Corresponderá al Sistema Nacional de Áreas de Conservación remitir a la Contraloría General informes de avance de la implementación conjunta de dicha estrategia, el 31 de octubre de 2016 y el 15 de marzo de 2017. Ver párrafos del 2.1 al 2.16 de este informe.

Al Consejo Nacional de Áreas de Conservación, a la Junta Directiva del INVU y a los Concejos Municipales de las Municipalidades de la Gran Área Metropolitana 4.7. Resolver acerca de la propuesta de estrategia para la recuperación de la cobertura arbórea y el resguardo de las áreas de protección de los ríos ubicados en la Gran Área Metropolitana, que le someta a conocimiento, según corresponda, el Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, la Presidente Ejecutiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y el Alcalde respectivo. Remitir al Sistema Nacional de Áreas de Conservación copia del acuerdo que resuelva sobre el particular, a más tardar dos meses a partir de la fecha en la cual les sea remitida la propuesta de estrategia. Ver párrafos del 2.1 al 2.16 de este informe.

Al Dr. Iván Brenes Reyes, Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias o a quien en su lugar ocupe el cargo 4.8. Establecer e implementar medidas que permitan notificar a las instituciones del Estado, todos los informes técnicos de vulnerabilidad en los cuales la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias les gira recomendaciones. Ello, en cumplimiento del inciso c) artículo 14 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo. Remitir al Órgano Contralor la certificación que haga constar el establecimiento e implementación de las medidas adoptadas, a más tardar el 31 de marzo de 2015. Ver párrafos del 2.17 al 2.29 de este informe. 4.9. Dar seguimiento a las acciones realizadas por las instituciones del Estado a las cuales esa Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, gira recomendaciones mediante los informes técnicos de vulnerabilidad. Esto de conformidad con las competencias otorgadas en el artículo 14 inciso d) de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, y lo acotado en los votos nros. 16389-2010 y 1671-2009 de la Sala Constitucional. Remitir a la Contraloría General informes de avance en el cumplimiento de lo dispuesto el 30 de marzo de 2015, así como, el 28 de agosto y 15 de diciembre 2015, y el 31 de mayo de 2016. Ver párrafos del 2.17 al 2.29 de este informe.

A la Arq. Sonia Montero Díaz, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo o a quien en su lugar ocupe el cargo 4.10. Establecer e implementar acciones que permitan la precisión de los alineamientos que emite la Dirección de Urbanismo, relativos a las áreas de protección de los ríos. Estas acciones incluirán la actualización de la cartografía y las capacidades tecnológicas que brinden mayor eficacia y eficiencia al ejercicio de las competencias otorgadas al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo en el artículo 34 de la Ley Forestal, y reiteradas en el dictamen C-042-99 de la Procuraduría General de la República. Remitir a la Contraloría General certificación que acredite el establecimiento e implementación de las acciones adoptadas, a más tardar el 2 de marzo de 2015, e informes de avance en la implementación de las acciones el 30 de noviembre de 2015 y 31 de marzo de 2016. Ver párrafos del 2.30 al 2.38 de este informe.

 

Información enviada a SURCOS Digital por CONCEVERDE.

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Denuncia ambiental contra Punto Rojo S.A.

Fiscalía Agrario Ambiental – fechada 11 abril de 2007

Expediente 07-1668-647-PE

Audiencia de Conciliación: viernes 31 octubre 2014 a las 8:00 a.m.

Sala de Conciliaciones Tribunales de Justicia Alajuela

 

Un grupo de vecinos(as) del Barrio San Martín y otras comunidades alajuelenses, amparados en el artículo 50 constitucional presentaron hace mas 7 años y medio una denuncia ambiental ante la Fiscalía Agrario Ambiental en San José, por Usurpación de Zonas de Protección y Otros, contra Punto Rojo S.A., ubicada 150 N de la Corte, y representada por:

Sr. Wilhelm Steinvorth Herrera, Presidente

Bernal Soto Chavarría, Vicepresidente

Luis Fernando Beeche Pozuelo, Gerente General

 

De acuerdo con publicaciones en diferentes medios de comunicación, la empresa ha sido adquirida por Colgate Palmolive, por lo que Punto Rojo S.A. mantendrá operaciones hasta el 15 de abril de 2015.

Punto Rojo S.A. ha solicitado a la Procuraduría Ambiental una conciliación, la cual se realizará el viernes 31 de octubre de 2014 a las 8:00 a.m. en la Sala de Conciliaciones de los Tribunales de Justicia de Alajuela.

Confiamos en que los términos de dicha conciliación sean la recuperación total de las áreas de protección afectadas y que se sienten las responsabilidades por el daño ambiental irreparable causado durante tantísimos años.

Esperamos que este asunto sea resuelto antes de que la empresa cierre operaciones en abril del 2015.

 

Grupo de vecinos(as) del barrio San Martín y otras comunidades alajuelenses.

Alajuela, 29 de octubre de 2014

 

Información enviada a SURCOS Digital por Asociación Alajuelense Amigos del Ambiente – ASOALAMA.

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