CONCEVERDE recurre a la Sala Cuarta, para que obligue a las autoridades de la Municipalidad de San Rafael de Heredia a dar información acerca de una construcción en la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888.
Se espera que con la nueva administración municipal se brinde la información requerida, para que se pueda contemplar como corresponde las características naturales e hidrogeológicas del cantón. De igual manera, se espera que con la prevención de la Sala Cuarta, se tomen las acciones correspondientes ante la denuncia interpuesta ante la municipalidad, para así lograr la protección y preservación del agua.
La prevención de Sala Cuarta indica que al alcalde de la municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Eduardo Arias Santamaeria, se le pidió información sobre la construcción de una vivienda, arreglo de caminos y otras actividades, dadas desde el 2022 en un lote ubicado en Calle Charquillo, Concepción de Heredia. Dicha zona es declarada como inalienable desde el 30 de julio de 1888, por la Ley 65. Por este motivo no se puede realizar ninguna construcción, al ser Patrimonio Nacional del Estado. En la denuncia, se especifica que el alcalde tiene total noción de la situación de la ubicación.
Se reclama que a pesar de haber transcurrido más de un mes de la denuncia y haber pedido la información, no se ha obtenido una respuesta, lo que indica que es violatorio a sus derechos fundamentales.
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