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Gloria Gavioli “Poderosos económicamente podrían salvar su propio país”

Es necesario que el Presidente demuestre su interés personal en la solución de este grave momento que vive el país. Él puede llamar a las personas con más recursos de Costa Rica a que realicen un préstamo espontáneo, y con eso, un llamado a toda la ciudadanía que tengan un sueldo mensual de dos o más para que puedan hace una contribución sin intereses para 6 meses. Con esto se podría crear un fondo y el dinero se regresaría al Banco Central que lo prestó en los días anteriores.

Nadie pierde porque es un préstamo, pero en estos 6 meses, se trabajará la ley necesaria para salir adelante, con la participación ciudadana y de las varias instituciones involucradas.

Esto yo lo llamo Economía del Bien Común, las modalidades pueden estudiarlas los economistas. Creo firmemente que un gesto así del Presidente le ganaría más respeto y demostraría su buena voluntad de salir de la crisis que nos afecta.

 

 

Imagen ilustrativa tomada de CEP-ALFORJA.

Enviado a SURCOS por Gloria Gavioli.

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De la Revolución de las Crayolas a la Insurgencia de los Gatos

Óscar Madrigal

 

De forma inédita en la política nacional, en tan solo 5 meses, el PAC pasó del extásis de un contunde triunfo electoral al aislamiento de las barreras policiales. El Presidente Carlos Alvarado creyó que la población le había entregado un cheque en blanco, un mandato con el cual podía  hacer lo que quisiera. Se equivocó de principio a fin. A pesar de que tal vez nunca la ciudadanía ha aceptado que es necesaria una reforma tributaria como en la actualidad, sí está harta de que las cargas solo las paguen los sectores de siempre, mientras que los privilegiados, los más ricos de los ricos, sigan gozando de exenciones y amnistías.

Ante una reforma tributaria que podría parecer necesaria, la población se levantó con fuerza y energía contra un proyecto fiscal injusto, desigual y desequilibrado en contra del pueblo. Y declararon, por esa razón, una huelga que es de carácter político, sea que va más allá de una mera reivindicación económica particular, porque es una manifestación de malestar, de repudio a la misma forma de hacer política del PLN, PUSC. Es ese malestar con los líderes políticos, que siempre manejan los asuntos de gobierno de la misma manera, o sea a favor de la desigualdad, contra los que se ha levantado la ciudadanía. Y esto parece no entenderlo el Gobierno que sigue haciendo las cosas como las hacía el bipartidismo. Es una huelga política producto del hartazgo de una misma forma de hacer política.

El PAC con su gobierno, es uno más junto al PLN y PUSC y con ello perdió toda posibilidad de generar algún cambio de fondo. La insurgencia de los gatos, es contra la política tradicional y mediocre a la cual se ha sumado un partido que generó otras expectativas.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de CEP-Alforja.

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos, publicado originalmente en el perfil de Facebook de Óscar Madrigal.

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UNA: Masculinidad en el banquillo

El Instituto de Estudios de la Mujer de la Universidad Nacional (IEM-UNA), la Política para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG-UNA) y la Fundación de Justicia y Género invitan al Congreso Internacional sobre Estudios de Masculinidades y Derechos Humanos, este miércoles 3 de octubre de 2018, a las 8:30 a.m. en el Auditorio Clodomiro Picado, Campus Omar Dengo, UNA

Este congreso internacional abre un espacio de reflexión crítica desde la perspectiva de género, derechos humanos y diversidades, sobre las masculinidades hegemónicas, con el objetivo de construir saberes y acciones en contra de la violencia y discriminación hacia las mujeres, hacia otros hombres y contra sí mismos, desde las instituciones participantes.

Entre los temas incluidos en el programa de este evento destacan:

Miércoles 3 de octubre

9 a.m.

Ponencia inaugural: Subjetividades masculinas en el marco de los derechos humanos.

Por: Darío Ibarra Casals

Taller: Atendiendo el malestar masculino desde una perspectiva de derechos humanos.

1:30 p.m.

Taller Hombres habitantes de calle en Bogotá: La masculinidad tejida desde la violencia y la supervivencia.

 

Jueves 4 de octubre

9 a.m. Conferencia Hombres víctimas de violaciones de derechos humanos.

Por: Rodrigo Jiménez Sandoval

5 p.m. Obra de teatro: Machos a la carta.

 

Viernes 5 de octubre

10 a.m. Taller El macho en mí: ¿cómo dar la vuelta a la tortilla?

10:15 a.m. Ponencia: Discapacidad y masculinidad.

2 p.m. Taller Repercusiones en la salud de los hombres debido a los mandatos de una masculinidad tóxica.

 

PROGRAMA FINAL CONGRESO MASCULINIDADES

 

**Puede ver el programa completo en https://drive.google.com/file/d/1zew-iU0Cz5FjzmbcramsJciuQOHZThxK/view?usp=sharing.

Las ponencias y actividades culturales se realizarán en el auditorio Clodomiro Picado y los talleres participativos en el Aula tecnológica de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNA.

***Mayores detalles con Carmen Ulate, PIEG-UNA 8910-4668, Ernesto Herrera al 8896-8957 de la Fundación Justicia y Género o en la Oficina de Comunicación UNA 2277-3067.

UNA, Oficina Comunicación

Teléfonos: 2277-3224/ 2237-5929

 

 

Enviado por Oficina de Comunicación, UNA.

La reforma procesal laboral en el ojo de la tormenta

Manuel Hernández Venegas

 

“¿Dónde empieza la niebla que te esconde?” (Benedetti)

 

La Reforma Procesal Laboral (RPL), a poco más de un año de vigencia, está pasando la primera prueba de fuego, al calor de la huelga ejecutada contra el trámite y aprobación del Proyecto de ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, N° 20580.

Ya van seis sentencias, por lo menos hasta ahora, dictadas por los jueces y juezas de trabajo que al hilo han declarado, una tras otra, la ilegalidad de los movimientos de huelga ejecutados en diferentes instituciones públicas, que por cierto, le llama a uno la atención la rapidez mediática con que circulan las sentencias, en la de menos primero que a las propias partes litigiosas.

Esta seguidilla de pronunciamientos judiciales, por uno u otro motivo, han declarado ilegales estos movimientos. Veamos muy resumidamente estos motivos:

1.- En la primera sentencia, porque el juez consideró que la causa del conflicto, de carácter político-laboral, contra aquel proyecto legislativo, no tiene amparo en el Código de Trabajo (CNP).

2.- En la segunda, se consideró que no se cumplió con el porcentaje mínimo de apoyo al movimiento de huelga que exige el artículo 381 CT (Ministerio de Vivienda).

3.- En la siguiente, porque además que no se cumplió con el anterior requisito de apoyo, se determinó que la actividad prestada por la institución respectiva constituye un servicio esencial, de conformidad con el inciso d) del artículo 376 CT (CNE).

4.- En la posterior resolución, se echó de menos el cumplimiento del requisito de apoyo y determinó también que los trabajadores participantes prestan un servicio esencial (Municipalidad Santa Ana).

5.- En las dos últimas, se declaró ilegal porque amén de no cumplir con el requisito de apoyo, tampoco se cumplió con el agotamiento previo de las alternativas de conciliación, previstas en el inciso b) del artículo 377 CT (JPS, BCCR).

Esta línea de pensamiento de los operadores judiciales desnuda los requisitos exorbitantes, harto difíciles de cumplir, particularmente el desproporcionado porcentaje de apoyo al movimiento de huelga, que impuso la Reforma Procesal Laboral, a raíz de cuya inobservancia, según lo pronunciaron los jueces, la mayoría de las anteriores huelgas fueron declaradas ilegales.

La proclamada titularidad del derecho de huelga en cabeza del sindicato, entonces, vino a menos que una declaración lírica o fue una conveniente técnica de publicidad engañosa.

De la mano con los anteriores requisitos, la RPL resucitó, de un sólo plumazo, el requisito del agotamiento previo de la conciliación, que por larga data, desde 1992, no se exigía, por cuya omisión dos huelgas fueron declaradas ilegales.

Además, la nueva legislación mantuvo la espuria prohibición de la huelga en los servicios esenciales, que está alegremente sirviendo de comodín a los jueces para terminar de hacer nugatorio el derecho fundamental de huelga en el sector público.

¡Pero hasta aquí no llegan los alcances de esos pronunciamientos judiciales! Como si lo anterior no fuera poco, en todas las sentencias, salvo dos, al amparo del artículo 562 del Código de Trabajo, también incorporado por la RPL, de manera inédita, los jueces también están condenando a los sindicatos contradictores a pagar las costas, condenatoria que a más de uno nos deja pasmado. ¡Cosas veredes que harán hablar las piedras!

Hay que destacar que nunca antes de la vigencia de la RPL se condenó a ningún sindicato a pagar costas por promover o participar en un movimiento de huelga, que ahora estos pronunciamientos judiciales vienen a constituir un deleznable precedente.

Sin lugar a duda, con esta ejemplarizante condena económica se pretende castigar las acciones colectivas de los sindicatos y desestimular, desde el primer aniversario de la RPL, el ejercicio de un derecho fundamental. Otra manera más de penalizar el derecho de huelga, como si las restricciones y prohibiciones que estableció el ordenamiento jurídico, urdidas por la consensuada Reforma, no fueran más que suficientes.

Las sentencias ciertamente no están aún firmes, por lo que no pueden producir, por tanto, todavía ningún efecto, ni disciplinario, ni salarial, aunque algunos desenfrenados jerarcas ya amenazaron rebajar salarios, a contrapunto de los artículos 379 y 385 CT, pero por el momento la cuestión está así: todas declaradas ilegales, con plus incluido de condenatoria en costas.

¡La tierra que prometieron los febriles promotores de la RPL ya está dando sus primeros frutos!

 

 

*Imagen ilustrativa tomada de la nota: Caminada Guanacaste a San José Combo fiscal

Enviado por el autor.

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La grupera que chima

Cristina Zeledón L.

 

PRIMERA PARTE

Después de estudiar el TITULO III Modificación a la Ley de Salarios de la Administración Pública, se torna evidente que la razón del llamamiento a una huelga general, nada tiene que ver con impuestos a la Canasta Básica, ni con la defensa de los derechos de todos los trabajadores, tampoco con una pretendida protección a la clase económicamente más débil.

No, para nada se trata de eso. El motivo fundamental de los dirigentes sindicalistas es que en ese temible TITULO III han percibido pasos de animal grande que amenazan los beneficios y gollerías que han venido usufructuando a través de los años.

Precisamente este tema es una de las causas, no la única, del incremento de la desigualdad social, ya que hay una diferencia enorme entre lo que ganan algunos dirigentes sindicalistas que gozan de privilegios exagerados y, lo que percibe el grueso de la población trabajadora.

No quiero decir tampoco, que las gollerías que disfrutan ciertos sindicalistas (no todos), sea la única causa del défit fiscal, ni tampoco que este Proyecto de Ley, sea perfecto y que no merezca algunas modificaciones y adiciones. Precisamente esa es la tarea que responsablemente están llevando a cabo la mayoría de los diputados y diputadas en la Asamblea Legislativa.

A lo que me refiero en este artículo es que aspectos contenidos en el TITULO III al que algo referencia, es la verdadera causa de la huelga que hoy padecemos. Una prueba de ello es que los dirigentes sindicalistas exigen la desaparición del Proyecto de Ley en su totalidad, ya que es obvio que no pueden referirse a la eliminación o modificación de ese TITULO III. Quedaría en evidencia para todos, incluso para los mismos huelguistas, el verdadero motivo de quienes les está “chimando la grupera”.

Pues bien, en ese TITULO III, aparecen enunciadas las medidas que se tomarán una vez aprobado el Plan Fiscal, con el fin de hacer más equitativa la remuneración que perciben todos los empleados de la Administración Pública. Evidentemente esas reformas salariales no contemplan la equiparación hacia arriba, sino a lo razonablemente posible y a una mayor justicia distributiva de los dineros que por vía de impuestos aportamos todos los ciudadanos al fisco nacional. Es así que muchas personas hasta ahora beneficiadas con granjerías, sin una justificación racional, tendrán que conformarse con percibir los salarios adecuados al trabajo que desempeñan. Veamos algunas de estas medidas

Art 38 Improcedencia de pagos:

  1. Bajo ningún supuesto se procederá al pago simultáneo de las remuneraciones adicionales por concepto de: Prohibición y Dedicación Exclusiva.
  2. El pago de las remuneraciones adicionales por concepto de Prohibición, Dedicación Exclusiva y Anualidades, únicamente se calculará sobre el salario base correspondiente al puesto que ocupe el funcionario.

Art. 39 Auxilio de Cesantía:

La indemnización por concepto de Cesantía de todas las funciones de las instituciones contempladas en el artículo 26 de la presente ley se regulará según lo establecido en el Código de Trabajo y no podrá superar los 8 años…

Art. 40 Incentivos adicionales improcedentes:

No procede la creación, incremento, ni el pago de remuneración por concepto de “discrecionalidad y confidencialidad”, ni el pago de reconocimiento por concepto de bienios, quinquenios o ninguna otra remuneración por acumulación de años de servicio distintos a las anualidades.

Art. 41 Remuneración del Presidente:

La remuneración mensual bruta del Presidente de la República no podrá superar por mes el equivalente a 25 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública. Esta remuneración estará sujeta a las deducciones de ley. Se prohíbe el pago de gastos de representación y de gastos confidenciales.

Art. 42 Límite a las remuneraciones totales en la función pública:

La remuneración total de aquellos servidores cuya designación sea por elección popular, así como los jerarcas, titulares subordinados y cualquier otro funcionario del ámbito institucional de aplicación contemplado en el artículo 26 de la presente ley, no podrá superar por mes el equivalente a 20 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública

Art. 43 Remuneración a miembros de Juntas Directivas:

Los miembros de Juntas Directivas, no podrán superar por mes el equivalente a 10 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública:

Será improcedente el pago de viáticos conjuntamente con dietas.

Las disposiciones contenidas en ese TITULO III, abarcan a muchos empleados del sector público, no sólo de la Administración Central, ya que contempla además a todos los órganos de desconcentración adscritos a los distintos Ministerios del Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones, así como a las dependencias y los órganos auxiliares de estos

El alcance de estas medidas afectará igualmente a las instituciones autónomas y semiautónomas y a las empresas públicas del Estado. Lamentablemente deja por fuera a las Universidades, Bancos y otras empresas públicas en competencia, aunque si se establece para éstas ciertos controles y evaluaciones periódicas. Me complace que el Plan también incluye a las Municipalidades. Estas últimas gozan de un régimen tan complaciente, que como ya es conocido el Alcalde de San José gana más que el de Nueva York. Y, alcaldes de municipalidades ubicadas entre las 9 menos eficientes del país, tienen salarios hasta de 5 millones mensuales.

Bueno ¿no era esto lo que la mayoría de los costarricenses estábamos esperando? Pues esas disposiciones ya están en blanco y negro a pesar de que a quienes les “chima la grupera”, hayan montado una huelga criminal y embarcado a muchísimos humildes ciudadanos, quienes confiadamente no han sabido discernir que los intereses de esa huelga, nada tienen que ver con la defensa de sus derechos, ni con el rebajo de sus salarios, los cuales siguen celosamente resguardados.

 

NOTA:

Como hay tanto que comentar sobre las disposiciones de este TITULO III y, con el ánimo de no cansar a los lectores, he dividido esta intervención en partes. En la próxima entrega me referiré a lo que corresponde a la “Evaluación del Desempeño de los servidores públicos”. Otro tema que a muchos nos dará un gran alivio.

 

 

*Imagen ilustrativa tomada de Youtube, del video: Desigualdad Social en Costa Rica.

Enviado por la autora.

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¿Podría Costa Rica ir por el camino de Grecia?

Luis Paulino Vargas Solís

Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE-UNED)

 

Debemos reconocer que, llegados al punto donde nos encontramos, el riesgo de que nos veamos arrastrados en una situación de crisis económica es muy cierta. Efectivamente puede ocurrir y, según como se den las cosas, podría ocurrir pronto, aunque también podría posponerse por algunos meses.

Al decir lo anterior, me baso en datos que están a la vista y que se resumen en una agudizada dificultad para financiar el déficit fiscal del gobierno. Cada nuevo intento de colocación de bonos de deuda pública que realiza el Ministerio de Hacienda, se topa con la exigencia de tasas de interés más altas y períodos de vencimiento más cortos, como también es cada vez más difícil refinanciar las deudas que vencen. Nada de esto es inocente, desde luego. Por debajo de esa superficie visible se mueven intereses poderosos, tanto locales como internacionales. Pero con decirlo –incluso con denunciarlo con encendida indignación– nada se conseguirá. Si como país no somos capaces de tomar a tiempo las medidas mínimas requeridas, de seguro nos asfixiarán. Y lo harán porque no fuimos capaces de colocar a tiempo los valladares que les cerrasen el camino y le impidiese aplastarnos.

Es una experiencia que ya hemos visto en otros lugares. Los países de la periferia europea en 2012 brindan una ilustración para mejor entender lo que pasa. En su caso, la cuestión se sintetizaba en un dato, escueto pero implacable: a la hora de tratar de colocar deuda para financiar su déficit fiscal, el diferencial entre la tasa de interés que se les exigía y el que se pagaba sobre los bonos de Alemania (tenidos como los más seguros) tendía a ampliarse cada vez más. Ello ponía en máxima tensión la sostenibilidad de sus finanzas y los empujaba hacia la insolvencia y, por lo tanto, la bancarrota. Se salvaron, no propiamente de la crisis, pero sí del colapso del Estado, gracias a la intervención del Banco Central Europeo (BCE), que anunció, por boca de su presidente, Mario Draghi, la disposición a comprar deuda soberana (o pública) en la cuantía que fuese necesaria.

En Costa Rica, esa opción no existe, no tanto porque nuestra Banco Central está lejos de tener el “poder de fuego” que tiene el BCE, sino principalmente porque las leyes costarricenses se lo impiden. El caso es que el neoliberalismo tico es extremadamente purista, a niveles que seguramente causarían hilaridad en Europa. De ahí que el establishment local de los/las economistas se ruborice y reciba con muestras de escándalo la concesión de un financiamiento por 500 mil millones de colones que el Banco Central dio en días recientes –y bajo condiciones sumamente restrictivas– al Gobierno Central. Se dio por esta vez, y, dada las limitaciones legales y la tozudez ideológica, será difícil que se vuelva a dar pronto, aún si el gobierno está a un tris de la bancarrota.

Entretanto, la economía va cada vez más débil, lo cual se visibiliza en ingresos tributarios prácticamente estancados. En consecuencia el déficit, que ya es muy considerable, tiende a crecer, de manera que, a su vez, la deuda se va inflando. Y siendo que esto último por sí solo haría aumentar los pagos por intereses, el impacto que éstos acarrean se agranda al subir las tasas. La presión sobre las finanzas pública se incrementa y los márgenes de maniobra se estrechan. Es, sin exageración, un panorama sombrío. No es broma: la crisis podría darse.

¿Significa que iremos por el camino de Grecia? Las comparaciones de este tipo son siempre riesgosas, incluso desatinadas, porque los contextos son ciertamente distintos. Por ejemplo: la deuda pública nuestra, a diferencia de Grecia, sigue siendo interna principalmente y en colones en su mayor parte (aunque el componente en moneda extranjera ha crecido mucho y de forma peligrosa). Pero también puede haber elementos en común, sobre todo porque en nuestro caso, como en el de Grecia, si la situación fiscal se sale de control, podemos quedar a merced de poderes financieros, incluso de alcance global, en capacidad de asfixiarnos.

Sin embargo, me interesa llamar la atención sobre un elemento: una situación de grave desequilibrio fiscal podría enfrentarse básicamente de dos formas: mediante una política de austeridad o mediante una esfuerzo de reactivación económica. Hay un océano de diferencia entre una y otra perspectiva, sin que ello niegue que, con seguridad, habrá que hacer todo un esfuerzo por “ordenar la casa” y corregir aquellos factores que dieron lugar a la crisis fiscal.

La vía de la austeridad le fue impuesta a Grecia y a otros países de la periferia europea, incluyendo a España, cuyo desbalance fiscal nacía no de excesos en el sector público, sino más bien del traslado a éste último de los excesos del sector privado (similar a los casos de Estados Unidos o Irlanda). Porque el crédito desordenado al sector privado y el auge especulativo de la construcción, fueron los que tumbaron la economía española y obligaron al gobierno a intervenir masivamente para sostener el sistema financiero y atenuar el impacto de la recesión. Cuando la crisis de la deuda se manifestó en Grecia (hacia finales de 2009), rápidamente se contagió a otros países de la periferia europea donde también había crecido –aunque no por las mismas razones– el déficit presupuestario de los gobiernos y su deuda pública. Declarada la crisis, a todos se les aplicó una receta talla única: recorte del gasto público y de la planilla estatal; privatizaciones; recorte de pensiones; aumento de impuestos. O sea, y en resumen, austeridad en toda la plenitud de su cruel ejecutoria. La consecuencia: una depresión económica en toda la línea, que ha implicado costos humanos y sociales inconmensurables, con secuelas irrecuperables por décadas enteras. El caso griego es, con mucho, el peor. El portugués el más benigno porque fue el primero que logro atenuar –sin revertirlas totalmente– las políticas austeritarias. El irlandés es seguramente el más engañoso, dado el carácter ficticio de sus estadísticas, infladas artificialmente por su condición de privilegiado paraíso fiscal.

La crisis de la deuda de estos países europeos se pudo haber enfrentado de otra forma:

1.Debía reconocerse que las responsabilidades eran compartidas por acreedores y por deudores. Ya Keynes vio claro este aspecto de la cuestión y lo plasmó, aunque inútilmente, en sus revolucionarias propuestas para el sistema financiero mundial post-Segunda Guerra Mundial. Lanzar todas las cargas sobre la parte deudora, corresponde a un enfoque moralizante, seudo-religioso, que complace los prejuicios de alguna gente, pero que, desde el punto de vista económico, resulta un perfecto desatino.

2.En concordancia con lo anterior, tendría que haber procesos de reestructuración de la deuda –tanto los plazos como las tasas de interés– que distribuya costos y pérdidas en forma equitativa.

3.Para poder salir de una situación de elevado déficit y deuda al alza, un requisito indispensable es lograr que la economía crezca y genere empleo. Si, por el contrario, se opta por políticas de austeridad muy restrictivas, la consecuencia inevitable es una economía en recesión y graves problemas de empleo. Ello contrae los ingresos públicos y agranda relativamente la deuda, forzando a nuevas rondas de recortes y aumentos de impuestos. En consecuencia la crisis fiscal se prolonga y los costos de superarla se agrandan. El retroceso de la economía extiende sus devastaciones sobre la sociedad y deja secuelas muy dolorosas y perdurables.

4.Una vía es clave para promover la dinamización de la economía y la generación de empleos: la inversión pública, y, preferiblemente, una inversión pública “verde” que también sea planificada para maximizar su capacidad de creación de empleos. Si lo pensásemos para el caso de Costa Rica, algunas otras cosas podrían complementar –pero jamás sustituir– el esfuerzo de inversión pública (por ejemplo: la baja en las tasas de interés bancarias y la orientación del crédito prioritariamente hacia la producción y generación de empleos).

5.La reforma tributaria que se implemente debería repartir cargas en forma justa y equitativa, y ser diseñada de forma paulatina, de modo que sea coherente –y no se contraponga– a los esfuerzos de reanimación de la economía y el empleo.

6.Y, desde luego, hay que poner en orden lo que deba ponerse en orden: los excesos, despilfarros, ineficiencias y corruptelas deben ser combatidos. Pero esto debe hacerse sobre el telón de fondo de un compromiso claro y firme con la equidad.

7.No olvidemos: que el esfuerzo goce de legitimidad política y aceptación social es indispensable. Y ello solo se logra cuando las cosas se hacen de forma dialógica, transparente y honesta, y se preserva y se hace efectivo el compromiso con la equidad y la justicia.

¿Podríamos ir por el camino de Grecia? Creo que lo que he explicado ayuda a entender que la cuestión depende crucialmente de la forma como se responda a la crisis. Es un paso que debemos dar ya, con urgencia y enérgica decisión.

 

 

Tomado del Blog de Luis Paulino Solís: http://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com

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Lucha social y criterio jurídico complican plan fiscal del gobierno

Entre sábado 29 y domingo 30 de setiembre las organizaciones sindicales que forman parte de la Unidad Sindical acordaron no aceptar el documento de arreglo con el gobierno, que proponía el inicio de una comisión de diálogo sin garantizar que el actual expediente 20,580 sería modificado. Eso implica, como ha circulado en redes digitales, que la huelga continúa.

A ese panorama de lucha social se suman acciones en el campo jurídico, como la presentación de un recurso de amparo por parte de pueblos indígenas por la ausencia de consulta sobre un tema que les afecta, esto, acorde con el Convenido 169 que Costa Rica firmó con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Este documento, compartido en redes digitales, puede consultarse aquí:

Recurso de Amparo de Laura Espinoza Bejarano

A lo anterior, siempre en el campo jurídico, se suma el criterio ya conocido en torno a que el trámite del plan fiscal no ha seguido la ruta correcta, pues al afectar la organización y el funcionamiento del Poder Judicial requiere mayoría calificada (38 votos) y por tanto no se puede aplicar la llamada vía rápida que ha seguido el proyecto.

En este enlace del Semanario Universidad puede conocerse a fondo este tema:

https://semanariouniversidad.com/pais/criterio-de-la-corte-que-podria-traerse-abajo-la-reforma-fiscal/

SURCOS ha publicado material didáctico acerca de este tema, para localizarlo en nuestra página puede utilizar el buscador con las siguientes palabras clave: material didáctico fiscal.

Material didáctico sobre tema fiscal producido en zona de Los Santos

SURCOS comparte este material didáctico sobre el tema fiscal producido por educadoras y educadores de la zona de Los Santos, con la colaboración del sociólogo Osvaldo Durán Castro y el diseñador Pablo Ugalde. Según la información que llegó a este medio, las personas productoras buscaron «elaborar un documento con un lenguaje apropiado para padres y madres de familia».

Impuestos - obligación mal repartida1

Impuestos - obligación mal repartida2

El material fue compartido en redes digitales.