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UNA: conferencia con Marino Protti acerca de la investigación en la Antártica

UNA conferencia con Marino Protti

La Vicerrectoría de Investigación de la Universidad Nacional invita a la conferencia “La cooperación científica internacional como mecanismo para hacer investigación en la Antártica”, la cual será impartida por Dr. Marino Protti el próximo miércoles 5 de abril a las 2 p.m. en el Auditorio Clodomiro Picado de la UNA.

Para más información comuníquese al correo sylvia.arredondo.guevara@una.cr o al teléfono 2277 3907.

 

Enviado a SURCOS por MSc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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UNA: conferencia sobre la situación de los derechos humanos en Costa Rica

UNA conferencia derechos humanos en Costa Rica

La Universidad Nacional invita a la comunidad universitaria y nacional este próximo jueves 30 de marzo a las 10 a.m. en el Auditorio Clodomiro Picado, a la Lección Inaugural Ciclo Lectivo 2017, con la conferencia “Situación de los Derechos Humanos en Costa Rica: logros y restos”, la cual será impartida por la Dra. Montserrat Solano Carboni, Defensora de los Habitantes.

Invitan el Consejo Universitario, Rectoría, Rectoría Adjunta, Vicerrectoría de Docencia, Sede Regional de Chorotega y la Comisión UNA por la Vida, el Diálogo y la Paz.

Confirmar asistencia al correo vidadialogopaz@una.cr o al teléfono (506)2277 3110.

 

Imagen de portada tomada de elflorense.com

Enviado a SURCOS por MSc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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Inconcebible maltrato a las ASADAS

Freddy Pacheco León (*)

 

Existen en Costa Rica unas 1.500 ASADAS (acueductos rurales) que mediante contratos de concesión del vital bien público, abastecen a más de un millón y medio de personas. Son el mejor ejemplo de TRABAJO COMUNAL, de entrega voluntaria por garantizar el acceso al agua a sus comunidades, cuya función no es posible sustituir por municipalidades o el AyA, principalmente.

Pese a la trascendencia de su función, la situación financiera de la gran mayoría de ellas es sumamente precaria, pues aunque el AyA tiene el deber de acompañarlas en su función, generalmente solo lo hace excepcionalmente cuando se presentan problemas. Trabajan literalmente “CON LAS UÑAS”, muchas veces agobiadas por cumplirle a los vecinos que les confían sus gestiones, cual si fueren entes públicos. Merecen ser apoyadas, fortalecidas, comprendidas, acompañadas, valoradas, pero MALOS VIENTOS les anuncian todo lo contrario. ¡Veamos!

Resulta que en el proyecto “Ley para la gestión integrada del recurso hídrico” (expediente Nº 20.212) presentado en la Navidad pasada por los diputados Juan Marín, Antonio Álvarez y otros, se incluyen propuestas que a muchas de ellas les haría IMPOSIBLE cumplir con sus deberes.

En tres artículos se resume ese maltrato que esperamos puedan conocerse al interior de las ASADAS amigas. Junto al artículo 62 que las obliga como “personas jurídicas” a obtener UNA CONCESIÓN para aprovechar el recurso hídrico, en los artículos 110 y 111 se les obliga, ¡primera vez por ley!, a pagar “el canon del recurso hídrico”. A pagar UNA TARIFA por el agua que les es concesionada, que sería determinado y recaudado por el ávido de dinero Ministerio de Ambiente, que sustituiría a la Aresep en esa función, y que por tanto, quedaría a la acción caprichosa del funcionario a cargo de un director de aguas del Minae.

Pago que cubriría el valor que ellos determinarían para sí mismos, como un “INSTRUMENTO ECONÓMICO” que “se calculará según el volumen o CAUDAL del recurso hídrico, superficial o subterráneo”, que es precisamente el sustento fundamental de las ASADAS

Es reconocido ampliamente que tanto el AyA como la Dirección de Aguas del Minae han venido presentando problemas en el manejo de sus finanzas y el cumplimiento de SUS FUNCIONES, situación que es independiente de las ASADAS que, con presupuestos muchísimo menores, abastecen de agua potable a casi dos millones de habitantes. Es injusto pues, que se proponga resolver los problemas de gestión institucional de esos dos entes, estableciendo cargas financieras extraordinarias que evidencian un DESLEAL MALTRATO, de parte de quienes, paradójicamente, tienen que velar por su buen funcionamiento

Creemos que esa “factura”, producto de una sostenida MALA GESTIÓN administrativa no debe cargársele, ¡jamás!, a las organizaciones de acueductos rurales, a quienes, ¡y ellas son los mejores testigos!, las autoridades de ambos entes (AyA y Minae) LES HAN OCULTADO lo que se esconde en ese nuevo proyecto de ley, que insistentemente quieren aprobar, para sustituir la magnífica Ley de Aguas que siendo un legado valioso del Dr. Calderón Guardia, ha sido actualizada sustancialmente a través del tiempo

Como cada vez más los habitantes de Costa Rica comprenden que el agua tiene más valor que cualquier recurso natural no renovable, como el petróleo, por lo que los costarricenses tenemos el deber de defender el AGUA COMO BIEN SOCIAL, accesible en calidad y cantidad suficientes para todos. Así que, en lugar de desestimular a las decenas de miles de personas que se esfuerzan por mantener en función las ASADAS, maltratándolas de esta manera, el gobierno de la República ha de tomar acciones urgentes con el objetivo de fortalecerlas. Si se les obstaculiza su función insustituible, ese malestar podría traducirse en una CRISIS PROFUNDA en el abastecimiento de agua potable, que podría tener consecuencias que el Estado, sin la participación de ellas, quizá no podría resolver

(*)Dr. en Ciencias Biológicas

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de ecoportal.net.

Enviado a SURCOS por el autor.

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Nace en Costa Rica primera niña con técnica de fecundación in vitro desde prohibición en el año 2000

Nicolas Boeglin(*)

 

El pasado 8 de marzo del 2017 nació en Costa Rica la primera niña gracias a la técnica de la Fecundación in Vitro (FIV) (véase nota de Elpais.cr y nota de La Nación).

Se trata del primer nacimiento oficialmente registrado en Costa Rica posterior al fallo del 28 de noviembre del 2012 (véase texto) en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ordenó a Costa Rica reestablecer algún tipo de regulación, que había anulado una cuestionada decisión de la Sala Constitucional en el año 2000 (véase nota del 21 de diciembre del 2012).

La FIV ante un Estado costarricense reiteradamente renuente

Leída y notificada la sentencia del juez interamericano en diciembre del 2012, Costa Rica se mantuvo un primer año sin acatarla (véase nota de El País de España), y un segundo en similar situación. En total, transcurrieron más de dos años y medio sin que las autoridades acataran lo dispuesto en la sentencia. No fue sino hasta que la Corte Interamericana validara el Decreto Ejecutivo No. 39210-MP-S (adoptado por el Poder Ejecutivo en setiembre del 2015), que se reestableció el marco legal, con ocasión de una nueva sentencia sobre ejecución del fallo del 2012, la cual fue dictaminada a finales del mes de febrero del 2016.

Cabe precisar que el Decreto adoptado por el Poder Ejecutivo de setiembre del 2015 fue antecedido por un artículo de opinión de uno de los abogados de las víctimas, Hubert May: el autor hacía ver que, ante el bloqueo existente en la Sala Constitucional y el juego político imperante en la Asamblea Legislativa, el Ejecutivo costarricense estaba plenamente facultado para remediar la situación de vacío legal persistente (véase artículo titulado «El deber de cumplimiento de la sentencia sobre la FIV», La Nación, 31 de agosto del 2015).

Es posiblemente la primera vez en su historia que el Estado costarricense, usualmente activo defensor del derecho internacional, de la justicia internacional y de los derechos humanos en diversos foros internacionales, se coloca en una situación tan incómoda desde la perspectiva del derecho internacional. Una actitud de la que, posiblemente, hayan tomado nota no solamente los órganos del sistema interamericano de derechos humanos, sino la misma comunidad internacional de los derechos humanos, observadores y los demás integrantes de la comunidad internacional como tal.

A lo largo de este extenuante proceso iniciado en el 2001 contra el Estado costarricense por parte de nueve parejas costarricenses ante los órganos del sistema interamericano, muchos elementos y detalles confirman la percepción de un Estado cuyos principales poderes (sea el Ejecutivo, sea el Legislativo, sea el Judicial), se mostraron muy receptivos a los sectores opuestos a la FIV (y poco receptivos al clamor de las víctimas). En la recta final de este interminable recorrido, fue el Poder Ejecutivo el que buscó garantizar los derechos conculcados por el Poder Judicial, una situación a todas luces inédita.

Breves apuntes sobre el «diálogo» entre el juez nacional y el juez interamericano

Con respecto al Poder Judicial, vale la pena traer a la memoria un llamativo episodio que se dio entre el juez constitucional costarricense y la Corte Interamericana de Derechos Humanos: en octubre del 2015, la Sala Constitucional acogió una acción de inconstitucionalidad contra el precitado Decreto Ejecutivo que pretendía regular la FIV, y ello pese a que el mismo tema estuviese bajo estudio en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta cuestionable decisión se tomó en una cerrada votación (4/3) en la Sala Constitucional, motivando a su Presidente, el jurista Gilbert Armijo, a acogerse a su jubilación (ver nota de La Nación).

En su sentencia 2016-001692 del 3 de febrero del 2016, luego de un debate al parecer intenso en su interno (Nota 1), la Sala Constitucional declaró la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo, decisión que fue notificada a la Corte Interamericana el 11 de febrero.

El 26 de febrero del 2016, el juez interamericano confirmaría la plena validez de dicho Decreto Ejecutivo (véase sentencia sobre cumplimiento del 26 de febrero del 2016), no sin antes recordarle a la Sala Constitucional algunas verdades incómodas (párrafos 12 y 20).

Resulta de interés precisar que el 18 de enero del 2016, la Comisión Interamericana optó por remitir un nuevo caso de seis parejas costarricenses a la Corte Interamericana (véase al respecto carta de remisión del caso No. 12.798 oficialmente denominado «Gómez Murillo y otros (Fecundación in Vitro) Vs. Costa Rica)». Este caso se resolvió mediante un arreglo amistoso suscrito el 4 de agosto del 2016 entre las víctimas y Costa Rica, homologado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia del 29 de noviembre del 2016). En el punto 6 de la parte resolutiva (p.18) se fija el 11 de setiembre del 2017 como fecha en la que las entidades a cargo de la salud pública deben cumplir con una serie de exigencias en vistas de garantizar un acceso efectivo a la FIV.

Una inclaudicable tenacidad de las víctimas

Desde el 2001, fue la perseverancia de nueve parejas costarricenses (y la de sus abogados) la que logró finalmente obligar al Estado a reestablecer un marco legal para la práctiva de la FIV en Costa Rica.

Resulta oportuno recordar que, ante los señalamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y en aras de evitar una condena por parte de la Corte Interamericana, los primeros esfuerzos para adoptar una ley datan tan solo de octubre del 2010: se indicó en el 2010 que la elaboración de lo que posiblemente sea el primer proyecto de ley para regular la FIV recayó en funcionarios de la misma Cancillería costarricense. Se lee en esta nota de AlDia del 21 de octubre del 2010 que: «El embajador de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Enrique Castillo, que lideró el proceso de elaboración del proyecto de ley, dijo en rueda de prensa que esta “es una solución de Costa Rica para Costa Rica; hecha tomando en cuenta la idiosincrasia de nuestro país”, afirmó. Castillo señaló a Acan-Efe que la prohibición de manipulación de embriones y óvulos fecundados obedece a que la ley costarricense “protege la vida humana desde antes del nacimiento”. No se tiene claridad sobre el punto de saber si este primer proyecto fue debidamente consultado con entidades médicas de Costa Rica, ni quiénes fueron los especialistas que lo elaboraron.

Finalizado el plazo otorgado a Costa Rica, la Comisión decidiría finalmente remitir el caso a la Corte en julio del 2011 (véase carta remitida a la Corte Interamericana con fecha del 29 de julio del 2011). En mayo del 2012, quedaría electo como Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo el diputado Justo Orozco (véase nota de La Nación), confirmándose la hábil estrategia de influyentes sectores opuestos a una regulación de la FIV en Costa Rica.

De manera a apreciar el tiempo transcurrido desde la presentación de una petición inicial ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en enero del 2001, remitimos al lector a la ficha técnica del caso oficialmente denominado «Artavia Murillo y otros (Fertilización in vitro) Vs. Costa Rica». En el 2010, Grettel Artavia fue declarada personaje del año por La Nación (véase entrevista disponible aquí).

«Siento que los años se me van de las manos» son palabras de Grettel Artavia extraídas de esta entrevista que traducen bien la lancinante angustia de las mujeres afectadas por la falta de regulación de la FIV ante el inexorable paso del tiempo. De manera a conocer a tres de estas perseverantes parejas, remitimos al lector a un detallado documental, «El deseo más grande», el cual se estrenó en Costa Rica en un canal universitario (Canal 15 UCR) en agosto del 2015 (véase extractos).

Nos permitimos reproducir los nombres de las víctimas, tal como aparecen oficialmente registrados en el sitio de la Corte Interamericana, en honor a esta ejemplar tenacidad y profunda confianza en el derecho internacional que demostraron, y ello pese (en el caso de varias parejas) a los largos años de espera que les significaron abandonar su proyecto de procrear de manera artificial: Grettel Artavia Murillo, Miguel Mejías Carballo, Andrea Bianchi Bruna, Germán Alberto Moreno Valencia, Ana Cristina Castillo León, Enrique Acuña Cartín, Ileana Henchoz Bolaños, Miguel Antonio Yamuni Zeledón, Claudia María Carro Maklouf, Víktor Hugo Sanabria León, Karen Espinoza Vindas, Héctor Jiménez Acuña, María del Socorro Calderón Porras, Joaquinita Arroyo Fonseca, Geovanni Antonio Vega Cordero, Carlos Eduardo de Jesús Vargas Solórzano, Julieta González Ledezma y Oriéster Rojas Carranza.

Una estrategia riesgosa del Estado ante los órganos interamericanos

Cabe indicar que las autoridades de Costa Rica presentaron varias excepciones preliminares con la finalidad de evitar a toda costa que los órganos del sistema interamericano se pronunciaran sobre el fondo del asunto: como ya tuvimos la oportunidad de indicarlo en una reciente nota sobre otro caso aún pendiente de resolución ante el juez interamericano contra Costa Rica, «…el recurso a esta figura legal debiera ser siempre objeto de una cuidadosa valoración por parte de los Estados: intentar evitar que la justicia internacional se pronuncie no siempre es bien percibido por parte del juez internacional, puede incluso llegar a indisponerlo» (Nota 2).

Nótese que, al momento de redactar estas breves líneas, las entidades públicas de salud de Costa Rica aún no disponen ni de especialistas ni de la infraestructura necesaria: desde el mes de diciembre del 2012, sus jerarcas no parecieran haber tomado las previsiones del caso, por lo que son clínicas privadas las que, hasta el momento, están autorizadas para ofrecer este servicio a parejas que lo soliciten. Se prevé, según algunas declaraciones dadas en la prensa por personeros de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) que el sistema de salud pública costarricense podría ofrecerlo en el 2018. En la precitada nota de La Nación se lee por parte de uno de los abogados que llevó este caso ante las instancias interamericanas que: «Solo estamos a la espera de que la Caja cumpla».

A modo de conclusión

Externamos a los orgullosos padres de María José nuestras más sinceras felicitaciones, esperando que otras parejas costarricenses que quieran procrear mediante el recurso a esta técnica asistida logren prontamente realizar sus anhelos más preciados. Estos fueron pospuestos en Costa Rica para muchas otras parejas, y ello durante más de 16 años, en razón de una sentencia dictaminada en marzo del año 2000 por cinco magistrados constitucionales contra el criterio de dos de sus colegas, siendo una de las dos valientes voces disonantes, la de la única mujer integrante del máximo órgano constitucional, la magistrada Ana Virginia Calzada.

 

–Notas–

Nota 1: Se lee al final de esta decisión de la Sala Constitucional que: «Los Magistrados Jinesta Lobo y Hernández López salvan el voto y rechazan de plano la acción planteada por considerar que la Sala Constitucional no tiene competencia para pronunciarse sobre el mismo objeto procesal, que pende simultáneamente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros, en razón de la audiencia de supervisión de cumplimiento convocada al efecto, y hasta tanto ese tribunal no emita pronunciamiento. Lo anterior con el fin de preservar la integridad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos del cual nuestro país forma parte. El Magistrado Cruz Castro expone razones adicionales y se separa del voto de mayoría respecto del dimensionamiento, manteniendo vigente el Decreto Ejecutivo objeto de esta acción, hasta tanto el Parlamento apruebe la ley de fecundación in vitro. Los Magistrados Rueda Leal y Hernández Gutiérrez ponen notas separadas» (véase voto 2016-001692 del 3 de febrero del 2016).

Nota 2: Véase nuestra breve nota BOEGLIN N.,»Caso Manfred Amrhein y otros vs Costa Rica: Costa Rica presenta excepciones preliminares», Debate Global, edición del 24/02/2017, disponible aquí.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

«Reflexiones sobre la omisión de socorro en accidentes de tránsito»

Luis Ángel Salazar Oses

 

Indudablemente los seres humanos no somos autosuficientes, esto es, nos necesitamos mutuamente para sobrevivir y progresar como individuos y como especie. Con la naturaleza, indispensable madre nutricia, tenemos obviamente una relación de interrelación igualmente imprescindible.

Este conjunto de relaciones no puede ser anárquica pues el desorden nos haría imposible la existencia por lo que, comprendiéndolo, nuestra especie inteligentemente ha venido desarrollando a través de su historia diferentes clases de normas, que hoy se conjuntan básicamente en tres grupos a saber: éticas, jurídicas y religiosas. Así las cosas cada persona adopta como guía para desarrollar su vida social uno, dos o los tres conjuntos estos y, si los cumple, muy posiblemente tenga una vida personalmente muy satisfactoria y socialmente productiva y feliz.

Aunque convencionalmente se plantea que las normas éticas tienen su origen en la reflexión filosófica, las jurídicas en el debate político y las religiosas en la inspiración generada por dios, en lo personal creo que su origen es más complicado y se hunde en los factores económicos, políticos, sociales y culturales de cada época pero, dilucidar este proceso requiere de muy extenso y detallado análisis que excede las limitaciones de espacio y tiempo que este artículo permite.

Lo que deseo destacar en esta oportunidad desde el principio es que, en los tres grupos normativos, la protección a la vida humana ocupa un sitio preponderante y esto porque, sin ella, todo el resto de normas carece de sentido ya que, evidentemente, quien fallece no puede cumplirlas ni disfrutar el beneficio que esto produce. En el campo estrictamente filosófico, la vida humana es una especie de alfa y omega, en el campo jurídico es el principal valor a tutelar y, en el campo religioso por ejemplo, Jesucristo, resume todos los anteriores mandamientos en dos: «amarás a dios sobre todas las cosas y a tu prójimo como a ti mismo».

De todo lo anterior se desprende claramente la imperiosa necesidad, la ineludible obligación y el incuestionable deber de proteger la vida de nuestros semejantes y la propia, en todo momento, lugar y bajo cualquier circunstancia y, ese deber se extiende, diluido bajo la forma de la protección ecológica, al resto de la Naturaleza pues de su salud depende también la de la Humanidad misma. Por todo lo plantado hasta aquí, se me hace cada día más difícil comprender y, mucho menos perdonar, esa decisión que toman algunas personas de huir cuando han participado en un incidente de tránsito -«hecho en el cual se produce daño a personas o cosas, en ocasión de la circulación en la vía pública»- dejando abandonados a su suerte a otros seres humanos que, cuando la situación es muy grave, podrían haber salvado sus vidas o evitado una discapacidad permanente, con una pronta y adecuada atención médica.

En el ordenamiento jurídico costarricense, la opción de darse impunemente a la fuga se posibilita «estirando» un poco, y a conveniencia, el artículo 205 de la Ley No. 7594 del 10 de abril de 1996, denominada «Código Procesal Penal». Dicho artículo se fundamenta -pues en lo esencial lo repite- en el artículo 36 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, del 7 de noviembre de 1949 y que reza: «En materia penal nadie está obligado a declarar contra sí mismo, ni contra su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales hasta el tercer grado inclusive de consanguinidad o afinidad».

En lo personal, considero que esta forma de justificar la fuga es típica del sistema económico y político vigente capitalista neoliberal pues, es una adecuación para el caso de aquel cínico precepto vigente en él que dicta: «haz todas las riquezas que puedas honradamente y, cuando no se pueda por esta vía, síguelas haciendo ilegalmente que, mientras no te pillen, no tendrás problema alguno y, si los tienes, consíguete una buena asesoría jurídica y convenientes «patas» políticas y el asunto no pasará a más».

Como plantee en el primer párrafo de este artículo, y ahora lo recalco enérgica y radicalmente, para merecer digna y decorosamente el título de humanos y mantener nuestra esencia como tales, necesitamos respetar fielmente al menos un grupo de normas a escoger entre éticas, jurídicas o religiosas destacando que las tres plantean, incuestionablemente, que la vida humana es el máximo valor a proteger pues, sin ella, todos los demás carecen de sentido, lo que significa que no existe motivo válido alguno para dejar de proteger la vida por lo que, y en esto seré inclaudicablemente exigente, quien incumple ese deber supremo, se descalifica como humano y de golpe desciende, más abajo de lo animal, a una categoría de entes incalificables. Posiblemente algunas y algunos opinarán que estoy siendo muy severo y que me excedo demasiado al darle estos calificativos a quienes se evaden pero, luego de un análisis objetivo y concienzudo de las posibles razones para hacerlo, no he encontrado sustento para excusar válidamente esta terrible conducta.

Las excusas con las que se pretende exculpar a quienes se escapan, dadas por quienes defienden su inocencia, se pueden resumir en tres, a saber: miedo de enfrentar la escena del incidente y de asumir sus consecuencias; lo peligroso de la zona donde sucede y, la posibilidad, dada la incompetencia de las autoridades que realizan las pesquisas, de no ser descubiertos. La primer excusa no se justifica pues, quien asume el papel de conductor de cualquier vehículo de transporte debe entender, incluso antes de hacerlo, que con este rol vienen ineludiblemente implícitos una serie enorme de riesgos y deberes, siendo uno de los peligros más frecuentes el de participar como actor, incluso principal, en un acontecimiento de tránsito con víctimas mortales y, su obligación inmediata, la de socorrer para preservar la vida de quienes sobrevivan. La posibilidad de que lo anterior ocurra en una zona habitada por personas que, ya sea por venganza o, por deseos de asaltar y robar a quien conduce el vehículo generador del hecho, lo ataquen, más bien multiplica la necesidad de pedir auxilio inmediato y, finalmente, la última excusa no es tal sino parte de la irresponsabilidad que jamás puede integrar la conducta de un automovilista que se precie de serlo.

Quien reuse el deber de socorrer no tiene entonces excusa alguna y, al evadir el mandato fundamental de cualesquiera de los grupos de normas supra citadas, incuestionables como vimos para la ineludible convivencia humana, se convierte en máximo violador de los Derechos Humanos, en supremo delincuente y en un irredimible pecador que, automáticamente se autoexcluye de la comunidad humana. Así que, si se convierte en autor de un incidente de tránsito, jamás huya del lugar de los hechos omitiendo el supremo mandato de socorrer inmediatamente a las víctimas y, si ya lo ha hecho, y hoy está evadiendo esta suprema obligación, aunque nadie se halla enterado, preséntese inmediatamente ante las víctimas y las autoridades y asuma totalmente sus responsabilidades pues, de lo contrario, ya no califica como ser humano y, si esto no le importa, simplemente se ha convertido en un monstruo fatalmente peligroso para la humanidad, sus amigos y su familia.

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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UNA: Uber, un árbol que no nos debe impedir ver el bosque

Programa Martes Económicos UNA

Diego Zárate Montero*

 

Los acontecimientos más recientes sobre las operaciones de Uber en Costa Rica, evidencian que en nuestro país aún no ha sido enfocado el tema subyacente que motiva tantas polémicas y disturbios, a saber, el surgimiento de las economías colaborativas con modelos de negocio que cuestionan la institucionalidad de la mayoría de países a nivel mundial.

Las economías colaborativas (o “sharing economies” en la literatura anglosajona) son formas de asociación económica, cuya estructura fundamental son las redes creadas mediante las plataformas de comunicación originadas por avances tecnológicos. Estas redes permiten que usuarios y colaboradores establezcan relaciones entre sí para optimizar el uso de sus recursos ociosos. Tal es el caso de la comercialización del excedente de energía producida mediante paneles solares en los techos de las viviendas, o el uso de vehículos privados para movilidad de personas, como Uber, Cabify o Blablacar.

Las economías colaborativas han sido tipificadas claramente en cuatro actividades principales: conocimiento, producción, consumo y finanzas. En cada una de ellas se ha abierto el debate sobre la manera en la que las legislaciones de los países se ajustan o no a los modelos de gestión y de negocio de las empresas que han encontrado en ellas un nicho de mercado. Por ejemplo, el enriquecimiento comunitario de semillas es una forma de producción colaborativa que ha enfrentado muchas disputas debido a los derechos de propiedad intelectual.

Los principales retos de fondo que plantea la operación de empresas basadas en economías colaborativas, tienen que ver con cuatros asuntos: a) el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de consumidores, colaboradores y las empresas; b) la regulación laboral y la seguridad social entre los colaboradores y las empresas; c) la protección de los usuarios, los cuales solo tienen como salvaguardia la confianza que le tienen a la empresa y; d) el cumplimiento de la legislación nacional específica para el tipo de actividad que realizan las empresas, por ejemplo disposiciones ambientales o la obligatoriedad del pago de seguros como es el caso del transporte público.

Uber ha sido clasificado dentro de las actividades de consumo colaborativo, ya que permite que quienes no se encuentran utilizando su vehículo puedan rentarlo a otros conductores para que puedan usarlo y transportar a personas de manera remunerada. Esta característica del servicio, que ofrecen tanto Uber como Cabify, ha entrado en conflicto con la regulación de los servicios públicos y de la libertad del comercio en el sector privado.

El problema de desconocer la importancia creciente de las economías colaborativas es que se renuncia a atender los retos y riesgos que implican para los colaboradores, los consumidores y las obligaciones con el estado. En el caso de Uber, con excepción de un proyecto de ley, nuestro país no ha avanzado en dar solución a estos conflictos, los cuales por ahora se relacionan con esa empresa pero no tardarán en presentarse cada vez en más servicios.

Más allá de los asuntos jurídicos puramente técnicos del último fallo de la Sala Constitucional sobre la ley que regula el servicio público de transporte remunerado de personas en la modalidad taxi (Seetaxi), es importante entender los cambios que se han introducido en las dinámicas económicas gracias a las tecnologías de la información y que tienen un auge cada vez mayor en los países de renta alta.

Los retos que plantean las economías colaborativas exigen que sean abordados con visión de largo plazo, ya que estas innovaciones no pueden ser abolidas mediante decreto. Es indispensable que los derechos, tanto de los trabajadores y colaboradores como de los consumidores, sean resguardados por una legislación pertinente a los cambios introducidos por las nuevas tecnologías. ¡Que Uber no sea un árbol que nos impida ver el bosque!

*Observatorio de la Coyuntura Económica y Social, Escuela de Economía UNA.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de renderasbusiness.com

Enviado a SURCOS por Oficina de Comunicación UNA.

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Presentación del Manual de Bioética para Periodistas

Comunicado del Tribunal de Honor y Ética

 

La Cátedra Alberto Cañas Escalante del Tribunal de Honor y Ética del Colegio de Periodistas de Costa Rica, la Cátedra de Bioética y Derechos Humanos de la Universidad Técnica Nacional-UTN, el Programa Regional de Bioética y Ética de la Ciencia para América Latina y el Caribe de UNESCO y la Oficina Regional de Ciencia para América Latina y el Caribe-UNESCO Montevideo, les invitan a la Conferencia de Presentación del Manual de Bioética para Periodistas como una iniciativa para capacitar periodistas y profesionales en comunicación en temas de Bioética.

La presentación del Manual se llevará a cabo el miércoles 22 de marzo a las 6.30 pm en el Auditorio del Colegio de Periodistas (Sabana Este) y estará a cargo de la Dra. Susana Vidal, especialista del Programa Regional de Bioética y Ética de la Ciencia para América Latina y el Caribe de Unesco, integrante de la Oficina Regional de Ciencias para América Latina y el Caribe y de la Red Bioética UNESCO.

El objetivo principal es brindar los marcos de referenciales actuales, competencias, protocolos y tendencias en el ámbito de la Bioética que los profesionales de los medios de comunicación deberían tener para informar de manera adecuada a la comunidad sobre temas éticos que involucran la vida en general y la salud humana en particular y que están atravesados por conflictos de valores, creencias, principios o derechos.

Este Manual incluye temas de bioética clínica como son los que emergen del comienzo y el final de la vida humana, (aborto, fertilización asistida, directivas anticipadas, muerte digna, trasplantes de órganos), o de ética de la investigación, (los límites que debe tener la investigación en la que participan seres humanos, los derechos de los pacientes y las obligaciones de investigadores, gobiernos y empresas farmacéuticas), las cuestiones relacionadas al medio ambiente, (como el cambio climático, la contaminación con agroquímicos, los alimentos transgénicos, el desarrollo tecnológico y los riesgos para el planeta), y todo el gran espectro de temas sociales tan frecuentes en nuestra región como la exclusión social, la discriminación, la pobreza, la inequidad y, fundamentalmente el derecho a la salud. Estas, entre muchas otra cuestiones que son parte de la agenda bioética tal cual la entiende la UNESCO como un área de conocimiento que se aborda desde el enfoque de los derechos humanos y por tanto desde un paradigma más amplio que lo puramente biomédico.

Para que la comunidad sea parte activa en la toma de decisiones relacionadas es necesario que esté informada de manera adecuada, transparente y responsable. Tanto a los problemas ético médicos, como a los que emergen de nuevas intervenciones biotecnológicas, de la investigación con seres humanos y en la propia naturaleza, (con alimentos genéticamente modificados, productos químicos potencialmente dañinos) con formas cada vez más complejas de explotación de los recursos naturales en un planeta que va dando signos graves de alerta, así como finalmente los problemas sociales locales, regionales y globales, son solo ejemplos de un mundo complejo donde las decisiones involucran cada vez más valores ético sociales que son patrimonio de la comunidad y no solo de sectores de interés.

El rol de los periodistas y profesionales en comunicación en la democratización del conocimiento es fundamental en los tiempos actuales, porque permitirá que esos saberes se transformen en vías de participación efectiva de la sociedad civil en la toma de decisiones. Una sociedad informada podrá ser activa reclamando por sus derechos en los temas involucrados.

 

Mayor información:

Área de Proyección-COLPER: comunicacion@colper.or.cr / o al 2233-5850 ext. 42

Si desea asistir a esta presentación por favor complete el siguiente formulario

https://goo.gl/forms/> gcBzzFn0n7xhd4A93

Presentacion del Manual de Bioetica para Periodistas

Enviado a SURCOS por MSc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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Jorge Mora Portuguez: MOPT lanza criminal campaña contra ciclistas

M.Sc. Jorge Mora Portuguez (*)

 

Al promover que los ciclistas circulen en fila india y al lado derecho del carril, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) está provocando una verdadera masacre en las carreteras. Prácticamente se les está dando luz verde a los conductores para que agredan a los ciclistas que circulan por el centro del carril (como técnicamente debe ser).

El lado derecho del carril coincide con los puntos ciegos de los automóviles y camiones. Así es como ocurren la mayoría de atropellos a ciclistas; que son engañados haciéndoles creer que ese es el lugar más seguro para circular.

Las disposiciones de la Ley de Tránsito sobre este tema son técnicamente incorrectas. El derecho a la vida y a la integridad personal, tutelado constitucionalmente, está por encima de cualquier disposición legal equivocada.

Los ciclistas, individualmente, o en grupo, deben circular por el centro del carril. Esta es la posición más segura y la técnicamente correcta; tal y como lo establecen todos los manuales de ciclismo urbano, e incluso la legislación comparada de los países más avanzados.

Los automóviles deben dejar una distancia de 1,5 metros al adelantar a un ciclista, o a un grupo de ciclistas. De no ser posible, deberán esperar, como lo hacen cuando van detrás de un bus, de un furgón o de cualquier otro vehículo más lento.

Los ciclistas pueden y deben colaborar con el tránsito, haciéndose a un lado, cuando sea posible, para que los vehículos puedan adelantarles; pero nunca a costa de poner en riesgo su propia vida.

Los conductores de automóviles están en la obligación ética y legal de proteger a los usuarios más vulnerables de la vía. Cuando se topen con ciclistas, peatones o animales, deben reducir la velocidad y maximizar las precauciones. Uno o dos minutos más de tiempo pueden salvar muchas vidas.

Los automóviles pagan un derecho de circulación (marchamo) debido a los altos costos ambientales, sociales y económicos que provocan (contaminación, ruido, emisiones, estrés urbano, enfermedades cardiorrespiratorias, sedentarismo, sobrepeso, elevados costos en combustibles para el país, etc.); así como por el impacto que ocasionan sobre la capa asfáltica, que requiere de elevados mantenimientos anuales.

Este marchamo no es una patente de corso, que les dé ningún derecho, o privilegio sobre otros usuarios de la vía; mucho menos a pasarles por encima, o a agredirles. Solo es un mecanismo de compensación por el impacto que generan. Por ley los peatones y ciclistas tienen prioridad de paso.

Las bicicletas por el contrario son vehículos limpios, silenciosos, sanos, que no generan impactos sociales o ambientales negativos, que mejoran la salud de las personas, contribuyen a reducir los congestionamientos viales y los tiempos de viaje, así como el estrés y la violencia urbana. Por eso su uso está siendo incentivado masivamente en los países más desarrollados y avanzados del mundo.

Debe cesar la brutal campaña represiva y de criminalización del uso de la bicicleta, que han lanzado las actuales autoridades del MOPT y la Policía de Tránsito; pero sobre todo debe detenerse esta campaña publicitaria, totalmente equivocada y criminal que solo más víctimas está provocando.

En su lugar, se deben generar las condiciones de infraestructura, de sensibilización, de control y regulación que permitan el uso masivo de la bicicleta como medio de transporte urbano; que junto a los sistemas públicos, como el tren y los buses interconectados, son la verdadera solución al grave caos vial y ambiental que padecen nuestras ciudades y centros poblados, provocado por el uso masivo del automóvil particular.

(*) Especialista en derecho ambiental y movilidad urbana sostenible.

 

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Chambonada macabra

Dr. Freddy Pacheco León

Chambonada macabra

En San José, desde el siglo XIX, existe un cementerio dedicado a la memoria del Padre Francisco Calvo, destacado dirigente histórico de la Logia Masónica y extraordinario sacerdote de la Iglesia Católica. Cementerio que administra la Municipalidad de San José y que, a diferencia de los cementerios tutelados por la Junta de Protección Social, ha estado “de la mano de Dios” desde hace unas dos décadas.

Cementerio conocido con el nombre de “CEMENTERIO DE LOS POBRES” pues a él acuden a darle cristiana sepultura a sus seres queridos, compatriotas que por su extrema pobreza ¡no tienen ni donde caer muertos!, y a donde el Poder Judicial entierra anualmente, más de un centenar de cadáveres abandonados en la morgue. Asimismo, lugar de entierro de los muchos restos humanos hospitalarios. Cementerio en fin, que cumple una función de indiscutible importancia, en medio de una ciudad en la que el DÉFICIT DE NICHOS funerarios ha acelerado el negocio de los cementerios privados, que ofrecen sus servicios a precios impagables para muchos ciudadanos.

Hace unos años (a propósito de una investigación cuidadosa de la Defensoría de los Habitantes y la Sala Constitucional) se tuvo claro que en un cementerio tan antiguo, donde por la pobreza de la gente, los cadáveres se han enterrado a unos dos metros de la superficie, podrían existir en el lugar MILES DE DIFUNTOS. Restos humanos que es imposible ubicar desde la superficie, pues por órdenes de la Alcaldía de San José, en un área de 16.000 m2 que se quiere “urbanizar”, se extrajeron todas las cruces, lápidas, floreros, y cualquier otra estructura de cemento, antes de proceder a prohibir la corta del zacate. Ello para eventualmente describir esa gran área como “charral” o “LOTE apto para construir” colindante con el Cementerio Calvo, según se inscribiera por una notaria de la Municipalidad en el Registro Público, antes de que la Sala IV ordenara la anulación de esa ilegal acción.

Ahora bien, desde la primer semana en que el alcalde regresó al gobierno municipal, ¡volvió a la carga! con su proyecto urbanístico, después de la frustrada intención de construir en esa parte del camposanto en el 2011, tres torres de apartamentos y una torre de oficinas y locales comerciales, ¡sin importar la presencia de la gran cantidad de restos humanos!, para lo cual, su Concejo Municipal había aprobado LA VENTA de esa parte del camposanto en ø1.600 millones.

Así, por esas cosas de la política partidaria extraña que se mueve al interior de la Asamblea Legislativa, un grupo de diputados han interpretado indebidamente, LO SAGRADO CON LO PROFANO. Para ellos, un hecho “irreverente, contrario al respeto que se debe a las cosas sagradas” propio de lo profano, ha de privar por sobre lo sagrado, o sea, a lo que es “venerable por alguna relación con lo divino, con lo es digno de respeto por lo que representa”. Mezcla que han hecho para justificar la aprobación en comisión legislativa, de un proyecto que le permitiría a la Municipalidad de San José, hacer uso de esa parte del parte del camposanto para construir allí… ¡CUALQUIER COSA! que tenga que ver supuestamente, con actividades tecnológicas, de las que ni el alcalde tiene idea. Pretexto como el usado en el 2011, cuando para entonces se dijo era para construir “una villa olímpica”, sin que fuere cierto.

EL PAPA FRANCISCO nos representa cuando dice que “un cementerio es triste, nos recuerda a los nuestros que se fueron, nos recuerda el futuro de la muerte. Pero en esta tristeza les traemos flores como un signo de esperanza. NOS DETENEMOS CON FE ante las tumbas de nuestros seres queridos, rezando también por los difuntos que nadie recuerda”. Por eso, no en vano, cada 2 de noviembre, los cementerios (incluyendo el Cementerio Calvo) se llenan de flores y oraciones.

Quien está muy lejos de representarnos, es el diputado Jorge Rodríguez Araya, uno de los promotores del proyecto, para quien “la osamenta de que tanto hablan ustedes es muy común, uno simplemente va, toma los huesos, los clasifica, pues al fin y al cabo ESO ES UNA OSAMENTA. ¡Quienes creemos en Dios sabemos que ESO no significa absolutamente nada! Esto no es una cuestión de religiosidad o creencias, sino DE CONVENIENCIA para el país”.

Convocado el proyecto a sesiones extraordinarias por el Poder Ejecutivo, y defendido por diputados de diferentes fracciones, que hacen mayoría en la Comisión de Gobierno y Administración, hacemos un esfuerzo por alertar a la comunidad católica y de otras denominaciones religiosas, así como a los que no profesan religión alguna, a conocer lo que se está tramando en sede legislativa.

Sorprendidos asimismo, por el “silencio sepulcral”, HASTA AHORA, de la jerarquía nacional de la Iglesia Católica, ¿Qué dirá el Santo Padre que vive en Roma?, como dice un canto.

Mientras tanto, la autorización para esa “chambonada macabra” sigue caminando aceleradamente, gracias a unos cuantos legisladores (como Antonio Álvarez Desanti) para quienes el interés político electoral, está por encima de lo sagrado; por encima del respeto que hemos de guardarle a los santos difuntos.

 

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I Seminario Regional sobre Decolonialidad “Francisco Gutiérrez”

Decolonizando la cotidianidad – Cotidianizando la decolonialidad

«La búsqueda de alternativas a la conformación profundamente excluyente y desigual del mundo moderno exige un esfuerzo de deconstrucción del carácter universal y natural de la sociedad capitalista-liberal»

Edgardo Lander

I Seminario Regional sobre Decolonialidad

El I Seminario Regional sobre Decolonialidad apuesta al diálogo transdisciplinario superando la visión de fronteras rígidas que tradicionalmente se promueven desde el modelo académico occidental. En esta perspectiva se propone una visión alternativa de lo cotidiano como espacio de conocimiento y relación que se entreteje en la decolonialidad del ser. Es por ello que se organiza la reflexión crítica entorno a bucles emergentes que invitan a la articulación de propuestas creativas de ponencias.

Dónde

Instituto Monteverde, contiguo a la Fábrica de Quesos, Monteverde, Puntarenas, Costa Rica.

Cuándo:

Viernes 19 de mayo de 2017 a las 4 p.m.

Sábado 20 de mayo de 2017 a las 6 p.m.

 

*Para mayor información, ponerse en contacto con Francisco Burgos: seminariodecolonialidad@gmail.com; o ingrese a la sitio www.seminariodecolonialidad.com

*Cupo limitado. Para registrarse acceda a https://www.seminariodecolonialidad.com/registro

 

 

Organizadores y colaboradores:

Universidad Nacional Colectivo Búcaro; Prescott College; Instituto Monteverde; Universidad La Salle; Universidad de Costa Rica; Universidad Técnica Nacional; Escuela de Amigos Monteverde.

 

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