La Vicerrectoría de Extensión como instancia rectora de la acción sustantiva de la Extensión Universitaria de la UNA, invita al III Congreso de Extensión Universitaria: Universidad Nacional dialogando en territorios. Concepto y Políticas de extensión 2018-2028.
El Congreso se realizará del 21 al 23 de noviembre, 2017 en el Campus de la Universidad Nacional en Pérez Zeledón.
Un espacio académico para el debate, el diálogo, la reflexión del porvenir, retos, aciertos y desafíos que enfrenta la acción sustantiva universitaria con especial interés en la Extensión y su relación con una sociedad cada vez más compleja y cambiante que demanda en el quehacer académico, integralidad y crítica. Además de una institucionalidad que amerita de mayor intelectualidad para hacer frente a la complejidad social.
Podrá participar personal académico, administrativo, estudiantes, egresados, profesionales jubilados con trayectoria como extensionistas de la Universidad Nacional así como representantes de comunidades e instituciones que han participado en proyectos con la UNA que formulen una ponencia que responda a uno de los ejes temáticos establecidos para este Congreso.
Se insta al Congresista a la articulación de esfuerzos entre representantes de comunidades e instituciones en la postulación de la ponencia.
Este congreso dará la oportunidad de aportar el saber, el pensar y el sentir de la extensión universitaria en la UNA, con el fin de cumplir de manera pertinente su misión como la Universidad Necesaria en la sociedad actual.
Hay bastantes acusaciones sobre el involucramiento de los últimos cuatro gobiernos estadounidenses en la gestación, crecimiento y amamantamiento de la mayor bestia creada por la humanidad en la era actual, llamada en árabe DAESH, o en español Estado Islámico. Pese al crecimiento y al rechazo internacional de ese monstruo, los EUA, ahora encabezado por un peculiar presidente, le sigue apoyando, disque clandestinamente. No obstante, es públicamente sabido que la Coalición liderada por este gobierno, le sigue fortaleciendo en Siria, en Afganistán y en Irak. Se sabe que Israel, Arabia Saudita y Turquía le han brindado protección y armas a las bandas de Daesh.Pese al amplio conocimiento que hay sobre el involucramiento de la Coalición contra «el terrorismo», que integran algunas naciones europeas, éstas siguen adentro. Y crease o no, el gobierno de España está allí, activa también. Vergonzosamente, el gobierno de Panamá, único de América Latina tiene a sus jóvenes soldados en esa labor.
Después de lo acontecido en Barcelona, España, esta semana, y aprovechándose de algunas afinidades con esa cultura, el gobierno de Trump está solicitando a los gobiernos de latinoamérica involucrarse en la guerra «contra Daesh», haciéndonos creer que ignoramos sus verdaderas intenciones en la guerra que ellos provocaron en Medio Oriente. Sabemos bien que ha estado perdiendo su batalla contra el gobierno Sirio, por el apoyo obtenido por éste de parte del ejército y gobierno Ruso. Sabemos que las acciones militares de esa Coalición han ido contra poblados sirios y contra la población de Yemen, en solidaridad con Arabia Saudita, una dinastía que dista mucho de ser democrática.
Ahora EE.UU. urge a los países latinoamericanos que se sumen a la coalición internacional contra Daesh, ‘uno de los grandes peligros’ que enfrenta Washington. Pero los medios corporativos nos tratan de persuadir, pues dicen que el Monstruo está por actuar en nuestros territorios. No deja de ser cierto que ha habido amenazas anteriores de Daesh para actuar con su terror en México y Brasil, pero nosotros no dejamos de sospechar que es con el interés de lograr nuestro involucramiento en esta guerra estadounidense, con intereses de sus grandes corporaciones.
Al fracasar su vicepresidente Mike Pence en involucrarnos en una guerra contra Venezuela, como es su estilo, sacó su segunda carta, invitándonos a involucrarnos en su larga guerra de Medio Oriente. La inteligencia de las transnacionales petroleras no pierde oportunidad, ahora nos dicen que debemos solidarizarnos con Washington, porque entre las víctimas de Barcelona hay latinos. Y tienen algún grado de razón, puesto que muchos latinos somos muy emotivos, pero si nos tranquilizamos y vemos lo que hay detrás de todo esto, de ninguna manera queremos participar en una guerra suicida ajena que libran otros intereses y actores.
Por larga experiencia sabemos que algunos gobiernos aceptarán la «invitación», puesto que ese Tío Sam extorsiona a quien se le opone y busca doblegar con violencia a quienes se le cruzan en su camino. Mientras no se tiene dignidad y se defienden nuestros principios y soberanía, esto ocurrirá. Sería una pena ver a nuestra juventud, a nuestros vecinos y familiares entregando su sangre por causas extrañas.
Tampoco creemos que la administración de Trump ha desistido de encontrar como involucrarnos en la caída del actual gobierno venezolano. Pronto vendrá con otra propuesta.
Este 16 de agosto del 2017, entró en vigor la Convención sobre Mercurio suscrita en el 2013, adoptada en la localidad japonesa de Kumamoto. Kumamoto es la pequeña ciudad en la que la se ubicó la corporación Chisso que optó por verter grandes cantidades de mercurio en los años 40 y 50, impactando la Bahía de Minamata, y sus pobladores. Minamata alude a esa pequeña comunidad costera japonesa que se dio a conocer mundialmente cuando se confirmó en 1956 una de las peores tragedias humanas causadas por este metal pesado, al consumir sus integrantes peces con altos niveles de mercurio.
Foto extraída de la presentación de la Dra. Astrid Andersen (Dinamarca), «La enfermedad de Minamata», filmina 24.
En este estudio sobre los alcances en Japón de la enfermedad de Minamata y las acciones legales que se debieron de interponer, incluso hasta el 2013, para obtener compensaciones para las víctimas, se lee que:
«Hasta finales de mayo del 2013, el número total de pacientes certificados era de 2.977 (1.784 en la Prefectura de Kumamoto, 491 en la Prefectura de Kagoshima y 702 en la Prefectura de Niigata), de los cuales 646 (330 en la Prefectura de Kumamoto, 130 en la Prefectura de Kagoshima, y 186 en la Prefectura de Niigata) siguen con vida. Mientras tanto, el 16 de abril de 2013 el Tribunal Supremo dictó una sentencia para dos casos que demandan la anulación de las decisiones respectivas del gobierno de rechazar la solicitud de la certificación bajo la Ley de Indemnización» (página 10).
La Convención sobre Mercurio en breve
A partir de reuniones de expertos de la FAO y de la OMS sobre los daños a la salud humana provocados por el mercurio (véase nota del 2003), se hizo imperioso contar con un instrumento internacional vinculante con respecto a esta sustancia. Las negociaciones sobre su conveniencia y luego sobre su contenido duraron diez años. El convenio suscrito en el 2013 (véase texto y anexos, versión en español) establece una serie de obligaciones para prevenir daños a la salud humana en los Estados partes causados por el mercurio limitando o prohibiendo su uso. El artículo 7 refiere a obligaciones relacionadas a la extracción de oro artesanal y a pequeña escala.
Se prevé también un sistema de limitaciones progresivas a la producción e importación de ciertos productos que contienen mercurio. Al respecto, la fecha del 2020 estipulada en el Anexo 1 obliga a tomar medidas comerciales a mediano plazo. Hace unos meses, la Unión Europea (UE) acordó prohibir el uso de implantes odontológicos con mercurio en niños y mujeres embarazadas a partir del 2018 (véase nota de prensa y comunicado de prensa de la UE que abarca otras de las medidas tomadas).
Este instrumento internacional obliga a los Estados a regular y a limitar el uso del mercurio, un ámbito en el que en muchos Estados no existe regulación alguna. Por ejemplo, en este informe de las autoridades chilenas del 2009 titulado «Plan Nacional para la Gestión de los Riesgos del Mercurio» (véase texto completo), se lee que:
«En Chile actualmente no se producen productos con contenido de mercurio, por lo tanto, el mayor problema radica en la importación de éstos. Los principales productos importados y que contienen mercurio son pilas, termómetros, manómetros, medidores, barómetros, sensores, interruptores, fuentes de luz con mercurio, productos farmacéuticos de uso humano y veterinario, químicos y equipos de laboratorio. En todos los casos, no existe regulación para el ingreso y/o contenido de este metal»(página 14).
A la fecha de su entrada en vigor, este convenio internacional de Minamata cuenta con 128 firmas y 74 ratificaciones (véase estado oficial de firmas y ratificaciones).
Como era de esperar, ni Argelia ni Kirguistán han tan siquiera firmado este texto. Si bien lo han firmado, no aparecen en la lista de Estados Partes Alemania, España, India, Italia y Sudáfrica, a diferencia de China que sí lo ha ratificado.
En América Latina, después de Uruguay, primero en la región en ratificar esta convención (setiembre del 2014), seguido por Nicaragua (octubre del 2014), México y Panamá (setiembre del 2015), figuran como Estados Partes Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, y Perú. En este enlace está disponible un informe sobre la implementación de este instrumento internacional en América Latina y en el Caribe.
Como se puede apreciar, con la notable excepción de Guatemala, Centroamérica es parte de este novedoso instrumento, que llama a reforzar la cooperación para limitar el comercio del mercurio. No es el caso de la región andina, en la que Chile y Colombia (al igual que Argentina) han optado por no someterse (aún) a este tratado. Recientemente, en Costa Rica, las autoridades detectaron que el mercurio usado por quiénes se dedican a la minería artesanal ilegal proviene de Nicaragua (véase nota reciente de La Nación).
Mercurio y otros metales pesados y salud humana
Según la descripción dada por la Oficina de Protección Ambiental en Estados Unidos (EPA), «Mercury emissions know no national or continental boundaries. Mercury emitted into the air can travel thousands of miles in the atmosphere before it is eventually deposited back to the earth in rainfall or in dry gaseous form» (véase ficha técnica: se sugiere al lector completar los datos de la EPA con la ficha técnica elaborada por Ecured/Cuba). Se considera que los mayores productores de mercurio a nivel global son España, seguida por Kirguistán, Argelia y China (véase recuadros en páginas 5-6 de este informe al 2003).
Sobre los daños a la salud humana del mercurio, véase daños y patologías asociadas al mercurio, reseñadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS). En este último enlace, se lee que:
«La principal vía de exposición humana es el consumo de pescado y marisco contaminados con metilmercurio, compuesto orgánico presente en esos alimentos».
El mercurio, al igual que otros metales pesados, suele ser absorbido por el ser humano en cantidades que superan los valores mínimos al estar expuesto a sustancias químicas que lo contienen, como vapores, polvo de ciertos cementos, aceites y grasas y otras sustancias químicas usadas en la industria, o bien al consumir agua contaminada o productos del mar u otros, a través del fenómeno conocido como «bioacumulación», entre otras formas de ingerirlo.
La ingesta o inhalación de metales pesados en cantidades superiores a las recomendadas afecta el sistema nervioso y varias funciones cerebrales del ser humano. Con relación a un metal pesado como el plomo, en este «Manual de Pruebas Neuroconductuales» (véase texto completo) publicado en Costa Rica en el año 2000 y cuya lectura recomendamos al ser Costa Rica uno de los mayores importadores de plaguicidas y pesticidas en América Latina, se señala que:
«Un ejemplo de un efecto neurotóxico temprano es la disminución del coeficiente de inteligencia (CI) en niños con niveles elevados de plomo en la sangre. Un gran número de estudios ha puesto en evidencia la relación entre el nivel de plomo en la sangre de niños y la disminución del coeficiente de inteligencia en ausencia de una enfermedad clínica» (página 9).
El plomo, el mercurio, el cadmio, el titanio, el arsénico y muchos otros metales pesados se encuentran liberados, mezclados a otras sustancias, sin que se sepa a ciencia cierta en qué proporciones, pero con efectos devastadores para la salud humana. La contaminación causada a la comunidad de La Oroya en Perú se tramita actualmente ante el sistema interamericano de derechos humanos (véase nota de AIDA).
Cuando los desechos electrónicos y eléctricos, los residuos de centros hospitalarios así como muchos otros conteniendo metales pesados no son adecuadamente tratados o reciclados, el agua sirve de vehículo, en particular en las zonas tropicales, concentrándose gran cantidad de metales dispersos en quebradas, ríos, lagunas y lagos, pero también acuíferos. Por efecto de la escorrentía, polvos de cementeras, minas, industrias diversas o las partículas que liberan los motores del parque automotor también terminan en los cuerpos de agua.
Desde el 2014, un Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Sustancias Tóxicas está sistematizando información sobre el tema, además de recibir denuncias y visitar Estados, ante los desafíos que plantean, en materia de derechos humanos, las sustancias tóxicas usadas en la industria y en la agricultura (véase sitio oficial).
Los metales pesados en Costa Rica liberados en los cuerpos de agua
Pese a diversas comunicaciones enviadas por Costa Rica a instancias internacionales sobre iniciativas en materia de metales pesados (véase por ejemplo nota del Ministerio del Ambiente (MINAET) del 2009 colgada en este enlace de Naciones Unidas), resulta evidente que el tratamiento de residuos constituye aún todo un desafío, incluyendo los metales pesados. No se conoce de algún dato sobre la cantidad de baterías (pilas) recicladas en Costa Rica con relación al volumen importado, para dar tan solo un ejemplo (que podríamos extender a las baterías de vehículos o acumuladores).
En su informe del 8 de abril del 2014, a raíz de su visita a Costa Rica en el 2013, el Experto Independiente John H. Knox de Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, señaló en su informe (Documento A/HRC/25/53/Add.1 disponible en la red) que:
«Según un estudio realizado por el Instituto de Recursos Mundiales en 2011, Costa Rica tiene el más alto uso per capita de plaguicidas del mundo . Estudios recientes han descrito los efectos adversos que el uso de plaguicidas agrícolas está teniendo en los ecosistemas fluviales, entre otras cosas debido al deterioro del hábitat y la calidad ecológica de comunidades de macroinvertebrados, el escaso crecimiento vegetativo y los elevados niveles de residuos de fungicidas y herbicidas. Como consecuencia de ello, Costa Rica tiene algunos de los ríos más contaminados de América Latina. Sus humedales también necesitan más protección» (punto 59).
Con relación a los cuerpos de agua, en este informe de la Contraloría General de la República (CGR) sobre los controles defectuosos del Estado costarricense con relación a la calidad del agua, del año 2013, se puede leer que:
«Se determinó la presencia de contaminantes diversos, en 25 de las 34 cuencas del país. Estos contaminantes son materia orgánica, nutrientes y sólidos, metales, sustancias químicas y orgánicas, y microorganismos peligrosos» (punto 2.69, pág. 24). De interés resulta este informe con relación a la poca fiscalización del Estado en materia de vertidos en cuerpos de agua por parte del sector industrial.
Hubiese sido muy interesante por ejemplo, además de los hallazgos de la CGR, saber cuánta del agua declarada como potable (y cobrada como tal) es objeto de un monitoreo permanente con relación a la presencia de metales pesados. Se sabe por ejemplo que los análisis sobre la potabilidad del agua en el cantón de Santo Domingo de Heredia (acueducto municipal) incluyen siempre un análisis bacteriológico, pero que los análisis fisico-químicos son realizados de manera muy esporádica: desde febrero del 2012, las autoridades de salud de este cantón herediano se mantienen sin responder a una solicitud realizada por una entidad local (véase nota del CBAE de San Miguel).
Al verterse al mar, desde las desembocaduras de los ríos, grandes volúmenes de agua contaminada con metales pesados y muchas otras sustancias provenientes del Valle Central, el estudio de peces y especies marinas también revela los efectos de la contaminación fluvial, con investigaciones (esporádicas) sobre metales pesados cada vez más preocupantes, y escasamente divulgadas en Costa Rica.
Foto extraía de nota de La Nación (2015): «Playas Guacalillo, Azul y Tárcoles pagan con basura el descuido del Valle Central».
En un estudio publicado por un químico de Costa Rica en el 2015, titulado «Acumulación de metales pesados en bivalvos y sus efectos tóxicos en la salud humana: perspectivas para el estudio en Costa Rica», se lee que:
«Los principales efectos sobre la salud humana por exposición a metilmercurio son efectos neurotóxicos (parestesias, ataxia, neurastenia, pérdida de visión y audición) en adultos y toxicidad para los fetos de mujeres expuestas durante el embarazo. También se ha demostrado un efecto genotóxico que da por resultado aberraciones cromosómicas en poblaciones expuestas a metilmercurio».
Nótese que en ese mismo estudio precitado, el autor concluye que:
«en Costa Rica el no contar con una industria tan especializada en el uso de metales pesados así como la falta de información al respecto, no permite asegurar que hay o no contenidos elevados de contaminantes. Únicamente el estudio analítico de las muestras tanto de los cultivos del golfo de Nicoya, como las extraídas en otras zonas costeras, podrá generar un verdadero reflejo de en qué posición nos encontramos respecto al tema».
Las concentraciones de metales pesados en los peces que se comercializan para consumo humano son objeto cada cierto tiempo de titulares en prensa. En Costa Rica, uno de los primeros artículos de prensa disponible en línea al respecto es del 2006 (véase nota de La Nación).
En el 2013, se publicó la investigación titulada «Evaluación de los Niveles de Mercurio en Productos Pesqueros en Costa Rica, Durante 2003-2013, como insumo para recomendar una ingesta semanal tolerable» disponible en este enlace. Los resultados de una investigación titulada «Interpretación del contenido de mercurio en muestras nacionales de pez vela (Istiophorus platypterus) y marlín (Makaira spp. o Tetrapturusspp.) a partir de parámetros toxicológicos internacionales», publicada por la Universidad Nacional (UNA) y disponible en la red, concluye en el 2014 que el 100% de las muestras recogidas de ambos peces en establecimiento comerciales registran altas concentraciones de mercurio (p. 57). En el 2016, la ONG PRETOMA titulo una nota de prensa«Study Shows Shark Meat in Costa Rican Markets Has High Levels of Toxic Mercury». El atún aparece en la tabla 1 de este estudio del 2014 sobre especies marinas en las que se registra mercurio, y sería de gran interés conocer cuál es la situación del atún consumido en Costa Rica.
A modo de conclusión: investigaciones esporádicas ante un Estado omiso
En febrero del 2017, la aparición de grandes cantidades de peces muertos en varias playas de Nicoya dió lugar a un apresurado comunicado de prensa de las autoridades del 17 de febrero (Nota 1) descartando cualquier riesgo para la salud humana al consumir peces (véase nota de Casa Presidencial titulada «Descartan riesgo en consumo de pescado proveniente del Golfo de Nicoya»).
Se desconoce si las autoridades del Ministerio de Salud han elaborado (y hecho público) en estos últimos años algun informe sobre la recurrencia de patologías asociadas a metales pesados detectadas en ciertas zonas de Costa Rica.
En este como en otros casos, es frecuente observar a un Estado negligente en cuanto a los efectos en la salud humana de ciertas actividades. Bien lo saben las comunidades afectadas por la expansión piñera en Costa Rica, cuya salud y patologías asociadas a la exposición de plaguicidas no parecen en lo más mínimo interpelar a las autoridades de salud: como tuvimos la ocasión de expresarlo, la sordera es institucionalizada en Costa Rica cuando de problemas provocados por la piña se trata (véase nota nuestra publicada en el OPALC en el 2015) (Nota 2). De igual forma con la gran cantidad de niños autistas en algunas zonas rurales, pese a literatura científica que (desde hace muchos años) relaciona el autismo a la exposición a pesticidas de mujeres embarazadas (véase nota al respecto).
Más allá de la serie de obligaciones que asumieron los Estados en la Convención de Minamata con relación al mercurio (y cuya implementación constituye en sí todo un desafío), es deseable que con la entrada en vigor de este novedoso instrumento, la opinión pública aproveche la oportunidad para exigir a los Estados examinar con mucha mayor atención los efectos en la salud pública de los metales pesados que, de una u otra forma, ingieren sus habitantes.
Notas:
Nota 1: Nótese que el informe técnico solicitado a un ente universitario por las autoridades ante la falta de peritos para identificar la causa de esta súbita muerte de grandes cantidades de peces, lleva la fecha del 3 de marzo del 2017: véase nota de La Nación.
Nota 2: La lista de las distintas sustancias químicas necesarias para producir la variedad denominada «MD-2» da una idea de los riesgos que significan para los suelos, los acuíferos así como para la salud de las comunidades aledañas y la de los trabajadores en las piñeras (véase Anexo XXII (página 57) del informe denominado “Crop Production Protocolo Pineapple MD2 (Ananas comosus)”, disponible aquí). En el 2009, con relación a una investigación del IRET de la Universidad Nacional (UNA) en Talamanca sobre valores de plaguicidas en los orines de menores que viven cerca de bananeras, se leyó la siguiente reacción por parte de la titular de la cartera de la salud:
«Los del IRET se han negado a dar los nombres de los niños, con el argumento de la confidencialidad, lo cual en lo personal me parece un absurdo en estos casos. En lo personal y como Ministra me parece una barbaridad» (sic) (véase nota del Semanario Universidad).
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Los resultados de la última Encuesta Continua de Empleo (ECE) revelaron un cambio positivo en la dinámica del mercado laboral, la economía está generando puestos de trabajo más rápido de lo que crece su producción. En artículos previos habíamos llamado la atención del fenómeno contrario, esto es, una situación en que la producción del país aumentaba, pero a pesar de ello no se generaban empleos, lo cual ocurrió en 2014 y 2015, momentos en que a pesar de que la economía nacional creció en promedio 4,2% cada año, se perdieron 60 764 puestos de trabajo en el bienio. Tal situación no afecta solamente a Costa Rica, es un fenómeno mundial causado en gran parte por el avance tecnológico, y la ausencia de políticas públicas para abordarlo.
La buena noticia es que la ECE muestra que a partir del cuarto trimestre de 2016, las variaciones trimestrales en el número de personas que tienen trabajo pasaron a ser positivas, luego de cinco trimestres consecutivos en que venían cayendo de manera significativa.
La encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), registra además una mejora casi generalizada sino fuese porque el sector construcción perdió empleos. Asimismo, evidencia la recuperación en el sector primario, las actividades de agricultura, silvicultura y pesca finalmente mostraron tasas positivas de generación de empleo, luego de seis trimestres consecutivos en que el número de trabajadores descendió.
El sector primario generó 20 mil empleos más en relación al segundo trimestre del año anterior, y el sector servicios 79 mil. En el segundo caso, transporte, almacenamiento, alojamiento y servicios de comida; comercio; y otras actividades de servicios, generaron: 25 mil, 22 mil y 14 mil empleos, respectivamente. Esto es notable por cuanto en el sector servicios es de los que presentaba de forma más aguda la desvinculación entre crecimiento y empleo, a pesar de su constante crecimiento productivo en los últimos años.
En cuanto al grado de calificación de los empleos generados, el mercado sigue privilegiando la formación en las aulas. Encontraron trabajo 71 195 personas con algún grado de educación universitaria, 26 673 que asistieron a la secundaria y 22 965 con estudios en primaria.
El otro aspecto positivo que se desprende del análisis de los datos de la ECE es la mejora en las condiciones laborales de una parte importante de la población asalariada. La cantidad de trabajadores que reciben menos de un salario mínimo se redujo en relación al segundo semestre del 2016, en aproximadamente 8 600 personas, y quienes están en el rango de uno a dos salarios mínimos aumentó en 11 mil. En cuanto a horas laboradas, se presentó una reducción de las personas que trabajan más de 48 horas (cerca de 43 mil trabajadores), mientras que todas las personas que trabajaban menos de las 48 horas aumentaron el tiempo de trabajo.
Si bien el resultado global es alentador, pues se alcanza la tasa de desempleo más baja de los últimos siete años, 8,5%, aún no se recupera el nivel máximo de personas ocupadas registrado por la ECE en el IV trimestre de 2013, que fue de 2 088 282 trabajadores, y restan cerca de 193 mil personas por encontrar trabajo. Además existen retos en el mercado de laboral que es preciso atender, como el alto grado de informalidad, brechas de género y regionales.
No obstante lo anterior, es destacable que en medio de un crecimiento económico moderado, la mayor parte de actividades económicas estén siendo capaces de absorber más trabajadores de lo que su dinamismo productivo diría, lo cual es esperanzador, dado que muestra que es posible revertir una tendencia que condenaba a miles de costarricenses a las consecuencias negativas de la falta de opciones laborales. Sería deseable que el gobierno y el sector privado estudien a fondo el fenómeno, para promover políticas que fortalezcan la tendencia, dado que un mercado laboral fuerte genera un círculo virtuoso entre demanda impulsada por el consumo privado, crecimiento económico y mayores ingresos fiscales, a propósito de las necesidades que tiene el país actualmente en este último tema.
*Observatorio de la Coyuntura Económica y Social, Escuela de Economía UNA.
*Imagen con fines ilustrativos tomada de Masters a.
La Editorial de la Universidad Estatal a Distancia invita a la presentación del libro Noches de estreno con Hugo Díaz de Carlos Morales, este martes 29 de agosto a las 7 p.m. en el Teatro de la Aduana.
Se contará con la participación del autor Rafael Cuevas Molina, Óscar Castillo y Gustavo Solórzano Alfaro.
“El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del ser humano, el progreso social y la liberación nacional…así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar su sistema político, social o económico”. (Código de ética periodística de la UNESCO, 1983)
Ronnie Huete Salgado (*)
Periodista y defensor de DD.HH
Latinoamérica, 13 de agosto de 2107. Tres estudiantes universitarios de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), marcan el primer referente de estudiantes condenados en un tribunal de justicia en Latinoamérica, por defender la educación pública superior como un derecho universal.
Ante este acontecimiento, el asedio contra la vida en la Máxima Casa del Conocimiento en Honduras, fundamenta el dogma de la persecución, iniciado en los universitarios, Sergio Ulloa, Cesario Padilla y Moisés Cáceres.
La deformación de los acontecimientos en Honduras es una agenda que persiste en fomentar la apología del odio. En menos de tres meses dos asesinatos recorren en el imaginario colectivo de la opinión pública nacional e internacional, y lo vinculan con el conflicto de la UNAH.
Aún no existe un dictamen oficial de parte de las autoridades responsables, de efectuar las investigaciones pertinentes, que definan la causante de los asesinatos.
En el caso de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), los intereses oscuros que realmente delinean las acciones de las autoridades del Alma Mater, motivan a que los mercenarios de la información destruyan el imaginario colectivo de las masas.
Cuando la razón y el humanismo dejan de existir en la toma de decisiones en la máxima casa de estudios, desde las altas esferas del odio, aniquilan la universalidad del pensamiento para la que fue creada la UNAH en 1848, involucionando en un terrorismo universitario.
Desde el principio de la crisis de 2017 en la UNAH, la comitiva del Alto Comisionado de los Derechos Humanos, así como el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos en Honduras (CONADEH), aconsejaron utilizar la vía del dialogo bajo este contexto universal del pensamiento, sin embargo, este raciocinio de ambos organismos fue desvirtuado con respuestas abruptas desde la alta jerarquía universitaria.
Nuevamente el Ombudsman de Honduras, Roberto Herrera Cáceres, realiza una nueva recomendación, recurrir al Consejo Nacional de Educación, una instancia creada en Honduras por la ley fundamental de educación para garantizar el derecho humano a la educación de toda persona en Honduras.
Derecho humano que ha sido fuertemente violentado con la expulsión de 20 estudiantes universitarios, como una medida arbitraria dictaminada desde la rectoría y con el agregado de imputaciones judiciales desde los tribunales de justicia de este país.
Por tal motivo el Ombudsman hondureño fue contundente al expresar que, si ellos no encuentran la solución a la problemática, en los próximos días, es necesario que se asuma y se tome una decisión de Estado.
A casi tres meses de haber iniciado esta crisis de 2017, los acontecimientos van desde enfrentamientos entre estudiantes y la Policía Nacional, y algunos comunicadores sociales, hasta el asedio contra el Padre Jesuita Ismael Moreno.
Y es que la utilización de mercenarios dentro de la UNAH, para agredir físicamente y perseguir a los estudiantes y a las personas que allí se encuentran, no solo se resume en lo físico, puesto que los ataques mediante un reducido sector de la prensa, comprueba el precio que tiene el desinformar a la población.
Tanto los mercenarios de la información como los que atacan físicamente, se suman a los misteriosos ataques que se han perpetuado en los alrededores de la UNAH.
El pasado viernes 11 de agosto según información de un estudiante, un universitario que está siendo objeto de criminalización desde las altas esferas universitarias, fue víctima de un atraco y amenazado con un arma de fuego, despojándole de su celular.
Este hecho se efectuó dentro de las instalaciones de la universidad, ese mismo día, el atacante fue perseguido por los estudiantes que allí se encontraban, y la acción del atracador fue el de dispararles con arma de fuego en mano.
Por razones de seguridad no se revela el nombre de la fuente, sin embargo, aseguró que en donde se realiza la huelga de hambre que lleva 47 días, todas las noches son vigilados por vehículos desconocidos sin número de placa y con vidrios poralizados.
Son tres los estudiantes que mantienen la huelga de hambre y que han tenido relevos, por recomendaciones de la doctora Ligia Ramos, quien voluntariamente evalúa la salud de los estudiantes.
Por tal motivo la huelga de hambre se mantiene gracias a los relevos que han hecho los estudiantes, según las recomendaciones médicas, no obstante, aunque esta forma de acción es totalmente pacifica, es amedrentada utilizando técnicas que remarcan el fascismo.
Según informes de los propios estudiantes, los edificios de la UNAH, se encuentran cerrados como otra medida de presión y protesta, lo que ha resultado en la ausencia de clases durante los dos últimos meses.
Debido a esta acción, las autoridades del Alma Mater, publicaron un comunicado asegurando que no pagaran el salario de los docentes, puesto que no han impartido sus cursos según correspondía en el calendario académico y la rectoría los acusa de cómplices en la huelga que lidera el Movimiento Estudiantil Universitario (MEU).
La persecución también ha llegado a los docentes de la UNAH, quienes tendrán que enfrentarse a no recibir su próximo salario, puesto que la crisis es agudizada por dictamines fuera de orden en una nación cuasi incivilizada.
Sumado a esta persecución, recientemente fueron puestos a disposición de los tribunales de justicia 15 estudiante universitarios del Centro Universitario Regional Litoral del Pacifico, quienes ahora enfrentan cargos judiciales en su contra por hacer uso del derecho universal de la protesta.
En total son 44 los universitarios judicializados, y que enfrentan a la justicia de Honduras como si se tratase de delincuentes comunes.
Mi persona, también está siendo víctima de criminalización por hacer uso del libre ejercicio del periodismo cuando el 24 de mayo hice cobertura periodística internacional de una acción de protesta en el edificio administrativo de la UNAH, sin embargo, fui víctima de tortura, tratos crueles inhumanos o degradantes, robo y privación injusta de mi libertad y ahora se me imputan cargos.
Ser periodista y corresponsal internacional en Honduras, alejado de los lineamientos producidos por las altas esferas de la UNAH, lo puede llevar a la cárcel o incluso a la muerte.
En el último mes he sido objeto de seguimiento de parte de vehículos extraños, en las avenidas de Tegucigalpa, así como la intervención constante de mi teléfono celular, aunque ya interpuse una denuncia contra las personas que me torturaron y robaron el 24 de mayo de 2017 en la UNAH, aún no he tenido una respuesta contundente del Ministerio Publico de este país centroamericano.
A través de la Secretaria de Seguridad, mantienen una instancia llamada el Mecanismo de Protección de periodistas y defensores de derechos humanos, sin embargo, la protección de la misma solo se ha reducido a analizar mi caso para hacer un diagnóstico, desde hace casi tres meses de ocurridos estos hechos que atentaron contra mi vida.
En uno de los considerandos de la Carta Universal de los Derechos Humanos menciona “que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias”
Tal descripción bajo el contexto universal de los derechos humanos, confirman que en Honduras existe una barbarie, cuyo epicentro es la máxima casa de estudios. La guerra de baja intensidad persiste, ahora desde la casa universal del conocimiento.
La filosofía pragmática, de conseguir el poder y el dinero acosta de lo que fuese, es el perfecto reflejo que brilla en el Estado fallido de Honduras.
Tras esta intensa etapa de crisis, es sumamente necesaria la praxis de la filosofía humana, para el servicio de la humanidad, rescatando los valores morales que enaltecen la honestidad y el amor al prójimo. La universidad es la responsable del óptimo desarrollo de la humanidad que habita Honduras.
La paz es necesaria para fortalecer los valores democráticos, sin embargo, en donde se desarrolla el conocimiento, a través de la universalidad del pensamiento, es decir la UNAH, se encuentra en una constante riña con la paz, puesto que la filosofía pragmática es la oscuridad que es inseparable de las actuales autoridades.
(*) Ronnie Huete es Licenciado en periodismo (UNAH) con Maestría en Cooperación al Desarrollo y elaboración de proyectos, estudió presencial en la Universidad Politécnica de Valencia, España y se ha desempeñado como docente universitario de la UNAH y otras universidades privadas. En 2010 vivió en Florianópolis, Brasil, regresando a Brasil el primer semestre de 2012 en la ciudad de São Paolo. en 2008 viajó por Centroamérica, para luego en 2013 desplazarse a California, EUA. En Julio de 2015 viajó hacía Washington D.C. y luego tuvo una corta estadía en Nueva York, terminando en el Estado de Florida. En 2016 produjo un programa radial en el Condado de Orage, California.
Actualmente se encuentra en Honduras, en donde estudiaba su segunda licenciatura en sociología, en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras UNAH, sin embargo, fue víctima de criminalización y persecución judicial por parte de las autoridades universitarias, por lo que está tomando fuertes medidas de seguridad, ya que su vida corre peligro.
El 24 de mayo de 2017, el periodista Ronnie Huete Salgado, se encontraba en el edificio administrativo de la UNAH, en donde realizaba cobertura periodística internacional para la agencia brasileña de prensa desacato.info, sin embargo, fue torturado, despojado de su celular y privado de su libertad por elementos de la seguridad privada de la UNAH, para luego ser encarcelado. Actualmente posee medidas sustitutivas a la prisión y es víctima de persecución como resultado del trabajo que desempeña como periodista en su país natal Honduras.
Cualquier atentado o amenaza para el autor de este artículo es responsabilidad de quienes representan y gobiernan el Estado de Honduras y o los que menciono en el presente artículo.
El autor de este artículo es corresponsalía voluntaria para la Agencia informativa Latinoamericana Prensa Latina, Kaos en la red , el portal http://desacato.info editado en Florianópolis, Brasil, rebelion.org, http://conexihon.hn , criterio.hn, www.hondurastierralibre. Entre otras agencias de prensa internacional para la cual trabaja de forma independiente (freelance) y que cuyas publicaciones son efectivas en España, México, Argentina, entre otros países de América Latina.
Este 17 de agosto a las 6:00 p.m. se llevó a cabo el Foro: “Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre: retos y oportunidades”, en la Sala de Ex Rectores, Biblioteca Joaquín García Monge, Campus Omar Dengo, UNA, Heredia.
El Foro tuvo como objetivo conocer el nuevo reglamento de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre su contenido e implicaciones.
Se contó con varios especialistas invitados:
Gustavo Gutiérrez, Catedrático, Escuela de Biología, UCR.
José Pablo González Montero, Fiscal Adjunto Agrario Ambiental, Poder Judicial
Carlos Mario Orrego, Coordinador Nacional de Vida Silvestre, SINAC
Gino Biamonte, Presidente Asociación Preservacionista de Flora y Fauna (APREFLOFAS)
Laura Porras, Académica Instituto Internacional en Conservación y Manejo de Vida Silvestre (COMVIS), UNA
Mauricio Jiménez Soto, Coordinador, Hospital de Especies Menores y Silvestres. Académico Escuela Medicina Veterinaria, UNA
Moderadora:
Patricia Madrigal, Ministra a.i. Ministerio de Ambiente y Energía.
Para más información comuníquese al teléfono 2277 3974 / VINCULACION@UNA.CR
Estados Unidos comunicó oficialmente al Secretario General de Naciones Unidas el pasado 4 de agosto su intención de denunciar el Acuerdo de Paris sobre Cambio Climático. Como bien se sabe, el Secretario General es el depositario de este tratado multilateral, adoptado en la capital gala en diciembre del 2015, firmado por 195 Estados y ratificado por 159: véase estado oficial de firmas y ratificaciones (con, al final las declaraciones hechas por 18 de los Estados Partes, incluyendo la Unión Europea). De conformidad con el Artículo 21(1) de este tratado, la fecha de su entrada en vigor es la del 4 de noviembre del 2016:
«This Agreement shall enter into force on the thirtieth day after the date on which at least 55 Parties to the Convention accounting in total for at least an estimated 55 per cent of the total global greenhouse gas emissions have deposited their instruments of ratification, acceptance, approval or accession» / «1. El presente Acuerdo entrará en vigor al trigésimo día contado desde la fecha en que no menos de 55 Partes en la Convención, cuyas emisiones estimadas representen globalmente por lo menos un 55% del total de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión».
La figura de la denuncia en el derecho internacional público
Como es sabido, la denuncia es una figura jurídica validada por la práctica internacional y consagrada por la misma Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969 (véase texto, artículo 56). En América Latina, en años recientes se registra, por ejemplo, el caso de Venezuela, que denunció en setiembre del 2012 la Convención Americana sobre Derechos Humanos (véase nota nuestra al respecto), un acto al que también procedió Trinidad y Tobago en 1998; o el de Colombia, que optó por denunciar el Pacto que lleva el nombre de su capital en noviembre del 2012 (véase nota nuestra al respecto publicada en La Nación), acto que El Salvador también realizó en 1973. Tuvimos también la oportunidad de analizar las denuncias a la Convención de Washington de 1965 que crea el CIADI (más conocido por sus siglas en inglés ICSID) por parte de varios Estados de América Latina ante la deriva del CIADI tendiente a favorecer en sus laudos arbitrales al inversionista extranjero en el caso de demandas claramente abusivas (véase nuestra nota al respecto publicada en el sitio de Bretton Woods Project) (Nota 1). En este artículo sobre una iniciativa de la UNASUR para reemplazar el CIADI por un mecanismo regional en materia de arbitraje de inversión, se lee en las conclusiones que:
«ICSID arbitration has lacked the guarantee of due process because of its impartial and not transparent proceedings, failure to address the broader needs of society as well as generally inconsistent decisions and awards, the lack of hierarchy of investment tribunals and no system of precedent or appeals».
Estos, y otros casos de denuncias de tratados internacionales que ofrece la práctica internacional, indican que un Estado Parte a un instrumento conserva siempre la posibilidad de retirarse del mismo cuando, por alguna razón, sus autoridades lo consideran dañino para sus intereses. Al optar por denunciar o retirarse de un tratado internacional, un Estado no violenta ninguna norma internacional: ejerce sus atribuciones soberanas, las mismas que fundamentan su decisión de suscribir y ratificar un tratado. Lo hace recurriendo a las mismas cláusulas contenidas en el texto relativas a la denuncia o retiro del tratado.
La denuncia de tratados multilaterales ambientales: casos recientes
Una de las últimas denuncias de un tratado multilateral en materia ambiental fue la denuncia de Canadá a la Convención de Naciones Unidas contra la Desertificación, registrada en el 2013. Se puede leer en el estado oficial de firmas y ratificaciones de ese tratado que:
«Canada had signed the Convention on 14 October 1994 and had ratified it subsequently on 1 December 1995. Thereafter, on 28 March 2013, in accordance with its article 38 (2), the Government of Canada had notified the Secretary-General of its decision to withdraw from the Convention. The withdrawal took effect on 28 March 2014. On 21 December 2016, Canada deposited with the Secretary-General an instrument of accession to the Convention» (véase Nota 4).
Dos años antes, en el 2011, el mismo Canadá había procedido a denunciar el Protocolo de Kyoto, adoptado en 1997: en el estado oficial de este importante instrumento, se lee (véase Nota 2) que: «In accordance with article 27 (2) of the Kyoto Protocol to the United Nations Framework Convention on Climate Change, the Government of Canada notified the Secretary-General that it had decided to withdraw from the Kyoto Protocol as from the date indicated hereinafter: Date of notification:15 Dec 2011 Date of effect:15 Dec 2012».
Cabe precisar que de estas dos denuncias realizadas por parte de Canadá, la primera dejó de surtir efecto con la llegada de las nuevas autoridades en el 2015.
La cláusula sobre la denuncia del Acuerdo de París del 2015
El Acuerdo de Paris del 2015 contiene una cláusula relativa a su denuncia, la cual establece los plazos para su entrada en vigencia, así como el plazo antes del cual ninguna denuncia es posible. Desde el punto de vista jurídico, y de conformidad con el texto (versión inglesa) del Acuerdo de Paris del 2015 (véase de igual forma la versión en español), no puede haber notificación formal de denuncia antes de noviembre del 2019. Adicionalmente, ninguna denuncia puede surtir efectos sino después de noviembre del 2020. Sobre este preciso punto, las reglas contenidas en el Artículo 28 son de una meridiana claridad y las distintas versiones oficiales no permiten duda alguna:
Article 281. At any time after three years from the date on which this Agreement has entered into force for a Party, that Party may withdraw from this Agreement by giving written notification to the Depositary.
Any such withdrawal shall take effect upon expiry of one year from the date of receipt by the Depositary of the notification of withdrawal, or on such later date as may be specified in the notification of withdrawal.
Any Party that withdraws from the Convention shall be considered as also having withdrawn from this Agreement.
Artículo 28 1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación por escrito al Depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo para esa Parte.
La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el Depositario haya recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación.
Se considerará que la Parte que denuncia la Convención denuncia asimismo el presente Acuerdo.
Por lo tanto, la comunicación hecha por Estados Unidos el pasado 4 de agosto no puede ser validada como «notificación«. La prohibición de hacerla durante tres años impide admitirla como tal. Si la idea consistió en informar que Estados Unidos tiene la firme intención de denunciar el Acuerdo de Paris, las declaraciones oficiales hechas por su actual Presidente hace varios meses son suficientes. El mundo entero, así como las mismas Naciones Unidas, tomaron nota de la visión tan peculiar del Presidente Trump cuando en mayo pasado afirmó que su decisión sobre el Acuerdo de Paris «will make America great again«.
Referimos al lector al artículo publicado en EJIL-Talk del 5 de junio del 2017 de la profesora Lavanya Rajamani (India), titulado «Reflections on the US withdrawal from the Paris Climate Change Agreement».
Tuvimos la oportunidad de analizar las reacciones oficiales en América Latina a este anuncio presidencial (Nota 2). Es de recordar que Perú (julio del 2016) fue el primer Estado en ratificar en la región este instrumento, seguido por Argentina, Brasil, Honduras, México y Panamá (setiembre del 2016), Bolivia, Costa Rica, Paraguay y Uruguay (octubre del 2016), Cuba (diciembre del 2016), Guatemala (enero del 2017), Chile (febrero del 2017) y El Salvador (marzo del 2017), cerrando la lista Haití y Venezuela (julio del 2017). En la conclusión de este artículo, nos permitimos señalar que:
«Más allá del estilo tan peculiar de anunciar cosas (y luego reflexionar sobre el impacto que causan) que exhibe desde su llegada a la Casa Blanca el Presidente Donald Trump, desde el punto de visto estríctamente jurídico, la prohibición expresa de hacer reservas a este tratado como tal (véase artículo 27 del Acuerdo de París) conlleva la imposibilidad de limitar o de modular el alcance de algunas de sus disposiciones. Técnicamente, Estados Unidos deberá en este caso proceder a denunciar el tratado, o bien proceder a una inédita solicitud que esperan (ansiosos) tanto el depositario del convenio de París como sus Estados Partes, así como también los especialistas en derecho internacional».
La carta del 4 de agosto o el arte de cómo notificar algo omitiendo la prohibición del plazo de tres años
El texto de la carta del 4 de agosto suscrita por la Embajadora de Estados Unidos en Naciones Unidas, Nikki Haley, reproducida en este artículo, se lee como sigue:
«The Representative of the Unites States of America to the United Nations presents her compliments to the Secretary-General of the United Nations.
This is to inform the Secretary-General, in connection with the Paris Agreement, adopted at Paris on December 12, 2015 (“the Agreement”), that the United States intends to exercise its right to withdraw from the Agreement. Unless the United States identifies suitable terms for reengagement, the United States will submit to the Secretary-General, in accordance with Article 28, paragraph 1 of the Agreement, formal written notification of its withdrawal as soon as it is eligible to do so. Pending the submission of that notification, in the interest of transparency for parties to the Agreement, the United States requests that the Secretary-General inform the parties to the Agreement and the States entitled to become parties to the Agreement of this communication relating to the Agreement.
The Representative of the Unites States of America to the United Nations avails herself of the opportunity to renew to the Secretary-General the assurances of her highest consideration».
Es muy probable que colegas especialistas en derecho internacional comenten el contenido de esta extraña carta. La cual, en nuestra opinión, corresponde más a un anuncio de una futura notificación y no a una notificación en sí, al existir una prohibición de notificar durante un plazo de tres años. Posiblemente, desde el punto de vista político, esta inusual misiva responda a algún compromiso del Presidente Trump con algunos sectores. No obstante, desde el punto de vista jurídico, plantea algunas interrogantes al no adecuarse a lo estipulado en el Acuerdo de París, ni a la práctica seguida por Estados denunciantes ante el depositario de un tratado, ni añadir nada nuevo a lo escuchado por parte del Presidente Trump. Como se observará, la omisión del plazo de tres años que exige el Acuerdo de París traduce bien lo incómodo que resulta la situación para el Presidente Trump (un hombre algo urgido).
A modo de conclusión
Al parecer, es la primera vez que un Estado mediante una carta formal al depositario de un tratado multilateral le comunica su intención (y no su decisión) de denunciar un tratado. Salvo error de nuestra parte, no existe precedente alguno en la práctica internacional y agradecemos desde ya el concurso de nuestros estimables lectores para saber si estamos (o no) presenciando una verdadera «première» de la Oficina Jurídica del Departamento de Estado. En abril del 2002, esta misma entidad decidió proceder a una verdadera innovación en materia de derecho de los tratados, al «retirar» la firma al Estatuto de Roma adoptado en 1998 que establece la Corte Penal Interancional (CPI), acto que Israel y Sudán replicarían (véase notas 4, 10 y 12 en estado oficial de firmas y ratificaciones) así como Rusia en noviembre del 2016 (véase nota 9). Uno de los riesgos de estas innovaciones del Departamento de Estado, es que algunos Estados puedan sentirse inclinados por acompañar a Estados Unidos en su desafiante soledad.
Por otro lado, el comunicar su intención de denunciar un tratado y al mismo tiempo anunciar que se procederá a «reengage» (término inexistente en el léxico del derecho internacional) constituye toda una novedad en derecho internacional: en particular cuando el tratado concerñido contiene una cláusula que expresamente prohibe reservas al mismo (Artículo 27).
Ante ello, no cabe duda que la buena fe y la transparencia a la que alude esta insólita misiva norteamericana obligan a aclarar al depositario (y a los Estados Partes) lo que se entiende por «suitable terms for reengagement».
Nota 1: Un ejemplo de demanda de este tipo es la interpuesta en el 2014 contra Costa Rica por la minera canadiense Infinito Gold por 94 millones de US$ por su proyecto minero declarado ilegal por la justicia costarricense en el 2010 y 2011. La demanda se encuentra pendiente de resolución. En el 2015, Costa Rica solicitó dar por terminado el procedimiento en su contra, sin éxito alguno (véase nuestra nota titulada «La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones» y publicada en el OPALC). En abril del 2017, la empresa minera canadiense aumentó sus pretensiones de 94 a 321 millones de dólares (véase nota de CRHoy).
Nota 2: Véase nuestra nota publicada en DebateGlobal el 4 de junio del 2017 titulada: «Reacciones en América Latina a anuncio de retiro de Estados Unidos del Acuerdo de París sobre Cambio Climático».
Para lectores de hablainglesa: Una versión en inglés de este mismo texto, titulada «The so called United States´s «notification» on its decision to withdraw from Paris Agreement on Climate Change» se encuentra disponible aquí.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
El CEDI nos comparte el Flip interactivo con los detalles sobre el próximo Taller con Teresa Guardans en el CEDI, sobre «Lao Tse y Confucio, maestros de cualidad humana».
Hoy, ante el triunfo de la Revolución Bolivariana al instalar una Constituyente Comunal y Popular, rememoro como antecedente, un artículo de mi autoría, publicado por el portal internacional www.rebelion.org , el 12 de diciembre de 2015: “Una Revolución NO Defendida”, en el que con la pluma apoyada sobre la realidad, intentaba analizar el resultado de las elecciones del 6 de diciembre de ese año, el día 6D, en que la oposición de derecha logró la mayoría de Diputados a la Asamblea Nacional Bolivariana. Iniciaba: “Imposible desconocer que el panorama de los efectos nefastos con la derrota electoral del pasado 6D, al obtener la oposición venezolana la mayoría absoluta y calificada del poder legislativo en la Asamblea Nacional Bolivariana; se centra en el análisis de la errada concepción política económica y no en desvío alguno de la esencia protectora del Estado de Derecho, en la observación de los Derechos Humanos Fundamentales y en el ejercicio consolidado de la participación ciudadana electoral”.
Y acotaba: “En honor a la brevedad dejaré en el tintero, pero no olvidados, tres temas palpitantes: Uno. Lo referente al por qué Leopoldo López es un político-preso. Dos. El triste papel de la conspiración de los ex presidentes iberoamericanos, ninguno libre de culpas, contra sus gobernados, en un engranaje de las danzas de los millones y las agencias internacionales del imperio. Tres. El derrotero fantasioso del ensañamiento opositor por la salida del presidente Nicolás Maduro, expresada en las abortadas 1. “La Operación Salida”. 2. “La Operación Jericó” y 3. La ahora previsible “Operación Legislativa”, que, a nuestro modesto modo de ver, atomizaría aún más a la pírrica victoria opositora de 29 grupos y partidos minoritarios sin ninguna cohesión ideológica y política. ¡Amanecerá y veremos!”
Y como a los analistas populares de izquierda no los guía intereses pecuniarios, ni la divina providencia, sino las fórmulas políticas objetivas del “análisis concreto de la situación concreta”, asistimos a la derrota política de la dictadura mediática y el vasallaje arrodillado de las burguesías dominantes a favor del imperio.
No encuentro ningún artículo, de los consultados en el ámbito iberoamericano y el eco estereotipado de la comunidad europea, que sustente la afirmación que la constituyente popular y comunal fue un acto dictatorial del presidente Maduro. ¿Que se fisieron – a lo quijotesco- los doctos “constitucionalistas” de la otrora pléyade de juristas colombianos y latinoamericanos? Todos los voceros gubernamentales, pro imperio desgatado de Trump, gritan al unísono, cual Fuente Ovejuna: “Desconocemos la Constituyente en Venezuela”. Comenzando con el gobierno de Colombia, añadieron los gobiernos de Panamá, Perú, Argentina, Brasil, México, Costa Rica, Suiza, Chile, España y Estados Unidos, en la lista de países que no aceptaron la convocatoria a la Constituyente y peor aún, no aceptar los resultados de las elecciones para la Constituyente Bolivariana Comunal y Popular triunfante. Algo totalmente inédito en el ejercicio del Derecho Internacional Público, de violentar el principio universal de la libre determinación de los pueblos. En el escenario diplomático, o incluso en un ejercicio figurado del desempeño de la diplomacia por los voceros o cabeza de las relaciones internacionales de los países, se mantiene, no solo una apariencia, sino real cortesía y manejo desinteresado en el desempeño de las interrelaciones entre las naciones. Ese comportamiento civilizado lo echaron por la borda los países citados, bajo la imposición de la “diplomacia de las cañoneras” del dislocado Trump. Existe el que un país califique de ilegitimo el gobierno de otro país. Pero que un país rechace el ejercicio del poder soberano electoral de otro país, con un proceso electoral a ojos vista desarrollado, resalta el carácter injerencista de la derecha neoliberal e imperialista del continente y del mundo contra la política local de un país soberano. Olvidan que a la República Bolivariana de Venezuela la respalda el ALBA y los países del Caribe, por no resaltar a la invencible y soberana Cuba y que Venezuela preside el grupo de Países No Alineados, que son dos tercios de los países del mundo. Pero todo ello demuestra que en realidad los que rechazan a la Constituyente y sus exitosos resultados, es la dictadura mediática continental y los gobiernos lacayos del imperio y ¡no sus pueblos!
Por lo mismo sorprende el inusitado y descabellado traspiés diplomático del Vaticano, que desfigura al Papa Francisco, ad portas de su visita “por la Paz a Colombia”. La fineza y buen comportamiento del Estado Vaticano, queda en entredicho, cuando fuera de tiempo y de lugar, lanza un Comunicado, pidiendo la suspensión de la Asamblea Constituyente, cuando a la hora de Venezuela, ya el pueblo venezolano acudía a las calles a apoyar la Asamblea Constituyente y el Presidente Evo Morales enviaba su solidaridad con la Asamblea Constituyente. ¿Cómo toma esa injerencia, siendo un Jefe de Estado, con el que mantiene relaciones diplomáticas y además es el líder espiritual de 25 millones de venezolanos?! ¡Ver para creer!
Venezuela como proyecto distinto
Pero para que llover sobre mojado. El experimento de la revolución bolivariana, lo es de todo el campo latinoamericano, como alternativa de poder popular, ante la decadencia del modelo injerencista del neoliberalismo capitalista salvaje. A ello le temen las oligarquías locales y el imperio.
La académica Pascualina Curcio, profesora de la Universidad Simón Bolívar, resalta que en la lucha del imperio contra la asediada Venezuela, la estrategia de las corporaciones capitalistas y los grupos oligárquicos locales, propiciaron el desconocimiento de los éxitos del gobierno chavista en superar las tasas de desocupación , de desnutrición y pobreza; la erradicación del analfabetismo y ocupar el quinto lugar en el mundo por el porcentaje en matriculas para estudiantes universitarios, que agrego, obviamente, no son los hijos de papi y de mami que están en las barricadas callejeras, como ya es conocida “ la rebelión de los ricos”. A la imposición de una guerra económica asistiendo el desabastecimiento programado de mercancías y productos esenciales; el embargo comercial encubierto; el boicot en el suministro de bienes de primera necesidad; el bloqueo financiero internacional; la inflación inducida y-agrego- el descarado deterioro de la divisa bolivariana en la frontera colombo-venezolana, permeada por la doble economía y/o economía subterránea, alentada por el fallido narco-estado colombiano.
De la inconsistencia de la ruptura del orden constitucional en Venezuela
La causa de todo el debate lo ocasionó la posesión de tres Diputados del estado del Amazonas, cuya ilegitimidad fue declarada por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Pese a ello, la Asamblea Nacional, mayoritaria en su composición, les dio posesión para contar, en forma torticera, con la mayoría absoluta y calificada. El artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CB) indica que la jurisdicción contenciosa administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), encargado de la declaración de nulidad de los actos administrativos. Fue así como declaró nula esas posesiones; pero la arrogancia de la oposición mayoritaria desconoció tal fallo y en consecuencia fue declarada en desacato la Asamblea Constituyente y, por ende, nulas todas sus actuaciones, desde ese inicio y hasta el día de hoy. Todos los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidas (Articulo 5 CB), para que con engañifas argumenten que solo los particulares pueden ser declarados en desacato.
Los corifeos imperialistas, ante la decisión soberana del presidente Maduro de Convocar la Asamblea Constituyente Comunal y Popular Bolivariana, alegaron que de previo se debía someter a un referéndum esa iniciativa. El artículo 348 CB, dice: “La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros;” Eso fue, lo que el gobierno, en pleno, decidió el histórico 1 de mayo de 2017, como salida política al caos insurreccional incitado por la derecha iberoamericana, injerencista en Venezuela. “La iniciativa de convocatoria” a un referéndum popular es propia del Presidente, lo consagra sabiamente el artículo 71 CB, y en modo alguno suple la voluntad del pueblo de Venezuela como depositario del poder originario (Artículo 347 CB), como raya en mala fe la “interpretación” falsaria del gobierno colombiano y su sequito latinoamericano. Olvidan que en la República Bolivariana de Venezuela impera la democracia directa y participativa y no el remedo de representación democrática indirecta, nido de voracidad de clientelismo politiquero, ínsito en el sistema de resto de países latinoamericanos. Invocan el artículo 2 CB, sobre la existencia del Estado de Derecho y los artículos 62 CB sobre la participación en democracia directa de todos los ciudadanos y el artículo 63 CB, sobre el derecho al sufragio, con la impertinencia del engaño y la estafa informativa; desconociendo la realidad de un pueblo, como el venezolano, viviendo y padeciendo un verdadero tránsito de proceso revolucionario.
Concluyo con desenmascarar a los pobres vergonzantes de la academia, desde la “izquierda” y la intelectualidad, de asumir, en la práctica, el papel de cajas de resonancia del amplio espectro publicitario de las políticas del Pentágono en la labor propia de información y desinformación. Hacen eco del fuego enemigo de las posiciones de derecha que pretenden aislar internacionalmente al gobierno legítimo popular. Olvidan que son solo los venezolanos y venezolanas quienes pueden invocar el sagrado legado de ¡Gloria al Bravo Pueblo de Bolívar!