– Organizaciones y personas de la ciudadanía piden prohibir el peligroso agro veneno que contamina el agua
Estas personas son de distintas instancias: académicas, educación secundaria, organizaciones ecologistas, derechos humanos, asociaciones de desarrollo, agricultura orgánica, sindicatos, apicultura, ASADAs, culturales, artesanos, de la Diversidad, empresas de turismo, consumidoras, medicina natural, botánicas, restaurantes, corredores ecológicos, conservacionistas, agricultura urbana, cooperativas, manejo de desechos, COVIRENAS, indígenas, deportistas, jóvenes, fincas agroecológicas, productores, fundaciones, feministas, jubilados magisterio, religiosas, grupos de mujeres , regidoras, empresas ecológicas, sector cultura y guardianas de semillas, entre otros.
Las personas firmantes afirman que el Clorotalonil es uno de los plaguicidas más usados en Costa Rica y que el Laboratorio Nacional de Aguas no tiene la capacidad técnica instalada para hacer análisis de todos los productos de degradación de Clorotalonil que ha sido prohibido en la Unión Europea y debería por consiguiente prohibirse en Costa Rica.
Desde inicios de año se viene denunciando la contaminación con clorotalonil en el agua de la comunidad de Cipreses de Oreamuno de Cartago, específicamente en las nacientes destinadas para agua de consumo humano de más de 4000 personas se presentaron resultados positivos de plaguicidas según reconoce el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) fundamentados en un estudio del IRET de la Universidad Nacional (UNA-LAREP-OFIC-060-2021-S20-13-05-2021) donde se encontraron la presencia de productos de la degradación del plaguicida clorotalonil, así como trazas de 9 plaguicidas.
La desprotección ecológica y contaminación de las tomas de agua de Cipreses es una triste situación que se repite a lo largo y ancho del país y las instituciones responsables parecieran no estar interesadas en hacer cumplir la protección que establece la Ley de Aguas #276 sobre estos bienes comunes.
Según los firmantes el principio a favor del recurso hídrico conocido como “Induvio Pro Aqua” ha sido utilizado a la inversa por el ICAA y la ASADA de Cipreses y esto debe ser detenido pues genera problemas ambientales y la calidad de vida de las personas”.
Las personas solicitan que debe de ser retirado el registro del clorotalonil y por lo tanto prohibido su uso en Costa Rica considerando que ya hay evidencia de sus riesgos e impactos inadmisibles en materia de salud pública y ambiental. Además, que el registro de nuevas moléculas de plaguicidas debe ir de la mano con la capacidad del Laboratorio Nacional de Aguas de detectarlas. Finalmente solicitan en dicho escrito que se analicen todos los subproductos de clorotalonil en los muestreos de plaguicidas en el agua a nivel nacional.
En este sentido solicitan al “Presidente de Costa Rica ordenar que se realice el debido seguimiento a la solicitud del despacho de la Señora Ministra de Salud, al cual nos sumamos y apoyamos para que el Laboratorio Nacional de Aguas consiga los reactivos y tecnologías necesarias con prontitud y urgencia para analizar todos los Subproductos de Clorotalonil” esto pues actualmente solo analizan 24 moléculas distintas y existen más de 200 registradas.
Sobre el caso de Cipreses de Oreamuno y la contaminación con clorotalonil en sus fuentes de agua para consumo humano: “Pedimos que se hagan cumplir las varias órdenes sanitarias ya existentes de la Dirección del Área Rectora de Salud Oreamuno para que se protejan las fuentes de agua en el caso concreto de Cipreses. Que se ordene al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados establecer un plan de acción para proveer agua en cisterna libre de agroquímicos a la comunidad de Cipreses”.
Costa Rica es uno de los países de mayor uso y abuso de plaguicidas en la región y la contaminación de tomas de agua de diferentes comunidades con plaguicidas es una situación ampliamente conocida. Recordando la lucha de muchas comunidades por la contaminación de su agua potable con el plaguicida bromacil; así como la situación que hoy se da a conocer desde la comunidad de Cipreses en materia de contaminación con clorotalonil.
Comunicado elaborado con el apoyo del Proyecto “Geografía y Diálogo de Saberes: Análisis de la conflictividad socio ambiental en territorios rurales de Costa Rica (ED-3526)” de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socio ambientales de la UCR.
Concejo Municipal de Belén pide a la Alcaldía hacer respetar fallo de la Sala Primera sobre el Humedal de La Ribera
Regidores de la coalición Unión Belemita enfrentan a la Administración Municipal para dejar de poner en tela de duda el Humedal.
Reacción se da tras conocerse formalmente el fallo de la Sala Primera que anuló la sentencia del 2020 del Contencioso Administrativo.
Respeto absoluto al fallo de la Sala Primera de Justicia, fue el acuerdo tomado por unanimidad por parte del Concejo Municipal de Belén en la sesión 52-2022 del pasado 6 de setiembre, tras conocerse los alcances de la resolución 000191-F-S1-2022 que ha devuelto la esperanza de supervivencia al Humedal de la Ribera.
El acuerdo de forma íntegra indicó: solicitarle a la Alcaldía Municipal procedan a desarrollar todas las acciones legales suficientes y necesarias para que la Municipalidad de Belén haga respetar lo resuelto en esa sentencia en todas las instancias administrativas y judiciales que lo requieran de acuerdo al bloque de legalidad y se le informe al Concejo de los avances.
De previo al acuerdo, las regidurías de la coalición Unión Belemita celebraron el fallo de la Sala Primera, y señalaron que es hora de que el Gobierno Local como un todo, acepte, en definitiva, que el tamaño total del Humedal ya no es objeto de discusión, por cuanto se ha oficializado que “el perímetro que demarca el humedal de La Rivera de San Antonio de Belén, el cual fue demarcado conjuntamente por la Dirección General del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central y la Municipalidad del Cantón de Belén” , es de 13 219,9 metros cuadrados ratificado así por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) en el oficio No 08-01014 del 26 de agosto de 2008.
La regidora María Antonia Castro señaló, en esa dirección, que inclusive el procurador que ha llevado el caso ha señalado ya que no se puede tramitar solicitudes contrarias a la normativa que protege el humedal.
‘’El señor procurador está en este caso desde el 2007, no le van a decir que el humedal no es lo que es, porque ya él lo sabe perfectamente. Otro ejemplo que quiero dar es el oficio AAA 453-2013 del señor procurador dirigido a Gladis de Marco de la oficina de Alajuela del Área Cordillera Volcánica Central del MINAE que en razón de todo lo expuesto: lo propio es abstenerse de tramitar solicitudes contrarias a la normativa de rango superior que rigen en el humedal de La Ribera de Belén y observando el debido proceso de negar las que se encuentren en curso’’. Relató Castro.
Inclusive el propio Concejo Municipal había oficializado el humedal mediante el acuerdo 20 de la sesión #59-2007 y acogió la demarcación del IGN en el artículo 06 de la sesión #06-2012, indicando:
“PRIMERO: Informar a la Comisión de Seguimiento del Plan Regulador y a toda la Corporación Municipal que el Concejo acogió las determinaciones y descripciones sobre el Humedal de La Ribera de Belén en los documentos: oficio 08-01014 de 26 de agosto de 2008, del Instituto Geográfico Nacional y en el oficio AAA-1331-2011 de Lic. Mauricio Castro Lizano, Procuraduría General de la República. SEGUNDO: Instruir a la Secretaría para realizar la comunicación como corresponde. TERCERO: Incorporar al Expediente”.
Para el regidor Luis Rodríguez ya no hay discusión sobre la condición de humedal lacustrino, pues está claro y oficialmente declarado como tal, con todo el radio de protección de 50 metros que dicha condición otorga:
‘’Es un humedal lacustrino lo que otorga 50 metros de protección en sus márgenes. Ahora ese humedal fue declarado lacustrino por el SENARA que es el rector en aguas subterráneas y es una laguna según SINAC que es el rector en materia de humedales. Ahí no hay discusión. El que se drene el humedal no hace que se pierda la condición de lacustrino y, es más, drenar un humedal es delito penal, hay que volverlo a su condición inicial porque ahí alguien cometió un delito penal’’. Advirtió Rodríguez.
El énfasis de los ediles en señalar la oficialidad y el tamaño del humedal se da porque en el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo N° 29-2020-VIII los magistrados habían condenado al Municipio y fallado a favor del empresario Fabio Chaves y su proyecto de Prados de Belén, en base a que la parte municipal omitió señalar la existencia, tamaño oficial y área de protección del humedal, dando de esta forma pie a una duda que a hoy ya no existe.
En aquel momento los jueces consideraron “No cabe acá sostener una duda, cuando, se reitera, el municipio cuenta con los recursos técnicos y legales para establecer la lesión pretendida al interés público”. El juez Jonatán Canales Hernández explicó que la desestimación de la acción dependió de un error procesal de bulto, como lo fue que no se haya impugnado el permiso original de edificación en el sitio”. Además, agregó: “se debe prevenir a la demandada, tienen el deber de respetar la integridad del humedal y las nacientes y sus zonas de protección fijada por la ley”
Sala Primera si consideró el fondo.
Contrariamente a la resolución del Contencioso, la Sala Primera de Casación si señaló categóricamente que la protección del humedal era importante en la resolución final que vaya a tener el tema.
En el considerando III de la resolución, los magistrados señalaron que ‘’En consecuencia, hay un aspecto subyacente que resulta primordial, —por ello no puede dejarse de lado al momento de resolver la controversia—, a saber, está de por medio un bien de dominio público, que atañe a la protección del medio ambiente (norma 50 de la Constitución Política), y perteneciente al patrimonio natural del Estado (PNE), por lo cual concierne al interés público’’.
Por ello ordenaron volver a juicio en el Tribunal Contencioso Administrativo, con la novedad de que esta vez, la Procuraduría General de la República no participará como un tercer interesado en el litigio, sino como una parte activa en la defensa del patrimonio natural del Estado, en este caso, el Humedal. Igualmente, el SINAC será una parte activa en este nuevo juicio.
En criterio del regidor Ulises Araya, esta nueva oportunidad obliga al municipio a no volverse a equivocar con el tema de la ya oficializada área total del humedal.
‘’No hay y no debería existir más esta nebulosa absurda de que no se sabe de qué tamaño es el humedal, se sabe a plenitud y en consecuencia nuestro municipio debe corregir y actuar’’. Recomendó Araya.
Antecedentes al fallo de la Sala Primera.
En el año 2000, el empresario Fabio Chaves abrió 2 canales provocando el dragado del humedal de forma ilegal, lo que ocasionó la intervención de los vecinos que se le enfrentaron y se interpusieron ante la maquinaria y las bombas que drenaban, ocasionando daños al espejo de agua, hasta hoy.
Posteriormente, pese al grave daño ecológico y la muerte de tortugas, langostinos y peces, la Municipalidad de Belén otorgó ilegalmente permisos de construcción en el año 2004, y no fue sino hasta seis años después, que el Concejo Municipal, en el 2010 solicitó la anulación de los permisos mediante el procedimiento de lesividad que originó el juicio en el Tribunal Contencioso Administrativo.
En el 2020 dicho tribunal emite la resolución N° 29-2020-VIII donde falla a favor de Chaves y mantiene los permisos de construcción, momento en que la Dirección Jurídica de la Municipalidad recomienda al Gobierno Local declarar los permisos ‘’válidos y eficaces’’, recibir las obras de Prados de Belén y, no interponer recurso de casación a la resolución.
En aquel momento dicha dirección jurídica afirmó que la recomendación de no apelar se debía a que: los razonamientos esgrimidos por los integrantes de la Sección VIII del Tribunal Contencioso, en la Sentencia 29-2020-VIII, consistentes en atribuir falencias a la declaratoria de lesividad, por la falta de desarrollo de los motivos de nulidad, que afectarían los permisos de construcción cuestionados por esta Municipalidad, es un argumento que no podría subsanarse jurídicamente por medio de un recurso de casación’’.
Esta recomendación ocasionó posiciones divididas en el Concejo Municipal que deliberó entre si acoger o no lo que solicitaba la Dirección Jurídica, y pese a que en un primer momento los regidores rechazaron por voto 3 a 2, la propuesta; en la sesión #21-2020 del 21 de abril del 2020, una semana después la regidora del PUSC Lorena González, solicitó una revisión al acta y cambió su posición, por lo que el Concejo Municipal terminó aceptando la recomendación del director jurídico en la sesión #22-2020 del 28 de abril de ese año
Pero la historia no terminaría ahí, decenas de vecinos de Belén enfurecidos por la decisión de no apelar el fallo y declarar los permisos de construcción ‘’válidos y eficaces’’ juntaron 258 firmas e interpusieron un Recurso de Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante que se conoció en la sesión #25-2020 del 12 de mayo del 2020.
Esa misma noche el polémico acuerdo, fue anulado, tras propia recomendación de la Dirección Jurídica, quien al enterarse de que la Procuraduría de la República si había recurrido el fallo ante la Sala Primera, solicitó la anulación al Concejo Municipal debido a que el tema ‘’no era cosa juzgada’’. Pese al Concejo anular el acuerdo, ya para ese momento había vencido el plazo para presentar la apelación ante Casación, motivo por el cual finalmente le correspondió únicamente a la Procuraduría General de la República acudir a la Sala Primera, con un resultado afortunadamente victorioso.
‘’Son 22 años de esta lucha, a los primeros que hay que agradecerles es a los vecinos que no se han cansado. Tenemos que unirnos y seguir defendiendo el humedal y corregir los errores que se cometieron en el pasado, estamos en el momento para hacerlo y seguir adelante. Pero sí debemos recordar que esos errores nos llevaron a un proceso muy largo y eso costó tiempo y dinero’’. Indicó la regidora Marjorie Torres.
San Antonio de Belén, 8 de setiembre del 2022
Video disponible en el siguiente enlace:
Compartido con SURCOS por la Oficina de prensa de la Coalición Unión Belemita.
(FECON, 2-9-2022) Vecinos de Dominicalito les preocupa el impacto en su salud, ante la contaminación de la Quebrada Poza Azul, generada por la perforación de un pozo en la parte alta de la misma.
En palabras de Luis Jiménez, vecino y dirigente comunal de Dominicalito, “lo que se está denunciando es la contaminación al rio Poza Azul, habemos más de 300 personas que tomamos agua de ahí, porque no tenemos agua potable. Están perforando ese pozo y están mandado todo eso al río, si hay camarones muertos, es porque está contaminada esa agua”.
Como se aprecia en una de las fotos adjuntas, los desechos producidos por la perforación discurren hacia el cauce de la quebrada, provocando que cambie la coloración del agua, incluso en momentos que no hay lluvia.
Angustiados los vecinos indican que presentaron denuncia telefónica ante la oficina Regional del Minae, denunciaron en el 911; sin embargo, no han contado con respuesta de las autoridades, pese al peligro inminente para la salud de las familias de Dominicalito.
La comunidad de Dominicalito, ubicada en Puntarenas, Cantón de Osa, es reconocida como un pueblo de pescadores artesanales, fue establecida mediante un proyecto de vivienda social para reubicar a las familias que vivían en la zona marítimo terrestre en el año 2002, veinte años lleva contabilizándose la deuda del sector institucional con las humildes familias de este pueblo, deuda amparada en un derecho consagrado en el artículo 50 de la constitución política: no cuentan con acceso al agua potable. Por medio de mangueras se ha abastecido de agua tomada directamente de la quebrada Poza Azul.
Preocupa además que la Dirección de Aguas del MINAE, DA, ha continúa otorgando permisos en la parte alta de la fila costeña, aledaña al pueblo, donde se ha asentado especialmente extranjeros, pese a no contar con estudios sobre el impacto acumulativo de la extracción subterránea de aguas, ni tampoco contar con medios para monitoreo de aguas subterráneas en ese sector. En la cuenca del río Baru, la DA, solo cuenta con puntos de monitoreo de aguas subterráneas en Hatillo, Uvita y Ojochal.
Causa alarma también que se identifica una fuerte tendencia postpandemia caracterizada por la llegada de más extranjeros a residir en la zona, cada nuevo propietario, al no contarse con un sistema de acueducto público, para solicitar los respectivos permisos de construcción requiere establecer un sistema privado de abastecimiento.
Nos indica Luis Jiménez, que la comunidad y la Asociación de Desarrollo de Dominicalito, hacen responsable a las instituciones de cualquier evento de daño a la salud, en una comunidad donde habitan niños, personas mayores, que son más vulnerables a este tipo de eventos.
El próximo miércoles 31 de agosto a las 5:30 p.m. en el Auditorio de la Facultad de Educación – UCR, tendrá lugar el lanzamiento de la tercera temporada de la serie Entramarnos de Quince-UCR, «RIOS: memoria que fluye».
Esta es una serie documental popular en clave de “memoria histórica y afectiva” que retrata procesos y movilizaciones en defensa del agua y de la vida en comunidades del Pacífico Central y el Pacífico Sur de Costa Rica. Presenta reflexiones y vivencias comunitarias de personas defensoras que reconocen la importancia de las aguas y los ríos para el bien común, la vida de los pueblos y los ecosistemas. Y sobre todo enfatiza en la articulación de luchas y resistencias necesarias para poner un alto a la expansión de megaproyectos y políticas neoliberales extractivas y explotadoras que amenazan nuestros territorios. ¡Les esperamos!
Compartido con SURCOS por Dylanna Rodríguez-Muñoz.
El 20 de agosto del presente año, la Asociación de Desarrollo Integral de Bagaces en el evento del Millón (Competencia Taurina), otorgó a La Voz del Pueblo Bagaces, un reconocimiento por su lucha para que el AyA gestione adecuadamente un proyecto que libre el agua del arsénico, además, fueron los dedicados de la actividad taurina.
“Por parte de la Asociación de Desarrollo Integral se ha logrado que las futuras generaciones sean más saludables”, palabras de Huber Arrieta.
El 18 de agosto de 2022, el Concejo Municipal de Bagaces entregó un reconocimiento a la labor de la organización comunal Voz del Pueblo, que por años luchó para que los proyectos de agua para el cantón de Bagaces fuesen escuchados y se concretaran con prontitud.
Llamado a los y las líderes mundiales que desarrollan y financian la política del agua para desafiar la gestión del agua dirigida por las corporaciones y crear alternativas ambientalmente racionales y socialmente justas.
Desde la comunidad de Longo Mai extendemos el llamado a los líderes y encargados de desarrollar y financiar la política del agua a replantear el nuevo modelo de gestión del agua que está surgiendo ya que el mismo no es sustentable y su debate no está siendo público ni se está dando a profundidad.
Les instamos a leer el marco completo del problema que esto representa en el documento adjunto, y además, sumarse a la iniciativa firmando el formulario para extender la petición para cuestionar y proponer alternativas a la creciente gestión corporativa del agua.
Actualmente en la corriente legislativa de Costa Rica, se encuentra en camino de discusión el proyecto de ley n.° 22.709 “Amnistía para el ordenamiento de pozos no inscritos y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria”. La cual presenta omisiones importantes en torno a la gestión adecuada del agua.
A partir del Informe de la Contraloría General de la República DFOE-SOS-0109, retomamos algunas de las observaciones que señala este documento, y que nos permite identificar las tensiones que representa la promoción de esta iniciativa.
El proyecto de ley carece de un enfoque integral, dado que presenta un desbalance muy marcado en favor del uso agrícola, omitiendo la necesidad de presentar estudios que permitan determinar y asegurar la no afectaciones de los demás usos del agua, especialmente en torno al Derecho Humano al agua.
Por esta razón, queremos compartirles esta infografía para invitarles a reflexionar sobre algunas dimensiones claves de la ley, y que nos permita discutir la pertinencia de estos abordajes, identificar los privilegios que promueve la ley y quienes son los sectores más vulnerabilizados si esta ley fuera aplicada.
La conocida situación de contaminación con clorotalonil en el agua de la comunidad de Cipreses de Oreamuno de Cartago, requiere la toma urgente de decisiones desde las instituciones y autoridades competentes en aras del cuidado de la salud pública y ambiental.
Esto debido a que en las nacientes llamadas Plantón y Carlos Calvo de la ASADA de Cipreses, cantón de Oreamuno destinadas para agua de consumo humano, presentaron resultados positivos de plaguicidas, según acepta y reconoce el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), fundamentados en un reciente estudio del IRET de la Universidad Nacional (ver anexo 1 y anexo 13).
Por lo tanto, se solicita respetuosamente, se prohíba el uso de clorotalonil en Costa Rica, además, debe ser retirado su registro, considerando que ya hay evidencia supra citada de sus riesgos e impactos inadmisibles en materia de salud pública y ambiental.
Le invitamos a firmar el manifiesto por el agua en el siguiente enlace: