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Consejo Universitario UNA, Basta de violencia contra los pueblos originarios de Costa Rica

Pronunciamiento: sobre la recuperación de tierras y los hechos ocurridos en el Territorio Indígena Salitre

Basta de violencia contra los pueblos originarios

Desde el pasado 5 de julio del 2014, la comunidad de Cebror, del Territorio Indígena de Salitre, ubicado en el cantón de Buenos Aires, Provincia Puntarenas, ha sido escenario de hechos violentos por parte de personas no indígenas, como reacción al proceso de recuperación de tierras que viene realizando la comunidad indígena de Salitre, que durante años ha sido invadida por terratenientes y empresas.

La usurpación de estos territorios en Costa Rica por personas no indígenas, data desde la época de la conquista española, es una muestra de la marginación, el desprecio y la discriminación, responde a la falta de reconocimiento de la cultura indígena que ha provocado la invisibilización, el olvido y el irrespeto a sus derechos, a las imposiciones políticas, económicas y culturales, entre otros hechos.

Los hechos violentos ocurridos en el Territorio de Salitre pusieron en riesgo la integridad de las familias indígenas, que han venido luchando por la afirmación de sus derechos, sin lograr hasta ahora tener una respuesta positiva por parte de las entidades gubernamentales.

La violencia contra los pueblos indígenas no corresponde solamente a la marginación y abandono en el que se les ha obligado vivir, en donde se ha desconocido sus necesidades básicas más elementales, pero además ha llevado a la violencia física, lo que ha puesto en riesgo la existencia de las comunidades y la vida de sus integrantes.

La Ley Indígena # 6172, establece que los territorios indígenas son inalienables, intransferibles e inembargables, lo que garantiza y reafirma los derechos de los pueblos originarios. Estos derechos se encuentran también reafirmados en normas internacionales como los son el Convenio 169 de la OIT (ratificado en 1992), y la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas. Pero además existen otros instrumentos legales que protegen los derechos de los pueblos indígenas, entre los cuales se pueden destacar distintas resoluciones judiciales (Sala Constitucional, Tribunal Superior Agrario) y sentencias vinculantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre temas indígenas.

La Universidad Nacional repudia los hechos ocurridos en Salitre que reproducen una cultura racista, violenta y discriminatoria hacia los pueblos indígenas.

Por tanto se manifiesta:

a. Rechazar cualquier acto de violencia que menoscabe los derechos de los pueblos indígenas.

b. Instar a las autoridades gubernamentales a restablecer la paz y seguridad en la comunidad de Cebror, del Territorio Indígena de Salitre, ubicado en el cantón de Buenos Aires de Puntarenas.

c. Respetar los derechos indígenas, de conformidad con la legislación nacional e internacional, considerando las resoluciones de los Tribunales de Justicia.

d. Garantizar la seguridad y el espacio de acción de los líderes de las comunidades afectadas, así como el respeto a los distintos movimientos sociales e instituciones que promueven los derechos humanos.

e. Solicitar a la Fiscalía General de la República, que se investigue los actos delictivos ocurridos en la comunidad de Cebror, del Territorio Indígena de Salitre y se establezcan las responsabilidades civiles y penales correspondientes.

f. Solicitar a la Asamblea Legislativa de manera respetuosa pero vehemente, que agilice los trámites para el conocimiento y aprobación del Proyecto de Ley 14.352 denominado “Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas”, que tiene más de dos décadas en la corriente legislativa, sin lograr convertirse en prioridad para los gobiernos de turno y los partidos representados en el congreso.

g. Hacer un llamado al Gobierno de la República de Costa Rica para que establezca estrategias que promuevan la recuperación de los territorios que están en manos de personas no indígenas.

 

¡Basta ya de violencia contra los pueblos originarios de Costa Rica!

 

Sesión celebrada el 14 de agosto del 2014, Acta N° 3402, según el Artículo III, Inciso II

Para más información: Teléfono 2277-39-23 / fax 2261-00-26 / correo electrónico: consejou@una.cr

 

Información circulada por M.ED. Francisco Gonzalez Alvarado Secretario, Consejo Universitario.

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Comunidad de Cebror, Ley Indígena # 6172, recuperación de tierras, Territorio Indígena Salitre