Corregido Tratado de Límites Marinos con Ecuador

Dr. Freddy Pacheco

Dr. Freddy Pacheco León.

Dr. Freddy Pacheco León.

Cuando el 8 de mayo del 2014 el presidente de la República de Ecuador mostró su satisfacción por representar a un país “vecino de Costa Rica”, no faltaron los infalibles de Facebook burlándose de “ese ignorante que no sabe nada de geografía”. En su oposición ideológica al Dr. Rafael Correa, no se estaban dando cuenta de lo errado de sus observaciones, que además demostraban un comportamiento generalizado del costarricense acostumbrado a mirar hacia sus valles y montañas, desdeñando la importancia de los territorios marítimos.

Y es que tal vez habrá quienes consideren que a 33 años de haberse aprobado en Nueva York la “Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar” (Convemar) no ha pasado suficiente tiempo para actualizar lo aprendido en la escuela, por lo que el mar es un asunto que compete a otros. Por ello, los conceptos de “mar territorial” de hasta 12 millas de ancho, y “zona económica exclusiva”, adyacente a ese mar y hasta alcanzar un límite de hasta 200 millas (medida a partir de donde se mide el “mar territorial”) son cosas de poca importancia y trascendencia. Sin percatarse que los países ribereños como Costa Rica y las islas como el Parque Nacional Isla del Coco, vieron ampliados sus derechos de soberanía en cientos de miles de kilómetros cuadrados, desde el momento en que la Asamblea General de la ONU aprobara la Convemar.

La isla del Coco, ubicada a 330 millas de la península de Nicoya adquirió el derecho a una zona económica exclusiva marcada por un radio de hasta 200 millas de longitud, lo que hizo aumentar el territorio marítimo del país extraordinariamente, hasta interceptar por un lado el territorio marítimo del archipiélago islas Galápagos, separado de nuestra isla por una distancia menor a las 400 millas, creando así la necesidad de delimitar los territorios marítimos vecinos.

Ante esa situación, el 12 de marzo de 1984, nuestro entonces Ministro de Relaciones Exteriores Carlos José Gutiérrez (q.d.D.g.) suscribió en Quito el “Convenio sobre delimitación de áreas marinas y submarinas entre las repúblicas de Costa Rica y Ecuador”. Convenio que, en virtud de un grave error, fuere enfrentado por este servidor desde su firma, las varias veces que se le quiso aprobar en la Asamblea Legislativa.

Y lo hicimos así por las siguientes razones: Para navegar en el “mar territorial” las embarcaciones extranjeras requieren permiso del país ribereño, aplicándose lo mismo para el sobrevuelo y para el tendido de cables submarinos. Esa franja de 12 millas de ancho se considera como una extensión del territorio y en ella se aplican regulaciones estrictas para el llamado “paso inocente” de los buques que así lo acepten. Por el contrario, en la “zona económica exclusiva”, donde se tienen derechos de soberanía sobre los recursos vivos y no vivos de las aguas, el lecho y el subsuelo, los países gozan de los derechos de libre navegación (no requieren permiso), de sobrevuelo y de tendido de cables y tuberías submarinos. Así pues, una embarcación, aún pesquera, tiene el derecho a surcar libremente las zonas económicas exclusivas de todo el planeta.

Con ello (esperamos que aclarado) los limites marinos originados a partir de los parques nacionales Isla del Coco y Archipiélago de Galápagos, debían de haberse descrito como correspondientes a las zonas económicas exclusivas de ambos Estados según lo determinado por la convención de la ONU, ¡pero no fue así! – La Cancillería costarricense le aceptó a los representantes ecuatorianos que en el convenio limítrofe se dijera que las áreas marinas de 200 millas de Costa Rica (que nosotros reconocíamos como “zona económica exclusiva”) correspondientes a la Isla del Coco, delimitaban por una línea geodésica equidistante con “Las áreas marinas de 200 millas del mar territorial del Ecuador correspondientes a su territorio insular del Archipiélago de Colón” (Galápagos).

Al dejar pasar ese “detallito”, automáticamente Costa Rica estaba renunciando al derecho de libre navegación de sus buques en un área superior a los 800.000 km² que en razón de la convención de la ONU debería llamarse “zona económica exclusiva” de Ecuador. Así como al libre sobrevuelo y tendido de cables y tuberías submarinas. Y al renunciar a ese derecho, también estaba Costa Rica violentando lo establecido en la Convemar, que había contado con su voto favorable para su aprobación.

¡Por eso nos opusimos!, y más enérgicamente cuando fuere enviado para su aprobación legislativa y defendido también insistentemente por el canciller Roberto Rojas y su vicecanciller Elaine White, entre otros. Tuvimos incluso que lidiar con el inaceptable argumento de que “aunque Costa Rica reclame en su Constitución la jurisdicción sobre la Isla del Coco y sobre su zona económica exclusiva, mientras ésta no se reconozca en un tratado de límites con países vecinos, tal enunciado constitucional carece de efectividad para la comunidad internacional” (E. White, 21.8.98), confundiéndose además en el documento citado lo que es “alta mar” (donde hay incluso libertad de pesca) con el concepto de “zona económica exclusiva”.

Pero eso no es todo. Según la Cancillería había que aprobar el convenio tal y como estaba pues “Costa Rica ya manifestó su consentimiento de obligarse por un tratado con la firma del Convenio y, de acuerdo con la norma pacta sunt servanda del derecho internacional, consagrada por la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados (aprobada y ratificada por Costa Rica), se debe cumplir con el proceso de aprobación y ratificación del Convenio”.  Sin necesidad de reiterar los argumentos de entonces contra esa afirmación de la vicecanciller White, solo nos remitimos a la situación actual donde un nuevo convenio de límites marinos estaría por aprobarse.

Pero bueno, hubo que esperar 30 años (bien invertidos) y por la decisión del presidente Rafael Correa de impulsar la incorporación a la legislación de Ecuador de lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tal y como fuere aprobado en votación dividida en la Asamblea Nacional el 22 de mayo del 2012.

De esta forma, allanado el camino, el pasado 21 de abril del 2014, en Quito, los cancilleres Enrique Castillo Barrantes y Ricardo Patiño Aroca, de Costa Rica y Ecuador respectivamente, suscribieron un nuevo convenio sobre delimitación marítima que en su Artículo Primero dice: “La zona económica exclusiva y la plataforma continental del Ecuador del Archipiélago de Galápagos y la zona económica exclusiva y la plataforma continental de Costa Rica de la Isla del Coco delimitan en el Océano Pacífico, en el sector donde se superponen…”, con lo cual se resuelve el problema que por tantos años enfrentara a la Cancillería de Costa Rica con los que no aceptábamos la pérdida de derechos reconocidos por la Convemar.

Y LA MEJOR NOTICIA ES QUE al fin ha sido aprobado en Primer Debate el Tratado de Límites que comentamos, por lo que en pocas semanas los dos países hermanos ya podremos ratificar esa bienvenida delimitación marítima.

 

Usted puede acceder al vídeo que realizó el Dr. Freddy Pacheco sobre este tema en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/watch?v=poLtAspIHEw&feature=youtu.be

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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