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¿La Ley Helms Burton es aplicable en Cuba?

La ley Helms Burton no es aplicable en Cuba, en primer lugar, porque es una ley de Estados Unidos y por tanto su jurisdicción, su espacio de aplicación, es en los Estados Unidos. Ningún país soberano que se respete permitiría la aplicación extraterritorial de una ley de los Estados Unidos o de otro país en su territorio.

Además, en nuestro caso, Cuba tiene una ley aprobada en el año 1996, que declara nula y sin valor alguno a la ley Helms Burton. Por tanto, su aplicación en Cuba es nula.

¿Cuáles son las principales disposiciones de la Ley Helms Burton?

La ley Helms Burton es una ley muy amplia y muy compleja. Es bastante singular en ese sentido. Porque es una ley como probablemente existan pocas en Estados Unidos, si es que existe alguna, que pretende definir con categoría de ley cuál puede ser el comportamiento del gobierno de los Estados Unidos en un tema específico de política exterior, en este caso Cuba.

La ley persigue varios propósitos, en primer lugar, internacionalizar el bloqueo económico, tratar de que la comunidad internacional, lejos de repudiar el bloqueo económico como hace año tras año, se incorpore al sistema de sanciones contra Cuba. Tal es así, que la ley tiene incluso establecido que el Departamento de Estado debe reportar al Congreso cada año sobre cómo se viene aplicando a nivel internacional, por otros países, las sanciones contra Cuba.

La ley también persigue perpetuar el bloqueo. Lo codifica. El bloqueo existía con antelación sobre la base fundamentalmente de prerrogativas que tenía el Presidente de los Estados Unidos y lo que se hizo en el año 96 con la ley Helms Burton fue lo que se llamó “codificarla”. Fue establecer que todas las medidas del bloqueo existentes hasta entonces, más las que se incorporan con la ley, se convierten en un acto legislativo que no se puede modificar sin un acto del Congreso. Lo que buscaba era tratar de perpetuar la hostilidad entre Cuba y los Estados Unidos y maniatar cualquier perspectiva de que un futuro gobierno estadounidense optara, prefiriera o considerara que esta ley respondía solo a los intereses de los Estados Unidos y por tanto, buscara un acomodo distinto con Cuba.

La ley también perseguía disuadir, inhibir, la posibilidad de que capital extranjero llegara a Cuba en la modalidad de inversión extranjera, tratando de espantar al posible inversionista en nuestro país. Y por eso algunos aspectos de la ley buscan castigar al inversionista extranjero si este invierte en alguna de las propiedades que fueron nacionalizadas en Cuba al triunfo de la Revolución. Para eso se basa en la falsedad de que las nacionalizaciones llevadas a cabo por Cuba en los años 60 eran ilegítimas o eran indebidas.

Y finalmente la ley, de lograr cumplirse los propósitos de derrocar la Revolución, con los objetivos anteriores, la ley lo que busca es establecer una especie de programa sobre cómo sería el futuro de Cuba carente totalmente de soberanía si llegara a ocurrir el derrocamiento del poder revolucionario en nuestro país.

Establece un período de transición, en el que habría un administrador, un estadounidense por supuesto, designado por el gobierno de los Estados Unidos que se encargaría de garantizar que se fuera desmontando todo lo que hoy significa el poder revolucionario, el sistema de justicia social, el sistema socialista en nuestro país.

Pero que además tendría como tarea iniciar una de las ambiciones más importantes de la ley Helms Burton: que los antiguos reclamantes estadounidenses -o quienes no eran estadounidenses en ese momento- dueños de propiedades que en Cuba fueron nacionalizadas o que fueron abandonadas por personas que se marcharon de Cuba, sean devueltas a esos reclamantes o que el pago por el valor que ellos decidan por esas propiedades sea dado. Lo cual quiere decir que prácticamente todo cubano, si se cumpliera ese propósito, vería que la casa donde vive, la comunidad donde está su edificio, la escuela a las que van sus hijos, los hospitales, su centro de trabajo, el lugar donde tiene su negocio privado, el terreno donde cultiva, si es un agricultor pequeño, todo eso podía ser reclamado materialmente o se reclamaría una indemnización.

Hasta que no se produzca, según dice la ley, la totalidad de la devolución o la totalidad de la indemnización, quiere decir pago por esas propiedades y bienes, no podría levantarse el bloqueo económico en la manera en que lo concibe la ley. Esos son los propósitos de la Ley Helms Burton.

¿Está el gobierno de Cuba dispuesto a pagar indemnizaciones a los estadounidenses cuyas propiedades fueron confiscadas después de 1959?

Lo que Cuba está dispuesta a hacer, lo planteó en los años 60, cuando se hicieron las nacionalizaciones, y lo ratificó cuando se adoptó la Ley de reafirmación de la dignidad y la soberanía cubanas, en diciembre de 1996, es entrar en un proceso de negociación con el gobierno de los Estados Unidos en la búsqueda de un acuerdo de suma total para que puedan ser compensados los antiguos reclamantes. Y me estoy refiriendo a los reclamantes que fueron reconocidos por la Comisión de reclamaciones extranjeras de los Estados Unidos. Son unas 5903. Pero la Ley también dice que esa negociación se haría conjuntamente con un proceso de discusión sobre la indemnización a la que tiene derecho el Estado y el pueblo cubanos por los daños materiales, sentimentales, y personales ocasionados por los años de agresión militar, el terrorismo, las sanciones económicas y privaciones de diversos tipos provocadas por el gobierno de los Estados Unidos. En un proceso como ese, Cuba está dispuesta a llegar con el gobierno de los Estados Unidos a un acomodo de compensaciones mutuas.

¿Se puede decir que el bloqueo de Estados Unidos comenzaría de verdad cuando se aplique la Helms Burton?

Hay una presunción de que el bloqueo económico comenzó con la aplicación de la Ley Helms Burton en el año 1996, que no es correcta. El bloqueo comenzó a inicios del triunfo de la Revolución. Oficialmente con una orden ejecutiva del presidente Kennedy que se basó en una ley de 1917, emitida en la época de la Primera Guerra Mundial y con órdenes ejecutivas de ese momento, es que el presidente, con sucesivas órdenes ejecutivas, estableció la prohibición de comercio con Cuba, la prohibición de que barcos estadounidenses vinieran a Cuba, la prohibición de transacciones financieras etc., que se fueron incrementando a lo largo de los años antes de llegar a la Ley Helms Burton. Incluso puede decirse que el bloqueo comenzó, que las sanciones comenzaron, antes de eso. Porque el gobierno de los Estados Unidos lo primero que hizo fue reducir la cuota azucarera en el mercado de los Estados Unidos de la que dependía la economía cubana. Ese fue el primer acto de agresión y de sanción y se concibió desde entonces como acto dirigido a generar escasez, privaciones, hambre, penuria en Cuba, con el objetivo de doblegar la voluntad política del pueblo cubano y que eso diera pie a un derrocamiento del gobierno revolucionario.

¿Qué desafíos impone la aplicación de la Helms Burton a las relaciones entre Cuba y Estados Unidos?

El desafío para las relaciones entre Cuba y los Estados Unidos históricamente ha sido la incapacidad del gobierno de los Estados Unidos de aceptar que Cuba, es un país soberano y que tiene derecho a ser un país soberano y de aceptar que el pueblo cubano tiene una voluntad firme, sostenida, de defender ese derecho soberano a construir su propio futuro. Eso es un desafío puesto que la asimetría entre los dos países hace pensar a muchos políticos de los Estados Unidos que tienen la capacidad y el poder de someter al pueblo cubano y, mediante sanciones, mediante presiones, tratar de doblegar la voluntad de los cubanos. La Historia ha demostrado que no es así. La ley Helms Burton se propuso eso en 1996. Hay que escuchar los discursos que se hicieron en esa época, los argumentos que presentaron varios políticos de los Estados Unidos del porqué hacía falta esta ley. Si cualquier persona desinformada hubiera estado escuchando esos debates hubiera pensado que le faltaban meses, o semanas, a la supervivencia de la Revolución Cubana. La historia demostró que no es así y nuevamente ahora, cuando se tratan de instrumentar algunos atributos adicionales de la Ley, el resultado va a ser el mismo que en 1996.

El desafío para Cuba va a ser continuar resistiendo como hemos hecho hasta ahora, siendo creativos, como en nuestro pueblo, procurando seguir desarrollando nuestro país, progresando, tratando de mejorar el bienestar de la población, con un claro sentido de justicia social y dándole las garantías a nuestros socios extranjeros, a los países de otras partes del mundo, de que sus inversiones en Cuba cuentan con la garantía de las leyes cubanas, del derecho internacional, de las leyes de su país, y que es totalmente legítimo interactuar con Cuba y desarrollar negocios con nuestro país.

El pueblo cubano ha demostrado que está comprometido con el proceso revolucionario y ha demostrado también históricamente que tiene una firme conducta de rechazo a cualquier pretensión de sometimiento por parte de una potencia extranjera, como es el caso de los Estados Unidos. Nuestro país lleva 60 años de Revolución sin haber tenido un día de descanso en cuanto a la agresividad de Estados Unidos. Con independencia de que en algunos momentos ha sido más agresivo y en otros ha sido menos agresivo, nuestro pueblo está preparado, tiene experiencia, tiene la experiencia de haber vivido los duros momentos del Período Especial y hoy nosotros no estamos ni siquiera en las condiciones tan difíciles que pasamos en aquellos momentos. Hemos logrado vencer dificultades y períodos duros del pasado y seremos capaces de hacerlo en estos momentos.

Este es un tema importante, un tema sobre el que todos los cubanos debemos estar informados y que debemos comprender, como deben estar informados los latinoamericanos. Es muy importante que compartamos información, que nos unamos y que denunciemos a la ley Helms Burton como un acto del imperialismo contra toda nuestra América.

21 de marzo de 2019

(Cubaminrex)

 

Fuente: https://cubaminrex.cu/es/declaraciones-de-carlos-fernandez-de-cossio-director-general-para-estados-unidos-de-la-cancilleria

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