La Universidad de Costa Rica es una institución transparente y no tiene dinero ocioso

  • El rector Henning Jensen reacciona ante comparecencia de la Contralora Marta Acosta en la Asamblea Legislativa

Sede Universitaria Rodrigo Facio Brenes de la Universidad de Costa Rica.

El rector de la Universidad de Costa Rica, Dr. Henning Jensen Pennington, reaccionó luego de la comparecencia de la Contralora General de la República Marta Acosta, en la comisión legislativa que analiza el presupuesto destinado para el Fondo Especial de la Educación Superior (FEES), que se realizó el 4 de febrero del 2019.

“La señora Contralora transmite una impresión que creo debe ser rechazada de plano. Estamos dispuestos a mejorar nuestros índices de transparencia, como lo tiene que hacer el país entero”, manifestó Jensen. Agregó que los índices elaborados por la misma Contraloría sobre la gestión institucional, deja a las universidades públicas en una buena posición a nivel país.

De hecho, según el Índice de Transparencia del Sector Público, elaborado por la Defensoría de los Habitantes, la UCR está entre las tres mejores instituciones autónomas.

El pasado 4 de febrero la Contralora, expresó en la Asamblea Legislativa, que no se vale tener superávit cuando el país tiene que pagar intereses para financiar el FEES.

La Universidad de Costa Rica recién acaba de ser sometida a una evaluación internacional, realizada por la Asociación Europea de Universidades y tiene un conjunto de recomendaciones muy útiles que se van atender, lo anterior como muestra de que la institución es autocrítica, reflexiva y analítica sobre este tipo de recomendaciones.

“Al actuar de esa manera, la señora Contralora abandona lo que yo creo debe ser el terreno de los argumentos y la objetividad y debe hacer un esfuerzo grande, por transmitir una visión más acertada de la complejidad que tiene el tema de la transparencia institucional en el sector público”.

Dr. Henning Jensen Pennington

En materia presupuestaria, la institución cumple los principios de transparencia y rendición de cuentas, el proceso de ingreso y gasto es fiscalizado por instancias internas, es aprobado por la Contraloría General de la República (CGR), y cada seis meses se presenta un informe de ejecución presupuestaria ante el ente contralor.

Cumpliendo con la legislación nacional, la UCR también cuenta anualmente una auditoría externa que realiza un análisis de la situación financiera de la Universidad, que es presentada ante la CGR. Además la Contraloría realiza periódicamente auditorías a la institución. Al respecto, el rector aseguró que no es cierto que la Universidad esté exenta de controles internos y externos.

Para el público en general, la UCR cuenta con el sitio web de transparencia (www.ucr.ac.cr/transparencia), donde se encuentra toda la información actualizada de la normativa, presupuestos, escalas salariales y mucha otra información que es de acceso público.

El superávit no es dinero ocioso

El Rector señaló que la UCR ha sido sumamente transparente con los diputados y diputadas, y que se ha informado a la misma Asamblea Legislativa sobre las inversiones que realiza la Institución con el superávit.

“En ningún momento son recursos ociosos, son recursos que son invertidos en obras de infraestructura tal y como la normativa lo exige, tenemos mas de 90 obras constructivas que se apoyan en eso que se denomina superávit, pero con un fin establecido, hay contratos y obligaciones financieras que nos comprometen, por eso hablamos de superávit comprometido”, subrayó.

Jensen Pennington indicó que las universidades públicas estatales, son instituciones comprometidas con el bien común y con el desarrollo del país, y que han demostrado que en poco tiempo se puede hacer una inversión en infraestructura que está a la altura de lo que debe ser una universidad moderna.

Dentro de ese rubro se encuentran, por ejemplo, inversiones que no se pueden hacer en un año en curso y que se deben comprometer para el siguiente.

“El superávit no es una masa financiera que flota en el aire, es una cantidad de dinero que tiene fines determinados y que responden inclusive al compromiso que como institución tenemos con el desarrollo de la ciencia y tecnología y el desarrollo de nuestras propias funciones académicas y todo ello para beneficio de nuestro país”, concluyó.

Para comprender mejor, ¿qué es un superávit libre y uno específico?

En primera instancia los superávits se clasifican en superávit libre y superávit específico. El primero es el exceso que queda de los ingresos y gastos ejecutados al final de un año y los recursos sobrantes se pueden utilizar en distintas áreas según las necesidades de las institución.

Mientras que el segundo se refiere también a ese excedente pero que por disposiciones especiales o legales tiene que utilizarse para un fin ya definido.

Por lo tanto, la diferencia entre ellos, es que el superávit libre se puede utilizar en nuevas necesidades institucionales, mientras que el superávit específico, ya tiene un fin de acuerdo con lo planificado.

En el caso de la UCR, los superávits específicos obedecen a disposiciones de carácter especial como convenios, contrato de fideicomiso, proyectos de inversión, reglamentos y acuerdos, estos dos últimos dictados por el Consejo Universitario.

Este carácter especial se asigna con el objetivo de que los recursos se utilicen en un área determinada de interés institucional o para mantener una sana administración de los recursos, con el fin de cumplir con los compromisos y obligaciones originadas en la contratación administrativa. En muchos casos la Universidad ya adquirió el compromiso legal sea por medio de orden de servicio, de compra o contrato de construcción, por lo que esto obliga a identificar estos excedentes como un superávit específico en el presupuesto del año siguiente.

Algunos ejemplos de superávits específicos de la UCR son el de megaproyectos, el de proyectos de inversión o el de becas.

El primero asigna los recursos para hacer frente a las necesidades generadas producto del Fideicomiso UCR-BCR 2011. Estos recursos tienen como objetivo, realizar los pagos respectivos de amortización, intereses y comisiones que corresponden a las obras de inversión contratadas mediante la figura del Fideicomiso.

El segundo, por su parte, se considera específico, según la normativa interna, debido a las características de los proyectos de inversión, ya que muchos de los recursos que se asignan a este programa, provienen de presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias, que se aprueban ya avanzado el año, por lo que no se pueden utilizar los recursos en un solo período.

También por normativa interna establece que el superávit específico del presupuesto de becas se puede utilizar solamente para el mismo propósito.

 

María del Mar Izaguirre Cedeño

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Andrea Marín Castro

Periodista Oficina de Divulgación e Información.

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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