Las amenazas a la Ley De Aguas del Dr. Calderón Guardia
Freddy Pacheco León*
A su llegada a Costa Rica, después de finalizar sus estudios de Medicina en Bélgica, el joven doctor Rafael Ángel Calderón Guardia no pudo menos que impactarse por la situación social y económica de sus compatriotas. La indolencia de los gobiernos sumada a la pasividad de la iglesia católica costarricense, mantenían una clase de inmovilismo muy cómodo para los que ostentaban el poder. El pobre debería de agradecer a Dios su situación; con ello se aseguraba su lugar en el cielo.
La ESPERANZA DE VIDA era inferior a los 47 años, y por supuesto, las familias obreras y campesinas eran las más abatidas. Situación que conocía muy bien desde su función de médico. Diputado a partir de 1935, comprometido con los más pobres, sabía que sus desvelos, causados por las escasas respuestas del Estado, le perseguirían mientras no tuviera oportunidad de actuar y poner en ejecución la doctrina social de la iglesia de la que se había nutrido en Europa.
Así, al quedar electo presidente con un apoyo superior al 80% de los votos, fiel a sus ofrecimientos de campaña, se dedicó con especial ahínco a elaborar los proyectos de ley que le sirvieran al pueblo encontrar los senderos que les permitieran alcanzar el anhelado BIENESTAR SOCIAL. Fueron meses altamente fructíferos, durante los cuales se emitieron leyes y reformas constitucionales que atendieron las necesidades urgentes. Y así, sin perder valioso tiempo, puso manos a la obra. Hizo nacer la “Junta Nacional de la Habitación y la Cooperativa de CASAS Económicas «La Familia», La “Reforma Constitucional de las GARANTÍAS SOCIALES” que sentara las bases de la justicia social ausente del hogar costarricense. Y no menos trascendente fue la ley que establecía los SEGUROS SOCIALES obligatorios… “como única fórmula que armoniza los intereses en pugna del capital y el trabajo, pues tiende a establecer como bases de las relaciones humanas los eternos principios de justicia y solidaridad cristianos, frente a los cuales no existen, o no deben existir, diferencias de clases, sino únicamente hombres que sufren y hombres que tienen el deber de aliviar esos sufrimientos”, defendió ante el Congreso.
Asimismo, nació la UNIVERSIDAD DE COSTA RICA, abriendo de esta forma las puertas hasta entonces cerradas, por las que pasarían miles de jóvenes que solo podían aspirar a un certificado de educación secundaria. Pero más allá también del muy reconocido Código de Trabajo, que vendría a establecer jornadas laborales, salarios mínimos y otras normas desconocidas en el país, el médico-presidente no podría haber dejado de lado los aspectos de salud, de salubridad, de las enfermedades contagiosas, de las situaciones provocadas por el acceso limitadísimo al agua potable en cantidad y calidad adecuadas.
Gran conocedor de que LA BASE FUNDAMENTAL de una mejor calidad de vida estaba en el acceso al agua como un bien “de dominio público”, “de propiedad nacional”, concesionable, creó el 26 de agosto de 1942, LA LEY DE AGUAS (Ley Nº 276). En ella se determina sabiamente que el recurso agua habría de ser administrado por la “Sección de Aguas Potables” de la Secretaría de Salubridad Pública y Protección Social, encargada de “todo lo relacionado con la utilización y administración de las aguas de las cañerías y de los servicios sanitarios”, que incluye “su tratamiento técnico para hacerlas potables; la provisión de ellas a las diversas poblaciones conforme se vaya determinando; la vigilancia de los servicios respectivos y la preparación de planos, diseños, organización, técnica y manejo de los servicios de cañerías o sistemas de distribución de aguas para servicios sanitarios”. Y para garantizar la viabilidad de tan innovadora (para la época) función estatal, se determina que “Lo relativo a la ejecución, construcción y reparación de las obras necesarias para tales fines, corresponderá a la Sección o Departamento de Cañerías de la Secretaría de Fomento”.
Ley de Aguas que HA SIDO ACTUALIZADA a través de los años para adecuarla a la cambiante realidad nacional, que ha permitido que por medio de sus 57 REFORMAS, siga siendo una ley fundamental para el desarrollo de Costa Rica. Ley que ha sustentado, desde esa visión cristiana conque la gestó el Dr. Calderón Guardia, el avance social que hoy caracteriza al pueblo costarricense, que hoy presenta orgullosamente una expectativa de vida de 80 años. Pero Ley de Aguas que hoy, paradójicamente, está en peligro de muerte.
Ley de Aguas que hemos de defender, por su carácter histórico, por su CAPACIDAD A ADAPTARSE a los nuevos requerimientos de la sociedad costarricense, por su excelencia, y más que todo, por la base social que le impregnara sabiamente su gestor, gracias a su visión de futuro y su capacidad de estadista. Ley de Aguas que ahora, con el argumento único de que “es muy vieja”, pretenden sustituirla por una nueva ley que despierta mucha desconfianza en vista de SU ORIGEN y su ECONOMICISTA planteamiento.
NUEVA Ley de Aguas que caracteriza al agua como un “BIEN ECONÓMICO”; que al señalar de soslayo que su acceso es un derecho humano, le elimina el que sea EN CALIDAD Y CANTIDAD ADECUADAS; que NO regula siquiera LA EXPORTACIÓN del agua cuando se pudieren dar condiciones de abastecimiento que así lo demanden; que crea una REGRESIÓN AMBIENTAL irreparable en los procesos estatales de investigación y gestión de los ACUÍFEROS SUBTERRÁNEOS al destrozar al Senara; que PRIVA al AyA de sus funciones de GOBERNABILIDAD del agua como recurso de dominio público; que crea SOCIEDADES ANÒNIMAS que se encargarían de las aguas de uso agropecuario, ajenas al AyA y a las Asadas de su misma zona.
Y que esconde detrás de UNA MÁSCARA DE “INICIATIVA POPULAR”el que se trata de una nueva Ley de Aguas redactada y promovida por intereses propios de la Global Water Partnership (GWP), ente estructurado por el BANVO MUNDIAL vinculado a los comerciales “FOROS Mundiales del Agua” organizados por las transnacionales del agua y por el World Water Council (WWC), TODOS PROMOTORES DEL AGUA COMO UN BIEN ECONÓMICO, ¡antes que socia!!
Nueva Ley de Aguas que tuvo un alto costo en su elaboración y promoción a nivel nacional, que habiendo ingresado a la Asamblea Legislativa por el mecanismo de “Iniciativa Popular”, en claro incumplimiento de las normas constitucionales, transgrede el “Principio de Conexidad” debido a LOS CAMBIOS VITALES que sufriera durante su trámite en comisión legislativa.
*Doctor en Biología
Información enviada a SURCOS Digital por el autor.
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