Skip to main content

¡No a la Pena de Muerte!

Vladimir de la Cruz

El tema de la Pena de Muerte tiene vigencia en cuanto hay muchos países del mundo, más de los que la tienen abolida, que todavía la mantienen, como un castigo penal, que es el más extremo de los castigos, porque quita la vida, en posibilidad de quitarle la vida a un condenado a muerte, que puede resultar no culpable del delito que se le imputó para quitarle su vida, como muchas veces en la Justicia se ha reconocido posteriormente.

En el tema de la Pena de Muerte se discute a quién aplicársela y a cuáles delitos cometidos se les puede castigar con esta sanción extrema. Todavía genera, como tema, grandes debates a favor o en contra.

En Costa Rica de vez en cuando florecen estas discusiones en redes sociales, y en el Facebook, con tan solo sugerir que ante determinados crímenes contra mujeres o niños se debe aplicar.

Bajo todas las formas de gobiernos tiránicos, dictaduras y regímenes despóticos, en general, funciona la Pena de Muerte, declarada legalmente, o porque en ejercicio de su suprema autoridad la realizan o ejecutan, como “crímenes de Estado”, contra quienes les interese eliminar o sacar del juego político. Por supuesto que también funciona bajo regímenes monárquicos y republicanos que todavía la mantienen como castigo.

También la Iglesia Católica la ha usado en su Historia, y el pensamiento cristiano ha tenido este tema en su agenda, como en el pasado, algunos Santos de la Iglesia consideraban que el aborto era posible porque, según ellos, el embrión no tenía alma. Y, todas las religiones en algún momento, justificaron quitar la vida de los que no eran de su propia religión, lo que llevó a guerras religiosas en el mundo, cuando luchaban por ampliar las fronteras de sus feligreses y creyentes, en nombre de la salvación de sus almas… Igualmente se justificó la eliminación de indígenas, en la conquista americana, sobre la misma base de no ser cristianos, no estar bautizados y no tener alma.

Todavía la Iglesia Católica, en el Catecismo autoriza la Pena de Muerte. En el punto 2266 del Catecismo se dice: “La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte. Por motivos análogos quienes poseen la autoridad tienen el derecho de rechazar por medio de las armas a los agresores de la sociedad que tienen a su cargo. Las penas tienen como primer efecto el de compensar el desorden introducido por la falta. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, tiene un valor de expiación. La pena tiene como efecto, además, preservar el orden público y la seguridad de las personas. Finalmente, tiene también un valor medicinal, puesto que debe, en la medida de lo posible, contribuir a la enmienda del culpable”. Señalo esto para tranquilizarles la conciencia a algunos católicos, cristianos y creyentes, que pegándose en el pecho, en las redes se pasan haciendo comentarios a favor de la Pena de Muerte. Aquí pueden encontrar el placer y la diversión, y hasta el desahogo, a su tesis de quitar la vida. Lo más curioso de estos planteamientos, de estas personas, clamando por restablecer la pena de Muerte en Costa Rica, es que muchos de ellos se declaran Pro Vida, anti interruptores de embarazos o anti abortistas.

Costa Rica, como país, nosotros como pueblo, tenemos el privilegio y la dicha de haber sido de los primeros países en el mundo en abolirla, el segundo en América Latina me parece, después de Venezuela que la abolió en 1867. Primero la desaplicamos, la dejamos de aplicar, y luego se abolió totalmente, entre 1878 y 1882, lo que se le atribuye al Presidente Tomás Guardia Gutiérrez, unos diciendo que por influencia de su esposa, y otros por el dolor que le causó el fusilamiento del Presidente Juan Rafael Mora Porras y del General José María Cañas Escamilla, a cuyas órdenes él había luchado en la Guerra Nacional contra los filibusteros, General al que admiraba y quería con devoción.

En 1882 la abolición de la Pena de Muerte se logró cuando en la Constitución Política se estableció la inviolabilidad de la vida. Así, desde entonces, el Estado costarricense no la puede ejecutar por decisión de los Tribunales de Justicia, ni se tolera la ejecución extrajudicial o el asesinato cometido con complicidad de gobiernos.

La Pena de Muerte, en cuanto viola el Derecho a la Vida, constituye en esencia la expresión más brutal de todas las formas de castigos. Es el castigo más extremo, el más cruel.

Cuando aprecio este intercambio de opiniones en las redes y en el Facebook, como tema, veo que minimiza, y deja por fuera, entre los que mantienen esta discusión, la importancia del debate sobre los graves problemas que afectan a la población en lo económico, en lo social, en lo laboral, en lo cultural educativo, no tanto en lo político, porque la temática política brota por todos los poros de la sociedad de muchas maneras, aunque sea sin dirección.

En la abolición de la Pena de Muerte está el hecho de que se ha llevado a Tratados Internacionales, firmados por Costa Rica, en los cuales se manifiesta claramente que no puede restablecerse, y que en ningún caso se puede aplicar por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos, lo que crea condiciones especiales para los ambientes de tolerancia política, libertad de pensamiento y de expresión. Así se contempla en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, o Pacto de San José, ratificado hace 50 años por Costa Rica, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Convenio Constitutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, el Convenio Costa Rica Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En la Carta de Alajuela, cuando en Costa Rica se celebró el centenario de la abolición de la Pena de Muerte, ocasión que sirvió para realizar en el país el Primer Congreso Mundial de Derechos Humanos, en el punto 12 se estableció que “la Pena de Muerte es una práctica, jurídica o no, que atenta contra el Derecho Humano superior de la vida, y por tanto debe suprimirse”.

En el año 2013 Costa Rica hizo un llamado internacional a abolir la pena de muerte durante la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, que se celebró en Antigua, Guatemala. El llamado lo hizo el Canciller Enrique Castillo, con el apoyo de las representaciones de Brasil, Chile, Ecuador, México, Panamá, República Dominicana y Uruguay, en la cita hemisférica que se celebró en esa ciudad colonial.

El Canciller Enrique Castillo enalteciendo la tradición democrática, pacificista, en favor de la vida de los costarricenses, llamó a firmar y ratificar el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.

La Cancillería costarricense, señaló que el país «mantiene su firme y tradicional compromiso con los Derechos Humanos y el respeto a la dignidad de las personas, por lo que una vez más levanta su voz en pro de iniciativas que abogan por la abolición o la moratoria de la pena de muerte».

Todavía no se ha podido lograr que se declare que la Pena de Muerte es contraria al Derecho Internacional, a pesar de que la Conferencia de Estocolmo, de Amnistía Internacional, de 1977, así lo recomendó a las Naciones Unidas. Lo más que se ha logrado en este plano internacional es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que no todos los países han firmado y ratificado. En este Pacto se sostiene que la Pena de Muerte es transitoria, en proceso de abolición por parte de los países, y que aquellos países que la han abolido no la pueden restablecer o reintroducir en su ordenamiento legal, fortaleciendo así el marco del Derecho y la protección de la vida.

Cuando en Perú, en el Gobierno de Fujimori, se capturó a Abigail Guzmán, el líder de la guerrilla Tupamara, Fujimori quiso aplicarle la Pena de Muerte, lo que levantó la voz de la Cancillería costarricense, y de otros países, señalando que no se podía aplicar esa pena porque Perú la había abolido. Allí sigue preso el líder de la Guerrilla, con vida.

La Pena de Muerte como tema sigue siendo actual y dramático. Todavía existe en muchos países. Todavía se aplica a personas que resultan inocentes, por investigaciones judiciales posteriores, de lo que los llevó a este extremo castigo.

La abolición de la Pena de Muerte es uno de los más grandes valores nacionales que hoy informa el ADN de los costarricenses, de la cultura nacional, de la idiosincrasia democrática costarricense. No podemos abjurar ni renunciar a ello. Además de que jurídicamente no podemos.

Cuando en esta discusión e intercambio de opiniones se mantiene en las redes sociales, y en el Facebook, lo que se pone en evidencia es la incultura nacional existente en este campo, y hasta la incultura o mala formación jurídica de algunos que participan de esa discusión. Peor cuando opinan a favor de la Pena de Muerte abogados y abogadas que se percibe no fueron educadas en la tradición de su abolición, quizá también por sus malos o pésimos profesores de Derecho Penal, porque en esas discusiones que mantienen no se ve ningún fundamento jurídico, o filosófico jurídico, que respalde sus tesis. Puras emociones exacerbadas, pura irracionalidad manifiesta, actuando como distractores de los graves e importantes problemas de la vida política, económica y social nacional.

En mi formación jurídica, desde 1968, aprendí con el Dr. Guillermo Padilla Castro, en sus clases de Derecho Penal y con el texto clásico del “Delito y de las Penas”, la lucha contra la Pena de Muerte.

Abrir el portillo de la Pena de Muerte para ciertos crímenes, hoy contra la vida, que afectan especialmente a mujeres y niños, es abrir el portón para que se amplíe a otros delitos u otras formas a las que puedan aplicarse estas sanciones extremas, porque para ello también siempre habrá justificaciones y posibilidades.

Cuando en la legislación represiva nacional hay tendencias a la judicialización y criminalización de la protesta social, y de las luchas sociales, más preocupación producen estas discusiones, viniendo incluso de personas que se presumen de izquierda, de tradición izquierdista, socialista y progresista. En algunos países latinoamericanos, como en Argentina, se ha intentado declarar “terrorista” la protesta social. Y a este tipo de delitos es a los que les calzaría la Pena de Muerte, por ampliación o cobertura de aplicación, por quienes llaman a restablecerla.

En las tendencias internacionales de supra racismos, de populismos extremos, de odios raciales, nacionales y étnicos habrá quienes justifiquen la Pena de Muerte para ejecutar y realizar legalmente sus crímenes.

Una tendencia jurídica, políticamente de derecha, que calza con quienes piden la Pena de Muerte es el populismo punitivo, que se justifica en la inseguridad ciudadana, la violencia de ciertos crímenes contra mujeres y niños especialmente, a la inseguridad ciudadana, la flojera o lentitud de los tribunales para castigar o cumplir con sus deberes, a las tesis que exaltan la defensa de los derechos de los delincuentes y no a los derechos de las víctimas.

Estas son tesis jurídicas que se justifican en las tendencias derechistas y conservadoras de la tradición jurídica anglosajona, y norteamericana. Esta tendencia clama por el endurecimiento del sistema penal, apelando al sentido común, de manera simple, con frases cortas, con slogans, con formas de arenga pública, simple y de fácil aceptación, lo que lo hace atractivo, sobre todo a personas sin sólida educación, y escasa cultura general, con refuerzos de la prensa amarillista que exalta estas situaciones, donde se termina pidiendo como venganza la Pena de Muerte, como está ocurriendo aquí.

En los Estados Unidos, en el Corredor de la Muerte, en el Death Row, año a año esperan centenares de detenidos a que se les aplique su sentencia de muerte. Hay prisiones exclusivas, con más de 300 celdas solo para este tipo de detenidos.

En los Estados Unidos por la llamada Ley de Partes aprobada por media docena de Estados, desde los años setenta, el “actor secundario” de un crimen, el que encubra, sea cómplice o cooperador necesario, puede ser condenado a muerte, como se hace en Texas. En el año 2005 señalaba la revista The Catholic Worker, en un artículo, firmado por Jim Reagan, titulado “2.193.798, suma y sigue” destacaba el número de los que esperaban la muerte. Esto ha seguido creciendo. Hoy vemos por los medios de comunicación, en Estados Unidos, la represión policial brutal que termina ejecutando personas, especialmente negros, afroamericanos y latinos, casi impunemente.

En esa discusión, de nunca acabar, que se sostiene distractoramente, bien podría encausarse, por quienes defienden y proclaman el restablecimiento de la Pena de Muerte, con un Proyecto de Ley que tienda a modificar la Constitución Política, para que allí, y en la Legislación Penal, se restablezca la Pena de Muerte. No hay pretexto para no canalizar sus diatribas de esa manera. Sería la mejor forma en que alrededor de la discusión de un Proyecto de Ley pueda llevarse a cabo esta discusión nacionalmente. Tal vez encuentren un diputado que se apunte en estas tesis.

Y no hay pretexto para que no se pueda hacer. Primero porque en esa discusión participan abogados y abogadas, que algo han de saber de Derecho y de cómo presentar un Proyecto de Ley, que lo pueden canalizar redactándoselo a algún diputado que quiera apadrinarlo por cuenta propia, o por la vía de la Iniciativa Ciudadana para presentar Proyectos de Ley, con lo cual cualquier ciudadano o ciudadana puede presentar un Proyecto de Ley, con solo presentarse a la Asamblea Legislativa a proponerlo. Allí incluso le facilitan personas, asesores legislativos, que saben cómo presentar los proyectos para que lo redacten de manera correcta para su respectivo trámite legislativo.

O súmense a la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, para que en ella se discuta este tema.

En las marchas que se han convocado alrededor de los asesinatos de mujeres, no he visto carteles pidiendo la Pena de Muerte como consigna central. En otras marchas hasta la muerte del Presidente piden algunos carteles.

En esos escritos, quienes proclaman la Pena de Muerte, a secas, han sostenido que Costa Rica puede salirse de los Tratados Internacionales que ha firmado en este sentido, incluso poniendo de ejemplo a Estados Unidos, que es el país que menos tratados ha firmado relacionados con Derechos Humanos y afines. Incluso han dicho que nos podemos salir de todos los Tratados…sin conocer realmente en qué y cuál mundo vivimos.

Los que en esta tesis están hasta mal hacen su planteamiento, obviamente sin asidero jurídico algunos. NO es pedir la Pena de Muerte por pedirla. Eso es un canto a La Luna. Es Pedir el restablecimiento de la Pena de Muerte lo que procedería…por el camino de un Proyecto de Ley…NO hay otro camino.

La Pena de Muerte se aplica en tiempos de paz o en tiempos de guerra, pero cuando se abole, cuando se elimina, no se aplica en tiempos de paz ni tampoco en tiempos de guerra.

El mejor camino sigue siendo, para mí, el ¡NO a la Pena de Muerte!

pena de muerte