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Carta a Rodrigo Chaves Robles

Sylvia Montero Mejía

Rodrigo Chaves Robles:

Comienzo haciéndole una aclaración.

No quiero romper la regla ortográfica que dicta el uso de mayúscula al inicio de una oración. Pero la verdad es que usted no merece ni mayúsculas ni mucho menos el título de presidente. Tampoco respetaré otras mayúsculas porque les quedan grandes a sus servidores.

Pues bien, chaves, ¡qué descaro el suyo!

Le ordenó hace unos meses a su ministro de seguridad, incondicional servidor, que facilitara las vías, que quitara los estorbosos puestos de control en nuestras costas y los escáneres en los puertos. Libre vía al narcotráfico. ¡Ese fue el acuerdo!

Y vuelve usted ahora a impartir órdenes con la certeza de que otra fiel “pieza”, (no digo “peón” porque esa es una palabra muy digna), el de transportes, las acataría. Le dio, sin duda, instrucciones precisas de que nada ni nadie obstaculizara la instalación de unas monumentales vallas en las principales vías de San José.

No cabe la menor duda de que sus asesores conocen y manejan muy bien esas tácticas propagandísticas. Saben cómo manipular a la gente, cómo torcer sus mentes y cómo condicionar sus reacciones para así lograr sus propósitos. Ya iniciaron sus troles su perversa campaña para el 2025.

Y no contento con abrirle nuestras costas al narcotráfico, les permite ahora a más pillos usurpar nuestras carreteras. Ha tenido el atrevimiento de manchar, de ensuciar, de embarrialar nuestras vías más transitadas, con vallas ofensivas e irrespetuosas financiadas por un negociante de controvertida trayectoria.

¡Qué descaro, chaves! ¡Es usted un perfecto desvergonzado!

¡El que tiene que irse es usted!

¡El que tiene que desaparecer de nuestro entorno es usted!

¡El que tiene que dejar de hacernos daño es usted!

Nos repugna su risa, detestamos sus palabras, aborrecemos sus insultos.

Pero como sabemos que no va a parar, no le decimos basta sino una y mil veces: ¡Que se vaya!

15 de enero de 2025

Repudian presencia de Edmundo González Urrutia en Costa Rica

Comunicado

Desde el Movimiento Ríos Vivos Costa Rica rechazamos y repudiamos el reconocimiento de Edmundo González como presidente de Venezuela por parte del gobierno de Costa Rica y la Asamblea Legislativa, entre otros por los siguientes motivos:

1) Edmundo González posee un pasado oscuro como ex agente de la CIA vinculado con varias masacres en El Salvador, asesino de sacerdotes jesuitas entre ellos Oscar Arnulfo Romero.

2) Rechazamos la política nacional injerencista en los asuntos internos de terceros países; Costa Rica debería mantener el principio del derecho internacional de autodeterminación de los pueblos asi como volver a posiciones pacifistas y de neutralidad.

3) El reconocimiento de Edmundo González no ayuda a promover la paz en Venezuela, por el contrario, es parte de una agenda externa y de la oposición venezolana para crear división, desestabilizar y generar caos con el pueblo como principal perjudicado.

Movimiento Ríos Vivos Costa Rica,
15 de enero del 2025.

El terrorismo político expresado en las vallas publicitarias

Vladimir de la Cruz

Se han puesto vallas gigantes, en la autopista de circunvalación norte y la ruta 27 hacia Escazú, con las fotos de los rostros del Presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias Sánchez, la Contralora General de la República, Marta Acosta, el Fiscal General de la República, Carlo Díaz y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, pidiéndoles que “renuncien”, articulando con ello una gran campaña publicitaria, que procura mover conciencias, voluntades, confianzas públicas e institucionales, en contra de estos altos funcionarios, procurando provocar sentimientos negativos contra ellos, contra su honor y dignidad, como si fueran delincuentes públicos sujetos de persecución y de ”recompensas”, en este caso políticas, que serían lograr sus “renuncias”.

No es solo una campaña contra los altos funcionarios de Estado que presiden o dirigen instituciones claves del control político, del control administrativo institucional y del presupuestario nacional, de la persecución del crimen y de los delitos y de la ejecución de la Justicia.

Es de hecho una campaña contra las instituciones que ellos presiden o dirigen: la Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la República y la Corte Suprema de Justicia. Son las instituciones y sus funcionarios que han sido víctimas de los constantes ataques del presidente de la República Rodrigo Chaves Robles, alegándoles que no le dejan gobernar, lo que no es cierto. No es que las instituciones o estos funcionarios no le dejan gobernar; es que no sabe gobernar en régimen democrático, bajo una división de poderes. Por eso impulsa un régimen autoritario, dictatorial, tiránico.

La Asamblea Legislativa se integra por 57 diputados electos popularmente. Los actuales fueron electos el primer domingo de febrero del 2022, cuando quedaron electos, en las mismas elecciones que colocaron al presidente Rodrigo Chaves como finalista, junto con José María Figueres, elecciones presidenciales que se resolvieron, en segunda ronda el primer domingo de abril del 2022.

En esa ocasión, el partido político con el que el presidente electo participaba sacó solo 10 diputados de los 57. Igual situación tuvo el partido Acción Ciudadana en las elecciones del 2014 y del 2018. Para este partido eso no fue una crisis política institucional que lo llevara a realizar ataques institucionales contra la Asamblea Legislativa, ni contra su presidente, ni contra las otras instituciones y funcionarios que el presidente Chaves a cada rato ataca. Este partido tuvo la capacidad de negociación política, de acuerdo a la tradición democrática nacional, con el resto de los diputados, de las distintas fracciones legislativas, para que nombraran presidente de la Asamblea Legislativa a diputados y diputadas de ese partido, en ambos períodos presidenciales.

El partido que eligió al presidente Rodrigo Chaves Robles, careciendo de historia electoral y de tradición política institucional, no tuvo esa capacidad negociadora. Sus diputados no la tuvieron. La jefe parlamentaria que pusieron tampoco la tuvo. Ninguno de sus diputados estaba en capacidad de asumir la Presidencia del Poder Legislativo. Quizá la única, de ese partido, con esa experiencia podía ser la diputada Pilar Cisneros Gallo. Esta diputada, por ser de origen extranjero, peruana de nacimiento, no podía dirigir la Asamblea Legislativa, porque para ello se necesita ser costarricense por nacimiento. Aun así, el Tribunal Supremo de Elecciones, haciéndole un favor, una cortesía institucional, permitió que, en el Directorio Legislativo Provisional, de la primera sesión parlamentaria, el Directorio que el Tribunal Supremo de Elecciones escoge e integra por vejez, por la mayor edad, de su miembros, colocó en el puesto de vicepresidenta a la diputada Pilar Cisneros Gallo. En mi opinión no podía hacerlo, porque el vicepresidente de la Asamblea Legislativa también tiene que ser costarricense por nacimiento, porque puede sustituir al presidente del Poder Legislativo y eventualmente podría sustituir al mismo presidente de la República, como sucedió en el Gobierno de Oscar Arias Sánchez, 2006-2010, cuando en el año 2009-2010, varias veces el presidente legislativo, Francisco Antonio Pacheco, le sustituyó por salidas del país que tuvo que hacer el presidente.

En los tres años que han transcurrido del gobierno de Rodrigo Chaves Robles, su fracción parlamentaria, se redujo de diez a ocho diputados, porque dos se salieron de las directrices de gobierno y de la forma como la diputada Pilar Cisneros dirige autoritariamente esa fracción.

Además, desde su elección, el presidente Rodrigo Chaves Robles enfrentó a la Asamblea Legislativa, confrontó fuertemente a los partidos políticos que habían elegido diputados, a sus dirigentes políticos e históricos, enfrentó la institucionalidad sin ninguna consideración. Incluso habló de “dinamitar” los puentes políticos que debían existir para lograr acuerdos y pactos parlamentarios. Trazó la ruta, de esa manera, de cómo quería gobernar a la fuerza, de manera autoritaria, por imposición de sus decretos ejecutivos y con la intención, como recientemente lo ha declarado, de que la Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República, la Corte Suprema de Justicia y la misma Fiscalía General de la República deben obedecer y actuar bajo la dirección de lo que se disponga, trace y dirija desde el Poder Ejecutivo, porque es la única manera en que se puede gobernar, cuando el Presidente de la República, según él, tiene todo el control de la institucionalidad pública.

La verdad histórica de Costa Rica es que todos los presidentes que ha habido han sabido gobernar con la independencia de los poderes públicos del Estado, y sin tratarlos de dominar de la manera como quiere hacerlo el presidente Chaves. Esta experiencia histórica se ha dado aun cuando los presidentes y sus partidos no tenían mayorías legislativas propias, de sus partidos.

La inexperiencia política y legislativa del partido, que llevó al presidente Rodrigo Chaves a encabezar el Poder Ejecutivo, hizo que no estuviera preparado para asumir el cargo. Tenía las manos vacías de proyectos legislativos, de iniciativas parlamentarias qué proponer. Eso hizo que en los primeros días de trabajo parlamentario del actual gobierno, en el 2022, no tuvieran proyectos de ley que someter a la Asamblea Legislativa, por lo que la Asamblea no trabajó, porque en las sesiones extraordinarias de trabajo parlamentario, la Asamblea Legislativa solo puede trabajar con los proyectos de ley que el Poder Ejecutivo le presenta a los diputados.

En estos tres años de trabajo parlamentario la fracción legislativa que representa al presidente de la República es la más deficiente en presentación de proyectos de ley propios. El gobierno no ha tenido una iniciativa parlamentaria que indique una ruta para el país.

Por otro lado, el gobierno presenta proyectos de ley que rozan la Constitución Política o la ilegalidad nacional, por lo que no pueden aprobarse y se le rechazan. Ante esto acude a formas para tratar de imponerlos por la fuerza, por la vía de la consulta ciudadana, del referéndum y también se le rechazan por las mismas razones inconstitucionales.

Estos rechazos, por su ineptitud gubernativa, le ha permitido al presidente montar una campaña publicitaria, agresiva, intimidatoria, irrespetuosa en todo sentido, de carácter terrorista de Estado, contra la institucionalidad democrática, contra la independencia de los supremos poderes y sus representantes, descalificándoles, tratando de que sobre todos ellos se pierda la confianza y la fe pública con la intención de montar una situación de conflicto institucional y de crisis política aguda que le permitiera llamar a un estado de excepción y gobernar a la fuerza como lo hace su amigo Bukele en El Salvador.

La Asamblea Legislativa en su función exclusiva, indelegable y propia de hacer las leyes, tiene además la de ejercer el control político sobre la marcha de la Administración Pública, sobre el ejercicio del trabajo de todos los altos funcionarios del gobierno, a los que puede llamar a rendir cuentas, aspecto que no le gusta al presidente Rodrigo Chaves.

La Asamblea Legislativa tiene como función propia, exclusiva e indelegable de nombrar ciertos funcionarios públicos, como son los Magistrados propietarios y suplentes de la Corte Suprema de Justicia, por períodos de ocho años con posibilidad de reelección continua. Esto tampoco le gusta al presidente Rodrigo Chaves, que desearía nombrarlos él directamente.

La Asamblea Legislativa tiene como función propia, exclusiva e indelegable de nombrar ciertos funcionarios públicos como el Contralor General de la República y al Subcontralor, puestos también reelegibles de manera continua. Esto tampoco le gusta al presidente Rodrigo Chaves, que desearía nombrarlos él directamente. Actualmente es el cargo que lo tiene la Controlara Marta Acosta.

La Asamblea Legislativa tiene como función propia, exclusiva e indelegable de nombrar ciertos funcionarios públicos como son los Defensores de los Ciudadanos, y otros funcionarios de Estado. Esto tampoco le gusta al presidente Rodrigo Chaves, que desearía nombrarlos él directamente.

Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia son los que nombran al fiscal general de la República y a los Magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, que tienen la posibilidad de la reelección continua. Esto tampoco le gusta al presidente Rodrigo Chaves, que desearía nombrarlo él directamente.

Cuando el Presidente de la República lo que muestra es una gran incapacidad de gobierno, de dirigir el Estado y el Gobierno, en su Poder Ejecutivo, con una agenda y una hoja vacía de ruta clara políticamente para resolver los problemas fundamentales de la población, obliga a que le rechacen acciones por inconstitucionalidades o ilegalidades, y se abran procesos de investigación judicial ante la Fiscalía General de la República, procesos que pueden llegar a la Asamblea Legislativa, para levantar su inmunidad, y a la Corte Suprema de Justicia para juzgarlo de manera definitiva, es lo que lleva al Presidente a cuestionar y demeritar a estas instituciones y sus altos funcionarios. Varias docenas de acusaciones tiene el presidente en trámite ante la Fiscalía. Hay acusaciones e investigaciones de la forma como realizaron económica y financieramente su campaña electoral, lo que tiene el Tribunal Supremo de Elecciones en trámite de investigación

Por ello los ataques constantes a las instancias públicas que tiene que ver con todo eso, la Asamblea Legislativa, la Procuraduría General de la República, la Fiscalía General de la República y la Corte Suprema de Justicia.

Por eso es que ha levantado esa campaña asquerosa, sucia, denigrante, provocando una imagen delincuencial de los altos funcionarios de Asamblea Legislativa, la Procuraduría General de la República, de la Fiscalía General de la República, de la Corte Suprema de Justicia, con las vallas que tienen las fotos de Rodrigo Arias Sánchez, de Marta Acosta, de Carlo Díaz y de Orlando Aguirre.

Es una campaña contra estas personas, en lo individual, en lo profesional, en lo institucional, en contra de su imagen pública y en contra de su imagen, su honor y dignidad, como altas autoridades de instituciones contraloras del desarrollo de la institucionalidad y la vida pública y política del país. Es una campaña que puede generar agresiones físicas, no solo verbales, contra estas personas, y cualquiera otras personas que impulsen en campañas de esa manera.

La empresa dueña de las vallas publicitarias es corresponsable de acciones de este tipo que se puedan generar contra estos altos funcionarios. La empresa publicitaria que diseñó los carteles de las vallas también es corresponsable. Estas dos empresas como los periódicos y medios de comunicación tienen la obligación legal de ver y valorar los contenidos de lo que van a publicar. No es un problema de censura, es de los alcances legales que les puedan comprometer.

En los periódicos cuando un artículo no les parece a sus directores por los contenidos que pueden provocar acciones legales, penales y civiles, obligan a que se corrijan o se rechazan para su publicación.

Si las vallas no tienen una firma responsable, de una persona, una sociedad o un partido político que asuma esa responsabilidad y acusación pública insinuada de perversa, mala, que requiera la renuncia, que se anuncia y reclama, que se hace de estos funcionarios, es claro que la fuente de esa campaña son los grupos de poder que financian esa campaña, asociados al gobierno de Rodrigo Chaves Robles, es claro que él es el primer responsable de esa campaña.

Aquí no se trata solo de la libertad de expresión que no puede tener censura. La valla en sí misma, si no hay nadie que la firme como su protesta, ni está expresando una opinión ciudadana, no es una expresión simple de libertad de opinión. La única opinión de un ciudadano, en este sentido ofensivo, intimidatorio, es la del presidente Chaves Robles, que así opera contra estos funcionarios.

Los descontentos ciudadanos en la historia nacional se dan contra las actuaciones del Poder Ejecutivo y sus funcionarios. Eso es lo que se castiga en los propios procesos electorales. Nunca ha sucedido que el descontento ciudadano se exprese contra la Contraloría General de la República o contra la Fiscalía General de la República. Ni siquiera contra la Asamblea Legislativa o la Corte Suprema de Justicia.

Contra estas instituciones sí se dan las críticas, pero no descontentos ciudadanos que tengan estas características de expresión en vallas. Esto es propio del actuar político organizado desde el Estado, el Gobierno o desde los partidos políticos.

El Poder Ejecutivo encabezado por Rodrigo Chaves Robles es el único responsable de esta odiosa y malévola campaña publicitaria. Responde típicamente a actos de terrorismo de Estado, que se ejecutan de esa manera contra ciudadanos adversos al gobernante o al grupo gobernante.

Reflejan estas vallas las formas oscuras, tenebrosas y peligrosas como se está diseñando la campaña electoral del 2025. Es el gobierno dirigido por Rodrigo Chaves el interesado en poner tenso el ambiente político nacional, es el único interesado de estar en el ambiente político, en la beligerancia electoral que lleva a cabo hablando constantemente contra todos los partidos, los líderes políticos, pidiendo votar por otros diputados de nuevos y otros partidos políticos, de hablar por sus “jaguares”. Su beligerancia política le provoca y genera, en su favor, tener un gran distractor nacional de su mala gestión gubernativa.

Estas vallas no responden, por ahora, a ninguna práctica política de propaganda de alguno de los partidos políticos existentes, que además tendrían que justificar en sus finanzas ante el Tribunal Supremo de elecciones. Los partidos políticos están más entretenidos en ver como terminan de inscribirse, que en iniciar una campaña política contra la Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la República o la Corte Suprema de Justicia. El único interesado en esta campaña es el propio presidente Chaves porque ese es tema suyo hasta para su posibilidad de ser candidato a diputado, a partir de julio.

Lo más fácil es echarles la culpa a los otros actores políticos del país, a los otros poderes públicos que intervienen en sus acciones, frenándole las inconstitucionalidades o ilegalidades, sometiéndole a crítica pública sus acciones negativas, por ello enfrenta y ataca a todos los medios de comunicación social, a directores de programas de opinión. Es la manera directa con la cual en su forma de beligerancia política el gobierno y el presidente Chaves entran al escenario político en el 2025. Todo empieza a girar en torno a él, como él lo quiere.

Los partidos políticos siguen partidos en su interior, distraídos de la política nacional, en el furgón de cola que les pone el gobierno.

Las organizaciones sociales están peor en este escenario nacional que afecta a los trabajadores y a toda la ciudadanía.

Estamos advertidos de los tiempos electorales que vienen y del Estado Terrorista que opera.

Compartido con SURCOS por el autor.

Convocatoria: Proceso de reflexión ¿Aún sigue vigente la transformación? Crisis Educativa y Educación Popular

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

¿Qué educación queremos para qué tipo de sociedad?

La versión mercantilizada de la educación se ha convertido en la respuesta dominante en múltiples espacios educativos. Ante esta realidad, enfrentamos un desafío crucial: construir propuestas educativas que busquen la transformación y la profundización de nuestros derechos sociales y culturales.

Estamos en medio de una disputa por los sentidos de la educación, que no es otra cosa que el debate sobre el proyecto de sociedad que queremos construir. Esta disputa se materializa en leyes, reglamentos, programas de estudio y otros dispositivos que dan forma al sistema educativo.

Se nos presenta una falsa dicotomía entre educación básica y universitaria, técnica y humanista, como si una representara una visión privilegiada a expensas de la otra. Sin embargo, abordar estos argumentos de manera superficial nos aleja de una reflexión esencial:

¿Qué tipo de educación queremos para construir la sociedad que soñamos?

En este espacio de diálogo, reflexionaremos sobre preguntas clave:

  • ¿Qué se cuestiona realmente en un sistema educativo?
  • ¿Qué elementos se utilizan para desacreditarlo?

Te invitamos a participar y reflexionar sobre la coyuntura educativa actual.

Duración:
5 sesiones: 19 y 26 de febrero, 5, 12 y 19 de marzo.

Horario:
6:00 p.m. a 8:30 p.m.

Lugar:
Kioscos Socioambientales, San Pedro.

Formulario de inscripción: https://forms.gle/JiAD9jyKQPpUqu4d9

Para más información, descarga la convocatoria o escribe a:
observatoriobienescomunes@gmail.com

Costa Rica tras los pasos de Ortega en Nicaragua

José Luis Amador

José Luis Amador.

Durante años las naciones del mundo han considerado a Costa Rica un ejemplo de democracia en América Latina, pero los costarricenses no lo ven así. Dicen estar descontentos con su democracia y prefieren seguir los pasos de Nicaragua. Ingenuamente, creo yo, están haciendo las cosas para convertirse en una dictadura semejante a la de Ortega dándole ese rol al Sr. Rodrigo Chaves

Los ticos no lo saben. Pero el plan está ya montado y se viene trabajando en ello intensamente. El camino es muy sencillo, eliminar los poderes de la República que sirven de contrapeso al poder de Chaves. Eliminar la Asamblea Legislativa, los controles de la Contraloría, el Poder Judicial y al Fiscal de la República.

Lo primero que se ha hecho es una campaña mediática de desprestigio. Día tras día el Gobierno Chaves trabaja para destruir la imagen de estos poderes de la República. Ya antes había iniciado con la destrucción de la imagen de la prensa llamada por muchos el cuarto poder. Todo como parte del plan preestablecido. El Gobierno Chaves y sus troles, no tiene otro objetivo que no sea la propaganda.

Cuando uno queda absolutamente solo mandando en un país ¿Cómo se llama el muñeco…? Se llama dictadura. Nada garantiza que lo que el dictador haga sea bueno o malo. Porque ya no hay nadie para contrapesar. Estar solo, como Tarzán en la pradera. El sueño antidemocrático de Chaves.

La aparición de vallas publicitarias pidiendo la renuncia de las autoridades que ocupan los poderes de la República es parte de este plan para convertir a Costa Rica en un país donde, todos los sueños húmedos de Chaves se conviertan en realidad. Un país donde al igual que en la Ortega de Nicaragua, los sueños del dictador se conviertan en leyes sin el contrapeso de absolutamente nadie, para beneficio suyo y de los financistas de su campaña.

Por cierto, se ha preguntado usted ¿quién está pagando esta carísima propaganda? ¿De dónde viene el dinero para financiar estas vallas publicitarias? Porque el que está pagando esta propaganda es el que pretende gobernar detrás del trono.

Dejémoslo hasta aquí.

Por una Costa Rica democrática, popular y solidaria

Juan Arguedas Chaverri.

Juan Arguedas Chaverri

Algunos elementos para una agenda, con miras a una alianza.

  1. Implementación de los Derechos Humanos: La protección y promoción de los derechos humanos son fundamentales para garantizar la dignidad de todas las personas. Al implementar estos derechos, se fomenta una sociedad más justa y equitativa, donde cada individuo puede vivir sin miedo a la discriminación, la violencia o la opresión.
  2. Desarrollo Económico, Social y Político: Reconocer a las personas como sujetos del desarrollo y centro de este, implica que deben tener voz y participación en las decisiones que afectan sus vidas. Esto no solo empodera a las comunidades, sino que también promueve un desarrollo más sostenible y adaptado a las necesidades locales.
  3. Fortalecimiento de Instituciones Públicas: Las instituciones públicas son la columna vertebral de un Estado Social de Derecho. Al fortalecerlas, se mejora la calidad de los servicios que reciben los ciudadanos, como la educación y la salud, lo que a su vez contribuye al bienestar general y a la cohesión social.
  4. Vivienda para Todos: El acceso a una vivienda digna es un derecho humano básico. Garantizar este acceso no solo mejora la calidad de vida de las personas, sino que también contribuye a la estabilidad social y económica, reduciendo la pobreza y fomentando comunidades más saludables.
  5. Economía Mixta: Una economía mixta permite combinar la eficiencia del sector privado con la responsabilidad social del sector público. Esto puede resultar en un crecimiento económico más inclusivo, donde se priorizan las necesidades de la comunidad y se promueve la equidad.
  6. Democracia Socialista y Popular: Este enfoque busca una democracia que no solo sea política, sino también económica y social. Al priorizar el bienestar de la comunidad, se fomenta una participación activa de los ciudadanos en la toma de decisiones, lo que puede llevar a una mayor justicia social.

7.Promover una agricultura campesina, indígena, feminista, no patriarcal. Esto no solo respeta la cultura y los derechos de las comunidades, sino que también puede contribuir a la sostenibilidad ambiental y a la seguridad y soberanía alimentaria.

  1. Lucha contra el Narcotráfico y la Corrupción: Estos problemas son interdependientes y afectan gravemente a la sociedad. Combatir el narcotráfico y la corrupción no solo mejora la seguridad, sino que también fortalece la confianza en las instituciones y promueve un entorno más justo y equitativo.
  2. Aumento de Salarios: Ajustar los salarios en función del costo de la vida es esencial para garantizar que las personas puedan cubrir sus necesidades básicas. Esto no solo mejora la calidad de vida, sino que también estimula la economía al aumentar el poder adquisitivo de los trabajadores.
  3. Regulación del Costo de Alimentos: La regulación de los precios de los alimentos es crucial para garantizar que todas las personas tengan acceso a una alimentación adecuada. Esto puede ayudar a combatir la pobreza y la desnutrición, promoviendo una sociedad más saludable y productiva.
  4. Derecho a la Diversidad Sexual: Este derecho implica el reconocimiento y respeto por la identidad y orientación sexual de cada individuo. Promover la diversidad sexual es fundamental para garantizar que todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género, puedan vivir libremente y sin discriminación. Esto no solo fomenta una sociedad más inclusiva y equitativa, sino que también contribuye a la salud mental y emocional de las personas, al permitirles ser auténticas y aceptadas en su comunidad.
  5. Derechos Reproductivos: Los derechos reproductivos se refieren al derecho de las personas a tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva, incluyendo el acceso a métodos anticonceptivos, la atención prenatal y la posibilidad de interrumpir un embarazo de manera segura y legal. Estos derechos son esenciales para la autonomía de las personas, especialmente de las mujeres, y son fundamentales para garantizar la igualdad de género. Al asegurar el acceso a servicios de salud reproductiva, se promueve el bienestar de las personas y se contribuye a la reducción de la pobreza y la mejora de la calidad de vida en general.
  6. El derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos

El derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos es un aspecto fundamental de los derechos humanos y la igualdad de género. Este derecho implica que cada mujer tiene la autonomía y la libertad para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva, incluyendo el acceso a métodos anticonceptivos, la atención prenatal y la posibilidad de interrumpir un embarazo si así lo desea.

  1. Defensa de los Derechos de la Madre Tierra.

Por una Costa Rica, Democrática, popular, no fascista.

Para la construcción de una agenda común para una alianza.

Sectores sociales se oponen a los retrocesos en el reglamento de calidad del agua

  • La Federación de Estudiantes de la UCR (FEUCR) inicia campaña de recolección de firmas

  • Ecologistas realizan consultas y acciones ante la Defensoría de los Habitantes, Universidades, ARESEP y ASADAS

La propuesta de modificación del Decreto Ejecutivo Nº 38924-S, «Reglamento para la Calidad del Agua Potable» ha desatado un amplio y contundente rechazo por parte de diversos sectores, como estudiantes, sindicatos y ecologistas. La flexibilización de este reglamento plantea riesgos para la salud pública, lo que genera una creciente preocupación en la sociedad (Bloqueverde 8-1-25) .

La FEUCR ha lanzado una campaña de firmas en la que denuncia que la reforma al reglamento de agua potable representa un grave retroceso para la salud pública y el medio ambiente. Según la Federación, «el agua es un derecho fundamental que debemos proteger. Esta reforma pone en peligro la salud de nuestras comunidades y contradice los principios de sostenibilidad que definen a nuestro país». En este contexto, han lanzado una petición en línea con el objetivo de alcanzar 10,000 firmas y garantizar que las autoridades administrativas consideren esta solicitud con la seriedad que merece (Circular DIR-2-2025).

La presidenta de la FEUCR Artemisa Villalta aseguró que “es importante comprender que el agua no es negociable. Es un derecho humano fundamental, y cualquier intento de permitir su contaminación con agroquímicos es una agresión directa contra la vida, la salud de las personas y la soberanía de nuestras comunidades, así como de nuestros ecosistemas. Como Federación de Estudiantes de la UCR, denunciamos con absoluta firmeza esta reforma promovida por el Ministerio de Salud, que traiciona su deber de protegernos y se arrodilla ante intereses económicos. Esta medida no solo pone en riesgo nuestras fuentes de agua, sino también nuestro futuro como país”.

Por su parte, el Frente Ecológico de Cipreses ha presentado una solicitud formal a la ministra de Salud, Mary Denisse Muñive, en la que cuestiona los fundamentos científicos, técnicos y jurídicos de la reforma, especialmente en relación con el manejo de casos de contaminación del agua con agroquímicos. La reforma busca tergiversar el principio precautorio, que actualmente es la base de la legislación ambiental, para permitir que se realicen análisis de riesgo con el fin de suspender el suministro solo después definir un valor especifico. Este enfoque ha sido utilizado por el Ministerio de Salud en situaciones de contaminación con Mancozeb en Barranca y Clorotalonil en Cartago (ver casos de implementación de la reforma al decreto previo a su publicación).

En la carta, los ecologistas piden aclaraciones sobre el cambio del «Valor Máximo Admisible» a un «Valor de alerta», dado que en Costa Rica no existe un monitoreo continuo de las fuentes de agua ni de los operadores de abastecimiento de agua, ni por parte del Ministerio de Salud y con capacidad limitada para detectar la mayoría de agrovenos. Actualmente, los exámenes se realizan de manera anual y no detectan de manera proactiva la contaminación por agroquímicos. Además, recordaron que en Costa Rica hay más de 250 ingredientes activos registrados para su uso en la agricultura, pero el Laboratorio Nacional de Aguas no tiene la capacidad para analizar más de 40 de estos ingredientes activos. Esto significa que, cuando se detecta un agrotóxico, es posible que muchos otros ya estén presentes sin poder ser detectados.

Finalmente, las organizaciones ecologistas han enviado cartas a la ARESEP, Universidades, ASADAS y la Defensoría de los Habitantes para que se pronuncien sobre la reforma mencionada. En sus comunicaciones, insisten en que «el Reglamento para la Calidad del Agua Potable siempre ha considerado las regulaciones de la Unión Europea, que son mucho más estrictas y cuentan con un componente ético de toxicidad. Por lo tanto, es fundamental mantener el ‘Valor Máximo Admisible’ y no reemplazarlo por un valor de alerta».

Este rechazo generalizado refleja la preocupación de distintos sectores por los posibles impactos negativos de la reforma en la salud y el bienestar de la población.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Más de 200 de entidades deportivas sin protocolos contra el acoso sexual

Defensoría detecta debilidades en implementación de Ley contra el Acoso Sexual en el Deporte

Defensoría llama a deportistas víctimas de violencia denunciar ante la entidad deportiva correspondiente e informar al ICODER. Se registra, a marzo del 2024, un total de 21 denuncias en el ente rector del deporte.

De tratarse de otros casos graves como abusos sexuales de personas menores de edad dirigir la denuncia ante el Ministerio Público.

A casi tres años de la entrada en vigor de la Ley N° 9967, Ley contra el Hostigamiento y Acoso Sexual en el Deporte, la mayoría de las entidades deportivas beneficiarias de fondos públicos del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) no ha cumplido con su obligación de presentar los protocolos para prevenir y atender denuncias de acoso sexual. De las 233 entidades registradas, solo el 7% ha presentado su reglamento (es decir, 16).

Para las autoridades deportivas evidencia una falta de compromiso y poco conocimiento e interés por parte de dichas entidades por cumplir con lo que dicta la Ley 9967.

De acuerdo con un informe emitido por la Defensoría de los Habitantes, se determinó que, hay dificultades en la implementación de la normativa. Estas incluyen la falta de recursos humanos y financieros, vacíos legales en la ley y esa baja respuesta de las entidades deportivas ante la obligación de implementar protocolos contra el acoso sexual. Adicionalmente, hay una necesidad de reformar aspectos importantes de esta ley como la falta de sanciones para las entidades que incumplen y la protección adecuada para personas menores de edad involucrados en estos casos.

Datos de la Comisión Institucional contra el Hostigamiento Sexual (CIHS) del ICODER, entre enero del 2023 y marzo del 2024, indicaron haber recibido 21 denuncias asociadas con acoso y hostigamiento Sexual en el ámbito deportivo, las cuales se encuentran en seguimiento y requieren de la actualización de los respectivos expedientes.

Para esta Defensoría, es importante que las organizaciones deportivas asuman su responsabilidad en la prevención y erradicación del acoso sexual, garantizando entornos deportivos seguros, sin discriminación, sin acoso, sin abusos y respetuosos para todas las personas participantes. Incluso, a solicitud de la CIHS del ICODER, funcionarias de la Defensoría de la Mujer de la Defensoría de los Habitantes, acompañaron al proceso de capacitación sobre esta temática, así como la entrega de material visual a personal de las organizaciones deportivas y del ICODER, en mayo del año anterior.

Ante este panorama la Defensoría en su informe recomendó al Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, definir con claridad la asignación presupuestaria y de recursos humanos para la CIHS. Además, que la CIHS reciba capacitación por parte de la Defensoría de la Mujer de esta Defensoría en el tema de Hostigamiento Sexual, en aras de garantizar la protección de derechos que les asisten a las personas inmersas en el ámbito deportivo y el mejor ejercicio de sus funciones.

También se le recomendó revisar las recomendaciones realizadas por la CIHS orientadas a implementar en forma adecuada el cuerpo normativo, conformar una comisión de trabajo para revisar las propuestas de reforma al Reglamento de la ley 9967 en relación con la función de la CIHS de informar a esta Defensoría sobre las denuncias que se presenten y las resoluciones finales y valorar la interposición de la propuesta de reforma legislativa a la Ley 9967, conforme a los principios de protección a las personas menores de edad y proponer otro tipo de sanción para cuando se trate de una persona menor de edad la que sea sancionada como hostigadora, así como para equiparar los plazos de prescripción para la interposición de las denuncias y el establecimiento de posibles sanciones en el caso de que las federaciones,

asociaciones o entidades deportivas incumplan con la aplicación de esta normativa.

A la CIHS del ICODER, esta Defensoría le recomendó promover programas de prevención y capacitación en la materia de hostigamiento sexual tal cual se encuentra establecido en la Ley 9967 y su reglamento, a las Federaciones, Asociaciones y demás entidades deportivas que de alguna manera están vinculadas con el ICODER, para ello pueden valorar la coordinación necesaria con la Defensoría, también realizar campañas enfocadas a que conductas de hostigamiento sexual en el ámbito del deporte no van a ser permitidas, ni toleradas y toda situación que se conozca al respecto, debe ser debidamente denunciada y puesta al conocimiento de la Comisión y revisar el formulario establecido para la recepción de denuncias, para que este contenga los requisitos estrictamente necesarios establecidos en la ley y elaborar una base de datos con el registro de sanciones en firme, que sea de acceso al público, que pueda ser consultada por cualquier persona interesada, garantizando el resguardo de la identidad, datos personales y cualquier otra información sensible de las víctimas.

Si no hay una respuesta de la entidad deportiva y tampoco del ICODER ante una denuncia, la persona víctima puede presentar el caso ante la Defensoría de los Habitantes para exigirle cuentas a la entidad rectora pública. Defensoría dará seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones emitidas en su informe.

Comunicación institucional
Defensoría de los Habitantes

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención recientemente presentada por Irlanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Fotografía de hombre en Israel escuchando el 26 de enero del 2024 a la Presidenta de la CIJ dando lectura a una primera ordenanza contra Israel en el marco de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972, titulado «Israel shirked accountability for decades: is the ICJ breaking its armor?» edición del 5 de febrero del 2024.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com

«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros  /  What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» .  Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9)  /  Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim  S/PV/9439 at page 9

El pasado 6 de enero del 2025, Irlanda presentó formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una solicitud de intervención en el caso contencioso presentado por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza: véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés.

Se trata de una gestión que había anunciado oficialmente Irlanda que iba a tramitar el 12 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial), celebrada y saludada por expertos y organizaciones de la sociedad civil irlandesa (véase nota del Irish Legal News).

Cabe recordar que Irlanda (conjuntamente con Eslovenia, España y Noruega) optó por reconocer a Palestina como Estado a mediados del año 2024 (véase comunicado oficial del 22 de mayo del 2024). El 19 de julio del 2024, Irlanda saludo el contenido de la opinión consultiva de la CIJ sobre el carácter ilegal de la colonización y de la ocupación del territorio palestino por parte d Israel (véase comunicdo) en términos y un largo texto que contrastan con los del Reino Unido (véase escueto texto de 11 líneas) y el mutismo absoluto de Canadá y de Estados Unidos.

En su solicitud de intervención (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación que considera que debe darse a algunas de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe recordar que, negociada y adoptada en 1948, los términos y formulaciones que se encuentran en esta convención deberían de poder ser interpretados a la luz de la evolución del derecho internacional público desde 1945, en aras de proteger mejor a un grupo o a una población determinada víctima de un intento de exterminarla; así como de prevenir nuevos actos perpetrados con el mismo objetivo.

Breve puesta en contexto a partir de datos recientes

Una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza» viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza.

Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).

El pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): al respecto, resulta más que notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.

Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 posiblemente también sea muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) el pasado 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.

Foto de niños palestinos en Gaza extraída de artículo publicado el 9 de enero del 2025 en Israel por Magazine+972 y titulado » ‘Every moment I fear losing another child’: newsborns freeze to death in Gaza tents», cuya lectura completa se recomienda.

El comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona sobre el antisemitismo del 6 de enero del 2025 (véase texto) se inscribe de igual forma en esta extraña tendencia de la mayoría de los grandes medios de prensa internacionales cuando se trata de comunicado de prensa sobre Gaza e Israel que vienen con el sello de Naciones Unidas. Se lee en este comunicado que:

«I also reject attempts to conflate all criticism of Israeli government policies and military operations with antisemitism. It is not antisemitic, for example, to deplore military operations that raise grave concerns over violations of international humanitarian and human rights law. Nor is it antisemitic to condemn those violations and urge respect for the law – including the decisions of international courts . Nor is it antisemitic to call Israel to account for the tens of thousands of people in Gaza, including more than 250 of our own UN staff, who have been killed since 7 October 2023«.

A modo de complemento a los últimos informes de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (informe al 8 de enero del 2025 e informe al 31 de diciembre del 2024) que detallan la intensidad de los bombardeos de Israel en los últimos días del 2024 en Gaza, mientras gran parte del mundo celebraba Navidad y el fin del año 2024, se recomienda también:

– esta reciente entrevista (Al Jazeera, 6 de enero del 2024): con varios expertos de renombre internacional, esta emisión trata de los efectos en la salud humana en el mediano y largo plazo de las particulas que inhalan los sobrevivientes de bombardeos masivos en zonas altamente pobladas como Gaza. Se trata de efectos en la salud que en el pasado se observaron en los organismos de personas habitantes de ciudades en Irak y en Siria, y que en el 2024, además de Gaza, amenazan la salud de pobladores de centros urbanos en el Líbano ante la intensidad de los bombardeos por parte de Israel iniciados a mediados de septiembre del 2024;

– este informe de una ONG palestina titulado «How to hide a genocide: the role of evacuation orders and safe zones in Israel´s genocidal campaign in Gaza» que explica a qué tipo de estrategia responden los reiterados bombardeos de Israel observados sobre campamentos de refugiados y de desplazados en Gaza.

En el último informe de Naciones Unidas (informe al 8 de enero del 2025), con relación a la situación crítica de los niños en Gaza, un punto sobre el que Irlanda en su escrito a la CIJ se muestra particularmente incisiva, se indica que:

«On 6 January, MoH announced the death of a 35-day old baby due to the cold and lack of warm shelter in Gaza, adding that this had brought the total number of deaths due to hypothermia to eight across the Strip. MSF reports that, between October and December 2024, the Neonatal Intensive Care Unit (NICU) of the Nasser Medical Complex in Khan Younis had admitted 325 infants, with MSF teams embedded in the unit treating “newborns and premature babies with potentially life-threatening respiratory infections, dehydration, and other complications.” According to Dr. Mohammed Abu Tayyem, a pediatrician at Nasser, the pediatric ward is seeing an increased number of children with acute bronchiolitis, pneumonia, upper respiratory tract infections and even bronchial asthma exacerbations. The doctor attributes these rising cases to the harsh winter weather, dire conditions in tents and limited heating supplies, all of which render premature and low-birth-weight babies more vulnerable to hypothermia. Commenting on the death of at least seven newborns due to hypothermia in December, the WHO Director-General warned that “more children are in danger,” and that, while “every child deserves a healthy and safe start in life… the children of Gaza are paying the price of war with their own lives”.

Este 15 de enero del 2025, en esta declaración del jefe de la diplomacia norteamericana, se pone en evidencia el rotundo fracaso de la estrategia Israel en Gaza desde la perspectiva estrictamente militar: véase nota del Timesof Israel titulada «Blinken: we assess that Hamas has recruited almost as many new fighters as it lost«. Nuestros estimables lectores podrán por sí mimos percatarse de la pobre difusión en grandes medios de prensa internacionales de esta declaración del Secretario de Estado saliente, dada a conocer en sus últimos días como jefe de la diplomacia norteamericana.

El ejército de Israel: datos recientes pocamente divulgados

Cabe indicar que el pasado 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz).

El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe).

Con relación a los suicidios y a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:

«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.

No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.

Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véase nota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza: en el mes de septiembre del 2024, se informó la manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza de las actuales autoridades israelíes (véase nota de France24).

Al saldo de bajas en el ejército de Israel antes referido, hay que añadir 5 nuevos jóvenes soldados (entre 19 y 23 años) caído el 13 de enero del 2025 (véase nota del Timesof Israel) y 4 el 11 de enero (véase nota del TimesofIsrael) de los cuales uno tenía 21 años y dos tan solo 19 años.

Vacacionar luego de haber cometido crímenes en Gaza: experiencias recientes observadas en Brasil y en Chile

A miles de kilómetros de Gaza, en Brasil, el primer fin de semana del 2025 de un soldado israelí sospechoso de cometer crímenes de guerra le significó una rocambolesca escapada in extremis a una solicitud de arresto de la justicia brasileña, gracias a gestiones realizadas por los diplomáticos de Israel en Brasil cuyos detalles no han trascendido.

Normalmente, una orden de arresto de la justicia es notificada a las autoridades aeroportuarias y migratorias y en este preciso caso, el interesado logró burlar los controles abandonando el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible. ¿Cómo lo logró? No se sabe, pero esta nota de CNN indica que las autoridades de Israel van a ordenar ocultar la verdadera identidad de sus nacionales cuando son llamados a dar entrevistas para evitar en el futuro este tipo de problemas.

En este artículo del New York Times del 9 de enero, se indica que es muy probable que este caso detectado en Brasil no sea un caso aislado, sino que muchos otros casos similares se observen en el futuro:

«Unlike more senior leaders, lower-level soldiers do not usually have diplomatic immunity, or the resources to research which jurisdictions may leave them vulnerable to war crimes complaints«.

En esta otra nota del TimesofIsrael del 9 de enero, se señala que las autoridades isralíes establecerán una lista de destinos «seguros» y otros menos «seguros», sin que se tenga claridad sobre los cirterios usados:

«IDF reservists who fought in Gaza are being advised to first check with the Foreign Ministry regarding the level of danger in any country they wish to visit«.

En esta otra nota del TimesofIsrael del 15 de enero del 2025, al parecer Italia ya no es un destino «seguro».

La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufrió un soldado israelí que se encontraba en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil el pasado 5 de enero del 2025.

Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.

En el caso de Costa Rica, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.

Además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en el mes de abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico. A la fecha de escribir estas líneas (9 de enero del 2025), no ha trascendido nada con relación a alguna acción legal similar a las observadas en Brasil y en Chile por parte de alguna autoridad judicial costarricese. Nótese que la prensa nacional informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Teletica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.

La solicitud de Irlanda en breve

En su solicitud de intervención de 23 páginas (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe precisar que, como Estado Parte a la convención contra el genocidio de 1948, Irlanda busca con esta solicitud hacer ver a los jueces de la CIJ que deberán también guiarse por las interpretaciones que mejor respondan al espíritu de dicha convención. La solicitud se fundamenta en el Artículo 63, inciso 2 del Estatuto de la CIJ, una disposición que se lee de la siguiente manera:

«Artículo 63:

  1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el Secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados.
  2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él».

En la página 7 se detalla por parte de Irlanda que:

«20. Accordingly, Ireland has construed and applied Article I of the Convention as obliging Contracting Parties to prevent and punish commission of the crime of genocide and to refrain themselves from committing genocide. State responsibility under Article I will be engaged where the State has itself committed genocide or where it has failed to prevent its commission by persons acting on its behalf (whether ultra vires or not) or within its effective control.

  1. Therefore, in Ireland’s view the Convention should be considered not only as a criminal law instrument that obliges Contracting Parties to establish jurisdiction over, and punish commission of, the crime of genocide by individuals, but also as a human rights instrument that obliges them not to commit genocide as well as to prevent genocide against any national, ethnical, racial and religious group (a ‘protected group’) under their protection or within their power«.

Por otra parte, en la página 18 se explica por parte de Irlanda que:

«In respect of Article II (c) of the Convention, having regard to the object and purpose of the Convention, Ireland contends that the infliction of conditions oflife calculated to bring about the physical destruction of the protected group must also be construed and applied broadly. The Court has recognised Article II (c) as including ‘methods of physical destruction, other than killing. whereby the perpetrator ultimately seeks the death of the members of the group. ‘

In its Bosnia Judgment, the Court, while declining to reach a finding of genocide in that case, acknowledged that acts of encirclement, shelling and starvation could constitute material elements of genocide for the purposes of Article II ( c ). Again, the conditions of life imposed on the protected group, in whole or part, will have different impacts on different categories of group members, with vulnerable members such as children being more susceptible to adverse conditions, such as starvation«.

Se lee también que para Irlanda, la intención deliberada de realizar acciones militares que afecten la vida y la salud de menores de edad no debe ser entendida como algo casual (que algunos Estados, ejércitos y asesores legales de los mismos, denominan como «daños colaterales«), sino muy por el contrario (páginas 19-20):

«In assessing whether a pattern of conduct may disclose a genocidal plan or campaign, Ireland respectfully submits that extra weight should be given to evidence of the effects of the material acts of genocide on children, and on the consequences of such acts for the long-term viability of the protected group. This is especially important in the context of armed conflict where recent studies have concluded that children are up to seven times more likely to be killed by explosive weapons, and that hunger and malnutrition affects them much earlier and more severely.

Where there is evidence that children of the protected group have been particularly targeted, or that the conduct targeting the group made no distinction between child and adult members ofit, certain conclusions can be drawn. As children are essential to the continued existence of any human group, acts constituting the material elements of genocide directed at, or without making distinction for, child members of the group will have an obviously significantly greater impact on the resilience and ultimate survival of the group than the same acts directed at a similar or larger number of adult members.

Moreover, the psychological effects of these acts on surviving children may greatly impair their capacity to contribute to the growth of the group in the future. It therefore follows that certain reasonable inferences can be drawn from acts directed against, or failing to distinguish, child members of the group«.

También se hace ver por parte de Irlanda que las declaraciones oficiales escuchadas en Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 revisten particular relevancia, así como la ausencia de recriminaciones o sanciones contra sus autores (página 20):

«Regular public statements made on behalf of State organs, or by persons or entities empowered to exercise govemmental authority, that denigrate the protected group, as such, or that incite hatred or fear of it should, in Ireland’s view, be considered as forming a pattern of conduct from which reasonable inferences can be drawn for the purposes of the Convention. Likewise, measures that systematically discriminate against or persecute the group should also form part of a pattern of conduct to be assessed. In its construction of the Convention, Ireland has attached importance to the role a tolerant political environment plays in safeguarding the existence of any protected group within a wider society».

Los puntos aquí indicados son una pequeña parte del escrito remitido por Irlanda a los jueces de la CIJ en La Haya, y se recomienda una lectura integral del documento: ello en aras de comprender mejor la importancia que estos y otros argumentos puedan nutrir la reflexión de los jueces a la hora de elaborar su decisión sobre el fondo.

Europa ante el drama indecible que vive Gaza

Con la solicitud de Irlanda, se contabiliza la segunda solicitud de intervención presentada por un Estado miembro de la Unión Europea (UE) a la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel, después de España, que lo hizo el 28 de junio del 2024 y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 1).

Tratándose de la UE, una organización regional que cuenta con 27 Estados miembros cuya política exterior se fundamenta en los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, así como el respeto a las obligaciones internacionales derivadas de instrumentos internacionales, el número tan reducido de Estados apoyando la demanda de Sudáfrica evidencia su inconsistencia con los principios pregonados en una multitud de foros internacionales.

De paso, esta inconsistencia recuerda el titular de esta nota del Semanario Universidad de noviembre del 2023 sobre la reserva observada por Costa Rica (véase nota) para denunciar las exacciones cometidas por Israel en Gaza y que se lee como sigue: «Costa Rica es incoherente en su posición respecto a Gaza, mientras pesa la negociación de un TLC con Israel«.

Volviendo a Europa, la misma sensación de incoherencia aflora al leer por un lado el compromiso que pretende tener la UE con la justicia penal internacional y con la Corte Penal Internacional /CPI (véase comunicado oficial del 17 de julio del 2024); y por otro lado, el hecho que los Estados que han remitido con carácter urgente al Fiscal de la CPI una solicitud («referral«) ante el drama que se vive en Gaza hayan sido en un primer momento Bangladesh, Bolivia, Islas Comoras, Djibuti y Sudáfrica ( véase texto de solicitud urgente del 17 de noviembre del 2023), seguidos por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial de Chile).

Este 9 de enero del 2025, Polonia anunció oficialmente haber tomado todas las previsiones del caso para que el Primer Ministro y su comitiva puedan realizar su visita prevista el proximo 27 de enero sin mayor complicación, con ocasión de la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Auschwitz-Birkenau (véase nota del Washington Post). Como bien se sabe, Polonia ha ratificado el Estatuto de Roma de 1998 y debe cumplir con las obligaciones internacionales que derivan de este instrumento. Unas obligaciones que Francia también debería respetar y que sin embargo, su actual Poder Ejecutivo pareciera dispuesto a ignorar en el caso del Primer Ministro de Israel (Nota 2).

Este 9 de enero del 2025 también se adoptó por parte del congreso norteamericano una ley para sancionar al personal de la CPI por investigar y ordenar el arresto de dos dirigentes israelíes (véase nota del New York Times): un texto a todas luces insólito, adoptado con 247 votos a favor y 155 en contra (véase nota de CNN), pero que pone en evidencia la capacidad de cabildeo que tienen los círculos de influencia a favor de Israel dentro de la clase política de Estados Unidos. La posición externada unos días antes por un numeroso grupo de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos (véase comunicado conjunto) da cuenta de la oposición a semejante maniobra del congreso norteamericano.

Volviendo a la CIJ, es de notar que la titular de la cartera diplomática de Bélgica había anunciado su intención de realizar una solicitud de intervención ante la CIJ para apoyar a Sudáfrica en marzo del 2024, anuncio no seguido de efectos (véase nota de TV5Monde del 11 de marzo del 2024). En similar situación se encuentra un anuncio oficial hecho por la diplomacia de Egipto (véase nota de Reuters de mayo del 2024).

Un reducido núcleo de Estados comprometidos con la justicia internacional en Gaza

Irlanda viene así a sumarse a solicitudes similares presentadas por varios Estados ante la CIJ, en apoyo a la demanda de Sudáfrica, a saber: Bolivia, Chile, Colombia, España, Islas Maldivas, Nicaragua, Palestina, Turquía y México. Se trata de Estados que, observando las mismas desgarradoras imágenes que provienen de Gaza día tra día desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, han decidido apoyar, más allá de los anuncios, la demanda presentada por Sudáfrica contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023 ante la justicia internacional de La Haya.

Jurídicamente, únicamente los Estados que son Estados Partes a la convención contra el genocidio de 1948 (véase listado oficial) tienen la posibilidad de solicitar dicha intervención: según el tablero precitado sobre el estado de firmas y de ratificaciones, son en total 153 Estados los que han ratificado dicha convención.

El último Estado antes de Irlanda en haber presentado una gestión similar ante los jueces de la CIJ fue Bolivia el 8 de octubre del 2024 (véanse el comunicado de prensa oficial en francés y en inglés de la CIJ del 9 de octubre y también el comunicado oficial sobre esta gestión difundido por la misma diplomacia boliviana) que analizamos en su momento (Nota 3). Se trata (Bolivia) de la solicitud d eintervención número 5 proveniente de América Latina, despues de la que tempranamente en enero del 2024 presentó Nicaragua, seguida por la de Colombia (abril), de México (mayo), de Chile (septiembre) y que tuvimos la oportunidad de analizar cuando Bolivia la presentó en octubre del 2024 (Nota 4). A diferencia de las demás solicitudes, la de Nicaragua se distingue en razón de la base jurídica utilizada, a saber elArtículo 62 del Estatuto de la CIJ y no el Artículo 63, inciso 2 (Note 5).

No está de más señalar, con respecto a la CPI, que este 13 de enero del 2025 el Fiscal de la CPI contestó un escrito tardío presentado por Israel ante la Sala de Apelaciones en diciembre del 2024, para intentar restarle validez jurídica a las órdenes de arresto confirmadas por la Sala de lo Preliminar de la CPI: en su contestación (véase escrito), el Fiscal de la CPI rechaza uno tras uno todos los argumentos presentados por Israel pidiendo que se desestimen.

A modo de conclusión

El ensañamiento de Israel contra la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 es observable por parte de todos los miembros de la comunidad internacional. No obstante, no todos los Estados parecieran dispuestos a activar los mecanismos jurisdiccionales existentes a su disposición en aras de obligar a Israel a responder por sus actos ante la justicia internacional.

Pese a ello, tuvimos recientemente la oportunidad de explicar cómo el cerco de la justicia internacional (y también nacional en el caso de algunos Estados) se va lentamente cerrando sobre Israel, sobre sus máximas autoridades y sobre algunos de sus soldados que por alguna razón se encuentran viajando como turistas en América Latina después de haber cometido crímenes de guerra en Gaza (Nota 6).

En el marco de otro procedimiento de la CIJ, el procedimiento consultivo, el 2024 concluyó con una ordenanza de la CIJ para tramitar la solicitud de opinión consultiva desde la Asamblea General de Naciones Unidas ideada en un primer momento por Noruega, que tuvimos igualmente la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances y sus perspectivas (Nota 7).

– – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)»3 de julio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Con relación al las órdenes de arresto confirmadas por la CPI contra dos dirigentes de Israel y un jefe militar del Hamás, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.  En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que: «Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible ici.

Note 5: La especificidad de Nicaragua en su solicitud de intervención depositada el 23 de enero del 2024 (véase texto en francés y en inglés) es la siguiente: mientras que Irlanda, al igual que otros Estados, invoca el Artículo 63 inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que permite a todo Estados parte a una convención intervenir cuando se trata de interpretar el alcance de sus disposiciones, Nicaragua (así como Palestina) han invocado el Artículo 62. La posición de Nicaragua (véase texto de su solicitud de intervención en francés y en inglés) busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): todos los Estados deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados. Una relectura de la solicitud de Nicaragua sobre la base de este elemento permite entender mejor las numerosas referencias hechas a esta categoría específica de normas del derecho internacional público, raramente invocada ante los jueces de la CIJ.

Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco«, 3 de enero del 2025. Texto disponible aquí.

Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: la reciente ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la solicitud de opinión consultiva«, 26 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.