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Etiqueta: acoso sexual

Más de 200 de entidades deportivas sin protocolos contra el acoso sexual

Defensoría detecta debilidades en implementación de Ley contra el Acoso Sexual en el Deporte

Defensoría llama a deportistas víctimas de violencia denunciar ante la entidad deportiva correspondiente e informar al ICODER. Se registra, a marzo del 2024, un total de 21 denuncias en el ente rector del deporte.

De tratarse de otros casos graves como abusos sexuales de personas menores de edad dirigir la denuncia ante el Ministerio Público.

A casi tres años de la entrada en vigor de la Ley N° 9967, Ley contra el Hostigamiento y Acoso Sexual en el Deporte, la mayoría de las entidades deportivas beneficiarias de fondos públicos del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) no ha cumplido con su obligación de presentar los protocolos para prevenir y atender denuncias de acoso sexual. De las 233 entidades registradas, solo el 7% ha presentado su reglamento (es decir, 16).

Para las autoridades deportivas evidencia una falta de compromiso y poco conocimiento e interés por parte de dichas entidades por cumplir con lo que dicta la Ley 9967.

De acuerdo con un informe emitido por la Defensoría de los Habitantes, se determinó que, hay dificultades en la implementación de la normativa. Estas incluyen la falta de recursos humanos y financieros, vacíos legales en la ley y esa baja respuesta de las entidades deportivas ante la obligación de implementar protocolos contra el acoso sexual. Adicionalmente, hay una necesidad de reformar aspectos importantes de esta ley como la falta de sanciones para las entidades que incumplen y la protección adecuada para personas menores de edad involucrados en estos casos.

Datos de la Comisión Institucional contra el Hostigamiento Sexual (CIHS) del ICODER, entre enero del 2023 y marzo del 2024, indicaron haber recibido 21 denuncias asociadas con acoso y hostigamiento Sexual en el ámbito deportivo, las cuales se encuentran en seguimiento y requieren de la actualización de los respectivos expedientes.

Para esta Defensoría, es importante que las organizaciones deportivas asuman su responsabilidad en la prevención y erradicación del acoso sexual, garantizando entornos deportivos seguros, sin discriminación, sin acoso, sin abusos y respetuosos para todas las personas participantes. Incluso, a solicitud de la CIHS del ICODER, funcionarias de la Defensoría de la Mujer de la Defensoría de los Habitantes, acompañaron al proceso de capacitación sobre esta temática, así como la entrega de material visual a personal de las organizaciones deportivas y del ICODER, en mayo del año anterior.

Ante este panorama la Defensoría en su informe recomendó al Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, definir con claridad la asignación presupuestaria y de recursos humanos para la CIHS. Además, que la CIHS reciba capacitación por parte de la Defensoría de la Mujer de esta Defensoría en el tema de Hostigamiento Sexual, en aras de garantizar la protección de derechos que les asisten a las personas inmersas en el ámbito deportivo y el mejor ejercicio de sus funciones.

También se le recomendó revisar las recomendaciones realizadas por la CIHS orientadas a implementar en forma adecuada el cuerpo normativo, conformar una comisión de trabajo para revisar las propuestas de reforma al Reglamento de la ley 9967 en relación con la función de la CIHS de informar a esta Defensoría sobre las denuncias que se presenten y las resoluciones finales y valorar la interposición de la propuesta de reforma legislativa a la Ley 9967, conforme a los principios de protección a las personas menores de edad y proponer otro tipo de sanción para cuando se trate de una persona menor de edad la que sea sancionada como hostigadora, así como para equiparar los plazos de prescripción para la interposición de las denuncias y el establecimiento de posibles sanciones en el caso de que las federaciones,

asociaciones o entidades deportivas incumplan con la aplicación de esta normativa.

A la CIHS del ICODER, esta Defensoría le recomendó promover programas de prevención y capacitación en la materia de hostigamiento sexual tal cual se encuentra establecido en la Ley 9967 y su reglamento, a las Federaciones, Asociaciones y demás entidades deportivas que de alguna manera están vinculadas con el ICODER, para ello pueden valorar la coordinación necesaria con la Defensoría, también realizar campañas enfocadas a que conductas de hostigamiento sexual en el ámbito del deporte no van a ser permitidas, ni toleradas y toda situación que se conozca al respecto, debe ser debidamente denunciada y puesta al conocimiento de la Comisión y revisar el formulario establecido para la recepción de denuncias, para que este contenga los requisitos estrictamente necesarios establecidos en la ley y elaborar una base de datos con el registro de sanciones en firme, que sea de acceso al público, que pueda ser consultada por cualquier persona interesada, garantizando el resguardo de la identidad, datos personales y cualquier otra información sensible de las víctimas.

Si no hay una respuesta de la entidad deportiva y tampoco del ICODER ante una denuncia, la persona víctima puede presentar el caso ante la Defensoría de los Habitantes para exigirle cuentas a la entidad rectora pública. Defensoría dará seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones emitidas en su informe.

Comunicación institucional
Defensoría de los Habitantes

Banco Mundial se reserva el derecho de admisión

Freddy Pacheco León

Freddy Pacheco León

Sobre una queja de la Cisneros, en cuanto a que es una barbaridad que el Chaves no pueda entrar a las instalaciones del Banco Mundial y el FMI, cabe recordar que, en el fallo en que un Tribunal del BM en Nueva York, lo sanciona, el 7 de junio del 2021, por varios casos de acoso sexual, se toma la siguiente decisión:

«(1) El Banco tomará las medidas razonables para notificar a las Solicitantes, con anticipación, sobre las, siguientes circunstancias: (i) cualquier caso en el que Mr. C busque acceder a las instalaciones del BM o del FMI». Asimismo, como «Mr. C» había renunciado antes del fallo final que le impone varias sanciones, el Banco Mundial tuvo que pagar a dos de las jóvenes, «los honorarios y costos legales de las Solicitantes por un monto de US$ 64,838.00», que no se le podrían cobrar a «Mr. C», por estar ya en Costa Rica.

O sea, el presidente de Costa Rica sí puede poner pie en el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, pero, para protección de las muchachas acosadas que allí laboran, a ellas se les debe notificar, que «Mr C» estaría llegando a esas instalaciones… ¿Feo verdad?

Defensoría capacita a sector público para prevenir y sancionar hostigamiento sexual

En más de la mitad de los casos denunciados se registra una sanción

Con el objetivo de ofrecer herramientas al sector público para prevenir y sancionar el hostigamiento o acoso sexual, la Defensoría de los Habitantes realiza capacitaciones a diversas instituciones del Estado. El más reciente proceso de formación fue a personal del Ministerio de Salud.

Personal de la Defensoría explica a los y las funcionarias que están a cargo de los procedimientos de investigación y asesoría jurídica, un detalle de las herramientas que contiene la Ley 7476: Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia.

Dicha normativa, en su artículo 7, establece la obligatoriedad de las entidades públicas de informar a la Defensoría de los Habitantes la presentación de denuncias en los lugares de trabajo, a efecto de tener conocimiento, acceso al expediente e intervención facultativa en el procedimiento, en un rol asesor y contralor de legalidad.  

Por año la Defensoría es puesta en conocimiento, en promedio, más de 300 denuncias al año por hostigamiento sexual en sector público y ello representa, una alerta para poder capacitar jurídicamente a los órganos legales de los departamentos institucionales y a quienes están a cargo de la investigación de los hechos.

Este tipo de manifestaciones de violencia, una más que viven las mujeres en el ámbito del empleo y la docencia, debe ser abordado con los principios que garanticen que la víctima sea debidamente reivindicada. Para la Defensoría es fundamental la capacitación como un mecanismo que permita hacer, de manera efectiva, la justicia administrativa.

Indicadores de la Defensoría de los Habitantes revelan que, el 52,76% de los casos de hostigamiento sexual registrados en el sector público y cuyo proceso concluyó, por ejemplo, en el año 2021, las personas denunciadas recibieron una sanción. De este porcentaje, en promedio, en dos de cada diez casos, la sanción fue el despido. 

La Defensoría es la única instancia que cuenta hoy día con los datos sobre las denuncias y procedimientos disciplinarios de hostigamiento sexual del sector público. Con la información que obtiene, la institución responde a las recomendaciones giradas por los diferentes comités a nivel internacional, y a nivel nacional, al señalar que las estadísticas con perspectiva de género, son un mecanismo imprescindible para visibilizar las distintas manifestaciones de las desigualdades y violencias que viven las mujeres por el solo hecho de serlo.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

El acoso y hostigamiento sexual en centros educativos, ¡conducta indeseada!

MSc. Anais Patricia Quirós Fernández
Especialista en la Enseñanza del Idioma Inglés
Estudios en Género, Diversidad y Derechos Humanos
Diplomada en Cambio Climático y Gestión Integral del Riesgo de Desastres
Secretaría de la Mujer, Genero, Equidad y Movimiento LGTBQI
Seccional Sindical Nacional ANEP-UTN
apquiros@utn.ac.cr

El acoso y hostigamiento sexual son formas de comportamiento no deseado y ofensivo que involucran avances, insinuaciones, comentarios o acciones de naturaleza sexual que se dirigen hacia una persona sin su consentimiento.

Estos comportamientos pueden ocurrir en diversos contextos, como el trabajo, la escuela, las redes sociales y la vida cotidiana.

El acoso sexual puede variar en gravedad, desde comentarios inapropiados hasta agresiones sexuales.

Es importante destacar que el acoso y el hostigamiento sexual son ilegales en muchas jurisdicciones y pueden tener graves consecuencias legales y profesionales para quienes los perpetran.

Las víctimas suelen sentirse incómodas, humilladas o amenazadas, y es esencial denunciar estos comportamientos para detenerlos; asimismo proteger los derechos de las personas.

Las leyes y regulaciones relacionadas con el acoso y el hostigamiento sexual varían de un lugar a otro, por lo que es importante consultar con las autoridades locales o buscar asesoramiento legal si se está enfrentando esta situación.

¿Esto ocurre en las organizaciones públicas y privadas?

¡Si!, lamentablemente, ¡si!

¿A quién pueden acudir quienes están viviendo esta situación?

En Costa Rica, la ley que regula el hostigamiento sexual es la Ley No. 7476, conocida como la «Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia», y establece medidas para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual en el ámbito laboral.

El objetivo de esta Ley es prevenir, prohibir y sancionar el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón de sexo, contra la dignidad de las mujeres y de los hombres en el ámbito de trabajo y educativo, en el sector público y el sector privado.

Y, ¿cómo atender estos casos?

Lo correcto debería ser…

Consultar el reglamento de la universidad: Es importante revisar el reglamento o código de conducta de la universidad para entender los procedimientos específicos y así denunciar el acoso y las posibles consecuencias para el acosador (a).

La mayoría de las universidades públicas o privadas tienen oficinas o departamentos encargados de tratar denuncias de hostigamiento y acoso.

En algunos casos, podría ser necesario buscar asesoramiento legal. Un abogado especializado en derechos estudiantiles o laborales que pueda brindar orientación sobre cómo proceder y cómo proteger los derechos de la víctima.

¿Existe un REGLAMENTO o un DEPARTAMENTO en cada uno de los campus universitarios, encargados de dar soporte legal a estudiantes en estas situaciones?

COMO DOCENTES formadores, guías que incentivan el conocimiento autodidacta y creativo, en aprendientes que ostenten cualidades como: responsabilidad, flexibilidad, preocupación, compasión, cooperativismo, creatividad, dedicación, decisión, y empatía TENEMOS DEBERES que cumplir en las aulas, los pasillos y afuera del campus. Así también, SOMOS RESPONSABLES de reunir un conjunto de interacciones personalizadas con los alumnos para conseguir su participación en su propio proceso de formación y atender a sus distintas necesidades.

¡Como profesionales NO es aceptable ni ético generar temor, duda, angustia emocional y física en estudiantes víctimas del acoso por parte de docentes!

Por nuestros pasillos caminan estudiantes que desean superarse y terminar sus estudios en diferentes especialidades, en busca del desarrollo profesional y de un campo laboral, pero hoy muchas (os) se sienten inseguras (os), decidiendo seguir o desertar por causa del acoso y hostigamiento.

El acoso y hostigamiento sexual como una conducta indeseada NO PUEDE NI DEBE estar presente en nuestros salones de clases.  Lamentablemente aun cuando es de conocimiento de autoridades universitarias se sigue dando… 

La denuncia individual o colectiva es la mejor alternativa para enfrentar este flagelo, aunque te traiga consecuencias. Lo que está en juego aquí es el RESPETO y la DIGNIDAD DEL SER HUMANO

Pregunto… ¿Cuántas y cuantos estudiantes desertaran antes de denunciar a un(a) docente hostigador (a)?

¡No podemos abonar una cultura del silencio y el encubrimiento de estos actos!

Quien hostiga y acosa, tiene hijas (os), hermanas (os), esposa, madre y un puesto que le genera su estabilidad económica, pero las víctimas tienen derecho al respeto de su integridad y a un futuro que nadie debe obstaculizar. En un ambiente de respeto se genera confianza.

Es sumamente necesario iniciar procesos de concientización con docentes, estudiantes y personal administrativo para no tener que enfrentar denuncias a causa de esta conducta que al parecer se siguen obviando sus consecuencias.

¡NADIE DEBE PERMITIR SER ULTRAJADA O ULTRAJADO EN NINGUN CAMPUS UNIVERSITARIO!

Invito a las víctimas de hostigamiento y de acoso sexual a…

¡DEBES DENUNCIAR!

Entre aplausos y felicitaciones reinstalan trabajadora en la Municipalidad de Puntarenas

La reintegración de la funcionaria Bersabeth Mena Acuña en la Municipalidad de Puntarenas, trajo consigo una bienvenida con aplausos y felicitaciones. 

El despido de la funcionaria se dio de forma irregular, luego de denunciar a su jefatura por acoso laboral y sexual. Por lo que la Sala Segunda determina que debe ser reinstalada en igualdad de condiciones. Además, lejos de su victimario. 

La trabajadora Mena agradeció el apoyo de la ANEP y otros funcionarios durante el proceso.

Compartimos el video completo:

Reflexión acerca de la Ley N°9999 para prevenir la revictimización y garantizar los derechos de las personas menores de edad en el sistema educativo costarricense

Anais Patricia Quirós Fernández.

MSc. Anais Patricia Quirós Fernández
Académica Universitaria, Escritora
Carrera de Idioma Inglés y Programa Institucional Ingles para el Trabajo PIT
Secretaría de la Mujer, Genero, Equidad y Movimiento LGTBQI
Seccional Sindical Nacional ANEP-UTN
Sede del Pacifico, Sede Central 

apquiros@utn.ac.cr / www.utn.ac.cr

Es un hecho, EN LAS AULAS DE LA UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL, TENEMOS ADOLESCENTES QUE AUN NO SON MAYORES DE 18 AÑOS.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETO: LEY PARA PREVENIR LA REVICTIMIZACIÓN Y GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO COSTARRICENSE

En su contenido, expongo algunos capítulos importantes de análisis en nuestra alma mater. El Artículo 1- Establece Principios rectores. La presente ley se fundamenta en los principios del interés superior, igualdad y no discriminación, supervivencia y desarrollo, participación y el de autonomía progresiva.

La Ley #9999 tiene como objetivo proteger y reconocer los derechos de las personas menores de edad, prevenir su revictimización y evitar la impunidad en los procedimientos del régimen disciplinario docente y administrativo. Esta ley tiene como objeto determinar eventuales responsabilidades derivadas de denuncia de maltrato físico, emocional, abuso sexual o trato corruptor, que involucre a una persona menor de edad o a un grupo de personas menores de edad, como víctimas. (Artículo 2)

El Artículo 3:

Establece Definiciones. Para efectos de la presente ley se entiende lo siguiente: a) Víctima: toda persona menor de edad estudiante que sufre un daño o perjuicio a su propiedad o integridad física, emocional o sexual por culpa de una persona funcionaria docente, docente administrativa o administrativa. b) Persona menor de edad: toda persona menor de dieciocho años. c) Adolescente: toda persona mayor de doce y menor de dieciocho años. d) Hostigamiento y acoso sexual: toda conducta con contenido o connotación sexuales realizada por un funcionario o funcionaria docente, docente administrativo, técnico-docente y administrativo contra una persona menor de edad estudiante.

¿Qué debemos entender por acoso u hostigamiento sexual?

Todas aquellos manifestaciones o comportamientos de los cuales mencionare algunos: (Artículo 3):

i) La solicitud de favores sexuales.

ii) Promesas de un trato preferencial o de ventaja como condición en la formación o proceso educativo, amenazas sugeridas o expresa, física o moral, o de daños o castigos de la persona hostigada, como condición para la formación o el proceso educativo, para que la persona estudiante realice conductas sexuales con la persona docente.

iii) Las insinuaciones o proposiciones y el uso de lenguaje verbal, no verbal o escrito, de gestos, símbolos o imágenes de naturaleza o contenido sexual.

  1. iv) Los acercamientos corporales, los tocamientos u otras conductas físicas de naturaleza sexual.
  2. v) Cualquier trato discriminatorio hacia la persona hostigada, que resulte de la negativa de un requerimiento de contenido sexual.

En conclusión, la UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL INICIA AÑO LECTIVO 2023- I CUATRIMESTRE, con una minoría importante de estudiantes de nuevo ingreso que siguen en condición de adolescente ya que son aún menores de 18 años, que están bajo la protección de la Ley # 9999 a los y las cuales debemos proteger, informar, asesorar, y dar a conocer sus derechos.

El personal docente, administrativo docente, técnico-docente o administrativo, que preste sus servicios en la UTN, tiene el deber de conocer, la ley citada como también denunciar los casos de maltrato físico, emocional, abuso sexual o trato corruptor en perjuicio de una persona menor de edad estudiante.

Así también, la responsabilidad de vigilar por la seguridad de esta pequeña población que hoy están en nuestros salones de clases compartiendo con adultos.

Permitamos como institución pública formadora de profesionales que estas personales aun en calidad de adolescentes menores de edad lleguen a cumplir su mayoría de edad en un entorno sano sin acoso u hostigamiento.


Fuente de consulta;

Ley para prevenir la revictimización y garantizar los derechos de las personas menores de edad en el Sistema Educativo Costarricense N° 9999 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Llamamiento para poner fin a la violencia contra las mujeres periodistas

En el ámbito periodístico, la mitad de las mujeres han experimentado violencia política, acoso sexual, maltrato psicológico, acoso en línea y otras formas de violencia de género (VG) mientras trabajaban, esto según datos de la Federación Internacional de Periodistas. Estos actos de violencia no sólo tienen como objetivo intimidar y silenciar a las mujeres que trabajan en los medios de comunicación, sino que sus efectos amedrentadores contribuyen a acallar historias y privar al público de información. Como consecuencia, estos ataques socavan el pluralismo y el derecho de acceso a la información.

Para conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el 25 de noviembre, ponemos la mirada en la violencia online; es hora de que los medios de comunicación y los sindicatos denuncien públicamente TODOS los actos de abuso en línea. Es urgente que los/as legisladores/as conviertan el abuso en línea en una cuestión de salud y seguridad. Para ello, nuestra Asamblea Legislativa debe aplicar urgentemente el Convenio C190 de la OIT sobre el acoso y la violencia en el ámbito laboral.

Las direcciones de los medios de comunicación tienen el deber de garantizar un lugar de trabajo seguro y proporcionar, un mecanismo fiable para que las mujeres puedan denunciar y ser protegidas cuando sean objeto de abusos en línea.

Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y las Niñas, el Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica; la Federación Internacional de Periodistas (FIP) y su Consejo de Género de la cual somos directivos; pedimos al Gobierno de Costa Rica que actúe de manera responsable para erradicar la violencia contra las mujeres y que la Asamblea Legislativa agende el Convenio 190 de la OIT sobre el acoso y la violencia en el mundo del trabajo e instamos a las plataformas sociales a que introduzcan medidas efectivas contra el acoso online. El convenio prohíbe la violencia contra las mujeres en el trabajo, incluido el abuso en línea, y la convierte en un problema de salud y seguridad. Una vez ratificado por un país, obliga a los empleadores de los medios de comunicación a garantizar un lugar de trabajo seguro y a proporcionar un mecanismo sólido para que las mujeres periodistas presenten denuncias y estén protegidas cuando sean objeto de abusos.

Ninguna mujer periodista debería enfrentar los abusos en línea, y por supuesto, ninguna mujer debería hacer frente a ello sola.

El Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica hace un llamado para pedir al Gobierno de Costa Rica y a las plataformas sociales que tomen medidas inmediatas para erradicar la violencia de género online. Instamos a las empresas a que adopten medidas inmediatas para prohibir los comentarios sexistas, racistas y abusivos en sus plataformas y que nos apoyemos en el Convenio 190 para que Costa Rica goce de mejores instrumentos para la eliminación de la violencia contra la mujer.

Licda. Sonia Arrieta Mora
Secretaría General SNP

Junta Directiva 2022-2025
Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica

¡No más acosadores en la función pública!

Publicación de FEUNA:

El Poder Ejecutivo intervino la Junta Directiva del Banco Popular y Desarrollo Comunal con la excusa de la necesidad de «transparencia e idoneidad en los puestos» pasando por encima al máximo órgano de toma de decisiones del banco: la ley orgánica de la creación del banco, donde participan todos los sectores sociales y productivos del país en La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Esto ha sido una estrategia para decidir arbitrariamente la elección de quienes conforman una Junta «temporal» donde han nombrado en representación del movimiento cooperativo y como nuevo presidente de la Junta Directiva del Banco al Sr. Abel Salas Mora, quien tiene denuncias por acoso sexual cuando fue docente de la UCR, acción por la cual fue sancionado en su momento.

Por lo tanto, hacemos responsable de este nombramiento y arbitrariedad con la que han conformado la nueva Junta Directiva a la ex Ministra de Trabajo Sra. Martha Esquivel quien es ahora presidenta de la CCSS, así como la Ministra de Presidencia Sra. Natalia Diaz y actual Vicepresidente Sr. Stephan Brunner, ya que fueron las personas encargadas de hacer la revisión y selección de las personas candidatas a los puestos de la Junta, entre otras cosas como asegurar la idoneidad de los puestos, dejando pasar el tema del acoso por alto.

Exigimos VERDADERA transparencia y ética en los nombramientos para la función pública en el país, ya que este señor NO representa a los sectores cooperativos, quienes no fueron consultados para la elección, además es un retroceso a los esfuerzos que hemos llevado las personas estudiantes universidades públicas, colectivas feministas para la erradicación de la violencia sexual, pero sobre todo para no ser complacientes con quienes quieren ejercer funciones púbicas con antecedentes de este rango.

¡Fuera Salas del Banco Popular!

UCR impulsará estudio nacional sobre violencia contra las mujeres ante alarmante situación visibilizada por sus estudiantes

La investigación se basa en una encuesta telefónica que se aplicó, entre los meses de junio y julio del año 2021, a jóvenes que en ese momento eran estudiantes activas de alguna de las sedes y recintos de la Institución. (Imagen con fines ilustrativos) Foto: Laura Rodríguez Rodríguez, UCR.

Encuesta del CIEM retrató situaciones de discriminación, violencia en sus diversas manifestaciones y hostigamiento, dentro y fuera de la institución

El Centro de Investigación en Estudios de la Mujer (CIEM) de la Universidad de Costa Rica (UCR) consultó a 658 estudiantes de la institución y determinó una alarmante vivencia de situaciones de discriminación, violencia en sus diversas manifestaciones y hostigamiento, tanto dentro como fuera del espacio académico.

La investigación se basa en una encuesta telefónica que se aplicó, entre los meses de junio y julio del año 2021, a jóvenes que en ese momento eran estudiantes activas de alguna de las sedes y recintos de la Institución en las diversas localidades del país. La medición tiene una confianza del 95% y es representativa para toda la Institución.

El análisis fue liderado por la socióloga e investigadora del CIEM. María José Chaves Groh y determinó que el 78,7% de las estudiantes consultadas ha enfrentado al menos un episodio de discriminación por razón de género en la UCR y 67,8% lo ha vivido fuera de la institución.

Según los resultados obtenidos, las manifestaciones más comunes de esta discriminación se presentan por medio de comentarios ofensivos expresados en espacios como la casa, la comunidad, el lugar de trabajo o de estudio; así como por tratos diferenciados por el hecho de ser mujeres.

Las estudiantes señalaron a profesores y otras personas estudiantes como quienes en mayor medida les han hecho comentarios ofensivos por el hecho de ser mujeres, mientras que fuera de la institución son expresados tanto por personas conocidas como desconocidas. 

La mayoría de las estudiantes reportó que estas situaciones de discriminación sucedieron hace más de dos años, lo cual podría señalar que estas formas de discriminación fueron más frecuentes cuando las clases se daban únicamente de forma presencial.

Jóvenes experimentan violencia en sus diversas manifestaciones

El estudio determinó una grave vivencia de situaciones de violencia en sus diversas formas. La violencia emocional es la manifestación con mayor prevalencia entre las estudiantes de la UCR. El 72,5% de las consultadas afirma haber enfrentado al menos un episodio de este tipo, en que la mayoría de los casos involucra escuchar “cosas que la hacen sentir humillada, ofendida o insultada” o “la hace sentir controlada o atemorizada por celos o desconfianza”.

Según las jóvenes, es común que el agresor “ha amenazado con matarse” y “le prohíbe tener contacto con amigas, amigos o familiares”. Mientras que expresiones como “le prohíbe trabajar, estudiar o desarrollar otras actividades fuera de la casa” y “ha amenazado con matar o hacer daño a una persona cercana a usted” figuran con menos frecuencia, pero también están presentes.

Las estudiantes consultadas por el CIEM identifican como sus principales agresores emocionales a las figuras de su exnovio, su papá o algún otro familiar. Destaca que a lo interno de la Universidad, las jóvenes vinculan este tipo de violencia con compañeros de clase, excompañeros y también con profesores.

El 42% de las jóvenes consultadas afirmó haber experimentado violencia física. “Le tiró algo o la golpeó con algo, la empujó, la agarró, le torció el brazo o le jaló el pelo” seguido por “la amenazó con maltratos físicos” figuran como las manifestaciones más comunes de este tipo de agresión, perpetrada en la mayoría de los casos por el exnovio y algún familiar.

El 20,7% de las estudiantes UCR afirmó haber vivido violencia patrimonial, que en la mayoría es perpetrada por los exnovios, padres u otros familiares cuando “se niega a pagar la pensión alimenticia en favor suyo o de alguna persona a su cargo” o “ha dañado, daña, ha destruido o destruye sus cosas, sus artículos personales, materiales de estudio o trabajo o sus propiedades”.

El 45% de las estudiantes consultadas reporta haber enfrentado algún episodio de violencia sexual en algún momento de su vida. “La tocó sexualmente en contra de su voluntad” y “la forzó o trató de forzarla a tener relaciones sexuales” figuran como las principales manifestaciones perpetradas en su mayoría por un exnovio o un conocido.

El 43,2% de las jóvenes encuestadas ha enfrentado al menos un episodio de hostigamiento sexual con una persona vinculada a la UCR. “Miradas, gestos y sonidos con intención sexual” y “comentarios verbales o escritos con insinuaciones o contenido sexuales” figuran como las formas más frecuentes en que se manifiesta este tipo de violencia dentro de la institución.

Los resultados de esta encuesta confirman la direccionalidad de la violencia retratada por amplias investigaciones y estudios. El 89,9% de las estudiantes reporta que el hostigador fue un hombre y en la mayoría de los casos figuran profesores y otros estudiantes como los principales perpetrados de hostigamiento sexual.

Según la investigadora María José Chaves Groh, los alarmantes datos retratados por esta investigación evidencian que la discriminación dentro y fuera de la institución, la violencia por razones de género y el hostigamiento sexual está presente en la vida cotidiana de la mayoría de las estudiantes de la UCR. 

“Estos resultados nos llaman a fortalecer los mecanismos que tenemos para la prevención y la atención, así como a dar mayor difusión de la existencia de dichos recursos. A nivel país la UCR está llamada a contribuir con el cambio cultural que se requiere para garantizar que las mujeres pueden vivir sin violencia en todos los espacios”, enfatizó la académica.

Institución impulsará nuevas acciones para atender problemática

La directora del CIEM, Montserrat Sagot señaló el compromiso permanente de esta instancia de la UCR con el estudio de esta temática. En el 2000 participó de un esfuerzo internacional para la creación de un instrumento que tres años más tarde dio lugar a la aplicación de la Primera Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres en el país.

Posteriormente, en el  2012, el CIEM tomó como base el instrumento utilizado para esa medición nacional para aplicar una primera consulta dentro la instituciónEsta nueva encuesta retoma parte de las preguntas utilizadas en esa ocasión, e icorpora nuevas consultas que permiten indagar la situación actual de la problemática.“Los datos que hemos encontrado pueden ser un poco chocantes, pero corresponden a lo que quienes trabajamos en violencia hemos dicho por muchos años. Este es un problema social de grandes dimensiones, al que hay que prestarle atención como sociedad”, enfatizó la experta.

Según Sagot, tanto la universidad como la sociedad en general deben dar respuestas reales a la violencia contra las mujeres y agrega que “no pueden ser simplemente declaraciones de buena voluntad, sino que deben implicar compromiso de largo plazo, inversión de recursos y contribuir en lo que se pueda a los procesos de cambio social que van a llevar a que la violencia, eventualmente, disminuya”.El rector de la UCR, Gustavo Gutiérrez Espeleta manifestó gran preocupación ante la gravedad de los datos retratados por esta nueva investigación de CIEM y expresó por parte de la administración universitaria “un fuerte compromiso de acción para continuar atendiendo la problemática».

El jerarca afirmó que la Institución es un reflejo de lo que pasa en el país y, por lo tanto, “los resultados sobre violencia contra las mujeres que presentamos hoy, aunque representativos de las estudiantes mujeres de nuestra casa de estudios, pueden darnos pistas de lo que pasa en el país”.A su vez, la UCR anunció que buscará cooperación con el Instituto Nacional de Mujer (INAMU), organizaciones de sociedad civil y organizaciones internacionales para poder replicar este esfuerzo de investigación a nivel nacional y contar con un mejor diagnóstico de la violencia de género que sufren las mujeres a nivel nacional.

Al mismo tiempo, la UCR continuará implementado acciones para fortalecer el abordaje de esta temática en el espacio académico, dentro de las que destacan la creación de una “Unidad de Género” que permitirá atender la temática de forma más integral y agrupar de manera estratégica los esfuerzos en esta materia que se encuentran desarticulados dentro de la institución.

Sumado a lo anterior, la UCR continuará trabajando en la gestión de un “Balance del estado de la igualdad y equidad de género”, el cual, permitiría conocer y analizar el estado de las relaciones de género a lo interno de la Universidad, en los ámbitos administrativo, docente y estudiantil.

“Los resultados que hoy se presentan nos ocupan, porque nos comprometemos a fortalecer nuestro compromiso ético de no tolerar ninguna forma de discriminación ni de violencia contra las mujeres, a continuar mejorando nuestras acciones de prevención y de enfrentamiento a esta problemática” concluyó el jerarca universitario.

 

Andrea Méndez Montero
Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR

¿Podemos construir en nuestra Alma Máter UTN una cultura organizacional sin acoso y hostigamiento sexual y laboral?

Anais Patricia Quirós Fernández.

MSc. Anais Patricia Quirós Fernández
Académica Universitaria, Escritora
Carrera de Idioma Inglés y Programa Institucional Ingles para el Trabajo PIT
Secretaría de la Mujer, Genero, Equidad y Movimiento LGTBQI
Seccional Sindical Nacional ANEP-UTN
Sede del Pacifico, Sede Central 

apquiros@utn.ac.cr / www.utn.ac.cr

Estoy convencida que sí …

El día 26 de abril de 2021, en la circular CRI-04-2021, la Comisión Interna de Reglamentos en atención al procedimiento PR-Rectoría 01 somete a consulta a la comunidad universitaria el Reglamento contra el Acoso y Hostigamiento Sexual en la Universidad Técnica Nacional. A la fecha este Reglamento se encuentra en borrador.

Creer que este tema tiene una sola dirección –acoso hacia la mujer– es un error, ya que en realidad tiene muchas direcciones que no se deben ignorar.

Entender ¿qué es el acoso y hostigamiento sexual? es tan importante como saber identificarlo y saber denunciarlo cuando este se manifiesta en el lugar de trabajo.

Como lo define la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “el acoso y hostigamiento sexual es una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, este acto constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo y una inaceptable situación laboral.”

El acoso y hostigamiento en el campo laboral y académico se presenta muchas veces disfrazado de distintas maneras: como chantaje, como ambiente laboral hostil, y por medio de comportamientos que pueden ser de naturaleza física, verbal y no verbal.

¿QUIÉN PUEDE SER OBJETO DE ACOSO Y HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y LABORAL?

TODOS Y TODAS, incluyendo nuestros y nuestras estudiantes.

¿QUIÉN PUEDE ACOSAR Y HOSTIGAR?

El acoso puede venir de directivos o empleados con jerarquía, compañeros de trabajo, hombres y mujeres, destacando estadísticamente el acoso de hombres hacia mujeres. Pero hoy con una tendencia ascendente el acoso entre personas del mismo sexo. Y no dejando de lado el acoso de académicos y académicas hacia estudiantes y viceversa.

Lamentablemente hay algo que no podemos omitir…El acoso y hostigamiento sexual van de la mano con las relaciones de poder y las condiciones de trabajo, perjudicando el campo laboral de quienes poseen menos poder y son más vulnerables.

¿LE PARECE A USTED FAMILIAR ESTE TEMA?

La peor barrera y el más grande temor de quien ha sido sujeto de acoso y hostigamiento, es denunciar a quien está en una posición jerárquica que determina un puesto, un curso en el caso de los estudiantes, o con posibilidad de perjudicar las condiciones de trabajo.

La comunidad universitaria NO ESTA CIEGA, NI DORMIDA, NI SORDA, NI CARENTE DE CONOCIMIENTO CON RELACION A ESTE TEMA.

Como se deduce del Código de Ética de la UTN, y que aplica a todos los funcionarios, el tráfico de influencias que es una práctica ilegal, y consiste en utilizar la influencia personal en ámbitos de gobierno o privados, a través de conexiones con personas, y con el fin de obtener favores o tratamiento preferencial al margen de la legalidad, esta también relacionado con:

  • El acoso y hostigamiento sexual y laboral donde se da, se quita o se movilizan funcionarios o funcionarias de sus puestos. Aun cumpliendo con todos los requisitos.
  • Los favores académicos a cambio de notas o la aprobación de un curso. Un caso delicado de malas prácticas entre algunos docentes con relación a los estudiantes que debemos prestarle mucha atención.
  • El acoso y hostigamiento sexual cibernético (redes sociales). El cual ha aumentado con la pandemia.

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El acoso recíproco podrá “favorecer” algunos funcionarios y algunas funcionarias de la UTN, pero… ESA MALA PRÁCTICA no da derecho a promover dichas conductas y comportamientos NO deseados, dentro de la institución y no ser denunciadas.

La manipulación y abuso de autoridad laboral y académico, tiene nombre, se llama ACOSO Y HOSTIGAMIENTO. Y está penalizado en Costa Rica (Ley No 7476). A los funcionarios de nuestra universidad, desde la legalidad se les ha otorgado facultades de actuación, pero también se han definido cuidadosamente sus límites. Asimismo, se habilita a la Administración para su acción confiriéndole al efecto poderes jurídicos que no pueden ser trasgredidos.

¡DEBEMOS ACTUAR!

Es prioritario aprobar el Reglamento sobre Acoso y Hostigamiento Sexual de la UTN.  Incorporar normativas universitarias que establezcan sanciones disciplinarias progresivas, para no permitir más situaciones conocidas y que se dejan pasar por alto sin prestar la atención inmediata necesaria. Después de ello, construir una política institucional contra el acoso y hostigamiento sexual y laboral. Promover capacitación que genere cambios en la cultura laboral. Reforzar el cumplimiento de buenas prácticas éticas institucionales para proporcionar una garantía pública de protección de los derechos. Cumplir con los deberes, y así salvaguardar la seguridad y el bienestar de la comunidad universitaria en general.

EN CONCLUSIÓN. No podemos seguir calificando las conductas de acoso y hostigamiento sexual dadas dentro de la comunidad universitaria como SIMPLES conductas inapropiadas cuando son actos tipificados, identificados y sancionables.

En el desempeño de las múltiples funciones vinculadas a la gestión de la Universidad Técnica Nacional, las autoridades, el personal académico, administrativo y de servicios operativos poseen derechos que deben ser respetados.