Del 15 al 27 de febrero se estarán llevando a cabo algunas charlas y actividades con respecto a los humedales, tales como: biodiversidad, estado de salud de los arrecifes, propuestas y alternativas sostenibles, planificación y conservación. Contará con la participación de especialistas en las diferentes temáticas (al final de la nota encuentra el cronograma de actividades e invitados). Esta actividad es gestionada por UNED y la transmisión se puede observar en el perfil de la institución o bien con la siguiente dirección UNEDNicoya.
Área de Conservación Tortuguero; programa de educación ambiental
Un humedal es una zona de tierra, generalmente plana, cuya superficie se inunda de manera permanente o intermitente. Al cubrirse regularmente de agua, el suelo se satura, quedando desprovisto de oxígeno y dando lugar a un ecosistema híbrido entre los puramente acuáticos y los terrestres.
Los humedales:
Son ecosistemas muy heterogéneos y grandes reservorios de biodiversidad. Todos los humedales tienen un efecto de “esponja”, es decir, que proveen un servicio de mitigación de inundaciones al absorber el agua, lo que impide que se inunden las ciudades que están aguas abajo. Las modificaciones que estamos viendo, los incendios o los grandes monocultivos y la ganadería reducen esta capacidad de mitigación.
Los humedales son uno de los entornos más productivos del mundo, y son cunas de diversidad biológica y fuentes de agua y productividad primaria de las que innumerables especies vegetales y animales dependen para subsistir.
Estos ecosistemas son vitales para la supervivencia humana, ayudan a mitigar los efectos que provocan las sequías y las fuertes lluvias. Sin embargo, están amenazados por actividades como la ganadería, los monocultivos, los proyectos inmobiliarios y la minería.
Se calcula que en los últimos 35 años han desaparecido más del 50% de los humedales en todo el mundo.
En Costa Rica tenemos un marco legal muy endeble para su protección. Es urgente que una LEY DE HUMEDALES incluya un inventario a nivel nacional, una moratoria para impedir que se sigan destruyendo y que agregue la figura penal del DELITO ECOLÓGICO para quienes cometan este crimen ambiental.
En noviembre 2020 la Fundación Friedrich Ebert publicó el análisis titulado “Gobernanza del agua en Costa Rica: una gestión integrada, abierta y participativa” de la autora Ana Gabriel Zúñiga Aponte, experta en gobierno abierto, participación ciudadana y diálogo social.
“La gobernanza democrática del agua se entiende como un ejercicio de diálogo, toma de decisión e implementación de acuerdos y políticas públicas desde la apertura, la transparencia, la participación multisectorial y la rendición de cuentas”, detalla el documento.
El análisis aborda la participación ciudadana en asuntos ambientales, el mecanismo nacional de gobernanza del agua (MNGA), la participación, diálogo y resolución de conflictos, así como conclusiones y recomendaciones, entre las cuales destaca el proceso colaborativo para revisar el MNGA.
De acuerdo con Marco Vinicio Zamora, coordinador del Proyecto Transformación Social Ecológica de la Fundación Friedrich Ebert “esta publicación busca mover participación desde el territorio y fortalecer capacidades comunitarias”.
SURCOS comparte el documento para su lectura y reflexión:
El agua del estado norteamericano de California empezó a cotizarse en los mercados de futuros de Wall Street, y aunque la información se ocupó de aclarar que los contratos son puramente financieros y no requieren entrega física del elemento, la novedad abre “un escenario en el que efectivamente se va a agudizar la condición del agua como mercancía, y como tal va a entrar en las disputas relacionadas con cualquier forma de crecimiento económico, con cualquier forma de producción, con cualquier forma de comercio de bienes y de productos en el mundo, y esto es lo realmente peligroso”, advirtió el sociólogo costarricense Osvaldo Durán Castro.
Investigador, docente en la universidad pública Tecnológico de Costa Rica, decidido defensor de las causas ambientales, Durán Castro le explicó a Contala como quieras “cuál es la dinámica en que el agua está entrando. Aquí entran todos los metales: oro, plata, cobre, aluminio, acero, hierro, uranio. Incluso se cotizan y se venden futuros basados en la temperatura de la Tierra, en las lluvias, en las nevadas, en los huracanes, porque son posibles riesgos que se van a correr. En esa dinámica se está metiendo el agua”.
La explicación requiere de una diferenciación básica: los mercados Spot o físicos, en los que se cotizan precios de compra y venta “pagando la materia como tal en un momento determinado y de inmediato”, y los futuros, también llamados “fordwards”, en los que hoy se pactan transacciones que establecen precio, cantidad y vencimiento a determinado plazo.
Estos últimos son “un pago de derechos a futuro sobre una mercancía en sí que no es, como tal, que se va a comprar y vender un poco de agua: se pacta un negocio, se pacta en este caso un producto a un precio y a un plazo de discusión del contrato. De tal forma que, como dicen los más optimistas y los que impulsan esto, es una garantía para que, como algunas noticias han dicho, los agricultores, los municipios o las empresas podrán protegerse de los cambios en el mercado del agua. En realidad, para mí no es una cosa de que venga a protegerse sino más bien que lo que se hace es un camino de especulación”, sostuvo.
La cotización del agua fue lanzada en la Bolsa neoyorquina por CME (Chicago Mercantile Exchange) Group, “que creó el índice NQH2O (Nasdaq Veles California Water Index), basado en un indicador de precios de los futuros del agua en California que cotiza a cerca de 500 dólares por acre-pie, una medida de volumen utilizada normalmente en Estados Unidos equivalente a 1.233 metros cúbicos.
Aunque el índice está basado en los precios de las principales cuencas fluviales de California, donde la escasez de agua se ha agravado en los últimos años, ese valor podrá ser usado como referente para el resto del mundo en los mercados del agua.
Estos contratos de futuros no requieren entrega física de agua y son puramente financieros, basados en el precio semanal promediado entre las cinco principales cuencas de California hasta 2022. Según CME Group, permitirán una mejor gestión del riesgo asociado a la escasez del agua y realizar una mejor correlación entre oferta y demanda en los mercados.
“Esta es una compañía, la más grande del mundo, que maneja acciones en bolsa para cotizar cualquiera de los bienes que son letales en la Tierra. Es una fusión de varias compañías de los Estados Unidos que transan en la Bolsa de Nueva York, en la Bolsa de Chicago y en otros lados que prácticamente consolidan el manejo de mercancías en el mundo. Hablo de mercancías, de que aquí se transa el agua como se transan contratos a futuro sobre productos agrícolas”, aclaró.
“Estamos hablando de un nuevo paso en la escalera de una disputa global y nacional sobre el dominio del agua: la disputa es el agua como bien de dominio público, como derecho humano de los pueblos frente a las distintas vías de la privatización. Pienso que los países más bien deberían estar haciendo esfuerzos enormes y totales para asegurar que el agua sea, efectivamente, un bien y no una mercancía”, reclamó
Recordó que “cuando hablamos del agua hablamos casualmente de un elemento fundamental para la vida, y los diagnósticos que se pueden hacer son muy parecidos, no importa si vienen del Banco Mundial –que ha contribuido a la privatización del agua por distintas vías– o si vienen de organizaciones no gubernamentales o del gobierno. Lo cierto es que hay más de dos mil millones de personas que no tienen servicio de agua, hay más de 4.200.000 personas en el mundo que no tienen ni los mínimos seguros de saneamiento”.
Durán Castro advierte sobre distintas formas en que el capital privado se ha adueñado del aprovechamiento de ese bien que debería resguardar el Estado como garante de la calidad de vida de todos quienes lo habitan: “Las concesiones han sido en toda América Latina una vía mediante la cual los Estados dicen que mantienen el dominio sobre los bienes públicos, pero en realidad los están prestando, los están alquilando y muchas veces los están regalando, donando para que el capital privado, en sus distintas modalidades, lo utilice como medio de enriquecimiento”, señaló.
“En todos los países nuestros y en todo el mundo también tenemos formas de agua privada, por decirlo de esta manera. Y el agua privada se comporta como tal», consideró, para citar enseguida el ejemplo de la energía hidroeléctrica, «utilizada por empresas locales, nacionales o transnacionales para generar electricidad de carácter privado que luego es vendida a las poblaciones, ya sean nacionales o que se exporte para lucrar con esta energía”.
Específicamente para la Argentina, y en conjunto con los territorios de Paraguay y Uruguay y el sur de Brasil, el entrevistado apuntó a “lo que ya ha llegado a llamarse la república de la soja transgénica: el maíz, la soja, la harina de soja, el aceite de soja, el arroz, la palma, el cacao, el café, el algodón, el azúcar, para decir algunos productos, se transan y se venden como futuros en el mercado, y eso evidentemente permite que compañías transnacionales controlen”.
El abanico abarca otras regiones, y es fácil advertirlo cuando el experto invita a pensar “qué otras cosas se transan en este tipo de empresas, de ventas de títulos, por decirlo así, valores a futuros para controlar productos: todos los productos que tienen que ver con petróleo en sus distintas formas, el gas natural… Estamos hablando de fracking”, una tecnología que insume cantidades descomunales de agua.
«Si usted toma por ejemplo la enorme Cuenca del Plata, que prácticamente viene de Brasilia, incluye todo Paraguay, países como Bolivia y llega hasta Puerto Madero en La Boca, estamos hablando de 1.194.000 kilómetros cuadrados que están por debajo de la tierra. Es como si usted juntara todo el territorio de España, Portugal y Francia, y dijera que todo eso es el Acuífero Guaraní. Estamos hablando de una cantidad de agua que ya se explota, que ya se utiliza en términos de comercio, que incluso se exporta a algunos países”, consideró.
Para el experto, «cuando, por ejemplo, se permite el uso de la tierra, del agua, del aire, cuando se permite el uso de los territorios, incluidas las poblaciones, para explotaciones tan grandes como la soja en países como Argentina, estamos hablando de cesión de soberanía nacional«.
«Cuando digo cesión de soberanía nacional hay que verlo a partir de los impactos que esto tiene sobre la gente que allí vive. A partir de los impactos negativos que tiene esto sobre la naturaleza, sobre el agua, sobre los bosques que se destruyen, sobre la salud de las personas. Es decir, cómo, por ejemplo, en la zona Norte de la Argentina se encuentran cantidades desproporcionadas de elementos venenosos, como los utilizados en la minería, en la sangre de las personas y en la leche materna; (ahí) ya estamos hablando de impactos que son brutales en la vida cotidiana, en la salud, en la integridad de las personas y eso es lo que estamos perdiendo. Cuando se permite utilizar el agua de esta manera haciendo contratos y convenios estamos hablando de una explotación que ya es efectivamente comercial en contra de las personas«, señaló.
“Cuando los países ceden jurídicamente para que haya tratados que vulneran los territorios nacionales que quedan en condiciones para cierto tipo de inversiones que, efectivamente, donan los recursos para que sean utilizados comercialmente por otros países y potencias, ahí estamos hablando de pérdida de espacios de soberanía, de pérdida de los espacios de controles nacionales”.
“El fondo de todo esto es que se agudiza la competencia entre los usos del agua”, afirmó. Para Durán Castro «estamos viendo cómo el agua entra en una disputa que tiene que ver con el control de territorios y con el control de un elemento fundamental».
Compartido con SURCOS por Osvaldo Durán Castro de la Federación Ecologista (FECON) y docente en el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Hoy, 15 de diciembre 2020, el proyecto “Ley para la gestión integrada del recurso hídrico”, Expediente 20.212, podría ser archivado. Se discute en un momento crucial de ataque a la humanidad y a los ecosistemas por parte del sistema corporativo mundial, ya que están consumando sus aspiraciones de mercantilizar el agua en la Bolsa de New York/Wall Street. Llegamos al momento aciago que el poeta Silvio Rodríguez cantara hace años: “Me pregunto qué negocio es este, en el que hasta el deseo es un consumo, qué me haré cuando facturen el sol”. En ese pantanoso escenario, es más que indispensable y de primerísimo orden que Costa Rica asegure las más estrictas medidas de protección del agua y evite su explotación comercial sobrepasando los ya perniciosos márgenes que tenemos hoy día.
Son muchísimos los aspectos por analizar pero ahora hago un resumen sobre lo público-privado y ausencia de participación. El texto como tal no reza que se vaya a privatizar el agua, pero sí contempla mecanismos que consolidan prácticas de explotación privada y crea otras que la propician. Las experiencias de control y manejo del agua con participación y privilegio del sector privado nunca han generado resultados positivos para lo pueblos. En 2003 analizamos los caminos diversos del agua privada y aunque no nos ocuparemos de este gran tema ahora, si debemos reiterar que lo público y lo privado no se dibujan en blanco y negro, ni como opuestos dado que la privatización es un ejercicio normado desde los Estados neoliberales como parte de las estrategias corporativas para trasladar servicios públicos al sector privado (ver Agua: Lucha mundial entre capital privado y justicia https://doi.org/10.15359/rca.25-1.5 y otros textos del autor relacionados). Privatizar no consiste únicamente en entregar la operación de sistemas de distribución de agua a empresas privadas de manera directa, como ocurrió en Bolivia, Argentina, Chile, México, Canadá, etc. Las alianzas público-privadas y las concesiones, que ocupan un lugar del privilegio en esta propuesta de ley, son una de las vías principales usadas en todo el mundo para estimular la competencia entre lo público y lo privado, en detrimento de lo social, colectivo y solidario.
El proyecto 20.212 no se acerca a la aspiración de regular en favor de lo público, justo y solidario. La sola y contundente propuesta de convertir a las ASADAs en concesionarias y colocarlas como competidoras por el agua, es suficiente para advertir el sesgo anti-público del proyecto. La propuesta crea todo un abanico de riesgos mediante múltiples propuestas como las concesiones (ver Capítulo III. Concesiones), las “sociedades de usuarios” (artículos 102-104), el “Uso colectivo de las aguas en condominio” (artículo 105), la posible consolidación del negocio privado de exportación de agua (artículo 57) y la reconcentración de poder en la DINA para la toma de desiciones técnicas y políticas sobre el agua (múltiples artículos).
El Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo, en su “Informe de desarrollo humano 2006. Más allá de la escazes: Poder, pobreza y la crisis mundial del agua”, fue contundente al advertir sobre los riesgos de crear espacios de control del agua por parte del sector privado: “La característica distintiva del agua reside en su rol fundamental en los medios de sustento de los individuos y el medio ambiente de un país. Esta propiedad excepcional señala la necesidad de implementar sistemas de normas e instituciones altamente desarrollados que permitan garantizar que los objetivos de política pública fundamentales como la justicia social y la sostenibilidad ecológica no estén subordinados a la búsqueda de beneficios privados”.
Lo público debe primar en una legislación que a futuro procure blindar el agua ante los riesgos que desde hace años advirtió el PNUD, y repetimos, sobre todo ahora que llegamos al extremo previsible y ansiado del mundo privado de tranzar el agua en Wall Street. Sobre este particular podemos adelantar que Costa Rica debería contar una política pública que prohiba elevar los niveles actuales de lucro con el agua y, de manera absoluta, evitar la exportación de agua incluso a nivel de rango constitucional. Si el agua sale del país debería ser únicamente por fines humanitarios y nunca para negocios públicos ni mucho menos privados. La realidad actual de Costa Rica enseña que el agua ya es un elemento sujeto a la explotación y lucro privados. Ante eso lo que se esperaría de una nueva ley es que estableciera regulaciones que limiten, inhiban y prohíban los usos y explotación privada del agua y aseguraran una visión o nuevo paradigma orientado sin ambigüedades al bien común. Pero esa no es la visión del proyecto.
Si reconocemos, como debe ser, que la privatización no es sólo transferir directamente a entes privados la operación de un servicio o empresa, si no entregarlo por concesión o mediante la creación nuevos entes operadores, aunque sea para segmentos reducidos que los aprovechan en beneficio privado, este proyecto apunta a fortalecer los espacios de control no públicos del agua. Ese debate sobre las vías para disminuir lo público, entendido como el control demanial, social, colectivo, solidario y justo en precio y acceso del agua, que se ejerce desde el Estado y desde lo social-comunitario a través de organizaciones de base, como las ASADAS, seguirá pendiente más allá de lo que ocurra con este proyecto.
Más exclusión y menos participación social-comunitaria
Si hubiera que evaluar este proyecto de ley con un criterio básico y fundamental como la participación efectiva y la garantía de inclusión real de las personas a través de sus organizaciones de base comunitaria en la gestión del agua; habría que rechazarlo.
Desde que el 31 de marzo del 2014 a media noche y con extraño sigilo fue aprobado en primer debate este proyecto, sabíamos que se había liquidado cualquier vestigio de participación incluida en la iniciativa popular, contenida en el Expediente legislativo 17.742. Un segundo debate y aprobación sellaría el ataúd con el cadáver de la participación efectiva de la ciudadanía en el manejo democrático del agua (el proceso del proyecto de iniciativa popular del agua puede consultarse en trabajo de Barquero Mata, Sofía. (s.f.). Leyes de Aguas: análisis completo. Sobre el procedimiento de la iniciativa popular).
En el texto del proyecto que circulaba antes del 3 de diciembre 2020 ni siquiera se mencionaba a las ASADAS, y posiblemente por tan desmesurado error, fue que en la versión que empezó a circular ese día ahora fueron incorporadas en el artículo 5 indicando que el “sector hídrico del Estado…está constituido por la Administración Pública centralizada, descentralizada, autónoma, semiautónoma, las municipalidades, las empresas públicas y del Estado y las asociaciones administradoras de acueductos comunales (ASADAS), que tengan dentro de sus competencias la gestión sectorial y multisectorial del agua”.
Los mecanismos mediante los cuales se podría hacer efectiva la participación de las comunidades, no son claros y más bien podemos decir que no existen como tal en el proyecto. El artículo 2 “Principios generales” indica “l) Participación: el sector hídrico del Estado promoverá la participación de todos los sectores vinculados en la gestión integrada del recurso hídrico, en el ámbito nacional”. Esa es una generalidad que puede interpretarse como sea, y es claro que por vía reglamentaria no se asegurará esa participación. “Todos los sectores” es un postulado que coloca en igualdad de condiciones a todos los potenciales concesionarios que pretendan usar el agua para cualquier uso. No se podría augurar nada positivo si retomamos la competencia desproporcionada a la que someten, por ejemplo, los agronegocios y las hidroeléctricas a las comunidades, y las dificultades extremas de estas últimas para tener al menos acceso al diálogo con instituciones como el MINAE y particularmente con la Dirección de aguas y SETENA, que sistemáticamente las ignoran o anulan. De ninguna manera resulta suficiente la promesa contenida en ese artículo 2. Una legislación que verdaderamente busque garantizar el agua como derecho humano, de consumo humano y resguardada por el Estado en cualquier circunstancia o amenaza, debe establecerlo con claridad.
Lo más cercano a participación que el proyecto propone es el artículo 22 “Información y consulta pública”. Según el texto “Las propuestas del Plan Hídrico Nacional, el balance hídrico nacional y los planes hídricos de unidad hidrológica se someterán a consulta pública, a fin de que la población pueda formular observaciones, aclarar dudas y presentar modificaciones a dichas propuestas”. Esa limitadísima participación es contradictoria con el optimismo que desde el 2017 había expresado la Directora de AyA Yamilet Astorga, quien “asegura que ley de aguas mantiene la esencia de la Iniciativa Popular”. La funcionaria se contenta con que la población “pueda formular observaciones, aclarar dudas o presentar modificaciones a dichas propuestas”. Para ella es suficiente que “podemos llegar a crear los Consejos de Unidades Hidrológicas, mediante decreto ejecutivo, como una forma de operacionalizar esta ley”, https://www.informa-tico.com/8-11-2017/presidenta-aya-asegura-ley-aguas-mantiene-esencia-iniciativa-popular) lo cual no pasa de ser una laxa promesa que no asegura, de ninguna manera la participación efectiva de las organizaciones sociales de base, como las ASADAS.
Es evidente que las decisiones técnicas, financieras y políticas seguirán siendo un ejercicio centralizado y controlado desde la nueva DINA, si se aprobara el proyecto. Limitar la participación a “Información y consulta pública”, es una debilidad absoluta e insalvable que desde la aprobación del proyecto en 2014 habíamos señalado como gravísima y suficiente por sí misma para rechazar el proyecto en su totalidad. Esa exclusión revela que el “lobby” local del agua que promueve el proyecto concilió con las presiones e intereses del sector empresarial, además de resellar un desprecio total por la participación democrática y efectiva de la gente en los procesos de diálogo, generación de consensos, negociación y decisiones colegiadas sobre el agua.
En el proyecto no hay una sola frase que busque fortalecer a las ASADAS como entidades que aseguren el manejo comunitario y democrático del agua. Tampoco nada que procure que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones. Ese aspecto está directamente asociado con principios como que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público y que genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares y privados.
La exclusión de las ASADAS y los riesgos asociados con la reducción de su perfil en el manejo del agua, valga decir en contraposición con la creación de espacios para entidades privadas, fue expuesta con claridad por el Colegio de Geólogos de Costa Rica (2020) que en su oficio 2020 CGCR 267-2020 dirigido a los y las diputadas, expresan: “Acerca de las ASADAS. Lejos de regular y fortalecer la situación actual de las ASADAS el proyecto de ley las excluye, les obliga a solicitar concesiones y pagar por ellas a pesar de ser entes que prestan el servicio mediante un Convenio de Delegación de Administración con el AyA (Art. 5 y Art. 58). Las ASADAS deben ser consideradas en cualquier legislación sobre el recurso hídrico debido a la importancia de la labor que realizan, ya que cubren un 33% de la población del país”.
Otro aspecto que no se puede dejar de lado es que el consumo humano es una prioridad cuestionable e incierta en el proyecto. Las definiciones son tan generales que abren la puerta para que cualquiera, sea público o privado, proponga, compita y obtenga concesiones. En el artículo 61, que como en muchos otros se norma el otorgamiento de concesiones, se indica: “Requisitos y procedimiento para otorgar concesiones. Toda solicitud de concesión para el aprovechamiento del recurso hídrico deberá cumplir los requisitos generales y específicos propios para cada tipo de aprovechamiento que se establecerán en el reglamento de esta ley; además, cumplir con el procedimiento aplicable para el otorgamiento”. Ni en este ni en otros artículos se enfatiza ni especifica el uso público, solidario y equitativo del agua, del tal manera que los concesionarios, de cualquier tipo, tendrán que “pujar” de acuerdo a sus intereses. Además, los requisitos quedan sujetos a nuevos reglamentos en cuya creación no está prevista ninguna forma de participación ciudadana. Como dijo una impulsora del proyecto, la Diputada Paola Vega, “se necesita una concesión independientemente de quien la pida”.
El único artículo del proyecto de ley que establece con claridad cuáles son los usos prioritarios del agua, es el 95 referido a la “Declaratoria de déficit temporal del recurso hídrico”. Esa condición se declarará “cuando (la Dirección de aguas) haya constatado técnicamente la disminución atípica de la disponibilidad del recurso; valorará, entre otras, las condiciones meteorológicas, hidrológicas, hidrogeológicas, hidrobiológicas, agrícolas, geográficas, sociales, ambientales, económicas y de calidad del recurso”. La realidad es que hasta hoy día muchísimas comunidades se han quedado sin agua y las autoridades no han hecho, por la razón que sea, los estudios pertinentes, ni mucho menos han declarado emergencia como corresponde. Esto ha sido así porque se han protegido los intereses privados sobre lo público y comunitario, y obviamente sobre los derechos de los ecosistemas, que más bien quedan desprotegidos con las definiciones y usos de los “caudal ambiental”.
Una legislación verdaderamente orientada a la protección integral y ecosistémica del agua, lo mismo que a usos justos y solidarios desde lo público y comunitario, debe icluir algunos principios que este proyecto no contiene. Algunos de los principios son:
que el Estado, como garante de los derechos colectivos del pueblo, ejerza soberanía total para asegurar el control del agua para su uso en favor del bien común,
que la población tenga seguridad de que el agua será considerada efectivamente y sin manipulaciones, controles políticos ni económicos, en las decisiones sobre los usos prioritarios y su protección ecosistémica,
que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones,
que se tenga garantía de que por ser un derecho humano no esté sujeta de ninguna manera a la competencia comercial; mucho menos cuando se comprometan la salud de los ecosistemas y el acceso de la población,
que sea distribuida con equidad, solidaridad y hasta entregada de gratis a la gente más pobre que no pueda pagarla,
que haya seguridad absoluta de que será protegida frente a cualquier forma de explotación lucrativa y privada (esto sabiendo que en Costa Rica operan múltiples mecanismos de lucro con el agua),
que los usos prioritarios estén explícitamente estipulados y que no existan opciones, como las concesiones, sociedades de usuarios, etc, para que los usos públicos y colectivos tengan que competir con los negocios privados de cualquier tipo, como sucede ahora mismo en Costa Rica,
que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público, y en ese tanto no facilite su explotación privada,
que la institucionalidad genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares, y que respete y escuche a los actores sociales comunitarios,
que el Estado garantice los recursos económicos necesarios para que el sistema jurídico y operativo, la investigación científica y el seguimiento, permitan la efectiva protección ecosistémica del agua y su distribución equitativa.
¿Se cumplen esos atributos fundamentales en el proyecto de ley de agua número 20.212? Definitivamente no.
SURCOS comparte la versión actualizada del proyecto de Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico. A continuación, puede revisar el documento para su lectura y formación de criterio:
La Universidad Estatal a Distancia (UNED) invita al conversatorio virtual “Proyecto de Ley No. 20.212 Recurso Hídrico: antecedentes, situación actual e implicaciones» a realizarse el próximo 07 de diciembre a las 5:00 pm.
El evento organizado por Proyecto Ambiente y Arte de la Dirección de Extensión Universitaria contará con la participación de los siguientes panelistas:
– Sra. Yamileth Astorga, presidenta Instituto Acueductos y Alcantarillados (AyA). – Sr. José Miguel Zeledón, director de la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae). – Sr. Sergio Ortiz, activista socioambiental Santa Bárbara de Heredia. – Sr. Giovanni López, Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (Senara). – Moderador: Rodrigo Méndez, miembro del Laboratorio de Ecología Urbana de la UNED.
Para participar puede inscribirse aquí. A más tardar el viernes 04 de diciembre al mediodía.
El pasado sábado 21 de noviembre la comunidad de Argentina de Pocora finalizó con éxito el IV Festival del Agua en su edición virtual.
El evento realizado desde la mañana del viernes 20 y hasta la tarde del sábado 21 fue transmitido en su totalidad vía Facebook Live y contó con participaciones artísticas, talleres para niños y adultos, charlas y reconocimientos.
A continuación, algunas fotografías del evento:
Información compartida con SURCOS por Rafael López Alfaro.
Este viernes 20 y sábado 21 de noviembre se realizará el Festival de Agua de la comunidad de Argentina de Pocora. Esta celebración es una actividad que se enmarca dentro del plan de trabajo de la Comisión Participativa para la Gestión del Recurso Hídrico de Argentina, Pocora.
Como profesional de la salud, soy una persona muy preocupada por el tema ambiental, en general, y por el agua y la importancia capital que tiene este vital líquido en la vida y en la salud de las personas, en particular.
Con respecto al tema ambiental, estoy convencida de que lo que hagamos hoy para preservar el medio y cuidarlo, sin duda, será la mejor herencia para las futuras generaciones. Ya lo dijo, con mucha claridad el Papa Francisco: Este planeta es la casa donde vivimos y, por ello, debemos cuidarla.
Considero que las y los costarricenses debemos contribuir en todos los frentes posibles (reciclaje y control adecuado de los desechos, son dos de ellos), para asegurar la reducción de la contaminación del medio.
Sin embargo, hay una batalla que considero que es fundamental, en el presente, dentro de la agenda ambiental. Es la de asegurar agua pública y de calidad para todos, ahora y de cara al futuro.
Hemos visto con gran preocupación como hay sectores que quieren privatizar este valioso y vital líquido. Hay países que tomaron esta medida y eso hace que hoy, muchos de sus habitantes o no cuenten con agua potable o para contar con ella, tengan que pagar precios inaccesibles e inasequibles, a empresas que lucran con el recurso hidríco.
Algunas empresas privadas, en sus propósitos en el control del “negocio” del agua, fueron tan lejos que en el convenio con un gobierno sudamericano, pretendían que una claúsula, prohibiera expresamente que las personas recolectaran el agua de lluvia. Esto sucedió en Bolivia hace pocos años.
La preocupación que deseo expresar tiene que ver con el dictamen positivo que dio la Comisión Legislativa de Ambiente, el día miércoles, 1 de julio del año en curso, al proyecto de Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico, contenido en el expediente N°20.212.
Realmente, es muy preocupante que se emitiera tal dictamen sin considerar y menos incorporar, ni uno solo de los 21 puntos que las organizaciones ecologistas, ASADAS, las comunidades y varias personas expertas en la materia, recomendaron. Valga destacar que sobre estos puntos hubo consenso tanto con funcionarios del Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillados (AyA) como con representantes de la misma Asamblea Legislativa.
Coincido con las organizaciones y personas que señalan que el proyecto afirmativamente disctaminado, contiene graves omisiones y ambigüedades que amenazan el ejercicio del dominio público sobre el agua. Con ello, se contradice en forma flagrante la norma recientemente incorporada en nuestra Carta Magna que fija al agua como un derecho humano, cuyo acceso universal y cuidado corresponde garantizar al Estado. Este derecho se diluye y no está asegurado en el texto que aprobó la mencionada comisión legislativa.
De esta manera, este pequeño grupo de diputadas y diputados, dictaminó un texto diferente al que se construyó a lo largo de una década, a partir del consenso laborioso de varios sectores.
Entre sus graves omisiones, el proyecto desconoce a las ASADAS, que han sido y son las organizaciones comunitarias que gestionan el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos de sus localidades. Asimismo no incorpora regulaciones ni sanciones por la contaminación de fuentes de agua con agroquímicos. Este es un serio delito ambiental que algunas empresas agroindustriales, repiten y que le cuesta muy caro al AyA y al país.
En un momento tan duro como el que vivimos como consecuencia de la pandemia de la covid-19, las diputadas y diputados de esta comisión y de la Asamblea Legislativa, en general, deben tomar consciencia de que este recurso es fundamental para la salud y para combatir la pandemia del presente y las futuras, que con seguridad, se presentarán en los años venideros.
Por último, genera molestia e indignación que la gestión legislativa se aproveche de la imposibilidad de llevar justos reclamos y protestas como ésta, a Cuesta de Moras, por las imprescindibles restricciones impuestas ante la creciente y preocupante propagación del coronavirus. Por ahora, tendremos que fijar nuestro rechazo a este dictamen por este medio y todos los que tengamos a nuestro alcance.