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Etiqueta: Asamblea Legislativa

La lucha por el presupuesto universitario es por la Patria

Vladimir de la Cruz

La lucha por el presupuesto universitario la iniciamos los estudiantes que formábamos parte del Frente de Acción Universitaria, FAU, durante los años 1967 -1973. Por aquellos años la Universidad de Costa Rica, la única en ese momento en el país, recibía el 10% del presupuesto nacional de Educación.

La lucha que dimos fue por igualar el presupuesto de la Universidad al de la Corte Suprema de Justicia, el 6% del Presupuesto Nacional.

Fue una lucha prolongada, intensa, dura y tensa. Las organizaciones estudiantiles existentes en la Universidad se fueron integrando a esta lucha. La Federación de Estudiantes y los otros grupos políticos levantaron esta bandera.

En el gobierno de José Figueres organizamos la Gran Marcha del 6%. En la noche anterior a la marcha el presidente Figueres envió al Dr. Luis Burstin a la Federación de Estudiantes, donde estábamos en el Comité Organizador de la Marcha, a convocarnos a su casa para hablar sobre la petición de los estudiantes. Fuimos allí, entre otros, Oscar Madrigal, Constantino Urcuyo, Francisco Barahona, entonces presidente de la Federación de Estudiantes y yo. Figueres nos planteó suspender la marcha. Nosotros mantuvimos la tesis de la asignación presupuestaria.

La marcha se realizó majestuosamente. Gigantesca fue la marcha. Desde el Balcón de Radio Monumental hablamos tres personas, por su orden, Vladimir de la Cruz, por el Comité de Huelga y Organizador de la Marcha, Francisco Barahona, presidente de la Federación de Estudiantes y el Rector de la Universidad, Eugenio Rodríguez Vega.

El terreno de la lucha universitaria por un presupuesto justo para la Universidad estaba abonado. La lucha se mantuvo con presión hacia los diputados, que finalmente aprobaban el Presupuesto Nacional de la República.

Las luchas del movimiento estudiantil en aquellos años, y los cambios que se operaban en la Universidad de Costa Rica, especialmente bajo las directrices del III Congreso Universitario, a principios de la década de 1970, llevaron al Presidente Figueres, y luego al Presidente Daniel Oduber, en esos gobiernos desde 1970 hasta 1978, a impulsar la apertura de las otras instituciones de educación superior en el país, la Universidad Nacional, el Instituto Tecnológico de Costa Rica y la Universidad Estatal a Distancia. Probablemente impulsaron esas universidades con la finalidad de neutralizar a la Universidad de Costa Rica, en la politización que se había alcanzado, especialmente en su movimiento estudiantil. Las otras instituciones de educación superior, a como iban surgiendo, se iban sumando a esta lucha y otras nacionales y patrióticas.

Con ello el presupuesto de la Universidad de Costa Rica empezó a verse en la dimensión de garantizar el presupuesto para todas las instituciones de educación superior, lo que llevó a las reformas constitucionales respectivas y a la constitución del Fondo Especial para la Educación Superior, FEES. Constitucionalmente se llegó a garantizar un 8% del PIB, al igual que para la educación nacional pública.

El porcentual constitucional ha sido objeto de debate, de luchas y de movilizaciones, año tras año. En algunos gobiernos con más intensidad que en otros. No ha importado si han sido gobiernos dirigidos por el partido Liberación Nacional, creador de estas últimas universidades, a las que hoy se suma la Universidad Técnica Nacional, de Alajuela, que también forma parte del FEES, o la Universidad de Costa Rica creación del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, que el partido Unidad Social Cristiana, ni bajo la influencia de Rafael Ángel Calderón Fournier, ha hecho nada por defenderla. La Universidad de Costa Rica, creada el 26 de agosto de 1940, también fue fortalecida por Liberación Nacional, con el desarrollo de la Ciudad Universitaria, especialmente en la década de 1950.

Ambos partidos, hoy con una bancada importante de diputados que ellos tienen, solo ellos dos, de casi 30 diputados, tienen una obligación con la Patria, de darle el presupuesto que los Rectores y el Consejo Nacional de Rectores, han solicitado superior al 4% del PIB, para garantizar el funcionamiento de las Universidades en sus nobles propósitos científicos, académicos, literarios, culturales, artísticos, de continuar garantizando lo mejor de la producción de profesionales, que alrededor del 80% de la totalidad de profesionales de la educación superior se insertan en el sector privado y público nacional, contribuyendo de esa manera al mejor desarrollo del país.

Al momento de escribir este artículo, el pasado lunes por la noche, estos dos partidos, que han gobernado el país desde 1953 hasta el 2014, que han creado estas universidades, no han abierto la boca para defenderlas. Ni un solo pronunciamiento público, ni un solo llamamiento para sumarse a las marchas de hoy miércoles ante la Asamblea Legislativa y de mañana jueves en todo el territorio nacional, especialmente donde existen las distintas sedes universitarias, han realizado. Pareciera que estos partidos han muerto. O lo peor, cooperan con la muerte anunciada que ha hecho el inquilino de Zapote.

Los Secretarios Generales, los Presidentes y los Secretarios o líderes juveniles de estos partidos son letra muerta en el escenario político nacional. No se sienten, no aparecen ni existen, y en pocos meses estarán solicitando votos para la campaña nacional electoral del próximo año.

¡Qué decadencia de partidos políticos y de sus dirigentes políticos y juveniles!, con este silencio ante la ejecución tipo sicariata que está haciendo el Jaguar de Zapote a las universidades, cuando ya instruyó sus felinos ministros de acabar presupuestariamente con las universidades.

La actitud del gobierno frente a las universidades es típicamente una acción sicariata. Disparar a la cabeza y corazón de las universidades, a su presupuesto, para matarlas. Es una ráfaga de fuego contra los casi 125.000 jóvenes universitarios, de ellos un 60% son mujeres, dejarlos sin posibilidad de estudiar, para enviarlos a las calles e insertarlos, de esa manera, en las organizaciones criminales existentes y crecientes en el país en los trabajos que se les puedan ofrecer, en el cuido y manejo callejero, de la bodega más grande de drogas de la región.

Las marchas de hoy miércoles y de mañana en todo el territorio nacional son absolutamente válidas, justas. Son marchas por la Educación Nacional y por la Educación Superior Pública. Son marchas por los jóvenes que hoy estudian en las universidades. También son marchas por los jóvenes que hoy se encuentran en las escuelas y los colegios, para garantizarles su futura posibilidad y oportunidad de una educación superior universitaria. Son marchas por las familias de todos los jóvenes, por sus padres y madres, por sus hermanos y hermanas, por sus calidades de vida. Son marchas para garantizar las posibilidades familiares de que sus hijos y nietos puedan tener asegurado un futuro de estudio y de formación profesional, que les permita servir mejor al país, a la Patria y que también les genere un futuro más seguro económicamente, alejado de la pobreza, de la extrema pobreza, del desempleo, del subempleo y del trabajo informal, que les permita constituir futuras familias, sólidas y felices familias.

El inquilino de Zapote quiso doblegar a las autoridades universitarias bajo la amenaza de que aceptaban el 1% del PIB como incremento presupuestario para el 2025, o nada, respecto al 4.03% que pedían las universidades. Después de convocarlos a una humillante reunión en su guarida de Zapote, les dijo que no proyectaba ni el 1% del PIB. Que su presupuesto se iba con un 0% para las universidades y que fueran a luchar a la Asamblea Legislativa el presupuesto universitario.

El animal de Zapote, el Jaguar, además amenazó que darle el presupuesto constitucional, que tiene obligación de cumplirlo, significaba reducir otras asignaciones presupuestarias que tenían que ver, entre otras, con salud y seguridad. De la manera más vulgar se atrevió a asustar a la población nacional con esto.

Las partidas presupuestarias de salud, educación, de las universidades están señaladas en la Constitución Política y en la práctica de elaboración de los presupuestos nacionales, que contemplan sus crecimientos anuales correspondientes. El inquilino de Zapote tiene obligación constitucional de garantizarlas y cumplirlas.

Lo que sucede es que el actual gobierno lo que tiene al frente es un grupo de oscuros personajes interesados en destruir el Estado Social de Derecho, en destruir y debilitar sus instituciones sociales, en tercerizar y privatizar sus servicios, junto con el aniquilamiento del Estado de Derecho; en limitar las acciones de los Poderes Legislativo y Judicial y en acabar con las instancias de control político establecidas en la Constitución, en la legislación nacional y en las instancias de la vida democrática, cívica y ciudadana.

La norma constitucional del Artículo 85, ordena al Poder Ejecutivo dotar a las universidades del patrimonio propio que les garantice su funcionamiento. El artículo 85 constitucional señala que el presupuesto de las universidades no puede ser reducido, ni abolido, ni disminuido, y que tiene que crear rentas para asegurarlo.

El artículo 85 constitucional remite a la Asamblea Legislativa la discusión y aprobación del presupuesto para las universidades, si en la Comisión de Enlace, como se llama la comisión creada con el Gobierno y las Universidades, no se llega a ningún acuerdo. Por eso es la marcha de hoy miércoles y las de mañana jueves en todo el territorio nacional, solicitando los fondos adecuados y necesarios para el funcionamiento de las Universidades estatales.

Desde el mes de setiembre hasta el mes de noviembre se discutirá en la Asamblea Legislativa el Presupuesto que envía el Poder Ejecutivo.

El presupuesto para el 2025 enviado a la Asamblea Legislativa va con 0% de incremento para las universidades. Eso significa que se asigna a las universidades el mismo presupuesto de este año 2024. Ni siquiera se proyecta el 3% de inflación que se calcula para el 2025.

El presupuesto formal la Asamblea Legislativa debe enviarlo el 30 de setiembre a la Contraloría General de la República, de manera que, aunque los diputados aprobaren una cifra mayor, siempre se iniciaría el 2025 con el monto presupuestario igual al 2024. Solo hasta el 30 de setiembre se puede saber con certeza cuanto podría incrementarse el presupuesto de las universidades.

Esto significa que la lucha de las universidades apenas está hoy comenzando ante la Asamblea Legislativa, y ante los diputados de los distintos partidos políticos. Significa que hasta el 30 de setiembre hay que mantener la presión en las calles y en la propia Asamblea Legislativa.

Todo el mes de setiembre deben organizarse marchas de estudiantes y de universitarios a la Asamblea Legislativa. Debe establecerse un piquete permanente frente a la Asamblea Legislativa como se hizo con ALCOA, con el Combo del ICE o con el TLC, con tiendas de campaña si fuera necesario.

También deben realizarse piquetes de presión en las casas de los diputados en sus respectivas comunidades. Si son representantes populares el pueblo, los estudiantes, los universitarios y sus familias pueden irles a pedir, a sus casas, el apoyo para las universidades. Los diputados tienen que entender y comprender que ese derecho de petición de los ciudadanos directamente en sus casas es válido.

También deben realizarse marchas a las sedes de los partidos y dirigentes políticos pidiéndoles su pronunciamiento, especialmente con los partidos y diputados que están comprometidos con la creación de las universidades.

La lucha de las universidades, de sus estudiantes, que hoy marchan, es por Costa Rica, la de hoy y la del futuro.

La lucha por el presupuesto universitario justo hay que apoyarla, es una lucha nacional, de todos los estudiantes y sus familias. Es una lucha por la Patria.

Compartido con SURCOS por el autor.

Mujeres por Costa Rica ante cuestionamientos fundados contra la reelección de un magistrado

Ante los cuestionamientos fundados contra la reelección del magistrado Luis Porfirio Sánchez, Mujeres por Costa Rica se suma al pedido a la Asamblea Legislativa para que un funcionario sin credenciales éticas ni jurídicas no permanezca en la Corte Suprema de Justicia.

No solo han sido evidentes sus prejuicios contra los derechos de las mujeres, plasmados en resoluciones que en su momento tuvieron que ser corregidas por instancias superiores, sino que han salido a la luz comportamiento agresivos de carácter sexual absolutamente inadmisibles.

En momentos en que hay voces que desprestigian en general a las instituciones de control, el país no puede darse el lujo de alimentar esos cuestionamientos colocando a gente indigna en puestos que exigen completa integridad profesional y moral.

La jornada de trabajo 4-3 debe discutirse, según la OIT, por la vía de Convención Colectiva entre Sindicatos y patronos

Vladimir de la Cruz

En la exposición de motivos del Proyecto de Ley, el N.º 24.290 sobre las jornadas esclavistas de trabajo de 12 horas diarias, llamada jornada 4-3, que se denomina “Establecimiento de jornadas laborales excepcionales, para casos que sean excepcionales y muy calificados”, que se conoce en la Asamblea Legislativa, para justificar el establecimiento de la jornada de trabajo de 12 horas diarias, modificando el Código de Trabajo y de manera fraudulenta la misma Constitución Política, señalando que lo que se quiere para la familia es que el trabajador tenga “más tiempo” para “mayor capacitación, para desempeñarse mejor en su trabajo.”

En la justificación que se hace en la Exposición de Motivos, en la parte introductoria de ese Proyecto de Ley, de manera engañosa se cita el Convenio No. 1 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, ratificado por Costa Rica, que estableció la jornada de trabajo de 48 horas semanales, de ocho horas diarias, y de 36 horas semanales en jornadas de 6 horas nocturnas.

El Convenio de la OIT No. 1 es contundente: se limita la jornada de trabajo, de manera que las horas de trabajo en las empresas industriales a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales.

En el Artículo 2 del Convenio de la OIT se dice claramente: En todas las empresas industriales PUBLICAS o PRIVADAS no podrá exceder de ocho horas por día y de cuarenta y ocho por semana, salvo excepciones previstas, que SERAN ATENDIDAS POR CONVENIOS entre las organizaciones patronales y obreras, convenios entre las organizaciones o representantes dichos, que podrán autorizar que se sobrepase el límite de ocho horas, señalando que “el exceso del tiempo previsto NUNCA podrá ser mayor de una hora diaria”.

El artículo 4 del Convenio de OIT dice que podrá sobrepasarse el límite de horas de trabajo siempre que el promedio de horas de trabajo no exceda de cincuenta y seis por semana, lo que sigue significa que podría extenderse la jornada diaria en una hora diaria, de 48 semanales a 56 semanales. Períodos más largos de trabajo tienen que pactarse entre las organizaciones patronales y las obreras, según este Convenio.

El Convenio de OIT establece que el salario de las horas extraordinarias debe ser aumentado al menos en un 25% con relación al normal. En Costa Rica se paga el 50% más. Con la jornada extendida que se quiere establecer de 12 horas no se pagará más de 18%.

Para trabajos excepcionales, que requieran modificación de jornadas, el Convenio de OIT establece que cada Gobierno debe comunicar a la OIT la información completa, por lista de trabajos clasificados, de funcionamiento necesariamente continuo que puedan necesitar extensiones de jornadas, con CUMPLIMIENTO de los CONVENIOS PACTADOS ENTRE SINDICATOS Y PATRONOS. Nada de esto se ha hecho en el país. Por el contrario, se vienen desconociendo y debilitando los Convenios Colectivos de Trabajo.

Se dice, en la Exposición de Motivos, del Proyecto de Ley que se tramita en la Asamblea Legislativa, que las jornadas dichas se podrán sobrepasar en el límite de horas de trabajo así establecido, por razón de la naturaleza del trabajo, para asegurarlo por equipos sucesivos.

En ninguna parte del Convenio de la OIT se dice que las jornadas de ocho horas pueden cambiarse a jornadas de 12 horas diarias.

Lo que se quiere decir, en el Convenio de OIT, es que la extensión de la jornada, que se puede hacer hasta un máximo de 12 horas, como se ha reconocido internacionalmente, se puede hacer siempre y cuando esas horas extras se paguen con reconocimientos económicos que se pagan en Costa Rica con un 50% más del valor por cada hora de jornada extendida. Es lo que está reconocido y establecido por la legislación costarricense.

El Convenio de la OIT es claro en señalar que la excepción para que las jornadas de trabajo se extiendan o se cambien debe ser resultado de una NEGOCIACION COLECTIVA entre PATRONOS y SINDICATOS.

La OIT acepta que la jornada pueda modificarse por REGLAMENTO, si es resultado de una NEGOCIACIÓN COLECTIVA, NO de una modificación a la ley, como se quiere hacer con el Proyecto de Ley que se discute en la Asamblea Legislativa.

Por eso, el Proyecto que se discute es otra trampa contra la Constitución y la Legislación Laboral nacional en tanto se trata de eliminar la reserva de ley existente en el país sobre la jornada de ocho horas de trabajo y sus posibilidades de extenderla.

Se trata de engañar diciendo que no “se pretende dejar sin efecto o invalidar la jornada ordinaria de cuarenta y ocho horas semanales y de treinta y seis en jornada nocturna.”, que lo que se trata es de establecer la jornada de 12 horas para “casos muy calificados”, de 12 horas diarias por cuatro días, que mantendría la jornada de 48 horas a la semana, regulado por el Convenio de OIT y por la legislación nacional.

Las 48 horas se entienden a 8 horas diarias por seis días a la semana, con uno de descanso. Con la jornada extendida a 12 horas diarias se entiende jornadas de 12 horas por cuatro días a la semana, con lo que se cumplen las 48 horas semanales. Solo que en este caso no se pagan horas extras sobre las ocho horas. El Convenio de OIT exige el pago de horas extras sobre las ocho diarias trabajadas.

Parte de la trampa para la modificación de la jornada de ocho horas establecida en la Constitución Política y en el Código de Trabajo radica en que en la propuesta de modificar el Art. 142 del Código de Trabajo no se habla de jornadas de 12 horas de manera expresa. Lo que se dice es que “cuando se trate de estas jornadas excepcionales el descanso entre la finalización de una jornada diaria y el inicio de la jornada del día siguiente será de doce horas como mínimo.”, donde queda claramente establecida la jornada de 12 horas por día.

En esta jornada extendida de 12 horas diarias no habrá pago de “trabajo extraordinario”, como se señala falsamente en la propuesta de modificar el artículo 144 del Código de Trabajo. Lo que se hace es tan solo una referencia que no tendrá validez en la realidad porque la jornada de trabajo de 12 horas se considera para todos los efectos “jornada ordinaria”, la que se paga sin incentivos adicionales, sin ese pago de hora extra.

Las referencias que se hacen al trabajo en días feriados y días de descanso laborados están siempre regulados por el pago de extras según corresponda.

El Proyecto de Ley propone agregar un artículo, el 143 bis al Código de Trabajo, que “excluye” de la jornada de 12 horas a “las personas que laboran en actividades relativas a los casos de excepción”, las que quedan “sujetas a una jornada excepcional ampliada, la cual se regula en el presente Código, siempre que el trabajo realizado no sea en labores insalubres, peligrosas o pesadas y que, por su naturaleza y condiciones del espacio de trabajo, no atenten contra la salud y seguridad de las personas trabajadoras”. El artículo en sí mismo es una contradicción al señalar que “excluye” y a la vez “que laboran”.

De seguido establecen los casos de excepción en los que se aplicará la jornada de 12 horas. En los cuatro incisos que se señalan se dice igual: se les aplicará a las “personas trabajadoras esenciales y estrictamente requeridas”, en un caso relacionado con “la operación productiva de la Manufactura tecnificada, siempre que estos procesos requieren maquinaria para su producción.” Y, en otro caso, “para garantizar la operación productiva en la industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animal.”, todo con apego, según se dice, de “los artículos 4, 5 y 6 del Convenio 1, “Convenio sobre las horas de trabajo (industria) de 1919”, de la Organización Internacional del Trabajo y lo dispuesto en el párrafo final del artículo 58 de la Constitución Política”, que impiden jornadas que puedan extenderse hasta 56 horas semanales, que obliga al convenio laboral obrero patronal y a la obligación de consultar a las organizaciones laborales y patronales sobre Reglamentos de Trabajo que traten determinación de horas extraordinarias.

Cuando en el Proyecto de Ley se habla de las modalidades de jornada excepcional ampliada, en su inciso j) se dice que: “únicamente para los casos dispuestos en el artículo 143 bis de este Código, y respetando sus prohibiciones, las personas empleadoras y las personas trabajadoras podrán acordar la aplicación de la jornada excepcional ampliada en pleno cumplimiento de lo establecido en la legislación laboral, por medio de cualquier instrumento de negociación colectiva contemplado en este Código.” Lo cual exige y obliga el reconocimiento de un Sindicato para logra la negociación colectiva. Solo que este artículo adicional se elimina al Sindicato como parre negociadora. Se dice: “personas empleadoras y las personas trabajadoras podrán acordar”, porque en este caso la “persona trabajadora” es la parte débil de esa relación laboral, que acepta la jornada o pierde el trabajo, como realmente va a suceder.

Este mismo inciso habla de “la jornada excepcional por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”, lo cual también supone SINDICATOS por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región. En Costa Rica no tenemos esta experiencia desarrollada de sindicalismo por “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”. De aprobarse este Proyecto de Ley, habría que avanzar sindicalmente, sin que se pueda impedir por Ministerio de Trabajo, ni la acción patronal, los sindicatos por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región.

En la Comisión Legislativa que está conociendo este Proyecto de Ley no están invitados los Sindicatos para que participen, como tales, o por la inserción y organización que tienen en la “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región” respectiva, donde se supone que este proyecto de ley tendrá efectos.

Es literalmente una obligación que participen, en esta discusión de este Proyecto Ley, los Sindicatos como parte interesada, en la Comisión Legislativa, que pudo tener una integración mixta. No se trata solo de invitar a la Comisión a especialistas o a dirigentes sindicales a expresar sus puntos de vista en tiempos regulados que no pasan de 30 minutos.

Es evidente que la represión existente en el país contra la organización sindical en las empresas privadas, y finamente en el Estado, impide que esta presencia sindical en esta discusión sea real.

En lugar de sindicatos específicos por “rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región”, a los trabajadores los pueden representar a los trabajadores las Centrales Sindicales de carácter nacional o específico de las ramas afines a lo que se quiere legislar.

Si el Convenio No. 1 de la OIT, sobre la jornada de trabajo de ocho horas establece, que para modificarla, debe hacerse por la vía de negociación colectiva, es obvio que debe fortalecerse la organización sindical y que los Sindicatos interesados o afectados sean los que participen de esta negociación y del posible establecimiento de jornadas de trabajo de 12 horas. Para esto no se necesita una Ley especial. Se necesita un acuerdo de trabajadores y patronos por la vía de la Negociación Colectiva, lo que en su resultado tendría efectos de ley, de acuerdo con la propia Constitución Política, en su artículo 62.

 

Compartido con SURCOS por el autor.

Si al financiamiento y no a la privatización de la educación superior pública de Costa Rica 2024

PhD. Álvaro Martín Parada Gómez

El financiamiento de la educación pública de Costa Rica debe ser garantizado por mandato constitucional según artículo 85 de la Constitución de la República de Costa Rica. Este indica: “El Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, a la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones”. Sin duda, el gobierno actual e incluso gobiernos antecesores han aplicado recortes importantes que han reducido la dotación de los recursos financieros, no cumpliendo la asignación del 8% del Producto Interno Bruto como asignación de financiamiento a la educación y favoreciendo la privatización de la educación.

Las universidades públicas de Costa Rica impactan positivamente el desarrollo social del país. Esto se evidencia en la formación de un recurso humano de alta calidad en disciplinas estratégicas como la medicina, la educación, la biología, la economía, la filosofía, la planificación, la administración, la tecnología entre otras más. Las personas profesionales graduadas en las universidades públicas han asumido puestos estratégicos en lo público, tales rangos son desde ministros, diputados, presidentes ejecutivos, alcaldes, así como en lo privado, tales como gerentes de empresas, bancos, grupos corporativos, entre otros.

El desarrollo socio productivo del país se ha nutrido de los proyectos y programas de la extensión, acción social e investigación, en atención a problematizaciones y demandas sociales de índoles distintas. La universidad pública ha demostrado trabajo articulado con la institucionalidad pública y gobiernos locales, asumiendo con seriedad la búsqueda de soluciones concretas a problematizaciones en los sectores sociales y productivos. Por ejemplo, se ha fortalecido la apicultura, la horticultura, la caficultura, la avicultura, el arte y la cultura, entre otros sectores.

El financiamiento de la educación superior pública ha permitido y permite el ascenso social de las clases medias y bajas que no disponen de los recursos financieros para enviar a estudiar a sus hijos, típicamente, son estudiantes de zonas rurales y zonas urbanas marginales quienes hoy por hoy se mantienen estudiando y sin duda lograrán ser profesionales de alta valía para el país, contribuyendo al proceso productivo, a la cultura y el arte, a los derechos humanos, es decir, al bienestar y desarrollo en general.

Estamos experimentando el debilitamiento de la educación pública como principio y prioridad de la administración Chaves, que nuevamente avanza en una escalada de desfinanciamiento de la inversión social como nunca en la historia del país. En este sentido, consideramos que el gobierno de la república debe rectificar su proceder y proponer una negociación cuyo resultado sea el fortalecimiento de la educación superior pública. No aumentar el financiamiento es condenar a cientos de estudiantes y poblaciones vulnerables a no alcanzar un bienestar social digno e inclusivo. No financiar la educación es abrir las puertas a la privatización de la educación, la cual no todas las familias humildes de este país pueden pagar.

Instamos a la Asamblea Legislativa a garantizar el Estado Social y Democrático de Derecho, actuar con ética, objetividad, solidaridad, justicia social y hacer valer los Derechos Fundamentales, particularmente los derechos económicos, sociales, educativos, culturales y ambientales, que se consagran en la constitución política de nuestro país.

La educación es un derecho indiscutible e inviolable de cualquier sistema democrático, por ello, dado que no se llegó a ningún acuerdo en la Comisión de Enlace sobre el FEES producto de la negativa del Gobierno y que por consiguiente, le corresponderá a la Asamblea Legislativa, según el artículo 85 de la Constitución Política, tomar la decisión de aprobar el monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal, esta es una oportunidad para que la Asamblea Legislativa revierta la ruta del desmantelamiento de toda la educación pública y se proceda con la aprobación del monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal.

Desde la Universidad Nacional, hacemos un llamado respetuoso a las y los señores diputados a garantizar el derecho de acceso a la educación de las actuales y futuras generaciones.

La educación pública y el FEES en su legado social

Dra. Lilliam Quirós Arias
Académica
Universidad Nacional
20-agosto 2024

La educación es la inversión única que los países pueden realizar para construir sociedades equitativas, democráticas y prósperas. En tiempos en los cuales la educación pública se ve constantemente atacada, debemos recordar que son muchas las personas estudiantes que han encontrado las posibilidades de formación en la carrera que desean. Desde las universidades públicas, se forjan al servicio de la sociedad costarricense personas graduadas con una gran calidad académica, un alto nivel de compromiso y con gran sentido ético y humanista.

Desde las universidades públicas se forman profesionales que entienden las necesidades y aportan a la resolución de los principales problemas que enfrenta el país. Entre ellos; la crisis ambiental y social, el cambio climático y sus afectaciones en los sistemas agroalimentarios, las poblaciones, los ecosistemas, el incremento de los desastres naturales; la degradación de los recursos naturales, el debilitando la agricultura familiar y la agricultura en general, el despojo a los campesinos de sus tierras, la expansión desaforada de las transnacionales, el uso excesivo de agroquímicos en detrimento de sistemas sostenibles como la agroecología, el incremento de la violencia, tanto doméstica como criminal, es una preocupación creciente, el desempleo, especialmente juvenil, es un desafío importante, especialmente en ciertas regiones del país, la percepción de corrupción es un problema que afecta la confianza en las instituciones y dificulta el desarrollo del país, el aumento de la pobreza y la desigualdad, que generan como consecuencia migraciones, formación de profesionales en contextos de empleabilidad cada vez más demandantes, complejos y dinámicos. entre otros.

A pesar del gran legado social, la educación pública históricamente ha requerido luchar por su presupuesto. En los últimos cuatro años, la asignación presupuestaria decrece cada vez más, llegándose a fijar una partida muy por debajo del 6% de PIB. Cada vez con mayor desprecio la universidad pública es atacada por quienes no conciben la educación como ese vehículo de movilidad social, por aquellos que han tenido el privilegio de educarse en instancias privadas o fuera del país, que no requirieron una beca, y de familia con solvencia económica; esos son los que están debilitando la educación pública, y unos cuantos que estudiaron en la universidad pública pero que olvidaron lo que recibieron en su formación; esos y esas son lo que no consideran la educación pública como un bien social, un bien público. La educación, sin duda, constituye un derecho fundamental de cualquier ordenamiento democrático, por ello, esperamos que los legisladores de la Asamblea Legislativa sean conscientes de que si no se asignan los recursos del FEES como corresponde, estaremos ante un gravísimo retroceso de los recursos destinados a la educación pública con terribles consecuencias en el desarrollo económico, social y humano del país, afectando intensamente la condición de los sectores más vulnerables.

Es así como enfrentamos un contexto de país, cada vez más fragmentado, dividido, desigual, inseguro producto del debilitamiento de los principales ejes transformadores de la sociedad costarricense, la educación, la salud y la cultura. Específicamente en la educación, esto se refleja en el Fondo Especial para la Educación Superior Pública (FEES), que son los recursos económicos que destina el Estado para el fortalecimiento de la educación superior pública. Para recibir los recursos del FEES, consignados por mandato constitucional, lamentablemente los sectores beneficiarios han luchado por ellos, con el apoyo de toda la comunidad universitaria.

Por tanto, en este momento crítico en que nuevamente el gobierno de turno niega ese derecho constitucional; la educación superior pública cuenta con cada uno y una de las personas universitarias y ciudadanas como aliadas en este incansable camino hacia el derecho a la educación pública de calidad y socialmente democratizante, una lucha que incluye el futuro de nuestros hermanos, hijos, sobrinos, nietos quienes todavía y siempre requerirán la educación pública. Contamos además con el apoyo de nuestras comunidades, nuestras poblaciones, ellos seguirán apostando por la universidad pública.

La lucha por el derecho a la educación superior es cada vez más imperante. A la pregunta ¿Porque es importante el aporte del FEES a la educación superior? La respuesta es simple, sin el FEES la educación pública en Costa Rica no existe, alejando a miles de jóvenes de la posibilidad de una educación de calidad.

El fraude de ley en el proyecto de la Jornada de 12 horas

Vladimir de la Cruz

La Asamblea Legislativa conoce, nuevamente, un Proyecto de Ley, el N.º 24. 290 sobre las jornadas esclavista de trabajo de 12 horas diarias, llamada jornada 4-3, que se denomina “Establecimiento de jornadas laborales excepcionales, para casos que sean excepcionales y muy calificados”. La intención de establecer este régimen de trabajo viene desde el año 2004. Ha cobrado fuerza en los últimos años y bajo este gobierno, con apoyo del Partido Unidad Social Cristiana, Nueva república, del Liberal Progresista y algunos diputados de Liberación Nacional.

En la exposición de motivos que trata de justificar este Proyecto de ley no se precisa cuáles son los casos determinados, los casos excepcionales y los casos muy calificados de las industrias o actividades económicas que requieren estas jornadas de 12 horas diarias. No se trata de hablar o indicar tan genéricamente esas empresas, como decir las de la industria o elaboración de materiales médicos, que no se pueden precisar ni señalar empresas, con nombre y apellidos. En la generalidad de estos conceptos está la trampa que quieren meter de establecer la jornada de trabajo de 12 horas para todo el país, para todas las formas de trabajo que se llevan a cabo en las actividades económicas y productivas que tenemos en el país, como una puerta abierta y única para las futuras contrataciones laborales.

Sin en verdad hay honradez y honestidad en que es para ciertas empresas, entonces que se diga cuáles son esas empresas, que trabando 24 horas diarias necesitan estas jornadas de dos turnos de trabajadores de 12 horas cada turno. Se dice, por los defensores de las esclavistas jornadas de trabajo, que esas son empresas extranjeras, principalmente. La justificación debe acompañarse con la demostración qué en los países de origen de esas empresas, esas empresas, en esos países, tienen establecida esa jornada de trabajo.

Así, por ejemplo, si son empresas de Estados Unidos, que demuestren que en Estados Unidos esas empresas tienen establecidas esas jornadas para sus trabajadores.

En el Proyecto de Ley se señala que el 70 % de las empresas extranjeras en el país estarían dispuestas a aplicar estas jornadas de trabajo. Digan cuáles. ¿Por qué no lo pueden precisar? Porque no es cierto.

Se dice por la Inversión Extranjera Directa, que se promueve hacia el país, que esta jornada es un atractivo para esas empresas que se desea vengan al país. Esto tampoco es cierto.

Ninguna de las instituciones o empresas nacionales que promueven, como CINDE o PROCOMER; ni siquiera los agentes comerciales de la Cancillería o del Ministerio de Relaciones Exteriores, que también promueven negocios para el país, o sus grupos empresariales, de atracción de capitales extranjeros, por inversión, en industrias, empresas, nuevos procesos de producción, puede ofrecer estas jornadas de trabajo, porque no existen, en la legislación costarricense. Ni puede ofrecer que se van a establecer por reformas legislativas, que pueden no materializarse.

Al contrario, cuando se le habla a empresarios y representantes de empresas extranjeras se les señala la legislación laboral y social que debe cumplirse obligadamente en el país. Ninguna de las empresas que hoy forman parte de las Zonas Francas, ni de las que están amparadas a este régimen especial de inversión extranjera, llegaron a Costa Rica porque se les ofrecían jornadas, en su momento de establecimiento o hacia el futuro en turnos de 12 horas diarias.

Es absurdo el argumento de que las jornadas de 12 horas diarias darán mayores oportunidades de empleo. De hecho, reducen el personal de trabajo, en un turno de ocho horas. Es decir, qué si una empresa trabaja tres turnos de ocho horas seguidas, alternando trabajadores en cada turno, al establecer dos turnos de doce horas evidentemente eliminan un turno de ocho horas, porque a esos trabajadores no los subsumen en la jornada de 12 horas, cuando ya está establecido que el número de trabajadores es determinado para cada turno. Las enfermeras del país, por ejemplo, en los hospitales trabajan tres turnos de ocho horas: cada turno inicia a las seis de la mañana, a las dos de la tarde y a las diez de la noche, para lo que se pagan salarios específicos de jornada diurna, mixta y nocturna, que están establecidos en las leyes. Esto es lo correcto. Cómo es correcto que se paguen horas extras, después de las ocho horas, hasta un máximo de cuatro horas, con un 50% de valor adicional por cada hora de trabajo extra.

En la exposición de motivos, que trata de justificar la jornada esclavista, se señala que en una encuesta realizada a 323 personas “que laboran en este tipo de jornadas 4×3” les gustaría seguir trabajando en esa modalidad. Y, a renglón seguido, dicen que esas personas mencionaron que “más tiempo libre, tiempo para estudiar, tiempo en familia, ahorro en transporte, espacio para hacer diligencias, realizar deporte, entre otros.”

En la realidad esto no es cierto. Primero, que lleven a la Comisión parlamentaria a algunos de esos trabajadores para que sean interrogados por los diputados, para ver si existen esas personas y para ver sí es cierto que estudian, que comparten más en familia, que pueden tener más tiempo para realizar diligencias, deportes y otras cosas. Segundo, no hay ninguna infraestructura educativa, escuelas o colegios nocturnos, para que los trabajadores de estas jornadas de trabajo puedan asistir los tres días a la semana que les quedan libres, ni siquiera están esas estructuras educativas adaptadas para trabajar en esos días, o en los días que laboran normalmente doce horas. La realidad es que las escuelas y colegios nocturnos han desaparecido de hecho. Y la realidad también es que el proceso educativo nacional está organizado para trabajar de lunes a viernes en horarios diurnos, principalmente matutinos.

¿El tiempo en familia cómo se determina para justificar esta jornada? No se dice, ni se puede justificar. Un padre o madre ausente, durante 12 horas de su hogar, no puede tener ningún tiempo de familia, con su otra pareja, si la tiene, de matrimonio, de la relación con sus hijos. Del cuido efectivo de esos hijos. No hay una red nacional de cuido social de niños por el trabajo de sus padres. Hace muchos años se eliminaron las guarderías infantiles que tenía el Ministerio de Trabajo, que laboraban desde las 6 a.m. hasta la 5 p.m., que eran muy buenas. Tuve a uno de mis hijos en una de estas guarderías en Zapote. Las fábricas y empresas no las tienen. Tendrían que organizarlas para atender por el tiempo de trabajo de las 12 horas, especialmente en la jornada diurna, a los trabajadores que las necesitaren, y hasta deberían tener espacios para desarrollar una Aula Escolar, a manera de las de Maestro único, para atender igualmente a niños en edad escolar, de primero a sexto, que podrían acompañar sus padres, en ese sentido a sus trabajos.

En la justificación del proyecto de ley se señala la necesidad de la jornada de doce horas obedece entre otras cosas a la “racionalización de costos”. Dicho más claro, para ahorrar en salarios pagando menos trabajadores y poniéndolos a trabajar más horas, con menor pago por jornada de doce horas.

Se dice en esa justificación que la jornada de doce horas será voluntaria, “jamás obligatoria”. En la realidad esto no será cierto. Incluso se dice en la justificación que para los que no acepten la jornada de 12 horas habrá turnos de ocho. Entonces, ¿para qué la jornada de doce horas se promueve como una jornada general y universal? La realidad va a ser la siguiente: a un trabajador le ofrecen trabajar doce horas, cambiándole su jornada. Lo hace por un “período de prueba” de tres meses. A los tres meses el trabajador decide que mejor sigue con la jornada de ocho horas. El patrono, en ese momento le dice que no, que le va a pagar las prestaciones legales que le corresponden, lo “echan” del trabajo, y al nuevo trabajador que sustituye a éste, le ofrecen solo la jornada de doce horas, la que tiene que aceptar a la fuerza, porque no hay otra opción. Así va a funcionar este sistema.

Las empresas que hoy requieren mano de obra para tres turnos de trabajo, de ocho horas, así los contratan, trabajando siete días a la semana. Esto no es novedoso. Existe. Es legal.

En la justificación de esta ley se señala que hay “flujos de trabajos inestables” por los que se requiere esta jornada de trabajo de doce horas. ¿Cuáles son esos trabajos inestables? ¿Por qué para trabajos inestables se necesitan jornadas de trabajo de 12 horas?

El proyecto de ley que se quiere establecer de jornadas de 12 horas es absolutamente irrazonable, ilegal e inconstitucional. Irrazonable por cuanto afecta la humanidad y la calidad de vida real del trabajador y su familia, ilegal e inconstitucional porque por un fraude de ley, como se está camuflando este proyecto de ley, se viola la Constitución Política modificando artículos del Código de Trabajo, justificando para ello que el Artículo 58 de la Constitución se permite, excepcionalmente, en caso “muy calificados” se puedan dar otras modalidades de jornadas ordinarias de trabajo, “que no podrán exceder de ocho horas diarias de trabajo”.

La trampa del proyecto de ley está también en que la Constitución Política establece jornadas semanales máximas de 48 horas para trabajos diurnos y de 36 para nocturnos, y que el proyecto de ley de las jornadas de 12 horas señala la jornada de 48 horas y de 36 concentradas en las doce horas, de trabajo diurno como de nocturno respectivamente.

Por eso, para avanzar en esta discusión, si eso se quiere aprobar, se debe precisar cuáles son las jornadas laborales excepcionales, para los casos de trabajos que sean excepcionales y muy calificados. Qué se digan cuáles son.

Continuaré la próxima semana comentando este Proyecto de Ley, al que la Iglesia Católica, valientemente, ya ha objetado. Sobre esto también opinaré.

CONARE: Ejecutivo evidencia una alarmante incapacidad de gobernar el país

Comunicado

El Poder Ejecutivo fue incapaz de negociar el presupuesto de las universidades por primera vez en la historia. Esta situación que marca un antes y un después, es desafortunada y arriesga un mayor deterioro en la calidad de la educación del pueblo de Costa Rica.

Ministras y ministro trasladan responsabilidad a la Asamblea Legislativa.

San José,16 de agosto de 2024. Universidades Públicas denuncian la intransigencia del Poder Ejecutivo y su falta de voluntad de invertir en la educación superior costarricense. El Ejecutivo mantuvo en la quinta sesión la propuesta de ofrecer un 1% de aumento del Fondo Especial para la Educación Superior, un monto que está por debajo de la inflación esperada, que es inconstitucional e inviable para la operación de las universidades públicas en el 2025.

La expectativa de inflación del Banco Central de Costa Rica, para el cierre del 2024 es de un 3,1 % de acuerdo con el Informe de Política Monetaria publicado el 30 de julio pasado.

En vista de que no se logró acuerdo, el Ejecutivo determinó enviar el presupuesto a la Asamblea Legislativa, sin ningún aumento, entrando en franca contradicción con lo consignado por la ministra de Educación Anna Katharina Müller mediante oficio DM-1108-2024, donde deja por escrito que en caso de no llegar a acuerdo y trasladar el presupuesto a la Asamblea Legislativa, contemplaría un aumento del 1%. El Gobierno mintió.

El Poder Ejecutivo comete una vez más una irresponsabilidad de enormes dimensiones en materia de educación pública. Por primera vez en la historia nacional el presupuesto de las Universidades Públicas será definido en la Asamblea Legislativa luego de haber agotado toda posibilidad de diálogo que sostuvimos durante las cinco sesiones de la Comisión de Enlace.

Sin embargo, esta es una oportunidad para el pueblo costarricense; la Asamblea Legislativa podría revertir la ruta del desmantelamiento de toda la educación pública, según el artículo 85 de la Constitución Política que establece que si en el seno de la Comisión de Enlace no se llega a un acuerdo, “Cualquier diferendo que surja, respecto a la aprobación del monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal, será resuelto por la Asamblea Legislativa”.

Hacemos un llamado a las y los señores diputados a garantizar el derecho de acceso a la educación de las actuales y futuras generaciones.

Queda claro que el debilitamiento de la educación pública es el norte de la administración Chaves, que nuevamente avanza en una escalada de desfinanciamiento de la inversión social.

Rechazo a audiencias para la Conferencia Episcopal y la Alianza Evangélica en el debate de Jornadas Laborales

Diputada Rocío Alfaro Molina muestra el documento enviado por la Conferencia Episcopal de Costa Rica, donde se exponen las preocupaciones sobre las jornadas laborales de 12 horas.

En una reciente sesión de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la diputada Rocío Alfaro Molina presentó dos mociones para convocar en audiencia a la Conferencia Episcopal de Costa Rica y a la Federación Alianza Evangélica Costarricense.

Estas mociones buscaban incluir los criterios de estas organizaciones sobre el proyecto de ley que propone jornadas laborales de 12 horas diarias. Sin embargo, ambas mociones fueron rechazadas por la mayoría de los diputados presentes.

Detalles claves

  • Primera moción (30 de julio de 2024): Con 8 diputados presentes, la moción fue rechazada con 5 votos en contra y 3 a favor.
  • Segunda moción (6 de agosto de 2024): Con 8 diputados presentes, la moción fue nuevamente rechazada con 7 votos en contra y 1 a favor.

La diputada Rocío Alfaro Molina expresó su sorpresa ante la negativa, destacando que estas organizaciones representan a un amplio sector de la población costarricense. Alfaro Molina subrayó la importancia de sus opiniones en temas como la calidad de vida y las condiciones laborales, especialmente en relación con el impacto que las jornadas de 12 horas podrían tener en la familia.

Además, la diputada resaltó que la Conferencia Episcopal ya había enviado un documento que manifestaba su preocupación por las posibles afectaciones a la convivencia familiar y la falta de garantías para proteger a quienes no acepten estas jornadas laborales.

Para obtener más detalles sobre el debate, te invitamos a ver el video completo de la sesión. Puedes acceder al video a través del siguiente enlace: https://www.facebook.com/share/v/gvheJnSECYfiHQZJ/?mibextid=WC7FNe

La histórica sentencia contra Hacienda y a favor de la igualdad real, la libertad y la eficiencia económica

Greivin Hernández González*

La Sala IV ha rechazado los débiles argumentos brindados por el Ministerio de Hacienda, con el fin de justificar un nuevo recorte a los fondos destinados a los programas sociales en este 2024. Le ordenó “disponer lo necesario, para que, en el plazo de UN MES, contado a partir de la comunicación de esta resolución, se dé cabal cumplimiento a la obligación de girar al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), la totalidad de los recursos correspondientes a la transferencia del Gobierno Central” (Res. Nº 2024021400). Al respecto algunas lecciones que debemos mantener presentes.

La primera, el recorte a los recursos del FODESAF por poco más de ₡62 mil millones ejecutado por el Ministerio de Hacienda en este año, fue justificado por el ministro de Hacienda a.i. en unas cuantas líneas diciendo que “se han encontrado con la simple, dura e incontrovertible realidad de que los recursos económicos con los que actualmente se cuenta son insuficientes para satisfacer todas las demandas y obligaciones que la normativa legal exige.” Así de sencillo, sin brindar datos o mayores explicaciones a la Sala, a pesar de que, con esos recursos, sería posible reducir la pobreza extrema en varios puntos porcentuales (ver Cantú et al, 2024).

Es fácil “entender” el proceder de Hacienda porque ciertamente los datos no los favorecen. Recordemos que la partida presupuestaria que el Estado está obligado brindar al FODESAF fue establecida tomando como base un momento de crisis fiscal, 2019. En aquellos tiempos, la constante era déficit primarios continuados, normativa fiscal con desfase de 25 años, y las calificadoras veían al Estado costarricense como un pagador muy riesgoso. En 2024 el panorama ha cambiado radicalmente, tras varios años de implementación de una reforma fiscal y al empleo público, el Ministerio de Hacienda ha alardeado sendos superávits primarios, y coincide con el Fondo Monetario Internacional en proyectar este comportamiento en el corto plazo. Incluso este año Fitch Ratings y S&P Global Ratings han mejorado la calificación de la deuda Estatal costarricense. Por lo que la excusa de que Hacienda no cuenta con recursos contrasta con la realidad de los hechos.

En segundo lugar, la Sala considera que el incumplimiento de Hacienda no es cosa menor, decidió irrespetar normas legales superiores y especiales; afectando derechos fundamentales de la población más desvalida, como el derecho a la salud, la educación, la alimentación; aspiraciones de nuestra sociedad consagradas en la Constitución Política y convenios internacionales como son la igualdad real, la libertad y la eficiencia económica; y de plano atentar contra el Estado Social de Derecho establecido en la normativa costarricense.

Esto es así porque el FODESAF es un patrimonio de recursos creado con el objetivo de dar sostenibilidad financiera a programas que financian transferencias para que la población en condición de pobreza extrema, niñez y adultos mayores puedan subsistir, y tengan acceso a servicios de salud; programas que se ha demostrado mejoran el desarrollo económico a largo plazo pues aumentan la matrícula estudiantil y la permanencia en el sistema educativo como comedores escolares y becas educativas; otros que mejoran la empleabilidad con tasas de éxito superiores al 90%, como el PRONAE; y los que cubren varios objetivos, brindan protección, aumentan la escolaridad de sus beneficiarios y dinamizan la economía, como los de vivienda social.

Tercera, ahora el Ministerio de Hacienda debe trasladar los recursos faltantes al FODESAF por la vía de un presupuesto extraordinario que debe ser aprobado por la Asamblea Legislativa y de allí trasladados a los distintos programas sociales. Suponiendo que tanto Hacienda como la Asamblea sean diligentes, se requerirá mucha agilidad, eficacia y consciencia por parte de los distintos programas para asegurar la ejecución de los recursos en lo que resta del año. Los programas de transferencias monetarias (RNC, Avancemos, Protección Familiar etc) y algunos de cuido (Conapdis, Conapam), pueden ejecutar fácilmente lo que se les traslade, pues además de tener una amplia población objetivo sin cubrir y beneficiarios precalificados a la espera de presupuesto, el tipo de beneficio o la forma de ejecutarlos (en conjunto con el sector privado) facilita su expansión. En los casos en que esto no suceda, que en la práctica son los menos, se debería apelar a la conciencia de los jerarcas de los programas con dificultad de ejecución para que renuncien a los recursos y puedan ser trasladados a aquellos con mayor probabilidad de ejecución. Esta dinámica se podría adelantar desde la gestión del presupuesto extraordinario en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.

Cuarta, el fallo de la Sala hace un recuento de las numerosas ocasiones en que Hacienda ha recortado recursos al FODESAF, al tiempo que la Sala le enmienda la plana ordenando su restitución. Con ello se les da la razón a los recurrentes, en el sentido de que es una práctica histórica y reiterada por parte del Ministerio de Hacienda, el incumplir la normativa nacional y convenios internacionales, recortando el financiamiento de los programas sociales a su discreción. Ante ello, uno esperaría que hubiese una advertencia más vehemente o mecanismos legales más efectivos para desincentivar este comportamiento tan perjudicial y entronizado en las autoridades encargadas del Presupuesto Nacional.

Quinta, en el fallo de la Sala se hace un recuento de la normativa que ha venido reduciendo los aportes del Estado al FODESAF, desde que se había definido como el 20% de lo recaudado por concepto del “impuesto de ventas”; hasta un monto mínimo absoluto de ₡256mil millones con la reforma fiscal de 2018. Lo cual es evidencia de un Estado poco comprometido con el cumplimiento de sus aspiraciones en materia de desarrollo social y económico. Esto además deja como fuente principal de recursos para el FODESAF el 5% que se recauda sobre las planillas, en momentos de alto desempleo estructural, y una fuerte presión empresarial por eliminar este tipo de contribuciones parafiscales.

En momentos en que el Ministerio de Hacienda ha reconocido que la reforma fiscal de 2018 ha tocado techo, cosa normal y esperable pues ya han pasado seis años (los países avanzados hacen reformas fiscales cada otro año), parece un momento oportuno para plantear una reforma fiscal progresiva, eficiente, que ponga a contribuir solidariamente a todos los sectores económicos de nuestro país, sobre todo a los más dinámicos, y de manera que se puedan cumplir las aspiraciones del Estado social de derecho costarricense.

*Exdirector Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf). Exdirector Ejecutivo a.i. del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube).

Conferencia estudiantil y recurso de amparo

El movimiento educativo, conformado por estudiantes de las cinco universidades públicas y de estudiantes de secundaria, se unen con el propósito de proteger la educación en Costa Rica, por lo que se presentó un recurso de amparo en la Corte Suprema de Justicia y una conferencia de prensa en la Asamblea Legislativa contra el Ministerio de Educación Pública, en respuesta a las políticas actuales que se han tomado y que se considera no están protegiendo adecuadamente su derecho a recibir educación pública de calidad, digna y accesible. El recurso de amparo es el mecanismo legal que permite salvaguardar los derechos fundamentales.

Se subraya la importancia de la presencia del movimiento estudiantil en un momento crucial, además de la intención de aprovechar la conferencia de prensa para expresar las preocupaciones y demandas de los estudiantes ante el resto de la sociedad civil y los medios de comunicación, seguido de un plantón pacífico. Es por esta razón que se les convoca al resto de la población estudiantil a la manifestación, a las 10 a.m. en la Asamblea Legislativa. Se contó con transporte saliendo del Pretil.

Dicho recurso pretende que la Sala Constitucional condene al Estado por transgredir los derechos a la educación, a la igualdad y no discriminación, al desarrollo y el

principio de no retroactividad. El recurso se fundamenta en incumplimiento del 8%, el presunto conflicto de intereses de la ministra de educación, transgresión a derechos fundamentales. Además, las personas estudiantes le solicitan a la Sala Constitucional el restablecimiento del presupuesto de educación, la garantía presupuestaria para el 2025 y futuros años, la protección de los derechos del niño y personas universitarias, además de su obligación de cumplimiento constitucional.

Consulte la conferencia de prensa en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/live/NJk5zR1Ummc?si=7HKchZ-u-pUKGI8e

SURCOS comparte el documento del recurso presentado.